Fecha Detención :
Comuna Detención :
Fecha Asesinato : 08-09-1983
Comuna Asesinato : Santiago
Partido Político :
Oficio o Profesión : Artesano
Estado Civil e Hijos :
Nacionalidad : Chilena
Relatos de Los Hechos
Fuente :CVR violación de DDHH
Categoría : Antecedentes del Caso
El día 8 de septiembre de l983, en el marco de la Quinta Jornada de Protesta Nacional, se produjeron nueve muertes:
Oscar Omar DURAN TORRES tenía 17 años y trabajaba como artesano.
La noche del 8, mientras se realizaban manifestaciones antigubernamentales en la población La Pincoya (Santiago), fue gravemente herido con arma blanca. Falleció posteriormente, tras seis infructuosas intervenciones quirúrgicas.
Versiones de testigos, y de él mismo antes de morir, afirman que los autores de las heridas fueron agentes del Estado que lo castigaron con un yatagán.
En consideración a estos antecedentes, a esta Comisión le asiste la convicción que Oscar Omar DURAN fue ejecutado por agentes del Estado, quienes violaron gravemente sus derechos humanos.
El día 8 de septiembre de 1983, en el marco de la Quinta Jornada de Protesta Nacional, se produjeron nueve muertes:
Miguel Angel ZAVALA GALLEGOS, de 24 años de edad, era chofer de buses. Murió a causa de una herida a bala que le atravesó el tórax, en momentos que se produjo un incidente entre pobladores y fuerzas policiales en la Población La Victoria (Santiago).
Testigos presenciales afirmaron que efectivos de Carabineros hicieron uso de sus armas de fuego. Carabineros señala que en ese lugar no había fuerza pública y que los disparos provinieron de civiles que se movilizaban en un vehículo sin patente.
A esta Comisión no le resulta verosímil la versión oficial en atención a las declaraciones de los testigos y los antecedentes sobre el procedimiento general empleado en las manifestaciones colectivas por parte de las fuerzas policiales. Por tanto, presume que los agentes del Estado violaron el derecho a la vida de Miguel Zavala, al hacer uso excesivo de la fuerza.
Oscar Julio RAMIREZ GONZALEZ, de 23 años, se desempeñaba como encuadernador en una imprenta. Falleció a causa de un impacto de bala que le atravesó el tórax, cuando participaba en manifestaciones de protesta en la Población Juan Antonio Ríos (Santiago).
Declaraciones de Carabineros en el proceso judicial respectivo reconocen la actuación en el lugar de furgones, buses y piquetes de efectivos de su institución, pero niegan haber hecho uso de sus armas de fuego.
Con todo, por testimonios múltiples, verosímiles y coincidentes, a esta Comisión le asiste la convicción que agentes del Estado presumiblemente pertenecientes a Carabineros utilizaron sus armas de servicio excediéndose en el uso de la fuerza, violando así el derecho a la vida de Oscar Julio Ramírez.
Robinson RAMIREZ RUBIO tenía 24 años de edad y trabajaba como obrero del Programa Ocupacional para Jefes de Hogar (POJH).
La noche del 8 se realizaron manifestaciones callejeras en el sector de calle Zapadores con Recoleta (Santiago). Diversas versiones recibidas en la Comisión dan cuenta de que los manifestantes huyeron al hacerse presentes funcionarios de Carabineros. En ese contexto hubo disparos con armas de fuego, uno de los cuales lo impactó provocándole la muerte.
Los antecedentes recibidos no permiten precisar quién efectuó el disparo mortal, pero llevan a la Comisión a presumir que se trató de particulares con motivos políticos, quienes violaron el derecho a la vida de Robinson Ramírez. Existen indicios de que tales particulares actuaron amparados por agentes del Estado.
María Elena RODRIGUEZ RODRIGUEZ tenía 27 años y trabajaba como comerciante ambulante.
El 8 de septiembre al mediodía, en calle Serrano (Valparaíso), un grupo manifestantes realizaba una marcha de adhesión a la Protesta Nacional. En el mismo lugar un funcionario de Carabineros que se dirigía a su domicilio detuvo a una persona que distribuía panfletos. Testigos del hecho señalaron: «a pocos pasos el detenido se fugó. El policía desenfundó su arma y disparó hiriéndolo en el hombro; pero, al salir, el proyectil dio muerte a la vendedora ambulante María Rodríguez que se encontraba en las inmediaciones».
Por su parte, Carabineros afirmó: «una poblada de aproximadamente cincuenta personas trató de quitarle al detenido, quien golpeó al policía para escaparse. Al verse amenazado, el carabinero sacó su revolver con el que trató de golpear al detenido y en ese momento se le escapó un tiro. La bala atravesó el hombro del detenido y, en forma simultánea, impactó a María Elena Rodríguez, quien en ese momento pasaba por el lugar».
Los antecedentes expuestos permiten a esta Comisión formarse convicción que María Elena Rodríguez fue víctima inocente de la violencia política del período.
Carlos de la Cruz ITURRA CONTRERAS tenía 25 años y estudiaba en el Instituto Nacional de Capacitación Profesional (Inacap).
En la noche de ese día, durante manifestaciones de protesta en las cercanías de calle Paicaví (Concepción), personas que se movilizaban en un automóvil sin patente hicieron disparos con arma de fuego, hiriéndolo. Falleció al día siguiente por heridas a bala.
En atención a los elementos expuestos, a esta Comisión le asiste la convicción que Carlos Fernando Iturra murió víctima de violación a los derechos humanos de responsabilidad de particulares que actuaron bajo pretexto político.
Oscar Omar DURAN TORRES tenía 17 años y trabajaba como artesano.
La noche del 8, mientras se realizaban manifestaciones antigubernamentales en la población La Pincoya (Santiago), fue gravemente herido con arma blanca. Falleció posteriormente, tras seis infructuosas intervenciones quirúrgicas.
Versiones de testigos, y de él mismo antes de morir, afirman que los autores de las heridas fueron agentes del Estado que lo castigaron con un yatagán.
En consideración a estos antecedentes, a esta Comisión le asiste la convicción que Oscar Omar Durán fue ejecutado por agentes del Estado, quienes violaron gravemente sus derechos humanos.
Nelson Fernando GOMEZ ESPINOZA tenía 19 años de edad y se desempeñaba como obrero.
El día 9 de septiembre se produjeron incidentes y manifestaciones en diversos lugares, como continuación de la Quinta Jornada de Protesta Nacional. En la noche de ese día, cuando se encontraba en calle La Granja a la altura de calle Bolivia (Santiago), recibió un impacto de bala de origen desconocido que le provocó la muerte horas después.
Los antecedentes específicos del caso y las circunstancias generales que caracterizaron este período permiten a esta Comisión formarse convicción que Nelson Fernando Gómez perdió la vida víctima de la violencia política.
Jorge Sebastián ARELLANO MUÑOZ, de 20 años de edad, obrero en el Programa Ocupacional para Jefes de Hogar (POJH), falleció a causa de heridas a bala, cerca de la medianoche del 9 de septiembre en el campamento Tricolor (Santiago).
Múltiples y concordantes testimonios señalan que por el lugar pasaron civiles, presumiblemente partidarios del gobierno del momento, realizando disparos con armas de fuego desde vehículos en marcha.
A esta Comisión le asiste la convicción que particulares que actuaron bajo pretexto político, dieron muerte a Jorge Sebastían Arellano, violando sus derechos humanos.
Rompiendo el silencio de niñas, niños y adolescentes ejecutados políticos durante la dictadura cívico-militar 1973-1990 (LIBRO)
Fuente :cultura.gobierno.cl 20/4/2023
Categoría : Prensa
Testimonios, fotografías, cartas, testimonios y otros documentos que familias, amigas y amigos entregaron o escribieron especialmente para ser publicados incorpora el libro “Rompiendo el silencio de niñas, niños y adolescentes ejecutados políticos durante la dictadura cívico-militar 1973-1990”, el que fue realizado por la Agrupación de Familiares de Ejecutados Políticos (AFEP) con el apoyo del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, a través de la Unidad de Cultura, Memoria y Derechos Humanos, y a la Cátedra de Derechos Humanos de la Universidad de Chile.
La publicación basada principalmente en el Informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación (1991) y el Informe de la Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación (1996), busca reconstruir de forma integral y cuidada cada una de las vidas e historias de las víctimas.
Durante la investigación se accedió al archivo de la Agrupación de Familiares de Ejecutados Políticos, donde se custodian documentos que las familias han preservado a través de años. También se incluyeron ilustraciones que estuvieron a cargo de Álvaro Gómez.
El proceso de creación fue un desafío complejo que implicó conjugar delicadeza, respeto y rigurosidad metodológica para enunciar en esta obra una verdad dolorosa e ineludible.
Oscar Omar Durán Torres, diecisiete años, obrero en paro
Fuente :derechos.org sin fecha
Categoría : Prensa
El 9 de septiembre de 1983, alrededor de las 23,00 horas, en circunstancias de que la víctima se encontraba con unos amigos en la esquina de las calles Recoleta con Pincoya, comuna de Conchalí, fue agredido por un número aproximado de diez funcionarios de Carabineros de la dotación del Retén La Pincoya, los que, sin mediar provocación alguna, procedieron a castigarlo con patadas, puñetazos, lumas y particularmente con armas blancas y estoques. La víctima recibió cuatro heridas cortantes de extrema gravedad, quedando tirado en la vía pública, mientras los carabineros se alejaron del lugar sin prestarle auxilio. La víctima fue trasladada al Hospital José Joaquín Aguirre, donde debió ser intervenida quirúrgicamente en varias oportunidades, extirpándosele gran parte del hígado. Sin embargo, y producto de las graves heridas recibidas, no logró restablecerse, falleciendo el 9 de octubre de 1983 en la Unidad de Tratamientos Intensivos del señalado Hospital.
La madre de la víctima, doña Angélica Torres Espinoza, interpuso denuncia ante la Segunda Fiscalía Militar, con fecha 14 de septiembre de 1983, en contra de los carabineros de la Comisaría de Pincoya, por el delito de violencias innecesarias, causando lesiones graves, denuncia que fue ampliada con fecha 13 de octubre del mismo año al delito de violencias innecesarias con resultado de muerte. La causa tiene el número 949-83 en la Fiscalía señalada. Con fecha 12 de abril de 1984 el fiscal dio por concluida la investigación, recomendando sobreseer la causa en virtud de no haber determinado la individualización de los responsables. Actualmente la causa está en poder del juez militar para pronunciarse sobre el aludido dictamen.