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Cabedo Aguilera Jorge Alejandro – Memoria Viva

Cabedo Aguilera Jorge Alejandro

Museo de la Memoria
Museo de la Memoria

Cementerio General Santiago
Cementerio General Santiago


Fecha Detención :
Comuna Detención :

Fecha Asesinato : 17-11-1979
Comuna Asesinato : Santiago


Fecha Nacimiento : 10-01-1957 Edad : 22

Partido Político :
Oficio o Profesión : Obrero

Estado Civil e Hijos : Casado
Nacionalidad : Chilena


Relatos de Los Hechos

Fuente :(Corporacion)

Categoría : Antecedentes del Caso

Muerto. Santiago, noviembre de 1979.
Jorge Cabedo tenía 22 años de edad y era casado.
Murió en Santiago el 17 de noviembre de 1979, a consecuencia de un uso excesivo de fuerza por parte de funcionarios de la Policía de Investigaciones.
 

 


Caso Jorge Alejandro Cabedo Aguilera:

Fuente :derechoshumanos.udp.cl sin fecha

Categoría : Prensa

 Corte de Apelaciones de San Miguel confirmó sentencia que absolvió a ex funcionaros de la Policía de Investigaciones por el homicidio de joven de 22 años, detenido en noviembre de 1979. Se argumenta que el crimen no es un “delito de lesa humanidad” El 3 de julio la Corte de Apelaciones de San Miguel confirmó el fallo que decretó la absolución de los ex funcionaros de la Policía de Investigaciones Nelson González Johns y Raúl Iván Rojas Montecinos de responsabilidad en la muerte de Jorge Alejandro Cabedo Aguilera, quien fue detenido en noviembre de 1979. En fallo unánime causa rol 255-2016, la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras María Teresa Díaz, Carolina Vásquez y el abogado integrante Pablo Hales– confirmó la sentencia dictada por la ministra en visita Marianela Cifuentes, que absolvió a los acusados por no tratarse de un delito de lesa humanidad. "Jorge Cabedo Aguilera fue detenido por haber sido sindicado como presunto autor, de la sustracción de especies de propiedad de Luis Jorquera Vargas falleciendo en el interior de un calabozo de la unidad policial a la que fue conducido para realizar diversas diligencias y, de acuerdo a los peritajes médico legales, la causa de su muerte fue asfixia por compresión cervical en conjunto con una intoxicación aguda por órgano fosforado como se desprende de los informes periciales de fojas 389 de 15 de febrero de 2011 y de fojas 1833 de 22 de julio de 2015, en caso alguno se trataba de lesiones autoinferidas, sino que producto de la acción de terceros como se consigna expresamente en el Informe Pericial del año 2015, y dicha muerte ocurrió después de la diligencia de reconocimiento que se llevó a efecto con el denunciante y antes o durante el transcurso del interrogatorio de rigor, sin que de los elementos probatorios reunidos en la investigación se pueda inferir que su muerte haya sido producto de un plan preconcebido de aquéllos que describe el Estatuto de Roma, de otro modo no habría tenido contacto con su mujer ni se habría llevado a cabo una diligencia en que participa otro testigo", establece el fallo.