Rut: 9392982-9
Cargos:
Grado : Suboficial Mayor
Rama : Carabineros
Caso Manuel Contreras Menares
Fuente :derechoshumanos.udp.cl, 25 de Julio 2014
Categoría : Prensa
Caso Manuel Contreras Menares, sentencia de primera instancia, sobreseimiento de ex carabinero por crimen en 1987. El 10 de abril el ministro en visita Mario Carroza dictó sentencia en la investigación por el homicidio de Manuel Contreras Menares, con el sobreseimiento total y definitivo en favor del ex carabinero Marco Antonio Moreno Ubilla.
En la causa, Carroza estableció que el homicidio de Contreras Menares no constituye un delito de lesa humanidad. El Contador fue asesinado por el ex carabinero Marco Antonio Moreno Ubilla el 19 de julio de 1987, cuando evadió un control policial.
Juez llegó a la convicción de que "el ilícito no reuniría las características del derecho internacional para ser considerado un delito de lesa humanidad e imprescriptible". Los hechos ocurrieron el 19 de julio de 1987, cuando Contreras Menares junto a Javier Roberto Bascuñán Hernández se desplazaban en un vehículo marca Fiat 600 en la comuna de Recoleta.
Moreno formaba parte de una patulla de Carabineros que efectuaba un control en el sector y ordenó la detención del automóvil, "una vez más, ya que una hora antes (…) igualmente se les hizo señas para parar y no lo hicieron". La resolución establece que "esta vez de igual forma intentan evadir el control y en su propósito, aceleran el vehículo y el funcionario de carabineros al intentar esquivarlo, pierde el equilibrio y cae al suelo, acción que origina en el carabinero Moreno Ubilla una reacción, de hacer uso de su arma de servicio, una sub-ametralladora UZI, y dispararle una ráfaga a la parte baja del vehículo".
El dictamen de Carroza añade que "una de las balas rebota contra una superficie dura y se desvía de su trayectoria e ingresa por el vidrio trasero del vehículo, luego impacta en la cabeza a la víctima que se encontraba en el lugar del acompañante". El auto continuó su marcha y es encontrado en Avenida El Salto cerca de Américo Vespucio, "con el cuerpo sin vida en su interior de Manuel Andrés Contreras Menares, quien fallece a consecuencia de un traumatismo craneoencefálico por bala sin proyectil", sostiene el fallo.
De acuerdo al sitio memoriaviva.com, al momento de su muerte Contreras tenía 31 años de edad, soltero, y trabajaba como contador en una empresa privada.
En su resolución, Carroza llega a la convicción de que "estamos en presencia de un hecho que aconteció hace 26 años y si bien a juicio de este sentenciado la conducta del encausado si es reprensible, pero a título de culpa y no de dolo, el ilícito no reuniría las características del derecho internacional para ser considerado un delito de aquellos prohibidos que considera el Estatuto de Roma como delito de lesa humanidad e imprescriptibles, por lo que correspondería acoger la petición de la defensa de prescripción de la acción penal y dictar sobreseimiento definitivo correspondiente", concluye la resolución.