Rut: 4374610-3
Cargos:
Grado : Teniente Coronel
Rama : Carabineros
Corte de Santiago dictó condena por secuestro calificado de Pedro Acevedo Gallardo.
Fuente :diarioconstitucional.cl, 18 de Julio 2014
Categoría : Prensa
El fallo fue acordado con la prevención del Ministro Villarroel, quien estuvo por rechazar la petición de media prescripción alegada por las defensas de los encausados.
La Corte de Apelaciones de Santiago dictó sentencia por el secuestro calificado de Pedro Acevedo Gallardo, hecho perpetrado a partir del 28 de abril de 1975, en la ciudad de Copiapó, Región de Atacama.
En su sentencia, el Tribunal capitalino aplicó la media prescripción para rebajar la condena dictada por el Ministro Mario Carroza, el pasado 18 de noviembre, que sentenció a los agentes Román Herrera y Vivian Guaita a penas de 6 años de presidio, y a León Jamett, a tres años y un día.
Así, en virtud de los antecedentes recopilados en la investigación, se logró acreditar que: «El 28 de abril de 1975, alrededor de las 20 horas, en el domicilio de calle Puente Ojancos N°3 de la comuna de Tierra Amarilla, Provincia de Copiapó, se presentó una patrulla del Cire, formada por funcionarios pertenecientes al Ejército y Carabineros de Chile, quienes allanaron el inmueble y procedieron a detener a Pedro Gabriel Acevedo Gallardo, luego lo trasladaron hasta el Regimiento de Infantería N° 23 de la misma ciudad, lugar en el que luego de ser interrogado, quedó detenido e ingresado a un cuarto, informándose a los familiares luego de unos días, que el detenido se había fugado del recinto militar y que se ignoraba su paradero. No obstante, hasta la fecha Pedro Acevedo Gallardo se encuentra desaparecido».
Finalmente, la Novena Sala del Tribunal de alzada determinó la pena de 5 años de presidio, concediendo el beneficio de la libertad vigilada, para los ex agentes de Estado Patricio Román Herrera, Pedro Vivian Guaita y Francisco León Jamett.
El fallo fue acordado con la prevención del Ministro Villarroel, quien estuvo por rechazar la petición de media prescripción alegada por las defensas de los encausados y consecuentemente, condenar a los mismos a sendas penas de seis años de presidio mayor en su grado mínimo y accesorios legales, sin beneficios.
Condenan a ex agentes del Estado por secuestro calificado de copiapino en la dictadura
Fuente :soycopiapo.cl, 15 de Julio 2014
Categoría : Prensa
La Novena Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, formada por los ministros Patricio Villarroel, María Soledad Melo y Ana Cienfuegos dictó sentencia de segunda instancia por el secuestro calificado de Pedro Acevedo Gallardo, ocurrido a partir del 28 de abril de 1975 en Copiapó.
El tribunal determinó la pena de 5 años de presidio, concediendo el beneficio de la libertad vigilada a los ex agentes de Estado Patricio Román Herrera, Pedro Vivian Guaita y Francisco León Jamett. Esto se debió a que se consideró la figura de la media prescripción para rebajar el fallo del ministro Mario Carroza, que el 18 de noviembre pasado había condenado a los agentes Román Herrera y Vivian Guaita a 6 años de presidio y a León Jammet a tres años y un día de presidio.
Según los antecedentes de la investigación, el 28 de abril de 1975, funcionarios pertenecientes al Ejército y Carabineros de Chile, allanaron el inmueble y detuvieron a Pedro Gabriel Acevedo Gallardo, luego lo trasladaron hasta el Regimiento de Infantería N° 23 de la misma ciudad, lugar en el que luego de ser interrogado, quedó detenido e ingresado a un cuarto. Tras unos días, se le informó a los familiares, que el detenido se había fugado del recinto militar y que se ignoraba su paradero. No obstante, hasta la fecha Pedro Acevedo Gallardo se encuentra desaparecido.
Los fallos relacionados con DDHH que podrían enredar la quina para la Corte Suprema
Fuente :elmostrador.cl, 10 de Junio 2022
Categoría : Prensa
En los próximos días el Presidente Boric debe elegir al reemplazo de la ministra Rosa Egnem en la Corte Suprema de Justicia. De acuerdo a la línea del gobierno, se espera que el mandatario se decida por una mujer. Por ello toman relevancia los CV de las tres abogadas que integran la nómina, en especial los fallos que las han relacionado con causas de DDHH, como es el caso de María Soledad Melo. (*N de R al final del texto).
Ya está en manos del Presidente Gabriel Boric la lista de los cinco ministros propuestos por la Corte Suprema para reemplazar a la retirada magistrada Rosa Egnem, quien cumplió el máximo de edad para ocupar el cargo.
El Presidente deberá proponer su elección al Senado, a quien corresponde la ratificación por dos tercios de sus miembros en ejercicio.
Tras escuchar a los 12 ministros y ministras postulantes, en sesión especial telemática, el pleno del máximo tribunal procedió a la votación de rigor. Y la quina quedó conformada el pasado 17 de mayo (por orden de escalafón) como sigue: Sergio Mora Vallejos, ministro de la Corte de Apelaciones de Coyhaique (incluido por derecho propio); Roberto Contreras Olivares, ministro de la Corte de Apelaciones de San Miguel; María Soledad Melo Labra, ministra de la Corte de Apelaciones de Santiago; Jessica González Troncoso, ministra de la Corte de Apelaciones de Santiago y Marcia Undurraga Jensen, ministra de la Corte de Apelaciones de Valdivia, quien fue incluida por sorteo, al haber obtenido la misma cantidad de votos que la ministra María Carolina Catepillán Lobos, de la Corte de Apelaciones de San Miguel.
De acuerdo a las definiciones del gobierno como feminista y paritario y dada la actual composición de la Corte: 21 miembros: 13 hombres y 8 mujeres, se espera que el Presidente Boric se incline por una de las tres abogadas.
Entre ellas, la favorita de los integrantes de los supremos sería María Soledad Melo Labra (que ya ha estado en otras quinas), integrante desde 2010 de la Corte de Apelaciones de Santiago, ha tenido participación en connotados casos de DDHH. Entre ellos la absolución de 6 oficiales en retiro del ejército por su responsabilidad en el delito de malversación de caudales públicos, en el denominado caso Riggs (junio 2017), al tiempo que se ordenó la devolución de los dineros y bienes decomisados a la familia del fallecido ex dictador Augusto Pinochet. Lo anterior en un fallo dividido de la Tercera Sala del tribunal de alzada integrada por los ministros María Soledad Melo -a quien pertenece el voto disidente-, Jaime Balmaceda y Maritza Villadangos**. Por otra parte, en diciembre de 2019, cuando la Corte de Apelaciones de Santiago condenó a dos exagentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) Pedro Octavio Espinoza Bravo y Miguel Krassnoff Martchenko a 10 años y un día de presidio, por su responsabilidad en el homicidio calificado de Fernando Abraham Valenzuela Rivera (noviembre de 1974). El escrito agrega:”Se previene que la ministra señora Melo estuvo por acoger la minorante de media prescripción alegada por las defensas (…)”. O sea, estuvo por media prescripción para los homicidas. En este fallo también participó otra candidata de la quina, Jessica González.
También estuvo por la media prescripción como parte de la Novena Sala del tribunal de alzada —integrada además por los ministros Patricio Villarroel y Ana Cienfuegos— que determinó la pena de 5 años de presidio, concediendo el beneficio de la libertad vigilada, para los ex agentes de Estado: Patricio Román Herrera, Pedro Vivian Guaita y Francisco León Jamett. Estuvieron por rebajar el fallo dictado por el ministro Mario Carroza, que había condenado a los agentes Román Herrera y Vivian Guaita a penas de 6 años de presidio, y a León Jamett, a tres años y un día.
Por su parte, Jéssica González destaca por haber estado a cargo del caso Karadima, donde indagó los abusos del ex párroco de El Bosque.
La ministra Marcia Undurraga Jensen inició su carrera judicial como Secretaria del Juzgado de Letras de Valdivia; posteriormente, fue Relatora de la Corte de Apelaciones de Valdivia. Después de otras importantes destinaciones, asumió com presidenta de la Corte de Apelaciones de Rancagua y ahora se desempeña en la Corte de Apelaciones de Valdivia.
La jubilación a los 70
Esta elección se da en medio de la discusión por las normas transitorias en la Convención Constitucional que ha propuesto el retiro de los magistrados al cumplir 70 años. Pero se acordó que mientras no entre en vigencia la nueva Carta Magna, se respetarán los plazos vigentes en la actual Constitución. Es decir, se establece que “el cese de funciones a los 70 años de edad no será aplicable a los jueces y juezas que a la fecha de entrada en vigencia de esta Constitución formen parte del Escalafón Primario del Poder Judicial”. Dejando así atrás la posible salida de los ministros de la Corte Suprema.
De esta manera, la o el elegida/o por el Presidente podrá estar hasta los 75 años en su calidad de magistrado de la Corte Suprema.
Cabe destacar que los próximos nombramientos que deberá hacer el actual mandatario son para reemplazar este año al ministro Guillermo Silva, mientras que el 2023 debiese hacer lo mismo con Haroldo Brito y Jorge Dahm. Un año después, Juan Eduardo Fuentes y el 2025 debe terminar su carrera María Teresa Letelier.
*Nota de la Redacción: El título original de esta nota Fantasmas de Pinochet y Krassnoff golpean favoritismo de ministra Soledad Melo a la Suprema fue modificado posterior a su publicación dado que la alusión a Pinochet provino de una información derechamente equivocada y que este medio, a través de este acto, corrige y deja constancia: El título borrado fue reemplazado por el siguiente: Los fallos relacionados con DDHH que podrían enredar la quina para la Corte Suprema
**Nota de la Redacción: La bajada y parte del texto de esta publicación fueron modificados posterior a su publicación, pues descansan en el mismo error, en específico cuando se señaló que a la "ministra María Soledad Melo, le pesan los fallos favorables a la familia Pinochet, en que se les devolvieron los dineros incautados y bienes decomisados". Este párrafo no solo está errado sino que además la participación de la ministra Melo en este fallo fue en voto de minoría, vale decir que estaba en contra de devolver los bienes a la familia Pinochet y no al revés, como se sostuvo en la nota original.