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Cargos: Sargento de Carabineros
Grado : Sargento
Rama : Carabineros
Justicia deja en libertad a siete condenados por tres desapariciones en 1973
Fuente :Noticias.terra.com, 23 de Diciembre de 2009
Categoría : Prensa
Santiago de Chile, 23 dic (EFE)- La Corte Suprema de Chile dejó en libertad vigilada a seis policías retirados y un civil que habían sido condenados a entre cinco y quince años de prisión por la desaparición en 1973 de tres militantes socialistas, informaron hoy fuentes judiciales.
El alto tribunal del país dictó sentencia definitiva por la desaparición de los tres opositores, detenidos el 15 de septiembre de 1973, cuatro días después del golpe militar de Augusto Pinochet (1973-1990), en Pitrufquén, a 700 kilómetros al sur de Santiago.
Los detenidos desaparecidos son Einar Enrique Tenorio Fuentes, profesor del liceo de esa localidad; Luis Calfuquir Villalón, administrador del hospital, y Osvaldo Burgos Lavoz, agente del Banco del Estado.
Según testigos, los tres fueron llevados ese día a la comisaría de Carabineros (policía militarizada) del pueblo y permanecen desaparecidos desde entonces.
El juez Fernando Carreño, de la Corte de Apelaciones de Temuco, sentenció en octubre de 2007 a quince años de prisión al teniente coronel retirado de Carabineros Carlos Moreno Mena y a los ex suboficiales Reinaldo Lukowiak Luppy y Hugo Catalán Lagos.
La Corte Suprema revocó ahora ese fallo de segunda instancia y rebajó la pena a Moreno Mena, que fue finalmente sentenciado a 729 días de presidio como autor del secuestro de Tenorio Fuentes y a tres años y un día de prisión por el homicidio calificado de Burgos Lavoz.
Sin embargo, Moreno Mena obtuvo el beneficio de la libertad vigilada.
En tanto, Lukowiak Luppy recibió tres años y un día de presidio por los secuestros de Tenorio Fuentes y Calfuquir Villalón, pero recibió también el beneficio de la libertad vigilada.
Lo mismo ocurrió con Catalán Lagos, condenado a 729 días de presidio por el secuestro de Calfuquir Villalón y a tres años y un día de cárcel por el homicidio de Burgos Lavoz.
En el anterior fallo, el juez condenó además a cinco años de prisión, como encubridores del delito, a los ex suboficiales de Carabineros Domingo Silva Soto, Pedro Fernández Torres y Nadir Guzmán Pincheira, así como al civil Heriberto Babilek Budic.
La Corte Suprema decidió ahora rebajar la pena a Domingo Silva y lo condenó a 729 días de presidio por el secuestro de Calfuquir Villalón y a tres años y un día de presidio por el homicidio de Burgos Lavoz, aunque recibió el beneficio de la libertad vigilada.
En tanto, Fernández Torres recibió 729 días de cárcel por el secuestro de Calfuquir Villalón, acompañado del beneficio de la remisión condicional de la pena.
Los otros dos suboficiales retirados fueron condenados a 200 días de presidio como encubridores del homicidio de Burgos Lavoz y se les otorgó también el beneficio de la remisión condicional de la pena.
Este beneficio permite cumplir la condena en libertad, sometido a una discreta observación y asistencia por parte de Gendarmería de Chile.
La decisión se adoptó en fallo dividido y dos jueces se mostraron partidarios de acoger la figura de la prescripción de la acción penal en estos crímenes.
En el aspecto civil se condenó al Fisco de Chile a pagar 75 millones de pesos (148.000 dólares) a Verónica Tenorio Aguilera, hija de Einar Tenorio Fuentes, como indemnización por daño moral.
La Corte Suprema estará presidida a partir de enero por el juez Milton Juica, que se hizo conocido por investigar causas emblemáticas de violaciones a los derechos humanos y fue elegido por unanimidad el pasado 18 de diciembre.
Ese día, Juica hizo un mea culpa por la acción de la Justicia durante la dictadura.
"En la dictadura, el Poder Judicial no se comportó a la altura, especialmente la Corte Suprema, pero no puedo decir más que eso porque esa Corte Suprema actualmente no existe y las personas no están en estos momentos", afirmó. EFE frf/gs/ap
Suprema dicta sentencia en caso de DDHH
Fuente :Australtemuco.cl, 23 de diciembre de 2009
Categoría : Prensa
En el aspecto civil, el Fisco deberá pagar una indemnización de 75 millones de pesos a Verónica Tenorio, hija de Einar Tenorio.
La Corte Suprema dictó sentencia definitiva en la investigación por el secuestro calificado de Einar Tenorio Fuentes, Luis Calfuquir Villalón y el homicidio calificado de Osvaldo Burgos Lavoz, ocurridos a partir del 15 de septiembre de 1973, en la localidad de Pitrufquén, Región de La Araucanía.
En fallo dividido (en causa rol 5233-2008), los ministros Nibaldo Segura, Rubén Ballesteros, Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller y el abogado integrante Nelson Pozo determinaron las siguientes sanciones:
LAS PENAS
Para Carlos Moreno Mena: 729 días de presidio por el secuestro de Einar Tenorio Fuentes, y 3 años y un día de presidio por el homicidio calificado de Osvaldo Burgos Lavoz. Se concedió el beneficio de la libertad vigilada.
Para Reinaldo Lukowiak Luppy: 3 años y un día de presidio por los secuestros de Einar Tenorio Fuentes y Luis Calfuquir Villalón. Se concedió el beneficio de la libertad vigilada.
Para Hugo Nibaldo Catalán Lagos: 729 días de presidio por el secuestro de Luis Calfuquir Villalón, y 3 años y un día de presidio por el homicidio de Osvaldo Burgos Lavoz. Se concedió el beneficio de la libertad vigilada.
Para Domingo Silva Soto: 729 días de presidio por el secuestro de Luis Calfuquir Villalón, y 3 años y un día de presidio por el homicidio de Osvaldo Burgos Lavoz. Se concedió el beneficio de la libertad vigilada.
Para Germán Fernández Torres: 729 días de presidio por el secuestro de Luis Calfuquir Villalón. Se concedió el beneficio de la remisión condicional de la pena.
Para Nadir Guzmán Pincheira: 200 días de presidio como encubridor del homicidio de Osvaldo Burgos Lavoz. Se condenó de la remisión condicional de la pena.
Finalmente, para Heriberto Babileck Druding, se entregó una pena de 200 días de presidio como encubridor del homicidio de Osvaldo Burgos Lavoz. Se concedió el beneficio de la remisión condicional de la pena.
En el aspecto civil, se condenó al Fisco de Chile a pagar $ 75.000.000 (setenta y cinco millones de pesos) a Verónica Tenorio Aguilera, hija de Einar Tenorio Fuentes, como indemnización por daño moral.
En el aspecto penal, la decisión se adoptó con el voto en contra de los ministros Segura y Ballesteros, quienes fueron de la idea de acoger la figura de la prescripción de la acción penal; en tanto, en el aspecto civil, los mismos ministros determinaron rechazar el pago y acoger la excepción de incompetencia del tribunal.
Seis carabineros condenados por DD.HH.
Fuente :La Nación, 4 de Octubre 2007
Categoría : Prensa
Un teniente coronel (R) de Carabineros y cinco suboficiales (R) de la misma institución, además de un civil, fueron condenados por el ministro en visita de Temuco, Fernando Carreño, por el secuestro y desaparición en Pitrufquén en septiembre de 1973 de Enrique Tenorio Fuentes, profesor socialista; Luis Calfuquir Villalón, administrador del hospital de Pitrufquén, y Osvaldo Burgos Lavoz, agente del Banco del Estado de ese lugar.
Los condenados en sentencia de primera instancia son el teniente coronel (R) Carlos Moreno Mena (15 años, autor), los suboficiales (R) Reinaldo Lukowiak Luppy (15 años, autor), Hugo Catalán Lagos (15 años, autor), Domingo Silva Soto (15 años, autor), Germán Fernández Torres (5 años, autor) y Nadir Guzmán Pincheira (3 años, encubridor). El civil Heriberto Babilek Budic recibió una pena de 3 años y un día en calidad de encubridor. Sólo Guzmán y Babilek fueron beneficiados con el sistema de libertad vigilada.
Suprema dicta sentencia definitiva por crímenes de la dictadura en Pitrufquén
Fuente :La Nación, 23 de diciembre de 2009
Categoría : Prensa
La Segunda Sala Penal de la Corte Suprema dictó sentencia definitiva por el secuestro calificado de Einar Tenorio Fuentes, Luis Calfuquir Villalón y el homicidio calificado de Osvaldo Burgos Lavoz, ocurridos a partir del 15 de septiembre de 1973, en la localidad de Pitrufquén, Región de La Araucanía.
En fallo dividido el máximo tribunal dictaminó las siguientes condenas: 3 años y un día para Reinaldo Lukowiak Luppy; 729 días para Carlos Moreno Mena, Hugo Nibaldo Catalán Lagos, Domingo Silva Soto y Germán Fernández Torres; 200 días para Nadir Guzmán Pincheira y Heriberto Babileck Druding. A todos los condenados se les aplicó el beneficio de libertad vigilada.
Este fallo se adoptó con el voto en contra de los ministros Nibaldo Segura y Rubén Ballesteros, quienes fueron de la idea de acoger la figura de la prescripción de la acción penal.
Asimismo, en el ámbito civil los mismos jueces rechazaron el pago de esa suma al acoger la excepción de incompetencia del tribunal.