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Forestier Haengsen Carlos – Memoria Viva

Forestier Haengsen Carlos

Rut:

Cargos: Comandante en jefe de la VI División de Ejército Jefe de la Zona en Estado de Sitio de la Provincia de Tarapacá Vice Comandante en Jefe del Ejército Embajador en Paraguay – 1979 Ministro de Defensa (1980 – 1982)

Grado : General

Rama : Ejército

Año Fallecimiento : 2005

Campo de Prisioneros de Pisagua


Autores confesos del crimen vinculan a general (r) Forestier

Fuente :Primera Línea, 17 de Enero 2003

Categoría : Prensa

En una fase clave se encuentra la investigación por los detenidos desaparecidos y ejecutados de Pisagua, luego que las pesquisas del ministro en visita, José Calvo, terminarán con la confesión de oficiales que admitieron que al menos seis de las víctimas fueron asesinadas y jamás se le aplicó la ley de fuga, ya que perecieron luego de que los oficiales les dispararan bajo ordenes –según sus testimonios- del ex general (r) Carlos Forestier.

En la causa, que antes tramitó el ministro de fuero Juan Guzmán Tapia, se encuentran sometidos a proceso por el secuestro de siete personas de Pisagua y tres de Iquique, el general (r) Carlos Forestier, el brigadier (r) Pedro Espinoza y el suboficial (r) Miguel Aguirre.

Sin embargo, para los querellantes en el proceso, los nuevos testimonios hacen necesario solicitar en el más breve plazo la ampliación del auto de reo por el delito de homicidio, ya que algunos de los cuerpos han sido hallados. Pieza clave para la investigación serán estos testimonios resguardados con sigilo ante el temor que puedan cambiar su versión, dejar de inculpar a Forestier y desdecirse de que muchos de los autores materiales de las muertes fueron obligados por sus superiores a cometer estos delitos.

Eso explicaría, como nunca, que la cúpula de los recintos castrenses o uniformados pertenecientes a los servicios de inteligencia dieron las ordenes y obligaron a suboficiales a ejecutarlas.

En concreto, las pesquisas del ministro Calvo se han centrado en dos líneas básicas. En primer lugar determinar quiénes participaron en la muerte de Juan Calderón Villalón, Nolberto Jesús Cañas Cañas, Marcelo Omar Guzmán Fuentes, Luis Alberto Lizardi Lizardi, Juan Jiménez Vidal y Michel Selim Nash Sáez; el 29 de septiembre de 1973. De este grupo, Cañas, Jiménez y Nash figuran en la lista de las Fuerzas Armadas, entregada a la Mesa de Diálogo, como lanzados al mar frente a las costas de Pisagua. En esta senda, ya estarían confesos los autores materiales y existiría la certeza –en base a estos testimonios- que la responsabilidad mayor le correspondió al general (r) Forestier.

El magistrado también avanza en comprobar los datos entregados por el ex senador Sergio Bitar, proporcionados por un anónimo, sobre la existencia de remociones de cuerpos de la fosa común y su traslado con maquinaria pesada a un lugar indeterminado. Otro grupo de restos habría sido dinamitado.

Esta versión cobra cada vez más fuerza, ya que los mismos oficiales cuyas identidades se mantienen bajo reserva, que admitieron su responsabilidad directa en la muerte de estas seis personas, indicaron que sólo se cavó una fosa común para depositar la totalidad de los cuerpos.

Bajo esa premisa, en círculos judiciales se da por sentado que el hallazgo de la gran fosa en 1990 y el descubrimiento de los cadáveres corresponde a los restos que quedaron en el lugar, y que las restantes osamentas fueron destruidas o enviadas al mar, tal como indica el informe de las ramas castrenses.


Fuente :Zonaimpacto.cl, 7 Julio 2003

Categoría : Prensa

En la causa se encuentran sometidos a proceso por el secuestro de siete personas de Pisagua y tres de Iquique, el general (r) Carlos Forestier, el brigadier (r) Pedro Espinoza y el suboficial (r) Miguel Aguirre. En paralelo, el juez interrogó al Primer y Segundo Comandante del Regimiento de Telecomunicaciones de Iquique en la época. Ellos fueron requeridos por la muerte de Jorge Marin Rossel, empleado portuario, del PS, y de William Millar Sanhueza, ocurridas el 30 de septiembre de 1973.


Pisagua, a 30 años de la tragedia

Fuente :La Nación, 27 de Octubre 2003

Categoría : Prensa

Los 30 años de la tragedia del campo de prisioneros de Pisagua recordaron este fin de semana los sobrevivientes de ese lugar, que comandó como la principal autoridad militar de la zona el general Carlos Forestier. Sobre Forestier pesan los diez desaparecidos, siete de Pisagua y tres de Iquique, por los que está procesado como autor del delito de secuestro. Las actividades que se desarrollaron en Iquique y ayer ante la fosa de Pisagua, en la cual en junio de 1990 aparecieron 19 cuerpos, fueron organizadas por la Agrupación de ex Prisioneros de Pisagua. A ellas asistieron diversos dirigentes políticos y sociales, así como de las agrupaciones de familiares de desaparecidos y ejecutados de la zona y a nivel nacional.

La última historia de Pisagua está ligada a los siete episodios principales que ocurrieron en los meses posteriores al golpe de Estado. En ellos, bajo el mando mayor de Forestier, del comandante del campo Ramón Larraín y de oficiales del Ejército que hasta hace poco permanecían activos, perdieron la vida 25 prisioneros asesinados. Algunos de esos crímenes intentaron ser cubiertos por el manto jurídico de algún “consejo de guerra”, que luego se comprobó que constituyeron “una farsa”, como recientemente lo admitió uno de esos mismos oficiales, hoy retirado, en el proceso que instruye el ministro Daniel Calvo.

La “fuga” de seis detenidos el 29 de septiembre de 1973 se comprobó en el juicio que no fue tal, y que los prisioneros fueron fríamente asesinados. Oficiales que cumplían funciones de la guardia rotativa del campo lo reconocieron en el proceso.

El “consejo de guerra” del 11 de octubre de 1973 donde mataron a otros cinco prisioneros, tampoco fue tal “consejo”, y hasta el auditor militar de algunos de esos supuestos “tribunales de guerra”, capitán (R) Enrique Sinn Bruno, reconoció en el juicio que ese consejo fue “otra farsa”.

El 30 de octubre de 1973 mataron a cuatro dirigentes socialistas del regional de Iquique, los que habrían sido condenados a muerte por otro “consejo de guerra”. Es el mismo Sinn Bruno, que participó en ese “consejo”, quien declaró en el juicio que fueron obligados a cambiar la sentencia ya dictada que los condenaba solo a una pena menor de prisión, y dictar otra que los condenó a muerte. En ese “consejo” participó el entonces capitán y luego inspector del Ejército, hoy general (R) Sergio Espinoza Davis.

En enero de 1974 Forestier dictó un bando donde dijo que seis prisioneros fueron liberados de Pisagua. Pero la investigación judicial estableció que los detenidos fueron asesinados los días 15 y 16 de enero de ese año.

Los otros cuatro prisioneros fueron igualmente acribillados extrajudicialmente, dando como excusa para tres de ellos otros “consejos de guerra”.

 


Procesan por homicidio al general (r) Carlos Forestier

Fuente :El Mostrador, 8 de Julio 2004

Categoría : Prensa

La ministra de fuero interina de la Corte de Apelaciones de Santiago Carmen Garay decidió someter a proceso como autor intelectual de homicidio calificado al ex vicecomandante en jefe del Ejército Carlos Forestier, en el marco del denominado “caso Pisagua”.

Este procesamiento incluye además los seis ex suboficiales de Ejército Sergio Benavides, Roberto Ampuero, Gabriel Guerrero, Sergio Figueroa y Arturo Contador, y al suboficial de Carabineros Manuel Vega, quienes de desempeñaban en el campo de prisioneros de Pisagua, Primera Región, y sobre los cuales fue decretada prisión preventiva.

En la misma causa, que tiene el Rol numero 2182-98 y está caratulada como “Pisagua”, Forestier se encontraba procesado bajo el cargo de secuestro y en esta oportunidad la jueza Garay decidió procesarlo por su responsabilidad en el asesinato de nueve prisioneros, hechos ocurridos tanto el 29 de septiembre como el 11 de octubre de 1973. En esas fechas el ex oficial, suegro del actual general en jefe castrense, Juan Emilio Cheyre, tenia el cargo de jefe de zona de emergencia.

El abogado querellante, Adil Berkovic, se manifestó satisfecho con la resolución y dijo que “ es emocionante que después de 30 años se llegue a la verdad”.

Además explicó que los implicados habían tratado de evadir su responsabilidad al decir que los ajusticiados fueron muertos al intentar escapar. Para el abogado ha quedado demostrado que ni siquiera hubo un consejo de guerra y que -en los hechos- fueron crímenes planificados.

Forestier se encuentra actualmente el libertad provisional y su traslado al Batallón de Policía Militar de Santiago, así como el de los seis suboficiales, fue encargado a personal del Departamento Quinto de la Policía de Investigaciones. A su vez, el suboficial de Carabineros Manuel Vega será trasladado a la Prefectura de zona de la institución policial uniformada.


Corte confirma procesamiento de general (r) Forestier

Fuente :El Mercurio, 19 de Julio 2004

Categoría : Prensa

La Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó hoy, en forma unánime, el procesamiento como autor de secuestro calificado de 10 militantes socialistas al general (r) Carlos Forestier, ex vice Comandante en Jefe del Ejército.

El ex uniformado apeló a la resolución que el 12 de abril del 2000 dictó en su contra el ministro de fuero Juan Guzmán Tapia, por su responsabilidad en el secuestro de Freddy Taberna Gallegos, José Sampson Ocaranza, Juan Antonio Ruz Díaz, Rodolfo Fuenzalida Fernández, y Jorge Marín, entre otros miembros del PS.

Los diez prisioneros fueron trasladados al Regimiento de Telecomunicaciones de Iquique y luego al Campamento de Prisioneros de Pisagua, donde permanecieron recluidos hasta el 29 de octubre de 1973.

Ante el tribunal, integrado por los ministros Jorge Zepeda, Lamberto Cisternas y la abogada Ángela Radovic, alegaron el abogado Mauricio Unda en representación de Forestier, y María Teresa Muñoz por el Consejo de Defensa del Estado.

Forestier, suegro del actual comandante en jefe del Ejército, fue encausado el 7 de julio pasado por la jueza (s) Carmen Garay, por su responsabilidad en la detención y ejecución de 8 prisioneros políticos también de la localidad de Pisagua.

Los hechos ocurrieron entre los días 8 y 11 de octubre de 1973 y a raíz de ello fueron procesados también seis ex uniformados.


Jueza procesa a edecán de Cámara de Diputados

Fuente : La Nación, 23 de Julio 2004

Categoría : Prensa

La mesa directiva de la Cámara de Diputados pidió la renuncia al edecán, coronel (R) Jaime Krauss Rusque, y éste aceptó irse. La renuncia le fue demandada sólo horas después de que la ministra de fuero Carmen Garay lo procesó y ordenó su arresto como autor material de siete homicidios ocurridos en el campo de prisioneros de Pisagua, mientras Krauss cumplió en 1974 funciones como capitán a cargo de la Compañía de Vigilantes de los detenidos.

La información de la renuncia pedida al edecán, quien es hermano del actual embajador de Chile en Madrid Enrique Krauss, fue entregada ayer pasadas las 18:30 horas en el Palacio Ariztía en Santiago por el presidente de la Cámara de Diputados Pablo Lorenzini (DC).

Este expresó que la mesa de la Cámara acordó pedirle la renuncia porque, al haber sido procesado, cayó en la “inhabilidad sobreviniente” que señala el estatuto del personal de la institución en su artículo Nº 23 letra c), que establece que “la persona que desempeñe labores funcionarias no podrá estar procesada ni condenada”.

El edecán se había declarado “inocente” en sus declaraciones en el proceso de Pisagua, y así también lo manifestó a La Nación Domingo que en su edición del domingo pasado publicó la crónica “El fantasma del edecán”.

El encausamiento del coronel (R) Krauss fue solicitado por el abogado querellante en la causa Pisagua Adil Brkovic. Este dijo ayer que “estamos muy conformes con esta resolución porque la verdad es que en el proceso existen suficientes antecedentes para acreditar la participación del señor Krauss en los homicidios de siete prisioneros”.

El abogado dijo que si bien a Krauss “no se le acusa de disparar él mismo contra los prisioneros, hay quienes lo sindican como quien impartió las órdenes como el segundo comandante del campo de prisioneros de Pisagua. Esta investigación ha tomado ya seis años y los hechos se encuentran totalmente acreditados”, dijo Brkovic.

Los hechos

El ahora ex edecán de la Cámara será notificado hoy a primera hora en el Palacio de Tribunales en Santiago, y luego será trasladado en calidad de detenido al Batallón de Policía Militar ubicado al interior del Comando de Telecomunicaciones del Ejército en la comuna de Peñalolén.

La ministra Garay sostuvo en su resolución que los siete homicidios ocurridos entre el 18 de enero de 1974 y el 30 de enero de ese año, sucedieron en Pisagua mientras el “capitán Jaime Krauss Rusque se encontraba a cargo de los efectivos militares que tenían por misión custodiar a los prisioneros políticos del Campamento de Pisagua, unidad militar que en definitiva dependía del comandante en jefe de la VI División del Ejército (en Iquique), general Carlos Forestier Haensgen”.

El coronel (R) Krauss reconoció en el proceso que efectivamente estos siete homicidios ocurrieron mientras cumplió funciones en Pisagua entre el 14 de enero de 1974 y al menos, según él, el 30 de enero de ese mes. Pero negó que ordenara las ejecuciones y también negó que su función fue la de comandante de la Compañía de Vigilantes de los prisioneros.

Dijo que su tarea fue “administrativa” inventariando y almacenando “serruchos, martillos, palas, estufas, queso, jamón y azúcar”, provenientes de una ayuda de la Cruz Roja para los prisioneros.

No obstante, según el abogado Brkovic la jueza “no le creyó” ese argumento, puesto que “no encaja” con lo realmente sucedido.

En Pisagua operó entre septiembre de 1973 y julio de 1974, como un reloj, un calendario rotativo de personal de oficiales que integraron la Compañía de Vigilantes de prisioneros, cada vez al mando de un oficial con el grado de capitán.

 A su vez este tenía bajo su mando a cuatro o cinco tenientes y subtenientes. La compañía era la responsable de lo que ocurriera con los prisioneros, y fueron sus integrantes los que siempre participaron en las ejecuciones extrajudiciales, como está establecido en la investigación. Por estas mismas funciones han sido encausados por otros homicidios otros oficiales (R) que a la fecha de sus funciones en Pisagua, de acuerdo al calendario de turnos, tenían también los grados de capitán y tenientes o subtenientes. 

El primero en afirmar que Krauss ordenó ejecutar prisioneros en Pisagua fue el mayor (R) Carlos Herrera Jiménez, quien cumple presidio perpetuo en la cárcel de Punta Peuco. Herrera admitió que Krauss le ordenó matar al prisionero Nelson Márquez Agurto, una de las siete víctimas del auto de procesamiento, porque éste había intentado fugarse para intentar evitar que lo siguieran torturando.

Krauss lo niega, pero careados ambos, Herrera mantuvo sus dichos.

El coronel (R) Krauss también fue encausado por los homicidios de Luis Manríquez, Nicolás Chánez, Tomás Cabello, Juan Rojas, Hugo Martínez y Juan Mamani. Todos ellos fueron declarados “dejados en libertad” por el general Forestier, sin embargo sus cadáveres aparecieron, junto al de Márquez, en la fosa clandestina descubierta en Pisagua en junio de 1990 con 19 cuerpos.

Los otros procesados

Por los siete homicidios también fueron procesados el general (R) Carlos Forestier, como autor intelectual; el mayor (R) Carlos Herrera Jiménez, como autor material; el coronel (R) Bernardo Martínez Téllez, como encubridor; y al suboficial (R) de Carabineros Manuel Vega Collao, también como autor material. Vega integró el pelotón de fusilamiento de los seis prisioneros ejecutados a fines de enero de 1974.

En contra de los argumentos de inocencia del coronel (R) Krauss respecto a que cumplió sólo funciones administrativas, están las declaraciones de algunos ex prisioneros, quienes afirman, coincidentemente, que el entonces capitán Krauss ingresó a la cárcel la noche del intento de fuga de Márquez, amenazando que si éste no aparecía en media hora se iban a matar prisioneros.

Uno de ellos, Luis González Vivas, dijo que “cuando matan a Márquez estaba el mayor Krauss, a quien yo le había hecho un mueble. Y él advirtió que si no aparecía Márquez hasta las cuatro de la mañana, iban a sacar prisioneros de las celdas para ser fusilados”. Lo mismo afirmó Freddy Alonso. Ambas versiones contradicen las tareas “administrativas” del entonces capitán Krauss.


De un cáncer a la garganta murió general (R) Carlos Forestier, suegro de Cheyre

Fuente : La Nación, 29 de Agosto 2005

Categoría : Prensa

Uno de los generales de Ejército más “duros” en los primeros años del régimen militar, Carlos Forestier Haengsen, falleció en la madrugada de ayer a los 85 años, en su domicilio a causa de un cáncer de garganta. El oficial era suegro del comandante en jefe, Juan Emilio Cheyre, quien está casado con Isabel Forestier. Estaba encausado por la desaparición y fusilamiento de diez partidarios de la UP en Pisagua, bajo jurisdicción de la Sexta División, en 1973, encabezada por Forestier. Entre 1977 y 1980 fue vicecomandante del Ejército, cargo de confianza de Augusto Pinochet. Desde 1981 fue ministro de Defensa.

En mayo su defensa pidió el sobreseimiento por enfermedad al señalar que no era posible un proceso contra alguien que no estaba en condiciones de ejercer sus derechos. Pero los argumentos no convencieron a la Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, que confirmó los cargos porque había antecedentes para presumir culpabilidad. En el caso fueron encausados, como autores materiales, cinco oficiales de Ejército y un suboficial de Carabineros que formaban parte de la guardia rotativa de Pisagua.

El Ejército, en una declaración pública, informó que los restos del general Forestier están siendo velados en la Catedral Castrense, donde a las 18 horas se ofició un responso. Hoy, a las 15 horas, el obispo castrense oficiará una misa y más tarde sus restos serán trasladados al cinerario del Parque del Recuerdo, donde recibirá los honores fúnebres correspondientes a su rango.

Pésame presidencial

El Presidente Ricardo Lagos dijo que se comunicaría personalmente con Cheyre para darle el pésame. “Lo voy a llamar por teléfono y a ver si lo alcanzo a visitar”, manifestó luego de reunirse con los ministros del Interior, Francisco Vidal; Obras Públicas, Jaime Estévez; Educación, Sergio Bitar; la intendenta Ximena Rincón y el director de Onemi, Alberto Maturana. Vidal envió el pésame al comandante en jefe. El secretario de Estado declinó hacer mayores comentarios ante la situación judicial del fallecido en consideración a los llamados hechos por el jefe castrense a apresurar las resoluciones judiciales para que los imputados cuenten con una resolución antes de morir.

“Lo primero y más importante es lamentar la muerte de un ser humano. Segundo, el pésame que corresponde por la muerte de su suegro y a Isabel Forestier por la muerte de su padre. Respecto a los tiempos entre la vida y la justicia, la justicia puede tardar pero no tengo otro cometario”, dijo Vidal.

En los últimos días, desde el entorno de Forestier se había insistido en hacer una diferencia entre la conducta adoptada por el ex vicecomandante en jefe, quien asumió su responsabilidad de mando por las violaciones de los derechos humanos, en comparación con Pinochet, quien ha persistido en negar su responsabilidad en estos hechos. Cuando se ha referido al avances de las investigaciones criminales que involucran a oficiales en retiro, el general Cheyre ha evitado referirse a la situación particular de su suegro. Forestier fue uno de los ex vicecomandantes que en julio de 2003 firmó una declaración que condenaba las exhumaciones de detenidos desaparecidos y que fue vista como un respaldo al “Nunca más” formulado por su yerno.

Caso pisagua

Forestier estuvo al mando de la VI División, por lo que tuvo a su mando el campo de Pisagua. En 1990, informes de un ex prisionero permitieron el hallazgo de 19 cuerpos en una fosa común. Los prisioneros tenían las manos atadas, los ojos vendados y un disco de cartón en el pecho, como señal para los fusileros, según se observó cuando los cuerpos fueron desenterrados. Aún falta encontrar a más desaparecidos que se cree fueron lanzados al mar. En 1999 fue la primera vez en que Forestier compareció ante la justicia. El ministro Juan Guzmán Tapia le tomó declaración acerca de los consejos de guerra en los que tomó parte en su calidad de jefe de la división.

En las variadas declaraciones que prestó desde entonces no hubo arrepentimiento por los hechos que se imputaban. Tampoco reconocimiento. Pero en ningún caso intentó eludir la responsabilidad que le tocaba en estos hechos sometidos a investigación. Según versiones de prensa, en los últimos días de su vida seguía recordando su labor en la zona fronteriza con Perú y refiriéndose al general nazi Erwin Rommel, quien como él también se desempeñó en el desierto. La actuación de Forestier fue investigada por los jueces Guzmán, Billard, Daniel Calvo, Carmen Garay. Ante todos ellos si bien asumió su responsabilidad, jamás incriminó a su superior jerárquico: Pinochet.

Hermético responso en Catedral Castrense

En ausencia del comandante en jefe del Ejército, el general Juan Emilio Cheyre, familiares y amigos del fallecido general (R) Carlos Forestier, asistieron anoche a la misa de responso programada en su memoria en la Catedral Castrense de Providencia. En un ambiente de total hermetismo, recogimiento y celo con la prensa, llegaron al lugar diversas personalidades ligadas al mundo militar para manifestar su apoyo a los deudos del general Forestier.

Entre los presentes destacó la presencia del ex comandante en Jefe del Ejército, el general (R) Ricardo Izurieta, y el general (R) Guillermo Garin, quienes se retiraron sin efectuar declaraciones una vez acabada la ceremonia. En contraste, el general (R) Julio Canessa con evidente expresión de congoja, manifestó su pesar por la pérdida de “una persona que admiraba mucho, ocupamos el mismo cargo, me siento muy entristecido”. Asimismo, el general (R) Guillermo Toro se refirió a los procesamientos del fallecido oficial (R) en el caso Pisagua, y lamentó que la ley de empalme no incluyera los casos de violaciones de derechos humanos, lo que a su juicio, “hubiera permitido acortar el proceso y favorecido a la reconciliación y unidad nacional”.

“Para el general Forestier, habría sido muy importante haber muerto sabiendo cuál era el resultado de su juicio. Ahora para el general Cheyre esto no va a traer problemas, porque el general se fue y ya se acabaron los problemas, aunque por supuesto que esto lo afecta sentimentalmente”, dijo Toro. Respecto de la ausencia de Cheyre, yerno del fallecido general Forestier, se informó que debido a que participa de una gira en Centroamérica, no podrá estar en Chile para acompañar a su esposa durante las exequias de su padre.


DDHH: Tres ex agentes han muerto mientras cumplían condena

Fuente :La Nación, 31 de Mayo 2010

Categoría : Prensa

La muerte del ex agente Héctor Vallejos Birtiola ocurrida antenoche, se convirtió en el tercer caso de un violador de derechos humanos que muere por enfermedad terminal cumpliendo sentencia. Estaba internado en Punta Peuco.

Antes que él, en 2007 murieron en circunstancias similares los ex represores Osvaldo Romo y Osvaldo Pincetti.

Ese mismo año y mientras cumplía detención preventiva en el Batallón de Policía Militar de Peñalolén, tras ser procesado en el caso Conferencia, murió en un extraño suicidio el ex integrante de la Brigada Lautaro Carlos Marcos Muñoz.

Procesados pero gozando de libertad provisional con juicios en desarrollo, han muerto hasta la fecha por distintas causas sobre una decena de ex agentes.

En esta calidad falleció en 2005 el ex vicecomandante en jefe del Ejército encausado por los crímenes de Pisagua, general (R) Carlos Forestier Hänsgen.

Igualmente procesado y en libertad provisional murió en enero de 2005 lanzándose desde un edificio el ex jefe de la brigada Purén y el grupo Delfín, coronel (R) Germán Barriga.
Vallejos, que sufría un cáncer, había pedido el indulto presidencial el 2 de marzo de 2010, pero la entonces Presidenta Bachelet lo negó.

No obstante, Vallejos había recibido en 2009 un importante beneficio de parte de la Sala Penal de la Corte Suprema que, aplicando la “doctrina Dolmetsch”, medida compensatoria llamada así por su autor y miembro de esa sala, Hugo Dolmetsch, le rebajó su condena de diez años y un día, a 5 años y un día.

Esa vez, Vallejos y los otros dos condenados, el brigadier (R) Fernando Polanco y el suboficial (R) Luis Fernández, a quienes se les hizo la misma rebaja, estuvieron a punto de ser absueltos cuando dos de los cinco integrantes de esa sala penal, Rubén Ballesteros y Nibaldo Segura, partidarios de la amnistía y la prescripción en crímenes de lesa humanidad, votaron por la absolución.

Vallejos cumplía condena como coautor del crimen en 1973, en la frontera con argentina, en La Serena, del matrimonio argentino-mexicano integrado por Bernardo Ledjerman y María Avalos.

Según lo dice el proceso, el hijo de ambos de dos años, Ernesto, fue entregado en custodia a las monjas de la Providencia, en La Serena, por el entonces teniente Juan Emilio Cheyre, argumentando que sus padres “se suicidaron”.

MINISTRO
Ayer el ministro de Justicia Felipe Bulnes, dijo que indultar a violadores de derechos humanos “es un tema complejo”, porque “se combina la natural misericordia con nuestro compromiso de hacer cumplir la ley”.

La vicepresidenta de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos, Mireya García, expresó que “la vida y la muerte son parte de nuestra existencia y ello no implica que violadores de derechos humanos queden libres por sufrir enfermedad”.

La AFDD se opone a que la Iglesia pida al gobierno el indulto


Ministro Vicente Hormazábal condena a oficiales de Ejército (r) por aplicación de tormentos a 35 víctimas en Iquique y Pisagua

Fuente :pdju.cl, 7 de Noviembre 2023

Categoría : Prensa

En el ámbito civil, el ministro Hormazábal Abarzúa acogió, con costas, las demandas de indemnización de perjuicios deducidas y condenó al fisco a pagar la suma total de $2.570.000.000 (dos mil quinientos setenta millones de pesos) por concepto de daño moral, a 33 de las víctimas.

El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Arica, Iquique, Antofagasta, Copiapó y La Serena, Vicente Hormazábal Abarzúa, condenó a tres oficiales (r) del Ejército por su responsabilidad en el delito reiterado de aplicación de tormentos a Juan Alberto Araya Álvarez, Nelson Eddy Clery Cabezas, Freddy Beder Alonso Oyanadel, Luis Alberto Caucoto Ortega, Guillermo Ernesto Morales Armas, Héctor Reinaldo Pavelic Sanhueza, Hugo Medardo Bolívar Salazar, Héctor Mateo Taberna Gallegos, Luis Emilio Morales Marino, Alberto Orlando Viveros Madariaga, Juan Enrique Mercado Jordán, Eduardo Bernal Acuña, Haroldo Segundo Quinteros Bugueño, Miguel Belisario Cabrera Riquelme, Ornaldo Jesús Bacian Callpa, Rigoberto Orlando Echeverría Allende, Ángel Gabriel Prieto Henríquez, Francisco Germán Prieto Henríquez, Manuel Evaristo Espinoza Godoy, Juan Luis Gómez Guerrero, Carlos Antonio Lillo Quea, Juan Antonio Prieto Henríquez, Luis Pedro Caroca Vásquez, Manuel Guillermo Jiménez Méndez, Óscar Fernando Pizarro Talamilla, Raúl Ángel Díaz Bravo, José Ramón Steinberg Montes, Vladislav Dusan Kuzmicic Calderón, Juan Rolando Morales Herrera, Luis Rafael Alberto Angulo Córdova, Héctor Francisco Inostroza Núñez, Orlando Herrera Pinto, Luis Segundo González Vivas, Ernesto Paul Montoya Peredo y Sylvia Amanda Urtubia Bobadilla. Ilícitos cometidos en la ciudad de Iquique y en la localidad de Pisagua, en diversos periodos entre 1973 y 1974.

En el fallo (causa rol 21-2012. Tomo A), el ministro en visita condenó a Pedro Santiago Collado Martí a la pena de 15 años de presidio en calidad de autor del delito respecto de 29 víctimas. En tanto, Conrado Vicente García Giaier deberá cumplir 13 años de presidio por su responsabilidad en el caso de 13 víctimas, y Arturo Alberto Contador Rosales 8 años de reclusión, por su responsabilidad en el caso de ocho víctimas.

En el fallo, el ministro Hormazábal Abarzúa dio por establecidos los siguientes hechos:

a) Que a partir del 11 de septiembre de 1973 un sinnúmero de personas iquiqueñas, simpatizantes, partidarios o miembros de los partidos políticos Comunista, Socialista o MAPU, fueron detenidos, imputándoseles en algunos casos hechos determinados, tales como organizadores de planes para envenenar el agua de la ciudad, asalto a cuarteles, pertenecer a grupos paramilitares, rapto de hijos de militares, organización, realización y participación en reuniones clandestinas, acopio de armas, apoderarse de los servicios públicos básicos, de las comunicaciones y del puerto por las fuerzas de las armas, entre otros, sin acusación alguna a excepción de su simpatía, cercanía o pertenencia a algún partido político de izquierda que, a la sazón, se encontraban constituidos y funcionando dentro de la legalidad institucional del país, o bien, de ser integrante del movimiento de izquierda revolucionaria, MIR.

b) Que todas esas personas, hombres y mujeres, de edades disímiles, universo compuesto por adolescentes hasta personas de mediana edad, por órdenes del general Ernesto Carlos Joaquín Forestier Haensgen (fallecido), comandante en jefe de la VI División de Ejército y jefe de la zona en Estado de Sitio de la Provincia de Tarapacá, eran conducidos, tratándose de los hombres, a la Sexta División de Ejército o a la Primera Comisaría de Carabineros de Iquique, e invariablemente terminaba esa parte de su detención en el Regimiento Telecomunicaciones de la época, lugar en que se les iba ubicando en lo que podría denominarse patios, y luego se les separaba por filiación política u otras razones, en contenedores, "chancheras" (sitio donde los militares criaban cerdos) u oasis (sector donde había vegetación), a todos se les pedían sus datos por personal de Ejército, siendo una porción de esas personas interrogadas en un sector de la unidad ubicado en un segundo piso, presuntamente en el edificio correspondiente a la enfermería, y una cantidad de ellas torturada en diversas formas e intensidades, según fuera la importancia política que el régimen militar les atribuyera, y luego, teniendo en cuenta esa misma relevancia política imputada, eran derivados a Pisagua inmediatamente o pasados algunos días, normalmente en camiones, a tempranas o tardías horas del día, vigilados por personal de la misma rama de las Fuerzas Armadas.

c) Que, en el caso de las mujeres, su paso fue por el Batallón Logístico, siendo controladas por personal de Ejército. A continuación, eran derivadas al Buen Pastor, vigiladas por monjas, debían compartir con las presas por delitos comunes y luego eran enviadas a Pisagua, donde se les mantenía detenidas en el segundo piso de un teatro bajo custodia armada.

d) Que, el Campamento de Prisioneros de Pisagua fue dirigido por el teniente coronel Ramón Caupolicán Larraín Larraín (fallecido), contralor y comandante del Campo de Prisioneros de Guerra y Guarnición Militar de Pisagua, quien a su vez recibía órdenes directas y perentorias de Ernesto Carlos Joaquín Forestier Haensgen. Las guardias del campo estaban formadas por un contingente dirigido por un capitán, quien era asistido por dos o más oficiales de menor grado, tenientes o subtenientes, y por la tropa de clases respectiva. Larraín disponía el ingreso de los detenidos y bajo su mando, directo o delegado a los oficiales que custodiaban el campo, se ejecutaban sesiones que las víctimas denominaban "ablandamientos generales", consistentes en golpes de todo tipo, en diversas partes del cuerpo, con mayor o menor fuerza, "tareas" ejecutadas por el contingente de turno, destacándose ciertos oficiales de Carabineros o del Ejército y repitiéndose en esas labores los oficiales a cargo de la guardia.

e) Que, al comenzar a funcionar el Campamento, los presos fueron colocados por importancia política o por partidos en distintos pisos de la cárcel, siendo la más baja, llamadas "catacumbas", celdas que estaban en peores condiciones de habitabilidad y hacinamiento. Con el correr del tiempo, a los mismos presos se les hizo construir pabellones para seguir ubicando personas, los que no se terminaron de edificar, lapso también en que algunos de ellos gozaron de ciertas franquicias por sus habilidades, fundamentalmente manuales, tales como cocineros, buzos mariscadores, mueblistas, mozos, etc., aunque no por ello dejaban de percatarse de los efectos físicos que provocaban en sus compañeros las golpizas, mismo período en que se recibió la visita de unos periodistas que, bajo la apariencia de la Cruz Roja Internacional, y pese al remozamiento ordenado por el comandante Larraín, lograron grabar e informar al mundo acerca de la existencia del Campamento, video que fue convertido en documento que se encuentra a la vista.

f) Que, solo una porción de los inculpados detenidos en Pisagua fueron sometidos a Consejo de Guerra, los que se celebraban en la escuela de esa localidad. Los hubo para el Partido Socialista, Comunista o multipartidario, conformándose por diversos oficiales especialmente llamados al efecto, desempeñándose como fiscal Mario Sergio Acuña Riquelme (fallecido) y como ente ratificador de las condenas dispuestas por el Consejo, Ramón Larraín Larraín y Carlos Forestier Haensgen, indistintamente. Un gran porcentaje de presos fue condenado informalmente, es decir, sin que hubiera una sentencia escrita o al menos sin que ellos la recibieran, muchas veces eran condenados con el solo mérito de sus confesiones obtenidas a través de torturas, y debiendo trasladarse por sus propios medios a los lugares de cumplimiento de las penas, permaneciendo recluidos o relegados hasta su término, rebaja de sanción o conversión por exilio.

g) Que, junto con las sesiones de "ablandamiento colectivo", existían los interrogatorios individuales, con la finalidad de obtener las confesiones aludidas precedentemente, en los que un grupo determinado y permanente al mando del fiscal Mario Acuña Riquelme integrado, entre otros, por Roberto Fuentes Zambrano (fallecido), René Valdivia Castro (fallecido), Miguel Chile Aguirre Álvarez (fallecido) y Blas Daniel Barraza Quinteros (fallecido), los que en algunas ocasiones interactuaban con oficiales encargados de la custodia del Campo de Prisioneros, quienes aplicaban tormentos que dejaron a las víctimas con secuelas físicas y/o psicológicas de las que dan cuenta las pericias practicadas conforme al Protocolo de Estambul por el Servicio Médico Legal.

h) Que, este equipo de interrogadores se trasladaba regularmente a Pisagua desde Iquique en una avioneta piloteada por el oficial de Ejército Carlos Teodoro de la Barra Daniels (fallecido). La razón por la que este grupo no tenía permanencia estable en Pisagua, era porque ejecutaban las mismas prácticas contra los detenidos en el Regimiento de Telecomunicaciones, donde se encontraban bajo el mando de Pedro Santiago Collado Martí quien, según sus propios dichos, dirigía el Servicio de Inteligencia Militar, conformado por militares y carabineros, y quien tenía un vínculo de amistad con el fiscal Mario Acuña Riquelme y sostenían reuniones que llama "coloquiales" al menos una vez por semana.

i) Que, en términos generales, las torturas consistían en golpes en el cuerpo mediante culatazos, manos, pies, colocar a los detenidos desnudos o semidesnudos en el piso y caminar encima de ellos, interrupción del sueño, exposición al sol durante horas y al frío de la noche sin ropa, subir y bajar cerros mediante ejercicios de punta y codo, lanzarlos dentro de tambores por laderas, electricidad en determinadas partes el cuerpo, sumergir la cabeza en agua (submarino), golpes en los oídos (teléfono), simulacros de fusilamiento, interrogatorios en los que se les dejaba un arma de fuego a su lado, colgamiento desde sus extremidades con la finalidad de obtener el estiramiento del cuerpo por lapsos prolongados, violaciones, abusos sexuales, mantenerlos con escasas raciones alimenticias y la amenaza constante de ser fusilados ellos o sus familiares, entre otras.

En el ámbito civil, el ministro Hormazábal Abarzúa acogió, con costas, las demandas de indemnización de perjuicios deducidas y condenó al fisco a pagar la suma total de $2.570.000.000 (dos mil quinientos setenta millones de pesos) por concepto de daño moral, a 33 de las víctimas.


Ministro Sergio Troncoso condena a presidio perpetuo a oficiales del Ejército (r) por secuestros calificados en Iquique y Pisagua

Fuente :pdju.cl, 2 de Enero 2025

Categoría : Prensa

“Que, por lo que se ha venido considerando, este sentenciador estima que es normativamente improcedente aplicar una amnistía a crímenes de lesa humanidad, porque están en juego normas de ius cogens por las cuales la penalización de estos ilícitos es obligatoria, y así ha sido reiteradamente resuelto por los tribunales superiores de justicia”.

El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de La Serena Sergio Troncoso Espinoza condenó, con costas, al coronel en retiro del Ejército Conrado Vicente García Giaier a la pena de presidio perpetuo, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos, derechos políticos y profesiones titulares, en calidad de autor del delito reiterado de secuestro calificado de Artemio Rufino Salinas Valdivia, Gerardo Enrique Soudre Rojas, José Alejandro González Carreño, Damián Ernesto Rojas Gallardo, Carlos Aldo Valdivieso Martínez, Juan Adolfo Guillermo Petersen Gallardo, Luis Alberto Tapia Hidalgo, Patricio Alberto Polanco Polanco, Odesa Raquel Flores Tiayna, Alfonso Pedro Araya Pallero y Eddie Omar Márquez Cortez. Ilícitos cometidos en la localidad de Pisagua con posterioridad al 11 de septiembre de 1973.

En el fallo (causa rol 21-2012 tomo B), el ministro Troncoso Espinoza condenó, en costas, al otrora brigadier de Ejército Pedro Santiago Collado Martí a la pena de presidio perpetuo, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos, derechos políticos y profesiones titulares, como autor del delito de aplicación de tormentos a la víctima Luis Fernando Fuentes López y el delito reiterado de secuestro calificado de Agusto Samuel Ahumada Gallardo, Enrique Silva Olivares, Mario del Carmen Magne Castillo, Artemio Rufino Salinas Valdivia, Rigoberto Ernesto Pizarro Prado, Ricardo Enrique Torres Morales, Ignelia Patricia Fuentes Rojas, Gerardo Enrique Soudre Rojas, José Alejandro González Carreño, Damián Enrique Villegas Castillo, Damián Ernesto Rojas Gallardo, Carlos Aldo Valdivieso Martínez, Juan Ernesto García Justiniano, Pedro Segundo Aguilera Sanquea, Juan Adolfo Guillermo Petersen Gallardo, Luis Alberto Tapia Hidalgo, Patricio Alberto Polanco Polanco, Odesa Raquel Flores Tiayna, Alfonso Pedro Araya Pallero, Jorge Ramón Zúñiga Poblete y Eddie Omar Márquez Cortez. Ilícitos cometidos en Iquique y Pisagua, con posterioridad al 11 de septiembre de 1973.

“Que, habiéndose dictado acusación en este proceso, de conformidad a lo previsto en el artículo 424 del Código de Procedimiento Penal, ya se decidió por el Tribunal que no había mérito para decretar el sobreseimiento, razón por la cual se dictó el auto motivado que exige la ley, de manera que ello resulta más que suficiente para desestimar la solicitud de sobreseimiento efectuada por el abogado defensor de Conrado García. Además, los antecedentes en que basa sus argumentaciones el incidentista dicen relación con hechos acaecidos respecto de determinadas víctimas y que se sitúan en las acciones represivas desarrolladas al interior del Regimiento de Telecomunicaciones, sin que abarquen el conjunto de imputaciones que le han sido formuladas en la presente causa. Por lo demás, lo establecido en el fallo citado, es solo un antecedente más que puede ser desvirtuado con la prueba rendida en el actual proceso, lo que se analizará más adelante en esta sentencia. Por tanto, se rechazará la solicitud, con costas”, consigna el fallo.

La resolución agrega que: “La época más violenta de todo el período represivo se corresponde con los primeros meses del gobierno de facto, pudiendo indicarse a vía ejemplar que, de las 3.197 víctimas de ejecuciones y desapariciones forzadas identificadas por el Informe Rettig, 1.823 se produjeron en el año 1973, y que el 67,4% de los testimonios calificados por la Comisión Valech refieren haber sido detenidos entre septiembre y diciembre de 1973 (18.364 personas de un total de 22.824 detenciones). De todo lo expuesto se desprende que los sucesos de que trata esta investigación, de ser efectivos, corresponderían indudablemente a crímenes contra la humanidad, al incluir actos de tortura perpetrados en un contexto de opresión sistemática o generalizada contra una población civil, propio de tal categoría de ilícitos”.

“Que, por lo que se ha venido considerando, este sentenciador estima que es normativamente improcedente aplicar una amnistía a crímenes de lesa humanidad, porque están en juego normas de ius cogens por las cuales la penalización de estos ilícitos es obligatoria, y así ha sido reiteradamente resuelto por los tribunales superiores de justicia”, añade.

“En consecuencia, resultando mandatorio para todos los órganos del Estado dar estricta aplicación a las normas y principios del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, los cuales excluyen cualquier posibilidad de beneficiar a los responsables de crímenes contra la humanidad con la institución de la amnistía, es que se desecharán, con costas, las alegaciones formuladas en ese sentido por la Defensa de Pedro Collado Martí”, concluye.

En la causa, el ministro Troncoso Espinoza decretó la absolución de Collado Martí, de los cargos formulados en su contra como autor del delito de aplicación de tormentos a Encina Encina.

En el ámbito civil, el ministro en visita dio lugar a las demandas de indemnización de perjuicios y condenó al fisco a pagar una indemnización total por la suma de $2.100.000.000 por concepto de daño moral a los demandantes, desglosados en $50.000.000 en favor de Jorge Patricio Encina Encina; $80.000.000 a cada uno de los demandantes Ahumada Gallardo, Silva Olivares, Pizarro Prado, Fuentes Rojas, González Carreño, Rojas Gallardo, Valdivieso Martínez, Polanco Polanco, Varela Barbagelata y Flores Tiayna; $100.000.000 a cada uno de los demandantes Magne Castillo, Salinas Valdivia, Fuentes López, Torres Morales, Soudre Rojas, Villegas Castillo, Aguilera Sanquea, Guillermo Petersen Gallardo, Araya Pallero, Zúñiga Poblete y Márquez Cortez, y $150.000.000 a Tapia Hidalgo.

Ablandamientos

En la resolución, el ministro Troncoso Espinoza dio por establecidos los siguientes hechos:

“1.- Que a partir del 11 de septiembre de 1973 un sinnúmero de personas iquiqueñas, simpatizantes, partidarios o miembros de los partidos políticos Comunista, Socialista o MAPU, fueron detenidos, imputándoseles en algunos casos hechos determinados, tales como organizadores de planes para envenenar el agua de la ciudad, asalto a cuarteles, pertenecer a grupos paramilitares, rapto de hijos de militares, organización, realización y participación en reuniones clandestinas, acopio de armas, apoderarse de los servicios públicos básicos, de las comunicaciones y del puerto por las fuerzas de las armas, entre otros, sin acusación alguna a excepción de su simpatía, cercanía o pertenencia a algún partido político de izquierda que, a la sazón, se encontraban constituidos y funcionando dentro de la legalidad institucional del país, o bien, de ser integrante del Movimiento de Izquierda revolucionaria, MIR.

2.- Que todas esas personas, hombres y mujeres, de edades disímiles, universo compuesto por adolescentes hasta personas de mediana edad, por órdenes del general Ernesto Carlos Joaquín Forestier Haensgen (fallecido), comandante en jefe de la VI División de Ejército y jefe de la Zona en Estado de Sitio de la Provincia de Tarapacá, eran conducidos, tratándose de los hombres, a la Sexta División de Ejército o a la Primera Comisaría de Carabineros de Iquique, e invariablemente terminaba esa parte de su detención en el Regimiento Telecomunicaciones de la época, lugar en que se les iba ubicando en lo que podría denominarse patios, y luego se les separaba por filiación política u otras razones, en contenedores, ‘chancheras’ (sitio donde los militares criaban cerdos) u oasis (sector donde había vegetación en el interior del Regimiento), a todos se les pedían sus datos por personal de Ejército, siendo una porción de esas personas interrogadas en un sector de la unidad militar ubicado en un segundo piso, presuntamente en el edificio correspondiente a la enfermería, y otra cantidad de ellas torturada en diversas formas e intensidades, según fuera la importancia política que el régimen militar les atribuyera, y luego, teniendo en cuenta esa misma relevancia política imputada, eran derivados a Pisagua inmediatamente o pasados algunos días, normalmente en camiones, a tempranas o tardías horas del día, vigilados por personal de la misma rama de las Fuerzas Armadas.

3.- Que, en el caso de las mujeres, su paso fue por el Batallón Logístico, siendo controladas por personal de Ejército. A continuación, eran derivadas al Buen Pastor, vigiladas por monjas, debían compartir con las presas por delitos comunes y luego eran enviadas a Pisagua, donde se les mantuvo detenidas en el segundo piso del teatro local bajo custodia armada.

4.- Que, el Campamento de Prisioneros de Pisagua fue dirigido por el teniente coronel Ramón Caupolicán Larraín Larraín (fallecido), contralor y comandante del Campo de Prisioneros de Guerra y Guarnición Militar de Pisagua, quien a su vez recibía órdenes directas y perentorias de Ernesto Carlos Joaquín Forestier Haensgen. Las guardias del Campo estaban formadas por un contingente dirigido por un capitán, quien era asistido por dos o más oficiales de menor grado, tenientes o subtenientes, y por la tropa de clases respectiva. Larraín disponía el ingreso de los detenidos y bajo su mando, directo o delegado a los oficiales que custodiaban el campo, se ejecutaban sesiones que las víctimas denominaban ‘ablandamientos generales’, consistentes en golpes de todo tipo, en diversas partes del cuerpo, con mayor o menor fuerza, ‘tareas’ ejecutadas por el contingente de turno, destacándose ciertos oficiales de Carabineros o del Ejército y repitiéndose en esas labores los oficiales a cargo de la guardia.

5.- Que, al comenzar a funcionar el Campamento, los presos fueron colocados por importancia política o por partidos en distintos pisos de la cárcel, siendo la más baja, llamadas ‘catacumbas’, celdas que estaban en peores condiciones de habitabilidad y hacinamiento. Con el correr del tiempo, a los mismos presos se les hizo construir pabellones para seguir ubicando personas, los que no se terminaron de edificar, lapso también en que algunos de ellos gozaron de ciertas franquicias por sus habilidades, fundamentalmente, manuales, tales como cocineros, buzos mariscadores, mueblistas, mozos, etc., aunque no por ello dejaban de percatarse de los efectos físicos que provocaban en sus compañeros las golpizas, mismo período en que se recibió la visita de unos periodistas que, bajo la apariencia de la Cruz Roja Internacional, y pese al remozamiento ordenado por el comandante Larraín, lograron grabar e informar al mundo acerca de la existencia del Campamento, video que fue convertido en documento que se encuentra a la vista.

6.- Que, solo una porción de los inculpados detenidos en Pisagua fue sometida a Consejo de Guerra, los que se celebraban en la escuela de esa localidad. Los hubo para el Partido Socialista, Comunista o multipartidario, conformándose por diversos oficiales especialmente llamados al efecto, desempeñándose como fiscal Mario Sergio Acuña Riquelme (fallecido) y como ente ratificador de las condenas dispuestas por el Consejo, Ramón Larraín Larraín y Carlos Forestier Haensgen, indistintamente. Un gran porcentaje de presos fue condenado informalmente, es decir, sin que hubiera una sentencia escrita o al menos sin que ellos la recibieran, muchas veces eran condenados con el solo mérito de sus confesiones obtenidas a través de torturas, y debiendo trasladarse por sus propios medios a los lugares de cumplimiento de las penas, permaneciendo recluidos o relegados hasta su término, rebaja de sanción o conversión por exilio.

7.- Que, junto con las sesiones de ‘ablandamiento colectivo’, existían los interrogatorios individuales, con la finalidad de obtener las confesiones aludidas precedentemente, en los que un grupo determinado y permanente al mando del fiscal Mario Acuña Riquelme integrado, entre otros, por Roberto Fuentes Zambrano (fallecido), René Valdivia Castro (fallecido), Miguel Chile Aguirre Álvarez (fallecido) y Blas Daniel Barraza Quinteros (fallecido), los que en algunas ocasiones interactuaban con oficiales encargados de la custodia del Campo de Prisioneros, quienes aplicaban tormentos que dejaron a las víctimas Agusto Ahumada Gallardo, Enrique Silva Olivares, Mario Magne Castillo, Artemio Salinas Valdivia, Rigoberto Pizarro Prado, Luis Fuentes López, Ricardo Torres Morales, Ignelia Fuentes Rojas, Gerardo Soudre Rojas, José González Carreño, Damián Villegas Castillo, Damián Rojas Gallardo, Carlos Valdivieso Martínez, Juan García Justiniano, Pedro Aguilera Sanquea, Juan Petersen Gallardo, Luis Tapia Hidalgo, Jorge Encina Encina, Patricio Polanco Polanco, Óscar Varela Barbagelata, Odesa Flores Tiayna, Alfonso Araya Pallero, Jorge Zúñiga Poblete y Eddie Márquez Cortez, con secuelas físicas y/o psicológicas de las que dan cuenta las pericias practicadas conforme al Protocolo de Estambul por el Servicio Médico Legal.

8.- Que, este equipo de interrogadores se trasladaba regularmente a Pisagua desde Iquique en una avioneta piloteada por el oficial de Ejército Carlos Teodoro de la Barra Daniels (fallecido). La razón por la que este grupo no tenía permanencia estable en Pisagua, era porque ejecutaban las mismas prácticas contra los detenidos en el Regimiento de Telecomunicaciones, donde se encontraban bajo el mando de Pedro Santiago Collado Martí quien, según sus propios dichos, dirigía el Servicio de Inteligencia Militar, conformado por militares y carabineros, y quien tenía un vínculo de amistad con el fiscal Mario Acuña Riquelme y sostenían reuniones que llama ‘coloquiales’ al menos una vez por semana.

9.- Que, en términos generales, las torturas consistían en golpes en el cuerpo mediante culatazos, manos, pies, colocar a los detenidos desnudos o semidesnudos en el piso y caminar encima de ellos, interrupción del sueño, exposición al sol durante horas y al frío de la noche sin ropa, subir y bajar cerros mediante ejercicios de punta y codo, lanzarlos dentro de tambores por laderas, electricidad en determinadas partes el cuerpo, sumergir la cabeza en agua (submarino), golpes en los oídos (teléfono), simulacros de fusilamiento, interrogatorios en los que se les dejaba un arma de fuego a su lado, colgamiento desde sus extremidades con la finalidad de obtener el estiramiento del cuerpo por lapsos prolongados, violaciones, abusos sexuales, mantenerlos con escasas raciones alimenticias y la amenaza constante de ser fusilados ellos o sus familiares, entre otras”.