Rut: 5235894-9
Cargos:
Grado : Sargento 2°
Rama : Carabineros
SIRE
Rol 10.854: episodio “Dagoberto Cárcamo Navarro y otros, Homicidio de camino a Pelluco”
Fuente :Poder Judicial, 28 de Octubre 2017
Categoría : Prensa
9) Benjamín Villablanca Romero, en declaración de fojas 402 a fojas 409, quien anexó que cumplía funciones en la Segunda Comisaría de Carabineros de Puerto Montt, a cargo del Mayor Caupolicán Arcos Albarracín, correspondiéndole formar parte de los servicios ordinarios hasta días después del pronunciamiento militar, cuando es designado para integrar la dotación del recientemente creado servicio de inteligencia de carabineros SICAR, cuyo jefe era el suboficial mayor Juan Saldivia Maldonado, dependiendo de la Prefectura de Llanquihue, y tenía como misión investigar los diversos hechos políticos de esa época, logrando descubrir la organización de las Juventudes Comunistas de la región y sus integrantes;
Luego de seis meses es trasladado al Servicio de Inteligencia Regional (SIRE), unidad conformada por alrededor de 13 funcionarios, entre personal del Ejército, Armada, Fuerza Aérea, Carabineros y Policía de Investigaciones, al mando estaba el Capitán Eugenio Covarrubias y de subjefe el Teniente Lautaro Contreras, y como miembros a las personas de apellido Kappes y Yáñez (Ejercito), Sargento Segundo León y Lagos (FACH), y Claudio Olavarría, Veas, Obreque y Vargas (Carabineros), Díaz (Policía de Investigaciones). Como funciones del SIRE se encontraban las de continuar la investigación relativa a los comunistas, seguimiento de personas, realizando labores de interrogar y buscar detenidos en otros lugares de la región, éste servicio funcionada en el cuartel de la Policía de Investigaciones, donde tenían asignada una oficina en el primer piso, entrando a mano derecha y un calabozo en el sótano, con posterioridad se les asignó una casa de un piso de madera, de la FACH, en la población Antonio Varas, hacia el este de la Avenida Sargento Silva.
Detalla respecto a los detenidos, que en el mismo edificio de la intendencia funcionaba la Fiscalía Militar, a cargo del mayor de la jurídica de Carabineros Alberto Ebensperger Aburto, quien era la persona encargada de decidir el destino de los detenidos o si eran dejados en libertad o trasladados a la cárcel de Chin Chin. Indicó que los detenidos que permanecían para ser trasladados a esta cárcel eran interrogados por los funcionarios aprehensores, utilizando como el método más común amarrarlos e introducir agua por su nariz, a fin de que entregaran información, función para la que no existía ningún funcionario designado sino que la realizaba quien estuviera desocupado, generalmente conocían los hechos en los cuales los detenidos políticos estaban involucrados y sobre eso se les preguntaba, cuando faltaba algo por esclarecer.
Se les interrogaba con las manos atadas y se les tapaba la boca y echaba agua por la nariz con cualquier cosa como un jarro, no se les aplicaba electricidad con magnetos. Continuó señalando que el SIRE intervino la compañía de teléfonos, desconociendo de quien emanó la orden, pero que el General Leigh tenía conocimiento de esto.
Manifiesta que en el mes de octubre de 1973, mientras trabajaba en el SICAR, escuchó comentarios del Cabo de Carabineros ISIDORO AZOCAR, quien relataba haber participado como conductor del furgón en el que trasladaron a un grupo de jóvenes, los que fueron detenidos por Carabineros de la segunda comisaría de Puerto Montt y trasladados en este carro policial en horas de la noche hasta pasado el sector de ferrocarriles, camino a Pelluco, donde al parecer les habrían dado muerte, agrega que también se comentó que otros funcionarios involucrados eran Juan Desiderio Soto, apodado el “Soto Perra” actualmente fallecido.
Afirma recordar a un joven de apellido Mansilla, quien era boxeador y conocido en la región. Desconoce si esta patrulla estaba al mando de un oficial pero apunta que generalmente era un suboficial de carabineros quien estaba a cargo. Imagina que lo que sucedió con estos jóvenes fue por orden de los oficiales de la Segunda Comisaría de Carabineros de Puerto Montt, específicamente por el Teniente Navarro ya que era precipitado y solía no medir las consecuencias de su actuar, por lo que se le conocía como “el loco Navarro”. Finaliza relatando otros episodios sucedidos en la zona de Puerto Montt.
En declaración de fojas 411 a fojas 411 vuelta, ratificó su declaración anterior y reitera que no tuvo participación en el episodio ocurrido camino a Pelluco, que tuvo por resultado la muerte de varios jóvenes.
Reiteró que en Octubre de 1973 se encontraba trabajando en el SICAR donde escuchó comentarios del cabo de carabineros Isidoro Azócar en el sentido de que él habría participado como conductor del furgón en que se habrían trasladado a un grupo de jóvenes que habían sido detenidos por Carabineros de la Segunda Comisaría de Puerto Montt y trasladados en ese carro policial durante la noche hasta pasado el sector de la estación de ferrocarriles camino a Pelluco, donde al parecer les habrían dado muerte, comentándose también que otro funcionario involucrado era Juan Soto, apodado “El Soto perra” actualmente fallecido.
Repite que lo sucedido con estos jóvenes debió ser por orden de los oficiales dependientes de la segunda comisaría de carabineros de Puerto Montt, principalmente por el Teniente Navarro.
SEXTO: Que prestando declaración indagatoria ISIDORO MIGUEL AZOCAR ANDRADE, de fs. 389 a fs. 392, en lo sustancial y pertinente señala, que en 1973 tenía el grado de cabo primero y formaba parte de la dotación de la Segunda Comisaría de Puerto Montt, realizando funciones de orden y seguridad, que consistían en cumplir los servicios de patrullaje que ordenaba la jefatura. Ahora respecto al hecho investigado acota que en aquella fecha la Segunda Comisaría estaba a cargo del subcomisario Miguel Onofre Vidal Vidal, ya que el comisario mayor Caupolicán Arcos Albarracín, había sido designado como jefe del SIM, aquel día al parecer a principios de Octubre se encontraba saliente del tercer turno de patrullaje, que finalizaba a las 00:00 horas, en compañía del cabo segundo Ricardo Hernández Díaz, fue notificado por el capitán Miguel Onofre Vidal Vidal que debía quedarse junto al cabo Hernández para cumplir una misión, más tarde alrededor de las 01:00 horas el capitán Vidal les ordenó subir la parte posterior de un furgón marca Fiat de colores institucionales, a cargo del mencionado capitán, acompañado del teniente Adolfo Navarro Palma, el sargento Segundo Juan Barría Igor y conducido por el sargento Segundo Juan Desiderio Soto , estos últimos, Barría y Soto, cumplían servicio de cuarto turno.
Atestigua que en el calabozo del furgón iban entre cuatro a seis jóvenes detenidos, quienes no iban esposados y él junto al cabo Hernández Díaz se colgaron en la parte posterior del furgón junto con el sargento Barría y el carro policial tomo dirección camino a Pelluco, unos 500 metros antes del monolito que tiene forma de barco, ubicado actualmente en ese sector, el vehículo se detuvo sobre la pista derecha de la calzada, se bajó el capitán y ordenó bajar a los detenidos, luego hizo avanzar a estas personas en dirección a Pelluco, lo que hicieron caminando, a la vez ellos (Carabineros) se ubicaron en línea delante del furgón, esto último por propia iniciativa, todos portando fusil SIG, arma que es peligrosa y que al dispararla culatea, cuando estas personas todos varones, se alejaron unos 10 metros por delante del furgón y de espalda a ellos el capitán les ordenó dispararles.
Expresó que en un momento pensó en negarse pero se dio cuenta de que eso era algo irregular y que en el futuro podía tener consecuencias. Además era una orden emanada fuerte y claramente de su superior, si no la cumplía podía tener efectos como consejo de guerra, la baja, etc. De este modo los 5, el capitán Vidal, el teniente Navarro, Sargento Barría, el cabo Hernández Díaz y el declarante, sin contar con el chofer que era el Sargento Soto, comenzaron a dispararles con sus fusiles SIG, contando alrededor de cinco tiros cada uno hasta que los jóvenes detenidos quedaron inmóviles en el suelo cubiertos de sangre, precisando que el fusil puede disparar ráfagas o tiro a tiro y que él lo hizo de esta última forma, luego entre todos subieron los cuerpos al furgón y los trasladaron hasta la morgue del hospital base de esa ciudad.
Una vez en el hospital sacaron unas camillas que había en el lugar y fueron bajando los cuerpos hasta que los dejaron a todos en la morgue. Una vez que terminaron con el trabajo en la morgue, regresaron a la comisaría alrededor de las 03:00 horas, retirándose cada uno a sus hogares y nunca comentaron nada acerca del hecho acontecido. Manifiesta que nunca se le citó a declarar a ninguna parte. Al día siguiente hizo su turno, se retiró de la comisaria a la 03:00 horas, se dirigió a su hogar a las 0:340, se acostó y se levantó alrededor de 11:30 horas, dirigiéndose nuevamente a pie a la comisaría. Adosa que al recoger los cadáveres su uniforme se manchó con sangre. Por ello su señora le consultó sobre esta situación y le manifestó que había sido en un riña. Añade que el furgón también quedó con sangre y que el aseo debe haberlo hecho el chofer del cuarto turno, el Sargento Soto.
Comunica que no le pareció extraño tener que salir armados con fusiles SIG ese día ya que en aquel tiempo debían salir a todas partes equipados con dos cascos, uno de fibra y otro de acero, un fusil SIG y cien tiros cada uno. Añade que luego de este hecho quedó muy choqueado por lo que concurrió a Puerto Varas a consultar con el médico Félix Raimann y se le dio una licencia por 12 o 15 días, explicita que al médico no le dijo absolutamente nada de los hechos en que había participado.
En declaración de fojas 724 a fojas 727, donde ratifica lo expuesto en su declaración anterior, puntualizando además lo siguiente, que en 1973 tenía 29 años de edad, era soltero ostentaba el grado de cabo primero y formaba parte de la dotación de la Segunda comisaría de Puerto Montt, cumplía funciones de orden y seguridad que consistían en prestar los servicios de patrullajes que ordenaba la jefatura. En relación a la muerte de seis jóvenes en el sector camino a Pelluco, y en respecto a lo que señala el capitán Miguel Vidal Vidal, según acta que en fotocopia autorizada se agregó a fojas 722, afirma en forma rotunda que lo señalado por ese oficial es falso y no corresponde a la verdad, pues los hechos ocurrieron de la forma en que él lo narró en la declaración previa. En la época en que ocurrieron esos hechos la segunda comisaría estaba a cargo del subcomisario Miguel Onofre Vidal Vidal, pues el Comisario Mayor Caupolicán Arcos Albarracín, había sido designado jefe del SIM (Servicio de Inteligencia Militar), servicio encargado luego del once de septiembre de 1973 de recabar o recibir información, detener personas, y llevarlas al cuartel de investigaciones que estaba ubicado en calle Serena con Egaña. Narra que alrededor de comienzo de octubre de 1973 y cuando estaba saliente del tercer turno de patrullaje que finalizaba a la 00:00 hrs., junto con el cabo segundo Ricardo Hernández Díaz, fueron notificados por el subcomisario capitán Miguel Onofre Vidal Vidal que debían quedarse para cumplir una misión, más tarde, alrededor de las 01:00 horas, el capitán Vidal les ordenó que subieran a la parte posterior de un furgón marca Fiat, de colores institucionales, el cual iba a cargo del capitán Vidal, acompañado del subteniente Adolfo Navarro Palma, el sargento segundo Juan Barría Igor y conducido por el sargento segundo Juan Desiderio Soto, estos últimos, Barría y Soto, cumplían el servicio de cuarto turno. Al salir de la comisaría el capitán Vidal les dijo que debían ir a un procedimiento “a despachar a unos fulanos” nada más. En esa ocasión en el calabozo del furgón iban cuatro o seis jóvenes detenidos quienes no iban esposados por ello el deponente junto al cabo Hernández Díaz se colgaron en la parte posterior del furgón junto al sargento Barría y el carro policial salió en dirección al camino a Pelluco. Es enfático en señalar que cuando con Hernández abordaron el furgón ya se encontraban en el furgón los seis jóvenes a los que se refirió y no es efectivo que hayan pasado por el cuartel de investigaciones para retirar a algunos de ellos. Puesto en marcha el vehículo que conducía el sargento segundo Juan Desiderio Soto, avanzaron por el camino en dirección a Pelluco, varios kilómetros hacia el oriente. Añade que a Pelluco hay cinco o seis kilómetros de distancia. Agrega que el camino en esa época ya estaba pavimentado y poco antes de llegar a la estructura de cemento que tiene forma de barco, unos quinientos metros antes el vehículo se detuvo sobre la pista derecha de la calzada, se bajó el capitán y ordenó bajar a los detenidos, cosa que hicieron, el capitán hizo avanzar a estas personas en dirección a Pelluco, lo que hicieron caminando, a la vez ellos por propia iniciativa se ubicaron por delante del furgón en línea. Reitera que lo hicieron por propia iniciativa no por orden del capitán y agrega que todos portaban fusil SIG, arma que es peligrosa y que al dispararla culatea, cuando aquellas personas, todos varones se alejaron unos 10 metros por delante del furgón y de espaldas a ellos el capitán les ordenó dispararles, orden que cumplieron. Puntualiza que está seguro de la ubicación del lugar que ha señalado como sitio del suceso. Preguntado acerca de si estaba en condiciones de negarse a cumplir la orden de integrar la patrulla o de disparar, responde que lo pensó, pero se dio cuenta de que eso era algo irregular y que en el futuro podría tener consecuencias, que era una orden emanada en forma clara y decidida de su superior, no cumplirla en aquellos días podía tener efectos tales como la baja y consejo de guerra y él estaba recién casado formando su matrimonio. Luego de ese modo ellos cinco, es decir, el capitán Vidal, el teniente Navarro, Sargento Barría, cabo Hernández Díaz y él, sin contar con el chofer que era el sargento Soto comenzaron a dispararles con sus fusiles SIG contando alrededor de cinco tiros cada uno, hasta que los jóvenes detenidos quedaron inmóviles en el suelo, cubiertos de sangre, no fue necesario ningún tiro de gracia. El uniforme que vestían en esa ocasión Hernández y él como salientes de turno, estaba compuesto de blusa, pantalón recto con botas comando y terciado de cuero café, con cinco cargadores cada uno de 20 tiros calibre 7.62. Aclara que el fusil puede disparar ráfagas o tiro a tiro, en el caso de él, lo hizo de ésta última manera. Enseguida entre todos subieron los cuerpos al mismo furgón y los trasladaron hasta la morgue del hospital base de esa ciudad. El furgón era cerrado en su parte posterior mediante dos puertas metálicas las que dejaron bien aseguradas, de manera que no es efectivo de que se haya caído alguno de los cadáveres. Una vez en el hospital sacaron unas camillas que había en el lugar y fueron bajando los cuerpos hasta que los dejaron a todos en la morgue sin que nadie les preguntara nada. Posteriormente una vez que terminaron con el trabajo en la morgue regresaron a la comisaría llegando a esta alrededor de las 03:00 hrs. y luego se retiraron cada uno a sus hogares y los que estaban de servicio, Barría y Soto continuaron con su servicio de cuarto turno, sin comentar nada nunca más en lo relativo a los hechos acontecidos, así como tampoco nunca se les citó a declarar a ninguna parte. Al día siguiente les correspondía asumir el segundo turno que comenzaba a las 13:00 hrs. y terminaba a las 20:00 hrs. de ese modo se retiró de la comisaría a las tres de la madrugada y se dirigió a pie a su hogar, al que llegó alrededor de las 03:40 y se acostó, levantándose alrededor de las 11:30 hrs. y nuevamente se dirigió a pie a la comisaría. Al recoger los cadáveres su uniforme se manchó con sangre, su esposa le consultó sobre eso y le dijo que había sido en una riña y no preguntó más. Arguye que el furgón también quedó con sangre y el aseo lo debe haber hecho el chofer del cuarto turno, el sargento Soto, indica que no le pareció extraño que tuvieran que salir armados con fúsiles SIG, ya que por esos días debían salir a todas partes equipados con dos cascos, uno de fibra y otro de acero, un fusil SIG y 100 tiros cada uno. Después de estos hechos quedó bastante choqueado por ello fue a Puerto Varas a consultar al doctor Félix Raimann Neumann, médico institucional, a quien le dijo que estaba estresado por el tema del trabajo, por ello el médico le extendió una licencia por doce o quince días, hecho que debería estar consignado en su hoja de vida. Además, al médico no le dijo absolutamente nada sobre los hechos en que había participado, no tuvo conocimiento de alguna versión oficial sobre lo ocurrido, ignora si se emitió algún bando, pero la explicación dada por el capitán Vidal es falsa.
Condenan a 15 años de presidio a carabinero (r) por 6 homicidios durante la dictadura
Fuente :cnn.chile.com, 3 de Noviembre 2017
Categoría : Prensa
El fallo condenó al fisco a pagar una indemnización de $120 millones por el daño moral causado a las familias.
El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Temuco, Valdivia y Puerto Montt, Álvaro Mesa Latorre, condenó al exuniformado Isidoro Miguel Azócar Andrade, a 15 años de cárcel por el homicidio de 6 personas en Puerto Montt durante la dictadura, según consigna Biobiochile.
El carabinero(r) fue acusado como autor del asesinato de Dagoberto Segundo Cárcamo Navarro, José René Argel Marilicán, Adolfo Omar Arismendi Pérez, Jorge Melipillán Aros, José Armando Ñancumán Maldonado y Carlos Mansilla Coñuecar, ocurridos el 18 de octubre de 1973.
Por último, el fallo fijó una indemnización de 120 millones de pesos por el daño moral causado a las familias, monto que deberá ser pagado por el fisco.
Condenan a suboficial (r) de Carabineros por homicidios camino a Pelluco en 1973
Fuente :diariodepuertomontt.cl, 19 de Noviembre 2020
Categoría : Prensa
En el aspecto civil, se condenó al fisco a pagar una indemnización total de $280 millones a familiares de las víctimas.
La Corte Suprema condenó al suboficial en retiro de Carabineros Isidoro Miguel Azócar Andrade a la pena de 5 años y un día de presidio, por su responsabilidad en los homicidios calificados de Dagoberto Segundo Cárcamo Navarro, José René Argel Marilicán, Carlos Mansilla Coñuecar, Jorge Melipillán Aros, José Armando Ñancumán Maldonado y Adolfo Omar Arismendi Pérez, ejecutados en el camino entre Puerto Montt y Pelluco, el 18 de octubre de 1973.
En fallo unánime (causa rol 29.534-2018), la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Carlos Künsemüller, Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm y Leopoldo Llanos– acogió el recurso de casación deducido en contra de la sentencia que dio lugar a la excepción de la media prescripción, la que desestimó.
En el aspecto civil, se condenó al fisco a pagar una indemnización total de $280.000.00 (doscientos ochenta millones de pesos) a familiares de las víctimas.
En la investigación de la causa, sustanciada por el ministro de fuero Álvaro Mesa Latorre, se establecieron los siguientes hechos:
"A.- A partir del 11 de Septiembre de 1973, las provincias de Llanquihue, Chiloé y Palena quedaron bajo el control de las Fuerzas Armadas y Carabineros de Chile; Así, en el numeral 1 del bando N°15 de fecha 16 de Septiembre de 1973, a modo de advertencia a la población señala: ‘Todas aquellas personas que en actitud suicida e irresponsable opusieren resistencia armada al nuevo Gobierno de los chilenos, representados por las Fuerzas Armadas y Carabineros, serán objeto de un ataque definitivo por parte de los efectivos militares y de Carabineros. Los que fueren tomados prisioneros serán fusilados de inmediato. Suscrita por Sergio Leigh Guzmán, General de Brigada Aérea (A), Jefe de la Zona del Estado de sitio Llanquihue y Chiloé".
B.- Que en horas de la madrugada del 18 de Octubre de 1973 bajo la vigencia del toque de queda en la población, una patrulla de funcionarios de dotación de la Segunda Comisaría de Carabineros, ubicada en calle Guillermo Gallardo N°519 de Puerto Montt, sacó de esa unidad policial a Dagoberto Segundo Cárcamo Navarro, José René Argel Marilicán, Carlos Mansilla Coñuecar, Jorge Melipillán Aros, José Armando Ñancumán Maldonado y Adolfo Omar Arismendi Pérez, que permanecían allí detenidos, trasladándolos en vehículos motorizados hacia inmediaciones del camino hacia el balneario Pelluco; en un momento dado se detuvieron, los hicieron descender del móvil y bajo la orden del Capitán Miguel Onofre Vidal Vidal, procedieron a dispararles provocándoles heridas, ya sea en el cráneo, cara, tórax o abdomen, las que les provocaron la muerte. Recogieron los cadáveres y los depositaron en la morgue de la ciudad.
C.- Que el hecho anteriormente referido, fue comunicado a la población por el Bando Militar N°46 de fecha 18 de Octubre de 1973, comunicado oficial: ‘Se comunica a la población que a la 01:15 horas, durante la vigencia del toque de queda de hoy 18 de Octubre de 1973, una patrulla de Carabineros sorprendió en el camino entre Puerto Montt y el balneario de Pelluco a seis individuos, quienes, al intimárseles detención, no obedecieron la orden y por el contrario, trataron de agredir al personal policial, al tiempo que los injuriaban y amenazaban, por tal motivo y acorde con las disposiciones vigentes, dichos individuos, cuyos nombre han sido dados a la publicidad, fueron eliminados en el mismo lugar. Posteriormente se constató que la totalidad de estos eran delincuentes, con nutrido prontuario penal. Se reitera a la población que continúa en toda su vigencia el toque de queda, el que debe ser acatado con la mayor rigurosidad, para evitar situaciones que puedan poner en peligro la seguridad de las personas. Por otra parte, debe tenerse presente que esta Jefatura de Zona en Estado de Sitio ha ordenado la máxima estrictez en el control de elementos nocivos para la sociedad, y será implacable para perseguir y sancionar a lanzas, cuatreros, cogoteros, ladrones y demás delincuentes que sean detectados. Suscrita por Sergio Leigh Guzmán General de Brigada Aérea (A), Jefe de la Zona en Estado de sitio Llanquihue y Chiloé".
D) De manera que se encuentra justificado en autos que, en horas de la madrugada del 18 de octubre de 1973, bajo la vigencia de toque de queda, Dagoberto Segundo Cárcamo Navarro, José René Argel Marilicán, Adolfo Omar Arismendi Pérez, Jorge Melipillán Aros, José Armando Ñancumán Maldonado y Carlos Mansilla Coñuecar, fueron ejecutados en la ciudad de Puerto Montt por una patrulla integrada por funcionarios de dotación de la Segunda Comisaría de Carabineros que obró bajo las órdenes del Capitán Miguel Onofre Vidal Vidal y depositaron luego los cadáveres en la Morgue de la misma ciudad citada".