Ubicación:Manuel Rodríguez Nº 705 Buin Región Metropolitana
Rama:Carabineros
Geolocalización: Google Maps Link
Descripción General
Categoría : Otra Información
La Comisaría de Carabineros Nº 15, Buin, ubicada en Manuel Rodríguez Nº 705, esquina Manuel Bulnes., comuna de Buin, fue utilizada para la detención de presos políticos.
Fuentes de Información Consultadas: Informe Valech; Memoriaviva;
Solicitan declarar monumento histórico a ex recinto de detención en Buin
Fuente :laizquierdadiario.com, 19 de Febrero 2018
Categoría : Prensa
Organizaciones de derechos humanos y ex presos políticos exigen declarar monumento histórico el ex lugar de detención y tortura ubicado en Bellavista Nº 240, Maipo, Comuna de Buin.
Según indica la agrupación de Corporación de Derechos Humanos Valler de Maipo, "la Comuna de Buin no tiene ni un Sitio de Memoria ni tiene un Memorial y debemos considerar Los sitios de memoria en Chile, son un compromiso del Estado que garantiza que la memoria y el olvido, la conmemoración y el recuerdo, se tornan cruciales cuando se vinculan a acontecimientos traumáticos de carácter político y a situaciones de represión y aniquilación como nosotros sufrimos en actos realizados por agentes del Estado de una cruel y siniestra asesina Dictadura en nuestro país".
Indican además que "El Lugar en pleno centro de Maipo Comuna de Buin Bellavista Nª 240, funcionó como centro de detención y torturas de Carabineros para la Comuna de Buin desde el mismo 11 de Septiembre de 1973., complementario de la Comisaría Nº 15 , el Cuartel de Investigaciones y la Cárcel de Buin, todos ubicados a la fecha en la Comuna de Buin".
Reproducimos a continuación la solicitud de apoyo para la declaratoria de monumento histórico al ex lugar de detención ubicado en Bellavista Nº 240, Maipo, Comuna de Buin.
Señora (e) ANA PAZ CARDENAS H
acardenas@monumentos,cl
Consejo Monumentos Nacionales
Presente
A través de la presente, entrego mi total respaldo y apoyo a la solicitud ROL Nº749 correspondiente a la fecha 26 de Febrero de 2017 y ratificada el 30 de Enero de 2018 para la declaratoria de monumento histórico del LUGAR UBICADO EN BELLAVISTA Nº 240, MAIPO, COMUNA DE BUIN, DONDE FUNCIONÓ UN CENTRO DE DETENCIÒN Y TORTURAS ADMINISTRADO POR CARABINEROS dado los antecedentes jurídicos y testimoniales indican que en su interior se cometieron graves violaciones a los derechos humanos en días y años posteriores al golpe militar de 1973.
Específicamente, se solicita la declaración de Monumento Histórico el recinto; terreno y estructura actual de Bellavista Nº 240 Maipo, Comuna de Buin y en la cual la I Municipalidad de Buin, las Corporación en DDHH Valles del Maipo, ex presos políticos de Buin y afectados director de la represión y tortura instalaron una placa conmemorativa de las violaciones a los derechos humanos acontecidas en este recinto.
Dicha declaración permitirá recuperar la memoria de las violaciones a los derechos humanos ocurridas en el lugar, tras el golpe de Estado de 1973, así como también valorar y reconocer las acciones de denuncia, y de rescate y difusión de la memoria reciente que han desarrollado testigos, funcionarias y funcionarios, y otras personas y grupos en torno a las violaciones a los derechos humanos acontecidas en el recinto, tales como marcaciones de memoria en la misma puerta (murales y placa conmemorativa), mosaicos, actos en plazoleta y en el recinto principal ocupado permanentemente en actividades de DDHH.
Esperando una buena acogida a lo solicitado, les saluda atentamente.
Corte de San Miguel confirma condena de ex oficial del Ejército por el crimen de tres profesores rurales de Linderos en octubre de 1973
Fuente :resumen.cl, 28 de Octubre 2023
Categoría : Prensa
La Corte de Apelaciones de San Miguel confirmó la sentencia que condenó a un ex oficial del Ejército por su responsabilidad en los delitos consumados de secuestro simple y homicidio calificado de los profesores Hugolino Humberto Arias Navarrete, Víctor Omar Gálvez Norambuena y Nelson Joaquín Medina Letelier, perpetrados en octubre de 1973, en la comuna de San Bernardo.
En fallo unánime (causa rol 440-2023), la Segunda Sala del tribunal de alzada -integrada por las ministras María Carolina Catepillán Lobos, Liliana Mera Muñoz y el ministro Patricio Martínez Benavides- ratificó la sentencia dictada por la ministra en visita extraordinaria Marianela Cifuentes Alarcón, que condenó al ex brigadier de Ejército Jorge Eduardo Romero Campos a las penas de 15 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor de los delitos de homicidio calificado de las víctimas, y a 3 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor del delito de secuestro de los docentes.
En tanto, el criminal ex oficial Alfonso Faúndez Norambuena, que en primera instancia también fue sentenciado a las mismas penas de presidio que Romero Campos, fue sobreseído por haber caído en demencia o enajenación mental antes de la dictación del fallo de la Corte.
En la investigación judicial de la ministra Cifuentes quedó establecido que, luego de las restricciones impuestas con el golpe de Estado, y en cumplimiento de una orden emitida por los militares que habían tomado el poder, el día lunes 1 de octubre de 1973 los profesores Hugolino Humberto Arias Navarrete, de 35 años de edad, Víctor Omar Gálvez Norambuena, de 21 años, y Nelson Joaquín Medina Letelier, de 23 años, salieron desde sus respectivos domicilios hacia la escuela técnico rural en que desempeñaban sus labores, ubicada en la localidad de Linderos, comuna de Buin, con el fin de reanudar las clases que se encontraban suspendidas desde el 11 de septiembre de 1973.
Sin embargo, los tres profesores fueron detenidos por funcionarios de dotación de la Comisaría de Carabineros de Buin, quienes los trasladaron a la referida unidad policial, dirigida en la época por el Mayor Héctor Ubilla Castillo (actualmente fallecido) y luego los entregaron a una patrulla militar de la Escuela de Infantería de San Bernardo, a cargo del capitán Víctor Raúl Pinto Pérez, también fallecido.
Posteriormente, los profesores detenidos fueron conducidos al campo de prisioneros de la Escuela de Infantería de San Bernardo, situado en el cerro Chena, recinto militar bajo el mando de los oficiales Jorge Eduardo Romero Campos (quien escaló hasta el grado de Brigadier de Ejército), Alfonso Faúndez Norambuena (ahora "demente", quien llegó hasta teniente coronel) y Osvaldo Andrés Magaña Bau (ex coronel, ya fallecido) entre otros, todos de la Segunda Compañía de Fusileros de la Escuela de Infantería de San Bernardo.
El día 2 de octubre de 1973, los profesores Hugolino Humberto Arias Navarrete, Víctor Omar Gálvez Norambuena y Nelson Joaquín Medina Letelier, fueron ejecutados al interior de la Escuela de Infantería de San Bernardo, al margen de toda legalidad, mediante múltiples disparos con arma de fuego.
Respecto de la condena que recae sobre el criminal Jorge Romero Campos, la resolución de la Corte de San Miguel señala:
"Que en lo que dice relación con la participación del acusado en los delitos de homicidios calificados por los que se le condenó, lo cierto es que es un hecho establecido en la causa, ……., que las víctimas, Hugolino Humberto Arias Navarrete, Víctor Omar Gálvez Norambuena y Nelson Joaquín Medina Letelier fueron detenidas el 1 de octubre de 1973 y llevadas posteriormente, desde la Comisaría de Carabineros de Buin, hasta la Escuela de Infantería de San Bernardo, lugar donde fueron ejecutados al día siguiente", sostiene el fallo.
"Los homicidios por los que se condenó a Jorge Eduardo Romero Campos se enmarcan dentro de un ataque generalizado y sistemático en contra de un grupo determinado de la población civil, conformado, en este caso, por personas a quienes agentes del Estado, calidad que tenía el acusado, catalogaron como 'extremistas"
por Darío Núñez