Ubicación:Pedro Aguirre Cerda S/n Melipeuco IX Región
Rama:Carabineros
Geolocalización: Google Maps Link
Descripción General
Categoría : Otra Información
El antiguo recinto del Retén de Carabineros Llaima (actual Melipeuco) fue utilizado entre septiembre y noviembre de 1973 como centro de detención y tortura.
Los presos políticos, tanto mujeres como hombres, fueron encerrados en calabozos con piso de cemento, los que eran mojados con agua fría. Cada cierto tiempo los sacaban de sus celdas para interrogarlos, torturarlos, obligarlos a realizar trabajos pesados y sin sentido. En este recinto Carabineros participó en la tortura conjuntamente con efectivos del Ejército del Regimiento Tucapel. Los presos políticos sufrieron golpes, puntazos con cortaplumas, fueron obligados a cavar fosos donde se les amenazaba con ser enterrados por sus compañeros.
Este recinto esta estrechamente relacionado con la detencion y desparecion de Antonio Aninao Morales. de 49 años, pequeño agricultor, militante del Partido Comunista.
Antonio Aninao Morales fue detenido el 11 de septiembre de l973 por Carabineros del Retén Llaima y dejado en libertad el 16 del mismo mes, con la obligación de concurrir a firmar tres veces al día. El 24 de septiembre, cuando cumplía con dicha diligencia, quedó a detenido en ese Recinto. Testigos pudieron verlo en ese lugar; desde esa fecha se encuentra desaparecido.
Fuentes de Información Consultadas: CODEPU; Informe Valech; Memoriaviva
La histórica violencia a nuestros pueblos originarios
Fuente :tulancingocultural.cc, 12 de Octubre 2009
Categoría : Otra Información
Nómina de mapuches asesinados y desaparecidos por la dictadura militar chilena
Aillañir Huenchual, Carlos
Detenido el 6 de noviembre de 1973, trasladado al Regimiento Tucapel, de Temuco ejecutado el 9 de noviembre del mismo año. Trabajador agrícola, 57 años, casado y siete hijos.
Ancacura Manquian, Cardenio
Detenido por carabineros de Lago Ranco, trasladado a la tenencia del lugar, desde allí fue sacado el 16 de octubre, por efectivos de la Gobernación Marítima de Valdivia, dependiente de la armada de Chile, lo subieron a bordo del vapor “Laja” y lo ejecutaron, lanzando su cuerpo al lago .Era casado, cuatro hijos, agricultor. Detenido Desaparecido.
Ancao Paine, Alejandro
Fue detenido el 26 de septiembre de 1973,en las dependencias del Banco del Estado, de Cunco, por carabineros del lugar. Era viudo, 42 años, una hija, agricultor. Detenido Desaparecido.
Aninao Morales, Antonio
Detenido el 24 de septiembre de 1973, en Llaima ante testigos, por carabineros del retén Llaima. Casado, 49 años, tres hijos, agricultor. Detenido Desaparecido.
Antilaf Epulef, Miguel
El 6 de marzo de 1987, en la comuna de Ñuñoa fue impactado por una bala disparada por desconocidos que se movilizaban en un vehículo particular, falleciendo de inmediato. Soltero, 22 años, recolector de diarios.
Antiman Nahuelquin, Rubén
Murió el 8 febrero de 1986, a consecuencia de un traumatismo de tórax. Las lesiones fueron causadas por funcionarios de carabineros. Era casado,45 años, cuatro hijos. Cesante.
Aqueveque Antilao, Iván
Asesinado por una patrulla militar, el 2 de julio de 1986, en Santiago. Soltero, 21 años, ayudante de carpintero.
Argel Marilicán, José
Detenido el 17 de octubre de 1973, en Puerto Montt, por carabineros. Fue visto en la tenencia de carabineros Antonio Varas, Puerto Montt. Fue ejecutado el 18 de octubre de 1973.Soltero, 33 años.
Aros Huichacán, Luis
Detenido el 17 de septiembre de 1973 por carabineros de Entre Lagos, el de septiembre, funcionarios de carabineros y un grupo de civiles lo llevaron al puente colgante sobre el río Pilmaiquén, donde fue ejecutado y su cuerpo arrojado a las aguas. Soltero,23 años, obrero. Detenido desaparecido.
Ayanao Montoya, Moisés
El 21 de octubre de 1973, fue ejecutado por agentes del Estado, en el kilómetro 26, camino a Aysén.Su cuerpo fue enterrado ilegalmente por la autoridad en el cementerio el Claro de Coyhaique, sin conocimiento de su familia. Soltero,19 años, obrero
Beltrán Meliqueo, José
Detenido en la plaza de Lautaro el 15 de octubre de 1973, por carabineros. Desde esa fecha se desconoce su paradero. Casado, 46 años, seis hijos, agricultor. Detenido Desaparecido.
Bórquez Levicán, José
Detenido el 10 de octubre de 1973,en el sector de Trafún, por personal uniformado y de civil, y llevado, junto a otras personas, hacia el puente Villarrica sobre el río Toltén, donde fueron ejecutados. Casado, 30 años, cuatro hijos, obrero maderero. Detenido Desaparecido.
Bustamante Llancamil, María
El día 5 de octubre de 1973, fue muerta por personalde la tercera comisaría de carabineros de Rahue y del retén de Bahía Mansa, Osorno. Soltera, 28 años, secretaria
Calfuquir Henríquez, Patricio
El día 20 de septiembre de 1981 fue ejecutado por miembros del ejército y de la CNI, en la localidad de Remeco Alto, décima región. Soltero, 28 años, obrero.
Carfurquir Villalón, Luis
Fue detenido el 18 de septiembre de 1973 por carabineros de Pitrufquén. Desde esa fecha es Detenido Desaparecido. Casado, 49 años, cuatro hijos, administrador del hospital de Pitrufquén, ex-regidor.
Carilaf Huenchupán, Gregoria
El 15 de septiembre, carabineros de Lautaro, allanaron su domicilio, en busca de su hijo, golpeándola en la cabeza y cuerpo, a consecuencia de lo cual falleció en su casa el 17 de septiembre de 1973. Casada con hijos, 73 años.
Carpanchai Choque, Jerónimo
Fue detenido el 12 de octubre de 1973,por carabineros de Calama, ese mismo día fue trasladado a la comisaría de Calama, el 17 de octubre fue ingresado en la cárcel pública. fue ejecutado el 19 de octubre de 1973,por personal militar, en el camino entre Calama y Antofagasta. Casado,28 años, obrero.
Catalán Lincoleo, Samuel
Detenido el 28 de junio de 1974 en su domicilio, por militares e investigaciones. Soltero, 29 años, un hijo, técnico agrícola. Se encuentra a la fecha como Detenido Desaparecido.
Catalán Paillal, Manuel
Detenido el 13 de septiembre de 1973,en la comunidad Juan Catalán, de Lautaro, por carabineros, desde esa fecha se encuentra como Detenido Desaparecido. Casado, 27 años, tres hijos, obrero agrícola.
Catriel Catrileo, Reinaldo
Soltero, padre de nueve hijos, 42 años. Representante de la comunidad indígena Ancalef, Cautín. Fue detenido en su domicilio el 11 de noviembre de 1973, por militares. Detenido Desaparecido.
Cayuan Caniuqueo,Mauricio
Detenido por carabineros, el 2 de octubre de 1973,en la población La Legua.Fue ejecutado el mismo día por sus captores. Su cuerpo fue encontrado por sus familiares en el Instituto Médico Legal. Soltero, 22 años, obrero.
Cayumán Cayumán, Carlos
Fue detenido el 10 de octubre de 1973 en el sector Trafún, por uniformados y civiles, llevado hacia el puente Villarrica sobre el río Toltén, donde fue ejecutado. Detenido Desaparecido. Casado, 31 años, cinco hijos, obrero maderero.
Cayunao Villalobos, José
El día 7 de octubre de 1987, con ocasión de un día de paro nacional, se realizaron manifestaciones callejeras en Avenida Grecia, Santiago. Personal militar intervino, efectuando disparos. Uno de ellos impacto al afectado, el que falleció un mes más tarde en el hospital de El Salvador. Tenía 20 años, soltero, obrero.
Cheuquepán Levimilla, Juan
Fue detenido por carabineros, el día 11 de junio de 1974 en Lautaro. Soltero, 16 años. Estudiante de la escuela Santa Teresa, en Agua Santa. Detenido Desaparecido.
Curamil Castillo, Francisco
Fue detenido en septiembre de 1973, por personal militar de Temuco, en Carahue. Fue encontrado muerto a orillas del mar, luego de haber sido ejecutado por agentes del Estado. Soltero, 18 años, obrero agrícola.
Curihual Paillán, Pedro
Detenido el 15 de septiembre de 1973, en la plaza de Pitrufquén por carabineros. Soltero, 24 años, dirigente sindical, trabajaba como auxiliar en el liceo de Gorbea. Detenido Desaparecido.
Curiñanco Reyes, Mauricio
Detenido el 10 de octubre de 1973,en Liquiñe, por uniformados y civiles, llevado hacia el puente Villarrica sobre el río Toltén, donde fueron ejecutados. Soltero, 38 años, carpintero. Detenido desaparecido.
Curiñir Lincoleo, Nelson
El 5 de octubre de 11973 fue detenido en Temuco, por efectivos de la fuerza aérea. Fue ejecutado por sus captores y sus restos fueron encontrados en 1990, en el cementerio de Nueva Imperial, donde había sido sepultado como NN en el mes de octubre de 1973. Soltero, estudiante de construcción civil en la Universidad técnica del estado, sede Temuco.
Flores Antivilo, Segundo
Detenido el 1 de octubre de 1973, en María Elena, desde donde fue trasladado a Tocopilla y la cárcel de Antofagasta, el 19 de octubre de mismo año, fue ejecutado por agentes del Estado. Era soltero, 25 años, asistente social de sociedad Química Minera de Chile.
Huaiqui Barría, Roberto
Fue asesinado por civiles armados, el 20 de septiembre de 1973, en el lugar de Riñinahue, Valdivia. Era soltero, tenía 17 años, egresado de enseñanza media. Detenido Desaparecido.
Huailquil Calviqueo, Gervasio
Detenido el 26 de octubre de 1975 por carabineros de Lautaro. Era casado, siete hijos, trabajador agrícola. Detenido Desaparecido.
Huaiquiñir Benavides Joel
Detenido el 27 de julio de 1974, en Santiago, por agentes de la DINA. Fue visto en Londres38 y Cuatro Álamos. Era casado, 28 años, dos hijos, era instructor de seguridad industrial en el mineral de El Salvador. Detenido Desaparecido.
Ministro Álvaro Mesa procesa a carabinero (r) por secuetro calificado de trabajador de CONAF en 1973
Fuente :poderjudicial.cl, 11 de Agosto 2021
Categoría : Prensa
El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de las jurisdicciones Temuco, Valdivia, Puerto Montt y Coyhaique, Álvaro Mesa Latorre, dictó el procesamiento N° 127 en las causas que tramita e imputó a efectivo de Carabineros en retiro, por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado del trabajador de la Corporación Nacional Forestal Luis Alberto Soto Chandía. Ilícito perpetrado a contar del 11 de septiembre de 1973, en la comuna de Melipeuco.
Ministro Álvaro Mesa procesa a carabinero (r) por secuetro calificado de trabajador de Conaf en 1973El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de las jurisdicciones Temuco, Valdivia, Puerto Montt y Coyhaique, Álvaro Claudio Mesa Latorre, dictó el procesamiento N° 127 en las causas que tramita e imputó a efectivo de Carabineros en retiro, por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado del trabajador de la Corporación Nacional Forestal Luis Alberto Soto Chandía. Ilícito perpetrado a contar del 11 de septiembre de 1973, en la comuna de Melipeuco.
En la resolución (causa rol 114.037), el ministro en visita dictó auto de procesamiento en contra del suboficial de Carabineros (r) Israel Antonio Riquelme Troncoso, en calidad de autor del delito de secuestro calificado, en carácter de lesa humanidad.
“Atendido el mérito de los antecedentes, la naturaleza del delito, la pena asignada, la edad del procesado ISRAEL ANTONIO RIQUELME TRONCOSO, esto es 90 años de edad y la situación sanitaria en que se encuentra el país, resulta más adecuado para lo fines del procedimiento –por ahora– decretar la medida cautelar personal de arresto domiciliario total”, consigna la resolución.
Asimismo, el ministro Mesa ordenó que: “(…) atendido el mérito de los cuales se desprende que la libertad del procesado ISRAEL ANTONIO RIQUELME TRONCOSO constituye un peligro para la seguridad de la sociedad; teniendo en cuenta, también, la sanción legal probable del delito en que se le atribuye participación; y visto lo dispuesto en el artículo 363 del Código de Procedimiento Penal, no se le concederá el beneficio de la libertad provisional. Ofíciese a la unidad de Carabineros de Chile más cercana al domicilio del procesado, para que vigilen el cumplimiento de la medida cautelar impuesta, una vez notificado de esta resolución”.
En la etapa de investigación de la causa, el ministro Mesa Latorre logró acreditar los siguientes hechos:
“Que las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública el día 11 de Septiembre de 1973 asumieron el mando Supremo de la Nación, reuniendo los poderes Constituyente, Legislativo y Ejecutivo en la Junta de Gobierno según se dejó establecido en el Bando N° 5, de igual fecha, así como en el Decreto Ley N° 1, posteriormente aclarado y complementado por los Decretos Leyes N° 128, 527 y 788, se dispuso entre otras medidas el Estado de Sitio en todo el territorio nacional, ordenándose acuartelamiento en grado uno para las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad.
Que para el 11 de septiembre de 1973, a raíz de los sucesos acaecidos en el país, en todas las Comisarías se formó un grupo operativo especial denominado ‘comisión civil’, dedicado a labores de inteligencia que consistía en averiguar situaciones de búsqueda de información de determinadas personas quienes estaban consideradas en bandos militares, entre otras, es decir, eran labores que escapaban a los procedimientos comunes policiales. Lo anterior (…) es de público conocimiento.
Que en el caso del Retén de Carabineros de Melipeuco su dotación la conformaban once funcionarios; quien ostentaba el mando era el vice-sargento primero de Carabineros Roberto Oyarzún Villegas (fallecido), quien para el 11 de septiembre de 1973 se encontraba de vacaciones en Punta Arenas, razón por la que asumió por unos días el mando el cabo Israel Antonio Riquelme Troncoso, por ostentar la mayor antigüedad en el retén (según declaraciones). La dotación además la integraban el sargento 2° Enrique Onofre Albornoz (fallecido), el cabo Sergio José Barrera Jara, el cabo Juan José Castillo (fallecido), el cabo Roberto Curilaf Calfate (fallecido), el cabo Honorato Fierro Inzunza (fallecido), el cabo Juan Segundo Llaupe Deumacán (fallecido), el cabo Alberto Osses Quezada, el cabo Francisco Borja Vallejos Villena y el cabo Alfredo Segundo Vergara Rebolledo. A raíz de los acontecimientos ocurridos en aquella época los funcionarios quedaron acuartelados, por lo que comenzaron a realizar patrullajes, allanamientos y detenciones de índole política, en un vehículo facilitado por la Corporación Nacional Forestal (CONAF), el que era conducido por Juan José Castillo (fallecido). Las detenciones y allanamientos efectuados, los realizaban sin exhibir orden judicial previa, según consta en declaraciones.
Que la dependencia del Retén de Carabineros de Melipeuco era usada para mantener a los detenidos, los que posteriormente eran traslado con rumbo desconocido o permanecían detenidos en dicha unidad para ser sometidos a interrogatorios bajo tortura por un periodo indeterminado, lugar en el que igualmente se realizaron ejecuciones, según testimonios de Sergio José Barrera Jara, de Alberto Osses Quezada, de Alfredo Vergara Rebolledo, de Juan José Castillo, de Juan Rigoberto Huenchumán Porma, de Gerardo Morales Rosales, de Raquel Soto Chandía, de Juan Segundo Llaupe Deumacán, de Silvia del Carmen Letelier Martínez, de Emilia Nazal Quiroz, de Diego Alberto Pastene Sandoval, de Leoncio Benedicto Pastene Sandoval. En dicho lugar se encontraban detenidos indistintamente hombres y mujeres, de todos estos antecedentes de detenciones de personas que eran llevados al Retén de Melipeuco, tenía conocimiento como se ha indicado el mando superior compuesto por el vice-sargento primero de Carabineros Roberto Oyarzún Villegas (fallecido) y quien lo seguía en el mando por antigüedad Israel Antonio Riquelme Troncoso.
Que con fecha 11 de septiembre de 1973, Luis Alberto Soto Chandía, de 25 años de edad, casado, una hija, trabajador de la Corporación Nacional Forestal (CONAF), sin militancia política conocida, fue detenido en su domicilio ubicado en Santa María de Llaima, por efectivos de Carabineros de Melipeuco entre los que se encontraban Israel Antonio Riquelme Troncoso, Juan José Castillo (fallecido) y Honorato Fierro Inzunza (fallecido), quienes formaban parte de la dotación del Retén de Carabineros de Melipeuco. Testigo de este hecho fueron Herna del Carmen Soto Chandía, quien precisa que para el 11 de septiembre de 1973 se encontraba en casa de sus padres, cuando su cuñada María Cruz Zarate Lienlaf (fallecida), llegó hasta su domicilio cercano al de la víctima de autos, indicándole que carabineros había detenido en su domicilio a Luis Alberto Soto Chandía, y que posteriormente lo subieron a un vehículo. Observando la testigo desde su patio que el vehículo se perdía en el camino. Al día siguiente, la testigo (hermana de la víctima) y su cónyuge se trasladaron hasta el Retén de Carabineros de Melipeuco, donde consultaron por Luis Alberto Soto Chandía, señalándoles los funcionarios de dicha unidad policial que la víctima no estaba en los registros, por lo que no se encontraba en la unidad policial. Así también lo declarado por Pablo de la Cruz Jiménez Torres, de Edita del Carmen Arias Manríquez, vecinos de la víctima, quienes son concordantes en señalar que por la ventana de su domicilio ubicado al lado de la casa de la víctima pudieron ver cuando los carabineros Fierro, Riquelme y Castillo, sacaban a Luis Alberto Soto Chandía para subirlo a un vehículo con rumbo desconocido. Ratifican estos hechos las declaraciones de Aladino José Soto Chandía, de Elton Jiménez Arias, de Gerardo Morales Rosas, de Raquel Soto Chandía, de Elena Huina Llancumil, de Godofredo Cotrena Cotrena y de Luis León Jéldrez. Por lo que desde el 11 de septiembre de 1973 (fecha en que fue detenido por carabineros) se ignora hasta el día de hoy el paradero y que habría sucedido en la persona de Luis Alberto Soto Chandía. Que hasta la fecha ningún funcionario público de las Fuerzas Armadas, en especial de Carabineros de Chile, que se desempeñaban en la época de los hechos, ha dado algún antecedente a la autoridad”.
Desaparecidos de Melipeuco
Fuente :Poder Judicial, 25 de Enero 2011
Categoría : Judicial
Desaparecidos de Melipeuco: Antonio Aninao Morales, Mario Rubén Morales Bañares, Gerardo Alejandro Ramos Huina, José Moisés Ramos Huina y José Alejandro Ramos Jaramillo
VISTOS: En estos autos N° 113.475, rol de la Corte de Apelaciones de Temuco, por resolución de treinta y uno de mayo de dos mil nueve, escrita de fojas 848 a 878, se castigó a los encausados que se indican a continuación, a purgar las siguientes penas:
a) Juan Segundo LLaupe Deumacán y Juan José Castillo, cada uno a tres años de presidio menor en su grado medio y accesorias legales pertinentes, por su responsabilidad de encubridores de los homicidios calificados en las personas de Antonio Aninao Morales y de Mario Rubén Morales Bañares, llevados a cabo en la última semana de septiembre de mil novecientos setenta y tres, en la localidad en Melipeuco; y ocho años de presidio mayor en su grado mínimo y accesorias legales respectivas, en su calidad de autores de los delitos de secuestros calificados de José Alejandro Ramos Jaramillo, José Moisés Ramos Huina y Gerardo Alejandro Ramos Huina, perpetrados el catorce octubre de ese mismo año, en la localidad de Melipeuco;
b) Alfredo Segundo Vergara Rebolledo, a tres años de presidio menor en su grado medio y accesorias legales correspondientes, como encubridor de los delitos de homicidios calificados de Antonio Aninao Morales y Mario Rubén Morales Bañares, ya señalados;
c) Alberto Osses Quezada, a cinco años de presidio menor en su grado máximo y accesorias legales atinentes, en su carácter de cómplice de los mismos homicidios calificados de Antonio Aninao Morales y Mario Rubén Morales Bañares; y
d) Sergio José Barrera Jara e Israel Antonio Riquelme Troncoso, cada uno, a ocho años de presidio mayor en su grado mínimo y accesorias legales debidas, como autores de los referidos delitos de secuestros calificados de José Alejandro Ramos Jaramillo, José Moisés Ramos Huina y Gerardo Alejandro Ramos Huina. A los convictos Llaupe, Castillo, Barrera y Riquelme, dada la extensión de las sanciones corporales impuestas, no se les concedió ninguno de los beneficios de la Ley N° 18.216; en cambio, al sentenciado Vergara Rebolledo se le otorgó la remisión condicional del castigo principal; mientras que a Osses Quezada, la libertad vigilada del adulto, en ambos casos, por el lapso de sus condenas
Corte Suprema dejó libres a involucrados en episodio "Melipeuco"
Fuente :Cooperativa.cl 26 de Enero 2011
Categoría : Prensa
Se trata de seis ex uniformados que participaron en la desaparición de cinco personas en 1973.
Todos los involucrados recibieron el beneficio de la libertad vigilada
La Corte Suprema dictó sentencia en la investigación por secuestros calificados de José Ramos Jaramillo, José Ramos Huina, Gerardo Ramos Huina, Antonio Aninao González y Mario Morales Bañares, ocurridos entre septiembre y octubre de 1973 en la localidad de Melipeuco, Región de La Araucanía, donde todos los involucrados recibieron el beneficio de la libertad vigilada.
En fallo dividido, los ministros de la Segunda Sala del máximo tribunal Jaime Rodríguez, Rubén Ballesteros, Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller y el abogado integrante Luis Bates determinaron las siguientes penas:
Juan José Castillo: cinco años de presidio por su responsabilidad como autor de los secuestros de José Ramos Jaramillo, José Ramos Huina, Gerardo Ramos Huina, Antonio Aninao González y Mario Morales Bañares.
Juan Llaupe Deucaman: cinco años de presidio por su responsabilidad como autor de los secuestros de José Ramos Jaramillo, José Ramos Huina, Gerardo Ramos Huina, Antonio Aninao González, Mario Morales Bañares.
Israel Riquelme Troncoso: cuatro años de presidio por su responsabilidad como autor de los secuestros de José Ramos Jaramillo, José Ramos Huina y Gerardo Ramos Huina.
Sergio Barrera Jara: cuatro años de presidio por su responsabilidad como autor de los secuestros de José Ramos Jaramillo, José Ramos Huina y Gerardo Ramos Huina.
Alberto Osses Quezada: tres años y un día de presidio por su responsabilidad como autor de los secuestros calificados de Antonio Aninao González y Mario Morales Bañares.
Alfredo Vergara Rebolledo: tres años y un día de presidio por su responsabilidad como autor de los secuestros calificados de Antonio Aninao González y Mario Morales Bañares