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Arcos Albarracín Caupolicán Horacio – Memoria Viva

Arcos Albarracín Caupolicán Horacio

Rut:

Cargos: Comisario de la Segunda Comisaria de Puerto Montt Jefe del servicio de Inteligencia de la tercera brigada aérea

Grado : Mayor

Rama : Carabineros

Organismos : Servicio de Inteligencia Militar (SIM)

SIRE
Segunda Comisaría de Puerto Montt


Rol 10.854: episodio “Dagoberto Cárcamo Navarro y otros, Homicidio de camino a Pelluco”

Fuente :Poder Judicial, 28 de Octubre 2017

Categoría : Judicial

B.- Que en horas de la madrugada del 18 de Octubre de 1973 bajo la vigencia del toque de queda en la población, una patrulla de funcionarios de dotación de la Segunda Comisaría de Carabineros, ubicada en calle Guillermo Gallardo N°519 de Puerto Montt, sacó de esa unidad policial a Dagoberto Segundo Cárcamo Navarro, José René Argel Marilicán, Carlos Mansilla Coñuecar, Jorge Melipillán Aros, José Armando Ñancumán Maldonado y Adolfo Omar Arismendi Pérez, que permanecían allí detenidos, trasladándolos en vehículos motorizados hacia inmediaciones del camino hacia el balneario Pelluco; en un momento dado se detuvieron, los hicieron descender del móvil y bajo la orden del Capitán Miguel Onofre Vidal Vidal, procedieron a dispararles provocándoles heridas, ya sea en el cráneo, cara, tórax o abdomen, las que les provocaron la muerte. Recogieron los cadáveres y los depositaron en la morgue de la ciudad.

9) Benjamín Villablanca Romero, en declaración de fojas 402 a fojas 409, quien anexó que cumplía funciones en la Segunda Comisaría de Carabineros de Puerto Montt, a cargo del Mayor Caupolicán Arcos Albarracín, correspondiéndole formar parte de los servicios ordinarios hasta días después del pronunciamiento militar, cuando es designado para integrar la dotación del recientemente creado servicio de inteligencia de carabineros SICAR, cuyo jefe era el suboficial mayor Juan Saldivia Maldonado, dependiendo de la Prefectura de Llanquihue, y tenía como misión investigar los diversos hechos políticos de esa época, logrando descubrir la organización de las Juventudes Comunistas de la región y sus integrantes;

Luego de seis meses es trasladado al Servicio de Inteligencia Regional (SIRE), unidad conformada por alrededor de 13 funcionarios, entre personal del Ejército, Armada, Fuerza Aérea, Carabineros y Policía de Investigaciones, al mando estaba el Capitán Eugenio Covarrubias y de subjefe el Teniente Lautaro Contreras, y como miembros a las personas de apellido Kappes y Yáñez (Ejercito), Sargento Segundo León y Lagos (FACH), y Claudio Olavarría, Veas, Obreque y Vargas (Carabineros), Díaz (Policía de Investigaciones). Como funciones del SIRE se encontraban las de continuar la investigación relativa a los comunistas, seguimiento de personas, realizando labores de interrogar y buscar detenidos en otros lugares de la región, éste servicio funcionada en el cuartel de la Policía de Investigaciones, donde tenían asignada una oficina en el primer piso, entrando a mano derecha y un calabozo en el sótano, con posterioridad se les asignó una casa de un piso de madera, de la FACH, en la población Antonio Varas, hacia el este de la Avenida Sargento Silva.

Detalla respecto a los detenidos, que en el mismo edificio de la intendencia funcionaba la Fiscalía Militar, a cargo del mayor de la jurídica de Carabineros Alberto Ebensperger Aburto, quien era la persona encargada de decidir el destino de los detenidos o si eran dejados en libertad o trasladados a la cárcel de Chin Chin. Indicó que los detenidos que permanecían para ser trasladados a esta cárcel eran interrogados por los funcionarios aprehensores, utilizando como el método más común amarrarlos e introducir agua por su nariz, a fin de que entregaran información, función para la que no existía ningún funcionario designado sino que la realizaba quien estuviera desocupado, generalmente conocían los hechos en los cuales los detenidos políticos estaban involucrados y sobre eso se les preguntaba, cuando faltaba algo por esclarecer.

Se les interrogaba con las manos atadas y se les tapaba la boca y echaba agua por la nariz con cualquier cosa como un jarro, no se les aplicaba electricidad con magnetos. Continuó señalando que el SIRE intervino la compañía de teléfonos, desconociendo de quien emanó la orden, pero que el General Leigh tenía conocimiento de esto.

Manifiesta que en el mes de octubre de 1973, mientras trabajaba en el SICAR, escuchó comentarios del Cabo de Carabineros ISIDORO AZOCAR, quien relataba haber participado como conductor del furgón en el que trasladaron a un grupo de jóvenes, los que fueron detenidos por Carabineros de la segunda comisaría de Puerto Montt y trasladados en este carro policial en horas de la noche hasta pasado el sector de ferrocarriles, camino a Pelluco, donde al parecer les habrían dado muerte, agrega que también se comentó que otros funcionarios involucrados eran Juan Desiderio Soto, apodado el “Soto Perra” actualmente fallecido.

Afirma recordar a un joven de apellido Mansilla, quien era boxeador y conocido en la región. Desconoce si esta patrulla estaba al mando de un oficial pero apunta que generalmente era un suboficial de carabineros quien estaba a cargo. Imagina que lo que sucedió con estos jóvenes fue por orden de los oficiales de la Segunda Comisaría de Carabineros de Puerto Montt, específicamente por el Teniente Navarro ya que era precipitado y solía no medir las consecuencias de su actuar, por lo que se le conocía como “el loco Navarro”. Finaliza relatando otros episodios sucedidos en la zona de Puerto Montt.

En declaración de fojas 411 a fojas 411 vuelta, ratificó su declaración anterior y reitera que no tuvo participación en el episodio ocurrido camino a Pelluco, que tuvo por resultado la muerte de varios jóvenes.

Reiteró que en Octubre de 1973 se encontraba trabajando en el SICAR donde escuchó comentarios del cabo de carabineros Isidoro Azócar en el sentido de que él habría participado como conductor del furgón en que se habrían trasladado a un grupo de jóvenes que habían sido detenidos por Carabineros de la Segunda Comisaría de Puerto Montt y trasladados en ese carro policial durante la noche hasta pasado el sector de la estación de ferrocarriles camino a Pelluco, donde al parecer les habrían dado muerte, comentándose también que otro funcionario involucrado era Juan Soto, apodado “El Soto perra” actualmente fallecido.

Repite que lo sucedido con estos jóvenes debió ser por orden de los oficiales dependientes de la segunda comisaría de carabineros de Puerto Montt, principalmente por el Teniente Navarro.

44) Certificados de defunción de Miguel Onofre Vidal Vidal de fs. 498 que señala como causa de su muerte traumatismo craneo encefalico por bala; de Caupolicán Horacio Arcos Albarracín de fs. 499 que indica como causa de muerte insuficiencia respiratoria, falla multiorgánica, cáncer gástrico; de Adolfo Amado Navarro Palma de fs. 649 y 803 cuya muerte es traumatismo craneo encefálico por bala; de Juan Barría Igor de fs. 671, fallecido por paro cardiorespiratorio; de Juan Deciderio Soto Soto de fs. 672, causa de muerte herida de bala cráneo y de José Ricardo Hernández Díaz de fs. 673, indica como causa de muerte resultado de un accidente de tránsito. Todos quienes además del acusado, habrían integrado la patrulla de carabineros que habría participado en los hechos investigados.


Dictan acusación en contra de tres miembros del CAJSI de Puerto Montt por su responsabilidad en secuestro y detención ilegal el año 1973

Fuente :suractual.cl, 5 de Enero 2021

Categoría : Prensa

Dictan acusación en contra de tres miembros del CAJSI de Puerto Montt por su responsabilidad en secuestro y detención ilegal el año 1973

Ministro Álvaro Mesa acusa a militar, carabinero y detective (r) por secuestro y tortura en Puerto Montt

El ministro en visita extraordinaria en causas por violaciones a los derechos humanos de las jurisdicciones de Temuco, Valdivia, Puerto Montt y Coyhaique, Álvaro Mesa Latorre, dictó acusación en contra de tres miembros del Comando de Área Jurisdiccional de Seguridad Interior (CAJSI) de Puerto Montt, por su responsabilidad en los delitos de secuestro, detención ilegal y aplicación de tormentos a las víctimas Conrado Ulloa Uribe, Jaime Luis Benítez Sepúlveda, José Alfredo Argel Marilicán, Jaime Nolberto Vera Vera, Edis Rodríguez Robeiro, Jorge Segundo Ovando Agüero, Ramón Alberto Zambrano Toledo, José Teodomiro Vargas Niello, Luis Alberto Silva Hernández, Luis Humberto Villegas Alvarado, Luis Alberto Guerrero Uribe, Marcia Noelía Oyarzo Groff, Juan Guillermo Leonhardt Catalán, Paulo Hernán Anderson Muñoz, Mario Enrique Contreras Vegas, César Vladimir Leiva Garrido, Jaime Alfonso Moraga Zamorano, Marco Antonio Romero Arias, y Saúl Sergio Espinoza Villalobos. Ilícitos perpetrados en la ciudad de Puerto Montt, en 1973.

En la resolución (causa rol 10.872-P), el ministro en visita atribuye responsabilidad, como autores de los delitos, al oficial de Ejército en retiro Eugenio Covarrubias Valenzuela, quien a la época de los hechos estaba a cargo de la Sección Segunda de Inteligencia del Regimiento de Infantería N° 12 “Sangra” de la ciudad de Puerto Montt; al oficial de Carabineros en retiro Carlos Segundo Tapia Galleguillos, de la dotación de la Segunda Comisaría de Carabineros de Puerto Montt, y al detective Roberto Javier Díaz Moya, del Departamento de Informaciones de la Prefectura de Puerto Montt de la Policía de Investigaciones.

En la etapa de investigación de la causa, el ministro Mesa Latorre estableció los siguientes hechos:

A.- Que luego de consumado por las Fuerzas Armadas el derrocamiento del Gobierno, la Junta de Gobierno extrapoló desde la estructura interna de aquellas, la instauración de los ‘Comandos de Área Jurisdiccional de Seguridad Interior’ (CAJSI), los que fueron emplazados en ciudades capitales de provincia y que estaban conformados por los Comandantes de las distintas unidades de las Fuerzas Armadas y de Orden instaladas en la zona, los que fueron liderados por el oficial más antiguo de ellas, siendo esa persona la autoridad máxima que ocupaba el cargo de Jefe de Zona en Estado de Sitio. 

B.- Que dentro de sus funciones principales destacaban los temas relacionados con la administración y seguridad interior del territorio bajo su jurisdicción, como lo fue el dictar Bandos, ordenar la investigación de situaciones o personas determinadas, disponer allanamientos, la detención de personas, detectar áreas de conflicto, coordinar patrullajes y diligencias operativas con participación de integrantes de las diversas ramas de las Fuerzas Armadas. Tomaban decisiones y planificaban cuestiones de inteligencia, logística, operaciones y administrativas. A partir del 11 de septiembre de 1973, las provincias de Llanquihue, Chiloé y Palena quedaron bajo la jurisdicción del Comando de Área Jurisdiccional de Seguridad Interior (CAJSI) con asiento en la ciudad de Puerto Montt, que operó en dependencia del edificio de la Intendencia Provincial (actual Gobernación Provincial), ubicado en calle San Martín, frente a la plaza de armas.

C.- Que los oficiales que conformaron el Comando de Área Jurisdiccional de Seguridad Interior (CAJSI) con asiento en la ciudad de Puerto Montt, con jurisdicción, como se señaló en las Provincias antes mencionadas, según lo informado por la Policía de Investigaciones de Chile mediante informe policial que rola de fs. 1.065 a fs. 1.077, fueron los siguientes: el General de Brigada Aérea (A) Sergio Hiram Rodolfo Leigh Guzmán (fallecido según consta a fs. 329, Tomo I), en representación de la Fuerza Aérea de Chile, Comandante de la Tercera Brigada Aérea y Ala N° 5 (Base Aérea El Tepual), quien ostentó el cargo de Jefe de Zona en Estado de Excepción y Comandante del CAJSI, hasta fines de diciembre del año 1973; el Coronel Rubén Rojas Román (fallecido según consta a fs. 1.722, Tomo IV), en representación del Ejército de Chile; Comandante del Regimiento de Infantería N° 12 ‘Sangra’ de Puerto Montt; el Capitán de Fragata Osvaldo Federico Pablo Schwarzenberg Stegmaier, en representación de la Armada de Chile, Comandante de la Estación Naval y Gobernador Marítimo de Puerto Montt; el Teniente Coronel Eduardo Pastarrieu Navarrete (fallecido según consta a fs. 1.723, Tomo IV), en representación de Carabineros de Chile, Prefecto de la Provincia de Llanquihue; el Subprefecto Jefe Hormazábal Rojas (fallecido según consta a fs. 1.726, Tomo IV), en representación de la Policía de Investigaciones de Chile, Prefecto de Puerto Montt, quien tuvo menor relevancia y protagonismo que los anteriores.

 D.- Que de igual forma, y con la finalidad de transmitir las instrucciones y directrices del General Sergio Leigh Guzmán, como Jefe de Zona en Estado de Sitio y Comandante del Comando de Área Jurisdiccional de Seguridad Interior (CAJSI), se estableció un oficial de enlace con cada una de las instituciones de las Fuerzas Armadas y de Orden existentes en el territorio bajo su mando, labor que le correspondió desempeñar a los siguientes oficiales: del Ejército de Chile, el Capitán Eugenio Adrián Covarrubias Valenzuela, quien estaba a cargo de la Sección Segunda de Inteligencia del Regimiento de Infantería N° 12 ‘Sangra’ de la ciudad de Puerto Montt; de la Armada de Chile, se desconoce con exactitud el nombre del oficial que cumplía dicha función; de la Fuerza Aérea de Chile, el Coronel Mario Ernesto Jahn Barrera (fallecido según consta a fs. 4.600, Tomo XII); de Carabineros de Chile, el Teniente Carlos Segundo Tapia Galleguillos, de la Segunda Comisaría de Carabineros de Puerto Montt; y de la Policía de Investigaciones de Chile, el Detective Roberto Javier Díaz Moya, del Departamento de Informaciones de la Prefectura de Puerto Montt.  

E.- Que al igual que al resto de los organismos a nivel nacional, el Comando de Área Jurisdiccional de Seguridad Interior (CAJSI) con asiento en la ciudad de Puerto Montt, además de su propia inteligencia, se sirvió de todas las Unidades de Inteligencia de las diversas instituciones de las Fuerzas Armadas y de Orden existentes en la Región. Para tal efecto se creó el Centro o Servicio de Inteligencia Regional (CIRE o SIRE), órgano operativo del CAJSI, que primeramente, con fecha posterior al 11 de septiembre de 1973, estuvo bajo el mando del entonces Mayor de Carabineros y Comisario de la Prefectura de Llanquihue Caupolicán Horacio Arcos Albarracín (fallecido según consta fs. 331, Tomo I). Posteriormente, estuvo a cargo del Capitán del Ejército Eugenio Adrián Covarrubias Valenzuela, del Capitán del Ejército de Chile Ricardo Eugenio Pfaff Mococain, el Teniente de Carabineros Gerardo Alejandro Aravena Longa, entre otros oficiales.

 F.- Que la oficina principal donde funcionaba el Servicio de Inteligencia Regional (CIRE o SIRE), se situaba en el segundo piso del edificio de la Intendencia (actual Gobernación Provincial), con asiento en la ciudad de Puerto Montt, al cual se accedía por calle Antonio Varas. En tanto, en el cuartel de la Policía de Investigaciones de Puerto Montt, también tenían una oficina en el primer piso, la cual era utilizada como sala de interrogatorio de detenidos. Posteriormente, en el año 1974, el Servicio de Inteligencia Regional (CIRE o SIRE) también tuvo como dependencia para su funcionamiento, una casa ubicada en la Población Antonio Varas de la ciudad de Puerto Montt, la que presumiblemente era una vivienda fiscal perteneciente a la Fuerza Aérea de Chile.

 G.- Que conforme a la nómina de la Policía de Investigaciones, entre los funcionarios de las diferentes instituciones de las Fuerzas Armadas y de Orden, que formaron parte en la época de que se trata, del Servicio de Inteligencia Regional (CIRE o SIRE), se menciona a los Teniente de Carabineros Carlos Segundo Tapia Galleguillos y al Capitán de la Fuerza Aérea Jorge Andrés Pastor Enberg Castro (fallecido según consta a fs. 1.725, Tomo IV), entre otros.

 H.- Que inmediatamente después de asumir las Fuerzas Armadas el control de la Provincia de Llanquihue, Chiloé y Palena, la autoridad militar convoco a diversas personas, que en atención a sus actividades políticas durante el gobierno depuesto, o a las funciones administrativas ejercidas en éste, debían presentarse en el Regimiento Sangra, ubicado en esa época en el terreno situado en el vértice formado por las calles Ejército y Regimiento. Así, fue que el General de la Fuerza Aérea Sergio Hiram Rodolfo Leigh Guzmán (fallecido según consta a fs. 329, Tomo I), expidió el bando N° 3, el fecha 11 de septiembre de 1973, esto es, el mismo día en que asumió el poder, en cuyo numeral 2° señala: ‘se invita a los siguientes ciudadanos a entregarse al Regimiento Sangra, antes de las 19:00 horas de lo contrario se procederá en su contra: 1) Luis Espinoza Villalobos (…)’, seguido del nombre de otras seis personas, siendo el sexto Juan Leonhardt (agregado a fs. 4.083, tomo X). Esto no fue sino el inicio de una actividad represiva emprendida en contra de quienes en las provincias mencionadas desempeñaron cargos administrativos durante el gobierno depuesto y en contra de quiénes formaban o se sospechaba que habían formado parte de agrupaciones políticas a fines a aquél o sustentaban ideas similares.

 I.- Que como consecuencia de las circunstancias anteriormente señaladas, integrantes de las Fuerzas Armadas –en algunos casos con orden emanada de la Fiscalía Militar en Tiempo de Guerra y en otros sin orden alguna– detuvieron a cientos de personas que en los días inmediatamente posteriores al 11 de septiembre de 1973 fueron trasladadas a dependencias del Regimiento Sangra, pero después, a medida que las detenciones aumentaron, fueron ingresadas directamente a los calabozos del Cuartel de la Policía de Investigaciones de Puerto Montt y en cuyas dependencias, ubicadas en un piso superior, eran sometidas a interrogatorios por personal subalterno, suboficiales, bajo el mando y dirección de oficiales superiores, transformándose de este modo ese Cuartel en un lugar de detención e interrogatorios bajo torturas de diversa índole, asistidos logísticamente por los oficiales que desempeñaban funciones de inteligencia al interior del Departamento de Inteligencia del CAJSI, entre otros, el Capitán de Ejército Eugenio Covarrubias Valenzuela, el Teniente de Carabineros Carlos Tapia Galleguillos y el Inspector de la Policía de Investigaciones Roberto Díaz.

J.- Que la situación antes descrita comenzó, como se dijo, a partir del 11 de septiembre de 1973 y se mantuvo durante la permanencia en Puerto Montt del General de la Fuerza Aérea de Chile, Sergio Hiram Rodolfo Leigh Guzmán (fallecido según consta a fs. 329, Tomo I), como Jefe de la Plaza, comenzando a cesar después que asumió su reemplazante, el general de la misma rama, don Juan Soler Manfredini (fallecido según consta a fs. 4.125, Tomo X). 

K.- Que entre las numerosas personas que sufrieron detención y aplicación de tormentos, durante el curso de la investigación se logró individualizar a Conrado Ulloa Uribe, Jaime Luis Benítez Sepúlveda, José Alfredo Argel Marilicán, Jaime Nolberto Vera Vera, Edis Rodríguez Robeiro, Jorge Segundo Ovando Agüero, Ramón Alberto Zambrano Toledo, José Teodomiro Vargas Niello, Luis Alberto Silva Hernández, Luis Humberto Villegas Alvarado, Luis Alberto Guerrero Uribe, Marcia Noelía Oyarzo Groff, Juan Guillermo Leonhardt Catalán, Paulo Hernán Anderson Muñoz, Mario Enrique Contreras Vegas, César Vladimir Leiva Garrido, Jaime Alfonso Moraga Zamorano, Marco Antonio Romero Arias, Saúl Sergio Espinoza Villalobos, entre otros muchos otros hombres y mujeres de diversas condiciones sociales y niveles educacionales.

L.- Que los periodos de tiempo durante los cuales sufrieron detención las personas mencionadas no constan en registros de la Policía de Investigaciones y sólo ilustran de tal situación los Registros de ingreso/egreso del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Puerto Montt, en el caso en que algunas de ellas fueron trasladadas a ese recinto penal.

Muchos de los atestados de las víctimas antes mencionadas han sido reforzados por los peritajes evacuados por el Servicio Médico Legal conforme al Protocolo de Estambul”.