Alias : chico Navarrete;
Rut: 7096623-9
Cargos:
Grado : Suboficial
Rama : Ejército
Regimiento de Infantería Nº23 de Copiapó
Confirman condenas contra ocho ex integrantes del Ejército por delitos de derechos humanos cometidos durante la dictadura
Fuente :resumen.cl, 28de Julio 2022
Categoría : Prensa
La Corte Suprema confirmó las condenas que se habían dictado contra ocho ex militares por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado de la estudiante universitaria Nicza Estrella Báez Mondaca, cometido entre noviembre de 1975 y junio de 1976, en las ciudades de Copiapó, La Serena y Santiago.
En fallo unánime (causa rol 33.661-2019), la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos y el abogado (i) Ricardo Abuauad- rechazó los recursos de casación y descartó error de derecho en la sentencia que condenó en calidad de autores del delito a los ex funcionarios del Ejército Patricio Sergio Román Herrera, Juan Artemio Valderrama Molina, Adolfo Nicolás Lapostol Sprovera, Felipe Luis Guillermo González Astorga, Hernán Ernesto Portillo Aranda, José del Carmen Quintanilla Fernández, Erasmo Francisco Vega Sobarzo y Héctor Florentino Navarrete Jara.
Sin embargo, en este caso, la condena de 5 años de presidio solo tiene efecto prontuarial y social pues los criminales fueron beneficiados con la libertad vigilada por igual lapso.
El hecho criminal de secuestro y tortura fue perpetrado en noviembre de 1975 en la ciudad de Copiapó por agentes del denominado Centro de Inteligencia Regional (CIRE) de la Tercera Región, conformado por efectivos de Ejército y Carabineros, en especial por personal de la sección segunda del Regimiento de Infantería Motorizada N°23 Copiapó, bajo la dirección del Comandante de dicho Regimiento, quien además servía el cargo de Intendente Regional, y con el mando operativo de un capitán de Ejército.
Este organismo represivo concentraba las acciones de persecución de los militantes de izquierda y de la resistencia a la dictadura, así como en la detención y tortura sobre los prisioneros políticos.
En el caso de esta causa, la querellante ex prisionera política Nicza Báez Mondaca y su marido Alonso Lazo Rojas, a la fecha en que ocurren estos hechos, tenían la calidad de estudiantes de Universidad de Chile de La Serena, con activa participación en el Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), por lo que eran intensamente buscados por los agentes de inteligencia del Regimiento "Arica" de La Serena, quienes efectuaron diversos allanamientos tanto en el domicilio de ellos como de sus familiares, incluso algunos de estos fueron apresados e interrogados, con el fin de obtener información acerca de sus paraderos.
Para eludir la persecución y acoso, la joven pareja optó por trasladarse a la ciudad de Huasco, luego se fueron a Vallenar y finalmente se instalaron en Copiapó, con el fin de ocultarse y evitar ser aprehendidos. No obstante, fueron detenidos el 14 de noviembre de 1975 por agentes del CIRE y trasladados hasta el recinto del Regimiento de esa ciudad. Allí les interrogaron por separado y en forma conjunta siendo sometidos a constantes torturas.
La víctima Nicza Báez Mondaca, luego de los interrogatorios es separada de su marido, y este finalmente es hecho desaparecer, ya que después jamás se tienen noticias de su paradero. Por el secuestro y desaparición de Alonso Lazo Rojas fueron condenados en agosto del año 2015 estos mismos criminales (Patricio Sergio Román Herrera, Juan Artemio Valderrama Molina y Adolfo Nicolás Lapostol Sprovera a la pena de 6 años de presidio, mientras que Felipe Luis Guillermo González Astorga, Hernán Ernesto Portillo Aranda, José del Carmen Quintanilla Fernández, Erasmo Francisco Vega Sobarzo, a la pena de 5 años y 1 día de presidio).
Luego de quince días de angustia permanente por el encierro y las torturas recibidas, deciden trasladar a Santiago a la prisionera junto a otros detenidos. Pero en el trayecto hacen una escala en el Regimiento "Arica" de La Serena donde los agentes de la sección segunda del Regimiento de esa ciudad renuevan los interrogatorios y las torturas.
El traslado de la víctima finalmente concluye en el recinto de detención de Cuatro Álamos y luego en el centro de reclusión Tres Álamos, donde se le mantuvo prisionera hasta el mes de junio de 1976, fecha en que recupera su libertad y decide irse al exilio.