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Villarroel Contreras Luis Carlos – Memoria Viva

Villarroel Contreras Luis Carlos

Rut: 4708602-7

Cargos:

Grado : Capitán

Rama : Ejército


El dolor y la esperanza de Paine

Fuente :elsiglo.cl, 25 de Febrero 2003

Categoría : Prensa

La localidad de Paine posee el triste record de tener el mayor número de ejecutados y detenidos desaparecidos en proporción a sus habitantes. Luego del golpe militar, allí operaron bandas de civiles, policías y militares, que dejaron una reguera de sangre y dolor, asesinado a campesinos de "asentamientos" nacidos con la Reforma Agraria. En Paine aún conviven víctimas y victimarios, bajo el manto de la impunidad y el olvido. En 1979, la Justicia Militar se encargó de sobreseer los procesos abiertos por los hechos de Paine en virtud de la Ley de Amnistía de 1978, aprobada por el propio general Pinochet para cubrir sus crímenes.

Luego de 29 años, la jueza María Estela Elgarrista se acerca a la verdad.

La Reforma Agraria iniciada en los años 1960 y acentuada bajo el gobierno de Salvador Allende y la Unidad Popular, permitió que muchas familias campesinas fueran beneficiadas con la asignación de tierras que, hasta entonces, pertenecían a un puñado de latifundistas. Así, los campesinos dieron vida a los "asentamientos", pero en Paine, como en el resto del campo chileno, el 11 de septiembre de 1973 volvió todo atrás. Bandas de civiles de extrema derecha, policías y militares cobraron "venganza", asesinando a dirigentes sindicales y campesinos "asentados". Los crímenes, la impunidad y el temor se extendieron por las pequeñas localidades de Paine, Hospital, Huelquén, Culitrín, Chada, Rangue, El Vínculo, Pintué y Laguna de Aculeo. Muchos campesinos y sus familias presenciaron cómo civiles de la zona guiaban a los uniformados por los "asentamientos" entregando nombres y, las más de las veces, participando directamente en la represión y crímenes.

Hace dos semanas, y luego de 29 años, la jueza de la Corte de Apelaciones de San Miguel, María Estela Elgarrista, citó a familiares y victimarios a diversos careos. Holanda Vidal, esposa del detenido desaparecido Cristian Cartagena Pérez, señala: "Fui citada con objeto de la querella por el secuestro y asesinato de mi esposo, desaparecido el 18 de septiembre de 1973. Nuestro objetivo es que se procese a los culpables: carabineros de la dotación de la subcomisaría de Paine y civiles, que actuaron en conjunto. Identifiqué a varios de ellos: sargento Retamal, cabo Ortiz, Albornoz y Víctor Sagredo; y a civiles: Darío González Carrasco, hoy comerciante, miembro de Patria y Libertad, y que reconoció que detuvo a mi esposo en la Casa Escuela de Chada donde vivíamos, llevándolo a la subcomisaría, a las seis de la mañana".

Los ex carabineros han negado su participación en los crímenes durante los careos, argumentando que "estaban de guardia". "Eso me produjo un schok con paralización de mis brazos, una crisis de llanto y angustia. Es terrible revivir todo lo que pasó, verlos tan cerca, su cinismo, su osadía de negar la verdad. Verlos tan soberbios, sin aceptar que lo que hicieron fue atroz. Son los primeros careos, luego de 29 años de denuncias, búsquedas y golpear puertas. Este paso se pudo dar por todo nuestro esfuerzo y trabajo como Agrupación. No hemos transado el juicio y castigo a los culpables, y que paguen con cárcel sus crímenes".

Después de los careos debieran venir los procesamientos. La jueza tiene una larga lista de civiles, carabineros y militares del Regimiento de Infantería de San Bernardo. "Uno de los asesinos es el teniente Magaña Baum, y entre los carabineros, el sargento Verdugo, un torturador que ahora se presenta como un anciano que no ha hecho nada", agrega Holanda Vidal.

"Todos los vieron"

Juan Maureira es hijo de René Maureira Gajardo, detenido desaparecido el 16 de octubre de 1973 junto a otros 22 campesinos de los asentamientos Campo Lindo, 24 de abril y Nuevo Sendero. Presidente de la AFDD de Paine, recuerda que en la represión y asesinatos también participaron militares de la Escuela de Infantería de San Bernardo: "La jueza investiga cerca de 40 querellas presentadas ante el juez Guzmán. En Paine hay más de 70 víctimas, de las cuales aún están desaparecidos unas 40. Son los casos recopilados en el informe Rettig, pero otros nunca fueron denunciados. Presumimos que son alrededor de 100 los asesinados en Paine, la mayoría campesinos de asentamientos. La ministra en algún momento va a tener que procesar a los carabineros, civiles y militares implicados. Es lo que esperamos y lo que hemos pedido, que se haga verdadera justicia y podamos encontrar a nuestros familiares… Sabemos que el teniente Magaña tiene antecedentes de qué pasó con mi padre y otros 22 campesinos, entre otros casos. Él mató a nuestro familiares… Los carabineros han negado su participación, pero son los mismos que todavía viven en el pueblo. ¿Cómo lo van a negar si todos los vieron? Lo mismo ocurre con los civiles que actuaron. Paine es un pueblo chico".

Según los familiares jueza ha actuado con rigurosidad, cautela e inteligencia. Confían en los testimonios y declaraciones que ha logrado recopilar. Para ellos, todo apunta a que se procesará a algunos implicados. "A muchos, incluso, se les vio entrando a las casas. Hay un sinnúmero de antecedentes recopilados desde ese tiempo".

Hasta el momento, están conformes con la investigación y las diligencias realizadas por la jueza. Para ellos, es la primera investigación luego de 29 años sin conseguir justicia. Hasta el minuto se ha citado a civiles y carabineros, y se han desarrollado algunos careos: "Lo que nos da un poco de satisfacción porque nunca antes se había logrado hacer. Por el momento no hay procesados, pero la ministra sigue trabajando. Y así lo hemos podido corroborar", dice Juan Maureira. Mientras, la mayoría de los civiles y carabineros que asesinaron a los campesinos de Paine continúan viviendo en la pequeña localidad rural, en completa impunidad. "Hasta donde hemos podido ver, por primera vez se da una investigación como debe ser. Los criminales van a tener entregar información de lo ocurrido. Son los mismos carabineros, civiles y militares los que aparecen mencionados en la mayoría de los casos", concluye.

Asesinos de Paine

Carabineros

Nelson Bravo Espinoza, capitán; Raúl Ortiz Maluenda, sargento 2º; Carlos Aburto Jaramillo, cabo 1º; José Retamal Burgos, cabo 1º; Víctor Sagredo Aravena, cabo 1º; Reyes, sargento; Luis Jara, teniente de Pintué; y los carabineros Samuel Ahumada Cabello; Raúl Donoso Figueroa; Alamiro Garrido Ubal; Jorge González Quezada; Víctor Labarca Díaz; Eduardo Molina Armijo; José Piñaleo Pérez y Jorge Verdugo, entre otros.

Civiles

Hugo Aguilera, Fernando Aguilera, Francisco Luzoro, Jorge Sepúlveda, Tito Carrasco, Claudio Oregón, Darío González Carrasco, Luis Guerrero, Mario Tagle, Ricardo Tagle, Yule Tagle, Jorge Aguirre.

Militares – Escuela de Infantería de San Bernardo

Leonel Köening Alternatt, Director; Samuel Rojas Pérez, teniente coronel; Mario Morales Durán, conscripto; Andrés Magaña Baum, teniente; Pedro Montalvo Calvo, coronel; Iván de la Fuente Sáez, mayor; Hernán Pizarro Collarte, mayor; Ciro Ahumada Miranda, mayor; Juan Carlos Nielsen Stambuck, capitán; Sergio Rodríguez Rautcher, capitán; Luis Cortés Villa, capitán; Víctor Pinto Pérez, capitán; Marcial Cobos Farías, capitán; Jorge Romero Campos, capitán; Luis Villarroel Contreras, capitán; Héctor Maturana Zúñiga, capitán; Luis Garfias Cabrera, capitán; Eduardo Silva Bravo, capitán; Sergio Valdivia M., capitán; y Julio Cerda Carrasco, capitán, entre otros.


Condenan a ex miembros del ejército por torturas y homicidio de trabajador del área automotriz en San Bernardo en 1973

Fuente :resumen.cl, 6 de Diciembre 2023

Categoría : Prensa

La ministra en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte Apelaciones de San Miguel, Marianela Cifuentes Alarcón, condenó al ex oficial del Ejército Luis Carlos Villarroel Contreras y al ex suboficial Juan Enrique Ruiz Salazar, por su responsabilidad en los delitos de homicidio calificado y aplicación de tormentos a Eduardo Alejandro Alberto Campos Barra, cometidos en septiembre de 1973, al interior de la Escuela de Infantería de San Bernardo, ubicada en el cerro Chena.

En el fallo (causa rol 3-2002), la ministra en visita condenó a Luis Villarroel Contreras, capitán de Ejército a la época de los hechos, a las penas efectivas de 12 años y 540 días de presidio, en calidad de autor de los delitos de homicidio calificado y aplicación de tormentos. En tanto, Juan Enrique Ruiz Salazar, cabo segundo a la época de los hechos, fue sentenciado a 3 años y un día de presidio, con el beneficio de libertad vigilada, en calidad de encubridor del delito de homicidio calificado.

Eduardo Campos, de 29 años de edad, casado, era t écnico automotriz y trabajaba como vendedor de una empresa de artículos del rubro. Era miembro del Frente de Trabajadores Revolucionarios (FTR), vinculado al Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR). Vivía en la Población Roosevelt, en la actual comuna de Pudahuel, y salió de su domicilio el día 13 de septiembre.

Habría sido detenido en horas posteriores. Según la investigación judicial llevada a cabo por la ministra Marianela Cifuentes, en horas de la noche de ese día fue detenido por una patrulla militar en las inmediaciones del puente sobre el río Maipo, al sur de la capital.

La patrulla que le detuvo pertenecía a la Compañía de Morteros de la Escuela de Infantería de San Bernardo, bajo el mando del subteniente Fernando Javier Duarte Martínez Conde, quienes se encontraban de servicio en el extremo sur del puente del río Maipo, controlando el cumplimiento del toque de queda.

En momentos posteriores a la detención, en circunstancias que la patrulla permanecía en el puesto de vigilancia, en torno a una fogata, el detenido Eduardo Campos Barra, haciendo uso del arma de fuego que ocultaba entre sus ropas, disparó en contra de los soldados conscriptos, causando la muerte de Carlos Ismael Acevedo Isamit y David Rafael Díaz Quezada y lesiones a Carlos Jaime Cárdenas López. Sin embargo, fue reducido por otros integrantes de la patrulla militar y trasladado a la Escuela de Infantería de San Bernardo, ubicada en calle Balmaceda N° 500 de la comuna de San Bernardo.

En la madrugada del 14 de septiembre de 1973, en dependencias del Departamento II de Inteligencia de la Escuela de Infantería de San Bernardo, Campos Barra fue interrogado y sometido a tormentos por el capitán Luis Carlos Villarroel Contreras, entre otros uniformados. Fue desnudado, sumergido en un tambor con agua, golpeado y herido con un corvo. Luego, sin mediar proceso alguno, el subdirector de la mencionada Escuela de Infantería, teniente coronel Pedro Montalba Calvo, dispuso su ejecución.

Acto seguido, Eduardo Campos Barra fue conducido, desnudo, a un basural situado en la parte posterior de la Escuela de Infantería de San Bernardo, lugar en que, frente a un centenar de soldados, el capitán Luis Carlos Villarroel Contreras, comandante de la Compañía de Morteros de la Escuela de Infantería de San Bernardo, vale decir, de la compañía a la que pertenecían los soldados fallecidos, pidió voluntarios para conformar un pelotón de fusilamiento, el que quedó integrado, entre otros, por los soldados Luis Alberto Zúñiga Chihuailaf y Juan Carlos Céspedes Hernández, quienes, tras su orden, dispararon en contra del detenido, causándole la muerte.

Luego, el cuerpo de Campos Barra fue introducido a un saco y subido a un camión, conducido por el cabo 2° Juan Enrique Ruiz Salazar, en el que también se trasladó una patrulla bajo el mando del sargento 1° Francisco Nibaldo Cáceres López, encargada de arrojar el cuerpo al cauce del río Maipo, sin que hasta la fecha haya sido recuperado.

Posteriormente, el 5 de noviembre de 1973, ante un requerimiento de información efectuado por el Quinto Juzgado del Crimen de Santiago, el director de la Escuela de Infantería de San Bernardo, coronel Leonel Konig Altermatt, faltando a la verdad acerca de lo ocurrido, informó a la autoridad judicial que Eduardo Campos Barra murió a manos de una patrulla de soldados en las inmediaciones del puente sobre el río Maipo, a raíz de la reacción defensiva de estos, ante el ataque de Campos Barra, agregando que su cuerpo cayó al cauce del río.

por Darío Núñez


Tras medio siglo de lucha de sus hermanas. Condenan a ex miembro del Ejército por torturas y homicidio del trabajador Eduardo Campos (FTR – MIR)

Fuente :laizquierdadiario.com, 7 de Diciembre 2023

Categoría : Prensa

Aunque aún el cuerpo de Eduardo Campos se encuentra desaparecido, tras 50 años, se aclaran los hechos de su desaparición, con condenas a uno de sus torturadores y homicidas, así como a un encubridor. Eduardo era técnico automotriz y militante del Frente de Trabajadores Revolucionarios del MIR, que al ser capturado el 13 de septiembre del 73 por una patrulla se logro liberar acabando con dos militares y dejando herido a un tercero, y que luego al ser recapturado fue sometido a torturas en la Escuela de Infantería de San Bernardo y fusilado sumariamente horas después.

La Ministra en Visita Extraordinaria de la Corte de Apelaciones de San Miguel, Marianela Cifuentes, ha emitido una sentencia de primera instancia en el caso que investiga la desaparición del técnico automotriz y militante del Frente de Trabajadores Revolucionarios del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (FTR – MIR), Eduardo Campos Barra, de 29 años el momento de su desaparición. El hecho tuvo lugar el 14 de septiembre de 1973, cuando soldados de la Compañía de Morteros de la Escuela de Infantería de San Bernardo lo hicieron desaparecer en el río Maipo.

La sentencia condena al ex oficial Luis Carlos Villaroel, capitán en el momento de los hechos, y que llegó al rango de Brigadier durante la dictadura, a doce años de presidio mayor en su grado medio, en calidad de autor del delito de homicidio calificado en grado de consumado, cometido contra Campos Barra. Además, Villaroel fue condenado a 540 días de presidio menor en su grado mínimo, por su participación como autor del delito de aplicación de tormentos en grado consumado, o sea torturas.

El ex suboficial Juan Enrique Ruiz Salazar, también involucrado en el caso, fue condenado a tres años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, en calidad de encubridor del delito de homicidio calificado en grado consumado cometido contra la víctima. En su caso, se suspende el cumplimiento real de la pena y se le concede el beneficio alternativo de libertad vigilada, con la obligación de permanecer bajo supervisión durante el tiempo de la condena.

La ministra Cifuentes dictó acusación en contra de los requeridos en abril de 2022, y después de 50 años, este caso finalmente ha recibido su fallo de primera instancia. Este hecho subraya la persistencia y la lucha sostenida por las hermanas de Eduardo Campos Barra en la búsqueda de justicia, evidenciando la dilación del proceso judicial y la necesidad de enfrentar crímenes de lesa humanidad ocurridos durante la dictadura militar en Chile, donde la impunidad aún reina.

“Es una sentencia muy esperada. En este caso las hermanas de don Eduardo Campos Barra han dado una lucha incansable para alcanzar justicia por medio siglo, y esta sentencia de primera instancia es fruto de esta verdadera odisea”, señaló el abogado querellante Francisco Bustos del Estudio Jurídico Caucoto Abogados.

“Sin duda, el tiempo transcurrido ha posibilitado la impunidad biológica de diversas personas, especialmente de grado superior, que también debieron haber sido enjuiciadas. También entre los enjuiciados, otros han fallecido como Zúñiga. Con todo, se trata de una sentencia importante contra dos de los perpetradores que además, en el caso del oficial Villarroel, considera la agravante de ejecutar el delito con auxilio de gente armada”, sentenció.

En ese sentido Bustos informó que “por nuestra parte, defenderemos la sentencia ante los tribunales superiores, y queda pendiente además averiguar el destino final de don Eduardo Campos Barra».

Los Hechos:

De acuerdo a la investigación encabezada por la ministra Marianela Cifuentes, se pudo establecer los siguientes hechos:

“1° Que el día 13 de septiembre de 1973, en horas de la noche, en las inmediaciones del puente sobre el río Maipo, Eduardo Alejandro Alberto Campos Barra, vendedor de la empresa DISTRA S.A. y miembro del Frente de Trabajadores Revolucionarios (FTR), vinculado al Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fue detenido por soldados de la Compañía de Morteros de la Escuela de Infantería de San Bernardo, bajo el mando del Subteniente Fernando Javier Duarte Martínez Conde, quienes se encontraban de servicio en el extremo sur del puente del Río Maipo, controlando el cumplimiento del toque de queda.

2° Que, momentos después, en circunstancias que la patrulla permanecía en el puesto de vigilancia, en torno a una fogata, el detenido Eduardo Campos Barra, haciendo uso del arma de fuego que ocultaba entre sus ropas, disparó en contra de los soldados conscriptos, causando la muerte de Carlos Ismael Acevedo Isamit y David Rafael Díaz Quezada y lesiones a Carlos Jaime Cárdenas López, tras lo cual fue reducido por personal militar y trasladado a la Escuela de Infantería de San Bernardo, ubicada en calle Balmaceda N° 500 de la comuna de San Bernardo.

3° Que en la madrugada del 14 de septiembre de 1973, en dependencias del Departamento II de Inteligencia de la Escuela de Infantería de San Bernardo, Campos Barra fue interrogado y sometido a tormentos por el Capitán Luis Villarroel Contreras, entre otros, esto es, fue desnudado, sumergido en un tambor con agua, golpeado y herido con un corvo. Luego, sin mediar proceso legalmente tramitado en su contra, el Subdirector de la Escuela de Infantería de San Bernardo, Teniente Coronel Pedro Montalba Calvo, dispuso su ejecución.

4° Que, acto seguido, Eduardo Campos Barra fue conducido, desnudo, a un basural situado en la parte posterior de la Escuela de Infantería de San Bernardo, lugar en que, frente a un centenar de soldados, el Capitán Luis Carlos Villarroel Contreras, Comandante de la Compañía de Morteros de la Escuela de Infantería de San Bernardo, vale decir, de la Compañía a la que pertenecían los soldados fallecidos, pidió voluntarios para conformar un pelotón de fusilamiento, el que quedó integrado, entre otros, por los soldados Luis Alberto Zúñiga Chihuailaf y Juan Carlos Céspedes Hernández, quienes, tras su orden, dispararon en contra del detenido, causándole la muerte.

5° Que, seguidamente, el cuerpo de Campos Barra fue introducido a un saco y subido a un camión, conducido por el Cabo 2° Juan Enrique Ruiz Salazar, en el que también se trasladó la patrulla bajo el mando del Sargento 1° Francisco Nibaldo Cáceres López, encargada de arrojar el cuerpo al cauce del Río Maipo, sin que hasta la fecha haya sido recuperado.

6° Que el 5 de noviembre de 1973, ante un requerimiento de información efectuado por el Quinto Juzgado del Crimen de Santiago, el Director de la Escuela de Infantería de San Bernardo, Coronel Leonel Konig Altermatt, faltando a la verdad acerca de lo ocurrido, informó a la autoridad judicial que Eduardo Campos Barra murió a manos de una patrulla de soldados en las inmediaciones del puente sobre el río Maipo, a raíz de la reacción defensiva de éstos, ante el ataque de Campos Barra, agregando que su cuerpo cayó al cauce del citado río”.