Rut: 4.777.149–8
Cargos: Comandante de Grupo de la Fuerza Aérea
Grado : Capitan
Rama : Fuerza Aérea
Organismos : Servicio de Inteligencia Militar (SIM)
Base Aérea Maquehue
Departamento 2°
Condenados 7 ex FACH por secuestros
Fuente :La Nacion 7 de junio de 2008
Categoría : Prensa
El juez Fernando Carreño condenó a ocho años de prisión a siete ex funcionarios de la Fuerza Aérea de Chile por el secuestro calificado de dos personas tras el golpe militar de 1973 en la zona de Curacautín, al oriente de Temuco en la precordillera de la Regiónde la Araucanía.
Leonardo Reyes, Jorge Valdebenito, Luis Soto, Eriberto Pereira, Jorge Soto, Luis Yáñez, y Enrique Rebolledo fueron condenados por el secuestro calificado de la profesora María Arriagada Jerez -detenida desaparecida en la provincia de Cautín- y de Jorge Aillón Lara, ambos militantes comunistas.
La mujer fue aprehendida ante testigos en su lugar de trabajo el 27 de septiembre de 1973 por efectivos de la Fuerza Aérea y Carabineros, y llevada junto a otro profesor, en un helicóptero de la fuerza aérea, hasta la subcomisaría de Lonquimay. Al día siguiente fue conducida a Curacautín y luego a la base aérea Maquehua en Temuco.
Desde entonces se desconoce su paradero. Aillón, funcionario de la Empresa de Comercio Agrícola, había sido detenido por efectivos de carabineros de Lonquimay el mismo día del golpe militar (11 septiembre).
Hermano de Ministro de Justicia implicado en asesinatos de 4 militantes de izquierda durante la dictadura
Fuente :laizquierdadiario.com, 26 de Diciembre 2016
Categoría : Prensa
Según señaló el diputado Hugo Gutiérrez, el hermano del actual Ministro estuvo implicado en el caso del asesinato de tres militantes comunistas y de un militante del MIR en los años de dictadura, en la base aérea de Maquehue en Temuco, IX Región.
Se trata de Hernán Henríquez, Eduardo Gonzalez Galeno, Alejandro Flores, Nelson Curiñir. Eduardo González era Director del Hospital de Cunco, fue detenido el 14 de septiembre de 1973 junto a su esposa Natacha María Carrión Osorio, médico, quién se encontraba en el tercer mes de embarazo de su segundo hijo. Hasta hoy es un detenido desaparecido. Mientras que Nelson Curiñir de 22 años, fue detenido en Temuco, torturado y asesinado.
Según señaló el parlamentario Hugo Gutiérrez del Partido Comunista: "Queremos dejar claridad que Ángel Hernán Campos Quiroga, hermano del ministro de Justicia, Jaime Campos Quiroga, fue un integrante del grupo 3 de base aérea de Maquehue en Temuco, con grado de Teniente de la FACh, que estaba involucrado en el asesinato de tres militantes del Partido Comunista y uno del MIR".
Según el parlamentario del Partido Comunista , más de 30 víctimas de tortura identificaron al hermano del titular de Justicia como su torturador. Antecedentes que investigó junto a los abogados Magdalena Garcés y Cristián Cruz, junto a Herman Carrasco Paul, icepresidente Centro de Investigación y Promoción de los Derechos Humanos (CINPROD).
El nombre del hermano del Ministro aparece consignada en la siguiente investigación judicial (http://www.araucaniacuenta.cl/wp-content/uploads/2016/12/Auto-Acusatorio-113969.pdf) que consigna “Episodio Hernán Henríquez Aravena y Otros 8 del 11 de septiembre fue habilitada para los fines señalados, y también en alguna oportunidad se trasladaron hasta un hangar ubicado en el interior de la base. Que muchos de estos detenidos permanecieron recluidos en la base Maquehue por un período no inferior a una semana, tiempo durante el cual fueron interrogados y torturados por los oficiales y suboficiales antes indicados que formaban parte del grupo de inteligencia especialmente formado para tales fines, entre los que cuentan al Segundo Comandante Benjamín Fernández Hernández (Q.E.P.D.), a los Tenientes Ángel Campos Quiroga (Q.E.P.D.), Jorge Freygang Campaña (Q.E.P.D.), al Capitán Leonardo Reyes Herrera, al Sargento Orlando Garrido Riquelme (Q.E.P.D.), a los suboficiales Luis Arturo Soto Pinto, Heriberto Pereira Rojas, Luis Osmán Yáñez Silva, Jorge Aliro Valdebenito Isler, Jorge Eduardo Soto Herrera y Enrique Alberto Rebolledo Sotelo; y al empleado Civil Crisóstomo Hugo Ferrada Carrasco”.
causa Rol 113.969: Homicidio calificado de Hernán Henríquez Aravena y Alejandro Flores Rivera y Apremios ilegítimos de Jorge Silhi Zarzar y otros
Fuente :Poder Judicial, 2 de Enero 2020
Categoría : Testimonio
José Daniel Cifuentes López. En declaración policial de fs. 1.713 a fs. 1715 (tomo V) de 29 de junio de 2012, en 1971 es destinado al grupo n° 3 de helicópteros de la Base Aérea Maquehue donde permanece hasta el año 1974 donde es detenido y dado de baja por traición a la patria y posteriormente en un consejo e s condenado por incumplimiento de deberes militares. Añade que dos años antes del 11 de septiembre de 1973 se comenzó a gestar la conspiración contra el gobierno del presidente Salvador Allende.
El mismo día del golpe Andrés Pacheco les manifestó que las Fuerzas armadas de chile había determinado derrocar al gobierno imperante y quien estuviera en contra diera un paso al frente , no obstante su negativa no realizó aquello por lo que le pudiera haber ocurrido. En esos momentos se ordena la ocupación de la ciudad y se le hace entrega de un fusil automático y 600 tiros para que se dirigiera a su casa y vigilara la población. Pasados unos 20 días era muy recurrente que se les dispararan de un vehículo, debido a ello con su compañero lograron aclarar quien les disparaba y lograron establecer que el conductor de dicho vehículo era el capitán Volante, quien los increpó violentamente .
Explica que en la base observó a muchas personas detenidas, los cuales en oportunidades se encontraban tirados en los calabozos de guardia y otros en los pasillos con las manos arriba y vendados. También vio personas que ingresaron en la parte posterior del edificio administrativo, en la torre de agua, donde eran torturados. Esto debido a los gritos que se escuchaban y como eran dejados luego de la tortura en los mismos pasillos y calabozos.
En cuanto a su detención, acota que en una oportunidad observó en el calabozo de la guardia que se encontraban 15 personas con rasgos de torturas, a lo cual y debido a su condición decidió alimentarlos, sacándolo por dos horas a la intemperie, pero pidiéndoles que no hablaran sobre esto por su seguridad . El hecho es que al día siguiente es llamado por el segundo comandante Benjamín Fernández, lo hace esperar seis horas y al pasar a su oficina le enrostra lo sucedido con los detenidos y que debían contribuir a la patria, sindicándolo como militante de izquierda y apuntándolo en todo momento con su arma y señalándole además que el mando le retiraba su confianza. Lo cierto es que el 04 de enero cuando se encontraba vacacionando en la localidad de Quintero llegó a su casa un teniente y un conscripto con la misión de llevarlo a conocer una radio enviada por la comandancia. Lo cierto es que al llegar a la base en notificado por un teniente que se encontraba detenido por orden de la comandancia .
Lo ponen esposas le vendan los ojos, le colocan una capucha en la cabeza y es trasladado en avión a la segunda comisaría de carabineros de Temuco, permanece 11 días vendado , comenzando en dicho lugar su tortura y en horas del día lo trasladan al regimiento Tucapel donde era torturado por sus pares en una pieza, por el teniente Jorge Freygan , cabo 2° Enrique Rebolledo, cabo Pereira, cabo 2° Valdebenito, cabo2° Marín, cabo 2° Ubilla, cabo 2° Charnay, cabo 2° Solís, cabo 2° Soto Pinto, cabo 2° Soto Herrera, cabo 2° Yañez (Pato) y el sargento 2° Orlando Garrido, siendo Pereira el más salvaje. Luego de varios traslados es enjuiciado por incumplimiento de deberes militares en un consejo de guerra, cumpliendo condena de 300 días y quedando libre en enero del año 1975. Anexa que el personal que participaba en las detenciones era el que menciono anteriormente, a cargo estaba el capitán Leonardo Reyes y los oficiales de reserva Cantarutti y Carotti. Pero indica que Cantarutti por comentarios de sus subalternos habría detenido, torturado y asesinado a personas en los allanamientos . En cuanto a los otros detenidos en la base aérea, por antecedentes obtenidos, los cuerpos de los asesinados eran lanzados al rio Cautín por el sector llamado la Isla. En cuanto a la victima de los hechos, Hernán Henríquez Aravena y Alejandro Flores Rivera no recuerda haberlos conocido ni tampoco los recuerda como detenidos en la base, pero sí sabe que en la época estaban detenidos tres doctores a quienes no conoce.
Procesan a ex oficial FACH y a civil por crimen de preso político en Temuco en 1973
Fuente :resumen.cl, 22 de Diciembre 2022
Categoría : Prensa
El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de las jurisdicciones Temuco, Valdivia, Puerto Montt y Coyhaique, Álvaro Mesa Latorre, sometió a proceso al ex oficial de la Fuerza Aérea Leonardo Reyes Herrera y a Crisóstomo Hugo Ferrada Carrasco, ex empleado civil de la misma institución, por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado de Jorge Eduardo Calderón Otaíza, perpetrado a contar del 30 de septiembre de 1973, en la Base Aérea Maquehue de la comuna de Temuco.
La víctima, Jorge Eduardo Calderón Otaíza, de 28 años de edad, era funcionario de la Caja Nacional de Empleados Públicos, estudiante de Ingeniería Comercial en la Universidad de Temuco y militante de la Juventud Socialista. Fue detenido por carabineros de la Comisaría de Padre Las Casas el día 30 de septiembre de 1973, en su domicilio en el sector de Padre Las Casas, lugar donde vivía junto a su familia en calle Sarmiento. Luego de su detención lo trasladan a la Base Aérea Maquehue de la Fuerza Aérea de Chile, recinto utilizado como centro de detención y torturas y en donde fue visto por testigos en deterioradas condiciones físicas.
Según lo revela la investigación judicial, inmediatamente de ocurrido el golpe militar, el comandante del Grupo N° 3 de Helicópteros de Base Aérea Maquehue, el coronel Andrés Pacheco Cárdenas (ya fallecido), asumió el mando del denominado CAJSI (Comando de Acción Jurisdiccional ante Situación Interna), cuya oficina se ubicaba en el Regimiento de Infantería N° 8 'Tucapel' de la ciudad de Temuco. Por tal razón, en la forma delegó el mando operativo de la Base Aérea en el segundo comandante Benjamín Fernández Hernández (ya fallecido), sin embargo, nunca dejó formalmente el mando de la unidad acudiendo diariamente a ese lugar para determinar las acciones a seguir.
Para conducir y controlar las actividades represivas, así como los interrogatorios y manejo de las personas prisioneras políticas que eran encerradas en la Base Aérea, Fernández Hernández organizó un grupo especial para tratar temas de inteligencia y de detenidos políticos. Este grupo bajo el mando de éste oficial, incluía al entonces capitán Leonardo Reyes Herrera, a los tenientes Ángel Hernán Campos Quiroga y Jorge Humberto Freygang Campaña (ambos fallecidos), al sargento Orlando Garrido Riquelme (fallecido), y a varios efectivos del cuadro permanente entre los que se cuentan Luis Alberto Soto Pinto, Heriberto Pereira Rojas, Luis Osmán Yáñez Silva, Jorge Aliro Valdebenito Isler, Jorge Eduardo Soto Herrera y Enrique Rebolledo Sotelo, entre otros, además del empleado civil Crisóstomo Hugo Ferrada Carrasco, que tenía la especialidad de enfermería. Este grupo, a partir de esa fecha dejó de cumplir las funciones propias de su especialidad para abocarse a las tareas que les eran asignadas por el alto mando de la base Maquehue, adquiriendo un estatus especial, puesto que no usaban uniforme, y en la asistencia diaria aparecían en comisión de servicio institucional.
El grupo especial recibió la colaboración alternada y esporádica de oficiales de línea y de reserva que, por interés propio o por orden superior, en algunas oportunidades se integraban a los patrullajes destinados a allanar domicilios y detener personas o presenciaron y colaboraron en los interrogatorios de los detenidos que permanecían al interior de la base.
Las personas detenidas en los diversos operativos fueron mantenidos en dependencias de la guardia, de la enfermería, en dos oficinas ubicadas en el edificio Administrativo o de la Comandancia, en una antigua torre de madera que anteriormente servía para guardar material en desuso, y que después del 11 de septiembre fue habilitada como centro de detención, también en alguna oportunidad se trasladaron hasta un hangar ubicado en el interior de la base. Las personas detenidas permanecían recluidas en la base Maquehue por un período no inferior a una semana, tiempo durante el cual eran interrogadas y torturadas por los oficiales y suboficiales antes indicados, además de habérseles suministrado drogas, en ciertos casos, para que confesaran sus supuestos crímenes. Dicha droga era administrada por el enfermero de la base. También durante ese tiempo los detenidos fueron sacados al patio de la unidad durante el día para que descansaran un poco o fueron trasladados hacia los baños, oportunidad en que fueron vistos y atendidos por soldados conscriptos que pudieron comprobar el deteriorado estado físico en el que se encontraban estas personas. Algunos de estos conscriptos conocían de antes a personas prisioneras, y tuvieron que cumplir tareas de centinela para vigilar el lugar donde esos detenidos se encontraban.
Algunos de estos funcionarios y conscriptos conocían bien a Jorge Calderón Otaiza, por tratarse de vecinos de barrio, o compañeros de colegio, o pertenecer al mismo club de fútbol, o por relaciones familiares diversas, de modo que -alguno de ellos- trató de interceder por él y preguntó a Reyes Herrera la posibilidad de que su amigo fuera liberado obteniendo como respuesta una amenaza de parte del oficial. Otro conscripto vio que un par de integrantes del llamado grupo de inteligencia ingresaban en estado calamitoso a su amigo a la enfermería, donde los recibió Ferrada Carrasco. Desde ese momento no se supo más de Jorge Eduardo Calderón Otaíza.
En la resolución (causa rol 114.033), el ministro en visita extraordinaria resolvió que, por encontrarse los procesados cumpliendo condena en causa diversa, por ahora, no se decretará en su contra la prisión preventiva. Al respecto señala: "(…) atendido el mérito de los cuales se desprende que la libertad de los procesados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad; teniendo en cuenta, también, la sanción legal probable del delito en que se les atribuye participación, y visto lo dispuesto en el artículo 363 del Código de Procedimiento Penal, no se les concederá el beneficio de la libertad provisional.
Atendido el hecho de que los procesados Leonardo Reyes Herrera y Crisóstomo Hugo Ferrada Carrasco se encuentran cumpliendo condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I de Gendarmería de Chile, se suspende por ahora la aplicación de la medida cautelar de prisión preventiva", consigna la resolución
por Darío Núñez
Corte Suprema confirma condenas de 18 ex uniformados y 2 civiles por crímenes y torturas cometidas en Base Aérea en Temuco en 1973
Fuente :resumen.cl, 7 de Marzo 2024
Categoría : Prensa
La Corte Suprema rechazó los recursos de casación en la forma y en el fondo interpuestos en contra de la sentencia que condenó a ex militares y personal civil que se desempeñó en la época de los hechos en la Base Aérea Maquehue de Temuco, por su responsabilidad en los delitos de homicidio calificado de Hernán Henríquez Aravena y Alejandro Flores Rivera, ambos militantes del Partido Comunista; y los delitos de apremios ilegítimos aplicados a Jorge Silhi Zarzar, Víctor Hugo Painemal Arriagada y Sergio Riquelme Inostroza, cometidos entre septiembre y octubre de 1973, en el recinto de la FACH.
En fallo unánime (causa rol 14.483-2021), la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Manuel Antonio Valderrama, Jean Pierre Matus, la ministra María Cristina Gajardo y los abogados (i) Eduardo Morales y Ricardo Abuauad- confirmó la sentencia que condenó a los ex oficiales de la Fuerza Aérea Leonardo Reyes Herrera y Luis Alberto Soto Pinto, y a los ex suboficiales de la misma institución Crisóstomo Hugo Ferrada Carrasco, Enrique Alberto Rebolledo Sotelo, Heriberto Pereira Rojas, Jorge Aliro Valdebenito Isler, Jorge Eduardo Soto Herrera, Luis Osmán Yáñez Silva, todos a la pena de 20 años de presidio por su responsabilidad como autores de los delitos.
Mientras que el individuo civil Luis Raimundo Quezada Chandía deberá purgar una pena de 17 años de presidio por su responsabilidad como autor de ambos homicidios calificados. Del mismo modo, el abogado civil y ex Fiscal Militar "scar Alfonso Ernesto Podlech Michaud fue condenado a 12 años de presidio por su responsabilidad como autor del homicidio de Hernán Henríquez Aravena.
En tanto, el ex oficial de la Fuerza Aérea Pablo Aquiles Alister Contreras cumplirá una pena de 4 años de presidio como cómplice de homicidio simple y encubridor de los apremios ilegítimos. Además, los ex oficiales de la Fach Jaime Mauricio del Corazón de Jesús Echenique Seco, Aníbal Arturo Tejos Echeverría, Enrique Alcides Isaacs Casacuberta, Antonio Sergio Montserrats Mena, Xavier Fernando Pérez Chávez, fueron condenados a 3 años y un día de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada, por su responsabilidad como encubridores de los delitos
Finalmente, el máximo tribunal, actuando de oficio, sustituyó las penas de 3 años y un día de presidio, impuestas a Berthold Bohn Sauterel, Rodolfo Ernesto Schmied Callejón, Víctor Manuel Volante Leonardi y Rogelio Olivares Torruella, por la libertad vigilada intensiva por igual lapso, como encubridores de los delitos. La decisión de sustituir de oficio estas penas privativas de libertad por la libertad vigilada intensiva, fue acordada con el voto en contra del ministro Matus.
Helicópteros de Base Maquehue
En la etapa de investigación de la causa el Ministro Álvaro Mesa Latorre logró acreditar que inmediatamente después del golpe militar en la Base Aérea Maquehue se estableció un grupo operativo de miembros de la Fuerza Aérea al que además fueron invitados oficiales de reserva de la institución. Este grupo realizó detenciones de opositores al régimen militar para luego conducirlos al recinto donde quedaron prisioneros y fueron sometidos a apremios ilegítimos. Paralelamente en dependencias de la Fiscalía Militar se realizaron diversos procesos judiciales a los detenidos los que eran sometidos a apremios ilegítimos y otros tratos inhumanos, crueles y degradantes.
Las víctimas, Hernán Henríquez Aravena, de 35 años de edad, médico cirujano y Director Zonal de Salud de Temuco para septiembre de 1973, fue requerido por la autoridad militar de la época para presentarse ante la Fiscalía Militar, ubicada al interior del Regimiento de Infantería N°8 «Tucapel». El día 12 de septiembre Henríquez compareció ante la fiscalía, siendo luego enviado a su domicilio.
No obstante, esa misma noche, Carabineros de la 2° Comisaría de Temuco allanó el domicilio de Hernán Henríquez, lo detuvieron y trasladaron a la unidad policial. Al día siguiente fue puesto a disposición de la Fiscalía Militar de Temuco donde se ordenó su traslado a la Cárcel de esta ciudad y posteriormente se ordenó su arresto domiciliario total, quedando con la expresa orden de presentarse a primera hora del día 25 de septiembre ante el tribunal militar.
Sin embargo, la noche del 24 de septiembre la casa de Henríquez Aravena fue nuevamente allanada, esta vez por personal de la Policía de Investigaciones que estaba agregado al regimiento Tucapel y que trabajaba indistintamente para la Fiscalía Militar y la Sección Segunda de Inteligencia. Después de un rato la patrulla se retiró del lugar. Más tarde se presentó otra patrulla, esta vez de Carabineros de la 2° Comisaría, quienes sacaron de su domicilio a Hernán Henríquez, llevándoselo sin dar ninguna explicación.
Alejandro Flores Rivera, de 33 años de edad, auxiliar de enfermería del Departamento de Psiquiatría del Hospital Regional de Temuco y Presidente de la Federación Nacional de Trabajadores de la Salud (Fenats), fue requerido mediante el Bando N°11 del 12 de septiembre para presentarse ante la Fiscalía Militar. Ese día, Flores compareció ante la fiscalía siendo enviado a su domicilio.
Con fecha 5 de octubre de 1973 la autoridad militar local emitió el Bando N°9, firmado por el Comandante de la Guarnición Militar de Temuco, con el que pretendía justificar y encubrir el asesinato de ambos detenidos. El aludido bando señalaba: «Ante el intento de fuga planificado por Alejandro Flores Rivera y en complicidad con Hernán Henríquez Aravena mientras se encontraban detenidos en el cuartel del Grupo N°3 de Helicópteros y en connivencia con individuos que desde el exterior trataron de ayudarlos, fueron eliminados por la Guardia".
por Darío Núñez