Alias : Capitán Sanz;
Rut: 7.055.254-K
Cargos: Comandante del Cuartel en Simón Bolívar
Grado : Mayor
Rama : Ejército
Organismos : Central Nacional de Informaciones (CNI)
Cuartel Borgoño
Cuartel en Simón Bolívar
Unidad Antiterrorista (UAT)
Operación Albania
Operación Albania: acusados 18 ex agentes de la CNI
Fuente :La Tercera 5 de Abril 2002
Categoría : Prensa
El ex director del organismo, general (r) Hugo Salas Wenzel, es sindicado como el autor intelectual de la ejecución de doce jóvenes del Frente Patriótico Manuel Rodríguez.
El ministro en visita Hugo Dolmestch acusó a 18 ex agentes de la disuelta Central Nacional de Inteligencia (CNI) por su participación en el asesinato de 12 jóvenes el 15 y 16 de junio de 1987, caso conocido como "Operación Albania".
El magistrado determinó que el ex director del organismo de inteligencia, general (r) Hugo Salas Wenzel, es el responsable intelectual del homicidio de los opositores al régimen militar.
De esta forma, Dolmestch pone fin a quince años de investigación e inicia la etapa previa a la dictación de condenas de primera instancia.
Como coautores del delito de homicidio por están acusados: el general (r) Hugo Salas Wenzel, el mayor (r) Alvaro Corbalán, el comandante (r) Iván Quiroz, el comandante (r) Krantz Power Donoso, el mayor Rodrigo Pérez Martínez y el oficial de Ejército Jorge Vargas Bories.
Estas acusaciones en contra de los uniformados antes mencionados se refieren a la muerte de Recaredo Valenzuela, Patricio Acosta, Julio Guerra, Juan Henríquez y Wilson Henríquez.
Otros implicados
Además, son acusados del delito de secuestro seguido de homicidio en la persona de Ester Cabrera, Manuel Valencia, Ricardo Rivera, Elizabeth Escobar, Patricia Quiroz, José Valenzuela Levi y Ricardo Silva, ejecutadas en el inmueble de Pedro Donoso 582, de la comuna de Conchalí.
En calidad de cómplice, el magistrado acusó al capitán (r) del Ejército Arturo Sanhueza Ross, por el homicidio de Julio Guerra y el secuestro seguido de homicidio de Ester Cabrera.
En tanto, el ex detective Hugo Guzmán esta acusado en calidad de cómplices por el delito de secuestro con homicidio de Patricia Quiroz. Su colega Gonzalo Maass del Valle, en calidad de autor del delito de secuestro seguido de homicidio de Ricardo Rivera.
Los oficiales (r) René Valdovinos Morales, César Luis Acuña Luengo y Manuel Morales Acevedo fueron acusados de autores del homicidio de Ignacio Valenzuela Pohorezcky y como cómplices de secuestro seguido de homicidio de las víctimas de Pedro Donoso 582.
La matanza de Corpus Christi
En la llamada Operación Albania, que se registró entre el 15 y 16 de junio de 1987 durante el feriado de Corpus Christi, doce personas que pertenecían al Frente Patriótico Manuel Rodríguez fueron asesinadas en distintos lugares de Santiago.
Según las versiones oficiales del gobierno militar, los jóvenes murieron en "enfrentamientos con las fuerzas de seguridad", pero las autopsias demostraron que los disparos fueron hechos cuando las víctimas se encontraban tendidas en el piso.
La acción se produjo apenas cuatro días después que la Octava Sala de Corte de Apelaciones de Santiago declarara al FPMR como una "asociación ilícita terrorista", cuyos miembros debían ir a la cárcel y ser reprimidos, resolución que legitimó todo tipo de acción violenta contra el grupo de izquierda.
Cabe recordar, que el dictamen fue resuelto por el tribunal de alzada a petición del Ministerio del Interior del régimen militar por un requerimiento presentado por un grupo de frentistas acusados de varios delitos.
Operativo de la CNI
Para llevar a cabo la operación, la Central Nacional de Informaciones efectuó un gigantesco operativo de inteligencia, que significó movilizar a decenas de agentes y realizar numerosas detenciones y allanamientos, con el objetivo final de reprimir a los frentistas.
La acción de la CNI fue acompañada de un gran despliegue de publicidad oficialista, que reprodujo sin dudas ni cuestionamientos la versión oficial de "enfrentamiento".
La primera víctima, Ignacio Valenzuela Pohrecky, uno de los fundadores del FPMR, murió baleado en calle Alhué, comuna de Las Condes, el 15 de junio de 1987, a las 12 horas. A las 18 horas, los agentes de la CNI dieron muerte a Ricardo Acosta Castro, en calle Varas Mena, frente al número 630. Pocas horas después, cerca de la medianoche, en la misma calle Varas Mena, en el inmueble signado con el número 417, fueron muertos Juan Henríquez Araya y Wilson Henríquez Gallegos.
A la misma hora de ocurrir estas muertes, tuvo lugar la de Julio Guerra Olivares, en la Villa Olímpica.
Posteriormente, cerca de las 5 de la mañana del 16 de junio de 1987, en la casa de Pedro Donoso 582, comuna de Recoleta, fueron acribillados siete frentistas. Ellos fueron Ricardo Silva Soto, José Valenzuela Levy, Elizabeth Escobar Mondaca, Patricio Quiroz Nilo, Manuel Valencia Calderón, Ester Cabrera Hinojosa y Ricardo Rivera Silva
Procesado por homicidio continuó como escolta de Pinochet
Fuente :El Mostrador,15 de Abril 2004
Categoría : Prensa
Los dos ex agentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI) que ayer prestaron testimonio en el marco de la etapa probatoria en que se encuentra el caso Albania, coincidieron en que los días 15 y 16 de junio de 1987 participaron de la operación que terminó con la muerte de 12 miembros del Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR), por miedo a las represalias de la institución en caso de negarse.
El primero en comparecer ante el ministro Hugo Dolmestch, quién lleva todos los caso de crímenes cometidos por la CNI, fue el mayor (R) Rodrigo Pérez Martínez, quien en esa fecha era el capitán a cargo de la Unidad Antiterrorista (UAT) y que de acuerdo con los documentos revelados por El Mostrador.cl el año 2000, no podía actuar sin la anuencia del Presidente de la República de la época.
Pérez se encuentra procesado como uno de los autores de los homicidios cometidos en calle Alhué, Varas Mena y Villa Olímpica y por el secuestro seguido de homicidio de los miembros del frente ejecutados en calle Pedro Donoso.
Temor a consecuencias fatales
El ex oficial fue consultado por el momento en que recibe la orden del comandante (R) Iván Bellarmino Quiroz de eliminar a uno de los frentistas detenidos en el cuartel Borgoño. Según Pérez y ante la evidencia de estar ante un acto “delictual”, le consulta de dónde viene la orden. Quiroz responde que del “escalón superior”, ante lo cual no tiene otra opción que acceder, considerando además que el comandante (R) tenía mayor antigüedad y rango que él.
A la vez señaló que el subalterno que lo acompañaba en esa oportunidad y también miembro de la UAT, Eric Silva, también le pareció impropia la orden, según le manifestó días después al montaje de la operación. Por este motivo, Silva, procesado por su participación en el secuestro y posterior homicidio de Ester Cabrera, solicitó su traslado de la unidad. Según recuerda Pérez, al mes o mes y medio después, Eric Silva pasó a integrar la escolta presidencial.
Al ser requerido por uno de los abogados querellantes, si este hecho puede ser considerado como un ascenso o un premio a su actuación en los hechos, el ex jefe de la UAT dijo que en ningún caso, a pesar de la alta connotación y confianza que requiere un cargo de este tipo.
Su preocupación por la orden de “tipo delictual”, nunca la hizo presente los días posteriores a ningún superior, ni siquiera en el asado de camaradería realizado en calle Rondizonni, presidido por el general Salas Wenzel, quien aprovechó la oportunidad para “felicitar” a todos los efectivos que participaron de la “neutralización” de los frentistas.
El ex jefe de la UAT, señaló al magistrado que “no podía obviar la orden que recibió porque podría traer consecuencias fatales para su familia y para él”. Su temor lo ejemplificó con lo que le sucedió al ex químico Eugenio Berríos, muerto en Uruguay a manos de agentes de la Dirección de Inteligencia del Ejército (DINE), y a Armando Fernández Larios, quien fue acusado de traición a la patria por su colaboración con la justicia estadounidense en el caso Letelier.
De esta forma Pérez siguió la misma línea que el comandante (R) Iván Bellarmino Quiróz, quien declaró el año 2000 que una orden superior “no se podía discutir a menos de exponerse a situaciones gravísimas en relación a nuestra integridad física y de nuestro grupo familiar”. Este ex oficial y subalterno de Alvaro Corbalán Castilla en el cuartel Borgoño de la CNI, se encuentra en procesado por los mismo delitos que Pérez.
Pérez Martínez debió explicar, además, la relación que existió entre la UAT y el cuartel Borgoño desde donde se coordinaron todas las acciones de la también llamada “Matanza de Corpus Christi”.
Indicó que su unidad recibió en calidad de “comisión de servicio indefinido” a 12 ó 13 funcionarios de Borgoño para capacitarlos en las “tácticas militares” como lucha antiguerrilla y rescate de rehenes, dado que los integrantes de la UAT estaba conformado por comandos y paracaidistas. Parte de los cuales después se facilitaron al cuartel para labores de seguimiento.
El oficial relató que se puso a disposición de Corbalán, la mañana del día 15 luego de un llamado telefónico que hiciera éste a las dependencias de la UAT en calle Simón Bolívar en la comuna de la Reina, entre las 08.00 y 09.00 horas. En esa oportunidad y a pesar que normalmente las ordenes las recibían primero del director de la CNI, accedió a la petición de Corbalán porque éste le dijo que existía la autorización de más arriba. En dicho momento no preguntó por qué y para qué los necesitaban específicamente. Agregó que él perdió el mando de su unidad, dado que sus hombres fueron destinados a distintos equipos.
Terror a ser ajusticiado
Luego correspondió el turno del ex detective Gonzalo Mass del Valle sobre quien pesa la solicitud del CDE de condenarlo a presidio perpetuo simple por su participación en los homicidios de los frentistas. El ex oficial y miembro de la “brigada verde” que operaba en el cuartel Borgoño comandado por Corbalán, ratificó su presencia en Pedro Donoso, luego que se le ordenara asistir para realizar un allanamiento. Una vez en el lugar no recuerda quién le dio la orden de entrar a una de las piezas: “solamente me dijeron tú ahí”.
El ex detective de 29 años en esa fecha, dijo que sintió “terror” en esos momentos al darse cuenta que podía ser ajusticiado por sus propios compañeros para justificar bajas, ya que era evidente que los frentistas “secuestrados” en Borgoño habían sido trasladados a calle Pedro Donoso para simular un falso enfrentamiento. Precisó que en el instante que estuvo en la pieza fue tanto el temor que “me oriné y defequé”.
Señaló además que “el estar de paso en la CNI”, en su calidad de policía civil, donde los que dominaban eran los oficiales de Ejército, lo convertía en una potencial víctima para ser ajusticiada. El ex agente recuerdó que antes de entrar a la CNI, escuchó comentarios “que el mundo de la inteligencia era sucio”, por lo que no le extrañaba ser ejecutado en esa u otra operación.
Consultado sobre si tuvo ánimo de matar, dijo que “en ningún momento”, “no maté a nadie”, lo que posteriormente le valió ser discriminado al interior de la institución.
Por otra parte y en lo que respecta al teniente (R) Jorge Vargas Bories, a la fecha integrante de la Unidad Especial de la CNI que operaba en el cuartel Borgoño y quien ha negado su participación en los hechos de sangre de esos días, reconoció que vio a este agente en Varas Mena y en Pedro Donoso. Vargas dice que a los dos lugares llegó cuando los sucesos habían concluido. Sin embargo, el ex detective precisó lo contrario y agregó que le consta la participación de la Unidad Especial en los operativos por la presencia de su “jeep blanco con metralleta” que operó en ambos puntos.
Vargas Bories para quien el CDE pidió 20 años de cárcel, concurrió ayer a firmar su declaración del día martes y aprovechó la oportunidad para quedarse en la sala y escuchar a Pérez y Mass.
Lo mismo hizo otro procesado el teniente coronel (R) Kranz Bauer Donoso miembro de la “brigada azul” que operaba en Borgoño y procesado por los mismos hechos que Vargas. La presencia de ambos causó profunda molestia en las familias de las víctimas de “Corpus Christi”, lo que se lo hicieron saber a la abogada María Elena Horvitz del CDE.
Horvitz les explicó que no hay nada ilegal en el hecho y que están en su derecho. Además ya habían prestado su testimonio y no podían ser sacados de la sala. De todas formas, la abogada del fisco solicitó al ministro Dolmestch que tomara algún tipo de medida para tranquilizar a las familias y para que los declarantes no se sintieran presionados por las miradas de sus ex colegas. El incidente que se produjo al término de la declaración del ex jefe de la UAT, motivó a que el magistrado le indicara a Mass que todas las respuestas debería darlas mirándolo a él y no al abogado que hace las preguntas, como es la norma, con el objetivo de no sentir ningún tipo de intimidación al momento de responder.
Mayor condena contra general retirado por crímenes en dictadura Operación Albania: Suprema confirma cadena perpetua contra Hugo Salas Wenzel
Fuente :El Mostrador, 29 de Agosto 2007
Categoría : Prensa
La Corte Suprema confirmó este martes la cadena perpetua contra el general retirado Hugo Salas Wenzel, otrora director de la Central Nacional de Informaciones (CNI), por su responsabilidad en el crimen de doce frentistas en junio de 1987, en el marco de la Operación Albania.
Salas Wenzel fue sentenciado en calidad de responsable intelectual de los asesinatos, que se planificó como una de las venganzas por el atentado a Augusto Pinochet Ugarte, ocurrido en septiembre de 1986.
Con esta resolución, el otrora jefe del organismo represivo se transformó en el general retirado que ha recibido la mayor condena por las violaciones a los derechos humanos cometidas durante la dictadura militar.
La decisión fue adoptada por la Segunda Sala (Penal) que también se pronunció sobre las condenas que el ministro Hugo Dolmestch dictó contra otros catorce ex uniformados que participaron en el operativo, también conocido como Matanza de Corpus Christi.
En tribunales se explicó que como Salas Wenzel comenzó a ser juzgado antes de que se modificara la ley, se le aplicará la cadena perpetua simple, lo que permite a partir de los 20 años de prisión pueda acceder a algún tipo de beneficio.
El máximo tribunal también decidió elevar de 15 a 20 años de prisión la condena contra el ex jefe operativo del organismo represivo Álvaro Corbalán Castilla, quien ya se encuentra cumpliendo prisión por otras violaciones a los derechos humanos perpetrados en la dictadura militar.
En tanto, mantuvo la condena a 10 años de presidio contra el comandante (R) de Carabineros Iván Quiroz Ruiz, mientras que aumentó de 7 años y un día a 8 años de prisión el castigo contra el ex agente de la CNI Enrique Neira Donoso.
Estos cuatro otrora miembros deberán cumplir con su castigo en prisión junto al ex agente Manuel Morales Acevedo, quien inicialmente había sido condenado a tres años de prisión pero la Suprema elevó su castigo a cinco años y un día.
En tanto, los ex agentes Luis Arturo Sanhueza Ross, Rodrigo Pérez Martínez, César Acuña Luengo, Patricio Miquel Carmona y Fernando Burgos Díaz fueron sentenciados a cinco años y un día de prisión, mientras que Eric Silva Reichart recibió una sanción de cinco años de cárcel.
Gonzalo Maas del Valle, José Miguel Morales Morales, René Valdovinos Morales, en tanto, fueron condenados a tres años de prisión, mientras que Hugo Guzmán Rojas recibió un castigo de 541 días de cárcel.
La Suprema también confirmó la absolución de 11 agentes que participaron en los operativos y que ya habían sido exculpados por Dolmestch y la Corte de Apelaciones de Santiago, entre los que se encuentran los ex agentes Kranstz Bauer y Jorge Vargas Bories, al igual que el ex fiscal de Carabineros Luis Acevedo.
En junio pasado, el Consejo de Defensa del Estado (CDE) y los parientes de las víctimas alcanzaron un acuerdo de reparación en el que el Fisco se comprometía a pagar una indemnización de $ 300 millones a cada grupo familiar.
Querellantes celebran decisión
El abogado Nelson Caucuto, representante de las víctimas, destacó que esta sea la primera condena perpetua para un militar con grado de general, lo que a su juicio revela "la gravedad de los hechos juzgados y la importancia de este caso".
"Hemos logrado establecer la verdad de lo acontecido y sanciones penales altas, donde hay una condena de presidio perpetuo y también finalmente hay reparación.
En una sola sentencia hemos logrado confluir los tres aspectos que comprende un concepto complejo como es la justicia, los que son la verdad, la sanción penal, y la reparación”, sostuvo.
“Me parece extraordinario haber cerrado este capítulo, con esta sentencias que ha dictado el máximo tribunal”, puntualizó.
Perpetua para ex jefe de la CNI por caso Albania
Fuente :La Nacion 29 de Agosto 2007
Categoría : Prensa
La primera condena a presidio perpetuo en contra de un jefe máximo de los servicios represivos de la dictadura, fue dictada ayer por la Sala Penal de la Corte Suprema en contra del ex director de la CNI, general (R) Hugo Salas Wenzel, por los crímenes de la Operación Albania.
Junto a Salas fueron condenados igualmente como autores (sólo uno como encubridor) otros 14 ex agentes de la CNI, por los homicidios calificados de 12 militantes del Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR), ocurridos entre el 15 y 16 de junio de 1987 en diversos lugares de Santiago.
Para asegurarse de que no intentará fugarse al igual que Raúl Iturriaga, la Brigada de Asuntos Especiales y Derechos Humanos de Investigaciones ha estado tras sus pasos en los últimos días.
Según la investigación, Salas Wenzel dio personalmente la orden para matar a siete frentistas que permanecieron unas horas detenidos en el cuartel Borgoño de la CNI en Independencia, porque los otros fueron acribillados en sus casas o en la calle.
El general (R) Salas debe cumplir condena a partir del "cúmplase" que dictará el ministro Mario Carroza, a cargo de la causa.
De los 15 condenados, sólo cinco deberán cumplir la condena en prisión puesto que contra el resto se dictaron penas menores a cinco años y un día, lo que les permite cumplir la pena en libertad con el beneficio de la remisión condicional o el sistema de libertad vigilada.
Otro de los condenados a 20 años fue el ex jefe de la Brigada Metropolitana de la CNI, mayor (R) Álvaro Corbalán, quien ya cumple presidio perpetuo por el crimen del carpintero Juan Alegría.
También deberán ingresar a cumplir sentencia el teniente coronel de Carabineros (R) Iván Quiroz Ruiz, castigado con 10 años y un día; el teniente coronel (R) de Ejército Emilio Neira Donoso, condenado a ocho años; y el ex empleado civil del Ejército Miguel Morales Acevedo, que deberá cumplir cinco años y un día.
Otros condenados
Los otros condenados son: el mayor (R) de Ejército Rodrigo Pérez Martínez (5 años); ex policía civil Hugo Guzmán Rojas (541 días y el único cómplice); ex policía civil Gonzalo Maas del Valle (3 años 1 día); suboficial (R) de Ejército René Valdovinos Morales (3 años); ex empleado civil de Ejército César Acuña Luengo (3 años); suboficial (R) de Ejército Fernando Burgos Díaz (5 años); ex policía civil José Morales Morales (3 años 1 día); el suboficial (R) FACH Hernán Miquel Carmona (5 años); y el teniente coronel (R) de Ejército Erich Silva Reichart, sentenciado a 5 años de presidio.
La resolución de la Sala Penal confirmó algunas de las penas (entre ellas la de Salas Wenzel) dictadas en primera instancia en enero de 2005 por el ministro Hugo Dolmestch, y en segunda instancia por la Novena Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago en diciembre de 2005.
El abogado querellante Nelson Caucoto, manifestó ayer su satisfacción expresando que, aunque sólo cinco de los 15 condenados cumplirán su condena en prisión, "lo principal es que se han cumplido los principios que debe perseguir la justicia: que se conozca la verdad, se dicten penas, y haya reparación del daño causado".
Con esto Caucoto aludió a la reparación monetaria de 300 millones de pesos que el fisco deberá pagar a cada una de las familias de los frentistas asesinados.
La verdadera venganza
La Operación Albania fue la venganza que el ex dictador Augusto Pinochet y la CNI, planificaron para cobrar al FPMR el atentado del 6 de septiembre de 1986 en el que murieron cinco de sus escoltas. Los doce frentistas (ver recuadro) fueron seguidos por meses por los hombres de Corbalán, que lideró el operativo.
Como quedó establecido en la investigación judicial, Pinochet era permanentemente informado de los resultados, y estuvo al tanto de los detalles en las horas previas a la masacre.
Causa Rol Nº 39.122-C: Caso Secuestro Calificado de Julián Peña, Alejandro Pinochet, Manuel Sepúlveda, Gonzalo Fuenzalida, Julio Muñoz
Fuente :Poder Judicial, 14 de Octubre 2013
Categoría : Prensa
N.- Que se condena a RODRIGO PEREZ MARTINEZ , HUGO RODRIGO BARRIA ROGER y VICTOR MARIO CAMPOS VALLADARES, ya individualizado en autos, por su participación como encubridores del delito de secuestro calificado de Julián Peña Maltés, Alejandro Pinochet Arenas, Manuel Sepúlveda Sánchez, Gonzalo Fuenzalida Navarrete y Julio Muñoz Otárola, a cada uno a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, y accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, y al pago de las costas de esta causa.
Detenidos desaparecidos de 1987: Confirman y aumentan condenas a agentes de la CNI
Fuente :villagrimaldi.cl, 12 de Junio 2015
Categoría : Prensa
La Corte de Apelaciones se pronunció sobre el fallo de primera instancia por la desaparición de Julián Peña Maltés, Alejandro Pinochet Arenas, Manuel Sepúlveda Sánchez, Gonzalo Fuenzalida Navarrete y Julio Muñoz Otárola. Se aumentaron las condenas a 27 ex agentes de la Central Nacional de Informaciones y se confirmaron la de otros cuatro, entre ellos la Hugo Salas Wenzel, ex director de la Central Nacional de Informaciones (CNI) y Álvaro Corbalán Castilla a 15 años.
En fallo unánime, la Undécima Sala del tribunal de alzada -integrada por los ministros Mario Gómez Montoya, Alejandro Rivera y Carlos Carrillo- ratificó la sentencia dictada, en octubre de 2013, por el ministro en visita Mario Carroza; sin embargo, modificó las penas aplicadas y la participación de algunos de los sentenciados por los secuestros de los cinco integrantes del Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR), y que corresponden al último caso de detenidos desaparecidos del periodo comprendido entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990.
En la resolución, se ratificaron las condenas de 15 años de presidio para: Hugo Salas Wenzel, ex director de la Central Nacional de Informaciones (CNI) y Álvaro Corbalán Castilla, en calidad de autores de los ilícitos. Asimismo, se confirmaron las penas de 10 años y un día de presidio para Iván Quiroz Ruiz y Gonzalo Maass del Valle por su responsabilidad como autores de los delitos.
Se elevaron las penas de 5 años y un día a 10 años y un día de presidio, también en calidad de autores a Raúl Durán Martinez, Luis Santibáñez Aguilera, Víctor Ruiz Godoy, Juan Jorquera Abarzúa, Hernán Vásquez Villegas, Sergio Mateluna Pino, José Fuentes Pastenes, Juan Carlos Orellana Morales, Roberto Rodríguez Manquel, Alejandro Astudillo Adonis, José Salas Fuentes, Heraldo Velozo Gallegos, Marco Antonio Pincheira Ubilla, Jorge Ahumada Molina, José Morales Morales, Ema Ceballos Núñez, Patricio González Cortez, César Acuña Luengo y René Valdovinos Morales,
En tanto, al ex agente Luis Sanhueza Ross, el tribunal le mantuvo la pena de 5 años y un día de presidio, por su responsabilidad como autor de los ilícitos. A los agentes Manuel Morales Acevedo y Manuel Ramírez Montoya se les elevó la pena de 3 años y un día a 5 años y un día, en calidad de autores de los ilícitos.
Para los agentes Aquiles Navarrete Izarnotegui, Fernando Rojas Tapia, Julio Cerda Carrasco, Marco Antonio Bustos Carrasco y Hugo Prado Contreras, se dictó condena de 5 años y un día de presidio por su responsabilidad como cómplices de los ilícitos, modificando su participación inicial de encubridores y, consecuencialmente, se les elevó la pena inicial de 3 años y un día de presidio.
En el caso de Rodrigo Pérez Martínez y Víctor Campos Valladares se dictó pena de 3 años y un día de presidio –con el beneficio de la libertad vigilada– por su responsabilidad como cómplices, cambiándose la participación inicial de encubridores y elevando la pena inicial de 541 días de presidio.
Finalmente, se absolvió a Rodrigo Barría Roger, condenado inicialmente -como encubridor- a 541 días de presidio.
En el aspecto civil, la Corte de Santiago confirmó las demandas de indemnización presentadas en contra del Estado de Chile, determinando que el fisco debe pagar 50 millones de pesos para cada uno de los tres padres y un hijo demandantes, y 20 millones de pesos para cada uno de los nueve hermanos de las víctimas.
TC falla a favor de interno de Punta Peuco y declara inaplicables dos requisitos de la nueva ley sobre libertad condicional
Fuente :latercera.cl, 24 de Enero 2020
Categoría : Prensa
La sentencia, que tuvo cuatro votos en contra, será aplicable al caso concreto de Rodrigo Pérez Martínez, exagente de la CNI. Esta es la primera resolución de este tribunal que analiza los cambios introducidos en la nueva norma que regula este beneficio penitenciario. La defensa del exuniformado asegura que esto abre la puerta para otros casos.
Fue en julio de 2019 cuando Rodrigo Pérez Martínez presentó un recurso de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional (TC) para revertir una decisión de Gendarmería. Pérez, exagente de la CNI condenado por su participación en la Operación Albania, pretendía postular para acceder al beneficio de la libertad condicional, pero Gendarmería no lo incluyó en el listado de las personas que cumplían los requisitos fijados en la nueva ley que regula esta materia.
En específico, Pérez reclamaba que se le estaba aplicando "retroactivamente una ley más gravosa, estableciendo mayores exigencias para obtener el beneficio de libertad condicional e incidiendo así de manera directa en su libertad personal al restringir con pautas más gravosas el acceso paulatino a la libertad total".
Los artículos que se alegaron eran el 3° bis y el 9° del decreto ley N°321 los cuales hacen referencia al tiempo de cumplimiento de la pena, aumentando el requisito de la mitad de la condena a los 3/4 de ella y el que se refiere a la "colaboración sustancial". En el requerimiento se aseguraba que al cambiarse "la teoría de determinación de los tiempos mínimos requeridos" se vulnera el "derecho de igualdad respecto de aquellas personas que, habiendo cometido delitos en la misma época, sí obtuvieron la libertad condicional por haber postulado antes de la modificación legal referida, afectando así también la esencia de dichas garantías".
Hoy el TC falló a favor de Pérez. En una sentencia dividida, que tuvo cuatro votos en contra de los ministros Gonzalo García, Domingo Hernández, Nelson Pozo y María Luisa Brahm; y que fue redactada por el ministro José Ignacio Vásquez, se acogió el requerimiento declarando inaplicables por inconstitucionales los dos artículos objetados.
El abogado de Pérez, Maximiliano Murath, asegura que la sentencia implica que "de aquí para adelante Gendarmería no tiene la facultad para determinar quiénes tienen los requisitos" para postular al beneficio y que "los artículos de la nueva ley, que producen alguna vulneración constitucional, no pueden ser aplicados a los casos concretos".
Murath también señala que la sentencia "es una declaración muy importante sobre cómo interpretar los requisitos de la nueva ley en los casos que vienen en adelante ya que ahora se sabe cuál es la opinión del TC, en un caso concreto". La última vez que este tribunal se pronunció sobre esta materia fue cuando se vio la constitucionalidad de la ley luego de ser despachada del Congreso. Con este fallo, dice Murath, se abre una puerta para que más internos de este penal puedan emprender acciones judiciales parecidas.