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Contreras Mejías Sergio Fernando – Memoria Viva

Contreras Mejías Sergio Fernando

Alias : Loquillo

Rut: 6.273.264-4

Cargos:

Grado : Comandante de Escuadrilla

Rama : Fuerza Aérea


Juez Zepeda procesó a dos coroneles (R) por torturas contra ex ministro Tohá

Fuente :El Mostrador, 21 de Abril 2005

Categoría : Prensa

El juez de fuero Jorge Zepeda sometió a proceso a dos coroneles (R) de la Fuerza Aérea de Chile (FACH) por el delito de aplicación de tormentos reiterados contra el ex ministro de Defensa y militante socialista José Tohá. Se trata de los ex uniformados Sergio Contreras y Ramón Cáceres, otrora asistentes del fallecido ex fiscal de la FACH Horacio Otaíza. Ambos fueron notificados este jueves por el magistrado, para posteriormente ser trasladados a un recinto de la rama de las Fuerzas Armadas, presumiblemente en la base aérea de Colina. El abogado de la familia Tohá, diputado Juan Bustos (PS), manifestó su plena satisfacción por el nuevo rumbo que toma la causa y previó que los próximos meses vendrán más encausamientos. Según estimó el representante, las imputaciones del magistrado Zepeda apuntarán a los autores materiales y cómplices de lo que calificó como el "homicidio" del ex titular de Defensa. Junto con resaltar la virtual retipificación de la causa de muerte de Tohá, explicó que éste mal podría haberse suicidado, considerando que su deteriorada condición física (47 kilos de peso y una estatura de 1,90 metros) se lo impedía. Según los antecedentes que proporciona el denominado Informe Rettig, el secretario de Estado del gobierno de Salvador Allende murió el 15 de marzo de 1974 en el Hospital Militar de Santiago. El día 11 de septiembre de 1973, Tohá fue detenido en el Palacio de la Moneda junto a un grupo de autoridades y colaboradores del gobierno depuesto.Posteriormente, fue trasladado junto a ellos a la Escuela Militar, desde donde pasó a la isla Dawson, lugar donde fue sometido a malos tratos reiterados y apremios ilegítimos por parte del personal militar que estaba a cargo del recinto. Con un estado de desnutrición crítico y una condición psicológica bastante deteriorada, el ex ministro acabó suicidándose en su habitación del hospital castrense, según argumentaron las autoridades de ese entonces a la familia.

Los motivos de Zepeda

En uno de los considerandos, en el cual Zepeda da cuenta de los antecedentes para procesar a los ex uniformados, establece que en la investigación no se encuentra acreditado el hecho de que Tohá se haya suicidado. Esto, porque el sumario a cargo de la Segunda Fiscalía de Ejército y Carabineros respectiva no fue adjuntada a este proceso, pues fue imposible encontrarla. Sin embargo, el magistrado sí estableció que Tohá estuvo privado de su libertad durante más de seis meses, sin que en ese prolongado período se haya instruido un juicio o se hayan formulado cargos en su contra. Junto con ello, determinó que durante su cautiverio fue objeto –por parte de agentes del servicio de inteligencia de la FACH- de actos “crueles y degradantes”, con el propósito de perjudicar su integridad psíquica y física. Indirectamente, establece en su documento el magistrado, los tormentos reiterados pretendían infundir temor a un sector de la población. Por otro lado, Zepeda confirmó que el ex ministro fue trasladado secretamente desde el Hospital Militar hasta el recinto de la Academia de Guerra Aérea para ser cruelmente interrogado, ya que se le consideraba “una fuente de información”. Estos apremios ilegítimos también se le aplicaron en el mismo recinto asistencial, “como lo comprueban los manuscritos descubiertos en la presente investigación, encontrados en la habitación donde Tohá murió”. Tales documentos habían sido confeccionador por el propio colaborador del Presidente Allende y por el agente que lo apremiaba y formulaba las preguntas por escrito, 


Testimonios judiciales revelan los  últimos días de  Tohá

Fuente :La Nación, 23 de Abril 2005.

Categoría : Prensa

El primer auto de procesamiento dictado en el juicio por la muerte en prisión en 1974 del ex ministro de Allende, José Tohá, estableció quienes lo interrogaron y torturaron, o al menos quienes dieron las órdenes de los tormentos, pero dejó en el aire una gran duda, la más importante del caso, pues no dio luces sobre la verdadera causa de muerte: suicidio -como afirmó la versión oficial- o asesinato, como incluso lo indican partes relevantes del propio dictamen del juez Jorge Zepeda. Aun así, en el fallo de 22 páginas surgieron detalles de los últimos días de Tohá desconocidos hasta ahora, que lanación.cl relata a sus lectores. Entre ellos, se cuentan las amenazas que el entonces doctor Patricio Silva Marín hizo a los familiares de esta alta autoridad del gobierno de Salvador Allende. (Marín según la resolución, aunque el entonces director, o subdirector del Hospital Militar sería Silva Garín, probablemente el mismo que, con esos dos apellidos, todavía es director de Gestión Clínica de ese recinto). De acuerdo al hermano del ex ministro, Isidro Tohá, el “director” del Hospital Militar Patricio Silva, le aconsejó a su cuñada Raquel Morales Etchevers, que no visitara a su esposo en el recinto. Dice Isidro Tohá en el proceso que a él, el doctor Silva le señaló que “las gestiones que han realizado ante diversas autoridades, sólo han agravado la situación de su hermano, quien ahora es tratado con mucha más dureza y aún interrogado con la ayuda de un siquiatra de apellido Sepúlveda”. De acuerdo al expediente del proceso y al documento de encausamiento dictado por Zepeda, el doctor Silva lanzó a Isidro Tohá otra advertencia aún más dura, cuando éste le demandó que “el Hospital Militar debe velar por la vida de mi hermano”. “Mire, el señor Tohá ahora debe atenerse a las consecuencias de sus actos políticos”, sostiene que le respondió Silva. Pero el entonces enfermero y cabo segundo Juan Cabello Leiva, quien se desempeñaba en el cuarto piso del recinto médico, donde se encontraba el ministro, le aconsejaba a la esposa de Tohá todo lo contrario: “tiene que visitarlo, porque para él tiene mucha importancia eso”. El enfermero conocía el delicado estado de salud del personero. Y sabía cómo lo regresaban cada noche al Hospital Militar, después de haberlo llevado casi en forma clandestina a la Academia de Guerra Aérea para aplicarle tormentos. “El señor Tohá llegaba muy mal, me contaba que lo trataban mal, que no lo torturaban físicamente, sino que sicológicamente”. “Recuerdo que el señor Tohá era admirable por la educación que tenía, yo conversaba bastante con él y trataba de consolarlo”, agrega.

Contradicciones de la versión oficial

La autopsia al cadáver realizada por el forense Alfredo Vargas Baeza por la tarde de ese mismo día 15 de marzo de 1974 (la muerte del ministro Tohá ocurrió antes de las 12 del día) siguió la línea de la versión oficial, de la Segunda Fiscalía de Ejército con su fiscal Rolando Melo Silva, y de la Junta Militar con Pinochet a la cabeza: el suicidio. Un extraño suicidio con los pies apoyados en el suelo, atado por el cuello con su cinturón a una cañería que pasaba por dentro del closet de la habitación, la que a una persona de estatura normal, como la de la ex agente Luz Arce Sandoval, le llegaba “apenas a los ojos”, como lo declaró en el proceso. De hecho, Luz Arce ocupó la misma pieza de Tohá en el Hospital Militar, la 303, unos meses después, cuando Manuel Contreras la mandó a internar para que la curaran de un balazo que le habían dado durante una sesión de tortura, “ablandándola” para que de militante socialista se transformara en una colaboradora de la DINA.

Los elementos científicos que contradicen la versión oficial, están publicados. El ex dictador Augusto Pinochet estuvo permanentemente enterado de la suerte que corría el ministro Tohá. “Pero si no pasa nada, no pasa nada”, les dijo Pinochet a Moy de Tohá e Isabel Morel de Letelier un día de septiembre de 1973, después de que el sábado 15 habían trasladado a Tohá desde la Escuela Militar a la Isla Dawson. Ambas se habían encontrado con Pinochet en un pasillo del Ministerio de Defensa. “Cómo que no pasa nada, si a mi marido lo trasladaron a Isla Dawson”, le respondió Moy, según lo declaró en el proceso. Pinochet se sorprendió de que ella supiera lo del traslado, porque se suponía que era secreto, y le dijo que volviera al otro día para “hablar”. Pero al día siguiente Pinochet se ofuscó porque ella llegó además con la esposa del ex canciller Orlando Letelier y con Irma de Almeyda, la esposa del dirigente socialista Clodomiro Almeyda. Los tres habían sido enviados a Isla Dawson. Ellas pudieron enviarle a cada uno una maleta con ropa de abrigo, 


Procesan a nueve oficiales (r) FACh por asociación ilícita genocídica

Fuente :La Nación, 19 de Diciembre 2006

Categoría : Prensa

Corte de Apelaciones de Santiago revocó la decisión adoptada por el ministro Juan Eduardo Fuentes, quien desestimó la petición de encausar a los ex uniformados. Además, el tribunal de alzada procesó a tres de ellos por un secuestro calificado. La Sexta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago acogió la petición de someter a proceso a nueve oficiales (r) de la Fuerza Aérea (FACh) bajo la figura de asociación ilícita genocídica, debido a los antecedentes que los sindican como autores de detenciones ilegales, torturas y desapariciones al interior de la Academia de Guerra Aérea, AGA, luego del golpe de Estado de 1973. Con el voto en contra de la ministra Rosa María Maggi, el ministro Carlos Cerda y la abogada integrante Andrea Muñoz estuvieron por revocar la decisión de primera instancia, adoptada por el ministro Juan Eduardo Fuentes, quien no dio lugar a estos encausamientos. De esta forma, el tribunal de alzada procesó a Ramón Pedro Cáceres Jorquera, Sergio Fernando Contreras Mejías, Juan Bautista González Figueroa, Orlando Gutiérrez Bravo, Omar Arturo Insunza Melo, Juan Luis Fernando López López, Víctor Manuel Mattig Guzmán, Roberto Francisco Serón Cárdenas y Luis Campos Poblete, en calidad de autores del delito de asociación ilícita genocídica. "Se encuentra justificado que en el año 1974, un grupo de individuos se organizó para trabajar coordinadamente en la persecución de personas que pudieren sustentar ideología marxista o activismo de izquierda extrapartidaria, con el objeto de exterminar a estos grupos sociales, atentando criminalmente en contra de sus miembros o seguidores", sostiene el fallo. Con este fin, "procedieron a la detención de los mismos sin previa orden impartida por autoridad legítima, para luego recluirlos en la Academia de Guerra de la Fuerza Aérea de Chile, ubicada en la comuna de Las Condes de esta ciudad, donde se los mantuvo incomunicados por prolongados períodos y se los sometió a tratamientos crueles y degradantes y otras variadas formas de tortura física y psicológica", añadió. Asimismo, la Sexta Sala ordenó dictar órdenes de detención en contra de todos estos uniformados, dado que la gravedad del delito imputado hacen necesaria su detención preventiva.

Secuestro calificado

Por otra parte, el tribunal de alzada encausó a Sergio Fernando Contreras Mejías, Juan Bautista González Figueroa y Víctor Manuel Mattig Guzmán, en calidad de coautores del delito de ilegítima privación de libertad de José Luis Baeza Cruces. Según se consignó en la resolución, los antecedentes del proceso son también suficientes para justificar la existencia de la ilegítima privación de libertad de la mencionada vícitma, ilícito que a la época de su perpetración se encontraba descrito y sancionado en el artículo 141 inciso tercero del Código Penal. José Luis Baeza Cruces, casado, 2 hijos, dirigente de la Central Unica de Trabajadores (CUT) y del Partido Comunista, fue detenido el 9 de julio de 1974 por efectivos de seguridad pertenecientes a la FACH, presumiblemente en la vivienda ubicada en El Mirador 1868, Santiago. Tras su captura fue trasladado a la AGA, donde se le ve hasta el 29 de agosto de ese mismo año, en muy mal estado físico producto de las torturas a que era sometido. (Fuente: memoriaviva.com),

 


Alberto Bachelet: Cómo el expediente judicial reconstruye la muerte del general Fach

Fuente :La Segunda, 8 de Junio 2013

Categoría : Prensa

Cómo fue arrestado; los vejámenes a manos de quienes fueran sus subordinados; las contradicciones del caso por su tortura y muerte y los pasos que daría el ministro en visita de la causa, Mario Carroza. Los testimonios relacionados con el general (r) Fernando Matthei: La próxima semana el magistrado podría reabrir la causa para eventuales careos.Aunque podría ser reabierto la próxima semana para carear al ex comandante en jefe de la Fach, Fernando Matthei, con testigos de la causa, el caso por las torturas con resultado de muerte del general Fach Alberto Bachelet -padre de la candidata de la Concertación- fue cerrado hace dos semanas por el ministro en visita Mario Carroza. «La Segunda Sábado» accedió al contenido total del expediente, el que revela a lo largo de sus más de 2.000 páginas la vida de quien estuviese a cargo del abastecimiento de bienes básicos durante el gobierno de Salvador Allende, a través de la Secretaría General de Distribución. Una responsabilidad que hizo que algunos oficiales -ya antes del 11 de septiembre de 1973- pidieran a sus subalternos no rendirle honores por "upeliento". En ese clima, subalternos le habrían enterrado objetos en las uñas; vendado; pateado; le hicieron pasar sed y hambre. Parte de las narraciones corresponden a testimonios que él dejó por escrito y verbalmente con sus compañeros de infortunio. Hoy la causa tiene sólo a dos procesados por "torturas con resultado de muerte": los entonces comandantes Edgar Ceballos Jones y Ramón Cáceres Jorquera, aunque la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos va por más (ver nota relacionada sobre Matthei). A patadas por las escaleras Si en algo coinciden víctimas y posibles victimarios, es que Alberto Bachelet era empático; deportista; de carácter fuerte y débil de salud, pues corría con un par de ataques cardiacos a cuestas. Enfermo, continuaba sus labores, que, por encargo de Allende, más tenían que ver con apoyo a la administración de la UP, que con el desarrollo de la Fach. A cargo de la sensible área de abastecimiento, tenía contactos con líderes de la izquierda, sin que nadie señale que fuese parte de un Plan Z o algo semejante, que luego fue "investigado" por la Fiscalía Militar Aérea. Sí, como muchos en la época, vendió dólares en el mercado negro, para una operación menor.El 11 se presentó a su puesto en Defensa, a pesar de no estar en la conjura. Ahí fue arrestado por su compañero de curso y que a la postre lo enjuiciaría, el general Orlando Gutiérrez, secundado por el procesado Ceballos. Aunque  este último niega cualquier trato humillante, una de las ex secretarias de Bachelet, Myriam Heilig Pérez, relató que el chofer del general le confidenció que "fue bajado a patadas por las escaleras del ministerio hasta el subterráneo". Su esposa, Angela Jeria, recuerda que llegó a casa habiendo renunciado "por la forma en que fue vejado".

Detenido y con 7 kilos menos

El 14 de septiembre lo arrestaron de nuevo y fue llevado al Regimiento Antiaéreo de Colina, del cual el comandante de grupo (r) de la Fach, también detenido, Ernesto Galaz, dijo que daba "un trato muy deferente". Pero luego, junto a Bachelet fue trasladado el 20 de septiembre a la Academia de Guerra Aérea (AGA), donde "se nos dio el trato que era de un torturador. Bachelet sufrió el mismo trato: antes de entrar (a declarar a la Fiscalía de Aviación en el AGA por el proceso de "traición a la patria") hubo una sesión de ablandamiento , que consistió en golpes, ponernos con las manos apoyadas en la pared y semiflectados con bayonetas bajo el cuerpo". Con la capucha le perdió el rastro al general, pero relata que "durante el interrogatorio ante el fiscal fuimos nuevamente torturados. Nos enterraban un objeto en las uñas y nos levantaron con cordeles por los testículos".A través de un escrito que dejó a su abogado Alfredo Etcheberry , el padre de la candidata recordó: "Cuando alguien pedía agua, se le decía que no había y se echaba a correr un grifo… cuando el dolor de espalda era  insoportable, las manos eran amarradas adelante, pero por arriba, en un poste metálico". Su esposa, Angela Jeria, lo vio regresar a mediados de octubre con 7 kilos menos. Así inició un periodo de arresto domiciliario, pero todo cambió por motivos poco claros: su mujer dice que pidió permiso para asistir a un matrimonio a Talca, donde la conversación con terratenientes se tornó desagradable cuando se refirió a las torturas que padeció. Cree que lo habrían acusado. Según el procesado coronel (r) Ramón Cáceres Jorquera, el mismo general que le dio el "beneficio" del arresto domiciliario se lo encontró frente a frente en un supermercado del "barrio alto" y revocó la medida el 18 de diciembre de 1973, fecha a partir de la cual Bachelet permaneció en la Cárcel Pública. Los crueles "repasos" ,Fue acomodado en la galería 2, destinada a unos 60 "prisioneros políticos" de la Fach y en la celda número 12, la que compartía con otros oficiales. De ahí, era sacado de tanto en tanto con destino a la AGA para ser "repasado ". "Iban a buscar regularmente a detenidos (y cuando les avisaban que pasarían por ellos) se ponían muy nerviosos y asustados . Siempre llegaban con hambre… Manifestaban que los golpeaban", recuerda el ex gendarme Daniel Soto Sepúlveda . ¿Qué tan malo era ir a la AGA? El coronel (r) Pedro Guerrero Rojas dice que allí fue electrocutado, colgado y golpeado: "Lo más fuerte que viví fue cuando me introdujeron dos palos con filo en ambos canales auditivos , reventándome el tímpano derecho, mientras que (en el lado) izquierdo los huesos interiores debieron ser reconstruidos en Alemania".Gran parte de los torturados vieron por accidente o escucharon a Ceballos y Cáceres , aunque los aludidos niegan los malos tratos y hasta señalan que se les daba la misma comida que a los oficiales que trabajaban en el lugar . Otros presentes en la fiscalía, como el hoy coronel (r)  Sergio Lizasoaín, sostienen que " ellos tenían derecho a tener un abogado presente "; el encargado de seguridad, Víctor Mattig, habla de que hasta " algunos se repetían el plato " y en otro proceso por torturas, el ex fiscal ya fallecido, Orlando Gutiérrez , indicó que los únicos apremios fueron desnudar a los detenidos y aplicarle unas gotas de éter , que al evaporarse rápido producían la "sensación" de estar siendo quemados, pero que " en realidad es sólo una sensación ". El ex fiscal reconoció que los detenidos eran interrogados previamente por oficiales "sin mi presencia" y que se los llevaban con los escritos ya hechos. Se limitaban a ratificar "confesiones de que tenían planeado un movimiento para reafirmar el gobierno de Allende y que tenían planificado matar personas". Bachelet desesperado, Unos dicen que Bachelet no fue tan torturado y que tenía una pieza aparte en el 2º piso del AGA. Pero lo cierto es que el doctor Alvaro Yáñez recuerda que estando en la Cárcel, el día antes de morir, fue notificado de que lo llevarían a un repaso, "noticia que le impactó de tal manera, que le provocó un estado de ansiedad y desesperación". Para trasladarlo a la Academia lo fue a buscar el hoy comandante de escuadrilla (r) Sergio Fernando Contreras Mejías , quien dice que "el día antes de su muerte" concurrió antes del mediodía y que el interrogatorio duró sólo 20 minutos, sin tormentos". Curiosamente, esa diligencia no quedó en el libro de Gendarmería y los demás presos relatan que en realidad volvió a medianoche. Las versiones de su muerte ,A su regreso, el suboficial Gustavo Lastra Saavedra dice que desde la celda 14 le gritaron a la 12, preguntándole cómo le había ido "y nos respondió que venía mal, pero utilizando una frase más popular". Su compañero de celda, capitán Jorge Silva Ortiz, asegura que "antes de proceder al descanso, estando acostado uno junto al otro, me narra que las personas que habían sido interrogadores ese día y que le propinaron las agresiones fueron Ceballos y Cáceres". Pero lo que más le habría dolido es que encapuchado se lo mantuvo horas de pie, mientras una mujer gritaba al ser torturada: le preguntaban por él. "Me comentó que le afectó mucho, que se sentía muy mal y que su pulso estaba un tanto alterado", dice Yáñez. Poco después, el capitán (r) Carlos Carbacho Astorga indica que "estaba al lado de él, instante en que lavaba algunos vasos y platos y me señala que se sentía muy mal, cayendo desmayado". Existe también una versión minoritaria respecto de que jugaba básquetbol cuando se produjo el ataque. Incluso el doctor Fach, Wladimir Rosales Barrueta, se aventuró a decir que "tengo la sensación que el general quería morir", por la forma en que practicaba deporte. Fue atendido por sus compañeros, hubo quejas por la lentitud de Gendarmería, pero tampoco estaban los medios. En la galería 2 de la cárcel, el 12 de octubre de 1974, el padre de la ex Presidenta moría. El día antes de morir fue obligado a escuchar las torturas de su ex secretaria Tres secretarias tenía el general Alberto Bachelet hasta el 11 de septiembre de 1973 y los lamentos de una de ellas le habrían roto el corazón y precipitado su muerte. Tras ser sacado el 11 de marzo de 1974 de la cárcel y llevado a la Academia de Guerra Aérea (AGA), volvió abatido, en gran parte, porque mientras estaba encapuchado sentía los sollozos y los gritos de desesperación de una mujer a la que torturaban a metros de él , preguntándole por detalles de su vida laboral y de sus nexos políticos. Todas las consultas a ella estaban relacionadas con Bachelet, quien inmovilizado y encapuchado nada podía hacer. Fue tal el estrés emocional y el maltrato físico, que al día siguiente murió de un ataque al corazón. Al menos así lo indican los peritajes realizados por el Servicio Médico Legal. La solicitud que la hundió ,En sus indagaciones, el ministro Mario Carroza habría dado con la identidad de la misteriosa víctima: Georgina del Carmen Manquián Grandón , la secretaria encargada de las tareas más complejas que el alto uniformado tenía en la Dirección de Contabilidad, durante el gobierno del Presidente Salvador Allende. La ex funcionaria comenzó a laborar junto a Bachelet el 1 de abril de 1972 y continuó con sus labores después de la detención del militar. "Trabajé en forma normal hasta principios de enero de 1974, momento en que fui detenida en las mismas dependencias de mi trabajo por un capitán que no conocía, diciéndome que tenía que ir a declarar a la AGA". Aunque sus otros subalternos también fueron a declarar en la Academia, el trato con ella fue especialmente duro. Quizás ello fue así porque el propio general habría pedido que durante su reclusión pudiese ser visitado por quien consideraba como su amiga , al menos según uno de los presuntos vejadores del oficial, el coronel (r) Ramón Cáceres Jorquera . Cuando él estuvo en la cárcel y en el hospital, " solicitó como favor especial a los fiscales una autorización escrita a nombre de su amiga Carmen Manquián para que lo visitara ", declaró Cáceres. "Tengo secuelas sicológicas y físicas, que me impiden caminar en forma normal" Pero la mujer no pudo verlo más: "Estuve en ese lugar (AGA) durante tres días, donde se me preguntaban por las actividades del Sr. Bachelet. Me dejaron en libertad, pero después de unos dos o tres días me detuvieron nuevamente". A su casa llegó una patrulla de noche y comenzó lo peor . "Fui encapuchada y esposada inmediatamente. Estuve detenida más de un mes, tiempo en el cual fui brutalmente torturada física y sicológicamente. Me colocaban corriente eléctrica en los genitales y en los pechos, me amarraban con un palo en la espalda, por lo cual hasta el día de hoy tengo secuelas sicológicas y físicas, que me impiden caminar en forma normal ", confidenció al ministro. Los maltratos además coincidían con el anochecer. "Las preguntas eran todas dirigidas sobre las actividades que realizaba el general Bachelet, incluso mientras me torturaban me decían que el general estaba afuera de la puerta escuchando todo y se reía de lo que decía ". El alto oficial no reía y no estaba tampoco presente, al menos hasta la última vez que pisó el AGA en la víspera de su muerte. Cuando hace poco Carmen se enteró de que su ex jefe se había desesperado al escuchar los gemidos "de una mujer" pensó inmediatamente que era ella. "Estoy casi segura de que esa mujer era yo" , sentenció la ex funcionaria, a quien hoy se la puede ver caminando con dificultad cerca de su residencia en los alrededores del Estadio Español, en Las Condes. La misma a la que forzaron firmar un papel, señalando que jamás fue torturada . ¿Simulando demencia?, La defensa de uno de los principales sospechosos por las torturas con resultado de muerte en contra del general Bachelet, Edgar Ceballos Jones, presentó exámenes de profesionales del SML con los que se pretende señalar que el oficial en retiro padece de demencia vascular, lo que le imposibilita enfrentar a la justicia. Sin embargo, peritajes conducidos por otros especialistas del mismo Médico Legal, solicitados por el juez, concluyen que "no presenta sicosis ni demencia, posee una inteligencia normal y simula patología cognitiva". Otro similar agrega que " el examinado está simulando un cuadro de deterioro orgánico",


Corte de Apelaciones de Santiago condena a cuatro efectivos (r) de la FACH por homicidio de ingeniero

Fuente :pjud.cl, 3 de Enero 2022

Categoría : Prensa

En fallo unánime, la Tercera Sala del tribunal de alzada condena a cuatro efectivos en retiro de la Fuerza Aérea de Chile (FACH) por su responsabilidad en el delito de homicidio calificado del ingeniero y dirigente del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) José Francisco Bordas Paz. Ilícito perpetrado en diciembre de 1974, en la comuna de Las Condes.

La Corte de Apelaciones de Santiago mantuvo la condena que deberá cumplir oficial en retiro de la Fuerza Aérea de Chile (FACH) y la rebajó respecto a otros tres efectivos, por su responsabilidad en el delito de homicidio calificado del ingeniero y dirigente del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) José Francisco Bordas Paz. Ilícito perpetrado en diciembre de 1974, en la comuna de Las Condes.

En fallo unánime (causa rol 1.257-2021), la Tercera Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Verónica Sabaj, Lidia Poza y el ministro Rodrigo Carvajal– confirmó la resolución que condenó a Luis Enrique Campos Poblete a la pena de 17 años de presidio, en calidad de autor del delito.

En cambio, respecto de Sergio Fernando Contreras Mejías y Juan Luis López López la rebajó, fijándola en 15 años y un día de presidio; en tanto, Braulio Javier Wilckens Recart deberá cumplir 10 años y un día de presidio, como autores del homicidio calificado. Rebaja de penas que aplicó la Corte de Santiago, al acoger la minorante de irreprochable conducta anterior de los sentenciados y su grado de participación en los hechos.

“Estando facultado el sentenciador para recorrer toda la extensión de la pena referida, se comparte la imposición del presidio mayor en su grado medio solo respecto de Campos Poblete, atendida su contribución cualitativamente superior en el marco de la coautoría del artículo 15 N° 3 del citado Código, desde que esta fue concurrir a trazar el plan, recabar los medios para implementarlo, coordinar la disponibilidad y concurrencia de los aportes, valiéndose del ascendiente en que lo situaba la jerarquía de que gozaba, llegando a dar inicio a las labores de detención de Castedo Mira, de alerta y enlace para la ejecución del ataque a José Bordas Paz, mediante comunicados radiales”, sostiene el fallo.

La resolución agrega que: “En relación con Contreras Mejías y López López, se disiente de la determinación exacta de la pena a que arribó el sentenciador de primer grado, equiparándolos a Campos Poblete, en circunstancias que les correspondió una contribución a través de actos preparatorios y ejecutivos, en el marco de una división de labores, de orden estrictamente material, sin que su categoría de oficiales o experiencia previa incida en el desvalor del acto por el que ahora son juzgados en términos tales de equipararlos, sin más, al reproche vertido respecto de Campos Poblete”.

“Luego –prosigue–, según lo razonado por esta Corte, la pena aplicada a Contreras Mejías y López López será la de presidio mayor en su grado medio. Tratándose de Wilckens Recart, concurriendo a su respecto el último criterio referido, además de aquel expresado por la sentencia en alzada para la determinación de la sanción privativa de libertad aplicable, atinente a su calidad de soldado segundo conscripto a la poca de los hechos, le será impuesta la pena de presidio mayor en su grado mínimo, en el mínimo”.

“Que en lo concerniente a la invocación de las defensas en cuanto a la configuración de la circunstancia atenuante de la irreprochable conducta anterior prevista en el artículo 11 N° 6 del Código Penal, el fallo en alzada sustenta su improcedencia respecto de todos los sentenciados. En lo pertinente a López López y Wilckens Recart, por la insuficiencia de la mera falta de anotaciones penales anteriores a los hechos investigados en la presente causa para establecer una conducta notable, impecable, intachable, e íntegra, sin que este déficit sea superado por antecedentes meritorios suficientes en ámbitos profesionales, sociales, laborales o familiares. En relación con Contreras Mejías y Campos Poblete, la desestimación de la minorante en referencia se funda, además de la falta de elementos sobre comportamiento meritorio previo, en haber sido condenados por hechos perpetrados con anterioridad a los de la presente causa, en el proceso rol 12.806 del año 2002, establecidos por sentencia de 29 de agosto de 2014, firme y ejecutoriada”, añade.

“Sin embargo –según la Corte de Santiago–, en torno a las exigencias de la atenuante en cuestión, se ha sustentado que: ‘La Ley exige una conducta anterior irreprochable, esto es, exenta de tacha. El requisito es puramente negativo y, por lo tanto, no es preciso acreditar que el sujeto ha llevado una vida ‘virtuosa’, pues esto último implica una actividad positiva en el sentido del bien. Basta con establecer que el autor se abstuvo siempre de obrar mal (…). La jurisprudencia entiende, por lo general, que no existe conducta anterior irreprochable si el autor ha sido condenado antes por un delito cualquiera (…). Como la ley no establece un límite temporal, se exige que toda la vida anterior del delincuente haya sido intachable’ (Cury Urzúa, Enrique. Derecho Penal, Parte General, Octava edición ampliada, 2005, páginas 489 a 491)”.

Para la Tercera Sala: “Conforme este predicamento doctrinario, la circunstancia atenuante de responsabilidad criminal contemplada en el N° 6 del artículo 11 del Código Penal, se estima acreditada suficientemente respecto de todos los condenados con el mérito de sus respectivos extractos de filiación y antecedentes agregados al proceso, que no registran condenas por crimen, simple delito o falta por fallo firme, anteriores al hecho que motiva la presente sentencia. La disposición citada solo exige una conducta anterior irreprochable, es decir, exenta de reproche, de tal suerte que el requisito es puramente negativo, en términos que para gozar de la atenuación no es necesario que se demuestre que el sentenciado respectivo ha llevado una vida ejemplar o particularmente virtuosa, pues esto último implica una actividad positiva”.

“La jurisprudencia uniformemente ha reconocido la minorante en referencia a quien carece de condenas por sentencia ejecutoriada por hechos ocurridos con anterioridad al actual juzgamiento y dictadas también con anterioridad al inicio de este, presupuesto que se satisface respecto de todos a cuyo favor fue alegada, por lo que será considerada a su favor”, concluye.

Por tanto, se resuelve que:
"I.- Que se rechazan los recursos de casación en la forma deducidos por las defensas de Braulio Wilckens Recart y Sergio Contreras Mejías en las presentaciones de fojas 2.814 y 2.859.
II.- Que se confirma la sentencia de doce de febrero de dos mil veintiuno, que rola a fojas dos mil seiscientos cinco y siguientes, escrita de fojas 2.605 a fojas 2.711, con las siguientes declaraciones:
A.- Que se rebaja la pena privativa de libertad que se impone a cada uno de los condenados Sergio Fernando Contreras Mejías y Juan Luis Fernando López López, a la de quince años y un día de presidio mayor en su grado máximo.
B.- Que se rebaja la pena privativa de libertad que se impone al condenado Braulio Javier Wilckens Recart, a la de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio”.

En el aspecto civil, se confirmó el fallo que acogió la demanda de indemnización de perjuicios y que condenó al Estado de Chile a pagar la suma total de $450.000.000 (cuatrocientos cincuenta millones de pesos) por concepto de daño moral, a familiares de la víctima.

SIFA
En primera instancia, el ministro en visita extraordinaria Miguel Vázquez Plaza dio por acreditado los siguientes hechos: 
“a) Que, un grupo de agentes del Servicio de Inteligencia de la Fuerza Aérea, SIFA, que se desempeñaban en la Fiscalía de Aviación que operaba en la Academia de Guerra Aérea, tomaron conocimiento por un informante que había pertenecido al Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) que José Bordas Paz, apodado ‘Coño Molina’, dirigente de dicho movimiento, concurriría a un punto para reunirse con otro militante, lo que estaba previamente acordado con los agentes antes referidos;
b) Que, el día 5 de diciembre de 1974, los agentes de la Fuerza Aérea, bajo las indicaciones del mencionado informante, formando dos equipos y movilizándose en dos vehículos, interceptaron el automóvil en que se movilizaba José Bordas Paz, rodeándolo, para luego a disparar, sin mediar provocación alguna y con gran poder de fuego, producto de lo cual resultó herido por diversos impactos de bala, siendo trasladado por los agentes al Hospital de la Fuerza Aérea, donde recibió atención médica, falleciendo luego el día 7 de diciembre de 1974 a las 03:00 horas;
c) Que, de acuerdo a la conclusión de la autopsia, la muerte de Bordas Paz se produjo como consecuencia de las heridas de bala abdominales”.


Corte Suprema confirma condenas de ex agentes de inteligencia de la FACH por crimen de dirigente mirista en 1974

Fuente :resumen.cl, 16 de Noviembre 2024

Categoría : Prensa

La Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó a cuatro ex agentes del Servicio de Inteligencia de la Fuerza Aérea (SIFA) por su responsabilidad en el delito consumado de homicidio calificado del dirigente del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), el ingeniero civil José Francisco Bordás Paz, quien fue baleado en un operativo realizado en la comuna de Las Condes, falleciendo el día 7 de diciembre de 1974 en el hospital de la FACH donde había sido internado.

En fallo unánime (causa rol 10.234-2022), la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por el ministro Leopoldo Llanos, la ministra María Teresa Letelier, el ministro Roberto Contreras y las abogadas (i) Leonor Etcheberry y Pía Tavolari- rechazó los recursos de casación en la forma y en el fondo impetrados en contra del fallo dictado por la Corte de Apelaciones de Santiago en diciembre de 2021, y confirmó la sentencia que condenó a los ex oficiales de la FACH Luis Enrique Campos Poblete a la pena de 17 años de presidio; a Sergio Fernando Contreras Mejías y Juan Luis Fernando López López a sendas penas de 15 años y un día de presidio, y al ex miembro de la tropa Braulio Javier Wilckens Recart a 10 años y un día de reclusión, en calidad de autores del delito en carácter de lesa humanidad.

Traición y emboscada

José Bordás Paz, de 31 años de edad, egresado de la Universidad de Concepción, era miembro de la dirección del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) en la clandestinidad. El 5 de octubre de 1974 Bordas Paz, conocido en el MIR como "Coño Molina", se encontraba junto al jefe y dirigente máximo de la organización revolucionaria Miguel Enríquez, en la casa de la calle Santa Fe 725, en la comuna de San Miguel, lugar de vivienda de éste último, y logró romper el cerco que la DINA tendió sobre la vivienda y donde resultó muerto Miguel Enríquez. Desde esa fecha los aparatos represivos de la dictadura iniciaron una demencial cacería para capturar y dar muerte al "Coño Molina". En esa caza, el SIFA contó con la colaboración de un individuo que tendió la trampa para atraer a Bordás al lugar del crimen.

En efecto, en la caída y muerte de Bordás Paz tuvo un rol decisivo el ex militante mirista, Leonardo Alberto Schneider Jordán (ya fallecido), quien luego del golpe militar devino en traidor e infiltrado por el SIFA en la orgánica clandestina del MIR. La Academia de Guerra de la Fuerza Aérea (AGA) era el centro de operaciones del SIFA y recinto de detención de prisioneros políticos capturados por ese organismo represivo. "El Barba", como era llamado en el mirismo, se hizo conocido entre los prisioneros en las mazmorras del AGA, como el "Teniente Juan Pablo Velasco", a veces vestía uniforme y se caracterizó por su ensañamiento contra los ex compañeros de ruta. En su papel de infiltrado, logró hacerse de vínculos y de una historia que le permitió acercarse a las redes de Bordás Paz.

Así las cosas, "El Barba" le tendió el señuelo que el día 5 de diciembre de 1974 condujo al dirigente Bordás Paz hacia la Rotonda Kennedy, en la comuna de Las Condes, un lugar de contacto donde supuestamente debería encontrarse con él. Allí fue donde los agentes del SIFA bajo las indicaciones del mencionado informante, emboscaron y acribillaron al "Coño Molina". Conformando dos equipos operativos y movilizándose en dos vehículos, interceptaron el automóvil en que se movilizaba José Bordás Paz, rodeándolo, para luego disparar, sin mediar provocación alguna y con gran poder de fuego. El "Coño Molina" resultó gravemente herido por diversos impactos de bala, siendo trasladado por los agentes represores al Hospital de la Fuerza Aérea, falleciendo luego el día 07 de diciembre de 1974 a las 03:00 horas.

En la sentencia, la Sala Penal descartó infracción formal al dictar condena en contra de los ex agentes SIFA por el homicidio de Bordás Paz y por la aplicación de tormentos a una segunda víctima.

"Que, en el análisis de estos hechos y de los que son materia del actual juicio, si bien en ellos se observa una vinculación contextual, y cierta conexión que podría ser propia de un plan delictivo encaminado a un objetivo en la operación, cual es la muerte de José Bordas Paz; lo cierto es que dichos sucesos responden a la ejecución de dos ilícitos -el de aplicación de tormentos, previsto y sancionado en el artículo 150 N°1 y 2 del Código Penal, en la persona de Beatriz Aurora Castedo Mira y el de homicidio calificado de José Bordas Paz, previsto en el artículo 391 N° 1 del Código Penal», sostiene el fallo.

Y agrega que: "La detención que sufrió Beatriz Castedo Mira el 5 de diciembre de 1974 en la intersección de las avenidas Vitacura y Alonso de Córdoba, los excesos en esa detención y los graves padecimientos físicos y psicológicos inferidos a Castedo Mira en lo sucesivo, principalmente en dependencias de la Academia de Guerra de la Fuerza Aérea, por efectivos adscritos funcionalmente al Servicio de Inteligencia de la Fuerza Aérea".

por Darío Núñez