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Buch López Manuel Alejandro – Memoria Viva

Buch López Manuel Alejandro

Rut: 4251623-6

Cargos:

Grado : Cabo 1°

Rama : Armada

Organismos : Servicio de Inteligencia Naval (SIN)

Servicio de Inteligencia Ancla 2
Base Aeronaval de El Belloto


Procesan a cinco oficiales (R) de la Armada por caso emblemático de la Quinta Región

Fuente :La Tercera 12 de Junio 2003

Categoría : Prensa

Tras un año de investigación, la ministra de fuero Gabriela Corti sometió ayer a proceso a cinco oficiales en retiro de la Armada y un civil como presuntos autores de secuestro calificado del ingeniero Jaime Aldoney (PS), detenido desaparecido desde el 12 de septiembre de 1973. El caso es emblemático para las agrupaciones de derechos humanos de la Quinta Región, ya que es uno de los pocos crímenes en que están vinculados efectivos de la Marina en su ejecución. También impacta a la Armada pues, a diferencia del Ejército y de la Fach, ésta sólo contaba con un par de oficiales (R) procesados por violaciones a los DD.HH, relacionados a acciones del Comando Conjunto.

Los encausados ayer son el contraalmirante (R) Ernesto Huber Von Appen, los tenientes (R), Sergio Iván Mendoza Rojas, Patricio Maximiliano Villalobos Lobos, Pedro Pablo Arancibia Solar y Jaime Ondargarín Romero, y el ex cabo Manuel Buch López, actual funcionario de la Municipalidad de Quilpué. Los ex uniformados fueron trasladados ayer bajo custodia de funcionarios de la Armada y en un vehículo de esa institución al juzgado del Crimen de Limache en donde fueron notificados por la magistrada de la encargatoria de reo.

Al lugar también acudieron los diputados y abogados querellantes, Laura Soto (PPD) y Juan Bustos (PS) y el hermano de la víctima Gabriel Aldoney, director de la Empresa Portuaria de Valparaíso, quienes criticaron a la Armada por entregar "apoyo institucional" a los inculpados y la emplazaron a colaborar en el caso. "Pedimos que sea la Armada la que en un real gesto hacia el país, reconozca la verdad y finalmente le diga a la familia dónde están los restos de Jaime Aldoney", afirmó Laura Soto.

En la rama castrense ayer no se quiso hacer comentarios sobre el tema. No obstante, el comandante en jefe, Miguel Angel Vergara -quien se encuentra en Corea- señaló en septiembre pasado respecto al eventual procesamiento de los oficiales que "si se llegó al convencimiento que tienen que ser condenados, lo lamentamos, pero la justicia tiene que cumplirse".

Respaldo de senador Arancibia

El ex comandante en jefe de la Armada, senador UDI, Jorge Arancibia, manifestó ayer que los oficiales (R) "en tanto no sean encontrados culpables van a contar con mi simpatía, mi respaldo y mi apoyo si es necesario". El parlamentario señaló que el contraalmirante Huber "es amigo mío, siento un doble sentimiento de ver una persona de esa alcurnia en esa situación, confío que la justicia logre despejar las dudas". Arancibia agregó que cuando estuvo en la Armada, hizo todo lo posible por encontrar más información sobre Aldoney, pero sin éxito.

Jaime Aldoney era estudiante de periodismo e interventor de la CCU cuando fue detenido por Carabineros en 1973. Según los testimonios de la época desde la comisaría de Limache fue llevado por efectivos de la Armada a la base aeronaval de El Belloto -de la que estaba al mando Huber- allí fue torturado y se perdió su rastro. Testigos aseguran haber visto su cadáver el 26 de septiembre en la morgue del Hospital Deforme de Valparaíso. En busca de sus restos, la jueza Corti hizo el año pasado infructuosas excavaciones en Colliguay


Procesarían a cinco ex-oficiales de la Armada

Fuente :Piensachile.com, 22 de Noviembre 2002

Categoría : Prensa

En cuestión de días, o tal vez sólo de horas, la ministra de fuero Gabriela Corti decretaría el procesamiento de cuatro ex oficiales de la Armada como responsables del “secuestro calificado” del ex interventor de la CCU, regidor de Limache, constructor civil y periodista Jaime Aldoney Vargas, hermano del ex intendente de Valparaíso, Gabriel Aldoney.

Los autos de procesamiento fueron solicitados el pasado 25 de octubre por el abogado y parlamentario Juan Bustos, uno de los querellantes en este caso, y se fundamentan en gran cantidad de antecedentes que configuran la plena convicción de responsabilidad en el secuestro, de los hoy oficiales en retiro de la Armada Ernesto Huber von Hapen, Patricio Villalobos Lobos, Manuel Buch López y Pedro Pablo Aracibia.

En su solicitud, el abogado Bustos pide someter a proceso a los cinco oficiales en retiro por infracción al Artículo 274 del Código Penal; es decir, por secuestro calificado en la persona de Jaime Aldoney, hecho registrado el 12 de septiembre de 1973 en Limache y El Belloto, comuna de Quilpue.

Aldoney fue detenido por Carabineros de Limache en la Planta CCU el 12 de septiembre de 1973, al día siguiente del golpe militar. Fue torturado en la Comisaría local y luego enviado a la Base Aeronaval de El Belloto, donde también fue sometido a tormentos por efectivos de la Armada que están plenamente identificados.

En el recinto naval fue visto por numerosos testigos detenidos y efectivos de la Armada que han dado testimonio de haberlo apreciado severamente lesionado, en estado prácticamente agónico.

Testigos y fuentes cercanas al proceso han sostenido a este sitio de noticias que el 14 de septiembre de 1973, Aldoney se hallaba no sólo grave por efecto de las torturas, sino además aquejado de una neumonitis, producto de su larga permanencia a la intemperie sin abrigo.

En tales circunstancias y con un informe médico como desahuciado, fue subido a una avioneta (hay quienes afirman que se trató de un helicóptero) mientras aún permanecía con vida.

Habría dejado de existir en el trayecto desde Quilpue hasta la costa, frente a Con-cón, donde habría sido arrojado al mar.


Otorgan libertad a cuatro procesados por caso Aldoney

Fuente :El Mostrador 25 de Agosto 2003

Categoría : Prensa

La Primera Sala de la Corte de Apelaciones, en fallo unánime, otorgó la libertad provisional a cuatro de los seis procesados por la desaparición del ex interventor de la CCU en la Quinta Región, Jaime Aldoney Vargas.

Los beneficiados con la resolución judicial son el contralmirante (R) Ernesto Huber Von Appen; los capitanes de navío (R) Sergio Mendoza y Patricio Villalobos; y el suboficial (R) Manuel Buch López.

En tanto, continúan detenidos el civil Jaime Undargarín y el capitán de navío (R) Pedro Pablo Arancibia Soler.

Jaime Aldoney, militante socialista, constructor civil, fue detenido el 12 de septiembre de 1973 en Limache y trasladado a la base aeronaval de El Belloto por personal de la Armada. Allí fue sometido a torturas y se perdió su rastro.

La Nacion

Jueves 5 de Mayo 2011

Suprema condena a 6 miembros de la Armada por caso Aldoney

La Corte Suprema dictó sentencia definitiva en la investigación por el secuestro calificado de Jaime Aldoney Vargas, periodista y ex regidor de Limache, y ejecutado a partir del 12 de septiembre de 1973 desde la base aeronaval de El Belloto.

En fallo dividido los ministros de la Segunda Sala Nibaldo Segura, Jaime Rodríguez, Rubén Ballesteros, Hugo Dolmestch y Carlos Künsemüller determinaron las penas, acogiendo la investigación que realizó el ministro de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Julio Miranda Lillo.
La condena se dictó con el voto en contra de los ministros Segura y Ballesteros, quienes fueron partidarios de acoger la causal de prescripción de la acción penal.

El fallo absolvió a dos de los ocho acusados en la causa por falta de participación en los hechos: el contraalmirante en retiro Ernesto Huber Von Appen y al oficial en retiro Manuel Buch López.

Cinco de los otros acusados fueron condenados a 5 años de presidio con el beneficio de la libertad vigilada. Ellos son los capitanes de navío Patricio Villalobos Lobos, Pedro Arancibia Solar, Jaime Urdangarín Romero, y Germán Valdivia Keller.
Como encubridor se condenó al capitán Guillermo Vidal Hurtado a la misma sentencia, mientras que al capitán en retiro Sergio Mendoza Rojas se le aplicaron sólo 4 años y también con libertad vigilada.

En el aspecto civil se determinó que los condenados Valdivia Keller, Arancibia Solar, Urdangarín Romero y Mendoza Rojas deben cancelar una indemnización solidaria de $ 30.000.000 a Gabriel e Iván Aldoney Vargas, hermanos de la víctima.
Asimismo se desestimó la demanda en contra del Fisco de Chile acogiendo la causal de incompetencia absoluta del tribunal.
En el aspecto civil, la determinación de acoger la excepción a favor del Fisco de Chile se adoptó con el voto en contra de los ministros Dolmestch y Künsemüller.

The Clinic

28 Noviembre 2012

PAÍS CARIBEÑO SE HIZO PARTE EN JUICIO DE DDHH

Cinco marinos procesados por homicidio de estudiante dominicano en dictadura

El ministro de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Julio Miranda, sometió a proceso a cinco funcionarios de la Marina por el homicidio calificado del ciudadano dominicano Juan Andrés Blanco Castillo, hijo del político y académico Ramón Blanco.

La decisión del magistrado afecta al capitán de navío Patricio Villalobos Lobos, el suboficial mayor Osvaldo Rey Vergara, al sargento primero Víctor Rey Ringele, al cabo primero Manuel Busch López y al empleado civil Wilfredo Zepeda Iturriaga, todos pertenecientes a la unidad de inteligencia naval, conocida como “Ancla 2″.

Todos fueron encausados en calidad de autores de la muerte ocurrida en octubre de 1973, previas torturas en el barco de la Marina, el Lebu. El cuerpo de este estudiante de Economía de la Universidad de Chile fue encontrado en las cercanías de Colliguay casi un año después por un lugareño.

De acuerdo a la indagatoria realizada por el magistrado del tribunal de alzada porteño, los efectivos navales también llevaron a Blanco a un cuartel de la Policía de Investigaciones, donde nuevamente lo sometieron a torturas.

En el Informe Rettig, Blanco aparece como un desaparecido “sin convicción”, lo que revela que no hubo motivo aparente para que los efectivos navales acabaran con su vida.

De acuerdo a los antecedentes recabados por este diario los cinco ex marinos quedaron en prisión preventiva, luego que fueran notificados por el ministro Miranda.

La investigación llevada a cabo por este juez se enmarca también dentro de los crímenes y torturas cometidos en el Buque Escuela Esmeralda, entre las que destacan las cometidas contra el sacerdote inglés Miguel Woordward, por el cual también fueron encausados 14 efectivos de la Marina en 2010.

Las investigaciones por violaciones de derechos humanos cometidas por la Armada en los meses posteriores al golpe militar de 1973 tardaron más en iniciarse, a diferencia de otras contra la DINA, la SIFA y la CNI.

Hasta el cierre de esta edición, Miranda también habría notificado a dos ex detectives, pero la información no pudo ser confirmada oficialmente por este diario.

MyValparaiso.cl

28 de Noviembre 2012

Dictan procesamientos por causas de DDHH en contra de ex funcionarios de la Armada

El ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Julio Miranda Lillo, sometió a proceso ex funcionarios de la Armada de Chile, como autores del delito de secuestro con grave daño, en dos casos por violaciones a los derechos humanos que se encuentra tramitando.

Uno de los casos, en torno al ciudadano de República Dominicana Juan Andrés Blanco Castillo, el magistrado sometió a proceso a: Patricio Maximiliano Horacio Valentín Villalobos Lobos, Manuel Alejandro Buch López, Wilfredo Hernán Zepeda Iturriaga, Osvaldo Francisco Rey Vergara y Víctor Orlando Rey Ringele.

De acuerdo a los antecedentes que existen en la causa “durante el mes de septiembre del año 1973, Juan Andrés Blanco Castillo, ciudadano de la República Dominicana, nacido el 15 de marzo de 1948, estudiante de economía, fue detenido por una patrulla de efectivos de la Armada de dotación de la Base Aeronaval de El Belloto, a cargo del Teniente 2° Jorge Ginouves Contreras en el sector Barrio Norte de la comuna de Villa Alemana, cerca de la estación de trenes, quien es conducido al recinto naval para ser entregado al personal del Servicio de Inteligencia, de la Comandancia de Aviación Naval (COMAVNAV)”.

“La víctima es recluida inicialmente en un sector que fue habilitado para la detención de personas civiles al interior de la Base, en donde es sometido a distintos interrogatorios en la Oficina de Información de Control Aéreo (OICA) por personal de Servicio de Inteligencia de la Comandancia de Aviación Naval (COMANAV)”.

“Luego de permanecer detenido en la Base Aeronaval de El Belloto, Juan Blanco Castillo es conducido al Cuartel de la Policía de Investigaciones de Quilpué, para permanecer recluido en los calabozos de dicho recinto, los cuales de ubican en el subterráneo donde es sometido a interrogatorios y apremios ilegítimos de parte de sus captores”.

“Pasado un tiempo la víctima es sacada con signos evidentes de maltrato físico y psicológico del recinto antes señalado en dirección desconocida. Luego de un periodo de 6 meses, la Policía de Investigaciones de la comuna de Quilpué debe concurrir hasta un sector denominado la curva “M” en la localidad de Colliguay, lugar en donde se produce el hallazgo de un cadáver N.N. sexo masculino. De acuerdo a las características de vestimentas y examen del cadáver, el personal policial presume que se trata del Dominicano Juan Blanco Castillo, cuya autopsia no fue ubicada y los restos fueron remitidos a una fosa común del Cementerio de Quilpué, configurándose así el delito de secuestro con grave daño a la persona de Juan Andrés Blanco Castillo, figura prevista y sancionada en el Art. 141 del Código Penal, vigente a la época de los hechos”.

Por otro lado, por el secuestro del ciudadano, chileno Ramón Donato Navia Martínez, se encausó a Guillermo Retamales Ruz y Patricio Villalobos Lobos.

De acuerdo a los antecedentes de la causa “se pudo establecer que el día 14 de octubre de 1973, siendo aproximadamente a las 21:30 horas, en el domicilio ubicado en calle Antonio Varas Nº 1557, población Victoria Oriente de la comuna de Quilpué, fue detenido Ramón Donato Navia Martínez por personal de la Armada de dotación de la Base Aeronaval de El Belloto, quienes lo trasladan en una camioneta roja a dicho recinto, donde es recluido, específicamente en un patio que se le habilitó para la detención de personas civiles requeridas por la autoridad militar, el cual se encontraba delimitado y circundado por montículos de arena”.

“Ramón Donato Navia Martínez, es ingresado al recinto de reclusión justo al momento en que no había detenidos, debido a que se encontraban recluidos en dependencias de las salas de clases (CIAN), es interrogado en el pozo (lugar destinado para los detenidos en la Base Aeronaval) por un funcionario que se identifica con el grado de Teniente, respecto de la ubicación de armas que presuntamente tenía en su poder y de los nombres de todos su compañeros y miembros de la directiva política que integraba”, agrega la resolución.

Para finalizar menciona: “en cuanto a las causas del fallecimiento de la víctima Ramón Donato Navia Martínez, se pudo establecer que el día 15 de octubre de 1973, en horas de la madrugada, el centinela que se encontraba de guardia en la Oficina de Reportes Aéreos, al oír los gritos que se escaba de un detenido del recinto de detención, salió de inmediato de su oficina portando un fusil M-1, percatándose en ese instante que una persona corría desde dicho recinto hacia la losa de aterrizaje, haciendo caso omiso de las advertencias para detenerse, ante lo cual el centinela hizo uso de su arma, disparando sólo una vez a la víctima”.

EFE

29 de noviembre de 2012

PROCESAN A MIEMBROS (R) DE LA ARMADA POR MUERTE DE DOMINICANO EN 1973

La víctima, Juan Andrés Blanco Castillo, de 25 años, era hijo del político y académico dominicano Ramón Blanco, y fue detenido y trasladado a la base aeronaval “El Belloto” en Quilpué, una localidad situada a unos 130 kilómetros al noroeste de Santiago, luego llevado al buque Lebu donde fue torturado y donde se le habría dado muerte.

Cinco miembros en retiro de la Armada fueron procesados como autores del “delito de secuestro con grave daño” de un joven dominicano, ocurrido el 14 de octubre de 1973, un mes después del golpe de Estado del fallecido general Augusto Pinochet, según confirmaron hoy a Efe fuentes judiciales.

La víctima, Juan Andrés Blanco Castillo, de 25 años, era hijo del político y académico dominicano Ramón Blanco, y fue detenido y trasladado a la base aeronaval “El Belloto” en Quilpué, una localidad situada a unos 130 kilómetros al noroeste de Santiago.

Posteriormente fue llevado a un cuartel policial y, finalmente, al buque de la Armada de Chile “Lebu”, donde fue víctima de torturas reiteradas.

Pasado un tiempo, la víctima fue sacada del recinto en dirección desconocida. Seis meses después, la policía halló su cuerpo en las cercanías de la localidad de Colliguay y sus restos fueron enterrados en una fosa común del cementerio de Quilpué.

Fue el abogado Nelson Morales Chávez quien presentó en julio ante el Juzgado de Letras de la localidad de Limache dos querellas por estos hechos, una en representación de la familia Blanco Castillo y otra por parte del Gobierno de República Dominicana.

Los procesamientos fueron dictados el martes por el juez de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Julio Miranda Lillo.

Los implicados son el capitán de navío Patricio Villalobos Lobos, el suboficial mayor Osvaldo Rey Vergara, el sargento 1° Víctor Rey Ringele, el cabo 1° Manuel Busch López Wilfredo Zepeda Iturriaga, quien prestaba labores como empleado civil de la institución.

El padre del joven desaparecido, Blanco Fernández, fue fundador del movimiento clandestino 14 de junio contra el dictador Rafael L. Trujillo (1930-61) y miembro del comité central del Partido de la Liberación Dominicana (PLD)


Condenan a 6 militares por crimen de Jaime Aldoney en 1973

Fuente :El Mercurio 29 de Noviembre 2007

Categoría : Prensa

Las mayores penas fueron de cuatro años de presidio como autores del crimen, aunque con el beneficio de libertad vigilada.

La justicia chilena condenó hoy a seis militares en retiro por el secuestro calificado de Jaime Aldoney, cometido el 12 de septiembre de 1973, un día después del golpe de estado encabezado por Augusto Pinochet (1915-2006).

El juez especial de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Julio Miranda, condenó a Patricio Villalobos, Pedro Arancibia, Jaime Urdangarín y Patricio Valdivia a cuatro años de presidio como autores del crimen, aunque con el beneficio de libertad vigilada. Además, sentenció a Guillermo Vidal y Sergio Mendoza a penas de 320 y 75 días de presidio como encubridores del mismo ilícito.

A Vidal se le concedió el beneficio de la remisión condicional de la pena con un tiempo de observación de un año de firma en Gendarmería, la entidad encargada de la custodia de los presos. A Mendoza, por su parte, se le dio por cumplida la pena por el tiempo que estuvo en prisión preventiva en 2003.

Finalmente, se absolvió a Ernesto Huber y Manuel Buch López. El magistrado además condenó a los procesados y al fisco a pagar de manera solidaria el equivalente a unos 200.000 dólares a cada uno de los querellantes en el proceso.


País caribeño se hizo parte en juicio de DDHH

Fuente :The Clinic, 28 Noviembre 2012

Categoría : Prensa

Cinco marinos procesados por homicidio de estudiante dominicano en dictadura

El ministro de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Julio Miranda, sometió a proceso a cinco funcionarios de la Marina por el homicidio calificado del ciudadano dominicano Juan Andrés Blanco Castillo, hijo del político y académico Ramón Blanco.

La decisión del magistrado afecta al capitán de navío Patricio Villalobos Lobos, el suboficial mayor Osvaldo Rey Vergara, al sargento primero Víctor Rey Ringele, al cabo primero Manuel Busch López y al empleado civil Wilfredo Zepeda Iturriaga, todos pertenecientes a la unidad de inteligencia naval, conocida como “Ancla 2″.

Todos fueron encausados en calidad de autores de la muerte ocurrida en octubre de 1973, previas torturas en el barco de la Marina, el Lebu. El cuerpo de este estudiante de Economía de la Universidad de Chile fue encontrado en las cercanías de Colliguay casi un año después por un lugareño.

De acuerdo a la indagatoria realizada por el magistrado del tribunal de alzada porteño, los efectivos navales también llevaron a Blanco a un cuartel de la Policía de Investigaciones, donde nuevamente lo sometieron a torturas.

En el Informe Rettig, Blanco aparece como un desaparecido “sin convicción”, lo que revela que no hubo motivo aparente para que los efectivos navales acabaran con su vida.

De acuerdo a los antecedentes recabados por este diario los cinco ex marinos quedaron en prisión preventiva, luego que fueran notificados por el ministro Miranda.

La investigación llevada a cabo por este juez se enmarca también dentro de los crímenes y torturas cometidos en el Buque Escuela Esmeralda, entre las que destacan las cometidas contra el sacerdote inglés Miguel Woordward, por el cual también fueron encausados 14 efectivos de la Marina en 2010.

Las investigaciones por violaciones de derechos humanos cometidas por la Armada en los meses posteriores al golpe militar de 1973 tardaron más en iniciarse, a diferencia de otras contra la DINA, la SIFA y la CNI.

Hasta el cierre de esta edición, Miranda también habría notificado a dos ex detectives, pero la información no pudo ser confirmada oficialmente por este diario.


Dictan procesamientos por causas de DDHH en contra de ex funcionarios de la Armada

Fuente :MyValparaiso.cl 28 de Noviembre 2012

Categoría : Prensa

El ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Julio Miranda Lillo, sometió a proceso ex funcionarios de la Armada de Chile, como autores del delito de secuestro con grave daño, en dos casos por violaciones a los derechos humanos que se encuentra tramitando.

Uno de los casos, en torno al ciudadano de República Dominicana Juan Andrés Blanco Castillo, el magistrado sometió a proceso a: Patricio Maximiliano Horacio Valentín Villalobos Lobos, Manuel Alejandro Buch López, Wilfredo Hernán Zepeda Iturriaga, Osvaldo Francisco Rey Vergara y Víctor Orlando Rey Ringele.

De acuerdo a los antecedentes que existen en la causa “durante el mes de septiembre del año 1973, Juan Andrés Blanco Castillo, ciudadano de la República Dominicana, nacido el 15 de marzo de 1948, estudiante de economía, fue detenido por una patrulla de efectivos de la Armada de dotación de la Base Aeronaval de El Belloto, a cargo del Teniente 2° Jorge Ginouves Contreras en el sector Barrio Norte de la comuna de Villa Alemana, cerca de la estación de trenes, quien es conducido al recinto naval para ser entregado al personal del Servicio de Inteligencia, de la Comandancia de Aviación Naval (COMAVNAV)”.

“La víctima es recluida inicialmente en un sector que fue habilitado para la detención de personas civiles al interior de la Base, en donde es sometido a distintos interrogatorios en la Oficina de Información de Control Aéreo (OICA) por personal de Servicio de Inteligencia de la Comandancia de Aviación Naval (COMANAV)”.

“Luego de permanecer detenido en la Base Aeronaval de El Belloto, Juan Blanco Castillo es conducido al Cuartel de la Policía de Investigaciones de Quilpué, para permanecer recluido en los calabozos de dicho recinto, los cuales de ubican en el subterráneo donde es sometido a interrogatorios y apremios ilegítimos de parte de sus captores”.

“Pasado un tiempo la víctima es sacada con signos evidentes de maltrato físico y psicológico del recinto antes señalado en dirección desconocida. Luego de un periodo de 6 meses, la Policía de Investigaciones de la comuna de Quilpué debe concurrir hasta un sector denominado la curva “M” en la localidad de Colliguay, lugar en donde se produce el hallazgo de un cadáver N.N. sexo masculino. De acuerdo a las características de vestimentas y examen del cadáver, el personal policial presume que se trata del Dominicano Juan Blanco Castillo, cuya autopsia no fue ubicada y los restos fueron remitidos a una fosa común del Cementerio de Quilpué, configurándose así el delito de secuestro con grave daño a la persona de Juan Andrés Blanco Castillo, figura prevista y sancionada en el Art. 141 del Código Penal, vigente a la época de los hechos”.

Por otro lado, por el secuestro del ciudadano, chileno Ramón Donato Navia Martínez, se encausó a Guillermo Retamales Ruz y Patricio Villalobos Lobos.

De acuerdo a los antecedentes de la causa “se pudo establecer que el día 14 de octubre de 1973, siendo aproximadamente a las 21:30 horas, en el domicilio ubicado en calle Antonio Varas Nº 1557, población Victoria Oriente de la comuna de Quilpué, fue detenido Ramón Donato Navia Martínez por personal de la Armada de dotación de la Base Aeronaval de El Belloto, quienes lo trasladan en una camioneta roja a dicho recinto, donde es recluido, específicamente en un patio que se le habilitó para la detención de personas civiles requeridas por la autoridad militar, el cual se encontraba delimitado y circundado por montículos de arena”.

“Ramón Donato Navia Martínez, es ingresado al recinto de reclusión justo al momento en que no había detenidos, debido a que se encontraban recluidos en dependencias de las salas de clases (CIAN), es interrogado en el pozo (lugar destinado para los detenidos en la Base Aeronaval) por un funcionario que se identifica con el grado de Teniente, respecto de la ubicación de armas que presuntamente tenía en su poder y de los nombres de todos su compañeros y miembros de la directiva política que integraba”, agrega la resolución.

Para finalizar menciona: “en cuanto a las causas del fallecimiento de la víctima Ramón Donato Navia Martínez, se pudo establecer que el día 15 de octubre de 1973, en horas de la madrugada, el centinela que se encontraba de guardia en la Oficina de Reportes Aéreos, al oír los gritos que se escaba de un detenido del recinto de detención, salió de inmediato de su oficina portando un fusil M-1, percatándose en ese instante que una persona corría desde dicho recinto hacia la losa de aterrizaje, haciendo caso omiso de las advertencias para detenerse, ante lo cual el centinela hizo uso de su arma, disparando sólo una vez a la víctima”.


Procesan a miembros (r) de la armada por muerte de dominicano en 1973

Fuente :EFE 29 de noviembre de 2012

Categoría : Prensa

La víctima, Juan Andrés Blanco Castillo, de 25 años, era hijo del político y académico dominicano Ramón Blanco, y fue detenido y trasladado a la base aeronaval “El Belloto” en Quilpué, una localidad situada a unos 130 kilómetros al noroeste de Santiago, luego llevado al buque Lebu donde fue torturado y donde se le habría dado muerte.

Cinco miembros en retiro de la Armada fueron procesados como autores del “delito de secuestro con grave daño” de un joven dominicano, ocurrido el 14 de octubre de 1973, un mes después del golpe de Estado del fallecido general Augusto Pinochet, según confirmaron hoy a Efe fuentes judiciales.

La víctima, Juan Andrés Blanco Castillo, de 25 años, era hijo del político y académico dominicano Ramón Blanco, y fue detenido y trasladado a la base aeronaval “El Belloto” en Quilpué, una localidad situada a unos 130 kilómetros al noroeste de Santiago.

Posteriormente fue llevado a un cuartel policial y, finalmente, al buque de la Armada de Chile “Lebu”, donde fue víctima de torturas reiteradas.

Pasado un tiempo, la víctima fue sacada del recinto en dirección desconocida. Seis meses después, la policía halló su cuerpo en las cercanías de la localidad de Colliguay y sus restos fueron enterrados en una fosa común del cementerio de Quilpué.

Fue el abogado Nelson Morales Chávez quien presentó en julio ante el Juzgado de Letras de la localidad de Limache dos querellas por estos hechos, una en representación de la familia Blanco Castillo y otra por parte del Gobierno de República Dominicana.

Los procesamientos fueron dictados el martes por el juez de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Julio Miranda Lillo.

Los implicados son el capitán de navío Patricio Villalobos Lobos, el suboficial mayor Osvaldo Rey Vergara, el sargento 1° Víctor Rey Ringele, el cabo 1° Manuel Busch López Wilfredo Zepeda Iturriaga, quien prestaba labores como empleado civil de la institución.

El padre del joven desaparecido, Blanco Fernández, fue fundador del movimiento clandestino 14 de junio contra el dictador Rafael L. Trujillo (1930-61) y miembro del comité central del Partido de la Liberación Dominicana (PLD)


Juan Blanco Castillo, el estudiante dominicano asesinado en Valparaíso a días del Golpe

Fuente :resumen.cl, 19 de Agosto 2023

Categoría : Prensa

Dictadura El año 1972 Juan Andrés Blanco Castillo, regresó desde la Ex unión soviética a República Dominicana, luego de estudiar en la Universidad Patricio Lumunba de Moscú. Tras su llegada al aeropuerto "Las Américas" en Santo Domingo, el joven Juan Blanco fue expulsado del país por la autoridades dominicanas por provenir de un país comunista, así lo expuso su padre Ramón Blanco, político y académico dominicano, quien había sido uno de los fundadores del "Movimiento Clandestino 14 de Junio" que luchó contra la dictadura de Rafael Trujillo (1930-1961) y posteriormente fuera miembro del comité central del Partido de la Liberación Dominicana ( PLD).

Juan Blanco inició así un periplo por América latina, llegando primero a Venezuela, luego a Uruguay y recalando finalmente en Chile a inicios de 1973, donde comenzó a militar en el MIR.

El 14 de octubre de 1973, a los 25 años de edad, Juan fue detenido en su domicilio y trasladado a la base aeronaval, «El Belloto», en Quilpué. El centro de detención y torturas también fue denominado como Acapulc, El Hoyo o El Pozo. Posteriormente, fue llevado a un cuartel de la policía de investigaciones de Quilpué, donde los funcionarios del grupo de inteligencia lo interrogaron y torturaron, utilizando entre otras técnicas la aplicación de papel de diario encendido para quemarlo en el abdomen. Según consta en el expediente judicial, Juan Andrés Blanco Castillo fue retirado desde el Cuartel de la Policía de Investigaciones de Quilpué por el grupo de inteligencia antes mencionado, siendo trasladado hasta la Subcomisaría de Carabineros de Quilpué, encontrándose grave a consecuencia de las quemaduras ocasionadas en su cuerpo. "Debido al reclamo que el Jefe de esa Subcomisaría expresara al mando de la Comandancia Naval por el estado de salud de Juan Blanco, este fue retirado desde ese lugar por funcionarios del grupo de inteligencia, con dirección desconocida y sin que se tengan noticias de su paradero hasta la fecha", consignó el documento.

Testigos aseguran que fue trasladado al barco de la Armada de Chile «Lebu», sin que existan certezas de aquello, lo que sí se sabe es que seis meses después de su detención, la policía halló su cuerpo en las cercanías de la localidad de Colliguay y sus restos fueron enterrados en una fosa común del cementerio de Quilpué.

Su familia y la embajada de República Dominicana en Chile, realizaron acciones judiciales por su caso, las que terminaron en el procesamiento y condena por parte del juez de Corte de Apelaciones de Valparaiso, Julio Miranda Lillo, en noviembre del 2022, del capitán de navío Patricio Villalobos Lobos, el suboficial mayor Osvaldo Rey Vergara, el sargento primero Víctor Rey Ringele, el cabo primero Manuel Busch López y Wilfredo Zepeda Iturriaga, que prestaba labores como empleado civil de la institución, a 15 años de presidio. Todos ellos integraron los servicios de inteligencia de la Armada (Ancla2) 


Corte Suprema condena a miembros de la Armada (r) por secuestro de hermanos menores de edad en 1974

Fuente :pdju.cl, 3 de Marzo 2023

Categoría : Prensa

En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal condenó a Pedro Frioli Otonel, Manuel Buch López, Arístides León Calffas, Guillermo Retamales Ruiz y Germán Valdivia Keller a 541 días de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada, por su responsabilidad en el delito de secuestro simple de los hermanos José Miguel e Isabel Verónica Sánchez Larraín (niños a la época de los hechos). Ilícito cometido en agosto de 1974, en el sector de El Belloto de la comuna de Quilpué.

La Corte Suprema condenó a los miembros en retiro de la Armada Pedro Victorio Frioli Otonel, Manuel Alejandro Buch López, Arístides León Calffas, Guillermo Retamales Ruiz y Germán Patricio Valdivia Keller a 541 días de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada, por su responsabilidad en el delito de secuestro simple de los hermanos José Miguel e Isabel Verónica Sánchez Larraín (niños a la época de los hechos). Ilícito cometido en agosto de 1974, en el sector de El Belloto de la comuna de Quilpué.

En fallo unánime (causa rol 21.037-2020), la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos y la ministra María Teresa Letelier– acogió parcialmente el recurso de casación en el fondo deducido por la defensa común de los sentenciados Retamales Ruz y Valdivia Keller y, en sentencia de reemplazo, reconoció únicamente la atenuante de irreprochable conducta anterior del condenado Valdivia Keller.

“Que, en lo tocante a la protesta de la defensa en orden a que respecto del sentenciado Valdivia Keller no solo no se le reconoció la circunstancia atenuante del artículo 11 N° 6 del Código Penal, sino que se tuvo por configurada la agravante del artículo 12 N° 16 del mismo cuerpo normativo, pese a que la fecha de la ocurrencia de los hechos su extracto de filiación y antecedentes se encontraba libre de máculas, es preciso señalar que la justificación dada por los sentenciadores del grado para proceder de tal modo es errada en cuanto cita, como fundamento para desestimar su irreprochable conducta anterior –y de paso para tener por configurada la agravante de la reincidencia específica– una condena que data del año 2014, esto es, un reproche penal determinado cuarenta años después del acontecimiento que ha sido juzgado en estos autos”, sostiene el fallo.

La resolución agrega: “Que, así las cosas, surge que las razones esgrimidas por el tribunal para descartar la circunstancia modificatoria de responsabilidad penal de la irreprochable conducta anterior –prevista en el artículo 11 N° 6 del Código Penal– y, consecuencialmente, para tener por configurada la agravante del artículo 12 N° 16 del Código Punitivo, resultan contrarias a derecho, toda vez que de la lectura los preceptos en cuestión se colige que la exigencia de mantener una conducta anterior intachable –así como también la de haber sido condenado el culpable anteriormente por delito de la misma especie– dicen relación con el comportamiento previo a la comisión del hecho punible que se encuentra en actual juzgamiento, de modo tal que al haber procedido los juzgadores de la instancia de la forma en que lo hicieron, incurrieron en una infracción de ley que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, en cuanto configuraron respecto del encartado Valdivia Keller una agravante de responsabilidad penal que no procedía, negándole de paso la minorante de irreprochable conducta anterior, que sí era plenamente aplicable, e incurriendo en una errada y más gravosa determinación de la penalidad atribuida a dicho encartado”, concluye el fallo de casación.

Por tanto, se resuelve en la sentencia de reemplazo:

I.- Se confirma la sentencia apelada de cinco de diciembre de dos mil diecisiete, con declaración que se condena a los acusados Germán Patricio Valdivia Keller, Pedro Victorio Frioli Otonel, Manuel Alejandro Buch López, Arístides León Calffas y Guillermo Retamales Ruz, como autores del delito consumado de secuestro simple, descrito y penado en el artículo 141 inciso 1° del Código Penal, ocurrido en el mes de agosto de 1974, en la localidad de El Belloto, comuna de Quilpué, a sufrir cada uno de ellos una pena de quinientos cuarenta y un (541) días de presidio menor en su grado, más accesoria legales.

II.- Reuniéndose respecto de los encartados Germán Patricio Valdivia Keller, Pedro Victorio Frioli Otonel, Manuel Alejandro Buch López, Arístides León Calffas y Guillermo Retamales Ruz, los requisitos previstos en el artículo 4 de la Ley N° 18.216, modificada por la Ley N° 20.603, se les sustituye el cumplimiento de la sanción corporal impuesta, por la pena de remisión condicional por igual término que el de la sanción privativa de libertad impuesta –quinientos cuarenta y días–, quedando sujetos los condenados a la discreta observación y asistencia ante la autoridad administrativa durante dicho lapso de tiempo”.

Secuestro
En la sentencia de primera instancia, el ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Valparaíso Jaime Arancibia Pinto dio por establecidos los siguientes hechos: 
Que durante el mes de agosto de 1974, alrededor de las 00:00 horas, la casa de las víctimas, menores de edad a esa época, ubicada en el Séptimo Sector de Belloto Sur, fue allanada por un gran número de funcionarios de la Armada de Chile, provenientes de la Base Aeronaval de El Belloto. Que el propósito del allanamiento fue para buscar y detener a la hermana mayor de las víctimas, de quien se decía que pertenecía a las juventudes comunistas. Al momento que ocurren los hechos, las víctimas estaban a cargo de su hermana mayor, por encontrarse su madre trabajando de enfermera particular en la ciudad de Viña del Mar. A pesar de ello, esta fue llevada por los uniformados a la Base Aeronaval de El Belloto. Que al momento de que la patrulla naval ingresó al domicilio, produjo diversos destrozos a la vivienda, además de sustraer las especies de valor que en esta se encontraban.

En diversas ocasiones, durante la detención de las víctimas, ellas fueron golpeadas con el arma que portaban los uniformados, mientras estos revisaban y registraban las habitaciones buscando armas. La patrulla naval estuvo apostada al interior del domicilio hasta el día siguiente, después de haber dormido y consumido todo el alimento que había en la casa, manteniendo con ello secuestradas a las víctimas al interior de su propio hogar”.