Rut: 4.567.685-4
Cargos:
Grado : Coronel
Rama : Carabineros
Organismos : Dirección Nacional de Inteligencia (DINA)
Procesan a primo de diputado Mora Longa por ejecuciones en régimen militar
Fuente :El Mostrador 17 de Enero 2003
Categoría : Prensa
El primo hermano del diputado DC Waldo Mora Longa fue procesado la tarde de ayer como autor de homicidios y secuestros calificados, crímenes cometidos en septiembre de 1973 y marzo de 1974, respectivamente, por efectivos de Carabineros que prestaban servicio en Curacaví.
Se trata de Gerardo Aravena Longa, quien en esa fecha se desempeñaba como teniente del cuartel policial de la zona. Hasta hace pocos años mantuvo una estrecha relación con su primo, e incluso trabajó en la radio de propiedad del diputado.
Aravena Longa quedó detenido e incomunicado junto a otras tres personas el miércoles pasado, y permaneció en esas condiciones hasta ayer, cuando el ministro de fuero Daniel Calvo resolvió su situación procesal.
El ex teniente fue encausado como autor de los homicidios de tres personas ejecutadas en Cuesta Barriga y por los secuestros de José Barrera Barrera y Segundo Gárate Torres. El primero era camionero, dirigente sindical y simpatizante del Partido Socialista; el segundo, militante de la Izquierda Cristiana.
A pesar de haberse producido en épocas distantes, los homicidios y los secuestros están estrechamente vinculados entre sí. Los hechos dan cuenta de la premeditación con que actuaron los agentes represivos del régimen militar.
La trágica historia fue reconstruida por el ministro Calvo luego que la causa llegó a sus manos a fines del año pasado, tras la reorganización que hizo la Corte Suprema de los procesos que instruía el ministro Juan Guzmán Tapia. Según los antecedentes incluidos en el proceso, José Barrera fue detenido en su domicilio por carabineros y militares que actuaron encapuchados la noche del 14 de marzo de 1974, y desde allí fue sacado con destino desconocido.
Esto ocurrió seis meses después de que Barrera sufriera una primera detención, de la cual salió con vida sólo porque sus aprehensores no se percataron que la ráfaga que habían disparado en su contra no le había provocado la muerte.
Sucedió que el 14 de septiembre de 1973, una patrulla de Carabineros al mando del entonces teniente Aravena Longa lo sacó de su casa y lo trasladó hasta la tenencia, donde se encontraban también detenidas otras seis personas: Jorge Toro Toro, Jorge Yáñez, Justo Mendoza Santibáñez, Segundo Gárate Torres, Jaime Cabrera y Enrique Venegas Santibáñez.
Barrera y los demás detenidos fueron sacados de la tenencia la noche del 16 de septiembre de 1973, subidos a dos vehículos y conducidos hasta Cuesta Barriga, relata la página www.memoriaviva.cl. Los hicieron subir hasta los restos de una casa, y en lo que era la cocina los pusieron de espaldas a la pared mientras eran iluminados segadoramente en la cara con linternas. Se pusieron frente a ellos cinco carabineros dirigidos por el teniente Aravena Longa, quien dio la orden de disparar.
Los detenidos cayeron con las ráfagas de metralleta, pero tres quedaron vivos: Gárate, Venegas y Barrera. El primero de ellos, en estado agónico, se quejó y los aprehensores lo remataron con más disparos.
Transcurrido algún tiempo, Venegas y Barrera se percataron que sólo habían sido heridos en las piernas, y lograron escapar luego de ser abandonados por sus agresores, quienes los creyeron muertos. Se dirigieron por los cerros hacia el sector de Rinconada en Maipú, y tras varios días de caminata lograron contactarse con sus familias.
José Barrera se trasladó entonces a Huasco, a la casa de unos familiares, junto a su cónyuge e hijos. Allí consiguió trabajo e incluso usó su nombre sin tener dificultades. Tras seis meses, decidió regresar a su hogar y su hermano, Víctor, habló con Rebeca Valdebenito, la secretaria del entonces gobernante militar Augusto Pinochet. La mujer entregó a Víctor Barrera una carta para que se contactara con el coronel de Ejército Francisco Saavedra, en el ministerio de Defensa.. Este, a su vez, contactó a Víctor Barrera con el auditor de guerra subrogante, comandante de la FACH Luis Marín, quien lo llevó a Talagante para conversar el caso con un mayor de Carabineros. La conclusión fue que Juan Barrera debía presentarse para formalizar su reclamo.
Barrera viajó a Santiago para resolver su situación y vivir sin temores. Llegó con su familia a la capital el 10 de marzo de 1974 y tres días después se presentó ante Carabineros. Un mayor de apellido Hernández, quien era el contacto, se comunicó telefónicamente con el teniente Aravena Longa a Curacaví. Tras ello, le manifestó a la víctima que no había cargos en su contra y que estuviera tranquilo.
Llegó a su casa cerca de las 20:30 horas de esa noche. Al día siguiente iría a la tenencia local, pero a las dos de la mañana del 14 de marzo de 1974 irrumpió nuevamente en su casa un contingente de carabineros y militares, todos encapuchados y fuertemente armados, los que sin exhibir orden de detención lo subieron a un furgón y se lo llevaron en dirección a la unidad policial.
La familia de Barrera realizó numerosas gestiones. Como en muchos otros casos de detenidos desaparecidos, autoridades de la época les aseguraron que la situación no afectaría la integridad corporal de la víctima, pero desde esa fecha que no se ha vuelto a tener noticias de él.
De los cinco ejecutados en la Cuesta Barriga el 16 de septiembre de 1973, no se encontró el cuerpo ni se certificó la muerte de Nicolás Gárate, quien, al igual que Barrera, permanece en calidad de detenido desaparecido.
Para los que de sangre salpicaron la patria: Pido Castigo
Fuente :El Siglo 7 de Junio 2004
Categoría : Prensa
Alrededor de un centenar de personas se reunió a las 18:30 horas de este viernes 28 de mayo en el Parque Bustamante, cerca de Plaza Italia, convocados por la Comisión Funa. El motivo esta vez era denunciar en su lugar de trabajo, ubicado en la calle Triana Nº868, comuna de Providencia, al gerente general de Radio Santiago, Gerardo Aravena Longa, por su responsabilidad en violaciones a los derechos humanos.
Dos micros de Carabineros, un carro lanza agua, un "zorrillo", varias radiopatrullas y motoristas vigilaron a los funeros. Los manifestantes, como otras veces, no se dejaron intimidar y realizaron su actividad de denuncia con total normalidad. Se congregaron en el monumento al legendario guerrillero Manuel Rodríguez y marcharon unas cinco cuadras por calle Providencia, gritando y repartiendo sus volantes a los transeúntes y vecinos. Un papelógrafo señalaba el turno del nuevo funado: "Gerardo Aravena Longa: Asesino".
La denuncia
De acuerdo a los antecedentes entregados por la Comisión Funa, Gerardo Alejandro Aravena Longa se desempeñaba como teniente de Carabineros en localidad de Curacaví al momento del golpe de Estado. El 14 de septiembre de 1973, junto a una patrulla de Carabineros, detuvo a un grupo de dirigentes sociales y sindicales de la zona, llevándolos a la cuesta Barriga, donde fueron fusilados Segundo Gárate Torres, Jorge Toro, Jorge Yáñez, Justo Mendoza Santibáñez, Jaime Cabrera, Enrique Venegas Santibáñez y José Barrera. Segundo Gárate quedó muy mal herido y el entonces teniente Aravena Longa le descerrajó un tiro en la cabeza. José Barrera, dirigente sindical y simpatizante socialista, milagrosamente sobrevivió a la ejecución junto a Enrique Venegas, escondiéndose en los campos aledaños. José Barrera se trasladó a la localidad de Huasco, en la III región, junto a su esposa e hijos, a la casa de unos familiares. Transcurridos unos seis meses, decidió regresar a su hogar, para lo cual su hermano Víctor Barrera habló con la secretaria de Augusto Pinochet. Luego de varias gestiones, Barrera fue citado a comparecer ante un mayor de Carabineros de apellido Hernández en la ciudad de Talagante, presentándose el 13 de marzo de 1974. El mayor Hernández le comunicó el hecho a Aravena Longa y, esa misma noche, José Barrera fue secuestrado por un grupo de uniformados encapuchados. Desde ese día permanece desaparecido, al igual que el cuerpo de Segundo Gárate.
El 16 de enero de 2003, el entonces ministro con dedicación exclusiva en causas de derechos humanos, Daniel Calvo, sometió a proceso a Gerardo Aravena Longa como autor de los delitos de "secuestro calificado" y "homicidio calificado", por la desaparición de José Barrera. Pese a eso, el de primo Waldo Mora Longa, diputado Demócrata Cristiano (DC), sigue en libertad y ocupando el cargo de gerente general de la Radio Santiago.
Durante la Funa, un grupo de jóvenes realizó una performance bailando en el frontis de la Radio Santiago mientras se recitaba el poema de Pablo Neruda "Los Enemigos": "…Para los que de sangre salpicaron la patria, pido castigo. Para el verdugo que mandó esta muerte, pido castigo. Para el traidor que ascendió sobre el crimen, pido castigo. Para el que dio la orden de agonía, pido castigo. Para los que defendieron este crimen, pido castigo…". Los funeros, pese al despliegue policial, gritaron una y otra vez: "Si no hay justicia, hay Funa". De la Radio Santiago, curiosamente, nadie se asomó.
Al finalizar la acción de denuncia, la Comisión Funa llamó a solidarizar con los prisioneros políticos chilenos y mapuches que luchan por su libertad.
Dictan 16 años de cárcel a ex militares por crímenes en cuesta Barriga
Fuente :El Mostrador 17 de Julio 2007
Categoría : Prensa
Dictamen del ministro en visita Joaquín Billard afecta al teniente (r) del Ejército Carlos Figueroa Silva y al coronel (r) de Carabineros Gerardo Aravena Longa.
.A 16 años de presidio fueron condenados el teniente (r) del Ejército Carlos Figueroa Silva y el coronel (r) de Carabineros Gerardo Aravena Longa, en calidad de autores del delito de homicidio calificado contra cinco opositores a la dictadura de Augusto Pinochet en la Cuesta Barriga, en Curacaví.
En su dictamen, el ministro en visita Joaquín Billard establece que los crímenes se llevaron entre septiembre de 1973 y marzo de 1974, cuando los militares secuestraron y fusilaron a José Barrera Barrera, Segundo Gárate Torres, Jorge Toro Toro, Justo Mendoza Santibáñez y Jorge Yáñez.
El juez también decretó una indemnización de $ 30 millones, suma que el Fisco deberá cancelar a Víctor Barrera, hermano de una de las víctimas, en base al daño moral que ha sufrido la familia, el que “debe ser resarcido y regulado”, señala el dictamen.
La resolución se alcanzó después "de 30 años de impunidad", destacó el abogado querellante Nelson Caucoto. "(El fallo) viene a sentar justicia; este es un caso emblemático de la zona de Curacaví, donde cinco vecinos de ese sector fueron secuestrados y asesinados", agregó.
El 14 de septiembre de 1973 un grupo de carabineros detuvo a las cuatro víctimas, señalándoles que serían trasladadas al Estadio Nacional, situación que nunca ocurrió, ya que fueron conducidos hasta “Cuesta Barriga”, donde fueron fusilados.
Pese a los disparos, Barrera fue el único que sobrevivió y logró permanecer oculto durante algunos meses, tras lo cual se contactó con su hermano para contarle lo ocurrido. Éste acudió hasta el Ministerio de Defensa para aclarar la situación.
Las autoridades se comunicaron con el coronel Aravena, quien señaló que no existían cargos en su contra por lo que podía ir tranquilo hasta su casa, lo que se materializó la noche del 14 de marzo de 1974.
Sin embargo, a las dos de la madrugada, mientras dormía en su pieza, un grupo de uniformados llegó hasta el inmueble para detenerlo y trasladarlo hasta la tenencia de Carabineros de Curacaví, donde se perdió su rastro.
Siete años de cárcel para ex carabinero que ordenó masacre de Cuesta Barriga
Fuente :La Nación 8 de marzo de 2012
Categoría : Prensa
Coronel (r) Gerardo Aravena Longa (en la foto) es primo hermano del ex diputado DC Waldo Mora Longa. Encabezó los fusilamientos de cinco personas en ese sector de la ruta entre Santiago y Valparaíso. Uno sobrevivió, pero al regresar a Curacaví en 1974, el mismo efectivo lo sacó de su casa para ejecutarlo definitivamente
La Corte Suprema condenó este jueves a siete años de cárcel al coronel (R) de Carabineros Gerardo Aravena Longa por los fusilamientos ocurridos en la Cuesta Barriga en 1973 y la ejecución de un sobreviviente en 1974.
En su fallo, el máximo tribunal del país rebajó la pena de 16 años de cárcel que el ministro en visita Joaquín Billard había dictado en 2007 en contra de Aravena Longa, quien era teniente al momento de los hechos.
La sentencia es por los homicidios calificados de Jorge Toro Toro, Justo Mendoza Yáñez, Jorge Yáñez, Segundo Gárate Torres, ocurridos el 16 de septiembre de 1973, y de José Barrera Barrera, del 14 de marzo de 1974.
Los cinco estaban detenidos en la Tenencia de Curacaví, donde fueron sacados por una patrulla de militares y carabineros que, se suponía, los trasladarían al centro de detención instalado en el Estadio Nacional.
En la Cuesta Barriga, fueron obligados a bajarse del camión en que eran trasladados y fusilados por orden del entonces teniente Aravena Longa. De manera increíble, José Barrera sobrevivió con algunas heridas en las piernas.
Barrera se ocultó en Huasco, pero regresó a Curacaví el 13 de marzo de 1974, donde Carabineros le informó que no había cargos en su contra. Sin embargo, en la madrugada del día siguiente, Barrera fue sacado de su vivienda por una patrulla policial a cargo de Aravena Longa y asesinado.
El condenado llegó hasta el grado de coronel y tras acogerse a retiró se desempeñó como gerente general de Radio Santiago, propiedad de su primo hermano y ex diputado DC, Waldo Mora Longa.
Ministra Marianela Cifuentes condena a ex carabineros por homicidio en Puente Esperanza de Padre Hurtado.
Fuente :diarioconstitucional.cl, 29 de marzo de 2019
Categoría : Prensa
La ministra en visita condenó a Gerardo Alejandro Aravena Longa, teniente de Carabineros y jefe de la Tenencia de Curacaví en la época de los hechos, a las penas efectivas de 3 años y 15 años y un día de presidio, en calidad de autor de los delitos consumados de secuestro simple y homicidio calificado de Muñoz Rojas.
La ministra en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte Apelaciones de San Miguel, Marianela Cifuentes Alarcón, condenó a miembros de Carabineros en retiro, por su responsabilidad en los delitos consumados de secuestro simple y homicidio de Segundo Hernán Antonio Muñoz Rojas, ilícitos perpetrados en 1973, en las comuna de Curacaví y Padre Hurtado.
En el fallo la ministra Cifuentes Alarcón condenó a Gerardo Alejandro Aravena Longa, teniente de Carabineros y jefe de la Tenencia de Curacaví en la época de los hechos, a las penas efectivas de 3 años y 15 años y un día de presidio, en calidad de autor de los delitos consumados de secuestro simple y homicidio calificado de Muñoz Rojas. En tanto, el exfuncionario policial Carlos Patricio Donoso Figueroa deberá purgar 541 días y 5 años y un día de presidio efectivo, como autor del delito consumado de secuestro simple y como cómplice del homicidio calificado, respectivamente.
En la causa, la ministra en visita condenó a Eduardo Matías Cabello Villena y Ciro del Carmen González Hernández a 541 días de presidio, con el beneficio de la remisión condicional de la pena, en calidad de autores solo del delito de secuestro simple; y decretó la absolución de César Valenzuela Sepúlveda, por falta de participación en el delito de secuestro simple, y absolvió a Eduardo Matías Cabello Villena, Ciro del Carmen González Hernández y César Valenzuela Sepúlveda de responsabilidad en el homicidio calificado.
En el aspecto civil, el fallo acogió la demanda de indemnización de perjuicios interpuesta, condenando al Estado de Chile a pagar por concepto de daño moral, las sumas de $100.000.000 (cien millones de pesos) y $50.000.000 (cincuenta millones de pesos) a la madre y hermana de la víctima, respectivamente.
En la etapa de investigación de la causa, la ministra Cifuentes logro establecer los siguientes hechos:
1° Que el día 11 de octubre de 1973, en horas de la noche, Segundo Hernán Antonio Muñoz Rojas fue detenido, sin derecho, en su domicilio, ubicado en el campamento Laura Allende de la comuna de Curacaví, por el teniente Gerardo Alejandro Aravena Longa y personal a su cargo, entre ellos, los sargentos Eliseo Santander Ramírez, Manuel del Carmen Espinoza Aguilera y Benjamín Seguel Ortiz -actualmente fallecidos- y el carabinero Ciro del Carmen González Hernández, todos de dotación de la Tenencia de Carabineros de Curacaví.
2° Que, posteriormente, Muñoz Rojas fue trasladado hasta la Tenencia de Carabineros de Curacaví, unidad policial a cargo del teniente Gerardo Alejandro Aravena Longa, lugar en que se le mantuvo encerrado, sin derecho, hasta el día 14 de octubre de 1973, en la madrugada, período en que fue sometido a malos tratos físicos.
3° Que el día 14 de octubre de 1973, en horas de la madrugada, el teniente Gerardo Alejandro Aravena Longa, en compañía del sargento 2° Benjamín Seguel Ortiz y del funcionario policial Carlos Patricio Donoso Figueroa, trasladó a Muñoz Rojas desde la mencionada unidad policial hasta el puente Esperanza, en el Km. 4 de la ruta G 68, comuna de Padre Hurtado, lugar en que Benjamín Seguel Ortiz disparó en su contra, provocando que su cuerpo cayera al cauce del río.
4° Que, posteriormente, el cuerpo de la víctima fue encontrado en dicho lugar y, tras ser remitido al Servicio Médico Legal, se determinó que falleció a causa de una herida de bala que ingresó por el abdomen.
Corte Suprema condena a excarabineros por crimen de trabajador en Curacaví en 1973
Fuente :resumen.cl, 17 de Junio 2022
Categoría : Prensa
La Corte Suprema rechazó la aplicación de la media prescripción y confirmó condena a cuatro exmiembros de Carabineros por su responsabilidad en el secuestro simple y el homicidio calificado del obrero agrícola, Segundo Hernán Muñoz Rojas, de 19 años de edad, cometido en octubre de 1973 en la comuna de Curacaví.
por Darío Núñez
En la sentencia (rol 33.452-2019) la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos y el abogado (i) Diego Munita- acogió un recurso de casación interpuesto por los querellantes, rechazó la casación ingresada por los condenados y, en sentencia de reemplazo, ratificó el fallo de primera instancia que condenó al exoficial de Carabineros, Gerardo Alejandro Aravena Longa, a 15 años de presidio por su responsabilidad como autor en el homicidio calificado y tres años de presidio por su responsabilidad como autor en el secuestro.
En tanto, el excarabinero, Carlos Patricio Donoso Figueroa, deberá cumplir una pena de 5 años y un día de presidio como cómplice del homicidio y 541 días de presidio como cómplice del secuestro.
Finalmente, los excarabineros, Eduardo Matías Cabello Villena y Ciro del Carmen González Hernández, deberán purgar una pena de 541 días de presidio como autores del secuestro simple de la víctima.
La Corte Suprema consideró que hubo infracción en una Sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel al aplicar, en octubre de 2019, la media prescripción para rebajar la pena a Aravena Longa pues omitió el carácter de delito de lesa humanidad que había cometido el infractor y sobre lo que se había pronunciado el fallo de la ministra de primera instancia, Marianela Cifuentes.
Al respecto, la resolución de la Corte Suprema señala: "conforme a la normativa internacional de los derechos humanos contenida principalmente en los Convenios de Ginebra, se impide la prescripción, total o gradual, respecto de delitos cometidos en casos de conflictos armados sin carácter internacional. A la misma conclusión se llega colacionando tanto las normas de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, con las de la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de Lesa Humanidad, por cuanto de conformidad a esa normativa, la prescripción gradual tiene la misma naturaleza que la total».
Y agrega: "Por lo dicho, este tribunal tiene en consideración que la estimación de la prescripción gradual respecto de los responsables de la comisión de delitos de lesa humanidad afecta el principio de proporcionalidad de la pena, pues la gravedad de los hechos perpetrados con la intervención de agentes del Estado, determina que la respuesta al autor de la transgresión debe ser coherente con la afectación del bien jurídico y la culpabilidad con que actuó».
En marzo de 2019 la ministra en visita para causas de derechos humanos, Marianela Cifuentes, dictó sentencia en la que condenó a Aravena Longa, Donoso Figueroa, Cabello Villena y González Hernández, a las mismas condenas que ahora restablece el fallo de la Suprema.
Sobre este hecho criminal la investigación de la ministra Cifuentes dejó establecido que el día 11 de octubre de 1973, en horas de la noche, Segundo Hernán Antonio Muñoz Rojas fue detenido, sin derecho, en su domicilio, ubicado en el campamento Laura Allende de la comuna de Curacaví, por el Teniente Gerardo Alejandro Aravena Longa y personal a su cargo, entre ellos, los Sargentos Elíseo Santander Ramírez, Manuel del Carmen Espinoza Aguilera y Benjamín Seguel Ortiz -actualmente fallecidos- y el Carabinero Ciro del Carmen González Hernández, todos de dotación de la Tenencia de Carabineros de Curacaví.
El detenido Muñoz Rojas fue trasladado hasta la Tenencia de Curacaví, unidad policial a cargo del teniente Gerardo Alejandro Aravena Longa, en donde se le mantuvo encerrado y sometido a malos tratos físicos hasta la madrugada del día 14 de octubre de 1973. En ese momento, el teniente Aravena Longa, en compañía del sargento 2° Benjamín Seguel Ortiz y del funcionario policial Carlos Patricio Donoso Figueroa, trasladó a Muñoz Rojas desde la mencionada unidad policial hasta el puente Esperanza, en el Km 4 de la ruta G 68, comuna de Padre Hurtado, lugar en que fue ejecutado; por orden de Aravena Longa el carabinero Benjamín Seguel Ortiz disparó en su contra, provocando que el cuerpo de la víctima cayera al cauce del río. Posteriormente, el cadáver fue encontrado por terceros en dicho lugar y luego remitido como NN al Servicio Médico Legal e inhumado en esa condición en el Patio 29 del Cementerio General de Santiago