Alias : Teniente Pablito;
Rut: 5.523.768-9
Cargos: Jefe de la Agrupación Vampiro
Grado : Teniente Coronel
Rama : Ejército
Organismos : Dirección Nacional de Inteligencia (DINA)
Escuela de las Américas (1971)
Agrupación Vampiro
Londres 38
Villa Grimaldi
Un ex agente de la DINA revela que se hizo desaparecer a presos en 'Colonia Dignidad'
Fuente :El País, 7 de Agosto 2001
Categoría : Prensa
Esta declaración es el primer reconocimiento directo de un ex agente de alto nivel en cuanto a que en la colonia alemana se hizo desaparecer a prisioneros políticos
Romo, responsable de torturas y desapariciones de presos políticos durante la dictadura, también ha señalado que los dirigentes políticos izquierdistas de alto nivel no formaban parte de la "cuota de detenidos" que sufrieron ese fatal destino en el enclave alemán.
Dichas declaraciones constituyen el primer reconocimiento directo de un ex agente de alto nivel operativo de la policía secreta del régimen militar, en cuanto a que en Colonia Dignidad se hizo desaparecer a prisioneros políticos, lo que hasta ahora había sido negado sistemáticamente.
La plana mayor de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) y los jefes de brigadas y grupos de ese organismo que han sido interrogados en decenas de procesos, sólo han admitido que hasta Colonia Dignidad se llevaron detenidos.
Romo ha dicho que la operación en Colonia Dignidad estuvo dirigida en un principio por el retirado coronel de Ejército Fernando Gómez Segovia y luego por el teniente y hoy coronel en retiro Fernando Laureani Maturana.
Gómez Segovia, ex jefe de la Brigada de Inteligencia Sur de la DINA, es investigado por el juez Juan Guzmán (que instruye más de 270 querellas contra Pinochet) por la desaparición desde Colonia Dignidad del militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) Alvaro Vallejos Villagrán.
El coronel en retiro aunque negó ante Guzmán haber conducido prisioneros hasta la colonia admitió haber mantenido estrechas relaciones con el prófugo Paul Schaeffer, líder del enclave y acusado de abusos sexuales a menores de edad.
La misteriosa Colonia Dignidad se instaló en 1961 como sociedad benefactora y en ella viven alrededor de 200 ciudadanos alemanes.
La también llamada Villa Baviera, cuya personalidad jurídica fue cancelada en 1991, se ha visto involucrada desde 1968 en varios escándalos, fraudes aduaneros, fugas y ha sido reiteradamente acusada de haber sido un centro de torturas de opositores al régimen militar.
Antiguo dirigente socialista
Con sus declaraciones Romo ha confirmado que los alemanes de Colonia Dignidad fueron colaboradores activos en las violaciones a los derechos humanos cometidos bajo la dictadura de Augusto Pinochet (1973-1990).
El ex agente (quien además ha entregado una detallada información acerca de la estructura operativa de la DINA) hizo y firmó sus extensas declaraciones el 14 de junio pasado ante el titular del Primer Juzgado del Crimen de Santiago, Joaquín Billard.
El juez instruye la investigación por un exhorto enviado a la justicia chilena por el magistrado francés Roger Le Loire por la desaparición en Chile y Argentina de cinco ciudadanos de nacionalidad francesa durante la llamada Operación Cóndor, la coordinación de las dictaduras del Cono Sur en las décadas del 70 y 80 para exterminar a los opositores.
Específicamente Romo ha declarado respecto de la desaparición en Santiago del miembro del MIR Alfonso Chanfreau, cuyo traslado a Colonia Dignidad descartó por su calidad de dirigente.
Romo Mena, que fue dirigente y militante de una fracción socialista antes del golpe de Estado, fue reclutado como agente de la DINA tras ser capturado por el organismo y está vinculado a un centenar de desapariciones y crímenes atribuidos a la policía política.
El 29 de julio de 1992 Osvaldo Romo fue localizado con identidad falsa en Brasil, y tras ser detenido fue deportado a Chile el 16 de noviembre de ese mismo año.
El ex agente llegó a tener pendientes ocho procesos judiciales en los tribunales chilenos por violaciones a los derechos humanos, pero seis de ellos ya han sido sobreseídos y el 6 de octubre pasado fue dejado en libertad por decisión de la Fiscalía Militar.
En la actualidad se encuentra procesado por el juez Juan Guzmán, junto a la cúpula de la DINA, en el juicio por 12 desapariciones en Villa Grimaldi, el peor centro de torturas y reclusión del régimen militar.
Corte de Apelaciones rebaja procesamiento de ex agente DINA
Fuente :Primera Línea, 21 de Junio 2002
Categoría : Prensa
De presunto autor del secuestro calificado a encubridor fue rebajado el procesamiento contra el ex oficial de Ejército Fernando Lauriani Maturana, en el caso de la desaparición del mirista Miguel Angel Sandoval Rodríguez, en 1975.
La decisión de la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago modifició el anterior dictamen de la jueza con dedicación exclusiva, María Inés Collin.
Sandoval Rodríguez, casado, sastre, militante del MIR, fue detenido el 7 de enero de 1975 por agentes de seguridad, en la vía pública. Pasó por Villa Grimaldi, centro de detención donde cumplía funciones Lauriani, conocido por guardias y prisioneros como "teniente Pablito".
El oficial (R) dirigió la Agrupación Vampiro, dentro de la Brigada Caupolicán de la DINA. Además del caso de Sandoval Rodríguez, está acusado por la desaparición de los hermanos Andrónico Antequera, según el portal memoriaviva.com
Justicia chilena procesa por primera vez en Caso Llidó
Fuente :El Mostrador, 15 de Mayo 2003
Categoría : Prensa
Por primera vez, la justicia chilena dictó autos de procesamientos en contra de personas que participaron en el secuestro calificado del sacerdote español Antonio Llidó.
El caso del sacerdote fue uno de los que determinó la detención en Inglaterra del general (R) Augusto Pinochet Ugarte, a raíz de la investigación que llevaba el juez español Baltasar Garzón.
Esta mañana fueron sometidos a proceso como autores del secuestro calificado, nueve ex integrantes de la DINA, incluida su plana mayor.
Los encausados son Manuel Contreras Sepúlveda, Marcelo Moren Brito, Miguel Krasnov Marchenco, Osvaldo Romo Mena, Maximiliano Ferrer Lima, Fernando Lauriani Maturana, Orlando Manzo Durán, Ciro Torré Sáez y Brazclay Zapata Reyes.
El sacerdote Llido fue detenido ilegalmente en octubre de 1974 y visto por ultima vez en el centro de reclusión clandestino de Cuatro Álamos. Agentes de la DINA lo torturaron por ayudar y dar protección a militantes del MIR.
Amnistía y prescripción en los alegatos por la primera condena contra la ex DINA
Fuente :La Nación, 4 de Agosto 2003
Categoría : Prensa
Es como si todo hubiese quedado a la espera de que en los próximos días el gobierno dé a conocer su propuesta en materia de violaciones de los derechos humanos. Incluso en esa senda parece anotarse el excesivo retraso de la vista de la apelación por la primera sentencia del país que condenó a altas penas de prisión a parte de la cúpula de la ex DINA.
Su debate en una sala de Corte de Apelaciones de Santiago podrá ser tan decidor, como resolver el corazón mismo de la discusión de fondo en este asunto trascendente: la aplicación o no de la ley de amnistía y la prescripción del delito.
La materialización de tal discusión debiera repletar los asientos de la corte cuando ella finalmente se verifique. Será en ese momento cuando, por fin, se llegará al instante en que, por primera vez en la historia de los procesos instruidos por la pasada represión militar, se conocerá una posición oficial de una corte acerca de la resistida ley de amnistía y la figura de la prescripción del delito, tan alegada por las Fuerzas Armadas y Carabineros y por la inmensa mayoría de civiles que sustentaron la pasada dictadura militar.
De acuerdo a los abogados querellantes y defensores en las causas, ése es el centro del conflicto jurídico en materia de derechos humanos. El resto pertenece a otras esferas de la discusión.
Será en ese momento, entendiendo que luego le tocará decir su palabra a la Sala Penal de la Corte Suprema por la vía del recurso extraordinario de la casación, cuando se sabrá cuánto quedarán conformes o decepcionados los familiares de las víctimas, las Fuerzas Armadas y Carabineros, especialmente el Ejército, el gobierno, y todos quienes tienen intereses y/o opinión en esta cuestión.
Esa es, ni más ni menos, la relevancia de esa audiencia que continúa postergándose, sin apreciarse muy claramente por qué el retraso, entendiendo que “hay reos presos”, como se nombra en la jerga de tribunales. Ello apura normalmente la vista de estas apelaciones.
En este proceso, el 14 de abril de 2003 el ministro Alejandro Solís condenó a 15 años de presidio al ex jefe de la DINA, general (R) Manuel Contreras Sepúlveda; a 15 años de la misma pena al ex jefe de varios recintos clandestinos de la DINA, coronel (R) Marcelo Moren Brito; y a 10 años de presidio al también ex jefe de algunos de estos centros de tortura y exterminio, brigadier (R) Miguel Krassnoff Martchenko, quien no hace mucho se atribuyó públicamente el cartel de “analista” y “entrevistador” de la ex DINA.
Todos fueron sentenciados por el juez Solís como autores del secuestro calificado y desaparición del militante del MIR, Miguel Angel Sandoval Rodríguez.
También fueron sentenciados a 5 años de presidio en calidad de cómplices del mismo delito los ex agentes de la DINA, brigadier (R) Fernando Lauriani Maturana, conocido como el “teniente Pablito” y uno de los más crueles represores de la ex DINA, y el teniente coronel (R) de Carabineros Gerardo Godoy García, alias “El cachete chico”.
Será respecto de estas “estrellas” de la ex DINA, donde se producirán los relevantes alegatos acerca de la amnistía y la prescripción del delito que están por venir.
En su sentencia condenatoria el ministro Alejandro Solís rechazó aplicar la amnistía y la prescripción del delito a favor de los ex agentes, esgrimiendo el argumento que hasta ahora aparece como insalvable en contra de los militares: que mientras no aparezca el cuerpo de la víctima, el secuestro es un ilícito de carácter permanente que se sigue cometiendo cada día, y por tanto excede ampliamente el período cubierto por la ley de amnistía que se extiende hasta el 10 de marzo de 1978.
Juez Solís ordena detención de Manuel Contreras
Fuente :La Nación, 28 de Enero 2005
Categoría : Prensa
En su casa, en un condominio militar de La Reina, se encuentra el general en retiro y ex director de la Dirección de Inteligencia Nacional (Dina), Manuel Contreras, a pesar de que a las ocho de la mañana debía presentarse en el Palacio de Tribunales, para notificarse de su condena a 12 de cárcel por el secuestro del mirista desaparecido Miguel Angel Sandoval Rodríguez. Hasta el recinto "Club de Campo Norte", ubicado en el número 316 de la calle Alvaro Casanova, llegaron, cerca de las nueve de la mañana, seis vehículos de la Policía Civil que esperan el arribo de oficiales de esa institución con la orden de detención del ex jefe de la policía política de la primera etapa de de la dictadura. A las diez con 25 minutos arribaron al lugar otros tres automóviles con efectivos civiles.
El acceso principal al condominio del sector alto de Santiago está restringido por personal de Carabineros quienes sólo han permitido el ingreso a los equipos policiales y a familiares del retirado general. El hecho se asemeja a la situación de 1995, cuando Contreras atrincheró en un fundo de la Décima Región ante la notificación de su condena por el crimen del ex canciller Orlando Leterier. Sus colaboradores ya van a la cárcel A las 8 de la mañana, y tal como estaba señalado, habían llegado hasta la sede de justicia los otros cuatro condenados en la histórica sentencia, dictada por el juez Alejandro Solís y luego ratificada en forma unánime por la Segunda Sala en lo Penal de la Corte Suprema, que desplazó a la ley de amnistía al considerar el secuestro como un delito permanente. Además de Contreras, comienzan a cumplir hoy su pena, el ex jefe del Grupo Halcón de la DINA, brigadier (r) Miguel Krassnoff, 10 años de cárcel; el ex jefe de Villa Grimaldi, brigadiero (r) Marcelo Moren Brito (11 años); el ex jefe del Grupo Vampiro, coronel (r) Fernando Laureani (5 años); y el ex agente Gerardo Godoy (5 años).
Fuertemente custodiados por gendarmes y protegidos por un cerco de Carabineros que mantenía a distancia a casi 200 familiares de víctimas de la dictadura, que gritaban en contra de los ex agentes, Krassnoff, Moren Brito y Laureani, fueron subidos a dos vehículos de Gendarmería para ser trasladados hasta el penal "Cordillera", en la comuna de Peñalolén; mientras que Godoy, el único Carabinero de la lista, fue llevado, en otro carro celular, al penal de Punta Peuco al norte de la capital. La Segunda Sala en lo Penal, en un dictamen considerado histórico al sentar jurisprudencia en la tramitación de causas referidas a violaciones a los derechos humanos, mantuvo en noviembre del año pasado la sentencia del juez Solís y de la
Corte de Apelaciones, en que se acusó a los cinco del crimen de Sandoval Rodríguez. El Decreto Ley de Amnistía de 1978, que fue dictado bajo el régimen de Augusto Pinochet (1973-1990), plantea la exoneración de responsabilidades penales de todos aquellos agentes del Estado involucrados en atropellos a las garantías constitucionales perpetradas entre el 11 de septiembre de 1973 yel 11 marzo de 1978.
UN SASTRE DEL MIR
Miguel Angel Sandoval Rodríguez, un sastre de 26 años y que militaba en el Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fue detenido el 7 de enero de 1975 en Santiago. Sus familiares informaron que el afectado salió de su casa al mediodía y que les señaló que regresaría a las tres de la tarde. Sin embargo nunca volvió. Según testimonios de personas que estuvieron detenidas en Villa Grimaldi, fue visto por última vez en este lugar de reclusión secreto en muy malas condiciones.Quince días después de su detención, a las 02:30 de la madrugada, civiles armados allanaron su casa, llevándose documentación. Luego, Sandoval apareció en la lista de 60 chilenos que habrían muerto en diversos países que fue publicada por la revista argentina Lea en julio de 1975. Este medio no tuvo más ediciones y en ella no se identificaron redactores ni editores. Teolinda Sandoval, hermana del desaparecido, el 18 de febrero de 1975 presentó un recurso de amparo en la Corte de Apelaciones, solicitando que se oficiara a los ministerios del Interior, Defensa y a la DINA para que informen sobre la detención de Miguel Angel Sandoval. La petición nunca tuvo respuesta. El coronel de Ejército Hernán Ramírez, por orden de la jefatura de zona en estado de sitio, respondió que a “esta persona no se le instruye causa en el II Juzgado Militar ni se encuentra detenida”. Raúl Flores Castillo, detenido también el 7 de enero de 1975 y que estuvo 14 días en Villa Grimaldi, relató que entre el día 10 u 11 de enero llevan a mi celda a Miguel Angel Sandoval Rodríguez, actualmente desaparecido. Estaba mal físicamente, lo habían golpeado mucho. Me decía que ojalá pudiéramos salir pronto de esto”.
Encarcelan a Cupula de la DINA
Fuente :www.24horas.cl, 28 de Enero 2005
Categoría : Prensa
En un día considerado histórico la cúpula de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) comenzó a cumplir condena de presidio por el secuestro calificado del militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), Miguel Ángel Sandoval, hecho ocurrido en 1975.
La jornada estuvo marcada por la resistencia del ex director del organismo de represión del régimen militar, el general (r) Manuel Contreras, quien se negó a ser notificado de su condena y retrasó en tres horas su traslado al Penal Cordillera de Peñalolén, la segunda cárcel especial para militares después de Punta Peuco.
24 Horas de TVN captó en exclusiva el momento en que Contreras opone resistencia a su arresto por parte de personal de la Policía de Investigaciones en su casa de Peñalolén. En medio del forcejeo, el oficial retirado intentó defenderse con su arma de fuego según consta en un parte de la policía civil.
Finalmente, Contreras ingresó al recinto penitenciario en horas de la tarde, hasta donde habían sido trasladados momentos antes otros tres condenados por este delito.
La cúpula de la DINA condenada por la desaparición de Sandoval son el general (r) de Ejército Manuel Contreras, condenado a 12 años y un día; el brigadier (r) Miguel Krassnoff, condenado a 10 años y un día; el coronel (r) Marcelo Moren Brito, condenado a 11 años y un día; el brigadier (r) Fernando Laureani, condenado a 5 años y un día; y el coronel (r) de Carabineros, Gerardo Godoy, condenado a 5 años y un día (encarcelado en Punta Peuco).
Procesan por torturas a plana mayor de la DINA
Fuente :La Nación, 21 de Junio 2005
Categoría : Prensa
Como autores de tormentos y apremios ilegítimos el ministro de fuero, Alejandro Solís, procesó a nueve ex miembros de la plana mayor de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA): el otrora director de la general (R) Manuel Contreras, el brigadier (R) Pedro Espinoza, el mayor (R) Miguel Krassnoff, el coronel (R) Marcelo Moren Brito, y los ex agentes Osvaldo Romo, Basclay Zapata, Gerardo Godoy, Fernando Laureani y Francisco Ferrer Lima.
A todos ellos Solís los responsabilizó de haber torturado a una veintena de presos políticos que estuvieron ilegalmente detenidos en Villa Grimaldi, -cárcel clandestina emplazada en la comuna de Peñalolén, de la que desaparecieron unos 400 presos políticos- durante los años 1974 y 1975.
En el auto de procesamiento, de 50 páginas, se señala que en ese lugar “operaba un grupo de agentes de la DINA (que) aplicaban tormentos (para) recabar información sobre el paradero de otros opositores” a Pinochet.
La mayoría de los procesados actualmente están recluidos en el penal Cordillera, instalado al interior de la Escuela de Telecomunicaciones del Ejército, donde cumplen sentencia por otros casos de violaciones de los derechos humanos
Ministro Solís procesó a 12 ex agentes de la DINA
Fuente :La Nación, 1 de Marzo 2006
Categoría : Prensa
El ministro de fuero Alejandro Solís procesó por los delitos de secuestro y homicidio a 12 ex agentes de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), incluido su ex jefe, general (R) Manuel Contreras Sepúlveda. Los encausamientos fueron dictados por el secuestro y desaparición de ocho personas y la ejecución de otras seis, cuyos cuerpos fueron posteriormente entregados a sus familiares o abandonados en la vía pública.
Además de Contreras, los otros procesados son el ex segundo jefe de la DINA, Pedro Espinoza; el ex jefe de grupos operativos de ese organismo, Miguel Krassnoff; el ex jefe de algunos recintos de la DINA, oficial (R) de Carabineros, Ciro Torré; el ex jefe del departamento exterior de DINA, Christoph Willikie; el ex agente de la DINA y de la Dirección de Inteligencia del Ejército (DINE), Francisco Ferrer; el ex jefe del recinto de Villa Grimaldi y ex jefe de la Brigada de Inteligencia Metropolitana de la DINA, Marcelo Moren Brito; el ex integrante del grupo Halcón de la DINA, Basclay Zapata; el ex jefe del grupo Vampiro de la DINA, Fernando Lauriani; el ex agente civil Osvaldo Romo; el ex jefe del recinto de Cuatro Álamos y oficial (R) de Gendarmería, Orlando Manzo Durán, y el oficial (R) de Carabineros e integrante de grupos operativos de la DINA, Gerardo Godoy.
Los ex agentes fueron procesados por la responsabilidad que les cabe en el destino final de las siguientes víctimas: Sergio Pérez Molina, Iván Olivares Coronel, Jaime Ossa Galdames, Gustavo Ramírez Calderón, Julio Flores Pérez, Herbit Ríos Soto, Iván Monti Cordero, y Sergio Lagos Marín, todos ellos fueron secuestrados y hechos desaparecer, sin que hasta ahora se sepa que ocurrió exactamente con sus cuerpos.
Embajada de Italia
Además, los encausamientos fueron dictados por los homicidios calificados de Lumi Videla Moya, Pedro Labra Saure, Alberto Gallardo Pacheco, Catalina Gallardo Moreno, Mónica Pacheco Sánchez y Luis Ganga Torres.
La situación represiva sufrida por Lumi Videla, militante del MIR, fue conocida por la opinión pública porque el 4 de octubre de 1974 su cadáver fue arrojado por sobre la pared al interior de la Embajada de Italia. Aunque la prensa de la época atribuyó la muerte a rivalidades entre los asilados en el recinto diplomático, la verdad es que Lumi Videla había muerto el día anterior por efecto de las torturas a que fue sometida en la cárcel clandestina de la calle José Domingo Cañas en Ñuñoa.
Asimismo Alberto y Catalina Gallardo, Mónica Pacheco y Luis Ganga, fueron hechos aparecer como muertos en un enfrentamiento con fuerzas de seguridad supuestamente ocurrido en Rinconada de Maipú al mediodía del 19 de noviembre de 1975. Pero la investigación judicial de los últimos años estableció que fueron asesinados por agentes de la DINA, y sus cuerpos trasladados al lugar donde fueron encontrados.
El ex agente de la DINA Amador Fuentes Salas, de chapa “Hernán Galleguillos” entrevistado por La Nación en 2003, declaró que estas personas fueron sacadas ya muertos desde Villa Grimaldi, y que el falso enfrentamiento fue grabado en exclusiva para Televisión Nacional por el periodista Julio López Blanco.
La resolución del ministro Alejandro Solís deberá ser ahora revisada por una sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, luego de que las respectivas defensas de los ex agentes apelen de los encausamientos.
Varios de los procesados, entre ellos Contreras, Moren, Krassnoff y Ferrer, se encuentran ya cumpliendo condenas de presidio por su responsabilidad en la muerte o desaparición de otras víctimas.
Por caso de dos detenidos desaparecidos Solís condena a cúpula DINA tras interrogar a ex ministros de Pinochet
Fuente :El Mostrador, 2 de Diciembre 2006
Categoría : Prensa
De manera reservada, el ministro Alejandro Solís interrogó a una serie de otrora integrantes del gabinete de la dictadura, en el marco de una diligencia solicitada por el propio Manuel Contreras, ex jefe del desaparecido organismo represivo. Tras las diligencias, el magistrado estimó que sus dichos ''no alteran los razonamientos anteriores'', y le aplicó la décima condena por violaciones a los derechos humanos.
Pese a que el ministro Alejandro Solís acogió la petición interpuesta por la defensa del ex jefe de la disuelta DINA, general (r) Manuel Contreras, referida a que las ex autoridades civiles del régimen de Augusto Pinochet avalaron que las detenciones realizadas por el disuelto organismo eran legales, el magistrado decidió finalmente mantener la tipificación de secuestro calificado y dictar una nueva condena en su contra.
Los abogados Fidel Reyes y Javier Gómez, quienes representan al ex uniformado, pretendían -mediante estos testimonios- lograr establecer que los militantes del MIR Eugenio Montti y Carmen Díaz, al igual que los otros detenidos desaparecidos, ya no se encuentran secuestrados y que sus aprehensiones fueron legales, en virtud de los decretos exentos firmados por las autoridades administrativas.
La decisión del juez Solís, en cuanto a tomar estas declaraciones en la fase probatoria de estos casos, había sido interpretada como un "triunfo" por parte de la defensa del militar en retiro, ya que hace un año atrás habían solicitado que se realizarán estas indagatorias, lo cual fue rechazado por este magistrado, así como también por los ministros Juan Eduardo Fuentes y Joaquín Billard, quienes también sustancian investigaciones en contra del organismo encabezado por Contreras.
No obstante, Solís no varió su apreciación de los hechos e igualmente dictó la décima condena por violaciones a los derechos humanos en contra del ex jefe de la DINA, como autor del secuestro calificado en contra de estos dos opositores a la dictadura, sancionándolo con 15 años y un día de presidio.
En tanto, también en calidad de autores, condenó a los ex agentes Marcelo Moren Brito y Rolf Wenderoth, por ambos casos, mientras que a Osvaldo Romo le aplicó una sanción de cinco años y un día por el secuestro calificado de Montti.
Asimismo, Solís castigó con cinco años y un día a Miguel Krasnoff y Basclay Zapata, en calidad de cómplices, mientras que a Fernando Laureani y Gerardo Godoy los absolvió por falta de participación en los hechos.
Eugenio Iván Montti Cordero egresado de Ingeniería Mecánica de la Universidad Técnica del Estado y militante del MIR, fue detenido por agentes de la DINA el
13 de febrero de 1975, junto a su hijo Iván Montti Araya, de 5 años, y Carmen Díaz Darricarrere, en el domicilio ubicado en Los Illanes Nº95, Las Condes. (Fuente: memoriaviva.com).
Según los antecedentes recopilados en el proceso judicial, los dos adultos estuvieron detenidos en el recinto de detención clandestino Villa Grimaldi, lugar desde el cual se perdió su rastro.
Declaraciones de ex autoridades
Durante el pasado mes de noviembre, declararon ante Solís los ex jefes de gabinete de Pinochet Ricardo García, Sergio Fernández y Sergio Onofre Jarpa, el general (r) César Benavides y Carlos Cáceres. Asimismo, declaró el otrora subsecretario del Interior general (r) Enrique Montero Marx.
También fueron interrogados los ex directores de la desaparecida CNI, generales (r) Odlanier Mena, Gustavo Abarzúa y Hugo Salas Wenzel, además del ex agente del Comando Conjunto Otto Trujillo.
Detenciones y muertes
Como se explicó a este medio, los objetivos que buscó la defensa de Contreras apuntaron a establecer que las detenciones llevadas a cabo por la ex DINA eran legales en la medida que existió un decreto ley que proscribió a los partidos políticos y las actividades proselitistas tras el golpe militar de 1973.
En esa medida, los abogados del ex uniformado -quien actualmente cumple dos condenas a firme: de 12 años y un día por el secuestro calificado del sastre Miguel Ángel Sandoval y otra de 10 años y un día por el caso de la estudiante de periodismo Diana Arón- buscaban establecer que las aprehensiones realizadas por el ex organismo de seguridad fueron lícitas.
Por otra parte, también persiguieron acreditar mediante estos testimonios que en Chile no existió un estado de guerra, con lo cual impugnarían la aplicación de la Convención de Viena sobre crímenes de lesa humanidad, como también que no habría existido una política institucional para ordenar secuestros de personas.
Otro de los fines a que apuntó esta estrategia fue acreditar que las víctimas no se encuentran apresadas hasta ahora, con el fin de desvirtuar la aplicación de la figura de secuestro permanente, logrando imponer el delito de homicidio calificado, el cual a su juicio estaría prescrito en virtud de la legislación penal chilena.
De hecho, al igual que en estos dos casos, la defensa del "Mamo" pedirá que en todos los casos en que está involucrado su cliente (alrededor de 150) se incluyan estos testimonios. Así también, por medio de ellos interpondrán recursos de revisión ante la Corte Suprema para intentar modificar las condenas "a firme" que existen en contra del ex uniformado.
Párrafos escogidos
– Ricardo García, ex ministro del Interior (1985-1987): "Aquellas detenciones asociadas a los estados de excepción, que eran efectuadas con decreto exentos y que se ajustaban a las normas constitucionales y legales vigentes, debe concluirse que no adolecían de ilicitud".
"En cuanto al arresto transitorio de personas, podían ejercerse mediante Decreto Supremo exento de toma de razón, firmado por el Ministro del Interior “por Orden del Presidente de la República”. Las situaciones de detención en estados de excepción, así como por decreto exento en la forma expresada, según mis recuerdos, eran planteadas por Investigaciones".
"Nunca tuve conocimiento que existiera una política institucional que contemplara secuestros. Tampoco tuve conocimiento de que la hubiera habido antes de mi ingreso a mi Secretaría de Estado".
– Sergio Fernández, ex ministro del Interior (abril de 1978 a abril de 1982 – julio de 1987 a octubre de 1988": "Durante los períodos que ejercí como Ministro del Interior, no había estado de sitio en el país, y conforme a la legislación vigente a la época las órdenes de arresto debían ser firmadas por el Ministro del Interior, bajo la fórmula por Orden del Presidente de la República".
"La CNI se vinculaba con el Gobierno para efectos administrativos a través del Ministerio del Interior. Este Ministerio no tenía ni tuición ni mando respecto de dicha Central, ni tampoco conocía ni se le informaba de sus operaciones.
Tampoco intervenía en el nombramiento de su personal. Era un ente militar autónomo y especializado".
– Sergio Onofre Jarpa, ex ministro del Interior (1983 – 1985): "En mi época como Ministro del Interior nunca hubo secuestrados".
– Enrique Montero Marx, ex subsecretario del Interior (septiembre de 1973 hasta abril de 1982): "El Ministro del Interior, en relación con las detenciones que se practicaban en virtud del estado de sitio, se limitaba exclusivamente a dictar un decreto exento que las autorizaba, señalando el nombre completo del detenido, el lugar donde permanecía y la constancia que quedaba sujeto a vigilancia y control del Jefe de la respectiva Guarnición Militar o de la autoridad de las Fuerzas Armadas o de Carabineros en que delegaren esa facultad".
– Odlanier Mena, ex director de la CNI: "No se recibieron como personas secuestradas de la DINA, a las presuntas víctimas de estos autos, Iván Eugenio Montti Cordero y Carmen Díaz Darricarrere".
"Durante el desempeño de mi cargo como Director de la CNI no hubo personas secuestradas en las instalaciones de este organismo, en consecuencia no se dispuso la liberación de ellos".
– Otto Trujillo, ex agente del Comando Conjunto: "Sólo en dos oportunidades, en allanamientos que se hicieron en los cuales yo participé, el Oficial coordinador, ya sea (Roberto) Fuentes Morrison o (Edgard) Ceballos, ingresaban a las casas y se hacían pasar por DINA, finales de 1975".
"Me acuerdo que ocurrió en dos oportunidades una en La Granja, después que se completa el allanamiento se llamó a Marcelo Moren Brito, en ese lugar se encontró un barretín, con armamento, creo que eran metralletas AKA. Moren llegó en un auto Ford, color salmón, ellos siguieron buscando y encontraron otro barretín más grande aún. Y el segundo fue en la población Los Cóndores de Plata, en este caso también se identificaron como agentes de la DINA".
Derechos humanos: Juez condena a Contreras a 10 años de cárcel
Fuente :La Nación, 20 de Diciembre 2006
Categoría : Prensa
El ministro Juan Eduardo Fuentes dictó ayer una nueva condena contra el general (r) Manuel Contreras, como autor del secuestro calificado de los militantes del MIR Cecilia Bojanic Abad y Flavio Oyarzún Soto, detenidos en Santiago el 2 de octubre de 1974.
Por el mismo delito, el juez dictó igual pena contra el ex agente civil de la DINA Osvaldo Romo; y condenó a cuatro años sin beneficios a los ex oficiales Francisco Ferrer Lima, Marcelo Moren Brito, Miguel Krassnoff y Fernando Laureani.
El único ex DINA que obtuvo la libertad vigilada fue Orlando Manzo, quien recibió una pena de 3 años como cómplice.
En tanto, en un fallo dividido la Sexta Sala de la Corte condenó a nueve ex miembros del Comando Conjunto por "asociación ilícita genocida", por haberse organizado para perseguir y exterminar a personas que pudieren "sustentar ideología marxista", a quienes recluyeron en la Academia de Guerra Aérea.
El tribunal procesó, además, a tres miembros del organismo en calidad de coautores del delito de ilegítima privación de libertad del dirigente de la CUT, José Luis Baeza Cruces.
Juez condena hasta quince años de cárcel a cúpula de la ex DINA
Fuente :El Mostrador, 30 de Marzo 2007
Categoría : Prensa
El ministro de fuero Alejandro Solís dictó una nueva condena de hasta quince años y un día contra la cúpula de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad en el secuestro calificado de Herbit Guillermo Ríos Soto, registrado el 3 enero de 1975.
Las máximas sentencias dictadas por el magistrado recayeron en contra del general retirado Manuel Contreras Sepúlveda, otrora director del organismo represivo, y el brigadier retirado Miguel Krassnoff Martchenko.
En tanto, a diez años y un día de prisión fueron condenados el brigadier (R) Pedro Espinoza Bravo, el teniente (R) Fernando Lauriani Maturana, el coronel (R) Marcelo Morén Brito, el mayor (R) Rolf Wenderoth Pozo, el suboficial (R) Basclay Zapata Reyes, y el agente civil Osvaldo Romo Mena.
Solís también condenó a cinco años de cárcel al teniente coronel retirado Francisco Maximiliano Ferrer Lima, y absolvió al carabinero en retiro Orlando Manzo Durán.
Ríos Soto, estudiante de pedagogía en Historia y militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fue detenido el 3 de enero de 1975 en el domicilio de un compañero, tras lo cual fue trasladado al centro de detención de Villa Grimaldi.
Juez Montiglio procesó a 98 ex agentes por víctimas de la Operación Colombo – El golpe más grande a la represión
Fuente :La Nación, 27 de Mayo 2008
Categoría : Prensa
Entre los encausados, todos en retiro, hay ocho coroneles y 23 suboficiales de Ejército, 40 oficiales y suboficiales de Carabineros, dos ex agentes de la FACH, una ex agente de la Armada, y siete ex agentes de la Policía de Investigaciones.
El mayor golpe a la represión de la dictadura de Augusto Pinochet dio ayer el ministro Víctor Montiglio, al procesar a 98 ex agentes de distintas ramas de las Fuerzas Armadas, Carabineros e Investigaciones por 42 víctimas de la Operación Colombo.
Se trata de la resolución más numerosa dictada entre las casi 400 causas por violaciones de los derechos humanos que se instruyen en el país. Incluso superó a los 67 ex agentes encausados por el mismo juez Montiglio en 2007 por los crímenes de la Brigada Lautaro y su Grupo Delfín en el cuartel Simón Bolívar.
Entre los encausados por Colombo hay ocho coroneles de Ejército (R), seis de los cuales no habían procesados antes en ninguna causa. También fueron declarados reos 23 suboficiales de Ejército (R) de los cuales al menos el 50 por ciento aparecen por primera vez en este tipo de causas.
Entre estos suboficiales figura Juvenal Piña, alias "El Elefante", ex agente de la Brigada Lautaro, que fue quien asfixió al jefe comunista en la clandestinidad (1976) Víctor Díaz, con una bolsa plástica en su cabeza, previo a que le inyectaran cianuro.
Además el magistrado encausó a 40 ex agentes oficiales y suboficiales de Carabineros, entre los que están Ricardo Lawrence, Heriberto Acevedo, Claudio Pacheco y José Mora, todos ex integrantes de la misma Brigada. Entre los procesados hay también ex agentes que pertenecían a la Policía de Investigaciones. El único civil (Ejército) es Juan Suárez.
De la lista total, al menos trece ya se encuentran cumpliendo condena por otras causas (ver lista).
Hasta el cierre de esta edición los procesados seguían siendo detenidos para ser internados en distintos lugares, como el Batallón de Policía Militar de Peñalolén.
Entre las 42 víctimas por las cuales el ministró dictó su resolución, están María Angélica Andreolli, Miguel Acuña Castillo, Juan Carlos Perelmann Ide, Juan Chacón Olivares, Jorge Müller Silva, Luis Guendelmann Wisniak, Mario Calderón Tapia y Carmen Bueno Cifuentes.
La Operación Colombo y los medios
La lista de los 119 fue publicada en la revista Lea (Buenos Aires) y el diario O Dia (Brasil), en 1975, informaciones que también fueron falsas. Ambas publicaciones fueron creadas por agentes de la DINA.
La Operación Colombo fue parte de la Operación Cóndor, y consistió en un montaje de la dictadura para hacer creer a la población que 119 detenidos que se encontraban desaparecidos, habían salido clandestinamente a Argentina y allí murieron enfrentados con fuerzas policiales y del Ejército durante la fase previa al golpe militar de 1976 en Argentina.
Algunos de esos nombres aparecieron como militantes "asesinados" en Buenos Aires y alrededores, con carteles en sus cuerpos que decía que habían sido ejecutados por sus propios compañeros por ajuste de cuenta por rencillas internas. Sin embargo, ello también resultó un montaje.
La lista de los 119 fue publicada en la revista Lea (Buenos Aires) y el diario O Dia (Brasil), en 1975, informaciones que también fueron falsas. Ambas publicaciones fueron creadas por agentes de la DINA en el extranjero y tuvieron una única edición.
En Chile la prensa pro dictadura como los diarios El Mercurio, La Tercera, Las Ultimas Noticias y La Segunda, reprodujeron el montaje de los servicios de inteligencia. En el recuerdo quedó el titular del vespertino que informó "Exterminados como ratones: 59 miristas chilenos caen en operativo militar en Argentina". Ellos formaron parte de la lista de los 119 desaparecidos de Colombo.
El ex prófugo Raúl Iturriaga, quien era uno de los encargados del departamento exterior de la DINA, fue quien primero dio luces en Buenos Aires de este operativo.
Según el ex agente civil Enrique Arancibia Clavel, condenado en Buenos Aires por el crimen del general Carlos Prat y su esposa, fue Iturriaga quien a comienzos de 1975 se juntó con él para pedirle que preparara lo necesario porque "hay que hacer aparecer a unos muertos de la Operación Colombo".
Se trataba de preparar la aparición de los supuestos cuerpos de Jaime Robotham y Luis Guendelmann como parte del montaje.
Lista de procesados
Ejército (todos en retiro):
Víctor Molina Astete (coronel); Sergio Castillo González (crl); Eduardo Guerra Guajardo (crl); Víctor San Martín Jiménez (crl); José Fuentes Torres (crl); Manuel Carevic Cubillos (crl); Jaime Paris Ramos (crl); César Manríquez Bravo (crl); Raúl Toro Montes (suboficial); Eduardo Reyes Lagos (sub); Orlando Torrejón Gatica (sub); Osvaldo Tapia Alvarez (sub. Suicidado); Juvenal Piña Garrido (sub. “El Elefante”); Juan Suárez Delgado (civil); Nelson Paz Bustamante (sub); José Aravena Ruiz (sub); Luis Torres Méndez (sub); Raúl Soto Pérez (sub); Jorge Andrade Gómez (sub); Juan Escobar Valenzuela (sub); Rolando Concha Rodríguez (sub); Gustavo Apablaza Meneses (sub); Hiro Alvarez Vega (sub); Víctor Alvarez Droguett (sub); Jorge Venegas Silva (sub); Carlos Rinaldi Suazo (sub); Carlos Letelier Verdugo (sub); Reinaldo Concha Orellana (sub); Máximo Aliaga Soto (sub); Hugo Clavería Leiva (sub); Samuel Fuenzalida Devia (sub)
Investigaciones
Juan Urbina Cáceres; Hugo Hernández; Manuel Rivas Díaz; Herman Alfaro; Eugenio Fieldhouse; Osvaldo Castillo
Carabineros (oficiales y suboficiales todos en retiro)
Gerardo Godoy García; Ciro Torres Sáez, Alejandro Molina Cisternas; Camilo Torres Negrier; Héctor Lira Aravena; José Fritz Esparza; Claudio Pacheco Fernández; Jorge Sagardia Monge; Sergio Castro Andrade; Luis Villarroel Gutiérrez; Armando Cofré Gómez; Fernando Roa Montaña; Gerardo Meza Acuña; Enrique Gutiérrez Rubilar; Luis Mora Cerda; José Muñoz Leal; Juan Duarte Gallegos; Carlos Miranda Meza; Rufino Jaime Astorga; Luis Urrutia Acuña; Luis Zúñiga Ovalle; Pedro Alfaro Hernández; Orlando Inostroza Lagos; Rosa Ramos Hernández; Gustavo Caruvan Soto; Héctor Valdebenito Araya; Manuel Avendaño González; José Mora Diocares; Guido Jara Brevis; Nelson Ortiz Vignolo; Ruderlindo Urrutia Jorquera; Héctor Flores Vergara; Jerónimo Neira Méndez; Manuel Montré Méndez; Heriberto del Carmen Acevedo; Claudio Orerllana de la Pinta; Nelson Iturriaga Cortés; Luis Gutiérrez Uribe; José Ojeda Obando
Fuerza Aérea
Delia Gajardo Cortés; Hernán Avalos Muñoz
Armada
Teresa Navarro Osorio;
Procesados que ya cumplen condena
Manuel Contreras Sepúlveda; Pedro Espinoza Bravo; Raúl Iturriaga Neumann; Marcelo Moren Brito; Miguel Krassnoff Martchenko; Ricardo Lawrence Mires; Basclay Zapata Reyes; Conrado Pacheco; Francisco Ferrer Lima; Gerardo Urrich; Orlando Manzo Durán; Rizier Altez España; Fernando Lauriani Maturana
Suprema dicta condena a cúpula de la DINA por secuestros calificados
Fuente :El Mostrador, 27 de Diciembre 2008
Categoría : Prensa
La Corte Suprema dictó condena en la investigación por los secuestros calificados de Eugenio Montti Cordero y Carmen Díaz Daricarrere, ocurridos a partir el 13 de febrero de 1975 en la Región Metropolitana.
En fallo dividido, los ministros de la Segunda Sala del máximo tribunal acogieron el recurso de casación presentado en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago del 21 de enero de 2008.
El tribunal máximo sentenció al ex director de la DINA, Manuel Contreras Sepúlveda, a 7 años de presidio efectivo; y a Marcelo Moren Brito y Rolf Wenderoth Pozo, a 4 años de presidio, como autores de dos secuestros calificados. Se les concedió el beneficio de la libertad vigilada.
En tanto, Miguel Krassnoff Martchentko y Basclay Zapata Reyes fueron condenados a 541 días de presidio como cómplices de dos secuestros calificados. Se concedió el beneficio de la remisión condicional de la pena.
Fernando Lauriani Maturana y Gerardo Godoy García fueron absueltos por falta de participación.
Asimismo, se ratificó la decisión de rechazar la demanda de indemnización de perjuicios presentados por los familiares de las víctimas en contra del Estado de Chile.
En el aspecto penal, la decisión se adoptó con el voto en contra de los ministros Segura y Ballesteros, quienes estuvieron por acoger la figura de la prescripción de la acción penal y determinar la absolución de todos los procesados.
En tanto, en el aspecto civil la decisión se adoptó con el voto en contra de los ministros Dolmestch y Künsemüller, quienes sostienen que este tipo de delitos son imprescriptibles, tanto en el aspecto penal como en el civil, por lo que eran partidarios de conceder indemnización por el daño causado.
Con este fallo se completan 15 sentencias por este tipo de procesos dictadas por la Corte Suprema en este año, y 43 desde 2005.
Historia de su desaparción
Carmen Díaz Darricarrere y Eugenio Montti, quienes tenían 24 y 29 años, respectivamente, fueron aprehendios por agentes de la DINA a escasos metros de su domicilio junto al hijo de este último, de cinco años. Junto a otros detenidos -Alan Bruce Catalán y Sergio Vásquez Sáenz- fueron llevados ese mismo día a Villa Grimaldi, en donde fueron interrogados y sometidos a tortura.
Ambos jóvenes y los otros detenidos desaparecieron desde ese recinto clandestino la última semana de febrero de 1975, mientras que el niño, quien también fuera llevado a Villa Grimaldi, fue trasladado a un hogar de menores donde fue encontrado fortuitamente por sus familiares.
Juez dicta condenas por desaparición de dos socialistas en 1974
Fuente :La Nación, 30 de Diciembre 2008
Categoría : Prensa
El ministro Alejandro Solís sentenció a siete ex agentes de la DINA que secuestraron a Jaime Robotham y Claudio Thauby justo la víspera del Año Nuevo de 1975. Las pistas de los estudiantes de Sociología se pierden tras su paso por Villa Grimaldi.
Un capítulo doloroso de la reciente historia comenzó ayer a cerrarse luego que el ministro de fuero Alejandro Solís dictara sentencia por el secuestro calificado de los dos militantes del Partido Socialista Jaime Robotham y Claudio Thauby, detenidos por organismos represores durante la víspera del año nuevo de 1975.
El magistrado condenó al ex jefe de la DINA, Manuel Contreras, a 15 años de presidio efectivo y la misma pena impuso al líder de la denominada "Brigada Vampiro", Fernando Lauriani quien -según el relato de testigos- se habría ensañado con las torturas a Thauby, ya que lo conocía de la Escuela Militar, donde el joven socialista había pasado un tiempo antes de decidirse a estudiar Sociología en la Universidad de Chile.
Este hecho habría molestado a Lauriani quien lo consideraba un traidor a las Fuerzas Armadas por sus ideales socialistas, situación que quedó plasmada en declaraciones efectuadas a la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación en 1990.
Asimismo, el juez tras investigar este caso halló responsabilidad en los demás agentes represores Pedro Espinoza, Marcelo Moren Brito, Rolf Wenderoth y Miguel Krassnoff; todos sentenciados a 10 años de cárcel y sin ningún beneficio. En tanto, el ex policía Daniel Cancino quien fue destinado a la DINA durante esos años fue condenado a 5 años y un día.
Esto último por prestar colaboración para el esclarecimiento de los hechos. El policía, en una de sus declaraciones, reconoció que integró el "Grupo Vampiro" y aclaró que Lauriani estuvo al mando del grupo que detuvo a Robotham y Thauby.
"Cuando se hizo cargo del grupo Laureani me pareció que era una persona que no tenía manejo de mando, tenía menos grado que yo en equivalencia y era tonto, por lo que me molestó mucho estar bajo sus órdenes ( ) (le decíamos) "Pablito". Se le decía así como diminutivo por lo tonto que era. No tenía ninguna preparación. Era un ignorante total en todo aspecto" declaró Cancino.
Asimismo, el ministro Solís acogió la demanda indemnizatoria presentada por las familias de las víctimas. Es así como todos los condenados deberán cancelar $250 millones a la familia de Thauby y la misma suma a la de Robotham.
Ambos jóvenes caminaban por calle Miguel Claro el 31 de diciembre de 1974, cuando agentes de la DINA los intimidaron con armas obligándolos a subirse a un automóvil para luego trasladarlos a Villa Grimaldi.
En ese lugar, Robotham durante su estadía era identificado porque su cabeza sangraba debido a que una alergia le impedía cicatrizar un golpe recibido de parte de uno de los agentes cuando quiso escapar de la detención.
En tanto, Thauby recibió una tortura tan violenta con electricidad que afectó su oído medio y su equilibrio. Una cara amoratada y su incapacidad para mantenerse de pie son las características que recuerdan ex prisioneros de Villa Grimaldi que le perdieron la pista en ese recinto.
Enésima condena contra “el Mamo”: Por las desapariciones de dos miristas
Fuente :La Nación, 14 de Marzo 2009
Categoría : Prensa
El enésimo fallo contra el general (R) Manuel Contreras Sepúlveda, alias “el Mamo”, dictó la Corte de Apelaciones de Santiago, esta vez por los secuestros calificados de Cecilia Bojanic Abad y Flavio Oyarzún Soto, ocurridos a partir del 2 de octubre de 1974 en la comuna de La Granja, Región Metropolitana.
Contreras Sepúlveda, ex director de la DINA, fue condenado a 10 años y un día por las detenciones y posteriores desapariciones de Bojanic y Oyarzún, militantes del MIR. La mujer, al momento de su detención, presentaba un embarazo de cinco meses.
Otros cuatro integrantes de la ex DINA, Marcelo Moren Brito, Miguel Krassnoff Martchenko, Fernando Lauriani Maturana y Francisco Ferrer Lima, fueron sentenciados a 4 años de presidio cada uno.
Crueles represores figuran entre los más de 150 ex agentes procesados
Fuente :La Nación, 4 de Septiembre 2009
Categoría : Prensa
Crueles represores figuran entre los más de 150 ex agentes de la DINA, todos en situación de retiro, que fueron procesados el martes pasado por el ministro Víctor Montiglio en los casos Operación Colombo, Cóndor y Calle Conferencia 1587.
Entre ellos figura la oficial de Ejército Gladys Calderón Carreño, quien inyectaba cianuro para matar a los detenidos en el cuartel de avenida Simón Bolívar, en la comuna de La Reina, donde operó la Brigada Lautaro.
También aparece el suboficial de Infantería de Marina Sergio Escalona Acuña, quien con un alicate extraía a los cuerpos de los prisioneros ya muertos, las piezas dentales que contenían oro.
Esta operación la realizaba antes de que los cadáveres fueran ensacados para ser arrojados al mar.
De la misma manera, otros de los procesados son los suboficiales de Carabineros Jorge Pichunmán Curiqueo y Claudio Pacheco Fernández, quienes se encargaban en ese cuartel clandestino de desfigurar los rostros de los detenidos y quemar sus huellas dactilares, utilizando un soplete.
Entre los 150 ex agentes encausados por los casos Colombo y Conferencia, existe un total de 21 oficiales. (Ver lista).
A ello hay que sumar los cerca de 50 procesados por víctimas de la Operación Cóndor, lo que podría hacer crecer la cifra total de encausados por sobre los 165, dado que la mayoría de estos cerca de 50 nombres se repiten en las resoluciones dictadas por Colombo y Conferencia.
La mayoría de los procesados pertenecen al Ejército, pero también hay integrantes de la Fuerza Aérea, Armada, Carabineros, Investigaciones y Gendarmería.
Hoy viernes debe terminar la maratónica operación para que todos los procesados queden arrestados e ingresados a los distintos lugares de reclusión preventiva, según la institución a la que pertenecen.
En el caso del Ejército, todos deberán quedar detenidos en el Batallón de Policía Militar en la Avenida José Arrieta, en la comuna de Peñalolén
Lista de oficiales (R)
1.- César Manríquez Bravo (coronel Ejército)
2.- Ciro Torré Sáez (crl. Carabineros)
3.- Fernando Lauriani Maturana (brigadier Ej.)
4.- Gerardo Godoy García (tte.crl. Carab.)
5.- Gerardo Urrich González (crl. Ej.)
6.- Jaime Paris Ramos (crl. Ej.)
7.- José Fuentes Torres (crl. Ej.)
8.- Manuel Contreras Sepúlveda (gral. Ej.)
9.- Manuel Carevic Cubillos (crl. Ej.)
10.- Marcelo Moren Brito (crl. Ej.)
11.- Miguel Krassnoff (brig. Ej.)
12.- Orlando Manzo Durán (crl. Gendarmería)
13.- Pedro Espinoza Bravo (brig. Ej.)
14.- Raúl Iturriaga Neumann (gral. Ej.)
15.- Ricardo Lawrence Mires (crl. Carab.)
16.- Sergio Castillo González (crl. Ej.)
17.- Víctor Molina Astete (crl. Ej.)
18.- Víctor San Martín Jiménez (crl. Ej.)
19.- Gladys Calderón Carreño (cap. Ej.)
20.- Federico Chaigneau Sepúlveda (tte. crl. Ej.)
21.- Juan Morales Salgado (crl. Ej.)
Penas de hasta 7 años por crimen de sacerdote Llidó
Fuente :La Nación, 15 de Octubre 2009
Categoría : Prensa
La Corte de Apelaciones de Santiago dictó sentencia en caso de secuestro de sacerdote Antonio Llidó Mengual, ocurrido a partir de fines de septiembre o comienzos de octubre de 1973 en Santiago.
La Tercera Sala del tribunal de alzada, conformada por los ministros Lamberto Cisternas, Gloria Ana Chevesich y la abogada integrante Claudia Chaimovich ratificaron el fallo de primera instancia del ministro Jorge Zepeda Arancibia, que estableció las siguientes sanciones:
Manuel Contreras Sepúlveda. 7 años de presidio por su responsabilidad como autor.
Marcelo Moren Brito. 7 años de presidio por su responsabilidad como autor.
Miguel Krassnoff Martchenko. 7 años de presidio por su responsabilidad como autor.
Basclay Zapata Reyes. 7 años de presidio por su responsabilidad como autor.
Francisco Ferrer Lima. Absuelto.
Fernando Lauriani Maturana. Absuelto.
Orlando Manzo Durán. Absuelto.
En el caso de Manzo Durán la decisión se adoptó con el voto en contra de la abogada integrante Chaimovich quien estuvo por condenar a este oficial.
En la arista civil del caso se ratificó la condena al Fisco a pagar una indemnización de 100 millones de pesos a la hermana del sacerdote Josefina Llidó Mengual
Contreras suma otros 5 años de condena
Fuente :Lanacion.cl, 25 de Noviembre 2009
Categoría : Prensa
Por su responsabilidad en el secuestro calificado de Sergio Alejandro Riffo Ramos, ocurrido a partir del 27 de noviembre de 1974, fue condenado el director de la desaparecido DINA, Manuel Contreras, así como el resto de la cúpula del organismo represivo de la dictadura.
En fallo de segunda instancia la Corte de Apelaciones de Santiago fijó de manera unánime las siguientes penas:
-Manuel Contreras Sepúlveda: 5 años y un día de presidio. Sin beneficios.
-Pedro Espinoza Bravo: 5 años y un día de presidio. Sin beneficios.
-Marcelo Moren Brito: 5 años y un día de presidio. Sin beneficios.
-Miguel Krassnoff Martchentko: 5 años y un día de presidio. Sin beneficios.
-Fernando Lauriani Maturana: absuelto por falta de participación.
En el aspecto civil del proceso los jueces Cornelio Villarroel Ramírez, Mauricio Silva Cancino y el abogado integrante Bernardo Lara Berríos estuvieron por mantener el dictamen anterior y ordenar el pago de una indemnización solidaria de 20 millones de pesos por parte de Contreras y Moren a Blanca Ramos Aranda, cónyuge de la víctima
Corte de Apelaciones de Santiago y Concepción dictan resoluciones en causas de Derechos Humanos
Fuente :biobiochile.cl, 18 de Junio 2010
Categoría : Prensa
Dos ministros en visita que investigan procesos por violaciones a los derechos humanos dictaron resoluciones en las causas que instruyen en las jurisdicciones de la Corte de Apelaciones de Concepción y la de Santiago, respectivamente.
En primer lugar el ministro Carlos Aldana, del tribunal de alzada penquista, dictó condena de primera instancia en la investigación por el secuestro calificado de Adán Valdebenito Olavarría, ocurrido a partir del 24 de septiembre de 1974 en la ciudad de Lota.
El magistrado sentenció a Manuel Contreras Sepúlveda a la pena de 541 días y a Orlando Manzo Durán a la pena de 61 días de presidio remitido por su responsabilidad como autor y cómplice del delito de secuestro calificado. En el caso de Contreras Sepúlveda se dio por cumplida por el tiempo que ha permanecido en prisión preventiva.
En tanto, el ministro Alejandro Solís, de la Corte de Apelaciones de Santiago, dictó procesamiento en la investigación por el homicidio calificado de Ramón Martínez González, ocurrido el 13 de enero de 1975, en Santiago.
El magistrado procesó a Manuel Contreras Sepúlveda, Mario Jahn Barrera, Marcelo Moren Brito, Fernando Lauriani Maturana y Miguel Krassnoff Martchenko por su responsabilidad como autores de delito mencionado.
Respecto de los procesados Contreras Sepúlveda, Moren Brito y Krassnoff Martchenko se ordena la prisión preventiva anexa a las condenas que cumplen. En cuanto al procesado Lauiriani Maturana se mantiene el beneficio de la libertad provisional y en cuanto al procesado Jahn Barrera se ordenó su ingreso a prisión preventiva por considerarlo un peligro para la sociedad.
Por desaparición de ocho opositores. Nueva condena a la cúpula de la DINA
Fuente :El Mostrador, 31 de Julio 2010
Categoría : Prensa
El ex jefe de la Dina fue sentenciado a 15 años y un día de cárcel por la desaparición de ocho opositores al gobierno de Augusto Pinochet, por lo que acumula más de 200 años por diversas violaciones a los derechos humanos. Además, se suman el ex brigadier Miguel Krasnoff, y los ex coroneles del Ejército Marcelo Moren Brito, Rolf Wenderoth Pozo y Daniel Cancino Varas, el oficial en retiro de Gendarmería Orlando Manzo Durán, el ex oficial del Ejército Rubén Fiedler Alvarado y Pedro Herrera Henríquez, el suboficial en retiro de Carabineros Pedro Alfaro Fernández y el ex teniente coronel del Ejército Fernando Lauriani Maturana.
Una nueva condena, esta vez por 15 años y un día de presidio, recibió el ex jefe de la DINA, Manuel Contreras Sepúlveda, por el secuestro calificado (desaparición) de ocho opositores al régimen militar en 1975.
La sentencia ocurre a días de las polémicas declaraciones que Contreras hizo a Chilevisión, en donde dijo sentirse “orgulloso” de lo que la DINA hizo bajo su mando y negó tener las manos manchadas con sangre.
La condena fue dictada por el juez Alejandro Solís, quien también condenó a otros militares miembros del desaparecido organismo represor por el mismo delito.
A Contreras, quien acumula condenas a prisión por más de 200 años por diversas violaciones a los derechos humanos, se le suman el ex brigadier Miguel Krasnoff, y los ex coroneles del Ejército Marcelo Moren Brito, Rolf Wenderoth Pozo y Daniel Cancino Varas, quienes fueron sentenciados a diez años y un día de prisión.
Además, se les suma a los anteriores el oficial en retiro de Gendarmería Orlando Manzo Durán, el ex oficial del Ejército Rubén Fiedler Alvarado y a Pedro Herrera Henríquez, quienes recibieron una pena de cinco años y un día de presidio.
A su vez, el suboficial en retiro de Carabineros Pedro Alfaro Fernández y el ex teniente coronel del Ejército Fernando Lauriani Maturana fueron condenados a tres años de prisión.
Los ex uniformados fueron procesados y condenados por su participación en el secuestro y desaparición de ocho opositores a la dictadura en 1975 en Valparaíso.
Según precisan los antecedentes de la sentencia, el 17 de enero de 1975 fueron detenidos en Viña del Mar la pareja conformada por Sonia Ríos Pacheco y Fabián Ibarra Córdova. Un día después se detuvo a Carlos Rioseco Espinoza y Alfredo García Vega.
En tanto, el 21 de enero de 1975 se detuvo a Horacio Carabantes Olivares en la misma ciudad; el 24 de enero, en Quilpué, a María Isabel Gutiérrez Martínez; el 25 de enero, a Abel Vilches Figueroa, también en Viña del Mar, y el 27 de enero de 1975, en Valparaíso, a Elías Villar Quijón.
Todo fueron trasladados al Regimiento Maipú y, el 28 de enero de 1975, y luego fueron trasladados a Villa Grimaldi, desde donde se les perdió el rastro.
Escandalosa rebaja de penas a los autores del secuestro y desaparición del Padre Llidó
Fuente :ZonaImpacto.cl, 27 de Septiembre 2010
Categoría : Prensa
En libertad cumplirán sus penas los autores del secuestro calificado, homicidio y desaparición de los restos del sacerdote español Antonio Llidó, quien cumplió una fructífera misión pastoral, social y política en Quillota.
El cura valenciano, querido y recordado en esta ciudad, fue detenido y hecho desaparecer por agentes de la dictadura a fines de septiembre de 1974 en la Región Metropolitana, donde se había refugiado después del golpe militar. Hay múltiples testimonios de que se le mantuvo detenido en centros clandestinos de reclusión, donde fue cruelmente torturado hasta provocar su muerte y luego los represores hicieron desaparecer su cadáver.
En septiembre de 2008, el ministro en visita Jorge Zepeda determinó penas de 7 años de presidio, sin beneficios, para los autores del crimen: Manuel Contreras, Marcelo Moren, Miguel Krassnoff y Basclay Zapata.
Pero ahora, en fallo dividido, la Segunda Sala de la Corte Suprema dictó sentencia definitiva. Los ministros Nibaldo Segura, Jaime Rodríguez, Rubén Ballesteros, Hugo Dolmestch y Carlos Künsemüller condenaron a cinco años de presidio a los ex integrantes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) Contreras Sepúlveda, Moren Brito, Krassnoff Martchentko y Zapata Reyes rebajando sus penas a cinco años, pero concediéndoles el beneficio de la libertad vigilada; es decir, en sus casas o para que caminen libres por las calles aunque todos están encarcelados (en prisiones vip, por supuesto) por otros crímenes de lesa humanidad.
En su resolución, los ministros -además- absolvieron por falta de participación a los ex agentes Maximiliano Ferrer Lima, Fernando Lauriani Maturana y Orlando Manzo Durán.
De igual forma, y demostrando un desprecio absoluto por el sufrimiento que la familia arrastra por 36 años, la Suprema rechazó la demanda de indemnización de perjuicios contra el Estado de Chile interpuesta por la hermana de la víctima, Josefa "Pepa" Llidó, a quien se había concedido una indemnización. El máximo tribunal acogió la excepción de incompetencia absoluta del tribunal de primera instancia y la dejó sin efecto.
En su fallo, la Corte Suprema aplicó la atenuante de la "media prescripción" o "prescripción incompleta" -que otros ministros han rechazado- , con los votos favorables de los ministros Segura, Ballesteros y Dolmestch, y con la opinión contraria de los magistrados Rodríguez y Künsemüller.
Decisión escandalosa
El fallo definitivo de la Segunda Sala de la Corte Suprema es percibido por familiares y amigos del Padre Llidó como una determinación verdaderamente escandalosa, pues deja de manifiesto la indolencia de la justicia chilena frente a un caso tan cruel como emblemático de violación contra los derechos humanos.
Consta en el proceso que durante las décadas de investigación, ninguno de los autores intelectuales o materiales del secuestro, las torturas, el homicidio y la desaparición de los restos del Cura Toño -como lo conocimos en Quillota- colaboró con las indagaciones. Por décadas negaron no sólo su participación, sino engañaron a los jueces con datos falsos, tergiversaron los hechos, ocultaron antecedentes y actuaron ante los tribunales con repugnante cinismo.
El esclarecimiento parcial de lo sucedido con el Padre Llidó sólo fue posible gracias a la tenacidad y profesionalismo de magistrados como el ministro Zepeda, que no se rindió hasta acercarse a la verdad…
…Solamente acercarse, porque siguen ocultando la verdad total. Las confesiones sólo se lograron porque fueron cayendo en absurdas contradicciones. Pero nunca han querido revelar por qué lo secuestraron y torturaron con tanta crueldad, quién le dio muerte, qué hicieron con sus restos o dónde los ocultaron hasta ahora.
Escasas repercusiones locales
La escandalosa rebaja de penas y la negativa a indemnizar a la todavía acongojada familia ha tenido escasa repercusión en los medios nacionales. Sólo el diario La Tercera entregó una información relativamente amplia, de 278 palabras. También emisoras como Cooperativa, Bio Bio y Universidad de Chile le dedicaron algún espacio, sin mayor trascendencia. "El Observador" de Quillota -que antes de 1973 fue gran crítico de las actividades del Cura Toño- publicó una crónica de 291 palabras.
Al cerrar esta nota (noche del miércoles 22), descubrimos una nota publicada por El Mercurio, de 261 palabras, informando sobre el hecho.
En cambio, a nivel internacional el vergonzoso fallo tuvo gran repercusión.
El buscador Google da cuenta de publicaciones en medios escritos como El País, El Periódico, El Diario de Levante y El Diario Vasco de España, La Jornada de México, Agencia Ansa Latina, China.Org.cn y Agencia Xinhua de China, entre muchos otros.
El abogado
El abogado de la familia Llidó en Chile, Héctor Salazar, criticó la resolución del máximo tribunal estimando que es "demasiado blanda la mano para un delito de esta naturaleza, en un caso donde incluso todos quienes aparecen involucrados y condenados jamás aportaron información, ni siquiera para saber dónde quedaron los restos del padre Llidó".
Además, el abogado Salazar lamentó el rechazo de la indemnización fijada en un primer momento para los familiares del ciudadano español, porque "deja al Estado chileno, desde el punto de vista de sus compromisos internacionales, en un mal pie", pues no resolvió la "reparación que va envuelta en esta clase de delitos".Valenzuela, Luis Valenzuela González y Anatolio Zárate Oyarzún.
Nueva condena contra Manuel Contreras por caso de DD.HH.
Fuente :24horas.cl, 1 de Agosto 2012
Categoría : Prensa
Sentencia de 15 años por el secuestro calificado de un militante del MIR en 1975.
El ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago Alejandro Solís dictó sentencia de primera instancia en la investigación por secuestro calificado deClaudio Contreras Hernández, ocurrido a partir del 7 de enero de 1975 en la Región Metropolitana.
El magistrado responsabilizó por el ilícito a cinco agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), dictando las siguientes penas en contra de:
-Manuel Contreras Sepúlveda: 15 de años de presidio. Sin beneficios.
-Marcelo Moren Brito: 15 años de presidio. Sin beneficios.
-Rolf Wenderoth Pozo: 15 años de presidio. Sin beneficios.
-Gerardo Godoy García: 15 años de presidio. Sin beneficios.
-Fernando Lauriani Maturana: 15 años de presidio. Sin beneficios.
La investigación determinó que el 7 de enero de 1975, aproximadamente a las 13 horas, el militante del Movimiento de Izquierda Revolucionario (MIR) Claudio Enrique Contreras Hernández -de nombre político “Omar”-, de 27 años de edad, "salió de su casa a realizar diligencias en el sector de la Estación Central y aproximadamente a las 19:00 horas fue detenido en la vía pública por agentes de la DINA, al mando de Eduardo Lauriani Maturana y Gerardo Godoy García, quienes llevaban consigo, para que lo reconocieran, a Herbit Ríos Soto y Hugo Salinas Farfán; a los tres los trasladaron hasta "Villa Grimaldi", lugar en que a Contreras se le torturó diariamente y se le sometió a numerosos careos".
La resolución agrega que en "Villa Grimaldi", Contreras Hernández "fue visto por testigos quienes expusieron que presentaba signos de apremios físicos y tenía uno de sus brazos luxado. Aproximadamente el 25 de enero de 1975 fue sacado del recinto, junto a otros detenidos y desde ese día se pierde todo rastro de su paradero hasta la fecha, sin que el privado de libertad haya tomado contacto con sus familiares, realizado gestiones administrativas ante organismos de Estado, sin registrar entradas o salidas del país, sin que conste, tampoco, su defunción. Este hecho se enmarca dentro de un patrón similar a otros ocurridos durante aquella época que se iniciaban mediante el seguimiento y vigilancia de las víctimas hasta terminar con su secuestro”
Dictan procesamientos por torturas en Villa Grimaldi
Fuente :diario.uchile.cl, 28 de Junio 2013
Categoría : Prensa
El ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago Leopoldo Llanos dictó dos procesamientos en causa por violaciones a los derechos humanos ocurridas entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990, por delitos de torturas y secuestros calificados.
En el primer caso el magistrado determinó dictar procesamientos por el delito de torturas reiteradas a las siguientes víctimas: Rosa Lizama Leiva, Gladys Díaz Armijo, Clara Tamblay Flores, Marcia Scantlebury Elizalde, Isabel Matamala Vivaldi, Alicia Alvarado Vistoso, Carlos Requena Rueda, Roberto Gajardo Gutiérrez, María Dabancens Gándara, Delia Veraguas Segura, Mariluz Pérez Allende, Ofelia Nistal Nistal, Lautaro Videla Moya y María Alicia Salinas Farfán.
Como autores del delito antes señalado se sometió a proceso a los 11 integrantes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA): Manuel Contreras Sepúlveda, Marcelo Moren Brito, Pedro Espinoza Bravo, Miguel Krassnoff Martchentko, Basclay Zapata Reyes, Fernando Lauriani Maturana, Rolf Wenderoth Pozo, Gerardo Godoy García, Orlando Manzo Durán, Ricardo Lawrence Mire, Francisco Maximiliano Ferrer Lima.
De acuerdo a los antecedentes reunidos hasta ahora en el proceso se estableció que “los antecedentes precedentemente reseñados por reunir los requisitos del Art. 488 del Código Penal de Procedimiento Penal, constituyen un conjunto de presunciones judiciales que permiten tener por justificados lo siguiente: Que, los hechos investigados en este proceso ocurrieron en el centro clandestino de detención conocido como “Cuartel Terranova” o “Villa Grimaldi”, ubicado en Avenida José Arrieta N° 8.200 de la comuna de Peñalolén en la Región Metropolitana, que fue el centro secreto de detención y tortura más grande de Santiago y Cuatro Alamos.
En Villa Grimaldi operaba un grupo de agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), quienes con conocimiento e instigación del Director del Organismo, Juan Manuel Guillermo Contreras Sepúlveda, y ostentando diversos grados de jerarquía en el mando, ordenaron algunos y ejecutaron otros, capturas de personas militantes o afines a partidos políticos o movimientos de izquierda, a quienes encerraron ilegalmente en el lugar, doblegándolos bajo tormento físico de variada índole, con el objeto de hacerlos entregar información sobre otras personas de la izquierda política para aprehenderlas. Dentro de estos grupos se encontraban los siguientes: 1)Brigada “Caupolicán”, al mando del Mayor de Ejército Marcelo Moren Brito; compuesto entre otros por los a)Grupo “Vampiro” al mando del teniente de Ejército Fernando Lauriani Maturana, b)Agrupación “Halcón”, al mando del teniente de Ejército Miguel Krassnoff Martchenkoy c) Grupo “Tucán” al mando del teniente de Carabineros Gerardo Godoy García d) Aguila.
Si bien los primeros detenidos llegaron a mediados del año 1974, fue en enero de 1975 que “Villa Grimaldi” pasó a convertirse en el centro de operaciones de la Brigada de Inteligencia Metropolitana, que ejercía la función de represión interna en Santiago. Se les mantenía todo el tiempo vendados, con deficientes condiciones higiénicas y con escaso alimento, el que no recibían durante los primeros tres días. Los lugares más característicos donde se mantenía a los detenidos eran los siguientes; a)“La Torre”. b)“Casas Chile”, c)“Casas Corvi”, dice la resolución.
Además el magistrado, en otra resolución, dictó procesamiento por los secuestros calificados de Raúl Cornejo Campos y Mario Maureira Vásquez, ocurridos a partir del 16 de junio y 8 de agostos de 1976, respectivamente.
Alejandra Holzapfel: Yo sobreviví a Venda Sexy
Fuente :The Clinic, 11 de Septiembre 2013
Categoría : Prensa
Alejandra tenía 19 años cuando fue tomada prisionera por la DINA. Desde 1974 a 1975 estuvo detenida en Villa Grimaldi, Venda Sexy, Tres Álamos y Cuatro Álamos. Fue violada por el guatón Romo y violentada sexualmente con un perro pastor alemán al que los agentes de la dictadura llamaban Volodia. Pese a todo, no lograron doblegarla: “Pasamos atrocidades, pero somos capaces de ser felices porque somos personas dignas. Nuestros torturadores, no”, declara.
Primavera de 1976: Alejandra Holzapfel Picarte (21) entra corriendo -los puños apretados, la respiración entrecortada, los ojos enrojecidos- a su departamento en el block Karl Marx 34 en Potsdam, Alemania, donde vive su exilio desde 1975. Casi rompe su polera y pantalón mientras, llorando, se desnuda. Tropieza al empujar la puerta del baño y, aún sin recuperar el equilibrio, entra a la ducha y abre la llave del agua. Toma una esponja y comienza a refregarse el cuerpo con tanta vehemencia que se le irrita la piel, pero sigue tratando de quitarse la suciedad imaginaria. De golpe, llegan los recuerdos: ella vendada, sin ropa, sobre un camastro, violada por Osvaldo Romo; ella en el suelo, sujetada por agentes de la DINA, mientras una mayor de carabineros dirige a un perro amaestrado para ultrajarla. Sale a su dormitorio, aún estilando, cubierta sólo por una toalla. Se sienta en la cama frente a un espejo y se observa.
Ese día, por vez primera desde su paso por los centros de tortura pinochetista, Alejandra tuvo un contacto romántico con un hombre y fue un desastre. Su amigo Pepe Fuica -un militante socialista a quien conoce hace un par de meses, cuando la convenció de entregar su testimonio como torturada política a Naciones Unidas-, la besó de improviso mientras caminaban por su barrio en Am Stern. Para él, se trató de un arrebato amoroso. Para ella, el que la tomara por sorpresa fue arrastrarla, otra vez, a los días en que fue violentada sexualmente: cayó al suelo, lo golpeó una y otra vez, y luego huyó.
Encerrada en su habitación, Alejandra ya ni siquiera llora. Sólo mira, en silencio, su reflejo. Afuera de su edificio, Fuica termina de fumar un cigarrillo y enciende de inmediato otro con las manos temblorosas. Está descolocado y se cree responsable de la reacción de Holzapfel, por lo que decide quedarse un par de horas ahí, a la espera de que ella salga de su guarida. Como ello no ocurre, se marcha a Berlín y un mes después le envía una carta, disculpándose. Ella le contesta y le sugiere encontrarse y conversar: He decidido, le dice, vivir la vida que soñaba antes del Golpe de Estado.
“Recuperar la alegría era también una decisión política, una forma de ganarle a la dictadura”, explica hoy, a sus 60 años, Alejandra.
Esta convicción la lleva a casarse con Fuica, a ser madre con él y a volver a sonreír pese a haber sido brutalmente torturada por más de tres meses desde que fue tomada prisionera a fines de 1974.
LA CAÍDA
El 11 de diciembre de 1974, en las horas previas al inicio de su calvario por los centros de tortura, Alejandra, estudiante de Veterinaria, recibió en su departamento en Santiago Centro a una de sus amigas más cercanas, Beatriz Bataszew, quien, como ella, militaba el en MIR.
Bataszew estaba siendo buscada por los organismos represivos. La información que se manejaba entre los miristas es que todas las casas de seguridad de la organización habían sido allanadas o estaban bajo vigilancia y que algunos de sus compañeros estaban presos. De otros, nada se sabía. Necesitaba esconderse por unos días.
En silencio, ambas cenaron esa noche y luego durmieron a sobresaltos. A las cinco de la madrugada, un fuerte ruido las despertó. Aún no amanecía. La oscuridad era casi absoluta y en la puerta un hombre exigía que le abriera. Las dos sabían lo que eso significaba. O creían saberlo. La magnitud de la crueldad de los organismos de represión no era conocida hasta eses entonces.
Mientras la mamá de Alejandra se levantaba a atender, Beatriz advirtió que portaba un documento estratégico que no podía caer en manos del Régimen. Entre las dos, rompieron los papeles y los masticaron mientras tomaban agua para no atorarse. Una tía abuela de Holzapfel, que también vivía con ellas, estaba inquieta con el inusual movimiento. Tan tarde o tan temprano no es hora de llegar a los hogares decentes, decía.
En la puerta de entrada, la mamá de Alejandra intentaba convencer al joven oficial Fernando Lauriani Maturana, a cargo del operativo, de que esa noche sólo ella estaba en casa. La misión no le era difícil. Aunque se haría conocido como uno de los criminales más crueles del Régimen, Lauriani no era precisamente una lumbrera. El militar estaba decidido a retirarse, pero Alejandra no lo sabía y, temiendo que pudieran arrestar a su madre, se asomó al living justo cuando Lauriani se estaba yendo. La alcanzó a ver.
– ¡Esta es la señorita que buscamos!, exclamó el agente.
Entonces allanó la casa y encontró a Beatriz.
– ¿Y esta rucia suelta quién es?
– Es compañera de Universidad, estábamos estudiando.
Lauriani se esforzó en corroborar que le estaban diciendo la verdad, exigiéndole a Beatriz que le diera un número de teléfono para verificar la información. La joven alumna de Agronomía le dio el de sus padres. Al otro lado de la línea, ellos le dijeron al agente que la niña se encontraba preparando un examen donde una amiga. Esa noche, Bataszew se salvó.
Holzapfel, en cambio, quedó detenida por la delación de Humberto Menantaux, uno de los integrante del Comité Central del MIR que había caído en las garras de la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA) en noviembre de ese año y que fue asesinado en 1975 después de haber sido obligado a entregar toda la información que poseía y a dar, junto a otros tres integrantes de la organización, una conferencia de prensa en que llamó a sus compañeros a deponer las armas tras leer la nómina de muertos del MIR. Hoy figura en la lista de desaparecidos.
ESE MUERTO NO LO CARGO YO
– “Le traigo a la niña a las 8.30. Le vamos a hacer un par de preguntitas nomás. Téngale desayuno”, vociferó Lauriani antes de partir.
La mamá de Alejandra no volvió a dormir. Preparó la mesa confiada en la palabra del militar.
Afuera de su hogar en Valentín Letelier, a pasos de La Moneda, Holzapfel fue subida, con los ojos vendados, a un vehículo conducido por Basclay Zapata. Cerca de las seis de la madrugada, sus captores la ingresaron a Villa Grimaldi, en medio de murmullos, y llamaron a dos mujeres de la DINA, que precedieron a escudriñarla en búsqueda de algún texto secreto o microfilme. Tras tocarle hasta la vagina, la dejaron sentada con los ojos aún cubiertos.
Entonces oyó una voz.
– ¿Quién eres?
Sin saber quién preguntaba, decidió responder:
– Soy Alejandra Holzapfel.
– ¡Coneja, estás acá!
En ese minuto, reconoció la voz de Laura Ramsay y luego, cuando se deslizó la venda, pudo ver a Carmen Bueno.
A las ocho de la mañana Lauriani le hizo una breve visita.
– Que se levante inmediatamente la que está sin la venda.
– Soy yo-, respondió Alejandra.
Lauriani había hecho uso varias veces de la misma táctica para burlarse de las recién detenidas. Se acercó a Alejandra y la abofeteó tan fuerte que ella cayó al suelo.
– ¡Te dije que no te sacaras la venda! ¡Aprende a obedecer, huevona!
Alejandra recuerda que aún no se le había quitado el ardor en la cara cuando comenzó a sonar una cumbia: “A ese muerto no lo cargo yo, que lo cargue el que lo mató”.
En ese minuto, la llevaron a otro cuarto, la desnudaron, la mojaron y le aplicaron electricidad sobre un catre metálico. Le pidieron nombres de otros dirigentes del MIR. “Tarde o temprano todos hablan”, le aseguraron. Ella calló. Luego, Osvaldo Romo, viéndola débil por la tortura, se bajó el pantalón y la violó por primera vez. Ella siguió en silencio.
– ¿Tu chapa es Mauro?
– No.
– ¿Quién es Mauro?
– No sé.
– ¿Qué sabes?
– Nada.
Los torturadores se pusieron a hacer comentarios sobre el calor de diciembre y lo lindas que eran las comunistas recién llegadas. La volvieron a poner sobre la parrilla y el Guatón Romo la violó otra vez.
– ¿Tu chapa es Mauro?
– No.
El mismo ritual se repitió por cinco días.
“Sentí que mi dignidad dependía de no hablar, por lo mismo me costó mucho perdonar a quienes se quebraron. Con los años, he aprendido que existen distintos tipos de delación, que es diferente quien se vuelve colaborador a quien, ante una situación que no puede soportar, delata. Hoy si ponen frente a mí a uno de mis nietos, tal vez entrego todo lo que sé. Uno de verdad no sabe qué puede o no aguantar. A mí me hicieron cosas terribles, y callé, pero he conocido a gente maravillosa que entregó a un compañero que es detenido desaparecido y sufre hasta hoy por eso”.
LA BESTIALIDAD DE VENDA SEXY
El 16 de diciembre de 1974, luego de cinco días en Villa Grimaldi, Holzapfel fue trasladada a un casa de dos pisos en calle Irán 3037, en Macul. Allí se reencontró con Beatriz, maltrecha y herida. Bataszew había caído el 12 de diciembre, un día después que Alejandra, interceptada en un fallido encuentro con otro militante, Mario Peña, y fue llevada de inmediato a Venda Sexy. La fantasía de burlar a la DINA sólo fue eso: una ilusión. Su novio, Dagoberto San Martín, también perseguido, fue cazado por la represión el 17 de diciembre. Hasta hoy se desconoce su paradero.
Alejandra intuyó, al ver a Beatriz, que le esperaban otros espantos. La residencia estaba llena de miristas, algunos con heridas visibles y la mayoría en extremo delgados.
“Estaba también Laura Ramsay, que había sido sacada hace unos días de Villa Grimaldi. Me extrañó no ver a Carmen Bueno, porque no había vuelto a saber de ella. Después me enteré que ella, que era cineasta, fue asesinada bajo el cargo de haberle regalado una mascota a Miguel Enríquez”.
La cumbia que atormentaba a Alejandra en Villa Grimaldi, fue reemplazada en la Discoteque por música anglo que sonaba durante todo el día para esconder los gritos de quienes eran torturados en el subterráneo. Quienes llegaron ahí fueron vulnerados sexualmente de forma continúa. La brutalidad llegó al extremo de que la mayor de Carabineros Ingrid Olderock entrenó a un pastor alemán ovejero, a quien llamó “Volodia”, para violar a los prisioneros.
– Contra todo lo que se pueda creer ella le había enseñado a violar. Estaba completamente amaestrado por ella, que le daba las órdenes.
¿Es cierta la historia del “perro Volodia”?
-Es cierta, a mí me tocó ser violada así, con ese animal, por eso te lo puedo decir. Es una de las historias más terribles y dolorosas que yo sólo he podido enfrentar hace muy pocos años. Por mucho tiempo no pude sacarlo, me daba una vergüenza terrible.
Ingrid dirigía al animal, mientras los otros torturadores obligaban a los detenidos a adoptar posiciones que facilitaran el abuso. Hombres y mujeres que pasaron por Venda Sexy fueron víctimas de esta atrocidad. Nadie hablaba del tema en la casona, pero tras las sesiones de tortura, las compañeras recibían a sus amigas con más ternura que de costumbre y las acurrucaban para que durmieran un rato. Con los días, se dieron cuenta de que quienes estaban a cargo del centro de detención disminuían las violaciones cuando las prisioneras estaban menstruando, así es que idearon un plan: Las que estaban con el periodo o con una herida sangrante dejaban un paño manchado en el baño, así la que ingresaba se lo ponía. La estrategia irritó a los agentes:
– ¡Otra vez están todas estas huevonas con la regla, hasta cuándo!, se quejaba el general en retiro, Raúl Iturriaga Neumann, que actualmente cumple condena en Punta Peuco.
La resistencia consistía en eso: en no rendirse en medio de la miseria.
“Uno pierde noción del tiempo con la tortura, del día de la noche, de si comíamos o no. Recuerdo que una vez comí una sopa de huesos de pollo y que otra vez nos dieron lentejas con caca y una compañera dijo fuerte: ‘Nos están dando lentejas con caca. Nos las vamos a comer igual, pero ni crean que no lo sabemos’. Era una forma de hacerles saber que no nos estaban engañando. El Venda Sexy fue terrible. Varios compañeros desaparecieron desde ahí también”.
De la Discoteque, Alejandra pasó a Cuatro Álamos, recinto que los militares usaban para que a los detenidos se les borraran las huellas visibles de la tortura. “Desde ahí también desaparecieron gente, pero las condiciones eran menos duras: tuvimos acceso a duchas, por ejemplo”.
Luego de unas semanas, fue llevada a Tres Álamos, donde Nieves Ayress, quien también había sufrido todos los horrores del aparato represivo pinochetista, le dio un sentido al dolor.
– Había un grupo de detenidas que daba como la bienvenida. Me encuentro con Nieves Ayress, que es hermana de la Rosita, mi actual socia en la productora, y dice “Oh, la Holzapfel, ¡chiquillas, llegó otra del Liceo 1” y empiezan a cantar, “Eleceí, ceí, ceí”. Y yo pienso “qué está pasando aquí, están todas las locas”. Después entendí la importancia del temple de esas mujeres. Nieves vive ahora en Nueva York, y estoy demasiado agradecida de ella, porque con ella al lado uno no puede caerse. En Cuatro Álamos me llevó a su celda. La llamó “la cueva mágica”, hacía dibujos, siempre nos dibujaba sonriendo. Nos obligaba a conversar sobre lo que nos había pasado. “Ah, a ti también te violaron”. Al final, era raro porque ella lo entendía todo. Y nos hacía hacer obras de teatro, sociabilizar el dolor. Yo, que me sentía sucia, logré ver que a todas nos pasaba eso. Estoy convencida de que ella me enseñó a sobrevivir.
Estando en Tres Álamos, Holzapfel pudo recibir visitas. Su primer encuentro fue con su madre, a quien no había visto en tres meses.
– Mamá, necesito que me traigas antibióticos. Es muy importante.
– ¿Estás enferma?
– Es que…me violaron.
Al escuchar por vez primera esta confesión, su madre se puso pálida, pero entre gemidos, le aseguró a su pequeña de 19 años que todo estaría bien porque que estaban vivas y eso era lo único importante. También le comunicó que pronto podría partir al exilio en Alemania y terminar sus estudios de veterinaria, profesión que, tras las aberraciones sexuales que le infringió Olderock con el perro Volodia, Alejandra nunca más quiso ejercer:
– Debes seguir tus estudios de veterinaria.
– No quiero.
– Ale, debes hacerlo. Es lo que amas y te faltan dos años nomás.
Alejandra la miró sin sacar la voz. Ahora odiaba el contacto con los animales, pero no se atrevió a decírselo. ¿Qué podría haberle dicho sobre lo que vivió en Venda Sexy si no quería ni siquiera recordarlo?
El EXILIO
A mediados de 1975, Alejandra fue enviada a la RDA. El arribo fue difícil. Eran tiempos de sospechas. No hablaba el idioma y Berlín estaba lleno de militantes del PC y el PS. Ella era del MIR y el rumor era que los militantes del MIR eran agentes de la CIA que habían propiciado el Golpe.
“Fue súper doloroso. Llegó un momento en que le dije al alemán a cargo que me mandara de vuelta a Tres Álamos. El tipo se espantó y al día siguiente aclaró la situación con todos los chilenos y les dijo ‘Alejandra es una persona de confianza, entonces ella puede hacer lo que quiera’. Ese fue el espaldarazo que necesitaba. Ahí me enviaron a vivir a Potsdam”.
En Potsdam, Holzapfel llegó al edificio en el residían Ángela Jeria -viuda del general Alberto Bachelet- y su hija Michelle. Por más de un año fue vecina de piso de ambas. Ángela la acogió y la acompañó. Fue la dulzura que Alejandra requería para recuperarse y una de las personas que la instó a aceptar los cortejos de Pepe Fuica, con quien se casó y a quien abandonó en 1979 luego de que él frustrara su plan de regresar a combatir al país.
– Me metí en la política de retorno del MIR y él consideraba que era un suicidio. Quise volver el ’79, me estaba preparando para eso, y él fue al consulado de Chile a entregar esta información para impedir que yo retornara.
Alejandra no pudo soportar la traición. Falsificó los pasaportes de sus hijos, con ayuda de una amiga alemana, y huyó con ellos desde Leipzig, donde estaba residiendo desde que había contraído matrimonio. Tomó el tren y llegó hasta la casa de Carlos Liberona en Frankfurt, quien la derivó con Cristián Schmidt, quien sólo le pidió, a cambio de estar en su hogar seis meses con los niños, que le enseñara a manejar.
Recién en 1987, pudo volver con sus hijos al país. Fuica, en tanto, murió en un accidente de tránsito en Alemania sin haber logrado el perdón de Alejandra.
Cuando Holzapfel llegó a Chile comenzó a colaborar con la justicia en los procesos contra quienes la violentaron estando en prisión. Se ha careado con Basclay Zapata, Miguel Krassnoff Martchenko, Lauriani Maturana y Osvaldo Romo.
Ninguno, nunca, le ha pedido perdón.
– Lauriani quiso darme lástima. ‘Tengo familia’, me dijo. Krassnoff fue más prepotente. El guatón Romo se hizo pipí, literalmente. Olderock no pasó un día en la cárcel. Murió en libertad, pero por azar un día, creo que el 88 o el 89, entró a comprar a un minimarket que yo tenía en Valentín Letelier. Afortunadamente no estaba sola y pude echarla y decirle lo que pensaba. Es sanador decirle a alguien ‘aquí estoy, aunque me hiciste esto o lo otro’. Aún así, tengo una gran frustración de saber que los torturadores no reciben el castigo merecido por cada persona a la que hicieron sufrir, que hay que acumular condenas para que pasen tiempo en la cárcel y sobre todo me duele no saber qué pasó con los compañeros que están detenidos desaparecidos. Que aún hoy, a cuarenta años, nos nieguen la verdad es una nueva forma de torturarnos.
Pese a todo, Alejandra sabe que le dobló la mano a la dictadura. Hoy tiene un par de nietos “maravillosos, preciosos y todos los adjetivos lindos que se te puedan ocurrir” y la dignidad, que la DINA trató de quebrantar, intacta.
– Aquí instalaron una política de destrucción de nosotros como seres humanos, y aún así no pudieron conseguirlo. Entonces, cuando somos capaces de reír, de disfrutar la vida, demostramos que no pudieron destruirnos. Pasamos atrocidades, pero somos capaces de ser felices porque somos personas dignas. Nuestros torturadores, no.
Para Reparar lo Irreparable: El Caso Robotham-Thauby y el derecho a justicia plena
Fuente :Le Monde Diplomatique, Septiembre 2013
Categoría : Prensa
“Caballito blanco llévame de aquí…” cantaba y jugaba Mariana, competiendo para ser el foco de la atención mientras conversaba su padre con una visita. A sus cuatro años, Mariana ya es mayor de la edad que tenía su padre Yury Thauby la última vez que vio a su propio padre. El abuelo que Mariana sólo conocerá por medio de fotos y los relatos de otros, Claudio Thauby le fue arrebatada por los efectivos de la DINA el 31 de diciembre del 1974 cuando caminaba con su amigo Jaime Robotham, detenido junto con él. Yuri Thauby observa con ternura su pequeña y vivaz hija y comenta, “Todos los hombres aprendemos a ser padre mirando al nuestro. Yo no tuve eso y me siento penalizado. Tengo que aprender a ser padre cada día. No tengo un padrón o modelo interno de cómo ser padre porque se me quitaron el mío.” (1)
El sufrimiento que significó esa carencia fue reconocido por el Ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago Alejandro Solís cuando, en diciembre del 2008 dictó sentencias carcelarias para siete jerarcas de la DINA y reparación económica para las familias Thauby y Robotham. En su fallo de primera instancia, el Ministro Solís señaló “el inmenso daño moral que ha provocado a estas familias al someterlos al dolor, al sufrimiento y a la angustia por la pérdida de su hermano, un padre, una pareja.”
En junio del 2010 la Octava Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago acogió la apelación de los demandantes en todas sus partes y ordenó al Fisco a pagar daños reparatorios.
Pero el 23 de junio 2011 la Segunda Sala Penal de la Corte Suprema empleó el concepto de media prescripción, considerado por tratados internacionales inadmisible en procesos por violaciones a los derechos humanos, para rebajar las penas de todos los militares a cinco años de prisión. Además, les concedió libertad vigilada. No obstante, ninguno saldrá libre, dado que han sido condenados en múltiples otros juicios por violaciones a los derechos humanos. En lo civil, la Corte Suprema acogió las demandas de los familiares, y ordenó al Fisco pagar 50 millones de pesos a los demandantes.
Fabiola Letelier, abogada para ambas familias desde 2000 cuando el Ministro Solís fue designado a la causa, señala, “En el fallo de la Corte Suprema hay tres “Considerando” que están copiado exactamente de los planteamientos que nosotros hicimos en materia de lo civil. Los actos que dan lugar a la demanda civil están basados en los mismos actos que originen el proceso penal. Eso es bien contradictorio”.
Los casos por las violaciones a los derechos humanos –ejecuciones sumarias, secuestros agravados, abusos e indignidades infligidos por el Estado a ciudadanos chilenos– pasan por el reconocimiento oficial de la verdad de los hechos, la justicia y, rara veces, por la reparación.
En este caso, la verdad fue establecida por diecisiete sobrevivientes de Villa Grimaldi quienes declararon en Chile y en los consulados de distintos países haber visto a Jaime Robotham y Claudio Thauby gravemente heridos en ese recinto secreto de detención y exterminio que formó el cuartel de la Brigada de Inteligencia Metropolitana de la DINA en esos primeros años de dictadura. Fue también un ex preso, dejado en libertad, quien acudió a la casa de la familia Robotham para informarles por primera vez que Jaime estaba detenido en Villa Grimaldi.
La abogada Fabiola Letelier afirma ”Es un proceso de una actividad jurídica procesal enorme que va mostrando la verdad, hasta completarla con un trabajo de investigación extraordinario que hace el Ministro Solís”.
Lo que durante muchos años era la verdad sólo para un conjunto de testigos y los familiares de los víctimas directas fue avalado por el peso del fallo que redactó el Ministro Solís. “Después de 34 años, se ha conseguido que el Estado de Chile, a través del Poder Judicial, determine con cierta certeza que Claudio se encuentra secuestrado por organismos del mismo Estado”, escribió Solís en su fallo, y repitió la frase en relación a Jaime Robotham.
Por lo tanto, los familiares presentes en la audiencia ante la Segunda Sala Penal de la Corte Suprema por recurso de casación que se efectuó el 2 de marzo 2011, estaban atentos a cada palabra de la defensa que distorsionara esa verdad. Cuando el abogado defensor de Pedro Espinoza Bravo alegó que su cliente estuvo de vacaciones y ni siquiera estuvo presente en Villa Grimaldi en la fecha de la detención, Jorge Robotham, hermano de la víctima, inmediatamente sacó lápiz pasta y señaló en una nota que pasó a los demás oyentes: la fecha de detención citada por el defensor es equivocada! Luego, escucharon a la defensa de Fernando Laureani Maturana alegar que el teniente coronel era un inferior jerárquico que no tuvo otra opción que obedecer ordenes de mandos mayores.
La descripción de Laureani como mero funcionario que sólo obedecía ordenes -que Yuri Thauby llama una “mentira descarada”- fue refutada por la abogada del Programa de Derechos Humanos, Magdalena Garcés. Señaló la abogada que el proceso ha acreditado que seis agentes conformaban la Brigada Vampiro, y el Informe Rettig indica que Laureani estuvo a cargo de esta agrupación represiva que efectuaba detenciones y participaba directamente en la tortura de sus cautivos.
Más aún, Laureani personalmente detuvo a Thauby, quien fue cadete de la Escuela Militar, y le propinó a Robotham una golpiza brutal a la cabeza cuando intentó eludir su detención. En Villa Grimaldi, los ex presos constataron como Laureani se ensañó con Thauby, por considerarlo traidor por abandonar la carrera militar y entrar al Partido Socialista. No quedándose satisfecho con el portafolio de técnicas rutinarias que disponían los verdugos de la DINA para causar dolor, Laureani recurrió a su creatividad sádica para someter Thauby a tratos de extrema crueldad. Posteriormente, en Febrero de 1975, Thauby y Robotham fueron sacados de Villa Grimaldi y nunca más se los volvió a ver.
A pesar de esa hoja de vida, la Sala Penal de la Corte Suprema fundamentó la rebaja de las condenas y beneficio de libertad vigilada por “irreprochable conducta anterior.” Yury Thauby comenta, “Esos militares intachables llevaban por lo menos 2 años al momento de la detención de mi padre coludidos, cometiendo crímenes de lesa humanidad. Llevan desde la creación de la DINA y en algunos casos desde antes del 11 de septiembre ya dedicados a preparar una represión de carácter de crimen de lesa humanidad fuera de cualquier marco legal”.
Los casos de Jaime Robotham y de Claudio Thauby han transitado por la maraña judicial desde la época cuando la complicidad del poder judicial tuvo como consecuencia el rechazo sistemático de los recursos de amparo, en este caso, interpuestos en enero 1975. De allí, los familiares enfrentaron el sobreseimiento de la querella cuando la Justicia Militar aplicó el decreto ley de Amnistía. Luego se reabrió el proceso en 2000, dando fruto con la sentencia condenatoria del 2008, para seguir con las apelaciones, recurso de casación hasta la palabra definitiva de la Corte Suprema.
A lo largo de esta trayectoria judicial, compartida con variantes en incontables números de casos más, los familiares experimentan un sube y baja emocional a medida que elevan sus esperanzas para obtener justicia, para luego aplastarlas por las reiteradas negativas de los tribunales.
En el caso de Jaime Robotham, en los primeros seis meses posteriores a la detención, su madre y hermanos enviaron decenas de cartas al Presidente de la Junta Militar Augusto Pinochet, a su esposa Lucia Hiriart, al Jefe de Estado Mayor General Sergio Arellano, al Ministro del Interior, a la Cruz Roja, al Vaticano y a muchos destinatarios mas pidiendo que intervinieran para liberar a Jaime. Las cartas, señala el fallo de primera instancia, muestran el sufrimiento y dolor padecido por la familia.
El entonces Ministro del Interior General Cesar Benavides contestó a la familia con el mismo refrán que miles de otros familiares recibieran: ”no se encuentra detenido por orden de autoridad administrativa.” Incluso se intentó hacerles creer que Jaime había sido muerto calcinado en El Pilar, Argentina por la siniestra orquestación de inteligencia conocida como Operación Colombo el 12 de julio de 1975.
Señala Jorge Robotham, hermano de Jaime, “Creo que lo más desgastante en este largo camino ha sido el tiempo desde la sentencia del Ministro Solís hasta llegar a la última audiencia con la Corte Suprema. Ahí se suman esperanzas y deseos, y mucha impotencia, de tener que someterse a la forma de proceder de la defensa de los inculpados, y las reglas del Poder Judicial.”
El derecho a reparación económica para víctimas de crímenes de lesa humanidad está plenamente reconocido en tratados internacionales como la Convención Inter Americana de Derechos Humanos y por la Corte Penal Internacional. Sin embargo, en Chile, la corte más alta del país es reacia de reconocer este derecho y el Consejo de Estado lo niega de manera sistemática. Por eso, resulta sorprendente que en este caso sí concede la reparación económica pero deja al lado el castigo a los culpables.
En el 1997, el abogado Nelson Caucoto presentó lo que fuera tal vez la primera demanda civil de parte de familiares de victimas de violaciones a los derechos humanos. En esa época, todavía existía la percepción de parte de muchos familiares que presentar una demanda civil equivalía a cambiar plata por sus seres queridos, o que implicaba renunciar la acción penal. Luego hubo una maduración en su pensamiento al respecto, para llegar a comprender que es un derecho innegable, y resultó en una escalada de demandas civiles. Pero de las numerosas demandas civiles que Caucoto ha presentado, la mayoría las pierde en la Corte Suprema. Esto le motivó a alegar para la reparación ante la Corte Inter Americana de Derechos Humanos y se espera su decisión pronto.
Señala Caucoto: “La reparación en Chile se ha tratado como la pariente pobre de la lucha por los derechos humanos, en circunstancias que en otros países tiene la misma altura, la misma importancia, que la sanción penal, que la verdad. Son tres patitas de la misma mesa que tienes que conjugar conjuntamente para lograr lo que se llama justicia. Si tu logras verdad, sanción penal pero no reparación, no lograste justicia. Si tu logras reparación sin verdad, sin sanción penal, tampoco hay justicia. Van emparejadas las tres partes de un mismo concepto.”
Entre la primera instancia de Solís y la segunda de la Corte de Apelaciones, a los familiares de Claudio Thauby y Jaime Robotham se les habían restaurado estos tres derechos. Sin embargo, en la opinión de Yury Thauby, “El fallo de la Corte Suprema echa por tierra eso”.
Jorge Robotham no aguardaba ilusiones que el final del largo proceso judicial le despejara todas las dudas que ha cargado durante más de tres décadas. “Quedan demasiadas preguntas sin respuesta. Y queda la mayor interrogante: el destino final. ¿Qué pasó con Jaime y Claudio, que fueron torturados hasta perder la vida? ¿Quiénes fueron sus asesinos?¿Dónde ocultaron y qué hicieron con sus cuerpos? El sistema judicial chileno deja mucho que desear”.
La abogada Fabiola Letelier, señala, “No puede haber prescripción en crímenes de lesa humanidad. […] Este fallo nos obliga a recurrir a la Comisión Inter Americana de Derechos Humanos con la esperanza que dé una solución por la forma que se ha violado los tratados internacionales. Entonces, esta historia va seguir”.
Yuri Thauby busca las palabras que expresasen lo que significa para él la justicia. “Este proceso judicial debe ser el principio de nuestra sanación. La ausencia me va acompañar hasta la muerte, pero [la justicia] me va permitir mirarle a los ojos a mi padre o su fantasma sin sentir que le debo algo. (…) Para la sociedad, es tener los elementos innegables de una verdad histórica: crímenes de lesa humanidad documentados, investigados, condenados. Es absolutamente una necesidad social para que no se vuelva a repetir. No podemos construir una mejor sociedad sin justicia.”
Justicia sigue sumando condenas contra la DINA: Manuel Contreras tiene otros 15 años de prisión por caso de los "ocho de Valparaíso"
Fuente :Cambio21.cl, 12 de Mayo 2014
Categoría : Prensa
Además, el Fisco deberá pagar una millonaria suma a los familiares de las víctimas de la Dirección Nacional de Inteligencia durante la represión de la dictadura militar en 1975.
La Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago revocó un fallo de primera instancia y acogió una demanda para condenar al Fisco a pagar 220 millones de pesos para todos los familiares del denominado caso de los "Ocho de Valparaíso", opositores a la dictadura que en enero de 1975 fueron detenidos por agentes de la DINA, llevados al regimiento Maipú y luego desaparecidos desde el centro de torturas de Villa Grimaldi desde donde se les perdió el rastro.
Las víctimas de este caso fueron Horacio Carabantes Olivares, Alfredo García Vega, María Isabel Gutiérrez Martínez, Fabián Ibarra Córdova, Sonia Ríos Pacheco, Carlos Rioseco Espinoza, Abel Vilches Figueroa y Elías Villar Guijón.
La corte impuso la acción civil contra los ex agentes del Estado y el Fisco y condenó a 15 años y un día de presidio al ex director de la DINA, Manuel Contreras. Y a otros nueve ex agentes se les aplicaron las penas que había determinado el ya jubilado ministro en visita Alejandro Solís.
A diez años y un día fueron condenados Marcelo Moren Brito, Rolf Wenderoth Pozo, Miguel Krassnoff Martchenko y Daniel Cancino Varas; a cinco años y un día, Orlando Manzo Durán, Rubén Fiedler Alvarado y Pedro Herrera Henríquez; y a tres años y un día, Pedro Alfaro Fernández y Fernando Lauriani Maturana.
En cuanto a las indemnizaciones, se decretó que por cada una de las víctimas se pagarán 30 millones de pesos a las madres y cónyuges, 20 millones de pesos a los hijos y 10 millones de pesos a los hermanos.
Acusan a agentes de la DINA por el secuestro calificado de joven del MIR
Fuente :El Clarin.cl, 6 de Enero 2015
Categoría : Prensa
El ministro en visita extraordinaria de la Corte de Apelaciones de Santiago designado para causas por violaciones a los Derechos Humanos, Mario Carroza, dictó acusación por el delito de secuestro calificado de Luis Humberto Piñones Vega, quién fue detenido el 8 de enero de 1975, en la ciudad de Santiago.
El ministro Carroza acusó a Fernando Lauriani Maturana, Gerardo Godoy García, RolfWenderoth Pozo, Manuel Contreras Sepúlveda, Marcelo Moren Brito y María Gabriela Órdenes Montecinos de ser coautores del delito de secuestro calificado del militante del Movimiento de Izquierda Revolucionario, MIR.
De acuerdo a los antecedentes de la investigación, se logró determinar los siguientes hechos:
a) "Luis Humberto Piñones Vega, de 21 años de edad, se encontraba viviendo en la clandestinidad luego de haber sido allanado el domicilio de sus padres con ocasión de la publicación de su nombre en un periódico dónde se ponía en evidencia su militancia política y se catalogaba como prófugo. En estas circunstancias fue detenido el día 8 de enero de 1975 en un punto que debía efectuar con otro militante, en la vía pública en un sector próximo a la Universidad de Santiago, por agentes pertenecientes a la DINA, sin que existiera orden emanada de autoridad legítima y competente que la justificase, quienes lo condujeron hasta el recinto clandestino de detención y torturas conocido como Villa Grimaldi o Cuartel Terranova, donde fue visto y reconocido por otros detenidos que lograron su libertad y entregaron su versión. Piñones Vega, continuó privado de libertad en dicho centro hasta el día 25 de enero de 1975, fecha en que se pierde su rastro, coincidentemente con la ausencia de otros detenidos, todos quienes fueron sacados en un vehículo, ignorándose desde entonces su paradero, así como la suerte que ha corrido tanto física como psíquicamente, sin que se haya tenido noticias de él, ni que se registre salida o entrada al país, y sin que conste su defunción."
b) Que en Villa Grimaldi "operaban dos agrupaciones de la DINA, llamadas Purén y Caupolicán, cada una de ellas con objetivos de trabajo y represión perfectamente identificables."
c) "Encargada de las operaciones de la DINA en la región metropolitana estaba la Brigada de Inteligencia, BIM, a cargo de un alto oficial del ejército, y quién contaba con una plana mayor que lo asesoraba en labores de inteligencia. De este jefe dependían brigadas, entre las que se encuentran Caupolicán, cuyo objeto a la fecha de ocurrencia de estos hechos, apuntaba al combate y represión del Movimiento de Izquierda Revolucionario, al que pertenecía la víctima de esta investigación".
Con esta acusación, la causa se eleva al estado de plenario.
Condenan a ex agentes DINA por aplicación de torturas a 37 víctimas de Villa Grimaldi
Fuente :El Mostrador, 16 de Enero 2015
Categoría : Prensa
El ministro en visita Leopoldo Llanos condenó a los ex integrantes del grupo represor Juan Manuel Guillermo Contreras Sepúlveda, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Marcelo Luis Moren Brito, Miguel Krassnoff Martchenko, Rolf Gonzalo Wenderoth Pozo, Fernando Eduardo Lauriani Maturana, Gerardo Ernesto Godoy García, Francisco Maximiliano Ferrer Lima y Ricardo Lawrence Mires, a penas únicas y efectivas de 7 años de presidio; en tanto, Basclay Humberto Zapata Reyes y Orlando Manzo Durán deberán purgar 5 años y un día de presidio, sin beneficios.
El ministro en visita extraordinaria de la Corte de Apelaciones de Santiago para causas por violaciones a los derechos humanos, Leopoldo Llanos Sagristá, dictó sentencia de primera instancia en la investigación por la aplicación de tormentos (tortura) a 37 víctimas del caso caratulado como: “Villa Grimaldi”, episodio “María Cristina Chacaltana y otros”, detenidos y trasladados al recinto de clandestino en 1975.
En la resolución, dictada el lunes 12 de enero recién pasado, el ministro Llanos condenó en calidad de autores a los ex agentes de la DINA: Juan Manuel Guillermo Contreras Sepúlveda, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Marcelo Luis Moren Brito, Miguel Krassnoff Martchenko, Rolf Gonzalo Wenderoth Pozo, Fernando Eduardo Lauriani Maturana, Gerardo Ernesto Godoy García, Francisco Maximiliano Ferrer Lima y Ricardo Lawrence Mires, a penas únicas y efectivas de 7 años de presidio; en tanto, Basclay Humberto Zapata Reyes y Orlando Manzo Durán deberán purgar 5 años y un día de presidio, sin beneficios.
En el aspecto civil, el ministro Leopoldo Llanos acogió, “con costas, las demandas interpuestas por 36 de los actores en contra del fisco de Chile, condenándolo a pagar a cada uno de ellos una indemnización de perjuicios, por concepto de daño moral, ascendente a la suma de 50 millones de pesos“.
Asimismo, condenó a “Juan Manuel Guillermo Contreras Sepúlveda y Marcelo Luis Manuel Moren Brito al pago solidario, con el fisco, de 50 millones de pesos a cada uno de los 23 de los demandantes que la solicitaron; y a Pedro Octavio Espinoza Bravo, Miguel Krassnoff Martchenko, Basclay Humberto Zapata Reyes, Fernando Eduardo Lauriani Maturana,Gerardo Ernesto Godoy García, Ricardo Lawrence Mires, Orlando Manzo Durán y Rolf Gonzalo Wenderoth Pozo yFrancisco Ferrer al pago del mismo monto respecto de 21 actores”.
Condenan a 3 años de cárcel a Moren Brito y Laureani por secuestro en 1975
Fuente :La Nación, 23 de Enero 2015
Categoría : Prensa
La Corte Suprema dictó sentencia definitiva en la investigación por el delito de secuestro de Patricio Santana Boza, militante del MIR detenido en enero de 1975 en Viña del Mar, que permaneció recluido en el regimiento Maipo del Ejército y el cuartel Silva Palma de la Armada.
En fallo divido, la Segunda Sala del máximo tribunal del país -integrada por los ministros Hugo Dolmestch, Carlo Künsemüller, Haroldo Brito, Andrea Muñoz y Carlos Cerda- condenó a los miembros en retiro del Ejército Marcelo Moren Brito y Fernando Lauriani Maturana (también ex miembros de la DINA) a cumplir penas de 3 años de presidio por su responsabilidad en el delito.
La sentencia del máximo tribunal -adoptada con el voto en contra del ministro Cerda- acogió el recurso de casación, determinando que Santana Boza permaneció privado de libertad ilegalmente en los recintos militares y no en la Cárcel Pública del Valparaíso, donde fue trasladado con posterioridad.
En el aspecto civil, la Sala Penal determinó que el fisco debe pagar $10.000.000 a la víctima por concepto de daño moral. Decisión que adoptó con el voto en contra de la ministra Muñoz, quien estuvo por acoger la figura de la prescripción de la acción civil planteada por el fisco.
Palabras a Claudio Thauby, o el gesto perdido del bello recluta
Fuente :lashistoriasquepodemoscontar.cl, Septiembre 2005
Categoría : Otra Información
Claudio, juro que te conocí, no he podido olvidar esa foto tuya, escuela de oficiales sonriente, mirada intensa como el rojo que escarmentó tu pecho a manos del corvo asesino. Ah! Claudio, vi también a tu lado la cara de la Tere, te acordarás de la Tere no? Qué será de ella ahora? Todo este tiempo he preferido quedarme con la imagen, con aquella imagen, tuya y de la Tere, colgados en la pared de la pieza de tu vieja, es mejor así.
No pienso decirte que todo está mal, da lo mismo, camino con mi cuero infecto, me he acostumbrado al dolor, es una prolongación del ojo. No te voy a preguntar donde carajo te metiste ni te voy a pedir que por favor te aparezcas como estés, que no me importa, que tengo los dedos enfermos de escribirte, que mi piel se curtió con la sal, que ya ni lloro por ti, que no veo a tu hermana desde hace algunos años porque me enojé, y al final me terminó dando lo mismo, la patria, la literatura y la cordillera.
Claudio, caminamos como la lacra que somos, como el descalabro de huesos que somos, turbios, asqueados de nuestra imagen sucia reflejada en el espejo hechizo de Santiago, y pa´que te digo los amigos, se fueron todos, se esfumaron todos, lo mismo que yo, que no soy, que miro estúpida el río Mapocho, lo miro no más, tonta, no sé qué espero. Esta cara ha contado el cotidiano, el alma se resiste a olvidar, peor para mi, loca sigo paso a paso la marca del daño. Las mañanas arrecian la carne, no he podido pensar en otra cosa que no sea yacer.
Claudio estamos tan cansados, mentimos y sangramos, enfermamos y reímos viendo desfilar nuestras caras por la pantalla, y por favor no me digas que termine con la sarta de boludeces y me vaya a freir espárragos, que la cosa es levantarse y dar la dura, no qué va Claudio, no te imaginas cómo son las cosas ahora, ni se te ocurra, volverías a tu entierro si los vieras como están, asquerosos, mercaderes, sin memoria, al mejor postor.
En fin Claudio, déjame aquejar este recuerdo de ti, déjame traerte a plaza italia, donde tu madre senil duerme aquel uniforme colgado de tu foto, déjame decirte este cuento de nunca acabar, dejame pavonear esta rabia que ni siquiera es rabia, es esto gelatinoso, es esta horrenda movilidad, es este cansancio que se parece a mutar.
Claudio, la pancarta desteñida de mi corazón te abraza.
Claudio Thauby de 24 años de edad, era soltero. Estudiante universitario y militante del Partido Socialista, del cual habría sido miembro del Comité Central. Detenido el día 31 de diciembre de 1974 en la vía pública por miembros de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA). Fue visto en "Villa Grimaldi", desde donde desapareció a mediados de enero de 1975.
El 31 de diciembre de 1974, fueron detenidos en la vía pública, en Santiago, por un grupo de agentes de la DINA, Claudio Thauby Pacheco, de 24 años de edad y estudiante de la Universidad de Chile, quien al parecer era miembro del Comité Central del Partido Socialista, y Jaime Robothan Bravo, de 23 años, estudiante de Sociología, militante del PS. Se ha comprobado que ambos fueron llevados a Villa Grimaldi, desde donde se pierden sus rastros, a mediados de enero de 1975.
Como ya se ha señalado, en julio de 1975, la prensa chilena publicó la noticia del hallazgo en Buenos Aires de dos cadáveres, uno de los cuales se decía era de Jaime Robotham. Los familiares, que se trasladaron a ese país, pudieron comprobar la falsedad de esa información.
La Comisión Verdad y Reconciliación está convencida de que ésta fue una maniobra de desinformación o encubrimiento. Refuerza esta convicción el hecho de que el su nombre fue incluído dentro de lista "de los 119" publicada por esos días, que como se ha dicho antes fue una maniobra de desinformación de la DINA.
El teniente de ejército, Fernando Lauriani Maturana, era conocido por los guardias y prisioneros de Grimaldi, como El "teniente Pablito". En su testimonio, la ex agente Luz Arce cuenta que lo caracterizaban como torpe y de escasa inteligencia, pero que era conocido también por una profunda crueldad. En la Escuela Militar fue compañero de Claudio Thauby, militante socialista a quien personalmente detuvo al reconocerlo en la calle y quien hasta hoy está desaparecido.Luz Arce cuenta que con su bayoneta le rasgó el pecho y la espalda dibujándole ahí sangrantes figuras.
Por Rosana Ojeda
CS confirma condena de exagentes de la DINA por secuestro de estudiante universitaria
Fuente :diarioconstitucional.cl, 20 de Marzo 2020
Categoría : Prensa
En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó a cuatro agentes de la extinta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado de la estudiante universitaria Gabriela Edelweiss Arredondo Andrade, ilícito cometido a partir del 24 de diciembre de 1974, en Santiago.
Así, el máximo Tribunal confirmó la sentencia impugnada que condenó a Pedro Octavio Espinoza Bravo, Fernando Eduardo Lauriani Maturana, Rolf Gonzalo Wenderroth Pozo y Miguel Krassnoff Martchenko a 5 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autores del delito, tras descartar la aplicación de la figura de la media prescripción.
Que previo al análisis del recurso, es conveniente recordar que en el motivo cuarto del fallo de primer grado –hecho suyo por la sentencia impugnada-, se tuvieron por establecidos los siguientes hechos:
‘1.- El Régimen Militar en los años 1973 a 1977, crea por Decreto N° 571 de 1974 una policía secreta, con el nombre de Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), como una necesidad del gobierno supremo de la época de contar con la colaboración inmediata y permanente de un organismo especializado que le proporcione en forma sistemática y debidamente procesada la información que requiera para adecuar sus resoluciones en el campo de la Seguridad y Desarrollo Nacional. En su articulado queda claramente establecido que la DINA era un organismo militar de carácter técnico profesional, dependiente directamente de la Junta de Gobierno, presidida por Augusto Pinochet Ugarte, y dirigida por un Oficial General o Superior en servicio activo de las Fuerzas Armadas de la Defensa Nacional, nombrado por Decreto Supremo, el que con el título de Director de Inteligencia Nacional, tendrá la dirección superior, técnica y administrativa del Servicio, siendo designado para tal efecto el General del Ejército Manuel Contreras Sepúlveda;
2.- Que, la DINA crea varios órganos operativos para llevar a cabo sus funciones, encontrándose dentro de éstos la Brigada de Inteligencia Metropolitana (BIM), que tuvo varios centros de detención, entre ellos el ‘Cuartel Terranova', también conocido como Villa Grimaldi, entre los años 1973 a 1978, aproximadamente;
3.- Que, el ex-recinto militar ‘Cuartel Terranova', asentado en el terreno que fuera conocido previamente como Villa Grimaldi comenzó su preparación como campo de concentración a fines de 1973. Al año siguiente, el cuartel en comento recibió a sus primeros detenidos, y logró plena capacidad operativa a fines de ese año. El objetivo principal de este recinto fue servir como un cuartel de detención y tortura organizada, el cual permitiese reprimir sistemáticamente a los opositores al régimen militar. En un comienzo, la persecución estuvo dirigida contra militantes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria, del Partido Socialista, y a partir de 1975, del Partido Comunista;
4.- Que en este contexto, Gabriela Edelweiss Arredondo Andrade, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), conocida como ‘Antonia' o ‘La Turca', estudiante universitaria, es detenida el 19 de noviembre de 1974 en calle Bellavista en la ciudad de Santiago, en una casa vecina a su hogar, por agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), y fue llevada al recinto secreto de detención y tortura conocido como ‘Villa Grimaldi', donde es vista por testigos por lo menos hasta el día 24 de diciembre de 1974, fecha a partir de la cual se encuentra desaparecida".
Los sucesos así descritos fueron calificados por la sentencia como constitutivos del delito de secuestro calificado –al que además, se le dio el carácter de lesa humanidad-, previsto y sancionado en el artículo 141, incisos primero y tercero del Código Penal.
La resolución agrega que sin perjuicio de lo señalado por el fallo, la jurisprudencia constante de esta Sala Penal ha utilizado dos argumentos para desestimar esta causal del recurso, en tanto se afinca en el artículo 103 del Código Penal".
A continuación, el fallo señala que por una parte, la calificación de delito de lesa humanidad dada al hecho ilícito cometido, obliga a considerar la normativa del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, que excluye la aplicación tanto de la prescripción total como de la llamada media prescripción, por entender tales institutos estrechamente vinculados en sus fundamentos y, consecuencialmente, contrarios a las regulaciones de ius cogens provenientes de esa órbita del Derecho Penal Internacional, que rechazan la impunidad y la imposición de penas no proporcionadas a la gravedad intrínseca de los delitos, fundadas en el transcurso del tiempo.
Añade la sentencia que junto con ello, se subraya que cualquiera sea la interpretación que pueda hacerse del fundamento del precepto legal en discusión, es lo cierto que las normas a las que se remite el artículo 103, otorgan una mera facultad al juez y no le imponen la obligación de disminuir la cuantía de la pena aunque concurran varias atenuantes (Sentencias Corte Suprema Rol N° 35.788-17, de 20 de marzo de 2018 y Rol N° 39.732-17, de 14 de mayo de 2018).
Por tanto, concluye que se rechaza el recurso de casación en el fondo deducido en lo principal del escrito de fojas 1463 por la defensa del sentenciado Pedro Octavio Espinoza Bravo, en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago con fecha nueve de octubre de dos mil dieciocho, que se lee a fojas 1455, la que, en consecuencia, no es nula.
Tribunal de alzada acoge recurso de protección de interno de Punta Peuco para ingresar computador
Fuente :elmostrador.cl, 27 de Marzo 2018
Categoría : Prensa
El fallo unánime de la Undécima Sala del tribunal de alzada señala que "con anterioridad la misma autoridad penitenciaria permitió sin ningún tipo de reparo la utilización por parte del interno de un computador (…) para ser usado con fines educacionales, por lo que un cambio de criterio importa la ejecución de un acto arbitrario, ya que la misma conducta en su momento se permitió, y con posterioridad se considera infractora de ley".
"Arbitrario", así fue calificada la decisión de Gendarmería de negar el acceso de un computador sin conexión a internet, para fines educacionales, al ex agente de la DINA Fernando Eduardo Lauriani Maturana, quien actualmente cumple condena en el penal de Punta Peuco.
El reo actualmente se encuentra cursando estudios en un programa de magíster de la Universidad Católica del Norte, reseñó Cooperativa.
El fallo unánime de la Undécima Sala del tribunal de alzada señala que "con anterioridad la misma autoridad penitenciaria permitió sin ningún tipo de reparo la utilización por parte del interno de un computador (…) para ser usado con fines educacionales, por lo que un cambio de criterio importa la ejecución de un acto arbitrario, ya que la misma conducta en su momento se permitió, y con posterioridad se considera infractora de ley".
"Un procesador de texto o PC, que es lo solicitado por el recurrente para ser usado con fines exclusivamente de estudio, por su naturaleza, no está comprendido en el listado de elementos prohibidos", agrega el fallo.
¿Quién es Fernando Lauriani?
De acuerdo al sitio web Memoria Viva, Fernando Lauriani era conocido como "teniente Pablito". Dirigía a la Agrupación Vampiro y está acusado por la desaparición de los hermanos Andrónico Antequera.
También fue quien dirigió a las operaciones de traslado de los presos políticos a la Colonia Dignidad, donde a muchos los hicieron desaparecer.
Procesan a 13 ex agentes de la DINA por desaparición y muerte de 20 personas en Villa Grimaldi
Fuente :emol.cl, 4 de Diciembre 2012
Categoría : Prensa
La decisión fue adoptada por el ministro en visita Alejandro Solís. Entre los encausados se cuenta el ex jefe del organismo, Manuel Contreras.04 de Diciembre de 2012 | 20:45 | UPI Villa Grimaldi es hoy un ''parque por la paz'' que conmemora a las víctimas de violaciones a los derechos humanos.
El ministro en visita Alejando Solís encargó reos a los integrantes de la plana mayor de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por la desaparición y muerte de 20 opositores al régimen militar que estuvieron detenidos en el centro de reclusión clandestino Villa Grimaldi, en la comuna de Peñalolén, entre los años 1974 y 1977.
El juez dictó este martes el auto de procesamiento en contra de 13 ex integrantes del organismo represivo, por las figuras penales de secuestro y homicidio calificado en contra de 20 personas.
El magistrado encausó a los ex agentes en el marco de la investigación de delitos de lesa humanidad cometidos "por una organización criminal que tenía como único objetivo reprimir a los opositores, que consideraba enemigos políticos, el mismísimo Presidente de la República, Augusto Pinochet Ugarte".
Para ello, utilizó "como medios de destrucción armas de fuego, explosivos y otros idóneos", explica la extensa resolución del magistrado.
El listado lo encabeza el ex director de la DINA, general en retiro Manuel Contreras, e incluye a los ex agentes Miguel Krassnoff Martchenko, Marcelo Luis Moren Brito, Basclay Humberto Zapata Reyes, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Rolf Gonzalo Wenderoth Pozo, Orlando Manzo Durán, Fernando Eduardo Lauriani Maturana, Gerardo Ernesto Godoy García, Ricardo Lawrence Mires, Gerardo Ernesto Urrich González, Manuel Carevic Cubillos y Raúl Eduardo Iturriaga Neuman.
Corte de Apelaciones ratifica condenas contra Manuel Contreras por secuestros
Fuente :emol.cl, 2 de Junio 2010
Categoría : Prensa
Corresponden a los raptos de Jaime Robotham y Claudio Thauby, y de Antonio Soto Cerna, Luis Mahuida Esquivel y Luis González Mella
La Corte de Apelaciones de Santiago dictó sentencias de segunda instancia en dos procesos por violaciones a los derechos humanos, cometidos entre 1973 y 1990, en la Región Metropolitana, ratificando las penas en contra del el ex jefe de la DINA, Manuel Contreras.
En dos fallos de la Octava Sala del tribunal de alzada capitalino, analizados en días distintos pero con la misma integración, se revisaron los procesos por los secuestros de Jaime Robotham y Claudio Thauby -que falló en primera instancia el ministro Alejandro Solís- y de los secuestros calificados de Antonio Soto Cerna, Luis Mahuida Esquivel y Luis González Mella -que indagó el ministro Juan Eduardo Fuentes Belmar-.
En el primer caso, los ministros Lamberto Cisternas, Gloria Ana Chevesich y el abogado integrante Jaime Guerrero confirmaron que el ex general Contreras deberá purgar 15 años de presidio, al igual que Fernando Lauriani Maturana.
Mientras, el brigadier (r) del Ejército y ex-integrante de la DINA Pedro Espinoza Bravo, y los coroneles (r) del Ejército Marcelo Moren Brito, Rolf Wenderoth Pozo y Miguel Krassnoff Martchentko, tendrán que cumplir 10 años y un día de cárcel; y Daniel Cancino Varas, 5 años y un día. Ninguno podrá acceder a beneficios.
En tanto, los magistrados determinaron que el Fisco deberá cancelar $50.000.000 a cada uno de los demandantes: Rosa Alicia Robotham Bravo, Adriana Victoria Robotham Bravo, Roberto Enrique Robotham Bravo, Guillermo Eduardo Robotham Bravo y Jorge Robotham Bravo; Yury Francisco Thauby Cortés, María Cecilia Thauby Pacheco, Marcela Inés Thauby Pacheco, Carmen Laura Godoy Pacheco y Edith Leonor Cortés Herrera.
Elevan penas
En la segunda causa, los mismos magistrados elevaron las condenas para Contreras, establecidas en primera instancia. Mientras el ex jefe de la DINA recibió una condena de 10 años y un día, el general (r) Raúl Iturriaga Neumann, y Manuel Carevic Cubillos, Risiere Altez España, Hugo Hernández Valle, tendrán que cumplir 5 años, no obstante, bajo libertad vigilada.
Orlando Manzo Durán, en tanto, fue absuelto por falta de participación en los cargos por los secuestros calificados de Antonio Soto Cerna, Luis Mahuida Esquivel y Luis González Mella.
En primera instancia, los condenados Iturriaga Neumann, Carevic Cubillos y Altez España habían sido condenados a tres años y un día de presidio, otorgándose el beneficio de la remisión condicional; en tanto, el condenado Hernández Valle había sido absuelto por falta de participación.
En el aspecto civil se revocó el fallo de primera instancia y se ordenó al Fisco de Chile cancelar indemnización de $25.000.000 a Marialina González Esquivel.
Ministro Carroza pide nuevo procesamiento contra Miguel Krassnoff y otros presos en Punta Peuco
Fuente :radio.uchile.cl, 21 de Enero 2019
Categoría : Prensa
La investigación dice relación con los delitos de secuestro calificado y aplicación de tormentos al interior de la Villa Grimaldi entre los años 1974 y 1976
El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Mario Carroza, sometió a proceso a tres exagentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad en los delitos de secuestro calificado y aplicación de tormentos en las personas de Beatriz Alessandra Miranda Oyarzún, Alicia Ana Hinojosa Soto, Elena Orfilia Sánchez Cordero, Mirta María Compagnet Godoy, Sybil Marjorie Cleary Aceituno, Victoria Jeannette Villagrán Aravena, Marlene Luz Marina Leichtle Vargas, Claudio Antonio Herrera Sanhueza, Óscar del Tránsito de la Fuente Muñoz, Gilda de las Mercedes Bravo Riffo, Pedro Emeterio Caro Pagliali, Magdalena del Carmen Helguero Falcón, Dagoberto Mario Trincado Olivera y Juan Ernesto Segura Aguilar.
En resolución (causa rol 72-2016), el ministro Carroza procesó a los exagentes Miguel Krasnoff Martchenko, Fernando Eduardo Lauriani Maturana y Rolf Gonzalo Wenderoth Pozo, como autores de los ilícitos perpetrados entre agosto de 1974 y enero de 1976.
Durante la etapa de investigación, el ministro en visita logró establecer, que las víctimas fueron detenidas en diversas fechas, entre 1974 y 1976, y lugares de la Región Metropolitana, y llevadas hasta el centro de detención clandestina de Villa Grimaldi, lugar donde fueron mantenidos fuera de toda orden legal y sometidas a apremios hasta su liberación
Acusan a ex agentes de la DINA por secuestros calificado en la Granja
Fuente :elclarin.cl, 11 de Octubre 2018
Categoría : Prensa
La ministra en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de San Miguel, Marianela Cifuentes Alarcón, dictó sendas acusaciones en contra de exintegrantes de la Dirección de Inteligencia Nacional –DINA– por su responsabilidad en dos delitos de secuestro calificado. Ilícitos perpetrados en octubre y diciembre de 1974, respectivamente, en la comuna de La Granja.
En la primera resolución (causa rol 208-2011), la ministra en visita acusó a Pedro Octavio Espinoza Bravo, César Manríquez Bravo, Miguel Krassnoff Martchenko, Ciro Torré Sáez, Orlando Manzo Durán y Fernando Eduardo Lauriani Maturana, en calidad de autores del delito de secuestro calificado de Luis Francisco González Manríquez. Ilícito perpetrado a partir del 3 de octubre de 1974.
En la etapa de investigación, la ministra Cifuentes logró establecer que: en horas de la tarde del 3 de octubre de 1974, Luis Francisco González Manríquez, de nombre político "Rabito", militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fue detenido ilegalmente en un domicilio ubicado en calle Paraguay de la comuna de La Granja, por varios agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) –organismo dirigido por el coronel de Ejército Manuel Contreras Sepúlveda, actualmente fallecido y, en calidad de subdirector de inteligencia, por el mayor de Ejército Pedro Espinoza Bravo–, entre ellos el teniente de Ejército, Fernando Lauriani Maturana, agente operativo de la agrupación "Vampiro" y el cabo primero Basclay Zapata Reyes, agente operativo de la agrupación "Halcón", las que a esa fecha, dependían de la brigada Caupolicán de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), a cargo del capitán de Ejército Miguel Krassnoff Martchenko.
Grupo que trasladó a González Manríquez, junto a otros detenidos, hasta el centro de detención clandestino denominado "Ollahue" o "José Domingo Cañas", situado en la comuna de Ñuñoa, a cargo del capitán de Carabineros Ciro Torré Sáez y, posteriormente, al campo de prisioneros de "Cuatro Álamos", ubicado en la comuna de San Joaquín, a cargo del oficial de Gendarmería Orlando Manzo Durán. Lugar donde fue visto por última vez y desde donde se pierde todo rastro de su paradero.
En la segunda acusación (causa rol 209-2011), la ministra Cifuentes sindica a los agentes Rolf Gonzalo Wenderoth Pozo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Raúl Eduardo Iturriaga Neumann, Miguel Krassnoff Martchenko, Manuel Andrés Carevic Cubillos, Manuel Rivas Díaz y Hugo del Tránsito Hernández Valle, como autores del delito de secuestro calificado de Jorge Antonio Herrera Cofré. Ilícito cometido a partir del 13 de diciembre de 1974.
La ministra en visita, en la etapa indagatoria, estableció que: en horas de la tarde del 13 de diciembre de 1974, Jorge Antonio Herrera Cofré, de 17 años, estudiante de enseñanza media, dirigente estudiantil y militante de Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), tras salir de su domicilio en calle Victoria de la comuna de La Granja en dirección al Liceo N° 6 "Andrés Bello", fue detenido, sin derecho, por agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), dirigida por el coronel Manuel Contreras Sepúlveda, actualmente fallecido, encontrándose dicha organización, a nivel Metropolitano, a cargo de Rolf Wenderoth Pozo.
Luego, Herrera Cofré fue trasladado hasta el centro de detención denominado "Venda Sexy"', situado en calle Irán N° 3.037 de la comuna de Ñuñoa, a cargo de Manuel Carevic Cubillos; y, posteriormente, fue conducido a Villa Grimaldi, ubicada en José Arrieta N° 8.200 de la comuna de Peñalolén, a cargo de Pedro Espinoza Bravo. Desde donde se pierde todo rastro de su paradero.
Corte Suprema condena a nueve ex agentes de la DINA por delito de secuestro calificado de Washington Cid Urrutia
Fuente :24horas.cl, 16 de Mayo 2018
Categoría : Prensa
La Corte Suprema condenó a nueve ex integrantes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado de Washington Cid Urrutia, ilícito perpetrado a partir del 8 de diciembre de 1974, en la comuna de Renca, en el marco de la denominada "Operación Colombo".
En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal confirmó la sentencia impugnada, que condenó a Pedro Octavio Espinoza Bravo, Miguel Krassnoff Martchenko y Raúl Eduardo Iturriaga Neumann a penas de 7 años de presidio, en calidad de autores del delito.
En tanto, los agentes Manuel Andrés Carevic Cubillos, Gerardo Ernesto Godoy García, Ricardo Víctor Lawrence Mires, Francisco Maximiliano Ferrer Lima, Fernando Eduardo Lauriani Maturana y Rolf Gonzalo Wenderoth Pozo deberán purgar 5 años y un día de presidio.
En la causa, la Sala Penal de la Corte Suprema decretó la absolución de la ex agente Palmira Almuna Guzmán, por no acreditarse su responsabilidad en los hechos. De igual forma, ratificó la resolución que absolvió a otros 62 ex miembros de la DINA por falta de participación en el delito.
Corte de Santiago condena a exagentes de la DINA por el secuestro calificado de Juan Carlos Perelman
Fuente :poderjudicial.cl, 6 de Noviembre 2018
Categoría : Prensa
La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a exintegrantes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado de Juan Carlos Perelman Ide. Ilícito perpetrado a partir del 20 de febrero de 1975, en el marco de la denominada «Operación Colombo».
En fallo dividido (causa rol 343-2016), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Leopoldo Llanos, Jaime Balmaceda y Juan Antonio Poblete– condenó a Pedro Octavio Espinoza Bravo, Miguel Krassnoff Martchenko y Raúl Eduardo Iturriaga Neumann a penas de 13 años de presidio, en calidad de coautores del delito.
En tanto los exagentes: Rolf Gonzalo Wenderoth Pozo, Francisco Maximiliano Ferrer Lima, Gerardo Ernesto Godoy García, Ricardo Víctor Lawrence Mires, Ciro Ernesto Torré Sáez, Rosa Humilde Ramos Hernández, Teresa del Carmen Osorio Navarro, Pedro René Alfaro Fernández, José Abel Aravena Ruiz, Claudio Enrique Pacheco Fernández, José Alfonso Ojeda Obando, Heriberto del Carmen Acevedo, Luis René Torres Méndez, Rodolfo Valentino Concha Rodríguez, Hugo del Tránsito Hernández Valle, Juan Ángel Urbina Cáceres, Manuel Rivas Díaz, Jerónimo del Carmen Neira Méndez, Silvio Antonio Concha González, Carlos López Inostroza, Luis Rigoberto Videla Inzunza, Raúl Juan Rodríguez Ponte, Palmira Isabel Almuna Guzmán, Osvaldo Pulgar Gallardo, Roberto Hernán Rodríguez Manquel, Rafael de Jesús Riveros Frost y Leonidas Emiliano Méndez Moreno deberán purgar 10 años y un día de presidio; y Samuel Enrique Fuenzalida Devia a 541 días de presidio, con el beneficio de la remisión condicional de la pena.
En tanto, se decretó la absolución de los exmiembros de la DINA: José Jaime Mora Diocares, Delia Virginia Gajardo Cortés, Reinaldo Concha Orellana, Osvaldo Octavio Castillo Arellano, Víctor Manuel Molina Astete, Fernando Enrique Guerra Guajardo, Guido Arnoldo Jara Brevis, Hugo Hernán Clavería Leiva, Jorge Luis Venegas Silva, Juan Carlos Escobar Valenzuela, Carlos Enrique Miranda Mesa, Víctor Manuel Álvarez Droguett, Raúl Alberto Soto Pérez, Pedro Mora Villanueva, Moisés Paulino Campos Figueroa, Óscar Belarmino la Flor Flores, Miguel Ángel Yáñez Ugalde, Héctor Carlos Díaz Cabezas, Fernando Eduardo Lauriani Maturana, Manuel Andrés Carevic Cubillos, César Manríquez Bravo, Alejandro Francisco Molina Cisternas, Nelson Alberto Paz Bustamante, Héctor Raúl Valdebenito Araya, José Stalin Muñoz Leal, Nelson Aquiles Ortiz Vignolo, Pedro Segundo Bitterlich Jaramillo, Gustavo Galvarino Caruman Soto, Carlos Enrique Letelier Verdugo, Herman Eduardo Ávalos Muñoz, Raúl Bernardo Toro Montes, Pedro Ariel Araneda Araneda y Sergio Iván Díaz Lara.
Los hechos
En la etapa de investigación de la causa, el ministro en visita Hernán Crisosto dio por acreditada la siguiente secuencia de hechos:
-Que en horas de la mañana del 20 de febrero de 1975, Juan Carlos Perelman Ide, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fue detenido en un departamento ubicado en Avenida Francisco Bilbao N°2911, comuna de Providencia, por agentes de Estado pertenecientes a la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), quienes lo trasladaron al recinto de reclusión clandestino denominado «Cuartel Terranova» o «Villa Grimaldi», ubicado en Lo Arrieta N° 8200, de la comuna de La Reina, que era custodiado por numerosos guardias armados y al cual sólo tenían acceso los agentes de dicha organización;
-Que Perelman Ide permaneció en «Villa Grimaldi» sin contacto con el exterior, vendado y amarrado, siendo continuamente sometido a interrogatorios bajo tortura por los agentes de la Dina que operaban en dicho cuartel, lo que realizaban con el propósito de obtener información relativa a integrantes del MIR, para proceder a la detención de otros miembros de esa organización. Fue visto por última vez por otros detenidos un día no determinado de febrero de 1975, sin que exista ningún antecedente que permita establecer un destino final hasta la fecha;
-Que posteriormente, el nombre de Juan Carlos Perelman Ide apareció en un listado de 119 personas, publicado –sin que existiera la corroboración correspondiente–, en la prensa nacional luego que figurara en una lista publicada en la revista «O’DIA» de Brasil, de fecha 25 de junio de 1975, que posteriormente se pudo determinar que sólo tuvo circulación en esa fecha, dándose cuenta en ella que Juan Carlos Perelman Ide había muerto en Argentina, junto a otras 58 personas pertenecientes al MIR, a causa de rencillas internas suscitadas entre los miembros de esa organización política chilena, y
-De los antecedentes que se han enumerado en el fundamento 1° se desprende inequívocamente que las publicaciones que dieron por muerto al nombrado Perelman Ide, víctima de un homicidio perpetrado por personas afines a su ideología política, tuvieron su origen en maniobras de desinformación planificadas por la DINA y llevadas a cabo por agentes de la misma organización, en el exterior.
En el aspecto civil, el fallo revocó la sentencia que condenó al fisco a pagar indemnizaciones a familiares de la víctima.
Decisión adoptada, en las partes revocatorias, con el voto en contra del ministro Llanos.
Rechazan nuevo intento de criminales de Punta Peuco para acceder a beneficios carcelarios
Fuente :resumen.cl, 8 de Julio 2020
Categoría : Prensa
El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los Derechos Humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Mario Carroza Espinosa, rechazó este miércoles 8 de julio las solicitudes de las defensas de 24 ex agentes de la DINA y CNI condenados en diversas causas por delitos de lesa humanidad, en orden a modificar el régimen de cumplimiento de las condenas ante la emergencia sanitaria que vive el país.
Los condenados, entre los que se cuentan ex jerarcas, altos oficiales y agentes de los órganos represivos de la dictadura, solicitaron al ministro "cambio del lugar de cumplimiento de sus condenas a la reclusión domiciliaria por las razones y fundamentos que allí señalan. En caso de no ser posible acceder a dicha solicitud, disponer que sean trasladados a residencias sanitarias bajo el cuidado de gendarmería".
Los criminales de lesa humanidad intentan esta nueva argucia legal para vulnerar su reclusión y acceder a beneficios indebidos y del todo injustificados, en particular dadas las garantías y condiciones especiales de que gozan tanto en los recintos penitenciarios de alta seguridad, donde algunos de ellos cumplen condena, como en el penal Punta Peuco, donde cumple condena la mayoría de los solicitantes, el que resulta ser una "residencia de lujo" comparado con los penales destinados a la delincuencia común.
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En la resolución (causa rol 2182-1998), el ministro Carroza, debido a las óptimas condiciones sanitarias de los recintos donde cumplen condena, desestimó las peticiones de los condenados entre los que se cuentan los ex jerarcas y oficiales represores Hugo Iván Salas Wenzel, Raúl Eduardo Iturriaga Neumann, Roberto Urbano Schmied Zanzi, Francisco Maximiliamo Ferrer Lima, Jorge Marcelo Escobar Fuentes, Fernando Eduardo Lauriani Maturana, Luis Arturo Sanhueza Ros, y los ex agentes Jorge Eduardo Soto Herrera, Luis Osmán Yáñez Silva, Crisóstomo Hugo Ferrada Carrasco, José Arturo Fuentes Pastene, José Enrique Fuentes Torres, Luis Alberto Soto Pinto, Pedro Segundo Bitterlich Jaramillo, Orlando Jesús Torrejón Gatica, Pedro René Alfaro Fernández, Hermon Helec Alfaro Mundaca, Héctor Alfredo Flores Vergara, Rudeslindo Urrutia Jorquera, Enrique Gutiérrez Jorquera, José Jaime Mora Diocares, Julio José Hoyos Zegarra, Sergio Antonio Díaz López y Ricardo Fernando Yáñez Mora.
El magistrado rechazó las solicitudes de beneficios, teniendo a la vista los informes solicitados de los alcaides de los Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I, el Centro de Cumplimiento Penitenciario Punta Peuco y el Centro de Cumplimiento Penitenciario Femenino de San Joaquín; además de los informes evacuados por la visita autorizada de una comisión médica que examinó a los condenados recluidos en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I, unidad penal que presentó contagios de covid-19.
«Que conforme a lo anteriormente expuesto, y teniendo en especial presente lo informado en Ordinario N° 13.02.01.2115/2020 remitido por el señor Alcaide del Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I, en la que da cuenta de las distintas medidas y protocolos que se han adoptado conjuntamente con personal del Ministerio de Salud, que incluso fue supervisada en terreno el día 16 de junio de 2020 por personal de dicha cartera, es de parecer de este Ministro en Visita Extraordinaria que se hace innecesario modificar el sistema de cumplimiento de las condenas de los peticionarios», resolvió el ministro Carroza.
«Por lo demás, el suscrito carece de facultades para tomar esa determinación y ella solamente compete a la autoridad administrativa, quien tal como se ha sostenido en este mismo párrafo, ha tomado todas las precauciones y previsiones que las autoridades de salud han impuesto para esta emergencia. En virtud de lo anterior, tampoco resulta atingente el traslado de los internos a residencias sanitarias", señala la resolución.
«Por consiguiente se resuelve rechazar la petición efectuada por las defensas de los peticionarios, en virtud de haber adoptado Gendarmería de Chile todos los protocolos establecidos por la autoridad sanitaria e incluso ha instaurado las condiciones necesarias para la prevención, tratamiento y aislamiento de internos contagiados por Covid-19", concluye
Dictan acusación contra ex agentes de la DINA por víctimas de Villa Grimaldi
Fuente :eldinamo.cl, 28 de Agosto 2013
Categoría : Prensa
Entre los acusados se encuentran Manuel Contreras, Miguel Krassnoff, Marcelo Moren Brito y Raúl Iturriaga Neuman. El caso se refiere al secuestro calificado de 20 personas, además de un homicidio
El ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago, Leopoldo Llanos dictó acusación en la investigación por una serie de delitos cometidos por ex agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), en el centro de detención denominado Villa Grimaldi.
Los cargos afectan a Juan Manuel Guillermo Contreras Sepúlveda, Miguel Krassnoff Martchenko, Marcelo Luis Moren Brito, Basclay Humberto Zapata Reyes, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Rolf Gonzalo Wenderoth Pozo, Orlando Gonzalo Manzo Durán, Fernando Eduardo Lauriani Maturana, Gerardo Ernesto Godoy García y Ricardo Lawrence Mires, por su responsabilidad en 19 delitos de secuestro calificado de las siguientes personas:
- Guillermo Roberto Beausire Alonso;
- Alan Roberto Bruce Catalán;
- Jaime Enrique Vásquez Sáenz;
- Manuel Antonio Carreño Navarro;
- Iván Carreño Aguilar;
- María Teresa Eltit Contreras;
- María Isabel Joui Petersen;
- Jacqueline Paulette Drouilly Yurich;
- Juan René Molina Mogollones;
- René Roberto Acuña Reyes;
- Carlos Alberto Carrasco Matus;
- Hugo Daniel Ríos Videla;
- Agustín Alamiro Martínez Meza;
- Juan Rodrigo Mac Leod Treuer;
- María Julieta Ramírez Gallegos;
- Luis Jaime Palominos Rojas;
- Marta Silvia Adela Neira Muñoz;
- César Arturo Emiliano Negrete Peña, y
- Alejandro Juan Avalos Davidson.
También, el ministro imputó al mismo grupo de agentes la responsabilidad en el homicidio de Humberto Juan Carlos Menenteau Aceituno.
En tanto, los ex agentes: Gerardo Ernesto Urrich González, Manuel Carevic Cubillos y Raúl Iturriaga Neuman fueron responsabilizados solo por los secuestros de:
- Guillermo Roberto Beausire Alonso;
- María Isabel Joui Petersen;
- Carlos Alberto Carrasco Matus;
- Marta Silvia Adela Neira Muñoz;
- César Arturo Emiliano Negrete Peña.
Además, al agente César Manríquez Bravo se le atribuye responsabilidad en los secuestros de:
- Guillermo Roberto Beausire Alonso;
- Manuel Antonio Carreño Navarro;
- Iván Sergio Carreño Aguilera, y
- Jacqueline Paulette Drouilly Yurich.
Condenan a 56 agentes DINA por la desaparición de pareja de cineastas Carmen Bueno y Jorge Müller
Fuente :vozciudadananoticias.com, 14 de Diciembre 2015
Categoría : Prensa
El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Hernán Crisosto Greisse, dictó condena en contra de 56 agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en los delitos de secuestro calificado de la pareja de cineastas Carmen Bueno Cifuentes y Jorge Andres Müller Silva, ilícitos perpetrados a partir del 29 de septiembre de 1974, en Santiago.
En la resolución, el ministro de fuero condenó a penas de 20 años de presidio, en calidad de autores de los delitos a los agentes:
- César Manríquez Bravo
- Pedro Octavio Espinoza Bravo
- Raúl Eduardo Iturriaga Neumann
- Miguel Krassnoff Martchenko
En tanto, deberán purgar 12 años de presidio, también como autores, los agentes:
- Orlando Manzo Durán
- Manuel Andrés Carevic Cubillos
- Alejandro Francisco Astudillo Adonis
- Demóstenes Eugenio Cárdenas Saavedra
- Sylvia Teresa Oyarce Pinto
- Gerardo Ernesto Godoy García
- Manuel Heriberto Avendaño González
- Heriberto del Carmen Acevedo
- Nelson Aquiles Ortiz Vignolo
- Julio José Hoyos Zegarra
- Silvio Antonio Concha González
- Pedro Ariel Araneda Araneda
- José Mario Friz Esparza
- Luis Rigoberto Videla Inzunza
- Jorge Segundo Madariaga Acevedo
- Teresa del Carmen Osorio Navarro
- José Abel Aravena Ruiz
- Ricardo Víctor Lawrence Mires
- Ciro Ernesto Torré Sáez
- Basclay Humberto Zapata Reyes
- Rosa Humilde Ramos Hernández
- Pedro René Alfaro Fernández
- Luis René Torres Méndez
- Rodolfo Valentino Concha Rodríguez
- Juan Ángel Urbina Cáceres
- Jerónimo del Carmen Neira Méndez
- Luis Fernando Espinace Contreras
- Palmira Isabel Almuna Guzmán
- Hugo Rubén Delgado Carrasco
- Carlos López Inostroza
- Hugo del Tránsito Hernández Valle
- Francisco Maximiliano Ferrer Lima
- Fernando Eduardo Lauriani Maturana
- Héctor Wacinton Briones Burgos
- Leonidas Emiliano Méndez Moreno
Asimismo, el ministro Crisosto condenó a penas de 6 años de presidio, como cómplices de ambos delitos, a los agentes:
- Daniel Valentín Cancino Varas
- Fernando Enrique Guerra Guajardo
- Jorge Antonio Lepileo Barrios
- Lautaro Eugenio Díaz Espinoza
- Raúl Alberto Soto Pérez
- José Jaime Mora Diocares
- Eugenio Jesús Fieldhouse Chávez
- Jaime Humberto Paris Ramos
- José Stalin Muñoz Leal
- Juan Carlos Escobar Valenzuela
- Pedro Segundo Bitterlich Jaramillo
- Víctor Manuel San Martín Jiménez
- Juvenal Alfonso Piña Garrido
- Reinaldo Concha Orellana
- Osvaldo Octavio Castillo Arellano
- Guido Arnoldo Jara Brevis
- Hugo Hernán Clavería Leiva
- Carlos Enrique Miranda Mesa
- Víctor Manuel Álvarez Droguett
- Olegario Enrique González Moreno
- Miguel Ángel Yáñez Ugalde
- Víctor Manuel Molina Astete
- Gustavo Galvarino Caruman Soto
- Rafael de Jesús Riveros Frost
- Héctor Carlos Díaz Cabezas
En el caso del agente Samuel Fuenzalida Devia, se le aplicó una sentencia de 3 años y un día de presidio, por su responsabilidad como autor, con el beneficio de la libertad vigilada.
Asimismo, fueron absueltos los agentes Alejandro Francisco Molina Cisternas, Nelson Alberto Paz Bustamante, Héctor Raúl Valdebenito Araya, Carlos Enrique Letelier Verdugo, Herman Eduardo Ávalos Muñoz y Raúl Bernardo Toro Montes.
Los hechos
En la etapa de investigación, el ministro Hernán Crisosto logró determinar los siguientes hechos:
“El día 29 de noviembre de 1974, Carmen Cecilia Bueno Cifuentes y su pareja Jorge Hernán Müller Silva, militantes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fueron detenidos en la vía pública, en calle Francisco Bilbao con Los Leones de Santiago, por agentes pertenecientes a la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA) quienes los introdujeron a una camioneta C-10 y los trasladaron al recinto de reclusión clandestino de la DINA denominado “Villa Grimaldi”, ubicado en Lo Arrieta N° 8200, de La Reina y posteriormente al recinto de reclusión clandestino denominado “Cuatro Álamos”, ubicado en calle Canadá N° 3000, de Santiago, que eran custodiados por guardias armados y a los cuales sólo tenían acceso los agentes de la DINA;
Los ofendidos Carmen Cecilia Bueno Cifuentes y Jorge Hernán Müller Silva durante su estada en los cuarteles de Villa Grimaldi y Cuatro Álamos, permanecieron sin contacto con el exterior, vendados y amarrados, siendo en el primero de ellos continuamente sometidos a interrogatorios bajo tortura por agentes de la Dina que operaban en dichos cuarteles con el propósito de obtener información relativa a integrantes del MIR, para proceder a la detención de sus miembros;
La última vez que las víctimas Bueno Cifuentes y Müller Silva fueron vistos con vida, ocurrió un día no determinado a mediados del mes de diciembre de 1974, sin que exista hasta la fecha, antecedentes sobre el paradero de ambos, encontrándose desparecidos hasta la fecha;
El nombre de Carmen Cecilia Bueno Cifuentes, apareció en un listado de 119 personas, publicado en la prensa nacional luego que figurara en una lista publicada en la revista “LEA” de Argentina, de fecha 15 de julio de 1975, en la que se daba cuenta que Carmen Cecilia Bueno Cifuentes había muerto en Argentina, junto a otras 59 personas pertenecientes al MIR, a causa de rencillas internas suscitadas entre esos miembros;
Que las publicaciones que dieron por muerto a la víctima Bueno Cifuentes tuvieron su origen en maniobras de desinformación efectuada por agentes de la DINA en el exterior”.
En el aspecto civil, el ministro Crisosto condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización de $50.000.000 (cincuenta millones de pesos) a la hija de las víctimas.
Fuente: Poder Judicial de Chile
Memoria Viva
Carmen Cecilia Bueno Cifuentes, 24 años, cineasta, militante del MIR. Novia de Jorge Andres Müller Silva, 27 años, cineasta y camarógrafo de Chile Films, militante del MIR.
Hay numerosos testigos de la permanencia de Jorge Müller y Carmen Bueno en el centro de la DINA, Villa Grimaldi, todos ellos ex prisioneros que lograron sobrevivir a las torturas, desaparición o muerte. Entre ellos se encuentra Iris Guzmán Uribe y su hija Marcela García de sólo 16 años de edad, ambas detenidas el 20 de noviembre de 1974 junto a otro hijo también menor de edad, Iván Guzmán y a Humberto Menanteaux. Este último fue dejado en libertad luego de haber sido obligado a participar en una conferencia de prensa reconociendo que el MIR estaba acabado. Pero fue vuelto a detener y días después apareció muerto en los cerros de Buin, con huellas de haber sido flagelado. Madre e hija fueron torturadas sistemáticamente en Villa Grimaldi, a tal punto que Iris Guzmán debió ser internada en la Clínica Santa Lucía, centro asistencial que la DINA poseía, ubicado en la calle del mismo nombre, y donde años más tarde funcionaron las oficinas particulares del ya retirado ex Director de ese organismo, General Manuel Contreras Sepúlveda. En una ocasión fue torturada en presencia de sus hijos y luego la obligaron a presenciar los apremios a ellos. Marcela García señala que en una ocasión fue sacada junto a Carmen Bueno en una camioneta por los agentes con el objeto que reconocieran a personas.
Otra prisionera que estuvo con Carmen fue Fátima Mohor, quien llegó a Villa Grimaldi el día 2 de diciembre de 1974 y estuvo cuatro días en un calabozo junto a la afectada, durante los cuales le contó que había sido detenida junto a Jorge Müller. Señala que Carmen se veía bien anímicamente, pero no lo estaba tanto físicamente, ya que se quejaba de dolores en la vagina y en las manos, producto de los castigos a los que había sido sometida.
Fueron trasladados al recinto de Cuatro Álamos, alrededor del 12 de diciembre. Los testigos coinciden en manifestar que Jorge y Cecilia se comunicaban en este recinto por señas, cuando las mujeres eran llevadas al baño. Alrededor del día 17 de diciembre, fueron sorprendidos en estas comunicaciones por un agente al que llamaban “Dum Dum” y Müller fue conducido a la oficina del Jefe del recinto, Orlando Manzo Durán, el que lo amonestó y le dijo que sería castigado. Al día siguiente de este incidente, la pareja fue sacada de Cuatro Álamos por tres efectivos de la DINA que trasladaban detenidos, fecha desde la cual no volvieron a ser vistos en ningún otro lugar. Cuando lo sacaron de su celda, él pensaba que se iría en libre plática a Tres Álamos, pero, al llegar a la oficina de Manzo, uno de los agentes le habló algo que los demás detenidos no lograron escuchar, pero vieron que Müller llevaba sus manos a la cara y luego se apoyó en la pared. En seguida, Carmen salió de la oficina y ambos fueron llevados fuera.
En julio de 1975, Carmen Bueno apareció en una nómina de chilenos muertos en Argentina, unos en supuestos enfrentamientos con fuerzas de seguridad de ese país y otros entre ellos mismos, producto de “rencillas internas”. Esta falsedad fue publicada por dos medios de prensa que aparecieron sólo ese día, sin duda con el objetivo único de dar a conocer esta noticia.
Jorge Müller Silva y Carmen Bueno Cifuentes se encuentran desaparecidos después que fueran sacados juntos desde Cuatro Álamos, el 18 de diciembre de 1974 por efectivos de la Dirección de Inteligencia Nacional, DINA. Su detención fue siempre negada por las autoridades del gobierno militar, a pesar de las evidencias relatadas.
Justicia para 16 víctimas de la Operación Colombo
Fuente :puntofinal.cl, 7 de Julio 2017
Categoría : Prensa
Más 1.200 ex agentes de la Dina y su sucesora -la CNI- han sido procesados, pero cumplen condena efectiva sólo 142 que torturaron, encarcelaron, hicieron desaparecer cuerpos, montaron falsos enfrentamientos o asesinaron simulando accidentes o enfermedades.
La dictadura creó un vasto engranaje para aterrorizar a la población. Sin embargo, existieron hombres y mujeres que mantuvieron viva la llama de la libertad y que se organizaron en la clandestinidad con el propósito de construir un país democrático. La justicia se acerca para 16 detenidos desaparecidos. 106 ex agentes de la Dina fueron condenados en una sentencia de primera instancia dictada por el ministro Hernán Crisosto.
Los 16 desaparecidos forman parte de las 119 víctimas de la Operación Colombo. La Dina montó esa operación en colaboración con organismos de inteligencia del Cono Sur de América Latina. Difundieron en Brasil y Argentina supuestos enfrentamientos y una lista de 119 víctimas. Todos en realidad habían sido masacrados en Chile.
La defensa de los ex agentes de la Dina invocó que ese organismo tuvo existencia legal y actuaron en el marco de un estado de excepción de un gobierno dirigido por las Fuerzas Armadas y de Orden. Al respecto, el ministro Hernán Crisosto argumentó que “las funciones de las Fuerzas Armadas no son alzarse en contra del gobierno constitucionalmente vigente, ni aprehender a los partidarios o a dirigentes sociales afines al régimen depuesto; menos aún, por supuesto, asesinarles o hacerlos desaparecer”.
Es más -agrega el magistrado-, “estamos frente a delitos de lesa humanidad, acometidos por agentes del Estado en el contexto de graves violaciones a los derechos humanos, en el marco de hostigamiento, persecución o exterminio de un grupo de personas a las que el régimen militar sindicó como adherentes ideológicos al régimen político depuesto, o bien los grupos represivos consideraban sospechosos de entorpecer los propósitos del régimen o la impunidad de los agentes de los servicios de inteligencia”.
Otra de las eximentes de responsabilidad penal invocadas por los ex agentes fue que cumplían órdenes superiores. Al respecto, el juez Crisosto señaló que según el artículo 334 del Código de Justicia Militar, para eximirse de responsabilidad, el militar debe representar la ilegalidad de la orden al superior, cuestión que ninguno de los condenados acreditó.
Asimismo, el juez Crisosto justificó la indemnización que concedió a los familiares de las víctimas, al manifestar que “la desaparición de un hijo, una hija, un padre, una madre, un hermano, una hermana, un cónyuge, una pareja e incluso un cuñado, en las circunstancias que ello ocurrió, esto es en medio de la convicción que durante su encierro han sido torturados, vejados, objetos de un tratamiento cruel, inhumano, lesivo a su integridad síquica y moral, alejada de todo debido respeto a la dignidad inherente al ser humano, sin la más elemental piedad por el semejante, y alejada de todo principio moral, ha causado en los demandantes un sufrimiento sicológico que les ha provocado un daño moral que el Estado, como responsable del obrar de su agentes, deberá indemnizar”.
Las víctimas
Francisco Aedo Carrasco, arquitecto, 63 años, socialista; Juan Andrónicos Antequera, 23 años, estudiante universitario, MIR; Jorge Andrónicos Antequera, 25 años, egresado de ingeniería de ejecución eléctrica, Universidad Técnica del Estado, MIR; Jaime Buzio Lorca, 21 años, estudiante de la UTE, Liga Comunista Revolucionaria; Mario Eduardo Calderón Tapia, periodista, 31 años, MIR; Cecilia Castro Salvadores, 24 años, estudiante de derecho de la Universidad de Chile, MIR; Juan Carlos Rodríguez Araya, 30 años, estudiante de ingeniería de la Universidad de Chile; Rodolfo Espejo Gómez, 18 años, socialista; Agustín Fiorasso Chau, 23 años, profesor de castellano, MIR; Gregorio Gaete Farías, 22 años, obrero y estudiante secundario nocturno, socialista; Mauricio Jorquera Encina, 19 años, estudiante de sociología de la Universidad de Chile, MIR; Isidro Pizarro Meniconi, 21 años, técnico, MIR; Marcos Esteban Quiñones Lembach, 26 años, empleado público; Sergio Reyes Navarrete, 26 años, funcionario de Corfo, MIR; Jilberto Patricio Urbina Chamorro, 25 años, estudiante de medicina de la Universidad Católica, MIR; Ida Vera Almarza, 31 años, arquitecta boliviana, MIR
Los agentes condenados
A 20 años como autores: César Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Raúl Eduardo Iturriaga Neumann y Miguel Krassnoff Martchenko.
A 13 años, como autores: Orlando Manzo Durán, Fernando Eduardo Lauriani Maturana, Basclay Humberto Zapata Reyes, Gerardo Ernesto Godoy García, Ricardo Lawrence Mires, Ciro Torre Sáez, Manuel Carevic Cubillos, Rosa Humilde Ramos Hernández, Hermon Helec Alfaro Mundaca, Nelson Alberto Paz Bustamante, José Abel Aravena Ruiz, Claudio Enrique Pacheco Fernández, Nelson Aquiles Ortiz Vignolo, Rudeslindo Urrutia Jorquera, José Alfonso Ojeda Obando, Gerardo Meza Acuña, Manuel Heriberto Avendaño González, José Nelson Fuentealba Saldías, Raúl Juan Rodríguez Ponte, Alejandro Francisco Astudillo Adonis, Demóstenes Eugenio Cárdenas Saavedra, Daniel Alberto Galaz Orellana, Francisco Maximiliano Ferrer Lima, Leoncio Enrique Velásquez Guala, Gerardo Ernesto Urrich González, Sergio Hernán Castillo González, Teresa del Carmen Osorio Navarro, José Enrique Fuentes Torres, Julio José Hoyos Zegarra, Pedro René Alfaro Fernández, Hiro Alvarez Vega, Gustavo Galvarino Carumán Soto, Orlando Jesús Torrejón Gatica, José Manuel Sarmiento Sotelo, Luis René Torres Méndez, Rodolfo Valentino Concha Rodríguez, Enrique Tránsito Gutiérrez Rubilar, Hugo del Tránsito Hernández Valle, Juan Angel Urbina Cáceres, Manuel Rivas Díaz, Risiere del Prado Altez España, Daniel Valentín Cancino Varas, Juan Duarte Gallegos, Víctor Manuel Molina Astete, Fernando Enrique Guerra Guajardo, Guido Arnoldo Jara Brevis, Leonidas Emiliano Méndez Moreno, Jorge Antonio Lepileo Barrios, Lautaro Díaz Espinoza, Pedro Ariel Aravena Aravena, Carlos Alfonso Sáez Sanhueza, Juan Carlos Villanueva Alvear, Alfredo Orlando Moya Tejeda, Rafael de Jesús Riveros Frost, Silvio Antonio Concha González, Luis Fernando Espinace Contreras, Hernán Patricio Valenzuela Salas, Luis Rigoberto Videla Inzunza, Palmira Isabel Almuna Guzmán, Sylvia Teresa Oyarce Pinto, Osvaldo Pulgar Gallardo, José Yévenes Vergara y Olegario Enrique González Moreno.
A 10 años y un día, como autores: Werner Enrique Zanghellini Martínez y Héctor Alfredo Flores Vergara.
6 años, como autores: Heriberto del Carmen Acevedo y Jaime Alfonso Fernández Garrido.
5 años y un día de presidio, como cómplices: José Jaime Mora Diocares, Armando Segundo Cofré Correa, Moisés Paulino Campos Figueroa, Oscar Belarmino La Flor Flores, Sergio Iván Díaz Lara, Roberto Hernán Rodríguez Manquel, Jaime Humberto Paris Ramos, Jorge Laureano Sagardía Monje, José Stalin Muñoz Leal, Víctor Manuel de la Cruz San Martín Jiménez, Juvenal Piña Garrido, Camilo Torres Negrier, Manuel Antonio Montre Méndez, Sergio Hernán Castro Andrade, Nelson Eduardo Iturriaga Cortes, Carlos Justo Bermúdez Méndez, Fernando Adrián Roa Montaña, Reinaldo Alfonso Concha Orellana, Osvaldo Octavio Castillo Arellano, Gustavo Humberto Apablaza Meneses, Hugo Hernán Clavería Leiva, Juan Carlos Escobar Valenzuela, Carlos Enrique Miranda Mesa, Víctor Manuel Alvarez Droguett, Juan Ignacio Suárez Delgado, Raúl Alberto Soto Pérez, José Dorohi Hormazabal Rodríguez, Rufino Espinoza Espinoza, Héctor Carlos Díaz Cabezas, Jorge Segundo Madariaga Acevedo y Miguel Angel Yáñez Ugalde.
3 años y un día con beneficio de libertad vigilada, como cómplices: Jorge Luis Venegas Silva, Edinson Antonio Fernández Sanhueza y Pedro Mora Villanueva.
541 días de presidio, como autor: Samuel Fuenzalida Devia
Ministro Hernán Crisosto condena a 106 agentes de la DINA por 16 secuestros calificados de víctimas de la Operación Colombo
Fuente :pjud.cl, 2 de Junio 2017
Categoría : Prensa
El ministro en visita Hernán Crisosto condenó a 106 agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en los secuestros calificados de Francisco Aedo Carrasco, Juan Andrónicos Antequera, Jorge Andrónicos Antequera, Jaime Buzio Lorca, Mario Eduardo Calderón Tapia, Cecilia Castro Salvadores, Juan Carlos Rodríguez Araya, Rodolfo Espejo Gómez, Agustín Fiorasso Chau, Gregorio Gaete Farías, Mauricio Jorquera Encina, Isidro Pizarro Meniconi, Marcos Quiñones Lembach, Sergio Reyes Navarrete, Jilberto Urbina Chamorro e Ida Vera Almarza, víctimas de las maniobra de desinformación en el exterior conocida como "Operación Colombo"
El magistrado condenó a los agentes: César Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Raúl Eduardo Iturriaga Neumann y Miguel Krassnoff Martchenko a la pena de 20 años de presidio por su responsabilidad como autores de los secuestros de las 16 víctimas.
Los agentes: Orlando Manzo Durán, Fernando Eduardo Lauriani Maturana, Basclay Humberto Zapata Reyes, Gerardo Ernesto Godoy García, Ricardo Lawrence Mires, Ciro Torre Sáez, Manuel Carevic Cubillos, Rosa Humilde Ramos Hernández, Hermon Helec Alfaro Mundaca, Nelson Alberto Paz Bustamante, José Abel Aravena Ruiz, Claudio Enrique Pacheco Fernández, Nelson Aquiles Ortiz Vignolo, Rudeslindo Urrutia Jorquera, José Alfonso Ojeda Obando, Gerardo Meza Acuña, Manuel Heriberto Avendaño González, José Nelson Fuentealba Saldías, Raúl Juan Rodríguez Ponte, Alejandro Francisco Astudillo Adonis, Demóstenes Eugenio Cárdenas Saavedra, Daniel Alberto Galaz Orellana, Francisco Maximiliano Ferrer Lima, Leoncio Enrique Velásquez Guala, Gerardo Ernesto Urrich González, Sergio Hernán Castillo González, Teresa del Carmen Osorio Navarro, José Enrique Fuentes Torres,Julio José Hoyos Zegarra, Pedro René Alfaro Fernández, Hiro Alvarez Vega, Gustavo Galvarino Caruman Soto, Orlando Jesús Torrejón Gatica, José Manuel Sarmiento Sotelo, Luis René Torres Méndez, Rodolfo Valentino Concha Rodríguez, Enrique Tránsito Gutiérrez Rubilar, Hugo del Tránsito Hernández Valle, Juan Ángel Urbina Cáceres, Manuel Rivas Díaz, Risiere del Prado Altez España, Daniel Valentín Cancino Varas, Juan Duarte Gallegos, Víctor Manuel Molina Astete, Fernando Enrique Guerra Guajardo, Guido Arnoldo Jara Brevis, Leonídas Emiliano Méndez Moreno, Jorge Antonio Lepileo Barrios, Lautaro Díaz Espinoza, Pedro Ariel Aravena Aravena, Carlos Alfonso Sáez Sanhueza, Juan Carlos Villanueva Alvear, Alfredo Orlando Moya Tejeda, Rafael de Jesús Riveros Frost, Silvio Antonio Concha González, Luis Fernando Espinace Contreras, Hernán Patricio Valenzuela Salas, Luis Rigoberto Videla Inzunza, Palmira Isabel Almuna Guzmán, Sylvia Teresa Oyarce Pinto, Osvaldo Pulgar Gallardo, José Yévenes Vergara y Olegario Enrique González Moreno fueron sentenciados a 13 años de su presidio por su responsabilidad como autores
Para los agentes: Werner Enrique Zanghellini Martínez y Héctor Alfredo Flores Vergara se determinó que deberán purgar la sentencia de 10 años y un día de presidio como autores. Los agentes : Heriberto del Carmen Acevedo y Jaime Alfonso Fernández Garrido fueron castigados con 6 años de presidio por su responsabilidad como autores y el agente Samuel Fuenzalida Devia fue sancionado con 541 días de presidio por su responsabilidad como autor.
En calidad de cómplices fueron condenados los agentes: José Jaime Mora Diocares, Armando Segundo Cofre Correa, Moisés Paulino Campos Figueroa, Oscar Belarmino La Flor Flores, Sergio Iván Díaz Lara Roberto Hernán Rodríguez Manquel, Jaime Humberto Paris Ramos, Jorge Laureano Sagardía Monje, José Stalin Muñoz Leal, Víctor Manuel de la Cruz San Martín Jiménez, Juvenal Piña Garrido, Camilo Torres Negrier, Manuel Antonio Montre Méndez, Sergio Hernán Castro Andrade, Nelson Eduardo Iturriaga Cortes, Carlos Justo Bermúdez Méndez, Fernando Adrián Roa Montaña, Reinaldo Alfonso Concha Orellana, Osvaldo Octavio Castillo Arellano, Gustavo Humberto Apablaza Meneses, Hugo Hernán Clavería Leiva, Juan Carlos Escobar Valenzuela, Carlos Enrique Miranda Mesa, Víctor Manuel Alvarez Droguett, Juan Ignacio Suárez Delgado, Raúl Alberto Soto Pérez, José Dorohi Hormazabal Rodríguez, Rufino Espinoza Espinoza, Héctor Carlos Díaz Cabezas, Jorge Segundo Madariaga Acevedo y Miguel Ángel Yáñez Ugalde fueron castigados con la pena de 5 años y un día de presidio.
Con el mismo grado de participación fueron condenados a 3 años y un día de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada, los agentes: Jorge Luis Venegas Silva, Edinson Antonio Fernández Sanhueza y Pedro Mora Villanueva.
Un total de 13 agentes fueron absueltos de la acusación en su contra
En conformidad a los dispuesto en el artículos 692 del Código de Procedimiento Penal respecto de Jorge Sagardía Monje, Lautaro Eugenio Díaz Espinoza y Víctor Manuel De la Cruz San Martín Jiménez, se suspendio el cumplimiento de la pena, debiendo en su oportunidad ser entregados en custodia a un familiar que deberá proponer su defensa.
Los hechos
De acuerdo a la investigación del ministro Hernán Crisosto las 16 víctimas -militantes del Movimiento de Izquierda Revolucionario (MIR) y del Partido Socialista- fueron detenidos por agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) entre el 17 de junio de 1974 y el 6 de enero de 1975 en distintas comunas de la región Metropolitana como Santiago, Providencia, La Reina y Ñuñoa y llevados a los centros de detención de Londres 38, José Domingo Cañas, Tres y Cuatro Álamos y Villa Grimaldi, últimos lugares en los que se les vio con vida.
Sus nombres aparecieron en dos listados publicados el 25 de junio de 1975 en la revista Novo O'Dia de Curitiba, Brasil, y el 15 de julio de 1975 en la revista Lea de Buenos Aires, Argentina, que registraron ediciones únicas en maniobras de desinformación ejecutadas en el exterior por la DINA.
En el aspecto civil se condenó al Fisco a pagar la suma total de $ 5.065.000.0000 (cinco mil sesenta y cinco millones de pesos) a los familiares de las víctimas en montos que se detallan en la sentencia.
El episodio Francisco Aedo y otros es el último de los procesos que instruyó el ministro Hernán Crisosto en la serie de causas de víctimas de la denominada "Operación Colombo" en el que se dicta sentencia de primera instancia.
Procesan a ex agentes de la DINA por desaparición de Coronelina María Galindo en 1976
Fuente :agenciadenoticias.org, 5 de Junio 2016
Categoría : Prensa
El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los Derechos Humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Mario Carroza, dictó este martes sendos autos de procesamiento en contra de agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en dos delitos de secuestro calificado, ilícitos perpetrados en 1974 y 1976, respectivamente, en la Región Metropolitana.
En el primer caso (causa rol 50-2013), el ministro Mario Carroza procesó a los jerarcas de la DINA, y ex oficiales de ejército, el ex brigadier Pedro Octavio Espinoza Bravo, el ex brigadier Miguel Krassnoff Martchenko, el ex coronel Rolf Arnold Wenderoth Pozo, y al ex teniente coronel Fernando Eduardo Lauriani Maturana, todos en calidad de autores del secuestro calificado de Gabriela Edelweiss Arredondo Navarrete, ilícito perpetrado a partir del 19 de noviembre de 1974.
De acuerdo a los antecedentes recopilados en la etapa de investigación, Gabriela Arredondo Navarrete, estudiante universitaria de 33 años de edad, soltera, madre de una hija, y militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fue detenida en su vivienda de calle Bellavista, en Santiago Centro, por agentes de la DINA y llevada al centro clandestino de detención Villa Grimaldi, donde fue vista por testigos sobrevivientes, y desde donde se perdió su rastro, desconociéndose, hasta ahora, su paradero.
En la segunda resolución (causa rol 335-2012), el ministro Carroza sometió a proceso a los ex oficiales de ejército, el ex coronel, Carlos José Leonardo López Tapia, Miguel Krasnoff Martchenko y al agente suboficial de ejército Basclay Humberto Zapata Reyes, todos en calidad de autores del secuestro calificado de María Galindo Ramírez, ilícito perpetrado a partir del 18 de julio de 1976, en el sector de Estación Central, en Santiago
De acuerdo a la investigación del caso, María Galindo Ramírez, de 26 años, ex dirigente de la Juventud Obrera Católica, secretaria administrativa y militante del MIR, fue detenida en la vía pública, presumiblemente en el sector de Estación Central, por agentes de la DINA y traslada hasta el recinto clandestino de detención Villa Grimaldi, desde donde se pierde su rastro y es también detenida desaparecida.
María Galindo Ramírez, soltera, natural de la población Villa Mora, en Coronel, tenía 26 años cuando fue detenida. Luego del golpe de estado, María se trasladó a Santiago y se integró a las tareas de resistencia contra la dictadura. Fue detenida cerca de Estación Central luego de separarse de su cuñado, con quien había viajado a Coronel. Regresaba a su casa, en la comuna de Renca, a la que nunca llegó. Un sapo, de esos que nunca faltan cuando reina la ignominia, delató su presencia y su actividad de resistencia clandestina entregándola a las criminales hordas de la DINA. Fue vista entre los detenidos que permanecían como rehenes del régimen en el recinto secreto de prisioneros Villa Grimaldi, desde allí fue hecha desaparecer. Se presume que su suerte y destino fue el mismo de la profesora Marta Ugarte, la militante comunista que apareció muerta en el litoral de la 4ª Región, devuelta a la costa por el mar, con quién había compartido cautiverio y cuya desaparición desde el campo de tortura ocurre en los mismos días.
Condenan a 4 ex agentes de la DINA por secuestro de militante del MIR
Fuente :nuevopoder.cl, 4 de Mayo 2016
Categoría : Prensa
El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Mario Carroza, condenó a 4 ex agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) como autores del delito de secuestro calificado de un militante del MIR, cometido en 1975.
La resolución fue adoptada en contra de los ex miembros del organismo represivo, Fernando Lauriani Maturana, Gerardo Godoy García, Rolf Wenderoth Pozo y María Gabriela Órdenes Montecinos, contra quienes dictó la pena de 5 años y un día de presidio por su responsabilidad en la detención y posterior desaparición del joven de 21 años Luis Humberto Piñones Vega.
Piñones Vega, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fue detenido en diciembre de 1974 en las cercanía de la actual Universidad de Santiago (ex UTE) y llevado hasta el centro de detención clandestino de Villa Grimaldi, lugar donde estuvo privado de libertad hasta el 25 de enero de 1975, fecha en la que se pierde su rastro.
En el aspecto civil, Carroza condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización a cada uno de los ocho hermanos de la víctima, por concepto de daño moral.
Corte suprema condena a exagentes de la DINA por los secuestros calificados de María López Stewart y Álvaro Vallejos Villagrán
Fuente :poderjudicial.cl, 7 de Agosto 2018
Categoría : Prensa
La Corte Suprema condenó a exintegrantes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) y un colono de Villa Baviera por su responsabilidad en los delitos de secuestro calificado de María Cristina López Stewart y Álvaro Vallejos Villagrán. Ilícitos perpetrados a partir del 23 de septiembre y del 20 de mayo de 1974, respectivamente.
En el primer fallo (causa rol 84.785-2016), la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Milton Juica, Carlos Künsemüller, Lamberto Cisternas, Manuel Antonio Valderrama y Jorge Dahm– condenó a César Manríquez Bravo, Pedro Espinoza Bravo y Miguel Krasnoff Martchenko a penas de 15 años de presidio como autores del secuestro calificado de María Cristina López Stewart, víctima de la de la denominada «Operación Colombo».
En tanto, los agentes Manuel Carevic Cubillos, Ricardo Lawrence Mires, Gerardo Godoy García, Ciro Torré Sáez, Nelson Paz Bustamante, Gerardo Meza Acuña, José Ojeda Obando, Nelson Ortiz Vignolo, Claudio Pacheco Fernández, Hermon Alfaro Mundaca, Raúl Rodríguez Ponte, José Aravena Ruiz, José Fuentealba Saldías, Francisco Ferrer Lima, Fernando Lauriani Maturana, Armando Cofré Correa, José Mora Diocares, Moisés Campos Figueroa y Rosa Humilde Ramos Hernández deberán purgar 10 años de presidio, por su responsabilidad como autores del delito.
En la causa, resultaron absueltos por falta de participación en los hechos Óscar La Flor Flores, Sergio Díaz Lara, Roberto Rodríguez Manquel, Rudeslindo Urrutia Jorquera y Orlando Manzo Durán.
En la etapa de investigación, el ministro en visita para causas por violaciones a los derechos humanos Hernán Crisosto Greisse logró establecer los siguientes hechos:
«En horas de la madrugada del día 23 de septiembre de 1974, María Cristina López Stewart, de 21 años, estudiante de Historia y Geografía de la Universidad de Chile, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (Mir), fue detenida en el inmueble ubicado en calle Alonso de Camargo N° 1107, comuna de Las Condes, por agentes pertenecientes a la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA), quienes la trasladaron en una camioneta hasta el recinto de detención clandestino de la DINA denominado «Ollagüe», ubicado en calle José Domingo Cañas N° 1367, de la comuna de Ñuñoa, que era custodiado por guardias armados y al cual solo tenían acceso los agentes de la DINA.
La ofendida López Stewart, durante su estadía en el cuartel de José Domingo Cañas, permaneció sin contacto con el exterior, vendada y amarrada, siendo continuamente sometida a interrogatorios bajo tortura por agentes de la DINA que operaban en dicho cuartel con el propósito de obtener información relativa a integrantes del MIR, para proceder a la detención de otros miembros de esa organización.
La última vez que la víctima fue vista por otros detenidos, ocurrió un día no determinado del mes de noviembre de 1974, encontrándose actualmente desaparecida.
El nombre de María Cristina López Stewart apareció en un listado de 119 personas publicado en la prensa nacional luego que figurara en una lista aparecida en la revista «O’DIA» de Brasil, de 25 de junio de 1975, en la que se daba cuenta que María Cristina López Stewart había muerto en Argentina, junto a otras 58 personas pertenecientes al MIR, a causa de rencillas internas suscitadas entre esos miembros, estableciéndose que las publicaciones que dieron por muerta a la víctima tuvieron su origen en maniobras de desinformación efectuada por agentes de la DINA en el exterior».
«Loro Matías»
En el segundo fallo (causa rol 19.127-2017), la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Milton Juica, Carlos Künsemüller, Lamberto Cisternas, Manuel Antonio Valderrama y Jorge Dahm– condenó a Miguel Krassnoff Martchenko, Pedro Espinoza Bravo y Fernando Gómez Segovia a 10 años de presidio, como autor del delito de secuestro del dirigente del MIR Álvaro Modesto Vallejos Villagrán, conocido como «El Loro Matías».
En la causa, se condenó al miembro de la extinta Colonia Dignidad Gerhard Wolfgang Mücke Koschitzke a 3 años y un día de presidio como cómplice del ilícito.
En la etapa de investigación, el ministro en visita para causas por violaciones a los derechos humano Jorge Zepeda Arancibia estableció los siguientes hechos:
«a) Álvaro Modesto Vallejos Villagrán, estudiante universitario, miembro del Movimiento de Izquierda Revolucionaria, MIR, fue privado de libertad por agentes armados de la Dirección de Inteligencia Nacional, DINA, el 20 de mayo de 1974, alrededor de las 20:30 horas; su detención se produce en la morada de sus padres, del Pasaje Prat N° 3250, de la comuna de Maipú, y es trasladado al centro de detención clandestina de «Londres N° 38».
Posteriormente, el 29 de julio de 1974, Álvaro Modesto Vallejos Villagrán fue sacado por los agentes del cautiverio y llevado hasta la morada donde había sido detenido dos meses antes, logrando estar breves momentos con su familia, pues, aproximadamente a las 21 horas, los funcionarios aprehensores ingresan a la vivienda, lo sacan de ella y lo suben en la cabina de la camioneta en que se movilizaban.
b) Con posterioridad, Álvaro Modesto Vallejos Villagrán, además del cuartel de «Londres N° 38», es trasladado a los centros de detención y torturas de la Dirección de Inteligencia Nacional «DINA» de «Villa Grimaldi», de «Cuatro Álamos» y de «Colonia Dignidad», manteniéndose desaparecido hasta el día de hoy».
En el aspecto civil, se condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización total de $300.000.000 (trescientos millones de pesos) a cónyuge e hija de la víctima.
Exjefe de policía de Pinochet condenado a 30 años por desaparecidos
Fuente :rpp.pe, 17 de Octubre 2014
Categoría : Prensa
El general de Manuel Contreras exjefe de la policí secreta totaliza con esta nueva pena 400 años de prisión tras ser condenado en decenas de juicios por violaciones a los derechos humanos
La Corte Suprema de Chile condenó este viernes a dos penas de quince años de prisión cada una al general Manuel Contreras, exjefe de la policía secreta de Augusto Pinochet, ambas por casos de secuestros calificados (desapariciones) de opositores al régimen, informaron fuentes judiciales.
Ambos casos fueron investigados en primera instancia por el juez especial Alejandro Solís y con las respectivas sentencias definitivas, Contreras totaliza cerca de 400 años de prisión tras ser condenado en decenas de juicios por violaciones a los derechos humanos.
El primer caso se refiere a la desaparición de Carlos Guerrero Gutiérrez, un estudiante universitario de 20 años y miembro del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), detenido por agentes de la DINA (Dirección de Inteligencia Nacional), la policía secreta de Pinochet, el 31 de diciembre de 1974 en el sector santiaguino de Ñuñoa.
El joven, que intentó huir, fue herido con tres balazos en una pierna, pese a lo cual fue duramente torturado en el campo de prisioneros y exterminio de Villa Grimaldi, donde fue visto por presos supervivientes que testimoniaron haberlo visto en el lugar hasta el 25 de enero de 1975, cuando se pierde su rastro.
En este caso, además del general Contreras, fueron condenados también a quince años de prisión el brigadier Pedro Espinoza Bravo y los exoficiales Rolf Wenderoth Pozo, Fernando Lauriani Maturana, Gerardo Godoy García y Daniel Cancino Varas, todos ellos también condenados en otros procesos.
En la parte civil, la Sala Penal del máximo tribunal chileno ordenó el pago de una indemnización estatal de cien millones de pesos (unos 170 mil dólares) a un hijo de la víctima.
El segundo fallo se refiere a la desaparición de Claudio Contreras Hernández, un constructor civil y estudiante de Ingeniería, de 27 años, también miembro del MIR, grupo que luchó contra la dictadura de Pinochet, secuestrado en Santiago el 7 de enero de 1975 por agentes de la DINA.
Los agentes habían arrestado previamente a Hugo Salinas Farfán y a Herbitr Ríos Soto, este último un profesor de Historia también desaparecido.
Claudio Contreras fue llevado a la Villa Grimaldi, donde se le torturó diariamente; según testigos, sufrió luxaciones en sus extremidades y otras lesiones que no fueron tratadas. El 25 de enero de 1975 fue sacado del lugar sin que se haya sabido nada de él desde entonces.
En este juicio, la Corte aplicó 15 años de prisión al general Contreras y a los exoficiales Rolf Wenderoth Pozo, Fernando Lauriani Maturana, Gerardo Godoy García y Marcelo Moren Brito.
En la parte civil, el tribunal ordenó el pago de una indemnización de cien millones de pesos (unos 170 mil dólares) a una hermana de la víctima.
Durante la dictadura de Augusto Pinochet, según cifras oficiales, unos 3.200 chilenos murieron a manos de agentes del Estado, de los que 1.192 figuran aún como desaparecidos.
Sentencia en caso "8 de Valparaíso"
Fuente :mercuriovalpo.cl, 31 de Julio 2010
Categoría : Prensa
El ministro Alejandro Solís Muñoz dictó sentencia de primera instancia en la investigación por los secuestros calificados de Horacio Carabaotes Olivares, Alfredo García Vega, María Isabel Gutiérrez Martínez, Fabián Ibarra Córdova, Sonia Ríos Pacheco, Carlos Rioseco Espinoza, Abel Vilches Figueroa y Elías Villar Guijón, causa conocida como los "Ocho de Valparaíso".
La sentencia establece una condena de 15 años y un día de presidio para Manuel Contreras Sepúlveda; 10 años y un día para Marcelo Moren Brito, Rolf Wenderoth Pozo, Miguel Krassnoff Martchenko, Daniel Cancino Varas; 5 años y un día de presidio para Orlando Manzo Durán, Rubén Fiedler Alvarado y Pedro Herrera Henríquez. Para Pedro Alfaro Fernández y Fernando Lauriani Maturana establece una pena de 3 años y un día de presidio.
El caso se remonta a la detención ocurrida en la zona el año 1975 de ocho personas. A todos se les perdió el rastro en Villa Grimaldi.
En tanto, el procurador judicial Javier Gómez presentó ayer en el Tribunal Naval, una petición para que se deje sin efecto la amnistía para las personas implicadas en actos terroristas después del 11 de septiembre.
Condenan a cinco años de prisión a ex mirista que se pasó a la DINA
Fuente :lanacion.cl, 23 de Febrero 2016
Categoría : Prensa
María Alicia Uribe Gómez fue sentenciada como cómplice del delito de homicidio calificado del estudiante de periodismo José Hernán Carrasco Vásquez, ocurrido en 1975
El juez de causas de DDHH Leopoldo Llanos condenó este martes a siete antiguos agentes de la dictadura de Augusto Pinochet a diversas penas de prisión por el secuestro y homicidio, en 1975, del estudiante de periodismo José Hernán Carrasco Vásquez, informaron este martes fuentes judiciales.
Carrasco Vásquez, de 27 años, fue secuestrado en septiembre de 1975 por agentes de la DINA (Dirección Nacional de Inteligencia) y su cadáver encontrado en diciembre de ese año en un paraje rural en las afueras de Santiago, según los datos del expediente.
En ese contexto, Llanos, de la Corte de Apelaciones de Santiago, condenó al brigadier Pedro Espinoza Bravo y al coronel Rolf Wenderoth Pozo a tres años de prisión por el delito de secuestro simple y a otros quince años y un día como autores del homicidio calificado de la víctima.
Sentenció, además, a 18 años de prisión como autores de homicidio calificado al general retirado Raúl Iturriaga Neumann y al brigadier Gerardo Urrich González y a cinco años y un día, como cómplices del mismo delito, a Adelina Ortega Sáez, Fátima Muñoz Gatica y María Alicia Uribe Gómez.
Esta última era una militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), que combatió contra la dictadura, que tras ser capturada se convirtió en colaboradora de la DINA y en funcionaria de la Dirección de Inteligencia del Ejército (DINE).
Carrasco era también militante del MIR y fue detenido por la DINA a fines de 1974, siendo torturado por varias semanas. En febrero de 1975 apareció junto a otros tres miembros del MIR en una supuesta conferencia de prensa montada por la DINA, en la que los cuatro llamaron a sus compañeros a deponer la lucha contra Pinochet.
Después siguió detenido en centros de tortura de la DINA y fue liberado en septiembre de 1975, pero el 20 de noviembre fue secuestrado por agentes de ese ente represor; tras algunos días de tortura, el 1 de diciembre su cadáver fue abandonado en las cercanías de la localidad de Buin, al sur de Santiago, con huellas de tortura.
A su lado estaba el cadáver de Humberto Menanteau Aceituno, otro de los miembros del MIR utilizados en el supuesto llamado a la rendición del grupo.
La DINA hizo circular un supuesto comunicado del MIR en el que condenaba a muerte a esos jóvenes y tras el hallazgo de los cadáveres, las familias de las víctimas recibieron una misiva en la que se les comunicaba que habían sido ajusticiados por traición a la clase obrera.
La investigación judicial demostró que la supuesta declaración del MIR y la misiva comunicando el ajusticiamiento eran falsas y que los jóvenes fueron asesinados porque la DINA detectó que, al salir libres, trataron de proseguir en la lucha de resistencia contra la dictadura.
Los crímenes “fueron actos punibles ejecutados por agentes del Estado, en el contexto de una persecución sistemática contra la población civil por razones políticas”, señala la sentencia del juez Llanos.
También en 1991 la Comisión Rettig, que certificó los crímenes de la dictadura, estableció que la muerte de José Hernán Carrasco y Humberto Menanteau se enmarcó en las violaciones a los derechos humanos cometidas.
EL PASADO POLÍTICO DE «CAROLA»
Segun el sitio Memoria Viva, María Uribe Gómez, que recibió el apodo político de «Carola», a diferencia de otras informantes del MIR a la dictadura nunca se arrepintió de lo que hizo. Hasta 1991 era funcionaria del DINE a cuyas oficinas de calle República concurría a diario.
En los primeros días de octubre de 1974 cuando era estudiante de Servicio Social de la Universidad de Chile, María Alicia Uribe Gómez, que a la sazón era integrante del equipo de informaciones del MIR, cayó en manos de la DINA. Las presiones y torturas ejercidas sobre ella la llevaron a colaborar con sus captores.
Gran parte de la información entregada por Marcia Merino fue corroborada por ella, con lo cual la DINA asestaría golpes letales al MIR, que condujeron a la caída de su propio jefe, el militante Emilio Iribarren Lederman,»Joel», quien también en primera instancia sería reclutado por la DINA.
Durante 25 años, María Alicia Uribe trabajó como una funcionaria más en los servicios de inteligencia del Ejército, hasta que el año 2000 jubiló de la institución como empleada civil
Asesinos y torturadores de la dictadura quieren el indulto
Fuente :cambio21.cl, 8 de Enero 2018
Categoría : Prensa
El país se ha visto expuesto a una situación dramática porque hay quienes están pidiendo la libertad o el indulto para los violadores de los derechos humanos durante la dictadura e incluso después.
Las opiniones están divididas. Si bien es atendible desde el plano humano y cristiano, lo mismo tendríamos que exigirles a ellos con sus víctimas a quienes torturaron, asesinaron y desaparecieron. Muchos de ellos ya cuentan con los beneficios que se les otorga a los presos como salida los fines de semana, salida diaria y también la libertad condicional como fueron favorecidos varios de los involucrados –por ejemplo-en el caso Degollados.
También hay que recordar que los casos de lesa humanidad no son prescriptibles, indultables, amnistiables ni se conceden beneficios.La mayoría de los ancianos enfermos han muerto en el Hospital Militar, rodeados de sus familiares y muy bien atendidos. Incluso, la mayoría de ellos recibe pensiones arriba de dos millones de pesos.
La justicia es para todos y así se debe cumplir. La vida humana no se recupera y estos -hoy ancianos- cuando no lo eran asesinaron sin misericordia a cientos de chilenos solo por pensar distinto. Aquí le recordamos a algunos de los peores.
Miguel Krassnoff Martchenko
Brigadier de Ejército y Agente DINA. Alias: "Capitán Miguel"; "Caballo loco". Considerado uno de los más sanguinarios verdugos de los campos de concentración en dictadura. “El Cosaco” Krassnoff, como gusta ser reconocido, provenía de la carrera militar. Participó, como teniente del Ejército, del asalto de la casa presidencial de Tomás Moro. Fue asignado a la DINA, donde dirigió el centro de torturas y exterminio de Londres 38. A partir de septiembre de 1974, encabezó la Brigada Caupolicán, conocida por su crueldad, así como también dirigió las agrupaciones Halcón 1 y 2, asociadas a Villa Grimaldi y al campo de exterminio de José Domingo Cañas, de donde nadie podía salir vivo.
Torturó y violó a Lumi Videla, quien fue asesinada y lanzada al interior de la Embajada de Italia. Participó en los crímenes de Alfonso Chanfreau, de la periodista embarazada Diana Arón, del sacerdote Antonio Llidó, del español Carmelo Soria e, incluso, se le sindica como parte de los homicidas del cantautor Víctor Jara. Fue condecorado por el asesinato del dirigente del MIR Miguel Enríquez. También, tuvo participación en la elaboración de listas de la Operación Cóndor, que terminó con el secuestro y asesinato de 119 chilenos en el extranjero. A Krassnoff se le responsabiliza del homicidio de Jorge Fuentes Alarcón, secuestrado en Paraguay y trasladado a Villa Grimaldi, donde fue torturado hasta la muerte en La Torre, con su participación directa. Se le inyectó el virus de la rabia y se le mantuvo encerrado en una pequeña jaula de madera. El actuar criminal del militar no sólo se limita a la DINA: también fue parte de la CNI, donde cumplió labores represivas. Su nombre está asociado a 113 causas de DD.HH. en que fueron secuestradas, torturadas, violadas y asesinadas centenas de personas. Otro crimen, que se le imputa, es el cuasi descuartizamiento de la profesora Marta Ugarte, quien luego de ser lanzada al mar fuera devuelta por las olas y descubierto su cuerpo.
Los testimonios de quienes estuvieron en Villa Grimaldi, donde exterminó a familias completas como los Gallardo Pacheco, lo retratan como un ser sin Dios ni Ley. El ha pedido el indulto a las autoridades. Lleva 500 años de presidio acumulado. El año 2011, el entonces alcalde de Providencia, Cristián Labbé, protagonizó una dura polémica por organizar un homenaje para el hombre que fuera parte de la temible DINA.
Álvaro Corbalán Castilla
Corbalán, que utilizaba la chapa de Álvaro Valenzuela mientras fue parte de la CNI, se encuentra en Punta Peuco cumpliendo condena perpetua por una serie de crímenes cometidos en dictadura. Teniente Coronel de Ejército Jefe de la División Antisubversiva de la CNI, alias: "Don Juan";"Faraón". Ex jefe operativo de la CNI y máximo jefe del temido Cuartel Borgoñotiene a su haber un modus operandi: los montajes. Casos como la Operación Albania, el asesinato del Carpintero Juan Alegría Mundaca y del periodista José “Pepe” Carrasco es parte de su curriculum. En su declaración judicial por la Operación Albania contó que días después de la masacre se reunieron y celebraron con un asado, donde bebieron whisky que, fue invitado por el general Hugo Salas Wenzel. Realizó un curso en la Escuela de las Américas en enero de 1971. Miembro del DINE, participó en las acciones del Comando Conjunto. Condenado por diversos crímenes de derechos humanos. Acusado de organizar el asesinato del sindicalista Tucapel Jiménez e implicado en la Operación Albania ( Matanza de Corpues Christi, en la que fueron asesinados en junio de 1987, 12 miembros del Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR).
Carlos Herrera Jiménez
Carlos Alberto Fernando Herrera Jiménez actualmente, en la cárcel de Punta Peuco, comuna de Til-Til, cumpliendo condena de presidio perpetuo por su responsabilidad en la muerte del dirigente sindical Tucapel Jiménez . Herrera J iménez, agente de la CNI, hizo un curso en la Escuela de las Américas en enero de 1971. Participó en las sesiones de torturas que causaron la muerte del transportista Mario Fernández López, quien fue detenido por 4 agentes de la CNI, en su domicilio en la ciudad de Ovalle. Posteriormente fue conducido al cuartel de dicho organismo de La Serena "Casa de Piedra". El 25 de Febrero de 1982 participó en el homicidio del presidente de la Asociación Nacional de Empleados Fiscales (Anef) Tucapel Jiménez. En 1991 se fugó hacia Argentina gracias a la complicidad del Fiscal Fernando Torres Silva. Actualmente, el mayor de Ejército en retiro, se encuentra cumpliendo cadena perpetua en Punta Peuco. Fue el primero militar de aquella época que se decidió a pedir perdón por los crímenes que cometió y también ha reiterado su petición de indulto la que, hasta ahora, ha sido rechazada.
Miguel Estay Reyno, El Fanta
Militante de izquierda previo al golpe militar, Miguel Estay Reyno se transformó, luego, en una pesadilla para sus ex compañeros, a quienes traicionó. Está condenado a cadena perpetua por el Caso Degollados, en que fue ejecutado Manuel Guerrero, a quien personalmente conocía. También fue amnistiado en la ejecución y desaparición de Reinalda Pereira, embarazada de tres meses. Al principio fue la tesis de “mis compañeros, o yo”, para terminar gozando con lo que hacía. Terminó sentenciando a muerte a decenas de sus ex camaradas del Partido Comunista, a muchos de los cuales torturó personalmente. Fue beneficiado con una pensión como víctima de torturas durante el régimen de Pinochet.
José Octavio Zara Holger,
Brigadier de ejército, nació el 6 Febrero 1943 en Chillan. Pertenecía al Departamento Exterior de la DINA y fue alumno de la Escuela de las Américas, al igual que muchos otros militares Latino Americanos implicados en procesos a violaciones de los Derechos Humanos.
Zara Holger, participó en Operación Cóndor y en el asesinato del General Carlos Prats y su esposa Sofía Cuthbert, en Buenos Aires el 30 de septiembre de 1974. Fue conocido por amenazar con sus “corvos acerados” al país.
En Julio 2010, Zara, fue condenado por estos homicidios a 15 años y un día junto a Raúl Eduardo Iturriaga Neumann, Willike Floel, Juan Morales Salgado, mientras que Manuel Contreras y Pedro Espinoza fueron condenados a 17 años de presidio. Zara Holger fue también condenado a 100 días de cárcel por asociación ilícita que organizó la DINA para cometer el doble crimen.
Raúl Iturriaga Neumman
La fecha de inicio del cumplimiento de condena es 02 de agosto de 2007 y la fecha del término del cumplimiento de condena el 06 de junio de 2031. Es acusado como autor de 2 secuestros calificados de Mario Fernando Peña Solari y Nilda Patricia Peña Solari, diciembre de 1974, Santiago. Acusado como coautor del secuestro calificado de Jorge Arturo Grez Aburto, Operación Colombo, julio de 1974. Fue procesado como coautor de 38 secuestros calificados en 25 cuadernos. (Procesado como coautor de los secuestros calificados de Jaime Buzio, Mario Calderón, Cecilia Castro, Rodolfo Espejo, Albano Fioraso, Gregorio Gaete, Mauricio Jorquera, Isidro Pizarro, Marcos Quiñones y Jilberto Urbina, Operación Colombo, entre junio de 1974 y febrero de 1975, Santiago. Está condenado a firme como autor de los homicidios calificados de Carlos Prats y Sra. Sofía Cuthbert Chiarleoni, a la pena de 15 años y 1 día de presidio mayor en su grado máximo, y como autor de asociación ilícita a la pena de 100 días de presidio menor en su grado mínimo; a 5 años y 1 día como autor del secuestro calificado de Luis Dagoberto San Martín Vergara en 1974.a 5 años y 1 día como coautor de los secuestros calificados de Mario Edrulfo Carrasco Díaz y Víctor Fernando Olea Alegría; a 3 años de presidio menor en su grado medio, con el beneficio de la remisión condicional de la pena, como autor del secuestro calificado de Félix De la Jara Goyeneche; como co-autor de 3 secuestros calificados de Luis Genaro González Mella, Luis Omar Mahuida Esquivel y Antonio Patricio Soto Cerna, noviembre de 1974, Santiago.
En 1976 asiste nuevamente a la Escuela de las Américas en Panamá, esta vez era un curso especial que incluía técnicas de interrogación y torturas. Iturriaga Neumann se desempeñaba, en 1977, como subdirector de inteligencia en el cuartel general de la DINA en calle Belgrado No 1. En diciembre de 1975 fue nombrado jefe de la Brigada Purén, la cual hizo desaparecer a decenas de prisioneros. Esta brigada funcionaba originalmente con asiento en Villa Grimaldi y posteriormente en la venda sexy o la discoteque que era el centro clandestino de calle Irán 3937 en la comuna de Macul. La Brigada Purén se caracterizó por las aberraciones sexuales que cometían sus integrantes, incluido su jefe en contra de las detenidas. Huyó en 2007, cuando se debía entregar ante el juez Solís para iniciar su condena de cinco años y un día dictada en su contra por el secuestro calificado de Luis Dagoberto San Martín Vergara en 1974. Permaneció 52 días prófugo de la justicia.
Sergio Carlos Arredondo Gonzalez
Brazo derecho del general Sergio Arellano Stark ( Caravana de la Muerte)y uno de los principales instigadores del golpe de Estado en las filas del Ejército desde la Academia de Guerra y con contactos privilegiados con los servicios de inteligencia de Estados Unidos. Descrito por los informes de inteligencia estadounidense de la época como “uno de los anticomunistas y antimarxistas duros” y amante del buen whisky. El oficial de Caballería supo siempre mantener cuotas de poder pero sin ocupar el rol protagónico: su placer era dirigir las piezas desde el fondo del escenario. El inicio de la dictadura lleva su huella. El mismo 11 de septiembre de 1973 fue nombrado jefe de Estado Mayor del general Sergio Arellano Stark, a cargo de las operaciones en Santiago, y luego fue su mano derecha en la fatídica Caravana de la Muerte. Arredondo esta directamente involucrado en los crímenes de nueve prisioneros políticos en Quillota, en enero de 1974. En septiembre de 1973 era director de la Academia de Guerra del Ejército. Y precisamente en esas instalaciones, Manuel Contreras tendría el primer cuartel secreto de la DINA. Entre los primeros agentes operativos de ésta figuraban nombres como Pedro Espinoza, Marcelo Moren Brito, Fernández Larios y un grupo de oficiales reclutados por Arredondo para fungir de fusileros en la Caravana de la Muerte.
Hugo Salas Wenzel
General del Ejército en retiro, fue jefe de la CNI entre octubre de 1986 y noviembre de 1988, periodo en que encabezó la Operación Albania. Esta emblemática matanza de doce personas que pertenecían al Frente Patriótico Manuel Rodríguez se produjo entre el 15 y 16 de junio de 1987 en el feriado de Corpus Christi. La versión oficial fue que murieron en “enfrentamientos con las fuerzas de seguridad”. Responsable de la muerte de Recaredo Ignacio Valenzuela Pohorecky ;Patricio Ricardo Acosta Castro; Juan Waldemar Henríquez Araya; Wilson Daniel Henríquez Gallego y Julio Arturo Guerra Olivares.
Pedro Octavio Espinoza Bravo
Brigadier en retiro del Ejército, agente DINA, su nombre está indisolublemente ligado a la así llamada "Caravana de la Muerte", que inicia su trágica trayectoria el 4 de octubre en Cauquenes y termina el 19 del mismo mes en Antofagasta dejando a su paso 68 ejecuciones. Pero no solo ejecuciones sino además masacres con corvos, con armas blancas. Extraditable. Pedro Espinoza ocupó una de las jefaturas de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) en los comienzos de la dictadura y fue uno de los hombres de Arellano Stark. En el Ejército tiene la clásica imagen del militar profesional, razón por la que se desempeñó en la DINA como jefe de operaciones y como jefe del Centro de tortura Villa Grimaldi. Sus cercanos lo describen como una persona reservada y a momentos taciturna. Prisioneros de Villa Grimaldi coinciden con esa percepción, aunque le agregan un apego a las formalidades y admirador por los valores y el orden. Era el segundo al mando después de Manuel Contreras. Fue jefe de operaciones del organismo represor y mandamás de Villa Grimaldi. Está condenado por el crimen de Letelier y por su participación en el crimen del joven periodista estadounidense Charles Horman Lazar. En 1995, decidió su retiro voluntario del Ejército -luego de pertenecer 46 años- debido a la condena dictada por la Corte Suprema y que ratificó la resolución de primera instancia del ministro instructor Adolfo Bañados. Espinoza era el segundo hombre de la policía política, después de general Manuel Contreras. Actualmente, cumple condena por asesinato y secuestro en Punta Peuco, incluyendo el homicidio calificado, en Washington D.C., del ex canciller chileno Orlando Letelier.
Fernando Torres Silva
Fue Fiscal y Auditor General del Ejército, uno de los hombres fuertes del gobierno militar, fue uno de los oficiales de Justicia del Ejército designado para participar en los Consejos de Guerra instaurados inmediatamente después del Golpe de Estado. Terminada esa función, fue contratado como asesor presidencial y jefe de la Secretaría de Legislación del Diego Portales. Como Fiscal y Auditor General del Ejército, tuvo a su cargo los principales casos relacionados con grupos de izquierda que operaron en contra del régimen militar. En octubre de 1997, un año antes de la detención de Augusto Pinochet, viajó a España para entregar antecedentes exculpatorios al juez Manuel García Castellón, quien llevaba el caso contra el senador vitalicio. En esa ocasión, se habría presentado como abogado de Pinochet y en España, el viaje de Torres Silva fue considerado como el primer reconocimiento chileno del juicio contra el ex comandante en Jefe del Ejército. Por un general en servicio activo. El general , hoy retirado, fue artífice de la defensa de los militares más leales a la dictadura. Los militares criminales le deben mucho, gracias a su gestión, muchos juicios e investigaciones que los involucraban quedaron truncadas. Tuvo un papel determinante en la represión de los años ochenta en su calidad de fiscal, y en el encubrimiento sistemático de los violadores de derechos humanos. Se caracterizó por sus abusos en la aplicación de leyes contra los detenidos, determinó incomunicaciones prolongadas y arbitrarias mas allá de lo permitido por la ley, permitió que agentes de la CNI golpearan y maltrataran a detenidos en “su” Fiscalía, cuando estos se negaban a cooperar. En el 2000, la Tercera Sala de la Corte de Apelaciones confirmó el procesamiento del ex Fiscal Torres como encubridor del homicidio de Tucapel Jiménez, hecho ocurrido el 25 de febrero de 1982.
Héctor Orozco Sepúlveda
Uno de los últimos en ingresar a Punta Peuco. El ex jefe de la DINE general (r) Héctor Orozco, hermano del conocido ex presidente d ela “U” René Orozco. En septiembre del año 2008 se dictó condena en su contra por secuestro calificado de un exsuboficial del Ejército, Guillermo Jorquera. También tiene otras causas pendientes. El 23 de enero de 1978 el suboficial Guillermo Jorquera intentó asilarse en la Embajada de Venezuela siendo sorprendido por carabineros que lo entregaron a la DINE. Momento desde el que no se tiene conocimiento de su paradero. En 1976 el suboficial fue adscrito por la DINE al Ministerio de Relaciones Exteriores para operar en tareas de inteligencia y control del personal de la Cancillería. Allí Jorquera manejó gran cantidad de información, entre otras cuestiones, sobre la documentación falsa (caso pasaportes) que ese ministerio entregó a agentes DINA que viajaron a Washington para asesinar al ex ministro de Allende, Orlando Letelier. A fines de 1977 se inició el trámite de baja de Jorquera por acontecimientos sucedidos en la Cancillería relacionados con tareas de inteligencia. En esa fecha apareció “suicidado” el director del Departamento Consular de esa cartera, Carlos Osorio, quien participó en el otorgamiento de pasaportes falsos a los agentes Armando Fernández Larios y Michael Townley, con los que viajaron a Paraguay a preparar el atentado a Letelier. El día en que trató de asilarse, Jorquera visitó al agente del Comando Conjunto, Otto Trujillo, y le contó su decisión de buscar protección diplomática, porque “estoy seguro de que me van a matar igual que a Osorio”, según declaró Trujillo en el proceso. Después de ese día nunca más se supo de Guillermo Jorquera .
Fernando Lauriani Maturana
Alias “Teniente Pablito”. Perteneció a la Dina. En Londres 38 fue: Jefe del grupo “Vampiro” en la brigada “Caupolicán”. Jefe del grupo “Aguila” (“Los guatones”). Se caracterizaba por su crueldad contra los presos políticos. Lauriani dirigió operaciones de traslado de presos políticos a Colonia Dignidad, donde muchos de ellos fueron hechos desaparecer. Acusado de secuestro y desaparición de los hermanos Andrónico Antequera. El 91 fue ascendido a Teniente Coronel Jefe del Estado Mayor de la 3ra División Ejército . Desciente del general Marcos Maturana del Campo (participó en la Guerra del Pacífico) . Interrogador casi permanente de prisioneros políticos. La mayoría desaparecidos.
Solicitan que declare ante la Justicia el fundador de la policía secreta de Pinochet por el crimen de un capitán
Fuente :europapress.es, 11 de Mayo 2003
Categoría : Prensa
Chile.-Solicitan que declare ante la Justicia el fundador de la policía secreta de Pinochet por el crimen de un capitán
El abogado defensor de un capitán del Ejército de Chile que fue asesinado hace 28 años solicitó ayer sábado que declare ante la Justicia el que fuera jefe de la policía secreta de la dictadura del general Augusto Pinochet (1973-1990). El letrado Pablo Campos declaró a Radio Cooperativa que el general retirado Manuel Contreras, fundador de la desaparecida Dirección de Inteligencia Nacional (DINE), tiene antecedentes que le relacionan con el crimen del capitán Osvaldo Heyder, cuyo cadáver apareció en junio de 1975 con un disparo en la cabeza en el cerro La Virgen, en Talca, a 235 kilómetros al sur de Santiago. Campos afirmó a la emisora que Contreras habría recibido en su momento importante información sobre los sucesos de junio de 1975 a través de informes de los ex agentes de la Brigada Caupolicán de la DINA, Marcelo Moren Brito y Fernando Lauriani Maturana. Además, indicó que un ex preso político desde entregó desde Austria testimonios de la permanencia de Heyder como preso político en la enigmática colonia alemana Dignidad, fundada por refugiados de guerra alemanes en 1961 cerca de Talca, que confirmaría la tesis de que la DINA participó en el crimen de Heyder. El defensor aseguró que el militar asesinado "se oponía a los procedimientos investigativos y de interrogatorio desarrollados por la DINA". El general Contreras fue condenado el 15 de abril a 15 años de prisión por el secuestro de un opositor a la dictadura, que integra las listas de más de un millar de desaparecidos. Esa fue la segunda condena que le impusieron los tribunales, después de cumplir una pena de siete años como autor intelectual del asesinato del ex canciller chileno Orlando Letelier y su secretaria Ronnie Moffi que murieron el 21 de septiembre de 1976, en Washington, cuando una bomba estalló bajo su automóvil. Entre los juicios en marcha, Contreras aparece como autor intelectual del asesinato en Buenos Aires del ex comandante en jefe del Ejército, el general Carlos Prats, que murió junto a su esposa, Sofía Cuthbert, en un atentado similar al de Letelier, el 30 de septiembre de 1974
Hijos de criminales en las FFAA: Los cuestionamientos que abre el homenaje a Krassnoff
Fuente :politika.cl, 16 de Octubre 2018
Categoría : Prensa
Al primogénito del ex agente de la DINA se pueden sumar también los tres oficiales Lauriani Ide, cuyo padre se encuentra también cumpliendo condenas por violaciones a los Derechos Humanos. El pinochetismo y la apología del 11 de septiembre son prácticas que se repiten en la “familia militar”, incluso entre uniformados activos.
Este fin de semana se difundió un video de una actividad realizada el pasado 6 de octubre al interior de la Escuela Militar, en donde se puede ver al hijo del brigadier (r) Miguel Krassnoff Martchenco homenajear a su progenitor y a los soldados que junto a él ejercieron la represión durante la dictadura. “Nuestros padres que dieron la cara y dieron la vida por Chile y su familia, estén siempre en el corazón de todos ustedes, así como están en el de nosotros”, declaró Miguel Krassnoff Bassa frente a otros militares y autoridades castrenses.
El hecho hizo recordar el incendiario discurso del nieto de Augusto Pinochet Ugarte, Augusto Pinochet Molina, durante el funeral de su abuelo, también en la Escuela Militar.
El hijo del ex agente de la DINA -quien está condenado a más de 600 años de cárcel por crímenes de lesa humanidad- aprovechó igualmente para agradecer la “valentía (…), cariño, lealtad y la hombría” del director de la Escuela Militar, Germán Villarroel Opazo, y “la aprobación” de quienes presenciaban el homenaje. Esto -añadió- por “poder acordarse de los soldados que no todos se acuerdan”. Tras pronunciar estas palabras, hubo un gran aplauso.
Probablemente fue a través de este video que la mayoría de los chilenos se enteraron que el hijo de uno de los criminales más sádicos de la dictadura cívico-militar pertenecía al Ejército y que ocupaba, además, un importante cargo como director de la Escuela de Idiomas de esa rama de las Fuerzas Armadas. Pero no es el único.
El clan Lauriani y su padre “héroe de la patria”
Al igual que Miguel Krassnoff Martchenco, el ex agente de la DINA Fernando Lauriani Maturana está preso en Punta Peuco, cumpliendo condenas por violaciones a los Derechos Humanos, entre ellas el secuestro calificado de los militantes del MIR Cecilia Bojanic Abad, Flavio Oyarzún Soto y Miguel Ángel Sandoval. Sus tres hijos -Cristian, Fernando y Paulo Lauriani Ide- llegaron a convertirse en oficiales del Ejército de Chile.
En una fotografía subida en mayo pasado a su cuenta de Facebook (foto principal de esta nota) por Cristian Lauriani, puede observarse a su padre junto a sus tres hijos vestidos con uniforme y abajo de la imagen una serie de comentarios de compañeros de armas y subordinados que, tal como hizo Krassnoff en el reciente homenaje, agradecen lo obrado por el militar hoy preso en Punta Peuco.
Quien se refiere a Lauriani padre como un “héroe de la patria” es nada menos que el ex coronel Roberto Guillard Palma, hijo a su vez del teniente coronel Roberto Guillard Marinot, quien fuera el encargado de leer los bandos militares el 11 de septiembre de 1973 y que se convertiría luego del golpe en subsecretario de Guerra de la dictadura. “En esa calidad respondió cientos de oficios de familiares que buscaban a sus deudos, en los que señalaba que carecían de información”, se puede leer en una nota publicada en The Clinic sobre el fallecido ex militar. Roberto Guillard es hoy director general de la empresa Cono-ser, asesoría y capacitación, en la cual, entre otras cosas, se forma a personal para seguridad privada.
“Si tienes un padre acusado por violación de DDHH, eres un héroe en el Ejército”
Cecilia Heyder es hija del capitán de Ejército Osvaldo Heyder, asesinado de un disparo en la cabeza en un cerro cercano a Talca y quien fuera reconocido por enfrentar a la DINA al ayudar a un grupo de miembros del MIR durante la dictadura. Los apellidos Krassnoff y Lauriani están tatuados en la memoria de Cecilia. En su libro La conexión chilena, el periodista Carlos Basso reproduce un episodio relatado por la mujer ocurrido en 1975, cuando tenía 9 años, en una suerte de discoteque que había en el subterráneo del casino de oficiales del Regimiento Maipo de Valparaíso, donde su padre se desempeñaba como jefe del Servicio de Inteligencia Militar (SIM). “Vi gente vestida con ropas sucias (…) Muy sucios todos, hombres y mujeres vendados y con las manos atrás, las mujeres todas chasconas, muy mal”, contó. Fue sorprendida por un conscripto que la reprendió por estar ahí, pero -señala Basso- “su terror aumentó al doble cuando apareció un oficial (…) Era el teniente Fernando Lauriani, un sujeto joven que la tomó del brazo y la levantó en el aire, como si fuera una muñeca de trapo”, continúa el texto. Cuando el militar la soltó, la entonces niña huyó.
Fue en ese mismo momento, según recordó Cecilia Heyder, que su padre discutía en alemán y en un tono “muy duro, fuerte y golpeado” con Miguel Krassnoff Martchenco. “Ella está convencida de que esa discusión se encuentra estrechamente vinculada al triste destino de su padre, quien fuera asesinado meses después en un operativo conjunto entre Colonia Dignidad y la DINA, organismo al cual pertenecían Krassnoff y Lauriani”, relata el periodista Carlos Basso en La conexión chilena.
“Me parece muy grave, este es parece el único país en donde ha habido una dictadura y que los hijos de genocidas tengan altos grados en el Ejército. Yo sé que los hijos no tienen culpa, pero permite preguntarse cómo va a haber información, un Nunca más, con esta soberbia del Ejército de Chile y su mal llamada ‘familia militar’, si los hijos y nietos que están ahí son tratados como si fueran héroes. Si tu tienes un padre acusado o en proceso por violación de Derechos Humanos, eres un héroe al interior del Ejército; eso no puede ser, hay que pararlo”, sostiene Heyder en conversación con Politika.
Para Cecilia esto se traduce en que finalmente -como ocurrió tras el homenaje a Krassnoff por parte de su hijo- los militares que protagonizan estos episodios negacionistas “se van gratis, libres, en lista 1”. En ese sentido, apunta que el director de la Escuela Militar “había pedido su retiro hace dos semanas atrás y Krassnoff Bassa en junio. Se van en lista 1 y con honores; el único que los puede dar de baja y con deshonra es el ministro de Defensa y el Presidente de la República”.
El jefe de Bienestar Social que celebra el 11 de septiembre
Al bucear por la red social de Cristian Lauriani Ide es posible encontrarse entre sus “amigos” no solo a los hijos de Miguel Krassnoff Martchenco, incluído el protagonista del homenaje en la Escuela Militar, sino que también a otros haciendo apologías a Pinochet y al 11 de septiembre de 1973. Y así, avanzando por esta red de uniformados es posible, por ejemplo, llegar al perfil de Luis Alberto Espinoza, quien señala ser “instructor del Ejército” y que para el 11 de septiembre de 2016 festejaba de esta forma el golpe de Estado que significó la muerte de miles de ciudadanos.
Algo similar a lo expuesto por el capitán de fragata Eloy Callejas Torres, actual Jefe del Departamento de Bienestar Social de la Armada en Iquique, quien como se puede observar en su muro no tiene ningún reparo en homenajear en septiembre a la Junta Militar y a ese fatal martes 11, como volvió a hacer este 2018.
Cecilia Heyder sostiene que en Chile no se llegará a la verdad sobre lo que ocurrió con miles de víctima de la dictadura “mientras no se limpien las filas de la mal llamada ‘familia militar'”. Junto con ello insiste en que “no puede ser que haya hijos, nietos o militares en retiro recontratados en el Ejército, porque así es como se tapa esta cofradía y nunca vamos a saber qué pasó con nuestros familiares Detenidos Desaparecidos y quiénes fueron los torturadores”.
La extraña muerte del militar que enfrentó a la DINA
Fuente :elmostrador.cl, 5 de Junio 2015
Categoría : Prensa
Ayudó a prisioneros del MIR, se enfrentó a un oficial cercano a Manuel Contreras y finalmente su cuerpo fue hallado con un disparo en el cráneo. Luego de 40 años de mentiras y de datos que vinculan a Colonia Dignidad en el crimen del oficial, la causa está sobreseída temporalmente
Cuarenta años se cumplen ya desde el día en que fue hallado, en un cerro cercano a Talca, el cuerpo sin vida del capitán de Ejército Osvaldo Heyder Goycolea, cuya extraña muerte es uno de los grandes misterios que aún quedan por resolver de la época de la dictadura, pues en ella habrían participado en conjunto la Colonia Dignidad y la DINA, organismo de inteligencia con el cual Heyder se enfrentó abiertamente, al ayudar a un grupo de presos del MIR que estaban en las manos de la policía secreta de Pinochet.
Durante años, la dictadura dijo públicamente que la muerte de Heyder era un homicidio. Dependiendo de quien contara la historia y a quién, los responsables eran miristas que se infiltraban por la cordillera desde Argentina, o “guerrilleros” que habían seguido al capitán desde el regimiento Maipo de Valparaíso hasta Talca, donde lo habrían ultimado de un disparo al interior de su Citroen AX-330 blanco, el cual fue hallado en la mañana del 05 de junio de 1975 en el sector del Cerro La Virgen.
En privado y en la investigación judicial que se abrió a inicios del siglo XXI, sin embargo, los militares que conocieron el caso, así como los ex miembros de la DINA sospechosos de haber participado en su muerte, cuentan otra historia: que Heyder se suicidó. Los supuestos motivos también varían: algunos dicen que tenía problemas de faldas, otros que tenía problemas económicos, otros incluso dicen que tenía problemas de drogas. No obstante, nada de ello se condice con el buen estado que tenía su matrimonio, con la buena situación económica del mismo, ni con los proyectos que Heyder abrigaba para su futuro.
Lo que prácticamente todos olvidan, sin embargo, es cómo Heyder se opuso a la bestialidad de la DINA en Valparaíso, dando un trato digno a una serie de detenidos que formaban parte del MIR y salvando la vida de varias mujeres.
El Regional Valparaíso
A fines de 1974, la Agrupación “Vampiro”, perteneciente a la Brigada “Caupolicán” de la DINA, se dejó caer en Valparaíso, con un objetivo muy claro en mente: exterminar a la dirigencia regional del MIR.
Un par de meses antes había dado muerte al líder máximo del grupo, Miguel Enríquez, y luego de Valparaíso el siguiente objetivo era Concepción. Para ello contaban con un arma secreta: la ex mirista penquista Marcia Merino Vega, “La Flaca Alejandra”, en ese momento ya reconvertida en agente de la DINA. De ese modo, poco les costó capturar a los más importantes líderes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria en el puerto, en operativos liderados por el entonces teniente Fernando Lauriani Maturana, más conocido como “El teniente Pablito”.
A ellos les contó que, luego de ser detenidos y llevados al regimiento Maipo, los presos del MIR fueron brutalmente interrogados y torturados por la DINA. No obstante, después se presentó ante ellos, vestido de uniforme, el capitán Heyder, quien “me dijo que él también era de Concepción, dándome a entender que no estaba de acuerdo con el procedimiento de la DINA, a cargo del teniente Lauriani, señalando que en esta ocasión no se cumplía el dicho de ‘donde manda capitán, no manda marinero’, ya que Lauriani, con un grado inferior suyo, impartía instrucciones para detener y torturar a los detenidos, mostrándose en desacuerdo con ese tratamiento”, aseveró Zott.
En dichos operativos también prestó apoyo el Servicio de Inteligencia Militar (SIM) del Regimiento Maipo, encabezado por su jefe, el capitán Heyder. El resultado del raid de cerca de un mes que se dio la DINA por la Quinta Región culminó con más de veinte detenciones y una muerte, la del militante Alejandro Villalobos Díaz, quien fue asesinado en una casa de calle Montaña. Además, tenían un premio de caza mayor, ya que habían capturado al jefe regional del MIR, Erick Zott, quien, al igual que Heyder y Merino, era de Concepción.
La participación de Heyder en los operativos quedó estampada en su hoja de vida, donde figura una felicitación al respecto.
No obstante, Heyder se sentía repugnado por los métodos de la DINA, como lo señaló judicialmente su esposa, Cecilia Contador, en la causa que se abrió a inicios de los años 2000 en el entonces Tercer Juzgado de Letras de Talca.
Por cierto, quienes eran sus amigos dentro de Ejército no creen en la versión del suicidio. El brigadier general en retiro Luis Eugenio Meza, quien fue uno de los primeros en llegar al cerro La Virgen ese 5 de junio, declaró ante la Brigada de Derechos Humanos de la PDI que “hasta el día de hoy tengo la duda de lo que realmente ocurrió”, mientras que el mayor en retiro Carlos Verdugo fue más directo ante los detectives, a quienes señaló que “quiero ser muy enfático en decir que Osvaldo no era una persona que tuviera la capacidad de suicidarse, por su carácter y forma de ser”, agregando que ante una injusticia “sé que se la iba a jugar entero”.
De hecho, Cecilia Contador, la viuda de Heyder, dijo el 13 de abril de 2004, en el proceso judicial, que Meza le reconoció en privado muchos años después, ya estando en retiro, “que mi marido no se suicidó, lo mataron, nada más, muy escueto”.
El policía bueno
El 23 de octubre de 2002 Erick Zott se presentó ante el cónsul de Chile en Austria, donde reside, y prestó una declaración fundamental para la causa. En ella señaló que a mediados de los años 80, mientras actuaba como testigo en una causa que Colonia Dignidad había incoado en Bonn (Alemania) en contra de Amnistía Internacional, presenció una conversación confidencial entre Walter Rövenkamp, dirigente de Amnistía, y el ex número dos de la Colonia, Hugo Bäar, que a fines de 1984 logró huir del enclave regentado por Paul Schäfer.
Según el relato de Bäar, a mediados de los años 70 él estaba, entre otras cosas, a cargo de las armas de la colonia, “y de esta manera se enteró que en el invierno de 1975 dos miembros de la Colonia Dignidad, a quienes identificó y cuyos nombres no recuerdo, participaron en un atentado en contra de un oficial del Ejército chileno en la ciudad de Talca. Hugo Bäar recibió el arma de vuelta y estos dos miembros de la colonia se ocultaron temporalmente en el sur de Chile. Sobre esta conversación recuerdo que Rövenkamp tomó notas escritas y se iniciaron consultas para poder determinar la identidad de la víctima de este atentado”.
Zott no atinó de inmediato a comprender que se trataba de Heyder, el hombre a quien conoció muy de cerca en sus días en cautiverio en el regimiento Maipo, como lo declaró también en Viena, el 15 de abril de 2003, a dos detectives chilenos que viajaron a entrevistarlo.
A ellos les contó que luego de ser detenidos y llevados al regimiento Maipo, los presos del MIR fueron brutalmente interrogados y torturados por la DINA. No obstante, después se presentó ante ellos, vestido de uniforme, el capitán Heyder, quien “me dijo que él también era de Concepción, dándome a entender que no estaba de acuerdo con el procedimiento de la DINA, a cargo del teniente Lauriani, señalando que en esta ocasión no se cumplía el dicho de ‘donde manda capitán, no manda marinero’, ya que Lauriani, con un grado inferior al suyo, impartía instrucciones para detener y torturar a los detenidos, mostrándose en desacuerdo con ese tratamiento”, aseveró Zott.
Por supuesto, varios de los prisioneros creyeron que lo de Heyder era una simple impostura, suponiendo que jugaba al papel de “el policía bueno”. Sin embargo, Zott le creyó por algún motivo, quizá por haber sido casi de la misma edad, ser penquistas y ambos haber estudiado en la Universidad de Concepción (Heyder cursó dos años de derecho antes de entrar a la Escuela Militar). Además, el oficial le dijo cosas que le hicieron creer en él: “Osvaldo Heyder me reiteró en varias oportunidades su progresivo asco frente al personal de la DINA y su pleno distanciamiento de los métodos y brutalidad empleados por ellos”, precisó Zott a los funcionarios de la PDI.
Tratos especiales
La situación hizo crisis luego de que Lauriani golpeara a Zott con su arma, tras lo cual fueron detenidos unos 50 sospechosos, muchos de ellos sin vínculos con el MIR. “Todas las personas sufrieron los malos tratos del personal de la DINA y del regimiento que los acompañaban. Este hecho enfrentó a Lauriani con Heyder, quien desaprobaba el procedimiento”, recordó “el gringo” Zott ante la policía.
En diciembre de 2003 la PDI interrogó a “La Flaca Alejandra”. Allí, ella aseveró que después de estar en Valparaíso, “me enteré que Fernando Lauriani había tenido problemas con un oficial importante del regimiento Maipo, quien no estuvo de acuerdo con los métodos utilizados por el encargado de los interrogatorios (Lauriani); es decir, con la aplicación de torturas en los interrogatorios”.
Pero no fue lo único que señaló: “Esta situación la recuerdo muy bien, por cuanto fue la primera vez que escuchaba que algún militar estuviera totalmente en contra de los métodos de la DINA y les encarara los interrogatorios o la aplicación de torturas”.
Otro hecho que enemistó a Heyder con la DINA fue lo que sucedió con Liliana Castillo Rojas (esposa de Neftalí Carabantes Olivares, quien hasta el día de hoy se encuentra desaparecido), la que se encontraba en avanzado estado de embarazo y dio a luz a dos gemelas en la enfermería del regimiento. “Osvaldo dispuso todos los recursos a disposición para que el parto y la convalecencia fueran satisfactorios, a pesar de que Lauriani se opuso a los ‘tratos especiales’ aplicados”, contó Zott a los agentes de la Brigada de DD.HH.
Luego de ello, “recuerdo que el capitán Heyder solicitó mi intervención para que convenciera a un militante, conocido con el apodo de ‘Mota’ para que proporcionara la ubicación de armas que había escondido. Heyder me comenta que este joven estaba siendo salvajemente torturado y que Lauriani estaba dispuesto a matarlo si no confesaba. Yo hablé con el ‘Mota’ y lo obligué a proporcionar la información requerida, bajo mi responsabilidad ante el partido. Los agentes realizaron el desentierro y encontraron un par de armas cortas, completamente oxidadas e inservibles”.
Sergio Vásquez, en tanto, a quien le decían “El Mota”, expresó a la PDI, en 2004, que “creo también que sería Osvaldo Heyder quien el día 27 de enero dio permiso para que nos sacáramos las vendas y nos relajáramos, e incluso Sergio Vesely pudo cantar ‘Gracias a la vida’ de Violeta Parra y otras canciones”.
Heyder, Heider, Heiden
A fines de enero de 1975, la DINA estaba a punto de volver a Santiago y Heyder sabía lo que significaba aquello. Por eso se acercó a hablar con Zott, “preguntándome qué podía hacer por nosotros, haciendo presente que por mí no estaba en condiciones de intervenir. Yo le solicité que, bajo el pretexto de diligencias pendientes, solicitara que permanecieran en el regimiento las mujeres”, recordó el ex prisionero ante la policía.
El 29 de enero, quince prisioneros fueron trasladados a Santiago, entre ellos dos mujeres que Heyder no logró retener. Desde allí, Zott fue después llevado a Concepción y luego a Colonia Dignidad, donde quedó en manos del segundo hombre de la DINA, Pedro Espinoza. Luego de una serie de vejámenes y una larga detención, Zott finalmente quedó en libertad, lo mismo que otros seis de sus compañeros, pero los ocho restantes fueron hechos desaparecer. Recientemente la Corte Suprema dictó condena por este caso, conocido como “Los ocho de Valparaíso”. Las víctimas de estos hechos son Horacio Carabantes, Alfredo García, María Isabel Gutiérrez, Fabián Ibarra, Sonia Ríos, Carlos Rioseco, Abel Vilches y Elías Villar.
Entre los condenados por estos secuestros se cuenta Fernando Lauriani, pese a que este dijo, en el proceso judicial del caso Heyder, que en esa época pertenecía al Departamento de Educación de la DINA, donde trabajaba como “encargado de la infiltración marxista” en los liceos, sin haber estado nunca en Valparaíso: “No recuerdo haber formado parte de una comisión de servicio a dicha ciudad en ese periodo”, afirmó, olvidando no solo su viaje a la Quinta Región, sino el hecho de que existen varios testimonios que lo sitúan en esa época como un interrogador estable al interior de Colonia Dignidad.
Por cierto, el jefe de la Brigada Caupolicán, el mayor Marcelo Morén Brito, tampoco recordaba haber viajado a Valparaíso a ese operativo.
Heyder, en tanto, fue trasladado a Talca hacia febrero de 1975. Aunque nunca estuvo claro a qué función llegó, las detalladísimas fichas de la Colonia Dignidad, desclasificadas el año pasado, relatan que fue destinado al mismo Servicio de Inteligencia Militar (SIM), organismo al cual la DINA le tenía un odio profundo… lo mismo que Colonia Dignidad, que mantenía fichas de todos los miembros del SIM del sur de Chile, atribuyéndoles a cada uno de ellos las más nefastas características, a diferencia de los integrantes de la DINA, de quienes también tenían fichas, aunque por lo general estas mostraban alabanzas hacia los agentes de Contreras.
Un hecho curioso de las tres fichas halladas en Colonia Dignidad sobre Heyder es que, pese a quien las escribía era un germanoparlante, Gerd Seewald, el apellido “Heyder” está mal escrito, pues figura con “i”, es decir, “Heider”, en las tres fichas que se encontraron a su nombre.
En español no existe a nivel fonético diferencia alguna entre la “y” y la “i”. Sin embargo, en alemán, la combinación de letras “hei” se pronuncia distinto que la combinación “hey”. Mientras la primera suena a oídos de un hispanoparlante como “jai”, la segunda suena a “jei”.
Lo anterior no pasaría de ser anecdótico, si no fuera porque en una confusa declaración prestada en alemán por el ex guardaespaldas de Paul Schäfer, Kurt Schnellenkamp, se le preguntó al respecto, ante lo cual dijo no conocer el nombre Osvaldo Heyder, pero sí el de un tal “Heide” o “Heiden”, respecto del cual aseveró que “no puedo decir si este corresponde a Osvaldo Heyder. Sobre este ‘Heiden’ se discutía bastante en la colonia, aunque de forma reservada. La discusión se terminaba prontamente bajo el argumento de que era una sarta de mentiras”. Al respecto, más adelante agregaría un detalle muy llamativo, que mencionó fuera de contexto, cuando ya había dejado de hablar de “Heide”: “Se trataba de un arma particular con silenciador, que Hugo Baar debió haber proporcionado, pero que nunca llegó”.
Sobre este punto, en su declaración de 2003, Zott agregó un detalle importante: que a Hugo Bäar le constaba la participación de la colonia en el crimen “porque le tocó entregar las armas ocupadas en dichos operativos, recordando además que una de estas era una pistola marca Luger, calibre 9 mm., la cual fue devuelta por estos y recibida por él mismo”.
Y hay otro detalle nada de menor: tanto Lauriani como Morén Brito reconocieron ante la justicia haber estado en Talca en junio de 1975, enviados por Manuel Contreras a “investigar” la muerte del capitán. Por supuesto, de acuerdo a sus conclusiones, fue un suicidio, aunque en 1975 Morén Brito, quien se acercó a Cecilia Contador, le señaló algo distinto: además de asegurarle que Osvaldo era “su amigo”, le dijo que debía consolarse pensando “que Osvaldo había peleado cuerpo a cuerpo antes de morir, ya que tenía piel en las uñas y algo en los botones”.
Sobreseída temporalmente
Si a principios de los años 2000 sonaba descabellado pensar que los alemanes participaban de operativos en conjunto con la DINA, las fichas revelan hoy que eso sucedía en forma constante. Aun cuando en el sumario del caso Heyder, el ex director de la DINA, Manuel Contreras, negó toda relación con la colonia, la lectura de las 45 mil fichas entregadas el año pasado a organizaciones de DD.HH. por parte del juez Jorge Zepeda muestran cómo la colonia espiaba para sí y para la DINA desde Santiago al sur, la forma en que acopiaba información de todo tipo y las misiones de inteligencia que realizaba en ciudades como Concepción, Talca, Chillán, Los Angeles y San Carlos.
Pese a toda la información, la causa se encuentra hoy afecta a un sobreseimiento temporal. A este respecto, Hernán Fernández, el abogado que representa a Adriana Heyder, puntualiza que se están haciendo todos los esfuerzos posibles a fin de reabrir el sumario, para lo cual, entre otras cosas, se está en la búsqueda de un testigo que tendría información clave al respecto.
Adriana Heyder, en tanto, señala que “por todas las declaraciones hechas hasta ahora durante el proceso estoy convencida de que mi hermano fue asesinado, especialmente por mi análisis de las contradicciones de los militares, pero también por los resultados de la autopsia. Se hizo una exhumación, para la cual viajé a Chile especialmente, la cual sugiere la intervención de terceros. Creo saber quién fue el asesino de mi hermano, pero no lo puedo comprobar”.
Luego de casi 15 años de trámites judiciales, Heyder se declara “desilusionada de la justicia chilena”, ya que asevera que “todo está paralizado y los posibles testigos se están muriendo”.
Finaliza recordando que, luego de la muerte de su hermano, el propio Augusto Pinochet les dio el pésame en Concepción, para lo cual mandó a buscar a su familia en un Mercedes Benz blindado (que, comenta, quizá era de la Colonia Dignidad), oportunidad en la cual dijo a Lola Goycolea, su madre, que “usted debería estar orgullosa de haber perdido un hijo por la patria”. Vaya ironía.
Salas de Verano de Corte de Apelaciones estarían otorgando libertad a violadores de derechos humanos
Fuente :radio.uchile.cl, 14 de Febrero 2014
Categoría : Prensa
Preocupación existe entre quienes se han relacionado por tanto tiempo con las denuncias de violaciones a los derechos humanos. Esta vez se trata del actuar de las Salas de Verano de la Corte de Apelaciones de Santiago, las que entre el tres y el diez de febrero de este año han decretado la libertad bajo fianza de seis importantes torturadores y cómplices de la dictadura
La Justicia no descansa durante el periodo estival, al menos los tribunales que la imparten. Para ello, durante esta época del año se designan Salas de Verano en las distintas zonas del país, donde la Corte de Apelaciones de Santiago no es la excepción.
Con ese escenario y aprovechando la poco exposición que se produce particularmente en febrero, existe inquietud y molestia por parte de abogados ligados históricamente a causas de violaciones a los derechos humanos durante la dictadura de Augusto Pinochet.
Es el caso del abogado Eduardo Contreras, quien manifestó su preocupación por lo que está ocurriendo durante esta época en el tribunal de alzada de Santiago.
“No puede dejar de llamarnos la atención, a quienes nos desenvolvemos en el campo de los derechos humanos, la actitud que han tenido en las Salas de Verano, siendo una facultad a su criterio, pero nos parece negativo que habiéndose pronunciado los jueces de las causas que conocen los hechos y tratándose en algunos casos de delincuentes de alta peligrosidad, se les dé tan fácilmente la libertad y se estén revocando las resoluciones de los jueces que la negaban”, afirmó el abogado.
Por ello, aseguró que “es una muy mala señal del Poder Judicial, justo en un momento que se avanzaba en el sentido contrario”.
En septiembre de 2013, la Corte Suprema anunció que destinaría recursos para otorgar dedicación exclusiva a las investigaciones de causas relacionadas con violaciones de derechos de lesa humanidad para así acelerar los respectivos procesos.
Esto, a propósito del reconocimiento por parte de su entonces presidente Rubén Ballesteros, de que el máximo tribunal incurrió en graves acciones y omisiones durante la dictadura militar.
En ese contexto, el abogado Contreras, si bien destacó el cambio de actitud del Poder Judicial en este ámbito, reiteró su molestia apuntando particularmente a uno de los casos emblemáticos en lo que respecta a la violación de derechos humanos en dictadura.
“A partir de octubre, cuando se les dio dedicación exclusiva a los jueces de derechos humanos, se ha avanzado notablemente en el listado de autoprocesamientos y una serie de actuaciones que durante años no se realizaron, pero esta actitud de las Salas de Verano francamente a los abogados nos preocupa”, reconoció Contreras, agregando que “se trata de un conjunto de personas, entre los que destaca Ricardo Lawrence, quien está implicado en varios casos de violaciones a los derechos humanos, y que sin embargo se le ha otorgado el beneficio de la libertad”.
Ricardo Víctor Lawrence Mires, oficial de Carabineros, participó en torturas y fusilamientos en el Estadio Nacional, para luego pasar a la DINA, donde fue jefe de la Agrupación “Halcón”, dependiente de la Brigada “Caupolicán”, ejerciendo funciones en los centros de detención y tortura Londres 38, Villa Grimaldi, José Domingo Cañas y Venecia 1722 en la comuna de Independencia, cuartel en el que incluso estuvo a la cabeza.
A él se suman Fernando Lauriani Maturana, Teresa Osorio Navarro, José Huaiquimil Uribe, José Soto Torres y Jaime Fuenzalida Bravo, todos ellos procesados por causas de violación a los derechos humanos y para quienes, sólo entre el tres y el diez de febrero del presente año, las Salas de Verano de la Corte de Apelaciones de Santiago han declarado la excarcelación bajo fianza.
En el caso de Lawrence, entre las distintas causas judiciales de las que forma parte, figura el secuestro y desaparición de la dirección clandestina del Partido Comunista, como parte de la operación “Calle Conferencia”, donde hasta hoy se encuentran desaparecidos, entre otros, Víctor Díaz López, padre de la ex presidenta de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos (AFDD) Viviana Díaz.
Precisamente, desde dicha organización, su actual presidenta, Lorena Pizarro, aseguró que se trata de una muestra más de la impunidad que se vive en el país respecto a los criminales procesados por violaciones a los derechos humanos.
“Si uno mira a los sujetos involucrados, como Ricardo Lawrence, se trata de delitos gravísimos en los que están en juego la desaparición, la tortura, el asesinato de hombres y mujeres, por distintas causas, y a lo largo de esta historia son nombres que se repiten y que son responsables de múltiples delitos sobre seres humanos. Sin embargo, siempre se encuentra una causa, un resquicio o un artículo que les permite gozar de libertad”, denunció la dirigenta.
Justamente en las sentencias que otorgan la libertad a los seis procesados mencionados se alude al “tiempo transcurrido desde la época de ocurrencia de los hechos”, así como a “lo dispuesto en el artículo 361 del Código de Procedimiento Penal”.
Además, la propia Lorena Pizarro, junto con apuntar a la necesidad de entender estos procesos en la magnitud y gravedad de los delitos y crímenes que se juzgan, criticó el actuar de las autoridades judiciales, aseverando que “es una constante que se repite a lo largo de estos 24 años de transición. El problema es que en Chile aún existe impunidad y los ministros o jueces no entienden que estamos frente a crímenes de genocidas y terroristas”, expresó.
Respecto de las estrategias de los abogados defensores de los procesados, denunció que “buscan la Sala de Verano, buscan a los jueces que sean más proclives a entregar libertades a estos sujetos, por lo que siempre estamos en riesgo, así es que en esa lógica por supuesto que es un retroceso”.
La Corte de Apelaciones de Santiago está presidida durante este periodo de verano por el ministro Juan Escobar, con la Primera Sala integrada por los ministros Miguel Vásquez, Javier Moya y Omar Astudillo, mientras que en el caso de la Segunda Sala por los ministros Alfredo Pfeiffer, Carlos Gajardo y Mario Carroza, además de algunos abogados integrantes que han reemplazado a aquellos jueces que se han inhabilitado en determinadas causas por conocer previamente los antecedentes.
Corte Suprema confirma condenas de tres agentes DINA por crimen de profesor en 1975
Fuente :resumen.cl, 2 de Julio 2022
Categoría : Prensa
La Corte Suprema confirmó la sentencia que condena a tres agentes de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad en el delito consumado de homicidio calificado del profesor de enseñanza media Guillermo Hernán Herrera Manríquez, perpetrado el 5 de mayo de 1975, en la ciudad de Santiago.
Darío Núñez
En fallo unánime (causa rol 41.287-2019), la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos y la ministra María Teresa Letelier- rechazó los recursos de casación en la forma y en el fondo, interpuestos en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, y descartó infracción de ley en la sentencia que condenó a 10 años y un día de presidio a los jerarcas de la DINA y ex oficiales de Ejército Miguel Krassnoff Martchenko y Fernando Eduardo Lauriani Maturana y a la agente ex funcionaria de Carabineros Luisa Durandín Villaseca, todos en calidad de autores del delito.
El profesor y militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) Guillermo Herrera Manríquez, de 28 años de edad, fue detenido en la calle por agentes de la DINA el día 23 de mayo de 1975, cerca de las 14:00 horas, en los alrededores de la Estación Central, en Santiago. Inmediatamente le trasladan hasta un centro clandestino de detención y tortura que con posterioridad se pudo establecer se trataba de Villa Grimaldi.
En ese cuartel secreto de la DINA, el detenido fue sometido a interrogatorios y torturas, como era la práctica habitual de ese órgano criminal. En esas condiciones, Herrera Manríquez manifiesta a sus captores y torturadores que tenía un contacto telefónico que debía recibir en el domicilio de su padre; por ese motivo, en horas de la noche los agentes captores le trasladan hasta la vivienda paterna ubicada en calle General Gana de la comuna de Estación Central.
En el inmueble se encontraban los padres de Herrera Manríquez y un primo, quienes fueron testigos de las deplorables condiciones físicas en que llega el detenido hasta el domicilio producto de los flagelos a que ha sido sometido en esas horas de prisión. Los agentes le esposan a una cama de la vivienda, además, expresan que el detenido está incomunicado por tanto los familiares no pueden hablarle; sólo le observan desde lejos y tratan de comunicarse por señas.
Esta condición de secuestro se mantuvo inalterable los días sábado y domingo, bajo el control y vigilancia permanente de un grupo de agentes de la DINA, entre los cuales estaban los ahora condenados. El día lunes 5 de mayo, cerca de las 7:00 horas, el estado de salud de Herrera Manríquez se agrava; los familiares se percatan de ello pues le ven vomitar sangre e imposibilitado de moverse. El padre del detenido, ante la calamitosa situación en que está su hijo, hace ver este hecho y reclama ayuda a los cancerberos quienes, dado el evidente empeoramiento de la salud del detenido, deciden sacarlo de la vivienda con destino desconocido y retirarse de la misma llevándose todos sus armamentos y agentes.
Frente a la falta de respuesta de los agentes represivos respecto de adonde le llevaban, la familia de Herrera Manríquez comienza a buscarlo por distintos centros asistenciales, encontrándole finalmente fallecido en el Servicio Médico Legal.
El informe de autopsia del SML -de la época- registra como causa de muerte una herida cortante de tipo suicida y consigna la hora del fallecimiento a las 7:15 del 5 de mayo de 1975.
Todos estos antecedentes llevan a la justicia a establecer que: "en consecuencia, lo que no admite duda alguna y se tiene como cierto, es que la víctima Guillermo Hernán Herrera Manríquez fue detenido por agentes del Estado, quienes le interrogaron y torturaron, y a consecuencia de sus lesiones muere privado de libertad y bajo la custodia de agentes de la DINA".
Por tales consideraciones, entre otras, la Corte Suprema rechaza los recursos interpuestos por los condenados que buscaban la nulidad del juicio, o pretendiendo obtener absoluciones, beneficios y rebajas que no tienen cabida por la calificación del delito como un crimen de lesa humanidad.
Corte Suprema manda a la cárcel a 59 ex agentes DINA por la Operación Colombo
Fuente :radio.uchile.cl, 3 de Marzo 2023
Categoría : Prensa
La Operación Colombo fue una gran operativo de inteligencia y un montaje comunicacional de la DINA, que intentó hacer aparecer como abatidas en el exterior a 119 personas secuestradas en Chile.
La Segunda Sala Penal de la Corte Suprema revocó sentencia que había absuelto a más de 60 ex agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) y los condenó como responsables de la desaparición de 16 militantes de izquierda, mayoritariamente del MIR, en el proceso conocido como Operación Colombo, y que en este caso fue perpetrado entre el 17 de junio de 1974 y 6 de enero de 1975 durante la dictadura de Augusto Pinochet.
El fallo fue emitido por los ministros Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos, María Teresa Letelier y Diego Simpertigue, y revocaron la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones y condenaron a los ex jefes y oficiales de la DINA César Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Miguel Krassnoff y Raúl Iturriaga Neumann a la pena de 15 años y un día de presidio mayor en su grado máximo como autores de los delitos de secuestro calificado de las víctimas.
Del mismo modo, el tribunal condenó a 53 ex agentes a la pena efectiva de 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio, como autores del mismo delito, quienes habían sido absueltos anteriormente por el tribunal de alzada capitalino, a pesar de haber estado condenados en primera instancia como cómplices y autores. Además, esta vez todos deberán ingresar a la cárcel, encontrándose alguno de ellos ya en prisión por otros delitos de lesa humanidad.
Se trata de los ex agentes DINA Fernando Eduardo Lauriani Maturana, Gerardo Ernesto Godoy García, Manuel Andrés Carevic, Rosa Humilde Ramos Hernández, Nelson Alberto Paz Bustamante, Jose Abel Aravena Ruiz, Claudio Enrique Pacheco Fernández, Nelson Aquiles Ortiz Vignolo, Rudeslindo Urrutia Jorquera, José Alfonso Ojeda Obando, Manuel Heriberto Avendaño Gonzalez, Raúl Juan Rodríguez Ponte, Alejandro Francisco Astudillo Adonis, Daniel Alberto Galaz Orellana, Francisco Maximiliano Ferrer Lima, Leoncio Enrique Velásquez Guala, José Enrique Fuentes Torres, Julio José Hoyos Zegarra, Pedro René Alfaro Fernández, Orlando Jesús Torrejón Gatica, José Manuel Sarmiento Sotelo, Luis René Torres Méndez, Rodolfo Valentino Concha Rodríguez, Enrique Tránsito Gutiérrez Rubilar, Hugo Del Tránsito Hernández Valle, Manuel Rivas Diaz, Daniel Valentín Cancino Varas, Juan Evangelista Duarte Gallegos, Víctor Manuel Molina Astete, Fernando Enrique Guerra Guajardo, Leónidas Emiliano Méndez Moreno, Jorge Antonio Lepileo Barrios, Lautaro Eugenio Díaz Espinoza, Pedro Ariel Aravena Aravena, Carlos Alfonso Sáez Sanhueza, Juan Carlos Villanueva Alvear, Alfredo Orlando Moya Tejeda, Rafael De Jesús Riveros Frost, Silvio Antonio Concha González, Luis Fernando Espinace Contreras, Hernán Patricio Valenzuela Salas, Palmira Isabel Almuna Guzmán, Sylvia Teresa Oyarce Pinto, Osvaldo Pulgar Gallardo, José Avelino Yévenes Vergara, Olegario Enrique González Moreno, Werner Zanghellini, Hector Flores Vergara.
Jaime Alfonso Fernández Garrido, recibió una condena de 5 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo como autor del delito de secuestro calificado de Ida Vera Almarza. Mientras que Samuel Fuenzalida Devia fue condenado a 541 y un día por el mismo delito, mas no cumplirá tiempo en la cárcel.
Se trata de un proceso extenso que tuvo su primera sentencia de primera instancia en 2017 a manos del ministro Hernán Crisosto Greisse. En el transcurso de la investigación han fallecido algunos agentes como Basclay Zapata, Ciro Torré, Manzo Duran, Ricardo Lawrence, entre otros.
Para Nelson Caucoto, abogado querellante, representante de 13 de las 16 víctimas, este es “un fallo trascendente en la historia judicial chilena, puesto que la Corte Suprema ha restituido el sentido de justicia para crímenes de esta naturaleza, los que habían quedado literalmente en una .situación de impunidad inaceptables. El máximo tribunal ha desechado una vez más la media prescripción y los recursos de la defensa de los condenados, y ha acogido los recursos de los querellantes”, señaló.
Caucoto agrega que “se trata de un fallo moderno basado en el derecho internacional y en la legislación interna. Es indudable que la justicia opera en este caso como una sanación para tantos familiares de víctimas que aún sobreviven y es una pena que otros no hayan alcanzo a ver este final”.
La Operación Colombo fue una gran operativo de inteligencia y un montaje comunicacional de la DINA, que intentó hacer aparecer como abatidas en el exterior a 119 personas secuestradas en Chile por la DINA, las que habrían perecido luego de enfrentarse entre ellos.
Este proceso investigó la suerte de 16 de esas 119 víctimas. Se trata de Francisco Aedo Carrasco, Jorge Elías Andrónicos Antequera, Juan Carlos Andrónicos Antequera, Jaime Buzio Lorca, Mario Calderón Tapia, Cecilia Castro Salvadores, Rodolfo Espejo Gómez, Agustín Fioraso Chau, Gregorio Gaete Farías, Mauricio Jorquera Encina, Isidro Pizarro Meniconi, Marcos Quiñones Lembach, Sergio Reyes Navarrete, Ida Vera Almarza, Juan Carlos Rodríguez Araya y Jilberto Urbina Pizarro.
Confirman condenas de 4 ex jerarcas DINA por secuestro calificado de joven mirista en 1975
Fuente :resumen.cl, 30 de Mayo 2023
Categoría : Prensa
La Corte Suprema confirmó el fallo que condenó a cuatro ex agentes de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado del estudiante de ingeniería civil y militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) Sergio Fernando Ordenes Albornoz, cometido a partir de enero de 1975, en la ciudad de Santiago.
En fallo unánime (causa rol 21.988-2021), la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos, la ministra María Cristina Gajardo y el ministro Diego Simpértigue- confirmó la condena a 10 años y un día de presidio contra los ex jerarcas de la DINA, los ex oficiales de Ejército César Raúl Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo y Fernando Eduardo Lauriani Maturana y el ex oficial de Carabineros Gerardo Ernesto Godoy García, en calidad de autores del delito.
La Segunda Sala rechazó el recurso de casación presentado por la defensa de Pedro Espinoza Bravo en contra de la sentencia, dictada en diciembre de 2020 por la Corte de Apelaciones de Santiago. En primera instancia dictado por el ministro Mario Carroza los cuatro criminales habían sido condenados a siete años de presidio.
En la investigación judicial y en el fallo de primera instancia, se dio establecido que Sergio Ordenes Albornoz, de 22 años de edad, estudiante de ingeniería civil en la Universidad de Chile, fue detenido por agentes de la Brigada Caupolicán de la DINA en la calle Ecuador con Las Rejas Norte, en la ciudad de Santiago, en circunstancias que el joven mirista acudía a un punto de encuentro con otro militante, el que en días previos había sido detenido por los agentes represores. Luego le trasladaron al recinto de prisión y tortura Villa Grimaldi.
En diciembre del año anterior el joven militante del MIR abandonó el domicilio familiar en la comuna de San Miguel y pasó a vivir en la clandestinidad pues fue sindicado en medios de prensa de la época como un buscado por las fuerzas represivas de la dictadura, y su fotografía y nombre aparecían expuestos en esos medios dictatoriales. Se refugió en casa de un familiar en la comuna de 'uñoa y desde esa vivienda salió al punto de encuentro del que no regresó.
En Villa Grimaldi, el joven Ordenes Albornoz fue visto por última vez por detenidos sobrevivientes que lograron recuperar su libertad y entregaron su testimonio. Desde ese recinto secreto los agentes DINA le hicieron desaparecer.
por Darío Núñez
Operación Colombo: Corte Suprema condena a 30 ex agentes DINA por secuestro calificado de joven mirista en 1975
Fuente :resumen.cl, 23 de Febrero 2024
Categoría : Prensa
La Corte Suprema condenó a agentes de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad en el delito consumado de secuestro calificado del estudiante del Instituto Superior de Comercio de Talca Francisco Eduardo Ugás Morales, de 22 años de edad, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), quien fue secuestrado a partir del 7 de febrero de 1975, en la comuna de Estación Central, en Santiago.
El nombre de Rodrigo Ugás apareció, posteriormente, en el listado de 119 personas detenidas desaparecidas incluidas en la maniobra de desinformación implementada por la DINA y la dictadura conocida como "Operación Colombo".
En fallo unánime (causa rol 63-094-2020), la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, la ministra María Teresa Letelier y la abogada (i) Pía Tavolari- acogió los recursos de casación en el fondo deducidos por los querellantes y estableció error de derecho en la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago en abril de 2020, anulándola y reemplazándola.
En la sentencia de reemplazo, la Corte Suprema confirmó la sentencia de primer grado dictada por el ministro Hernán Crisosto Greisse en junio de 2015 y que condenó a los ex oficiales de Ejército y ex jerarcas DINA Pedro Octavio Espinoza Bravo, Miguel Krassnoff Martchenko y Raúl Eduardo Iturriaga Neumann a penas de 13 años de presidio, en calidad de autores del delito.
En tanto, los ex oficiales Rolf Gonzalo Wenderoth Pozo, Francisco Maximiliano Ferrer Lima, Fernando Eduardo Lauriani Maturana, Gerardo Ernesto Godoy García y Manuel Andrés Carevic Cubillos, y los ex agentes Pedro René Alfaro Fernández, Claudio Enrique Pacheco Fernández, José Alfonso Ojeda Obando, Luis René Torres Méndez, Hugo del Tránsito Hernández Valle, Manuel Rivas Díaz, Jerónimo del Carmen Neira Méndez, Carlos Eusebio López Inostroza, Luis Rigoberto Videla Insunza, Palmira Isabel Almuna Guzmán, Rafael de Jesús Riveros Frost, Leónidas Emiliano Méndez Moreno, Pedro Mora Villanueva, Osvaldo Octavio Castillo Arellano, Víctor Manuel Molina Astete, Fernando Enrique Guerra Guajardo, Rosa Humilde Ramos Hernández, José Abel Aravena Ruiz, Rodolfo Valentino Concha Rodríguez, Silvio Antonio Concha González y Roberto Hernán Rodríguez Manquel deberán cumplir 10 años y un día de presidio, como coautores del secuestro calificado.
En el caso, del agente Samuel Enrique Fuenzalida Devia, se confirmó la resolución del ministro en visita Hernán Crisosto, que lo condenó a 541 días de presidio, con el beneficio de la remisión condicional de la pena. Al menos otros 11 agentes condenados en el fallo de primera instancia fallecieron en el curso del proceso.
En la resolución, la Segunda Sala establece que: "….aparece claro que los jueces del grado al momento de resolver la controversia sometida a su conocimiento y absolver a los acusados Fernando Eduardo Lauriani Maturana, Gerardo Ernesto Godoy García, Manuel Andrés Carevic Cubillos, Pedro René Alfaro Fernández, Claudio Enrique Pacheco Fernández, José Alfonso Ojeda Obando, Luis René Torres Méndez, Hugo del Tránsito Hernández Valle, Manuel Rivas Díaz, Jerónimo del Carmen Neira Méndez, Carlos López Inostroza, Luis Rigoberto Videla Insunza, Palmira Isabel Almuna Guzmán, Rafael de Jesús Riveros Frost, Leonidas Emiliano Méndez Moreno, Pedro Mora Villanueva, Víctor Manuel Molina Astete y Fernando Enrique Guerra Guajardo, han incurrido en los errores de derecho denunciados por el querellante, al estimar, en síntesis, según se evidencia del razonamiento que antecede, …. reduciendo artificialmente la responsabilidad atribuida a cada uno de ellos a su condición de agentes de la DINA, mediante una reproducción incompleta de los fundamentos esgrimidos por el tribunal de primera instancia…..", sostiene el fallo.
"Que por otro lado -prosigue-, como ya se ha esbozado, adicionalmente a dicha calificación jurídica, los sentenciadores estimaron…., que los hechos fueron cometidos en un contexto de ataque sistemático o generalizado en contra de la población civil, lo que determinó que el ilícito establecido fuera, además, considerado como crímenes de lesa humanidad, por atentar contra normas ius cogens del Derecho Internacional Humanitario, y por lo mismo, sometido a dicho estatuto jurídico internacional".
Villa Grimaldi
En la sentencia de primera instancia, el ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago Hernán Crisosto Greisse estableció que en horas de la tarde del día 7 de febrero de 1975, miembros de la DINA, detuvieron en la vía pública en el sector de Estación Central, en Santiago, a Rodrigo Eduardo Ugás Morales, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), quienes lo trasladaron al recinto de reclusión clandestino de la DINA, denominado 'Cuartel Terranova' o 'Villa Grimaldi', ubicado en Lo Arrieta N° 8200, de la comuna de La Reina, que era custodiado por guardias armados y al cual solo tenían acceso los agentes de la DINA.
El detenido Ugás Morales durante su estada en el cuartel de Villa Grimaldi, según testimonios de sobrevivientes, permaneció sin contacto con el exterior, vendado y amarrado, siendo continuamente sometido a interrogatorios bajo tortura por agentes de la DINA que operaban en dicho cuartel.
La última vez que Rodrigo Ugás Morales fue visto por otros detenidos, ocurrió un día no determinado a fines de febrero de 1975, encontrándose desaparecido desde esa fecha.
Operación Colombo: Corte Suprema confirma condenas de 24 ex agentes DINA por secuestro calificado de dirigente UdeC en Santiago en 1974
Fuente :resumen.cl, 26 de Febrero 2024
Categoría : Prensa
La Corte Suprema rechazó los recurso de casación en la forma y en el fondo interpuestos por las defensas, en contra de la sentencia que condenó a agentes de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado del estudiante de sociología Ariel Martín Salinas Argomedo, cometido a partir del 25 de septiembre de 1974 en Santiago.
El nombre de Ariel Salinas Argomedo apareció, posteriormente, en el listado de 119 personas detenidas desaparecidas incluidas en la maniobra de desinformación implementada por la DINA y la dictadura conocida como "Operación Colombo".
En fallo unánime (causa rol 135.568-2020), la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, la ministra María Teresa Letelier y la abogada (i) Pía Tavolari-, acogió el recurso de casación en la forma deducido por la querellante Programa de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y, consecuencialmente, invalidó la sentencia impugnada, solo en la parte que absolvió al acusado Manuel Heriberto Avendaño González y, en sentencia de reemplazo, lo condenó a 10 años de presidio, en calidad de autor del delito.
El fallo de la Corte Suprema confirmó las sentencias de los ex oficiales de Ejército y ex jerarcas DINA César Raúl Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Miguel Krassnoff Martchenko y Raúl Eduardo Iturriaga Neumann quienes deberán cumplir 13 años de presidio, por su responsabilidad como autores del secuestro calificado.
Mientras que, además del ya aludido Manuel Heriberto Avendaño González, los ex oficiales, Francisco Maximiliano Ferrer Lima, Fernando Eduardo Lauriani Maturana, Manuel Andrés Carevic Cubillos, Gerardo Ernesto Godoy García, Palmira Isabel Almuna Guzmán, y los ex agentes Hermón Helec Alfaro Mundaca, Julio José Hoyos Zegarra, Silvio Antonio Concha González, José Alfonso Ojeda Obando, Luis Rigoberto Videla Inzunza, Teresa del Carmen Osorio Navarro, Claudio Enrique Pacheco Fernández, José Abel Aravena Ruiz, Alejandro Francisco Astudillo Adonis, Rosa Humilde Ramos Hernández, Pedro René Alfaro Fernández, Raúl Juan Rodríguez Ponte, Pedro Ariel Araneda Araneda, y Juan Evaristo Duarte Gallegos deberán purgar 10 años de reclusión, todos condenados en calidad de autores del delito.
Otros 12 agentes, también condenados en el fallo de primera instancia, dictado por el ministro Hernán Crisosto Greisse en octubre de 2015, fallecieron en el curso del proceso.
Respecto del caso del acusado Manuel Avendaño González la Sala Penal señala: "(…) en tales condiciones, el recurso propuesto por el Programa de Derechos Humanos del Ministerio del ramo, deberá ser acogido, desde que de la sola lectura de la sentencia objetada se evidencia en ella fundamentos que resultan completamente contradictorios, anulándose unos a otros, tornando la decisión que absuelve al acusado Avendaño González que se declara en lo resolutivo, carente de todo fundamento, configurándose el vicio de invalidación denunciado.
"En efecto, a la época de los hechos, estos acusados formaban parte como superiores jerárquicos y agentes operativos, conjuntamente con otros imputados cuya participación se analizara en los considerandos siguientes, de las agrupaciones pertenecientes a la Dirección de Inteligencia Nacional que materializó el secuestro de los miembros del Movimiento de Izquierda Revolucionaria, entre cuyos miembros se encontraba Salinas Argomedo, de manera tal que no obstante no recordar el nombre específico de este resulta indiscutible concluir, tal como lo hace el a quo, que tomaron parte en la ilegítima privación de libertad de este de manera inmediata y directa en la forma que prevé la norma recién citada y que, por lo mismo, son coautores punibles de este ilícito.
Operación Colombo
Ariel Martín Salinas Argomedo era ex estudiante de sociología de la Universidad de Concepción. El joven, de 26 años, casado y padre de una hija, era militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), formaba parte de la dirección universitaria del MIR en Concepción y, hasta el golpe militar, fue presidente del centro de alumnos de la carrera de sociología de la UdeC. Luego del golpe debió pasar a la clandestinidad para evitar ser apresado. Se trasladó a Santiago para continuar con su actividad militante y un año más tarde fue detenido.
En el fallo de primera instancia, el ministro de fuero Hernán Crisosto Greisse dio por establecido que en horas de la mañana del día 25 de septiembre de 1974, Ariel Salinas fue detenido en la vía pública por agentes pertenecientes a la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA), quienes lo trasladaron al recinto clandestino de detención de la DINA denominado 'Ollagüe', ubicado en José Domingo Cañas N° 1367 de la comuna de 'uñoa. Posteriormente fue trasladado a los recintos clandestinos de detención denominados 'Villa Grimaldi', ubicado en Lo Arrieta N° 8200, de La Reina, y a 'Cuatro Álamos', ubicado en calle Canadá N° 3000, de la comuna de Santiago, recintos que eran custodiados por guardias armados y a los cuales solo tenían acceso los agentes de la DINA.
Según consta del testimonio de prisioneros sobrevivientes, durante su estada en los cuarteles de José Domingo Cañas, Villa Grimaldi y Cuatro Álamos, el detenido Ariel Salinas permaneció sin contacto con el exterior. En los dos primeros lugares vendado y amarrado, siendo continuamente sometido a interrogatorios bajo tortura por agentes de la DINA que operaban en dichos cuarteles.
La última vez que Ariel Salinas Argomedo fue visto con vida por otros detenidos ocurrió un día no determinado del mes de noviembre de 1974, encontrándose desaparecido desde esa fecha.
por Darío Núñez
Secuestro de Jorge Müller y Carmen Bueno: agentes de la DINA son condenados por la desaparición de los cineastas
Fuente :radio.uchile.cl, 23 de Febrero 2024
Categoría : Prensa
Los integrantes de la extinta Dirección de Inteligencia Nacional, César Manríquez Bravo, Pedro Espinoza Bravo, Raúl Iturriaga Neumann y Miguel Krassnoff Martchenko recibirán la pena de 20 años de presidio por su calidad de autores.
En fallo unánime, la Segunda Sala de la Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó a César Manríquez Bravo, Pedro Espinoza Bravo, Raúl Iturriaga Neumann y Miguel Krassnoff Martchenko a 20 años de presidio, en calidad de autores del delito.
El máximo tribunal rechazó los recursos de casación en la forma y en el fondo, deducidos en contra de la sentencia que condenó a agentes de la extinta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado de la pareja de cineastas Jorge Hernán Müller Silva y Carmen Cecilia Bueno Cifuentes. Ilícitos cometidos a partir del 29 de noviembre de 1974.
En fallo unánime (causa rol 43.971-2020), la Segunda Sala de la Corte Suprema –integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, la ministra María Teresa Letelier y la abogada (i) Pía Tavolari– confirmó la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que condenó a César Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Raúl Eduardo Iturriaga Neumann y Miguel Krassnoff Martchenko a 20 años de presidio, en calidad de autores del delito.
En tanto, Orlando Manzo Durán, Manuel Andrés Carevic Cubillos, Alejandro Francisco Astudillo Adonis, Sylvia Teresa Oyarce Pinto, Gerardo Ernesto Godoy García, Manuel Heriberto Avendaño González, Nelson Aquiles Ortiz Vignolo, Silvio Antonio Concha González, Pedro Ariel Araneda Araneda, Luis Rigoberto Videla Inzunza, Jorge Segundo Madariaga Acevedo, Teresa del Carmen Osorio Navarro, José Abel Aravena Ruiz, Rosa Humilde Ramos Hernández, Pedro René Alfaro Fernández, Luis René Torres Méndez, Jerónimo del Carmen Neira Méndez, Palmira Isabel Almuna Guzmán, Carlos López Inostroza, Hugo del Tránsito Hernández Valle, Francisco Maximiliano Ferrer Lima, Fernando Eduardo Lauriani Maturana deberán cumplir 12 años de presidio, como coautores.
“Que, de esa manera, los elementos del ilícito examinado y la participación en ellos de estos acusados, se estimó verificada por el tribunal de primer grado, conclusiones que la judicatura de segundo grado hizo suyas, refrendadas en el considerando 7° de la sentencia objetada”, plantea el fallo.
La resolución agrega: “Que, en consecuencia, y aun soslayando los graves defectos formales de los recursos de nulidad sustancial examinados, las infracciones denunciadas por las defensas de Carlos López Inostroza, Jerónimo Neira Méndez, Luis Videla Inzunza, Pedro Alfaro Fernández, Raúl Iturriaga Neumann, Pedro Espinoza Bravo y César Manríquez Bravo, no se han configurado en la especie, desde que los hechos establecidos en la sentencia impugnada y la participación en ellos de estos acusados, se han ajustado a las leyes reguladoras de la prueba, de manera que ningún reproche puede plantearse sobre el particular a la sentencia impugnada, de manera que los recursos de nulidad sustancial en examen serán íntegramente desestimados”.
Operación Colombo
En la sentencia de primer grado, el ministro de fuero de la Corte de Apelaciones de Santiago Hernán Crisosto Greisse dio por establecidos los siguientes hechos:
- El día 29 de noviembre de 1974, Carmen Cecilia Bueno Cifuentes y su pareja Jorge Hernán Müller Silva, militantes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fueron detenidos en la vía pública, en calle Francisco Bilbao con Los Leones de Santiago, por agentes pertenecientes a la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA) quienes los introdujeron a una camioneta C-10 y los trasladaron al recinto de reclusión clandestino de la DINA denominado ‘Villa Grimaldi’, ubicado en Lo Arrieta N° 8200, de La Reina y posteriormente al recinto de reclusión clandestino denominado ‘Cuatro Álamos’, ubicado en calle Canadá N° 3000, de Santiago, que eran custodiados por guardias armados y a los cuales solo tenían acceso los agentes de la DINA.
- Durante su estadía en los cuarteles de Villa Grimaldi y Cuatro Álamos, permanecieron sin contacto con el exterior, vendados y amarrados, siendo en el primero de ellos continuamente sometidos a interrogatorios bajo tortura por agentes de la DINA que operaban en dichos cuarteles con el propósito de obtener información relativa a integrantes del MIR, para proceder a la detención de sus miembros.
- La última vez que las víctimas Bueno Cifuentes y Müller Silva fueron vistos con vida, ocurrió un día no determinado a mediados del mes de diciembre de 1974, sin que exista hasta la fecha, antecedentes sobre el paradero de ambos, encontrándose desparecidos.
- El nombre de Carmen Cecilia Bueno Cifuentes, apareció en un listado de 119 personas, publicado en la prensa nacional luego que figurara en una lista publicada en la revista ‘LEA’ de Argentina, de fecha 15 de julio de 1975, en la que se daba cuenta que Bueno Cifuentes había muerto en Argentina, junto a otras 59 personas pertenecientes al MIR, a causa de rencillas internas suscitadas entre esos miembros.
- Las publicaciones que dieron por muerta a la víctima Bueno Cifuentes tuvieron su origen en maniobras de desinformación efectuada por agentes de la DINA en el exterior.
En el aspecto civil, se confirmó la sentencia que condenó al fisco a pagar una indemnización de $50 millones por concepto de daño moral, a la hermana demandante de la víctima Bueno Cifuentes.