Alias : Rodrigo, Wally Chico
Rut: 6.519.815-0
Cargos:
Grado : Sargento 1°
Rama : Fuerza Aérea
Organismos : Comando Conjunto
Comando Conjunto: Corte ratifica amnistía a 13 procesados
Fuente :Domingo 16 de Junio 2002 El Mostrador
Categoría : Prensa
En un fallo que tendrá importantes repercusiones en las causas de derechos humanos, la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago ordenó la libertad de trece uniformados y revocó sus procesamientos al estimar que regía el principio de la cosa juzgada y la Ley de Amnistía.
El dictamen estima que no hay mérito para mantener los autos de procesamientos contra trece efectivos que pertenecieron al Comando Conjunto y que fueron sometidos a proceso por el titular del 25 Juzgado del Crimen, Carlos Hazbún, quien oficia como juez con dedicación preferente.
Esto, luego que el 2 de mayo, la titular del Primer Juzgado de Letras de San Bernardo, Cecilia Flores, se declarara incompetente para conocer la causa por el secuestro de David Urrutia Galaz, capturado por agentes del Comando Conjunto en 1975, y derivó los antecedentes al juez del 25º Juzgado del Crimen de Santiago, Carlos Hazbún.
La defensa de los ex uniformados a cargo del abogado Carlos Portales estimó que la resolución abre las puertas para seguir por el mismo camino con el resto del medio centenar de militares que en estos momentos son procesados por los jueces de dedicación exclusiva para estas causas.
Según El Mercurio, el Programa de Derechos Humanos del Ministerio del Interior ordenó una reunión especial para mañana con todos sus abogados para analizar el nuevo escenario. El director del organismo, Luciano Fouillioux, indicó que la última palabra respecto de la aplicación del principio de cosa juzgada y de la Ley de Amnistía se encuentra en manos de la Corte Suprema.
Esto, porque es la primera vez que un tribunal de alzada aplica un fallo de esta naturaleza en los casos por violaciones a los derechos humanos que son investigados por jueces especiales que fueron designados como resultado de la "Mesa de Diálogo".
El titular del 25º Juzgado del Crimen de Santiago, Carlos Hazbún, había procesado el 7 de enero de 2002 como autores de "asociación ilícita criminal" a los uniformados César Palma Ramírez, Otto Trujillo Miranda, Raúl González Fernández y Manuel Muñoz Gamboa.
Igualmente, al suboficial (r) FACh Pedro Caamaño Medina; al comandante (r) del regimiento Colina de la FACh Carlos Madrid Hayden; al suboficial activo FACh Robinson Suazo Jaque; al suboficial (r) FACh Fernando Zúñiga Canales; al suboficial (R) FACh Eduardo Cartagena Maldonado; al teniente (r) de Marina Daniel Guimper Corvalán; al suboficial (r) FACh Guillermo Urra Carrasco; al suboficial (r) FACh Pedro Zambrano Uribe y al suboficial (r) FACh Juan Chávez Sandoval, quienes ahora se vieron beneficiados con esta disposición
Funado agente del Comando Conjunto
Fuente :elsiglo.cl, 28 de Octubre 2002
Categoría : Prensa
Puerto Montt se ha convertido en un verdadero paraíso para los ex asesinos, torturadores y soplones de los organismos represivos de la dictadura, los que buscan la tranquilidad de la provincia para la realizar sus negocios.
Tras ubicarlo gracias a la publicación hecha por El Siglo, una veintena de militantes del Partido Comunista e independientes participaron en la Funa al ex integrante del Comando Conjunto, Raúl González Fernández -alias "El Wally Chico"-, quien participó en el secuestro y desaparición del ex subsecretario general de las Juventudes Comunistas, José Weibel, y en el secuestro de Amanda Velasco.
La actividad se realizó el sábado 19 de octubre, cuando el grupo de personas se dirigió hacia la empresa Radio Taxi Volcanes, ubicada en calle Doctor Martin Nº459, teléfonos 313131 y 313989, de la capital de la Décima Región, con el objetivo de denunciar las actividades de este "empresario".
Los funeros entregaron panfletos a los transeúntes y gritaron consignas en contra del ex agente, además de pegar carteles con la fotografía de González en las afueras de las dependencias que ocupa hoy en día la citada empresa de taxis, constituida por otros ex integrantes de los organismos represivos.
"No queremos que estos individuos respiren el mismo aire que los puertomontinos. Nosotros sabemos que en esa empresa trabajan al menos dos personas más ligadas al comando conjunto o la CNI. Vamos a trabajar para identificarlos y funarlos. También vamos a constituir la Funa en forma más permanente, invitando a más personas, a partidos políticos y a los jóvenes que quieran participar", dijo uno de los organizadores.
Al lunes siguiente, el delincuente González apareció pelado al rape y sin el bigote, luego que la acción de denuncia de su presencia en esta ciudad sureña causara gran preocupación al interior de su empresa, la que a pesar de no aparecer en la guía de teléfonos, presta servicios a la filial distribuidora de la Coca-Cola, al diario El Mercurio y al periódico local El Llanquihue.
Otro antecedente para destacar es que en Puerto Montt también estuvo el general Patricio Campos, en ese momento comandante de la Tercera Brigada Aérea con base en el Aeropuerto El Tepual, al igual que su esposa, Viviana Ugarte alias "La Pochi", quien también participó en el secuestro de José Weibel.
Desde Puerto Montt, también decimos: Si no hay justicia… hay FUNA
Condenan a 20 ex agentes CNI por crímenes de calle Fuente Ovejuna en 1983
Fuente :resumen.cl, 18 de Enero 2018
Categoría : Prensa
El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los Derechos Humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Mario Carroza Espinoza, dictó sentencia en contra de 20 ex agentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI), por su responsabilidad en los homicidios calificados de los ex militantes y dirigentes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) Lucía Orfilia Vergara Valenzuela, Arturo Vilavella Araujo y Sergio Peña Díaz, ilícitos perpetrados el 7 de septiembre de 1983, en calle Fuenteovejuna de la comuna de Las Condes.
El hecho fue un episodio de falso enfrentamiento con que la CNI y la dictadura pretendieron ocultar crímenes y asesinatos, con la complicidad activa de la prensa empresarial. En el fallo (causa rol 539-2011), el ministro Carroza condenó a la pena de 15 años y un día de presidio al ex brigadier de ejército Roberto Urbano Schmied Zanzi, ex jefe de la División Metropolitana de la CNI, como autor de los homicidios calificados. En tanto, a 10 años y un día, también como autores de los delitos, fueron condenados los ex oficiales de ejército Aquiles Mauricio González Cortés, alias "Caracha", ex jefe de la Brigada Azul a la época de los crímenes, Álvaro Julio Federico Corbalán Castilla, ex jefe de la división antisubversiva de la CNI, Norman Antonio Jeldes Aguilar, alias "Gorilón", ex integrante de la Brigada Especial, y al ex empleado civil del ejército Manuel Mariano Ventura Laureada Núñez, alias "Piolín", también agente de la Brigada Especial.
En la causa, el ex oficial de ejército y segundo de Schmied Zanzi en la División Metropolitana, Sergio María Canals Baldwin, y los ex agentes Juan José Pastene Osses, Patricio Leonidas González Cortez, Luis René Torres Méndez, Manuel Ángel Morales Acevedo, Luis Hernán Gálvez Navarro, Sergio Daniel Valenzuela Morales, Juan Modesto Olivares Carrizo, Raúl Hernán Escobar Díaz, Eduardo Martín Chávez Baeza, Luis Eduardo Burgos Cofré, Raúl Horacio González Fernández, Orlando Jesús Torrejón Gatica, Rafael de Jesús Riveros Frost, Juan Alejandro Jorquera Abarzúa, fueron condenados a 3 años y un día de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva, en calidad de cómplices.
En tanto, el ex agente de la Brigada Especial, Egon Antonio Barra Barra, alias "Siete Fachas", fue absuelto de participación en este episodio (el grupo en que éste participaba se encontraba, simultáneamente, cometiendo otros crímenes en calle Janequeo).
Brigada Azul
En la etapa de investigación de la causa, el ministro Mario Carroza logró establecer que, tras el asesinato del intendente de la Región Metropolitana Carol Urzúa Ibañez, cometido el 30 de agosto de 1983, el director de la Central Nacional de Informaciones (CNI), Humberto Gordon Rubio (fallecido) ordenó a la División Antisubversiva Metropolitana, al mando de Roberto Schmied Zanzi, conformar una nueva agrupación: la Brigada Azul, para investigar al Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR).
En dicho contexto, en horas de la mañana del 7 de septiembre de 1983, se ordenó la detención de miembros del MIR que se encontraban en el inmueble de Fuenteovejuna 1330, que había sido previamente ubicado. Lugar al cual, en horas de la tarde, se envió un número considerable de agentes al mando de Álvaro Corbalán Castilla (comandante de la Brigada Antisubversiva Metropolitana) y de Aquiles González Cortés (jefe de la Brigada Azul).
«En las acciones iniciales, los agentes instalaron frente al inmueble una base de fuego, consistente en una ametralladora Rheinmetal, calibre 7,62 mm, montada en el techo de un jeep, que en esa oportunidad era conducido por Manuel Ventura Laureada Núñez, y el arma operada por al menos dos personas, una la que disparaba, Norman Antonio Jeldes Aguilar, y la otra encargada de pasar la cinta de municiones, con capacidad de tiro de 10 por cada ráfaga corta y disposición de tiro completa de 500 por minuto, con balas trazadoras», consigna el fallo.
La resolución agrega que: «ya encontrándose en posición la base de fuego, se ordena por el oficial al mando dirigirla y disparar contra el inmueble por cerca de un minuto, esto es, unos 500 tiros, luego detienen su acción y mediante altoparlantes conminan a los ocupantes del inmueble a entregarse».
«Uno de ello -continúa-, Sergio Peña Díaz, decide entregarse y sale con las manos en la nuca, pero en los momentos en que caminaba hacia los agentes, éstos le disparan y sus heridas le provocan la muerte, lo cual incita la reacción de la única mujer del grupo, que les enfrenta con un arma; ante esta reacción, Álvaro Corbalán nuevamente da la orden de disparar la base de fuego en dirección al inmueble, lo cual provoca no sólo la muerte de Lucía Orfilia Vergara Valenzuela, por heridas de bala, sino también el incendio de la casa y la calcinación del tercer integrante del movimiento, Arturo Vilavella Araujo».
El mismo día, 7 de septiembre de 1983, la CNI realizó un operativo simultáneo en calle Janequeo, en Quinta Normal, donde fueron ejecutados otros dos militantes del MIR. Este episodio, sin embargo, se sustancia en causa separada y por otro ministro en visita.
Corte Suprema confirma condenas de 27 ex agentes del Comando Conjunto por crímenes de cinco militantes comunistas cometidos entre 1975 y 1976
Fuente :resumen.cl, 26 de Abril 2024
Categoría : Prensa
La Corte Suprema rechazó los recurso de casación en el fondo interpuestos por las defensas de los otrora agentes del denominado Comando Conjunto, en contra de la sentencia que condenó a 27 de ellos por su responsabilidad en los delitos de secuestro simple y homicidio calificado de Ignacio Orlando González Espinoza y Juan René Orellana Catalán; y en los secuestros calificados de Ricardo Manuel Weibel Navarrete, Luis Desiderio Moraga Cruz y Luis Emilio Gerardo Maturana González, todos militantes del Partido Comunista. Los delitos fueron perpetrados entre octubre de 1975 y junio de 1976, en la ciudad de Santiago.
El llamado Comando Conjunto fue un aparato represivo creado por la dictadura bajo la tutela de la Fuerza Aérea (Fach) y la participación de agentes del ejército, de la marina, de carabineros y civiles fachos, que operó principalmente entre los años 1975 a 1977, y cuya razón de ser era competir en faenas represivas y criminales con el omnímodo poder que ostentaba la DINA bajo la tutela del ejército y la dirección de Pinochet y Contreras.
En fallo unánime (causa rol 32.012-2022), la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos, la ministra María Teresa Letelier y el ministro Jean Pierre Matus- confirmó la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que condenó al ex oficial de la Fach Juan Francisco Saavedra Loyola y al ex oficial de carabineros Manuel Agustín Muñoz Gamboa a las penas de 18 años de presidio, más 13 años y más 3 años de presidio, cada uno.
Al ex oficial de la armada Daniel Luis Enrique Guimpert Corvalán a penas de 18 años, más 12 y más 3 años de presidio.
A los ex oficiales de ejército Álvaro Julio Federico Corbalán Castilla y Sergio Antonio Díaz López, y al ex oficial de la armada Jorge Aníbal Osses Novoa, a penas de 12 años de presidio, más 10 años y un día, más 400 días de presidio a cada uno.
A los agentes Raúl Horacio González Fernández y Alejandro Julio Segundo Sáez Mardones a dos condenas de 10 años y un día de presidio, y más 400 días de presidio a cada uno.
A los agentes Roberto Alfonso Flores Cisterna y Juan Carlos Hernán Rodrigo Villarreal a penas de 10 años y un día, más 5 años y un día, más 400 días de presidio a cada uno.
Al facho civil Otto Silvio Trujillo Miranda la penas de 10 años y un día de presidio Al agente Lenin Figueroa Sánchez, dos condenas de 5 años y un día, más 400 días de presidio.
A los agentes Sergio Daniel Valenzuela Morales, Juan Atilio Aravena Hurtuvia, a penas de 5 años y un día de presidio, más 5 años, más 400 días de presidio.
A los fachos civiles Andrés Pablo Potín Lailhacar, Viviana Lucinda Ugarte Sandoval, Emilio Mahias del Río, y los agentes Juan Luis Fernando López López, José Evaristo Rojas Alruiz, Francisco Segundo Illanes Miranda, a penas de 5 años y un día de presidio, más 400 días de presidio.
A Ernesto Arturo Lobos Gálvez, Alejandro Jorge Forero Álvarez, a penas de 5 años y un día de presidio, más 60 días de presidio.
A Roberto Francisco Serón Cárdenas, a la pena de 5 años y un día de presidio A Robinson Alfonso Suazo Jaque, Pedro Ernesto Caamaño Medina, Pedro Juan Zambrano Uribe y José Hernando Alvarado Alvarado, a la pena de 4 años, más 60 días de presidio cada uno.
Los también condenados Antonio Benedicto Quiros Reyes y Miguel Arturo Estay Reyno, fallecieron en el curso del proceso.
En la investigación judicial y fallo de primera instancia el ministro Miguel Vásquez Plaza estableció que existió una agrupación de hecho que operó clandestinamente entre los años 1975 y 1976, conformado principalmente por agentes que pertenecieron a la Dirección de Inteligencia de la Fuerza Aérea, además de Carabineros Chile, Marina y Ejército, con la colaboración de civiles, cuyo objetivo principal fue la represión de la Juventud del Partido Comunista, para lo cual procedían a la detención de varios de ellos.
Esta agrupación, denominada Comando Conjunto, utilizó para las detenciones y torturas diversas instalaciones: Hangar de Cerrillos; Nido 20, recinto secreto de detención y tortura ubicado en calle Santa Teresa N° 037, paradero 20 de Gran Avenida; Nido 18, recinto secreto ubicado en calle Perú N° 9053, La Florida, Santiago, que fue empleado exclusivamente para la tortura; La Prevención o Remo Cero, que eran calabozos ubicados al interior del Regimiento de Artillería Antiaérea en Colina, todo esto durante el año 1975; La Firma, a principios del año 1976, dicho grupo traslada sus operaciones a la parte posterior del inmueble a cargo de Carabineros de Chile, ubicado en calle Dieciocho, frente al N° 229, que perteneció al ex diario Clarín, denominándosele La Firma.
El actuar operativo de la agrupación, consistía en detener a las personas con la modalidad de secuestro, mantenerlos cautivos en recintos secretos, y someterlos a interrogatorios y torturas, física y psicológica, para obtener información y doblegar su voluntad, logrando la colaboración de alguno de ellos, hasta el punto que algunos fueron asimilados como agentes operativos del grupo, lo que proporcionó una mayor efectividad en la detención de militantes comunistas en cadena, a los cuales se les hizo desaparecer; de algunos de ellos, en el curso de los años, se encontró parte de sus restos.
El día 7 de noviembre de 1975, aproximadamente a las 22.00 horas, fue detenido en su domicilio de calle Río Maule en la Comuna de Recoleta, Ricardo Manuel Welbel Navarrete, por sujetos que vestían de civil; manteniéndosele privado de libertad en el recinto denominado La Prevención o Remo Cero, ubicado al interior del Regimiento Antiaérea en Colina, último lugar en que se le vio con vida y, con posterioridad, fueron encontradas sus osamentas en los terrenos del Fuerte Arteaga, Peldehue.
El día 20 de octubre de 1975, en horas de la madrugada fue detenido en su domicilio de pasaje Tokio en la Población Juanita Aguirre, comuna de Conchalí, Santiago, Luis Desiderio Moraga Cruz, por sujetos que vestían de civil; manteniéndosele recluido en el Regimiento de Artillería Antiaérea en Colina, en cuyo interior se encontraba el recinto denominado La Prevención o Remo Cero, siendo éste el último lugar en que se le vio con vida.
El día 4 de diciembre de 1975, en horas de la madrugada, fue detenido en su domicilio de calle Soberanía de la comuna de Santiago, Ignacio Orlando González Espinoza, por sujetos que vestían de civil; manteniéndosele privado de libertad en el recinto denominado La Prevención o Remo Cero, ubicado al interior del Regimiento de Artillería Antiaérea en Colina, último lugar en que se le vio con vida y, con posterioridad, fue ejecutado en los terrenos del Fuerte Arteaga, Peldehue, donde fueron encontradas sus osamentas.
El día 8 de junio de 1976, en el sector de Estación Central, Luis Emilio Gerardo Maturana González se reunió con Juan René Orellana Catalán, ambos militantes de la Juventud Comunista en la clandestinidad debido a la persecución política de que eran objeto, con el propósito de entregarle dinero del partido a Orellana Catalán para sí y para que a su vez lo entregara a otros militantes del partido ya que Maturana González estaba encargado de distribuirlo; momento en que son detenidos por agentes operativos del referido Comando Conjunto, manteniéndoseles recluidos en el recinto denominado La Firma, desde donde se pierde su rastro. Posteriormente, Orellana Catalán fue ejecutado en la Cuesta Barriga, donde se encontró restos de su persona