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Corbalán Castilla Álvaro Julio Federico – Memoria Viva

Corbalán Castilla Álvaro Julio Federico

Alias : Don Juan; Faraón; Alvaro Valenzuela Torres;

Rut: 5.745.551-9

Cargos: Comandante de la División Antisubversiva (DAS) C3 o Bernardo O'Higgins Jefe de la Unidad Especial del Cuartel Borgoña Jefe Brigada Azul

Grado : Teniente Coronel

Rama : Ejército

Organismos : Central Nacional de Informaciones (CNI)

DINE
Comando Conjunto (75-76)
Alfa Carbon


Alvaro Corbalán, desde "Punta Peuco Dos": Ex CNI Condenado a Cadena Perpetua Cuenta Su Historia

Fuente :El Mercurio,  9 de Agosto 2000

Categoría : Prensa

PROCESADO por varios homicidios, condenado a cadena perpetua por el asesinato del carpintero Juan Alegría – crimen cometido para encubrir el asesinato de Tucapel Jiménez- , este militar en retiro tiene los ojos negrísimos como el pecado, la mirada desafiante y la palabra aguda. Detenido en el Comando de Apoyo Técnico del Ejército, Alvaro Corbalán Castilla espera el fallo de la Corte Suprema que debe resolver si pasa el resto de su vida en la cárcel. Corbalán (48 años, casado tres veces, siete hijos) es mayor en retiro – aunque insiste en decir que es teniente coronel- y estuvo destinado a la Dirección de Inteligencia del Ejército hasta 1980. De ahí no fue raro que lo trasladaran a la Central Nacional de Inteligencia. Niega haber sido comandante de la Unidad Metropolitana de la CNI y Jefe Operativo de la CNI. Admite, sí, haber sido el jefe del Cuartel Borgoño, el mismo que muchos detenidos recuerdan con pavor. Además se le procesa por la "Operación Albania. Y por los asesinatos del periodista José Carrasco, del publicista Abraham Muskablit, del pintor Felipe Rivera y del arquitecto Gastón Vidaurrázaga. También fue procesado por quiebra fraudulenta de la empresa de transportes "Santa Bárbara" y se le vinculó con la muerte de Aurelio Sichel, en el caso de la financiera informal "La Cutufa". Corbalán describe "Punta Peuco Dos" como "un cuartel militar muy sobrio, con muy moderadas comodidades, similares a las que se tiene en la época de subteniente y de incomodidades menores a las que se viven cuando se está en campaña". En todo caso, ahí cuenta con celular, computador, televisor, su guitarra, mucha música y harta lectura. Cuenta con pieza solo, con una cama, un velador y una mesita para la TV. En cuanto a las comidas comenta "el 'rancho' de los cuarteles sin tener exquisiteces es bastante digerible", por lo que no requiere de extras. Como está en libre plática, recibe visitas en el casino de oficiales todos los días, hasta las 20.00 hrs. Preocupado de su apariencia personal, en sus tiempos de político se distinguía por su vestir atildado, además de ese bigote bien espeso y cuidado que lleva desde los 18 años. – ¿Cree que se sabrá el destino de los detenidos-desaparecidos? – No es fácil. – ¿O no cree que haya detenidos-desaparecidos? En "La verdad está enferma" lo pone en duda… – No lo dudo, pero intuyo que hay varios de ellos que se encuentran clandestinos y están vivos. Una vida humana me merece el mayor de los respetos, pero en un país donde se evitó una guerra civil, donde había 14 mil terroristas extranjeros dirigidos por el condecorado general cubano Patricio de la Guarda, creo que los costos fueron ínfimos en relación a lo que podría haber sucedido y que gracias al profesionalismo de las FF.AA. y de Orden y Seguridad, que actuaron en defensa de la seguridad y de los derechos humanos de toda la ciudadanía, se evitaron situaciones de mayor gravedad. No olvidemos que muchos que murieron o desaparecieron estaban siendo protagonistas de la lucha armada que ellos originaron.


Suprema ratificó condenas. Corbalán comenzará a cumplir su cadena perpetua

Fuente :El Mostrador, Miércoles, 11 de Octubre de 2000

Categoría : Prensa

Junto con él los también ex agentes de la CNI Armando Cabrera -condenado también a prisión de por vida- y Osvaldo Pinchetti, a diez años, serán trasladados a Punta Peuco. La Segunda Sala Penal de la Corte Suprema rechazó los recursos de casación presentados por Alvaro Corbalán, Osvaldo Pincetti y Armando Cabrera en el caso Alegría Mundaca, y declaró admisible el recurso de la misma naturaleza deducido por la defensa del mayor (R) Carlos Herrera Jiménez. Así, los tres primeros nombrados tendrán que cumplir sus condenas y, Herrera Jiménez, deberá esperar que el máximo tribunal se pronuncie sobre su casación. De esta manera, Corbalán, Pincetti y Cabrera mantendrán las condenas que la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago les impuso en agosto pasado.


Operación Albania: acusados 18 ex agentes de la CNI

Fuente :La Tercera, 5 de Abril  2002

Categoría : Prensa

El ex director del organismogeneral (r) Hugo Salas Wenzel, es sindicado como el autor intelectual de la ejecución de doce jóvenes del Frente Patriótico Manuel Rodríguez.
El ministro en visita Hugo Dolmestch acusó a 18 ex agentes de la disuelta Central Nacional de Inteligencia (CNI) por su participación en el asesinato de 12 jóvenes el 15 y 16 de junio de 1987, caso conocido como "Operación Albania". El magistrado determinó que el ex director del organismo de inteligencia, general (r) Hugo Salas Wenzel, es el responsable intelectual del homicidio de los opositores al régimen militar.De esta forma, Dolmestch pone fin a quince años de investigación e inicia la etapa previa a la dictación de condenas de primera instancia.
 Como coautores del delito de homicidio por están acusados: el general (r) Hugo Salas Wenzel, el mayor (r) Alvaro Corbalán, el comandante (r) Iván Quiroz, el comandante (r) Krantz Power Donoso, el mayor Rodrigo Pérez Martínez y el oficial de Ejército Jorge Vargas Bories. Estas acusaciones en contra de los uniformados antes mencionados se refieren a la muerte de Recaredo Valenzuela, Patricio Acosta, Julio Guerra, Juan Henríquez y Wilson Henríquez.

Otros implicados

Además, son acusados del delito de secuestro seguido de homicidio en la persona de Ester Cabrera, Manuel Valencia, Ricardo Rivera, Elizabeth Escobar, Patricia Quiroz, José Valenzuela Levi y Ricardo Silva, ejecutadas en el inmueble de Pedro Donoso 582, de la comuna de Conchalí.
En calidad de cómplice, el magistrado acusó al capitán (r) del Ejército Arturo Sanhueza Ross, por el homicidio de Julio Guerra y el secuestro seguido de homicidio de Ester Cabrera.
En tanto, el ex detective Hugo Guzmán esta acusado en calidad de cómplices por el delito de secuestro con homicidio de Patricia Quiroz. Su colega Gonzalo Maass del Valle, en calidad de autor del delito de secuestro seguido de homicidio de Ricardo Rivera.
Los oficiales (r) René Valdovinos Morales, César Luis Acuña Luengo y Manuel Morales Acevedo fueron acusados de autores del homicidio de Ignacio Valenzuela Pohorezcky y como cómplices de secuestro seguido de homicidio de las víctimas de Pedro Donoso 582.

La matanza de Corpus Christi

En la llamada Operación Albania, que se registró entre el 15 y 16 de junio de 1987 durante el feriado de Corpus Christi, doce personas que pertenecían al Frente Patriótico Manuel Rodríguez fueron asesinadas en distintos lugares de Santiago. Según las versiones oficiales del gobierno militar, los jóvenes murieron en "enfrentamientos con las fuerzas de seguridad", pero las autopsias demostraron que los disparos fueron hechos cuando las víctimas se encontraban tendidas en el piso. La acción se produjo apenas cuatro días después que la Octava Sala de Corte de Apelaciones de Santiago declarara al FPMR como una "asociación ilícita terrorista", cuyos miembros debían ir a la cárcel y ser reprimidos, resolución que legitimó todo tipo de acción violenta contra el grupo de izquierda. Cabe recordar, que el dictamen fue resuelto por el tribunal de alzada a petición del Ministerio del Interior del régimen militar  por un requerimiento presentado por un grupo de frentistas acusados de varios delitos.

Operativo de la CNI

Para llevar a cabo la operación, la Central Nacional de Informaciones efectuó un gigantesco operativo de inteligencia, que significó movilizar a decenas de agentes y realizar numerosas detenciones y allanamientos, con el objetivo final de reprimir a los frentistas. La acción de la CNI fue acompañada de un gran despliegue de publicidad oficialista, que reprodujo sin dudas ni cuestionamientos la versión oficial de "enfrentamiento". La primera víctima, Ignacio Valenzuela Pohrecky, uno de los fundadores del FPMR, murió baleado en calle Alhué, comuna de Las Condes, el 15 de junio de 1987, a las 12 horas. A las 18 horas, los agentes de la CNI dieron muerte a Ricardo Acosta Castro, en calle Varas Mena, frente al número 630. Pocas horas después, cerca de la medianoche, en la misma calle Varas Mena, en el inmueble signado con el número 417, fueron muertos Juan Henríquez Araya y Wilson Henríquez Gallegos.
A la misma hora de ocurrir estas muertes, tuvo lugar la de Julio Guerra Olivares, en la Villa Olímpica. Posteriormente, cerca de las 5 de la mañana del 16 de junio de 1987, en la casa de Pedro Donoso 582, comuna de Recoleta, fueron acribillados siete frentistas. Ellos fueron Ricardo Silva Soto, José Valenzuela Levy, Elizabeth Escobar Mondaca, Patricio Quiroz Nilo, Manuel Valencia Calderón, Ester Cabrera Hinojosa y Ricardo Rivera Silva.
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Álvaro Corbalán declaró en proceso de Tucapel Jiménez

Fuente :El Mercurio, Miercoles 24 de Abril  2002

Categoría : Prensa

"Es malo que los generales estén en guerra, porque los que terminamos muriendo somos los soldados", afirmó hoy el comandante (r) del Ejército y ex jefe operativo de la disuelta Central Nacional de Informaciones (CNI), Álvaro Corbalán Castilla, al declarar hoy en la etapa probatoria del juicio que sustancia el ministro en visita Sergio Muñoz, por el asesinato del dirigente sindical, Tucapel Jiménez Alfaro. De esta forma Corbalán se refirió a la pugna que existía en el año de la muerte del líder sindical -1982- entre el fallecido director de la CNI, general Humberto Gordon, y el jefe de la Dirección de Inteligencia del Ejército, general (r) Ramcés Álvarez Scoglia. Además Corbalán descartó que miembros de la CNI hayan participado en el asesinato de Jiménez ya que a su parecer quienes lo hicieron serían miembros de la Dine. El retirado militar está procesado como encubridor por el asesinato de Tucapel Jiménez y enfrenta una condena a presidio perpetuo por el crimen del carpintero de Valparaíso, Juan Alegría Mundaca, quien fue culpado en primera instancia por el asesinato del líder sindical y luego asesinado como una forma de esconder a los verdaderos autores del homicidio. Corbalán indicó además que era improbable que Gordon hubiera dado la orden de matar a Jiménez ya que el autor confeso, el mayor (r) del Ejército Carlos Herrera Jiménez, pertenecía a la Dine y no a la CNI por lo que recibía órdenes de Álvarez Scoglia y sus subalternos. Durante la etapa probatoria varios de los interrogados han dicho que Álvarez Scoglia habría dado las órdenes de matar a Tucapel Jiménez por lo que éste podría enfrentar una condena de presidio perpetuo o a lo menos 20 años de cárcel como autor intelectual del homicidio.


Controversia causa viaje de Álvaro Corbalán

Fuente :TVN.cl, Martes 7 de Enero  2003

Categoría : Prensa

Versiones discrepantes con respecto al viaje que efectuó el condenado mayor en retiro y ex jefe operativo de la Central Nacional de Informaciones (CNI) Álvaro Corbalán a la ciudad de Papudo efectuaron el Ejército y el ministro en visita Hugo Dolmetsch. Corbalán, que cumple cadena perpetua en la cárcel de Punta Peuco II por su vinculación con el asesinato del carpintero Juan Alegría y que además está procesado por la muerte de 12 frentistas en la denominada Operación Albania, gozó de un día de libertad durante el fin de año, durante el cual viajó a la localidad de Papudo donde incluso cenó con familiares en el club de yates. El Ejército dijo que personal de la institución escoltó el día 27 de diciembre pasado al detenido Corbalán obedeciendo una resolución judicial que emitió el ministro en visita Dolmestch y que recibieron el día 19. La institución añadió que tal documento especificaba que se debía autorizar "por razones personales, al procesado para que concurriera el pasado viernes 27 de diciembre, entre las 00.30 y las 23.00 Horas, a la localidad de Papudo con la debida custodia y medios de seguridad". Para tal efecto el Batallón de Policía Militar se encargó de su custodia.No obstante, el ministro en visita Hugo Dolmetsch afirmó que el viaje de Corbalán  a Papudo fue con el fin que efectuara una diligencia importante para el proceso que sustancia, las muertes en la Operación Albania. Sobre el sentido del viaje Dolmetsch dijo que "para algunos es como que yo le hubiera dado permiso, como quien dice para ir a la playa. No, se decretó en el proceso una diligencia en la cual era indispensable que él se trasladara". Sobre la visita al club de yates de Papudo donde Álvaro Corbalán cenó junto a su familia, el ministro dijo desconocer el hecho y no creerlo, "pero si es así el fondo lo mantiene porque sencillamente se estaba cumpliendo una diligencia que está decretada en el proceso y que se cumplió", dijo Dolmetsch. Con respecto a los hechos, el presidente de la Corte de  Apelaciones, Carlos Cerda, dijo que sería un hecho grave si se ha violado alguna resolución."Si fuese efectivo que alguna persona que por resolución judicial debe estar limitada en su libertad personal en cualquiera de las formas que esta limitación rige en Chile, y la viola, sería grave, y tolerarlo afectará flagrantemente la igualdad ante la ley".


Alvaro Corbalán cumplirá cadena perpetua en Punta Peuco

Fuente :Primera Línea, 8 de enero 2003

Categoría : Prensa

 A sólo tres días de que La Nación Domingo diera a conocer una información referente a que Alvaro Corbalán Castilla, ex jefe operativo de la disuelta Central Nacional de Informaciones (CNI), cenara en el Club de Yates del balneario de Papudo en la Quinta Región, el mayor en retiro del Ejército ayer perdió su privilegio de estar detenido en un recinto militar y, en cambio, fue ingresado a la cárcel de Punta Peuco, en Til Til, para cumplir presidio perpetuo como autor del crimen del carpintero Juan Alegría Mondaca. Aunque la sentencia estaba vigente desde 2000, cuando la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago le impuso la pena, el ex militar había estado bajo custodia del Ejército, debido a que se encuentra procesado por el ministro en visita Hugo Dolmetsch como autor de homicidios en los casos Operación Albania y asesinato del periodista José Carrasco y otros tres profesionales. No obstante esto, fue otro magistrado quien dio cumplimiento a la condena. Se trata del ministro de fuero Jorge Zepeda, quien (por orden de la Corte Suprema) al recibir algunas de las causas que investigó el juez Juan Guzmán, se hizo cargo del homicidio de Paulina Aguirre Tobar, caso atribuido a la CNI en 1985. Ayer el magistrado encargó reo a Corbalán como cómplice del asesinato de la joven y, tras solicitar una certificación del estado procesal del mayor (R), se percató de que tenía sentencia ejecutoriada. Por ello, fundado en el artículo 137 bis del Código de Justicia Militar, ordenó su ingreso a Punta Peuco.  De esta forma, a los actuales "huéspedes" del penal especial se unió a partir de ayer Corbalán, que quedará recluido en una celda individual bajo custodia exclusiva de Gendarmería. El ministro Zepeda tomó en sus manos la causa de Paulina Aguirre, acribillada de ocho balazos en su domicilio en un supuesto enfrentamiento con efectivos de la CNI, el 29 de marzo de 1985, en Las Condes. En poco más de dos meses, el magistrado desvirtuó el enfrentamiento y acreditó homicidio calificado, procesando la semana pasada al mayor (R) de Carabineros Miguel Soto Duarte y al ex suboficial de la FACH, Alejandro Astudillo, como autores materiales del crimen. Este hecho podría generar una contienda de competencia con el ministro Dolmestch, que investiga todos los casos donde están involucrados agentes de la CNI. Sin embargo, fuentes consultadas por este diario señalaron que será Zepeda quien deje la causa en manos de Dolmetsch, una vez que se agoten las diligencias. El abogado querellante del caso de Paulina Aguirre, Francisco Bravo, atribuyó a una “inadvertencia” de los magistrados que mantuvieron procesado a Corbalán el hecho de no enviarlo a la cárcel. Agregó que “me parece mal aquello, porque hubo una inadvertencia de los jueces, no se percataron de esta norma y no hubo coordinación suficiente para informar esto”. En todo caso, valoró el actuar de los ministros Sergio Muñoz y Hugo Dolmestch, por los casos de Tucapel Jiménez y Albania, respectivamente. Por su parte, el abogado querellante de los casos Carrasco y Albania, Nelson Caucoto, descartó que se hayan dado privilegios a Corbalán a expensas de los jueces que lo procesaron, ya que “el juez (Dolmetsch) lo mantuvo en recintos militares porque necesita su presencia para realizar diligencias que precisan de urgencia”. En todo caso, reiteró, esta polémica se generó por normas establecidas durante el gobierno militar que vulneran la igualdad ante la ley. Según informaron fuentes allegadas al ministro Hugo Dolmestch, incertidumbre existía ayer respecto a los pasos que seguirá dando Alvaro Corbalán en el marco del proceso por el crimen del periodista José Carrasco Tapia. Esto a raíz del video que entregó al magistrado, que motivó su bullado viaje a Papudo, donde fue visto cenando en un club de yates. Al ser trasladado a Punta Peuco, nadie sabe a ciencia cierta si continuará ofreciendo material para demostrar su supuesta inocencia, en particular para llegar a grabaciones donde se habría dado la orden para detener o asesinar a personas. En tanto, no se descarta que el magistrado solicite un informe al Batallón de Policía Militar (BPM), que funciona en el Comando de Telecomunicaciones del Ejército, en Peñalolén, para que explique en qué circunstancias Corbalán fue al recinto turístico, no obstante no estar autorizado para hacerlo, y el atraso en la hora de regreso al recinto militar. Ayer Corbalán llegó puntualmente a las 13 horas hasta los tribunales para ser notificado por el ministro Zepeda de su procesamiento y de su ingreso a Punta Peuco. Durante las tres horas que duró el trámite, por primera vez estuvo en el calabozo que Gendarmería tiene en el subterráneo del edificio.


Juez Zepeda reitera que Corbalán debe cumplir condena en Punta Peuco

Fuente :Primera Línea, 17 de Enero 2003

Categoría : Prensa

El ministro con dedicación exclusiva para investigar causas de derechos humanos, Jorge Zepeda, reiteró la orden de que el ex jefe operativo de la CNI, Álvaro Corbalán, sea trasladado hasta el penal de Punta Peuco a cumplir condena de cadena perpetua por la muerte del carpintero Juan Alegría Mondaca. El pasado 8 de enero, el ministro sometió a proceso a Corbalán como cómplice del homicidio de la mirista Paulina Aguirre Tobar, ocurrido en 1985, y ordenó que en un plazo de cinco días el militar en retiro sea trasladado del Comando de Telecomunicaciones -en donde permanece detenido- hasta Punta Peuco, puesto que la sentencia por la muerte de Alegría ya se encuentra ejecutoriada. Cumplido el plazo el lunes pasado, Corbalán no ingresó a dicho recinto penal, según consta en un informe de Gendarmería, por lo cual está en rebeldía. Corbalán argumentó, a través de su abogado, Juan Manuel Lezaeta, que debido a una crisis diabética que lo afectaba no podía ser trasladado a Punta Peuco. Un informe de peritos del Hospital Militar, que examinaron el sábado pasado al ex militar, confirmó el problema de salud, pero el magistrado consideró que no es un impedimento para cumplir la condena puesto que Gendarmería cuenta con los medios para atender ese tipo de enfermedad. El ex jefe operativo de la CNI permanecía recluido en un recinto militar por orden del ministro en visita Hugo Dolmestch, quien lo ha procesado en algunas causas de derechos humanos que investiga.


Procesan por secuestro al ex CNI Alvaro Corbalán

Fuente :La Tercera, 10 de Marzo de 2003

Categoría : Prensa

Alvaro Corbalán Castilla y Sergio Díaz López fueron sometidos a proceso por el juez con dedicación exclusiva en el caso Comando Conjunto, Cristián Carvajal, quien los acusa de ser los autores del secuestro del militante comunista Ricardo Weibel Navarrete.Carvajal ordenó la detención de ambos miembros en retiro del Ejército y ex integrantes de la Dirección de Inteligencia de esa rama castrence (Dine) y de la Central Nacional de Inteligencia (CNI). El mayor (r) Alvaro Corbalán está acusado de ser el encargado de coordinar las tareas del Dine con el Comando Conjunto.

NUTRIDO PRONTUARIO Actualmente, Corbalán está procesado por la muerte de 12 miembros del Frente Patriótico Manuel Rodríguez en la denominada Operación Albania, hecho ocurrido tras el atentado contra el ex gobernante de facto Augusto Pinochet en 1987. También se le acusa de la desaparición del militante del Partido Comunista Juan Luis Rivera Matus, en 1975. Corbalán Castilla cumple además presidio perpetuo por el asesinato del carpintero Juan Alegría Mundaca en 1983, un crimen que fue prepetrado para servir como pantalla, ya que se pretendía acusar a Alegría del homicidio del presidente de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, Tucapel Jiménez.

 


Comando Conjunto: Ocho ex oficiales procesados por secuestro

Fuente :La Nación, 14 de Marzo 2003

Categoría : Prensa

El juez con dedicación exclusiva Christián Carvajal sometió a proceso a ocho ex integrantes del Comando Conjunto, entre ellos el general (r) Enrique Ruiz Bunger, ex director de la Dirección de Inteligencia de la Fuerza Aérea (DIFA), y Alvaro Corbalán Castilla, ex jefe operativo de la CNI. La medida adoptada por el titular del Tercer Juzgado del Crimen se refiere a la desaparición del estudiante Ignacio González Espinoza (24 años), militante del Partido Comunista, el 4 de diciembre de 1975. También fueron procesados en calidad de autores del secuestro calificado Juan Saavedra Loyola, Sergio Díaz López, Daniel Guimpert (Armada), Manuel Muñoz Gamboa, y el ex oficial de la Armada y jefe del Departamento de Contrainteligencia del Servicio de Inteligencia Naval (SIN), Jorge Osses Novoa. En calidad de cómplice quedó encargado reo Otto Trujillo, el conocido "Colmillo Blanco".
Hace algunos días, el magistrado -que heredó las causas del actual fiscal Mario Carroza- procesó a Alvaro Corbalán y el ex uniformado Sergio Díaz López por el secuestro calificado de Luis Moraga Cruz y Ricardo Weibel Navarrete, quienes desaparecieron el 20 de octubre y el 7 de noviembre de 1975, respectivamente. Con la decisión del titular del Tercer Juzgado del Crimen de Santiago se comprueba que Corbalán, previo a pertenecer a la Central Nacional de Informaciones (CNI), integró la DINE, organismo que dentro del Comando Conjunto detuvo y dio muerte a opositores al régimen militar. Corbalán cumple en la actualidad presidio perpetuo por su participación en el asesinato del carpintero Juan Alegría Mondaca, crimen vinculado al homicidio del ex presidente de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales (ANEF), Tucapel Jiménez Alfaro. En la actualidad el mayor en retiro permanece recluido en el Batallón de Policía Militar Número 1 de Santiago, ubicado en dependencias del Comando de Telecomunicaciones del Ejército en la comuna de Peñalolén. También por la desaparición de Weibel, el juez Carvajal ha procesado a los ex uniformados y ex miembros del Comando Conjunto Juan Francisco Saavedra, Enrique Ruiz Bunger y Viviana Ugarte “La Pochi”, esposa del general (r) de la Fach Patricio Campos. La semana pasada el juez especial encausó también al ex oficial de la Armada Jorge Aníbal Osses y al coronel (R) de la FACH Roberto Serón Cárdenas, por el secuestro de Weibel Navarrete y Luis Moraga Cruz.


Ministro Zepeda modifica procesamiento de Alvaro Corbalán por crimen de mirista

Fuente :La Nación, 14 de Mayo 2003

Categoría : Prensa

El ministro en visita, Jorge Zepeda, modificó el auto de procesamiento del ex jefe operativo de la disuelta Central Nacional de Informaciones (CNI), mayor (r) del Ejército Alvaro Corbalán Castilla, de cómplice a autor del homicidio de la joven mirista Paulina Aguirre Tobar. El magistrado había procesado en enero pasado a Corbalán como cómplice del homicidio, oportunidad en la que fue dispuso su traslado desde el Comando de Telecomunicaciones del Ejército, hasta la cárcel de Punta Peuco. La resolución del magistrado Zepeda también encarga como reo a dos ex agentes de la CNI, también como autores del homicidio de la joven. Paulina Aguirre Tobar fue asesinada el 29 de marzo de 1985 en el sector del Arrayán luego de recibir 15 impactos de bala. Según las investigaciones, la joven mirista antes de su muerte fue víctima de seguimientos, y al producirse el homicidio, el sitio del suceso fue alterado por los agentes de la CNI para simular un enfrentamiento. Corbalán también se encuentra procesado y condenado a cadena perpetua por el crimen del carpintero Juan Alegría Mondaca .


Chile Procesan a Álvaro Corbalán por homicidio de mirista

Fuente :El Mostrador, 1-10-2003

Categoría : Prensa

En el nuevo procesamiento, Corbalán es acusado del homicidio calificado con alevosía y premeditación del pescador artesanal Lisandro Sandoval Torres de 26 años, en agosto de 1981.  Por el homicidio calificado con alevosía y premeditación del pescador artesanal Lisandro Sandoval Torres de 26 años, el ex jefe operativo de la Central de Información Nacional (CNI) Álvaro Corbalán Castilla fue sometido a un nuevo procesamiento, por el ministro de fuero Alejandro Solís. Corbalán Castilla fue notificado esta mañana en el Palacio de Tribunales de la resolución, y se informó que deberá cumplir prisión preventiva en el batallón de la Policía Militar N° 1, por ser considerado un peligro parea la seguridad de la sociedad. Lisandro Sandoval Torres, ex integrante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria, fue asesinado en 17 de agosto de 1981. Actualmente Álvaro Corbalán Castilla está condenado a cadena perpetua como encubridor del asesinato del carpintero Juan Alegría, y está siendo procesado por el caso Operación Albania, y también por la muerte del periodista José Carrasco Tapia.


Dictan primeros procesamientos por muerte de Rivera Matus

Fuente :El Mostrador Viernes 4 de Octubre 2002

Categoría : Prensa

Los primeros autos de procesamiento por la muerte y desaparición de Juan Luis Rivera Matus fueron dictados hoy por el titular del Primer Juzgado del Crimen de Santiago, Joaquín Billard. El magistrado encausó a Alvaro Corbalán Castilla, quien integró el Comando Conjunto; al general (R) de la Fuerza Aérea Enrique Ruiz Bunger, Arturo Madrid, también integrante de esa entidad represiva, y Sergio López Díaz, ex miembro del DINE, por el delito de secuestro calificado. Ruiz Bunger había sido también sometido a proceso por el juez Mario Carroza la semana pasada, como autor del delito de secuestro calificado de Víctor Vega, David Urrutia, Juan Carlos Orellana y Ricardo Weibel Navarrete, quienes figuran como desaparecidos, y de cuatro personas sobrevivientes. Carroza también pesquisa las implicaciones de la supuesta rearticulación del Comando Conjunto denunciada recientemente por el ex agente Otto Trujillo.
Díaz López, en tanto, es un ex efectivo del Ejército que formó parte de la Dirección de Inteligencia del Ejército (DINE). Hasta antes de la declaración del ex agente del Comando Conjunto Andrés Valenzuela -alias Papudo-, hecha en Francia en enero de este año, existía el antecedente que Rivera Matus había estado detenido en el recinto militar de Colina, donde operaba ese organismo represor. El indicio señalaba que el detenido había sido retirado por el DINE luego de ser muerto. Sin embargo, el testimonio de Papudo permitió acreditar que el encargado de retirar al dirigente de Chilectra de esa repartición castrense fue Corbalán, quien fue acompañado por López. La investigación en el caso Rivera Matus ha avanzado constatando que su muerte resulta un caso distinto al de otros crímentes ocurridos durante el régimen militar, pues no se puede adjudicar a un grupo represivo determinado sino más bien a personas que aisladamente habrían concretado el delito. Debido a que durante casi 27 años nunca fue dictada una encargatoria de reo en esta causa, la Corte Suprema, en última instancia, no podría tampoco referirse al principio de cosa juzgada. Dudas sobre la mesa El nombre de Juan Luis Rivera Matus apareció en el informe entregado por las Fuerzas Armadas a la Mesa de Diálogo, en el que se indicaba que sus restos habían sido arrojados al mar. Sin embargo, y como parte de la búsqueda de otros detenidos desaparecidos sustanciada por la ministra Amanda Valdovinos, sus restos fueron encontrados en el fuerte del Ejército Justo Arteaga, en Colina. El hallazgo fue una de las primeras y dramáticas alertas sobre dudas e imprecisiones en las informaciones recopiladas por las FFAA en esa instancia. Los restos del dirigente sindical fueron entregados a sus familiares en mayo del año pasado: mostraban indicios de haber sido quemados luego de la muerte, según informaron peritos del Servicio Médico Legal (SML). Rivera Matus militaba en el PC y era dirigente sindical de Chilectra. Fue detenido el 6 de noviembre de 1975 en la esquina de Santo Domingo y San Antonio, por cerca de cinco personas de civil que lo subieron a un vehículo tipo station wagon Peugeot de color blanco, sin patente. El mismo día de su secuestro fue interpuesto un recurso de amparo en su favor ante la Corte de Apelaciones de Santiago, el cual, como la casi totalidad de las acciones similares interpuerstas durante el régimen militar, fue rechazado sin más trámite por el tribunal de alzada luego de un informe negativo sobre la detención emitido por el Ministerio del Interior. El 26 de mayo de 1976 el proceso había sido sobreseído temporalmente,.


Álvaro Corvalán fue acusado de homicidio de Mirista

Fuente :El Mercurio, 11 de Febrero 2004

Categoría : Prensa

La jueza del Octavo Juzgado del Crimen de Santiago, María Inés Collin, acusó al ex jefe operativo de la CNI el mayor (r) del Ejército Álvaro Corbalán, de homicidio calificado de la militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), Paulina Aguirre, cometido en 1985.

La acusación, que constituye es el paso anterior a que se dicte la sentencia, afecta también a los ex agentes de la Brigada Azul del organismo de inteligencia, Kranz Bauer, Alejandro Astudillo, Miguel Soto y Jorge Andrade. Paulina Aguirre, de 20 años y militante del MIR, fue ejecutada cuando regresaba a su domicilio ubicado Las Condes, el 29 de marzo de 1985.


La nueva salida de Alvaro Corbalán

Fuente :La Nación, 2 Abril 2004.

Categoría : Prensa

El jueves 25 de marzo, alrededor de las 20 horas, Hernán Medina, un vecino de la comuna de La Reina se reunió con su señora en la verdulería Andes- Frut’s, ubicada en calle Larraín pasado Tobalaba. Grande fue su sorpresa cuando ingresó, pues se encontró de frente con Álvaro Corbalán Castilla, el mismo que está cumpliendo una condena de cadena perpetua como uno de los autores director del asesinato del carpintero Juan Alegría Mundaca en 1983, quien fue eliminado para encubrir el degollamiento de Tucapel Jiménez.  “En la puerta había un auto verde con un chofer y otra persona parada en la puerta, con actitud alerta y un bulto a la altura del cinturón”, relató a La Nación. Con la molestia reflejada en la mirada continúa diciendo que entró al local, “y veo a una persona de espaldas de pelo oscuro, bien peinado y con un terno color verde petróleo, con camisa blanca. Luego me puse de costado y noté que llevaba una corbata gris con una raya roja en el medio y en ese mismo momento me percato que es Álvaro Corbalán Castilla”. El indignado vecino cuenta que lo primero que pensó fue agredirlo físicamente. “No sé cómo me retuve, pero observé toda la compra. Le hicieron la cuenta, le cobraron unos 20 mil pesos, el tipo sacó un fajo de billetes de 10 mil pesos y procedió a pagar. Al hacerlo, en un acto muy teatral, le toma la mano al administrador del local y lo atrae hacia él mirándolo fijamente a los ojos”.Esa actitud colmó a Medina. “Le dije al vendedor: ‘casero, ¿sabe quién le está dando la mano?’, el tipo me queda mirando y yo le digo: ‘usted le está dando la mano a Álvaro Corbalán Castilla, asesino, reo rematado y condenado a  cadena perpetua”. Entonces Corbalán le soltó la mano, se dio vuelta y miró al otro hombre. “El otro tomó las bolsas y salieron muy rápidamente del local. Se hicieron humo”, dice. Tras el incidente, Hernán Medina se acercó a los tribunales para dar cuenta del incidente, lo que motivó que el ministro Alejandro Solís abriera un cuaderno especial para investigar. Respecto al caso, el coronel Andrés Avendaño, jefe del Departamento Comunicacional del Ejército, explicó ayer a La Nación que ese día Corbalán se encontraba con permiso del juez para asistir al oftalmólogo en el Hospital Militar, pero de regreso al Comando de Policía Militar, pidió pasar a la verdulería.  “De esto el Ejército se enteró después y se han tomado las medidas correspondientes, es decir los funcionarios que resulten responsables serán sancionados con días de arresto, de acuerdo a la gravedad que se estime de la falta”.

Los otros recreos de Alvarito

Corbalán ya es más conocido en las calles que en prisión perpetua, donde debe estar, condenado por el crimen del carpintero Juan Alegría. La noche del 27 de diciembre de 2002 muchos se sorprendieron en el comedor repleto del Club de Yates de Papudo, cuando vieron entrar al ex jefe de Brigada Metropolitana de la CNI, Alvaro Corbalán, acompañado de otras tres personas. Iba de etiqueta a una regada cena. Esa “arrancada” fue confirmada en su momento a La Nación por el Ejército. Esa noche Alvaro Julio Federico pagó con cheques las cuotas de socio del club: 600 mil pesos. Pero siete meses antes, el 23 de abril del 2002, “mi mayor” Corbalán, como le dicen los subalternos que lo custodian, caminando por Bandera, debiendo también estar preso o al menos, se topó a boca de jarro nada menos que con el Presidente Ricardo Lagos. El Presidente lo reconoció en el acto, y por cierto Corbalán también. Pero fue “mi mayor” quien reaccionó primero e hizo a Lagos un gesto de desagrado. Lo llevaban al Palacio de Tribunales. Esto fue reportado por el Presidente al ministerio de Defensa, donde se hizo el reclamo formal al Ejército.

Reclusión cinco estrellas

Pese a que las cabañas del Batallón de Policía Militar (BPM) cuentan cada una con dos dormitorios, Álvaro Corbalán Castilla, tiene asignada una vivienda para él solo. Asimismo cuenta con salida directa de teléfono, Internet y televisión por cable. Pese a que cuenta con una cocina americana, esta no es muy utilizada por el ex jefe operativo de la disuelta CNI, ya que diariamente un mozo le lleva hasta sus dependencias el almuerzo, once y comida. La razón por la cual no toma desayuno, a juicio de una fuente cercana al mayor (R), es que éste posee un inusual sistema de vida, ya que se levanta a las 3 de la tarde, horario en que almuerza. Luego recibe visitas hasta aproximadamente las 20:30 horas, compartiendo muchas veces con ellos la once. Después de la cena generalmente realiza algunas llamadas telefónicas para a continuación ver televisión y trabajar durante toda la noche en el desarrollo de la Corporación 11 de Septiembre, casi siempre hasta las 7 de la mañana. Las salidas de Corbalán no son un hecho desconocido para los dos centinelas (simples reclutas) que custodian el portón de acceso al recinto de reclusión, que se ubica al interior del Regimiento de Telecomunicaciones de Peñalolén, ya que el vehículo con los dos escoltas lo van a buscar hasta el mismo acceso del BPM. En forma contradictoria a su fama de bohemio, según la fuente, Corbalán no fuma y rara vez bebe licor, aunque mantiene su gusto por las mujeres bellas pese a estar casado


Corbalán fue trasladado anoche a Punta Peuco

Fuente :El Mercurio, 22 de Abril 2004

Categoría : Prensa

Anoche el ex jefe operativo de la CNI, el mayor (r) Álvaro Corbalán, comenzó a cumplir su condena a cadena perpetua por el asesinato del carpintero Juan Alegría, perpetrado en 1983 con el fin de ocultar el crimen del dirigente sindical Tucapel Jiménez. La resolución -adoptada en forma conjunta por los cuatro ministros de fuero que investigan causas contra el ex uniformado -Jorge Zepeda, Alejandro Solís, Hugo Dolmestch y Sergio Muñoz- tiene como objeto evitar que Corbalán repita sus salidas. El ex militar fue sorprendido en marzo pasado comprando en una verdulería de La Reina, transgrediendo los procedimientos de la policía militar. Corbalán había sido autorizado por la Corte de Apelaciones y el Primer y Tercer Juzgado del Crimen de Santiago para asistir al Hospital Militar a un examen de ortodoncia. Pero, a su regreso se quejó de no haber ingerido alimento y convenció a su escolta a parar en una frutería.El mayor a cargo bajó inicialmente solo, pero Corbalán lo siguió, sin permiso, y sin ser retenido por otros dos suboficiales de la escolta. En el lugar fue visto por transeúntes y un particular hizo la  denuncia en forma pública.


Nueva condena para Alvaro Corbalán: 10 años y un día

Fuente :La Tercera, 30 de Abril 2004

Categoría : Prensa

El ministro de fuero de Derechos Humanos Alejandro Solis dictó una nueva condena de 10 años y un día en contra del ex jefe operativo de la CNI Alvaro Corbalán Castilla, como autor del homicidio calificado de Lisandro Salvador Sandoval Torres el 17 de agosto de 1981. La condena dictada en contra de Corbalán -que es de primera instancia- debiera ser aplicada después de que el agente de la Central Nacional de Informaciones cumpla la cadena perpetua simple que tiene pendiente y que podría ser ratificada o modificada en los próximos días, dictada por el asesinato del carpintero Juan Alegría Mundaca. Actualmente, Corbalán se encuentra cumpliendo justamente esta condena en el penal de Punta Peuco, hasta donde fue trasladado la semana pasada. La pena dictada por el juez Solis vendría a confirmar sus presunciones acerca de la responsabilidad que tendría Corbalán en la muerte del ex mirista Sandoval. Con esto, el juez desecha las primeras explicaciones dadas en la época por las autoridades policiales, quienes dijeron que la víctima había muerto en un enfrentamiento con la policía. Sin embargo, según lo que estableción la investigación, Sandoval fue aguardado por 15 ex agentes de la CNI en el sector de Estación Central, quienes lo interceptaron y dispararon por la espalda, causándole una herida mortal. El ex mirista se aprestaba justo en esos días a salir de Chile exiliado a Suecia cuando murió.


Juez dictó condenas en tres casos de detenidos desaparecidos

Fuente :El Mostrador, 4 de Mayo 2004

Categoría : Prensa

El titular del Primer Juzgado de Crimen de Santiago con dedicación exclusiva en causas de derechos humanos, Joaquín Billard, condenó a diez años y un día de presidio al ex jefe operativo de la CNI Álvaro Corbalán Castilla por el secuestro calificado y resultado de muerte de Juan Luis Rivera Matus, registrado en diciembre de 1975. Junto a Corbalán, y por la misma pena, fue condenado el ex miembro de la Dirección de Inteligencia del Ejército (DINE), Sergio Díaz López. En tanto, en calidad de encubridores, recibieron sentencias el jefe del Servicio de Inteligencia de la Fuerza Aérea (SIFA), Freddy Ruiz Bunger y Carlos Madrid Hayden, a 600 días de pena remitida. La notificación, para el caso de Corbalán, hecha esta mañana en Punta Peuco. Fuentes allegadas al caso, indicaron que el Ejército habría preferido no trasladado hasta el tribunal, a fin de evitar problemas a raíz de sus últimas salidas. Juan Luis Rivera Matus fue nombrado en el primer informe de la Mesa de Diálogo, como uno de las víctimas de la represión que había sido lanzada al mar, junto a otras 131 personas. Sin embargo, en 2001 sus restos aparecieron en los terrenos del Fuerte “Justo Arteaga Cuevas”, en Peldehue. Para muchos, este dato echó por el suelo la credibilidad de esta instancia. Rivera Matus militaba en el PC y era dirigente sindical de Chilectra. Fue detenido el 6 de noviembre de 1975 en la esquina de Santo Domingo y San Antonio, por cerca de cinco personas de civil que lo subieron a un vehículo tipo station wagon Peugeot de color blanco, sin patente. El mismo día de su secuestro fue interpuesto un recurso de amparo en su favor ante la Corte de Apelaciones de Santiago, el cual, como la casi totalidad de las acciones similares interpuestas durante el régimen militar, fue rechazado sin más trámite por el tribunal de alzada, luego de un informe negativo sobre la detención emitido por el Ministerio del Interior. El 26 de mayo de 1976 el proceso había sido sobreseído temporalmente.

Otros casos

Pero ésta no fue la única sentencia dictada por el magistrado. También condenó al ex agente de la DINA Osvaldo Romo Mena, por el delito de secuestro calificado en la persona de Jorge Espinoza Méndez, apodado “Abel” o “Juancho”, cuyos últimos rastros se tienen del 18 de junio de 1974. Según el informe Rettig, Espinoza Méndez fue sido visto por testigos en el recinto de detención de Londres 38 y desapareció en poder de la DINA, sin que se hayan vuelto a tener noticias de él. El magistrado también condenó a los ex agentes de la DINA Miguel Krassnoff, Marcelo Moren Brito, Basclay Zapata y Osvaldo Romo a diez años y un día por el delito de secuestro calificado en contra de los ex militantes del MIR Elsa Leuthner, María González, Hernán González y Ricardo Troncoso Muñoz. El caso de Troncoso Muñoz es particular. Antes de su detención, había permanecido asilado en la Embajada de México en Santiago, desde el 10 de octubre de 1973, hasta el 1 de marzo de 1974, fecha en que abandonó el asilo, desesperado por la tardanza en otorgársele salvoconducto. Quince días después fue detenido por agentes de la DINA. El magistrado aún investiga el caso de Juan Suil Faúndez, quien fue hecho desaparecer por agentes de la SIFA, a mediados de los setenta. Las otras dos causas que tenía el magistrado, una de ellas por la Operación Colombo, se adjuntaron al expediente que sustancia el ministro de fuero Juan Guzmán Tapia. Con las condenas en estos tres casos, se abre el camino a que la Corte Suprema unifique el criterio respecto a la aplicación de la ley de Amnistía. En 1997, cambió el criterio de fallo de la Segunda Sala Penal del máximo tribunal, donde se modificó la aplicación de ese cuerpo legal y se instauró la teoría del secuestro permanente.


Primera condena contra el general de la FACH

Fuente :La Nación, 5 de Mayo 2004

Categoría : Prensa

Una condena de 600 días de presidio contra el ex jefe del Servicio de Inteligencia de la FACH, general (R) Enrique Ruiz Bunger, como encubridor del secuestro del militante comunista Juan Luis Rivera Matus, en noviembre de 1975, dictó el titular del Primer Juzgado del Crimen de Santiago, Joaquín Billard. Si bien la pena se dictó con carácter de “remitida”, vale decir no se cumple en cárcel a cambio de un control periódico de identidad, es la primera vez que un juez sentencia a Ruiz Bunger, uno de los gestores del Comando Conjunto en 1975. El magistrado también condenó en calidad de autor del mismo delito al ex jefe operativo de la CNI, mayor (R) Alvaro Corbalán. Igualmente, sentenció en calidad de autor al oficial (R) de Ejército Sergio Díaz López a diez años. Como encubridor fue condenado a 600 días de presidio remitido el oficial (R) de la FACH Carlos Madrid Heiden. Corbalán cumple condena de presidio perpetuo desde hace unos días en la cárcel de Punta Peuco por el crimen del carpintero Juan Alegría Mundaca, cometido por la CNI y la DINE en 1983 para intentar encubrir el asesinato de líder sindical Tucapel Jiménez. Además, fue dictada en su contra otra sentencia de presidio de diez años por el homicidio de Lisandro Sandoval. El destino de Rivera Matus adquirió una connotación especial, puesto que fue el primer caso que puso en duda el informe de las Fuerzas Armadas de 2001 sobre el destino final de 200 detenidos desaparecidos como resultado de la mesa de diálogo de derechos humanos. En marzo de 2001, realizando excavaciones en el Fuerte Arteaga en Colina, producto de información contenida en el mencionado informe, la ministra Amanda Valdovinos encontró un esqueleto completo, que finalmente se comprobó eran los restos de Rivera. Sin embargo, éste apareció en ese informe como lanzado al mar junto con otros 150 prisioneros políticos. El secuestro y homicidio de Rivera Matus correspondió a una operación mixta entre la DNE, para la cual en 1975 trabajaba Corbalán, y el recién formado Comando Conjunto, uno de cuyos impulsores fue el general Ruiz Bunger. Rivera, trabajador de Chilectra, fue secuestrado y llevado al Regimiento de Colina de la FACH, lugar donde permaneció unos días. Desde allí fue sacado por Corbalán y Díaz y conducido al interior del entonces recinto militar de Peldehue, donde fue ejecutado. La autopsia realizada a sus osamentas revelaron que el detenido, después de muerto, fue rociado con petróleo y quemado.

Rechazo a amnistía

En 2002 las revelaciones de Otto Trujillo, ‘Colmillo Blanco’, en La Nación Domingo, señalaron un dato hasta entonces escasamente conocido: la colaboración entre la DINE y el Comando Conjunto en 1975 para secuestrar y asesinar a Juan Luis Rivera Matus. Los antecedentes suministrados por Trujillo fueron claves para la pista que siguió el juez Joaquín Billard. Ésta además continuó la vía abierta por el ministro Alejandro Solís y no aplicó la amnistía a favor de los condenados. Incluso las defensas de los sentenciados alegaron que Juan Luis Rivera Matus ya no era un detenido desaparecido, desde que sus restos fueron hallados en Fuerte Arteaga en 2001. Y que, por lo tanto, la figura del secuestro como delito de carácter permanente para rechazar la amnistía, ya no podía ser invocada. Pero el juez desechó estos argumentos y dijo que, en ese caso, el delito se siguió cometiendo más allá de marzo de 1978, fecha hasta la que se extiende la amnistía. Pero los argumentos de fondo del magistrado apuntaron a que estos delitos, por ser de lesa humanidad, no son amnistiables.


Ex CNI del caso Albania gozan de pensiones “post guerra”

Fuente :La Nación, 9 de Agosto 2004

Categoría : Prensa

Una realidad previsional muy distinta a su situación judicial viven varios de los ex agentes de la disuelta Central Nacional de Informaciones (CNI) procesados como autores de los homicidios calificados de 12 frentistas en la denominada Operación Albania, ocurrida el 15 y 16 de junio de 1987.Hoy se encuentran a la espera del dictamen del ministro en visita Hugo Dolmestch, quien tiene “para fallo” la investigación de los crímenes. Sin embargo, otra es su situación previsional debido a que, bajo una denominación genérica de “estrés post guerra”, los ex agentes han obtenido pensiones de invalidez de segunda categoría, según lo acredita la Honorable Comisión de Salud del Ejército. Esto significa en la práctica obtener casi el doble de su jubilación mensual por ser víctimas de padecimientos en “actos de servicios” que los incapacitan para desarrollar una labor normal. El grupo se encuentra encabezado por el jefe del llamado “procedimiento antisubversivo”, el teniente coronel (R) Krantz Bauer Donoso, ex jefe de la Brigada Verde de la CNI, quien figura como causal de retiro un diagnóstico de “TEC abierto, síndrome post TEC, otorragia izquierda, fractura peñasco temporal izquierdo y hemorragia sub aracnoidea”. A él lo secunda, el teniente y empleado civil de Ejército (R), agente JorgeVargas Bories, coautor de ilegítima privación de libertad y de los homicidios ocurridos en calle Pedro Donoso, quien obtuvo su pensión de invalidez por actos del servicio al acreditar una “psicosis maníaco depresiva”. También goza de este beneficio, extensivo a su grupo familiar y que mantiene en grado de “activos” su salario, es decir su pensión se reajustan al par de los sueldos de los oficiales que están en servicio, el fallecido teniente coronel Iván Cifuentes Martínez y ex jefe del Comando Cobra de la ex CNI, quien justificó una “psicosis maníaco depresiva”. Cabe recordar que fue este oficial quien a sabiendas de una eventual cadena perpetua en su contra solicitó una “salida política” a sus casos, esto después de señalar que “en el fondo, la CNI cumplió la ‘pega’ que el Estado le encomendó (…) desde el punto de vista judicial, los superiores de la CNI quedaron como encubridores o cómplices, pero solamente quienes éramos capitanes estamos asumiendo la condición de autores directos y materiales”. Asimismo el ex CNI, mayor (R) de Ejército, Emilio Enrique Neira Donoso, encausado como cómplice del homicidio de Recaredo Valenzuela y de los secuestros seguidos de homicidio de calle Pedro Donoso, recibe una pensión producto de una “psicosis afectiva”. Por su parte, César Luis Acuña Luengo, empleado civil de Ejército (R), procesado como el autor del homicidio de Recaredo Valenzuela y cómplice de ilegítima privación de libertad de calle Pedro Donoso, también acreditó sufrir una “psicosis afectiva”.

Álvaro Corbalán

Pese a que el abogado Hugo Gutiérrez, (situación que avaló después su colega Héctor Salazar) señaló a La Nación que el ex jefe operativo de la CNI, teniente coronel (R) Álvaro Corbalán Castilla, goza de una pensión por “estrés post guerra”, precisando que “me encuentro seguro en un ciento por ciento, porque lo vi publicado en el Boletín del Ejército”; la Dirección de Comunicaciones del Ejército desmintió tal versión.Sin embargo, indicaron que efectivamente el ex oficial, actualmente recluido a cadena perpetua simple en el penal de Punta Peuco por su responsabilidad en el crimen del carpintero Juan Alegría Mundaca, solicitó su invalidez de segunda categoría. “Pero le fue negada porque fue presentada fuera de plazo”, señaló la institución.Respecto a las mencionadas adjudicaciones de pensiones a estos ex agentes, la misma vocería sostuvo que se apegan a la legalidad vigente, pues se acreditaron de manera médica las dolencias, recalcando que tienen un carácter de “irrevocable”. A estos nombres se pueden sumar otros de esta institución, de la Fuerza Aérea, Carabineros e Investigaciones, que también mantienen ex funcionarios procesados por su responsabilidad en la Operación Albania.

Caucoto

Consultado el abogado querellante del caso Albania, Nelson Caucoto, señaló que “me parece extraño este beneficio a personas que no padecen ninguna invalidez o incapacidad generada por actos del servicio, que los mantenga inutilizados para el trabajo, situación que sólo se presta para que tengan el doble de sus pensiones”. Añadió que “sin duda estamos frente a una situación que debe ser investigada, pues perfectamente se podría configurar el ilícito de fraude al Fisco”.

Caso quemados

Condenado preliminarmente a una condena de 600 días de presidio sin remisión, por su participación en el denominado caso quemados, situación luego cambiada por la Corte Marcial al acreditar que su accionar sólo fue negligente, el capitán (R) de Ejército Pedro Fernández Dittus también se suma al grupo de pensiones de invalidez “post guerra”. Efectivamente, el jefe de la patrulla militar que golpeó y roció con combustible a Rodrigo Rojas Denegri y Carmen Gloria Quintana, logró acreditar ante la Comisión Médica del Ejército una “psicopatía orgánica”. Cabe recordar que a causas de las quemaduras, hecho ocurrido el 2 de julio de 1986, falleció Rodrigo Rojas y Carmen Gloria Quintana quedó con heridas en el 60 por ciento de su cuerpo.


DDHH: Procesan a Álvaro Corbalán por homicidio calificado

Fuente :El Mostrador, 31 de Agosto 2004

Categoría : Prensa

La jueza con dedicación exclusiva para causas de derechos humanos, Raquel Lermanda, sometió a proceso al ex jefe operativo de la Central Nacional de Inteligencia (CNI) Álvaro Corbalán Castilla, como autor de homicidio calificado en contra del ex militante del MIR Fernando Gabriel Vergara Vargas en diciembre de 1984. El abogado Nelson Caucoto, querellante en el caso, calificó como “importante” la decisión de la magistrada, pues de esta manera se demuestra que de a poco se está alcanzando la verdad de la situación que afectó a Vergara Vargas, la que comparó a la llamada Operación Albania. “Se ultimó a una persona que estaba siendo seguida y posteriormente, a través de los medios de comunicación, se envío un comunicado oficial del Gobierno de ese entonces, intentando mostrar los hechos como un enfrentamiento. Al igual que en el caso Albania, se le puso un arma a la víctima, que estaba inservible y nunca se encontró algún vestigio de que la víctima hubiese disparado”, dijo. Tras realizar un seguimiento a la víctima, el 15 de diciembre de 1984 la Brigada Azul de la CNI espero que saliera de su residencia para acompañar a la madre de su hijo a tomar locomoción colectiva, momento en el que lo ultimaron a balazos. La versión oficial, sin embargo, consignó que ese día personal de la CNI que se encontraba patrullando el sector de Santa Elvira con Santa Elena, interceptó a un individuo en actividades sospechosas el que al percatarse de la presencia del personal de seguridad efectuó dos disparos, motivo por el cual los funcionarios repelieron el ataque, causándole la muerte El principal objetivo de la Brigada Azul era la búsqueda de información y paradero de grupos políticos que operaban en la Región Metropolitana. En esa labor, conoció el reingreso clandestino de miembros del MIR, entre los que se encontraba Vergara Vargas, en una acción conocida como la Operación Retorno. Desde mediados de abril de 2003, Corbalán permanece en el recinto penal de Punta Peuco, luego que una serie de salidas –incluida una compra en una verdulería de La Reina- obligara a trasladarlo desde el Comando de Telecomunicaciones.


Ex jefe operativo de la CNI se notifica por nueva condena

Fuente :El Mostrador, 1 de Septiembre 2004

Categoría : Prensa

El ex jefe operativo de la Central Nacional de Inteligencia (CNI) Álvaro Corbalán Castilla, concurrió al Palacio de tribunales para notificarse de su condena a 10 años y un día de presidio como autor de homicidio calificado en de Lisandro Sandoval Torres. La condena fue dictada por el ministro de fueron Alejandro Solís y ratificada por la Corte de Apelaciones de Santiago, por la ejecución del ex mirista, que fue ejecutado el 17 de agosto de 1981. Adicionalmente, el retirado militar fue encausado este martes por la jueza con dedicación exclusiva para causas de derechos humanos, Raquel Lermanda, por su participación en los hechos que comenzaron con el seguimiento a Vergara. Corbalán está condenado a presidio perpetuo por el homicidio del carpientero Juan Alegría Mondaca y permanece desde abril de 2003 en el penal de Punta Peuco, luego que una serie de salidas obligara a trasladarlo hasta allí desde el Comando de Telecomunicaciones del Ejército. 


Apelarán por baja condena dictada contra ex cúpula CNI

Fuente :La Nación, 25 de Julio 2005

Categoría : Prensa

La familia de la joven mirista Paulina Aguirre Tobar, acribillada en 1985 en El Arrayán, anunció que apelará las bajas penas dictadas por el ministro Jorge Zepeda contra los cinco ex agentes de la disuelta Central Nacional de Informaciones (CNI), por considerarlas insuficientes en relación a los crímenes cometidos.

La familia de la joven mirista Paulina Aguirre Tobar, acribillada en 1985 en El Arrayán, anunció que apelará las bajas penas dictadas por el ministro Jorge Zepeda contra los cinco ex agentes de la disuelta Central Nacional de Informaciones (CNI), por considerarlas insuficientes en relación a los crímenes cometidos. Luis Aguirre Smith, padre de Paulina, consideró “ligera” la sanción impuesta “El castigo no es proporcional a la gravedad del delito. La vida de una persona no son cinco años y un día”.

Asimismo, explicó que él hubiera estado dispuesto a “que (los asesinos de Paulina) no tuvieran penas de cárcel. Pero estos tipos no están arrepentidos”, o al menos así lo expresaron en los interrogatorios en el Departamento Quinto de Investigaciones, comentó Aguirre.

La pena para el ex jefe de la CNI Álvaro Corbalán Castilla; el teniente coronel (r) Kranz Bauer Donoso; el mayor (r) de Carabinero Miguel Soto Duarte y el teniente coronel (r) Jorge Andrade Gómez fue de cinco años y un día de presidio; y para el oficial (r) de la Fuerza Aérea de Chile (FACH) Alejandro Astudillo Adams, de tres años y un día, además, a este último se le otorgó el beneficio de la libertad condicional. Razón por la que Aguirre solicitará un endurecimiento de las condenas dictaminadas, “de 10 años hasta cadena perpetua efectiva”.


Certeza jurídica de lo sabido: CNI vengó el atentado a Pinochet con 4 muertes

Fuente :La Nación, Jueves 27 de octubre de 2005

Categoría : Prensa

El ministro en visita Hugo Dolmetsch, otorgó ayer certeza jurídica a lo que se sabía desde 1986: que los crímenes de José Carrasco, Felipe Rivera, Gastón Vidaurrázaga y Abraham Muskablit a manos de la CNI, fueron una venganza de la dictadura por el atentado a Augusto Pinochet el domingo 7 de septiembre de 1986. En una resolución más bien “ordenatoria” en la que procesó a siete nuevos ex agentes, mantuvo a otros siete que ya se encontraban encausados por la jueza Dobra Lusic desde 2000, y exculpó a tres de los ya procesados por la magistrada el ministro Dolmetsch entregó algunos detalles del operativo que hasta ahora no eran públicos.Los tres ex agentes sobreseídos por el magistrado son Hernán Vásquez Villegas, Egon Barra Barra y Arturo Sanhueza Ros. El juez sostuvo en su dictamen que momentos después de acontecido el atentado a Pinochet en el Cajón del Maipo -acto realizado por el Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR) en el cual murieron cinco escoltas-, el integrante de la Junta Militar, almirante José Toribio Merino, citó al jefe de la CNI, general Humberto Gordon, a una reunión de urgencia a La Moneda. Finalizado el encuentro, Gordon convocó al cuartel general de la CNI en calle República, al comandante de la División Antisubversiva de ese organismo, mayor Álvaro Corbalán, y al comandante de la División Política Metropolitana “encargada del control de los partidos políticos de la época”, mayor Manuel Provis Carrasco. “Estas dos divisiones representaban en ese momento de emergencia, los órganos básicos de la CNI en su aspecto operativo”, dice el juez. En esa reunión, “el señor general, profundamente alterado, les ordenó que agentes de sus respectivas dependencias debían salir y vengar a los cinco escoltas fallecidos en el atentado, venganza que debía ser en una proporción de dos por uno en relación a las víctimas (escoltas)”, afirma el fallo. De esta manera, Dolmetsch logró determinar que los grupos de agentes que operaron en las detenciones y ejecuciones fueron distintos, salvo en los casos de Carrasco y Muskablit donde algunos se repiten. El escrito del juez no aclara, en todo caso, por qué CNI sólo asesinó a cuatro opositores y no a diez como fue la orden que impartió Gordon y que probablemente emanó de La Moneda. Al menos una quinta víctima debía ser el abogado de la Vicaría de la Solidaridad Luis Toro, quien se salvó al reforzar puertas y ventanas de su casa para dificultar el ingreso de los agentes, y alertando a los vecinos. El punto es relevante al incorporar al puzzle la intervención, casi en paralelo, de Investigaciones la misma madrugada en que comienzan los secuestros de la CNI. Esta policía detuvo a algunos dirigentes opositores, como el actual Presidente Ricardo Lagos, el ex ministro Germán Correa, el actual diputado (PPD) Patricio Hales, y el ex subsecretario del Trabajo Eduardo Loyola. Según el ex vocero del régimen militar Francisco Javier Cuadra, Investigaciones actuó por orden de su director, el general (R) Fernando Paredes, para evitar más muertes a manos de la CNI. No obstante, no está claro por qué la CNI, con el poder que tenía por sobre Investigaciones, no continuó con las ejecuciones para “cumplir la cuota” ordenada por general Gordon. Tampoco se sabe con certeza si efectivamente la actuación de Investigaciones fue con el fin que sostiene Cuadra. Aunque, al menos, un hecho es cierto: que los detenidos por esa policía salvaron con vida. Lo que no resulta creíble es la afirmación de Cuadra en el sentido de que, al ocurrir un año después la Operación Albania -en la que la CNI asesinó a 12 militantes del FPMR que vinculó al atentado- el régimen “no apoyó esa operación ni le dio soporte comunicacional”. Al consultar la prensa de la época y las propias declaraciones de Cuadra, se confirma lo contrario

Felipe Rivera Gajardo

Militante Comunista ,Funcionario Tesorería de la República, Detenido a las 02:00 del lunes 8 de septiembre 1986 en su domicilio de Diagonal Las Torres Nº 6678, Población Sara Gajardo de Cerro Navia, Procesados como autores del delito de secuestro y homicidio: Álvaro Corbalán Castilla, Pedro Guzmán Olivares, Gonzalo Maass del Valle, Víctor Lara Cataldo y René Valdovinos Morales. (Lara y Valdovinos son nuevos procesados, el resto ya lo estaba por resolución de la jueza Dobra Lusic en el 2000).  Ejecutado en Américo Vespucio, frente planta Toyota, de seis balazos.

Gastón Vidaurrázaga Manríquez 

Militante MIR, Profesor, Detenido a las 04:00 del lunes 8 de septiembre de 1986 en su domicilio de calle Maestranza frente al Nº 627. Procesados como autores del delito de secuestro y homicidio: Álvaro Corbalán Castilla, Krantz Bauer Donoso, Víctor Muñoz Orellana, Jorge Jofré Rojas, Eduardo Chávez Baeza y Juan Jorquera Abarzúa. (Jofré, Chávez y Jorquera son nuevos procesados, los otros ya lo estaban desde 2000). Ejecutado en Ruta 5 Sur a la altura del kilómetro 16, de doce balazos.

José Carrasco Tapia

Militante MIR, Periodista, Detenido a las 05:00 del lunes 8 de septiembre de 1986 en su domicilio de calle Santa Filomena Nº 111, departamento 209, comuna de Santiago. Procesados como autores de secuestro y homicidio: Álvaro Corbalán Castilla, Iván Quiroz Ruiz, Jorge Vargas Bories y Guillermo Fachinetti López. (Fachinetti es procesado nuevo, mientras Quiroz y Vargas ya lo estaban desde 2000). Ejecutado en Américo Vespucio, costado sur del Cementerio Parque del Recuerdo, de catorce balazos.

Abraham Muskablit Eidelstein

Militante Comunista, Gerente de Ventas de Editorial Cono Sur ,Detenido a las 02:15 del martes 9 de septiembre de 1986 en calle 27 de Septiembre Nº 0423, Población Casas Viejas, comuna de Puente Alto Procesados como autores de secuestro y homicidio: Álvaro Corbalán Castilla, Iván Quiroz Ruiz, Jorge Vargas Bories y José Meneses Arcauz. (Arcauz en nuevo procesado, los otros ya lo estaban desde 2000). Ejecutado en Camino a Lonquén a la altura del Nº 2360, de nueve balazos.


Condenas para ex CNI por muerte de mirista

Fuente :La Nación, 24 de Marzo 2006

Categoría : Prensa

Una nueva condena dictó ayer el ministro Juan Eduardo Fuentes que afecta a cinco ex agentes de la CNI. Esta vez se trata del proceso por el homicidio de quien fuera el operador de Radio Liberación del MIR, Fernando Vergara, ocurrido en 1984. La sentencia de primera instancia afecta al ex jefe operativo de la CNI, Álvaro Corbalán con diez años y un día de presidio como autor de homicidio calificado; por el mismo ilícito pero con cinco años y un día de cárcel, el magistrado condenó a los ex agentes Luis Sanhueza y Aquiles González; los suboficiales Luis Gálvez, Francisco Orellana y Jorge Ramírez enfrentan cinco años. Los tres últimos agentes fueron beneficiados por el ministro Fuentes para cumplir la sentencia en libertad vigilada por un delegado de Gendarmería.Vergara fue interceptado por la CNI el 15 de diciembre de 1984. La versión del organismo fue que Vergara portaba un arma e intentó batirse a tiros con los efectivos, por lo que fue aniquilado. Sin embargo el magistrado comprobó que la versión no era real.En este mismo proceso existen declaraciones policiales de dos ex CNI que  aseguraron que el ex ministro de Pinochet, Francisco Javier Cuadra, llegó hasta el sitio del suceso acompañado del propio Corbalán, pero en sus testimonios judiciales cambiaron diametralmente sus dichos. El ministro Fuentes, además, rechazó acoger la demanda de perjuicio presentada por la familia y representada por el abogado Nelson Caucoto.


Suprema confirma condena contra Álvaro Corbalán por crimen de mirista

Fuente :El Mostrador 8 de Junio 2006

Categoría : Prensa

Segunda Sala del máximo tribunal rechazó acoger a trámite un recurso de casación presentado por la defensa del ex jefe operativo de la disuelta CNI, ratificando su sentencia a cinco años y un día de prisión por el homicidio de Paulina Aguirre Tobar. La misma determinación adoptó en el caso de comandante retirado Krantz Bauer Donoso. La Segunda Sala (Penal) de la Corte Suprema confirmó la condena contra el brigadier retirado Álvaro Corbalán Castilla, como autor del homicidio calificado de la ex militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) Paulina Aguirre Tobar, registrado en 1985. Este jueves, el máximo tribunal desestimó acoger a trámite un recurso de casación presentado por la defensa del ex jefe operativo de la disuelta Central Nacional de Informaciones (CNI), que pretendía dejar sin efecto la sentencia dictada en su contra. De esta manera, confirmó la pena a cinco años y un día de prisión que deberá cumplir Corbalán Castilla, según lo había dispuesto en su momento el ministro en visita Jorge Zepeda. El ex jefe operativo de la disuelta CNI cumple actualmente una condena a presidio perpetuo en calidad de autor del homicidio del carpintero Juan Alegría Mundaca, registrado en 1983 para ocultar el crimen del sindicalista Tucapel Jiménez. El otrora uniformado, además, deberá afrontar próximamente las sentencias por su participación en la llamada Operación Albania y por el crimen del periodista José Carrasco Tapia. La decisión fue adoptda en forma unánime por los ministros Nibaldo Segura, Jaime Rodríguez Espoz y Rubén Ballesteros, además de los abogados integrantes Fernando Castro y José Fernández. Los magistrados también desestimaron acoger a tramitación las revisiones presentadas por el comandante retirado Krantz Bauer Donoso, que deberá cumplir con una sentencia similar a la de Corbalán Castilla. La Segunda Sala Penal, sin embargo, accedió a revisar las condenas a cinco años y un día dictadas contra Miguel Soto Stuardo y Jorge Andrade Gómez, y de tres años y un día, con el beneficio de la libertad condicional, para el oficial retirado de la Fuerza Aérea Alejandro Astudillo. Paulina Aguirre Tobar, de 20 años al momento de su muerte, fue ejecutada cuando regresaba a su domicilio en el sector capitalino de Las Condes, el 29 de marzo de 1985, según consigna el "Informe Rettig" que documentó las violaciones a los derechos humanos durante la dictadura (1973-1990). El informe agrega que la joven fue ejecutada por agentes de la CNI, pero la versión oficial de la época habló de enfrentamiento, sobre la base de que los autores pusieron un arma en la mano del cadáver para sustentar la historia de que se había resistido al arresto. Aunque la justicia militar corroboró esa tesis, en su investigación el juez Zepeda logró establecer que existían antecedentes suficientes para dar por acreditado que se trató de un homicidio calificado y que la víctima fue acribillada a mansalva,.


Corte elevó condenas a ex agentes del Comando Conjunto

Fuente :La Nación, 28 de Junio 2006

Categoría : Prensa

La Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago aumentó las condenas a dos integrantes del ex Comando Conjunto, entre ellos a su creador, el general (R) de la FACH Enrique Ruiz Bunger, por el secuestro en 1975 del militante comunista Juan Luis Rivera Matus. La condena de Ruiz Bunger fue elevada de 600 días a 10 años, y en la misma proporción la del ex agente y coronel hoy retirado de la FACH, Carlos Madrid Haydn. A ambos se les cambió además la calidad de encubridor por la de autor. La sala mantuvo la pena de 10 años de presidio para el teniente coronel (R) de Ejército Sergio Díaz López, pero rebajó de 15 a 10 años la del ex agente y jefe de la Brigada Metropolitana de la CNI, mayor (R) Álvaro Corbalán. El ministro Jorge Zepeda constituyó el voto de minoría, ya que estuvo por condenar a los cuatro ex agentes sólo a la pena de tres años “por razones humanitarias”. En este sentido, el ministro Zepeda ha sido criticado por abogados querellantes por las bajas condenas que aplica por crímenes de lesa humanidad, si bien no es partidario de aplicar la amnistía. El voto de mayoría lo conformaron el ministro Jorge Dahm y la abogada integrante Victoria Valencia. La condena de primera instancia la dictó el ministro Joaquín Billard. Los restos de Rivera Matus fueron hallados el 2001 mientras, en la zona de Peldehue donde hoy está el Fuerte Arteaga del Ejército, se rastreaban los cuerpos de los desaparecidos de La Moneda por una orden de la Corte Suprema, según datos recibidos en la Mesa de Diálogo el 2000.


Cúpula CNI procesada por desaparición de cinco frentistas en 1987

Fuente :La Nación, 22 de Septiembre 2006

Categoría : Prensa

El ministro en visita Haroldo Brito instaló ayer por primera vez el delito de secuestro calificado (conocido también como permanente) en el proceso que sigue contra ex agentes de la CNI por la desaparición de cinco miembros del Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR) en 1987. Por este delito encausó a los ex agentes Víctor Ruiz Montoya, Luis Arturo Sanhueza Ros y Luis Santibáñez Aguilera. En la resolución dictada por Brito se estipula que se puede acreditar que a raíz del secuestro del comandante del Ejército, señor Carlos Carreño Barrera, acaecido en esta ciudad (Santiago) el 1 de septiembre de 1987, funcionarios de la CNI resolvieron secuestrar a Manuel Sepúlveda Sánchez, Gonzalo Fuenzalida Navarrete, Julio Muñoz Otárola, Julián Peña Maltés y Alejandro Pinochet Arenas. Por los mismos hechos, el magistrado, quien asumió la investigación de su colega Hugo Dolmestch -hoy supremo-, encausó en calidad de coautores del secuestro al ex director de la CNI general (R) Hugo Salas Wenzel y sus dos colaboradores, Álvaro Corvalán y Krantz Bauer. Les siguen por el mismo delito Manuel Morales, César Acuña y René Valdovinos. En tanto, como encubridores de los ilícitos están los oficiales (R) del Ejército Gonzalo Asenjo Zegers y Rodrigo Pérez. La elección de los frentistas se realizó entre los días 8 y 9 de septiembre con la finalidad de cambiarlos por el comandante secuestrado, por lo que de forma inmediata los detenidos fueron trasladados al Cuartel Borgoño del servicio de inteligencia.

Helicóptero

Según consta en la resolución, al concretarse la libertad del militar fueron retirados por funcionarios de la CNI cinco cadáveres desde el recinto de seguridad para ser lanzados al mar desde un helicóptero del Ejército. De las mismas probanzas también resulta acreditado que la participación del helicóptero militar y de sus pilotos fue dispuesta por las personas que estaban al mando de las operaciones de investigación del secuestro de Carlos Carreño, señala la resolución. Estas conclusiones se debieron a que el pasado 20 de julio el ministro Dolmestch recreara junto a efectivos del Ejército el lanzamiento de los frentistas en el puerto de San Antonio. En la diligencia se llegó a la certeza de que los cuerpos fueron lanzados en sacos con pedazo de rieles atados a sus pies, con la finalidad de que éstos no salieran a flote. Un artículo publicado por La Nación en julio pasado, reveló que el ex piloto de Augusto Pinochet, apodado “El Chino Campos”, declaró al magistrado cómo en septiembre de 1987, su jefe, el coronel Mario Navarrete, le ordenó usar uno de los helicópteros institucionales para viajar hasta la zona de Peldehue a buscar unos paquetes, los cuales contenían los cuerpos. El “Chino Campos” relató que para dicha operación viajó junto a su copiloto, un oficial que pasó a retiro recientemente y que hasta hace poco meses era el jefe de una agregaduría militar en Europa. Incluso, el jefe de la Brigada de Asuntos Especiales y Derechos Humanos, Rafael Castillo y su colega Mario Zelada, recorrieron el viejo continente buscando a un testigo clave para este proceso.

Etapas

El ministro Dolmestch acreditó que la operación estuvo separada en tres etapas. La primera de ellas fue la detención de los frentistas para presionar al FPMR y recuperar al militar secuestrado. Una vez detenidos fueron interrogados por la CNI. Luego de esto, llegó la orden de que el régimen militar no negociaba con terroristas, por lo que los cinco frentistas fueron asesinados. Tras la ejecución se designó a Francisco “Gurka” Zúñiga para que coordinara con el Ejército la obtención de los elementos necesarios para llevar a cabo el lanzamiento de los cuerpos en las costas de San Antonio.


Corte Suprema rebaja condenas por homicidio de Juan Rivera Matus

Fuente :El Mostrador, 30 de Julio 2007

Categoría : Prensa

Máximo tribunal acogió recurso de casación en el fondo fondo presentado por la defensa de los militares retirados condenados por el crimen del ex dirigente comunista. La Segunda Sala de la Corte Suprema rebajó considerablemente las penas impuestas por el homicidio calificado del dirigente comunista Juan Rivera Matus, desaparecido en noviembre de 1975 por miembros del Comando Conjunto. El máximo tribunal sentenció al general retirado de la Fuerza Aérea de Chile (FACH) Enrique Ruiz Bunger y a el comandante (r) de la FACH Arturo Madrid Hayden a las penas de presidio remitido. Por el mismo delito, el ex jefe operativo de la CNI Álvaro Corbalán Castilla y el oficial (r) Sergio Díaz López, el ex miembro de la DINE, fueron sentenciados a cuatro años de cárcel. A este último se le otorgó el beneficio de la libertad vigilada, mientras que en el caso de Corbalán la pena deberá ser cumplida de forma efectiva. En el fallo de segunda instancia, la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago había condenado a los cuatro ex militares a diez años. Rivera Matus, de 52 años al momento de su desaparición, estaba casado y tenía siete hijos. Se desempeñaba como técnico electricista en Chilectra, donde además era dirigente sindical. Fue detenido el 6 de noviembre de 1975, por cinco hombres de civil a la salida de su trabajo. El caso de Rivera Matus es considerado uno de los más emblemáticos en materia de violaciones a los derechos humanos, pues develó la inexactitud de la información entregada por las Fuerzas Armadas a la Mesa de Diálogo. Si bien las ramas castrenses lo incluyeron en un listado de detenidos cuyos cuerpos habían sido arrojados al mar, la jueza Amanda Valdovinos determinó que sus osamentas habían sido enterradas en el fuerte Arteaga del Ejército, en Colina.


Mayor condena contra general retirado por crímenes en dictadura Operación Albania: Suprema confirma cadena perpetua contra Hugo Salas Wenzel

Fuente :El Mostrador, 29 de Agosto 2007

Categoría : Prensa

La Corte Suprema confirmó este martes la cadena perpetua contra el general retirado Hugo Salas Wenzel, otrora director de la Central Nacional de Informaciones (CNI), por su responsabilidad en el crimen de doce frentistas en junio de 1987, en el marco de la Operación Albania.Salas Wenzel fue sentenciado en calidad de responsable intelectual de los asesinatos, que se planificó como una de las venganzas por el atentado a Augusto Pinochet Ugarte, ocurrido en septiembre de 1986. Con esta resolución, el otrora jefe del organismo represivo se transformó en el general retirado que ha recibido la mayor condena por las violaciones a los derechos humanos cometidas durante la dictadura militar. La decisión fue adoptada por la Segunda Sala (Penal) que también se pronunció sobre las condenas que el ministro Hugo Dolmestch dictó contra otros catorce ex uniformados que participaron en el operativo, también conocido como Matanza de Corpus Christi. En tribunales se explicó que como Salas Wenzel comenzó a ser juzgado antes de que se modificara la ley, se le aplicará la cadena perpetua simple, lo que permite a partir de los 20 años de prisión pueda acceder a algún tipo de beneficio. El máximo tribunal también decidió elevar de 15 a 20 años de prisión la condena contra el ex jefe operativo del organismo represivo Álvaro Corbalán Castilla, quien ya se encuentra cumpliendo prisión por otras violaciones a los derechos humanos perpetrados en la dictadura militar. En tanto, mantuvo la condena a 10 años de presidio contra el comandante (R) de Carabineros Iván Quiroz Ruiz, mientras que aumentó de 7 años y un día a 8 años de prisión el castigo contra el ex agente de la CNI Enrique Neira Donoso. Estos cuatro otrora miembros deberán cumplir con su castigo en prisión junto al ex agente Manuel Morales Acevedo, quien inicialmente había sido condenado a tres años de prisión pero la Suprema elevó su castigo a cinco años y un día. En tanto, los ex agentes Luis Arturo Sanhueza Ross, Rodrigo Pérez Martínez, César Acuña Luengo, Patricio Miquel Carmona y Fernando Burgos Díaz fueron sentenciados a cinco años y un día de prisión, mientras que Eric Silva Reichart recibió una sanción de cinco años de cárcel. Gonzalo Maas del Valle, José Miguel Morales Morales, René Valdovinos Morales, en tanto, fueron condenados a tres años de prisión, mientras que Hugo Guzmán Rojas recibió un castigo de 541 días de cárcel. La Suprema también confirmó la absolución de 11 agentes que participaron en los operativos y que ya habían sido exculpados por Dolmestch y la Corte de Apelaciones de Santiago, entre los que se encuentran los ex agentes Kranstz Bauer y Jorge Vargas Bories, al igual que el ex fiscal de Carabineros Luis Acevedo. En junio pasado, el Consejo de Defensa del Estado (CDE) y los parientes de las víctimas alcanzaron un acuerdo de reparación en el que el Fisco se comprometía a pagar una indemnización de $ 300 millones a cada grupo familiar.

Querellantes celebran decisión

El abogado Nelson Caucuto, representante de las víctimas, destacó que esta sea la primera condena perpetua para un militar con grado de general, lo que a su juicio revela "la gravedad de los hechos juzgados y la importancia de este caso". "Hemos logrado establecer la verdad de lo acontecido y sanciones penales altas, donde hay una condena de presidio perpetuo y también finalmente hay reparación. En una sola sentencia hemos logrado confluir los tres aspectos que comprende un concepto complejo como es la justicia, los que son la verdad, la sanción penal, y la reparación”, sostuvo. “Me parece extraordinario haber cerrado este capítulo, con esta sentencias que ha dictado el máximo tribunal”, puntualizó.


Elevan condenas a ex agentes de la CNI por homicidio de ex mirista

Fuente :El Mostrador,16 de Octubre 2007

Categoría : Prensa

La Cuarta sala de la Corte de Apelaciones aumentó las penas que se habían dictado en primera instancia para los autores del crimen contra Fernando Vergara Vargas ocurrido en 1984. La Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago dictó penas de entre cinco y 10 años de prisión para seis ex agentes de la disuelta Central Nacional de Informaciones (CNI) por el homicidio calificado del ex militante del MIR Fernando Vergara Vargas, registrado el 15 de diciembre de 1984 en Santiago. Según informó este martes el Departamento de Comunicaciones del Poder Judicial, el tribunal de alzada condenó a 10 años y un día a Luis Arturo Sanhueza Ross y a Jorge Ramírez Romero, y a cinco años y un día a Luis Gálvez Navarro y Francisco Orella Seguel. Asimismo, la sala conformada por los ministros Jorge Dahm Oyarzún, Manuel Valderrama Rebolledo y el abogado integranteLuis Orlandini Molina, absolvió por falta de participación al ex jefe operativo de la CNI, Álvaro Corbalán Castilla y a Aquiles González Cortés. Además el fallo condenó al fisco a pagar una indemnización de 90 millones de pesos por daño moral a los familiares de la víctima. En primera instancia el ministro Juan Edurado Fuentes Belmar, el 23 de marzo de 2006, había condenado a los seis ex agentes, pero a penas inferiores en cada uno de los casos y se había rechazado demanda civil. El asesinato de Fernando Vergara tuvo lugar en la esquina de las calles Santa Elvira con Sana Elena, cuando fue interceptado y baleado por los agentes en un supuesto enfrentamiento.


Confirman condenas contra agentes de la CNI por asesinato de José Carrasco

Fuente :El Mostrador, 28 de Diciembre 2007

Categoría : Prensa

La más alta es para el otrora jefe operativo del organismo represivo,  mayor (r) Alvaro Corbalán Castilla, quien fue condenado a 18 años de  presidio. Otro de los condenados, a 13 años, es el prófugo oficial (r)  de Carabineros Iván Quiroz. El fallo sin embargo rechazó indemnizar a  los familiares del periodista y de otros tres profesionales asesinados  en 1986. La Novena Sala de la Corte de Apelaciones confirmó este viernes, de  manera unánime, las condenas contra 14 ex agentes de la disuelta  Central Nacional de Inteligencia (CNI) por el asesinato del periodista  José Carrasco Tapia y otros tres profesionales, que se llevó a cabo  pocas horas después del fallido atentado contra el general (r) Augusto  Pinochet, ocurrido el 7 de septiembre de 1986. El tribunal, integrado por los ministros Jorge Dahm, Víctor Montiglio  y el abogado integrante Jorge Lagos, confirmó de este modo el dictamen  que emitió el 29 de diciembre de 2006 el ministro en visita Haroldo  Brito también por los asesinatos del militante del MIR y artista  plástico Gastón Vidaurrázaga, y los militantes del Partido Comunista  (PC) Felipe Rivera Fajardo y el publicista Abraham Mufkatblit  Eidelstein.La más alta condena, de 18 años y un día de prisión es contra el mayor  (r) del Ejército y ex jefe operativo de la CNI, y Alvaro Corbalán  Castilla, mientras que a trece años y un día están condenados el  capitan (r) del Ejército Jorge Vargas Bories y el mayor (r) de  Carabineros Iván Quiroz, quien  permanece prófugo hace tres meses luego  que no se presentó a cumplir otra condena por su responsabilidad en el  caso conocido como Operación Albania. En su calidad de coautores fueron condenados a ocho años y un día  Pedro Javier Guzmán Olivares, Gonzalo Fernando Mass del Valle, Kranz  Bauer, Jorge Enrique Jofré Rojas y Juan Alejandro Jonquera. En tanto,  cinco años y un día deberán pasar los ex agentes Víctor Hugo Lara  Cataldo, René Armando Valdovinos Morales, Víctor Manuel Muñoz  Orellana, Eduardo Martín Chávez Baeza, Guillermo Fascinetti López y  José Ramón Meneses Arcauz. En tanto, el tribunal de alzada, también de manera unánime, rechazó  entregar una indemnización de $ 250 millones para cada una de las  madres, viudas e hijos de los profesionales, además de $ 75 millones  para cada uno de los hermanos.


Dictan nuevos procesamientos por últimos desaparecidos de dictadura

Fuente :El Mostrador, 24 de Enero 2008

Categoría : Prensa

Ministro Mario Carroza encausó a siete ex agentes de la CNI por la desaparición de cinco frentistas, secuestrados en represalia al rapto del coronel Carlos Carreño. El ministro en visita Mario Carroza sometió a proceso a siete ex agentes de la Central Nacional de Inteligencia (CNI), por los secuestros calificados de cinco jóvenes militantes del Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR) en septiembre de 1987. El magistrado encausó por distintos grados de participación en los secuestros de José Julián Peña Maltés, Alejandro Pinochet Arenas, Manuel Sepúlveda Sánchez, Gonzalo Fuenzalida Navarrete y Julio Muñoz Otárola, ocurridos a partir del 1 de septiembre de 1987. La resolución afecta a Juan Carlos Orellana Morales, Hernán Antonio Vásquez Villegas, Raúl del Carmen Durán Martínez, José Guillermo Salas Fuentes, Marco Antonio Pincheira Ubilla y Jorge Raimundo Ahumada Molina. En la nómina también figura Iván Quiroz Ruiz, quien permanecía prófugo por el caso Operación Albania y que fue detenido la noche del miércoles. Según el fallo, los primeros seis ex agentes enfrentan cargos como autores del secuestro calificado de Peña Maltés, mientras que Quiroz enfrenta fue encausado por el mismo caso, además de Pinochet Arenas, Sepúlveda Sánchez, Fuenzalida Navarrete y Muñoz Otarola. La investigación da por probado que los cinco frentistas fueron secuestrados en represalia por el secuestro del coronel Carlos Carreño Barrera, entonces funcionario de la Fábricas y Maestranzas del Ejército (Famae), perpetrado el 1 de septiembre de 1987. De acuerdo a las pesquisas, los cuerpos de las cinco víctimas fueron arrojados al mar, para lo cual se utilizaron helicópteros del Ejército.

Otros procesados

Antes de dejar el caso y ascender a la Suprema, en mayo de 2007, el juez Haroldo Brito había encausado al general (R) Julio Cerda Carrasco, ex titular del Batallón de Inteligencia del Ejército (BIE), y el oficial retirado Fernando Rafael Rojas Tapia, también integrante de la mencionada instancia castrense. Como encubridores de las desapariciones, en tanto, procesó a Aquiles Navarrete Izarnotegui, Víctor Campos Valladares y Hugo Barría Rogers. Y en septiembre de 2006, Brito encausó a doce ex agente de la CNI, entre los que se encuentran el general (R) Hugo Salas Wenzel, y sus subalternos el brigadier (R) Álvaro Corbalán Castilla y Krantz Bauer Donoso, como coautores del secuestro de Sepúlveda Sánchez, Fuenzalida Navarrete y Muñoz Otárola.En aquella ocasión, el juez también procesó como coautores de los secuestros de Peña Maltés, Sepúlveda Sánchez, Fuenzalida Navarrete y Muñoz Otárola a  los ex agentes Manuel Ángel Morales Acevedo, César Acuña Luengo y René Valdovinos Morales. A ellos se sumaron los ex miembros de la CNI Víctor Ruiz Godoy, Manuel Ramírez Montoya, Luis Sanhueza Ross, Luis Santibáñez Aguilera fueron encausados como coautores de los secuestros de Pinochet Arenas, Sepúlveda Sánchez, Fuenzalida Navarrete, y Muñoz Otárola.


Sentencia definitiva de la Corte Suprema en caso de Fernando Vergara Vargas

Fuente :La Nación, Martes 9 de septiembre de 2008

Categoría : Prensa

Ejecutores CNI de joven mirista no irán a la cárcel. El fallo de última instancia mantuvo absolución de ex agentes Álvaro Corbalán y Aquiles González, y favoreció a otros cuatro con el recurrido beneficio de la “libertad vigilada”. La Sala Penal de la Corte Suprema resolvió que ninguno de los autores del homicidio del militante del MIR, Fernando Vergara Vargas, cometido el 15 de diciembre de 1984 en Santiago por agentes de la CNI, deberá cumplir pena efectiva de prisión. Si bien esta sentencia definitiva mantuvo la absolución dictada antes por la Corte de Apelaciones de Santiago de los ex agentes Álvaro Corbalán y Aquiles González, en el caso de los otros cuatro ex agentes les rebajó las condenas a cinco años de presidio,permitiendo con ello que calificaran para obtener el beneficio de la libertad vigilada, lo que les concedió. Los favorecidos con esta medida son los ex agentes Luis Sanhueza Ros, Luis Gálvez Navarro, Francisco Orellana Seguel, y Jorge Ramírez Romero. En todo caso Corbalán cumple presidio perpetuo simple (a los 20 años puede obtener beneficios) por el crimen del carpintero Juan Alegría, cometido para tratar de encubrir el asesinato del líder sindical Tucapel Jiménez. Corbalán también acumula otra condena de 20 años por la Operación Albania.De esta manera el homicidio cometido en contra del encargado de las comunicaciones clandestinas del MIR y director de la Radio Liberación, quien había regresado a Chile en 1982 con identidad falsa tras  un período de exilio, quedó sin responsables que cumplan pena efectiva de cárcel. El crimen de Vergara intentó presentarse entonces por la dictadura como "enfrentamiento", pero la investigación judicial concluyó que fue un homicidio y un delito de lesa humanidad, que no prescribe por el tiempo ni puede ser amnistiado. En esta causa estuvo muy cerca de resultar procesado el ex ministro y vocero del régimen opresor, Francisco Javier Cuadra. Siete ex agentes declararon en el juicio que Cuadra llegó al lugar del crimen junto a Álvaro Corbalán, y que luego justificó públicamente la muerte con la versión falsa del enfrentamiento. Cuadra lo negó, y el coronel (R) Aquiles González realizó el "lobby" a favor del ex ministro para que los ex agentes se desdijeran de sus dichos. No obstante, Orellana Seguel mantuvo su declaración inculpatoria en contra de Cuadra. Los mismos ex funcionarios de la CNI relataron en la indagatoria la tarea realizada por Aquiles González a favor del ex ministro. La Radio Liberación logró interferir varias veces otras emisoras y canales de televisión para transmitir proclamas en contra del régimen militar.


Libres 11 ex agentes por crimen de Pepe Carrasco

Fuente :La Nación, Viernes 14 de agosto de 2009

Categoría : Prensa

 También se disminuyó el castigo al ex jefe operativo de la Central Nacional de Informaciones (CNI) Álvaro Corbalán y a los miembros del comando 11 de Septiembre, Jorge Vargas e Iván Quiroz. Once ex agentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI) no irán a la cárcel. Ayer la Corte Suprema resolvió que podrán cumplir en libertad vigilada las condenas que les impuso por su participación en los crueles asesinatos del periodista y editor de la revista Análisis José Carrasco Tapia, el técnico electrónico Felipe Rivera Gajardo, el profesor Gastón Vidaurrázaga Manríquez y el gerente de la editorial Cono Sur, Abraham Muskatblit Eidelstein. Todos fueron ultimados entre el 8 y el 9 de septiembre de 1986 como venganza al frustrado atentado contra el dictador Augusto Pinochet. El máximo tribunal acogió la atenuante de media prescripción, que otorga beneficios a quienes hayan sido detenidos después de la mitad del plazo que se espera para que una acción penal quede extinta. De esta forma, los ministros rebajaron gradualmente las penas dictadas por el tribunal de alzada. Así el ex jefe operativo de la CNI, Álvaro Corbalán Castilla, quedó condenado a 12 años de cárcel, obteniendo un descuento de seis años. La misma suerte corrieron los miembros de la brigada 11 de Septiembre: Jorge Vargas Bories e Iván Quiroz Ruiz, a quienes se les bajó de 13 a siete años la condena. Pero, sin duda, los que recibieron la mayor prerrogativa fueron los agentes operativos del organismo represor y quienes ejecutaron a los cuatro profesionales. Se trata de Pedro Guzmán Olivares, Gonzalo Maas del Valle, Kranz Bauer Donoso, Jorge Jofré Rojas, Juan Jorquera Abarzúa, Víctor Lara Cataldo, René Valdovinos Morales, Víctor Muñoz Orellana, Eduardo Chávez Baeza, Carlos Alberto Fachinetti López y José Ramón Meneses Arcauz. Los 11 agentes fueron condenados a 5 años, sin embargo, no estarán un sólo día tras las rejas, pues quedaron el libertad bajo la vigilancia de Gendarmería. Sobre las reparaciones económicas a las familias, el fisco ya había acordado pagar $210 millones a los familiares de José Carrasco y la misma suma a los parientes de Gastón Vidaurrázaga, $270 millones a los de Abraham Muskablit y otros $90 millones a los de Felipe Rivera Gajardo. El abogado querellante Nelson Caucoto llamó a mirar la resolución desde una perspectiva positiva, pues es un juicio en el cual se llegó a la verdad y hubo reparación. "Nos queda pendiente el tema de la sanción penal, creemos que para crímenes horrorosos debe haber penas más sustantivas y mucho más elevadas", dijo. Agregó que "nos estamos acostumbrando con muy poco" frente al escenario que vivieron las víctimas "en una noche en que la CNI y la policía se volvieron locas en este país". Finalmente, dijo que esta causa quedará consagrada en la historia con una sentencia condenatoria, con una pena respetable para los jefes. "Hay que destacar que los jefes están siendo más condenados que los subordinados, lo que me parece un criterio correcto", señaló Caucoto, quien definió este crimen como "uno de aquellos imperdonables".


Los crímenes de Hualpén y la Vega Monumental

Fuente :liberacion.cl, Miércoles 30 de septiembre de 2009

Categoría : Prensa

Este 23 de septiembre, día en que recordamos 24 años del homicidio con explosivos de Jaime Orellana y Nelson Lagos en Chillán, se realizaron las reconstituciones de escena de los crímenes cometidos por los militares de las Fuerzas Armadas en comisión de servicio en la CNI donde con dedicación exclusiva procedían a planificar y ejecutar homicidios, algunos masivos como el del 23 de Agosto de 1984. Con un gran despliegue policial en que participaron numerosos efectivos de la PDI – algunos extrañamente encapuchados como en dictadura- y los efectivos del GOPE se llevó a efecto la reconstitución de escena a cargo del Ministro Carlos Aldana quien en compañía de su abogado secretario David Bravo y la Abogada del Departamento de Derechos Humanos del Ministerio del Interior Señora Magdalena Garcés participaron a objeto de esclarecer los hechos criminales en que fueron ejecutados los dirigentes de la zona Sur del MIR el 23 de agosto de 1984. En cada lugar donde se efectuaron las diligencias –Hualpén, Concepción y San Pedro – estuvieron presentes además de sus familiares y amigos, la Agrupación de Ejecutados Políticos del MIR de Concepción y organizaciones sociales de Hualpén. Se congregó numeroso público del sector y prensa de los distintos medios de comunicación que desde la distancia, -acordonada por los efectivos- estuvieron atentos a los movimientos que describían los hechos ocurridos en esos homicidios. Recordemos que en esta fecha fueron ejecutados siete compañeros miembros de la dirección Sur del MIR en la Operación denominada Alfa Carbón 1 por los Servicios de Seguridad de ese entonces cuyo objetivo era eliminar a los miembros de esa dirección del MIR. Durante ese Operativo simultáneo fueron asesinados en Concepción Nelson Herrera y Mario Lagos, y en Hualpén Luciano Aedo Arias, en Los Ángeles Mario Mújica y en Valdivia (Juan José Boncompte, Rogelio Tapia y Raúl Barrientos. Los ejecutores miembros de la CNI fueron comandados por Marcos Derpisch Miranda: Teniente Coronel de Ejército a cargo del operativo y secundado por Hugo José Hechenleitner Teniente Coronel de Ejército, quienes comparecieron hoy al lugar de los hechos junto a otros cinco miembros de la ex CNI para reconstituir los hechos en la calle Grecia esquina Nápoles en la actual Comuna de Hualpén donde fué asesinado Luciano Aedo Arias. Algunos de los nombres del escuadrón de la muerte que participaron en el operativo Alfa Carbón 1 en Concepción:

1. Marcos Derpisch Miranda: Teniente Coronel de Ejercito a cargo del operativo. Hoy continúa trabajando en la DINE , (Dirección de Inteligencia del Ejercito).

2. Hugo José Hechenleitner: Teniente Coronel su chapa era Antonio Martínez López.

3. Claudio Rodrigo Rosas Fernandez: Teniente Coronel de Ejército.

4. Víctor Manuel Muñoz Orellana: Sub Oficial del Ejercito su Chapa era Jaime Ricardo Marinovic Palma y fué quien disparó a Luciano Aedo.

5. Álvaro Corbalán Castilla (Mayor de Ejercito). Hoy preso en el Rissort de Punta Peuco.

6. Francisco Zúñiga Acevedo: Oficial de Ejercito. Ya fallecido, se fue sin pagar.

7. Jorge Mandiola Arredondo: Mayor de Ejercito.

8. Carlos Palma: Sub Oficial de Ejercito.

9. Leandro Montenegro (Sub Oficial de Ejercito) alias Farias.

10. Jorge Vargas: Civil.

11. Miguel Gajardo: Civil.

12. Andres Caris: Sub Oficial de Carabinero.

13. Egon Barra: Cabo de carabinero.

14. Rosa Humilde Ramos: Sub Oficial de Ejercito. La más temida dentro de sus pares. Le dicen " La Mala ".

15. Teresa Osorio: Sub Oficial de la Armada.

Estos son los que actuaron en la matanza de Concepción y Hualpén acompañados otro numeroso contingente de efectivos CNI, Ejercito, Carabineros y soplones.

En el caso de Los Ángeles donde asesinaron a Mario Mujica participaron en el numeroso contingente de malhechores:

1.- Bruno Antonio Soto Aravena

2.- José Artemio Zapata Zapata.

Actualmente se cree que uno de ellos dicen no se ha podido establecer cual, se encuentra viviendo en Los Ángeles y el otro en Concepción. Un tiempo breve los detuvieron y estuvieron presos, pero por supuesto al poco tiempo los soltaron y hoy gozan de plena libertad. Después de concluir en Hualpén la comitiva se trasladó al sector de la Vega Monumental donde fueron ejecutados Nelson Herrera y Mario Lagos luego de haberse rendido y descendido con las manos en alto desde el Taxi bus en que viajaban. Este hecho es una muestra clara de cómo se violaron los derechos del detenido que desarmados y sin capacidad de respuesta armada fueron acribillados en presencia de los transeúntes y pasajeros del Bus en que viajaban, lo que constituye un doble homicidio.Después de terminada la reconstrucción en Hualpén y Concepción el Ministro y su equipo de trabajo se trasladaron hasta la Población el  Recodo en el camino a Santa Juana donde la CNI procedió a allanar la casa de la familia de Nelson Herrera en la que resultara detenida su esposa Patricia Zalaquet. Hoy el Ministro Aldana ha obtenido en presencia de los imputados los detalles y características de estos crímenes que fueron presentados en esa época a la opinión pública como “enfrentamientos” de terroristas contra funcionarios de la CNI , aún cuando estos malhechores habían viajado expresamente desde Santiago para cometer los ilícitos. Cabe hacer notar como lo hizo a la prensa el propio Ministro Aldana que este caso judicial se encontraba en la archivado en la Fiscalía Militar desde donde fue recuperado al parecer por el Departamento de Derechos Humanos del Gobierno para trasladarlo a manos de la Justicia Civil quien ahora tendrá la labor de procesar y dictar sentencia aunque el mismo Ministro señalara que no descarta nuevas diligencias. Los Familiares de Ejecutados Políticos del MIR en Concepción esperamos mucho del señor Ministro, hasta el momento todas sus conclusiones en otros casos inculpan solo a los ejecutores materiales, al ultimo eslabón de la cadena de mando, al que haló del gatillo, dejando impune a los autores intelectuales y mandantes que daban las ordenes de asesinar, por ello es que esperamos que esta cadena del mando llegue hasta los Altos Mandos de las instituciones que disponían de aparatos de inteligencia con dedicación exclusiva para cometer crímenes y esos están incluso más arriba del propio Álvaro Corbalán Castilla (quien se excusó de asistir aunque participó en los hechos), por cuanto este bandido no se mandaba solo. Hoy trascendió que el Ministro habría sometido a proceso el segundo al mando de la CNI al que habría enviado en calidad de detenido al Regimiento Chacabuco, hasta el momento de escribir esta nota era solo un trascendido. Las órdenes de asesinar en una institución armada altamente jerarquizada y centralizada solo podia provenir desde el Estado Mayor de la Inteligencia con la debida aprobación y autorización del Gobierno de facto de los militares golpistas. Llama la atención que los ex dirigentes del MIR de ésa época una vez más no estén presentes apoyando a los familiares ni se hagan parte en las querellas por verdad y justicia, ni acometan iniciativas contra la impunidad, es posible que anden a la caza de votos en lugar de cazar criminales   .


Juez procesa a ex jefe CNI por torturas a Aguiló

Fuente :La Nación, 28 Enero 2010

Categoría : Prensa

El ministro de fuero Alejandro Solís definió, en su resolución, los apremios sufridos por el diputado PS como un delito de lesa humanidad y, por lo tanto, como “imprescriptibles e inadmistiables”. El ex jefe de la Central Nacional de Informaciones (CNI), Álvaro Corbalán, fue encausado como autor de los apremios contra el actual diputado socialista Sergio Aguiló, ocurridos en 1981 cuando era militante de la Izquierda Cristiana (IC).
“En mi criterio, la tortura es un delito de lesa humanidad y, por lo tanto, es imprescriptible y sería inadmistiable. Entonces, con ese propósito es que dentro del auto de procesamiento comencé por definir la tortura dentro de las normas de los tratados internacionales, llegando a la conclusión que corresponde exactamente a los maltratos que se le proporcionan a los prisioneros o detenidos en los tratados”. Con estas palabras el ministro de fuero Alejandro Solís explicó el alcance del concepto tortura, en la resolución dada a conocer ayer, donde encausó al ex jefe operativo de la Central Nacional de Informaciones (CNI), Álvaro Corbalán, al brigadier (R) Roberto Schmied, al coronel (R) Alejandro Morel y al suboficial de Carabineros (R) Manuel Gallardo como autores de los apremios contra el actual diputado socialista Sergio Aguiló Melo, ocurridos en 1981 cuando era militante de la Izquierda Cristiana (IC). Asimismo, procesó a los agentes Sergio Díaz y Carlos Ruperto Contreras como cómplices del mismo hecho que tuvo lugar “el 4 de diciembre de 1981 (…) cuando lo trasladan al recinto de calle Borgoño (de Investigaciones), en cuyo subterráneo, con la vista vendada, fue torturado durante diez días, mediante la aplicación de corriente eléctrica en su cuerpo, mientras era interrogado sobre sus vínculos con la IC y para que delatara a sus miembros”, reseña la resolución. Todos los procesados -menos Corbalán, que cumple condena por diversos casos de violación de los derechos humanos- fueron notificados, detenidos y se les impuso una fianza como condición para concederles la libertad, previa consulta a la Corte de Apelaciones de Santiago. Fernández “desentendido” En la querella presentada por Aguiló, siempre se sostuvo que el decreto que autorizó su detención -que lo mantuvo cuatro meses en la cárcel con temor a que le hicieran algo a su pequeña hija de un año y su esposa- fue firmado por el entonces ministro del Interior Sergio Fernández, quien a su juicio tenía responsabilidad en los hechos como cómplice. Pese a esto, el juez Solís no lo encausó. Al respecto, el magistrado sostuvo que la otrora autoridad del régimen militar reconoció que a él le proporcionaban las nóminas respecto a los arrestos pero que tras firmarlos “él se desentendía del paradero que pudiera tener cada caso”. Las secuelas sicológicas y físicas de Aguiló, además de los testimonios de otros detenidos y del actual senador Ignacio Walker -quien en su calidad de abogado de la Vicaría de la Solidaridad lo liberó en abril de 1982- fueron consideradas por el ministro para dictar esta resolución.


Condenan a ex agentes de la CNI por muerte de opositores en 1981

Fuente :El Mostrador, 18 de Marzo 2010

Categoría : Prensa

Dentro de los implicados figuran Álvaro Corbalán Castilla, Alejandro Astudillo Adonis, Fernando Rojas Tapia y Enrique Sandoval Arancibia. La justicia condenó este martes, en primera instancia, a cuatro ex agentes de la dictadura de Augusto Pinochet por la muerte de cuatro opositores asesinados en 1981 en los alrededores de Santiago, informaron fuentes judiciales.
El juez Joaquín Billard sentenció a doce años de prisión a Álvaro Corbalán Castilla y a Alejandro Astudillo Adonis, ambos ex miembros de la temible Central Nacional de Inteligencia (CNI).
Además, fijó seis años de presidio para Fernando Rojas Tapia y para Enrique Sandoval Arancibia, también ex agentes de la CNI. En cambio, Luis Correa Soto, procesado en este caso, fue absuelto al acreditarse su falta de participación en los hechos. Los cinco habían sido procesados en abril de 2008 por los homicidios de cuatro militantes de izquierda ocurridos el 10 de noviembre de 1981 en el sector cordillerano de Las Vizcachas.
Las víctimas eran Juan Ramón Soto Cerda y Jaime Alfonso Cuevas Cuevas, ambos militantes del Partido Socialista, y Luis Pincheira Llanos y Nelson Luis Araneda Loaiza, que eran miembros del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR). Sus cuerpos fueron hallados en un automóvil incendiado frente a la casa del entonces ministro de Relaciones Exteriores, René Rojas. Según organizaciones de izquierda y familiares de víctimas de violaciones a los derechos humanos, los cuatro militantes fueron asesinados tras ser detenidos por la policía secreta, que después incendió el automóvil y escenificó en el lugar un falso enfrentamiento.Un peritaje de la Policía de Investigaciones acreditó que las víctimas no causaron los impactos  que recibió el automóvil de la Central Nacional de Inteligencia (CNI), como la dictadura quiso hacer creer en ese tiempo. El juez también determinó que el Fisco y los cuatro condenados deben entregar solidariamente a siete familiares de las víctimas 30 millones de pesos.


Magistrado Carroza imputa a cinco ex miembros de la CNI por casos de detenidos desaparecidos

Fuente :Radio Universidad de Chile, 8 de Octubre 2010

Categoría : Prensa

Fueron cinco las acusaciones que dictó el ministro en visita Mario Carroza en contra de ex agentes de la CNI por la desaparición de un grupo de militantes del Frente Patriótico Manuel Rodríguez, el último ocurrido durante la dictadura que encabezó Augusto Pinochet. Entre los acusados están el ex general de Ejército Hugo Salas Wenzel, además del ex jefe operativo de la CNI, Álvaro Corbalán Castilla, y los agentes Kranz Bauer, Arturo Sanhueza Ross e Iván Quiroz Ruz.
Los militantes del FPMR desaparecidos son Gonzalo Fuenzalida Navarrete, Julio Muñoz Otárola, Manuel Sepúlveda Sánchez, Alejandro Pinochet Arenas y Julián Peña Maltés. En la acusación presentada por el ministro Carroza afirma que los cinco frentistas fueron detenidos para realizar un canje con el entonces secuestrado teniente coronel Carlos Carreño.


Magistrado Carroza imputa a cinco ex miembros de la CNI por casos de detenidos desaparecidos

Fuente :Radio Universidad de Chile, 8 de Octubre 2010

Categoría : Prensa

Fueron cinco las acusaciones que dictó el ministro en visita Mario Carroza en contra de ex agentes de la CNI por la desaparición de un grupo de militantes del Frente Patriótico Manuel Rodríguez, el último ocurrido durante la dictadura que encabezó Augusto Pinochet. Entre los acusados están el ex general de Ejército Hugo Salas Wenzel, además del ex jefe operativo de la CNI, Álvaro Corbalán Castilla, y los agentes Kranz Bauer, Arturo Sanhueza Ross e Iván Quiroz Ruz.
Los militantes del FPMR desaparecidos son Gonzalo Fuenzalida Navarrete, Julio Muñoz Otárola, Manuel Sepúlveda Sánchez, Alejandro Pinochet Arenas y Julián Peña Maltés. En la acusación presentada por el ministro Carroza afirma que los cinco frentistas fueron detenidos para realizar un canje con el entonces secuestrado teniente coronel Carlos Carreño.


Nueva Acusacion por secuestro contra Alvaro Corbalan

Fuente :La Nación, 27 de Diciembre 2011

Categoría : Prensa

El ministro en vista de la Corte de Apelaciones de Santiago, Alejandro Madrid dictó acusación en la investigación por el secuestro calificado de Sergio Ruiz Lazo (21 de diciembre de 1984) contra los ex agentes de la (CNI) Álvaro Corbalán Castilla y Aquiles González Cortés.
Martes 27 de diciembre de 2011| por Nación.cl El ministro en vista de la Corte de Apelaciones de Santiago Alejandro Madrid Crohare dictó acusación en la investigación por el secuestro calificado de Sergio Ruiz Lazo, ocurrido el 21 de diciembre de 1984, en la Región Metropolitana. El magistrado responsabilizó del delito a los ex agentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI) Álvaro Corbalán Castilla y Aquiles González Cortés . La investigación judicial determinó que: “El día 21 de diciembre de 1984, en una hora indeterminada, dejó de verse y de tenerse noticias de Sergio Fernando Ruiz Lazo, quien pertenecía al Movimiento de Izquierda Revolucionario, MIR, y al que otras personas que se encontraban privadas de libertad, a la fecha, en el recinto de la Central Nacional de Informaciones (CNI) -órgano de inteligencia del Gobierno de la época-, conocido como Cuartel Borgoño, donde operaba específicamente la Unidad identificada como Azul de dicho órgano; dicen haber oído mencionar por agentes aprehensores en dicho lugar, o bien haber tenido información a su respecto; permaneciendo éste por un espacio indeterminado de tiempo en dicho recinto de detención, para ser posteriormente sacado con destino desconocido, no volviendo a tenerse noticias de él, hasta el día de hoy”. La acusación fue notificada a la parte querellante y al Programa de Derechos Humanos del Ministerio del Interior para que determinen si adhieren a la formulación de cargos o presentan acusación particular.


Historia de la CNI

Fuente :puntofinal.cl, edición Nº 772, 7 de diciembre, 2012

Categoría : Prensa

Alvaro Julio Corbalán Castilla ingresó a la Escuela Militar en 1966. Su nivel de rendimiento fue enteramente normal, destacándose sólo por sus aficiones artísticas e integrando desde ese año el Círculo Musical del instituto. Siempre se caracterizó por su capacidad de convencimiento, tenor en el que registra algunas ilustrativas anécdotas. Lo normal es que las recogidas ordinarias de los cadetes, después de una salida de fin de semana, sean hasta las 23 horas del día domingo. Pero el cadete Alvaro Corbalán siempre exhibió pericia para conseguir horas extra de permiso. 

Durante 1968, estaba destinado en la Escuela Militar el entonces teniente Gerardo Urrich González, uno de los oficiales más estrictos y exigentes de que se tenga memoria en ese instituto. En varias oportunidades, estando él como oficial de servicio, atendió requerimientos telefónicos del cadete Corbalán para que se le autorizara a recogerse más tarde. 

– Mi teniente, la verdad es que estoy guitarreando-, era el invariable argumento del cadete. 

Lo que a todos resultaba sorprendente es que Urrich accedía a sus peticiones. Corbalán vivía en los festivales de la canción organizados por los colegios privados de niñas del barrio alto. Junto con los cadetes Luciano García, Jaime Muñoz, Manuel Ibáñez, Jaime Mesina, Rafael Cruz y Marcos Correa, formaron el conjunto Voces de Manquehue, que ganó competencias musicales en las Monjas Argentinas, el Colegio Universitario Salvador, el Saint John Villa Academy y el de las Monjas Inglesas, entre otros (1). 

El teniente Arturo Astete Bascuñán -primo del folklorista Willy Bascuñán- fue un entusiasta promotor del talento como compositor e intérprete del subalférez Corbalán. En 1969, el prometedor artista vendió los derechos de la canción folklórica “Lunita atacameña”. Años después, en diciembre de 1973, Corbalán firmó un contrato con Odeón para realizar varias grabaciones al año. Pero el joven oficial, no obstante sus habilidades con la voz y con los dedos, ya estaba pensando en otros horizontes. 

En 1970, Corbalán, siendo alumno del segundo curso militar y habiendo escogido el arma de Artillería, alcanzó el grado de subbrigadier. En 1971, después de un curso de 45 días que se desarrolló en Fort Gulick, en la Escuela de las Américas, en la zona estadounidense del Canal de Panamá, el subteniente Corbalán realizó el curso de requisito en la Escuela de Artillería de Linares. Posteriormente, en agosto de ese mismo año, fue destinado al grupo de artillería del Regimiento Pudeto, en Punta Arenas. 

De su permanencia en tal unidad, no se conocen más antecedentes que una graciosa historia. Mientras se desempeñaba como observador adelantado de una batería de artillería y en ejercicio de tiro con munición de guerra, el subteniente Corbalán hizo una corrección equivocada. Como resultado, un proyectil mató a unos quince corderos. Después de los reclamos del propietario, el comandante del regimiento dispuso que Corbalán pagara los animales muertos. Los más complacidos con el error fueron los soldados conscriptos de la batería, los que pudieron comer cordero magallánico preparado de diversas maneras durante varios días. 

No se ha logrado precisar con exactitud cuándo el joven oficial inició sus labores en Inteligencia. Es viable suponer que entre 1971 y 1972 haya sido incorporado al Departamento II de Inteligencia de la Quinta División de Ejército, con asiento en Punta Arenas. 

En 1975, mientras estaba destinado en el regimiento Tacna, en Santiago, el teniente Corbalán efectuó el curso básico de Inteligencia en la escuela de Nos, desde donde fue destinado a lo que entonces se conocía como Cuerpo de Inteligencia del Ejército, CIE, (hoy Batallón de Inteligencia del Ejército, BIE) unidad que se ubicaba en la esquina de García Reyes con la avenida Bernardo O’Higgins. 

Al año siguiente, Corbalán solicitó permiso, y lo obtuvo, para asistir al Curso Especializado, obteniendo así la mención en servicio secreto, luego de lo cual alcanzó el segundo mando del Departamento de Servicio Secreto, DSS, al interior del CIE. Ese mismo año, inspirado por sus crecientes éxitos, compuso la letra y música del himno de la Escuela de Inteligencia: “Somos hijos de la escuela del silencio”. 

Corbalán pasó entonces a integrar la denominada Comunidad de Inteligencia, dirigida por Odlanier Mena, del ejército; Enrique Ruiz, jefe de la Dirección de Inteligencia de la Fach; Rubén Romero, general de Carabineros y Ariel González, capitán de navío, de la Armada. En esa comunidad se dio forma al Comando Conjunto, grupo que se especializó en la cacería de comunistas, y que era dirigido por el comandante Edgar Ceballos Jones, perteneciente a la Fach. 

Ceballos, conocido como “el comandante Cabezas”, creó bajo él un mando integrado por Daniel Gimpert, de la Armada; Agustín Muñoz Gamboa, de Carabineros; Roberto Fuentes Morrison, de la Fach, y Alvaro Corbalán, del ejército (2). 

Entre fines de 1976 y comienzos de 1977, Corbalán logró su primer gran triunfo como agente de servicio secreto. Con la colaboración del sacerdote español Felipe Gutiérrez, capellán de la Segunda División de Ejército, logró una completa infiltración de la estructura administrativa y humana de la Arquidiócesis de Santiago, lo que implicó la realización de penetraciones nocturnas clandestinas y el fotografiado en microfilmes de documentos reservados relativos a los aportes económicos exteriores que recibía la Iglesia Católica en Chile. El informe, realizado en un video, con relatos del capellán Gutiérrez, incluyó antecedentes sobre obispos, vicarios, sacerdotes y diáconos. 

En 1978, el ya capitán Alvaro Corbalán estructuró su primera red de servicio secreto, dada la situación de emergencia que podía desembocar en un conflicto bélico con Argentina. Montó la agencia de viajes Cordillera Tour y con la colaboración de agentes que trabajaban camuflados en LAN Chile, viajó continuamente a Perú, Bolivia, Argentina y Panamá. En esa labor contó con una ayudante excepcional: Jacqueline Caillaux, casada más tarde con un oficial de ejército que formó parte de la CNI y que fue uno de los más entusiastas seguidores de Corbalán. Aquellos recorridos despertaron en el joven capitán grandes ambiciones que también demandaban subidos gastos. A los pocos meses, aquella “pantalla” del espionaje criollo fue investigada y cerrada por el comandante del CIE, el teniente coronel Roberto Schmied Sanzi, quien detectó algunos manejos irregulares de dineros fiscales. 

Aparentemente, las anomalías financieras existieron; lo discutible es si fue o no real el contexto en el que, según versiones posteriores, habrían ocurrido. Se dijo que Corbalán se vio obligado a echar mano a tales dineros ya que sus ingresos normales no le permitían financiar un encendido romance con una despampanante rubia funcionaria del gobierno militar. Es probable que tal relación nunca haya existido y que el propio Corbalán se hubiese encargado de propalar una versión interesada al respecto. 

Poco tiempo después, el comandante Schmied habría puesto a Corbalán a disposición del director de Inteligencia del ejército, por entonces el general René Orozco. Este, a su vez, lo habría enviado a presentarse ante el general Carlos Forestier, vicecomandante en jefe del ejército. 

Según Corbalán contó a algunos de sus amigos, Forestier, después de los gritos de rigor, le habría comunicado que se iría destinado al regimiento de artillería Miraflores de Traiguén, unidad considerada de castigo para los oficiales de tal arma. Corbalán le habría respondido: 

– ¡Mi general, un agente secreto vale más que una división del ejército! 

La respuesta del capitán no le hizo la menor gracia al irascible general, notificando a Corbalán que daría curso a su baja del ejército. 

Ante ello, Corbalán recurrió a un último recurso: 

– ¡Mi general, no olvide todo lo que yo sé! 

Semanas después, el general Forestier comunicó a la institución que el capitán Alvaro Corbalán Castilla, bajo la identidad falsa de Alvaro Valenzuela Torres, había sido comisionado a cumplir servicios en la Central Nacional de Informaciones. 

Al llegar a la CNI en 1979, el coronel Jorge Carrasco -el “Negro” Carrasco- ofreció a Corbalán su apoyo, en la perspectiva “de dar otra oportunidad a un hombre valioso que metió la pata”, según explicaría años después en un corrillo de camaradas de armas. 

Se ignora cuál fue el apoyo, pero sí es un hecho real que Alvaro Corbalán empezó a brillar vigorosamente en una carrera meteórica. Algunos de sus partidarios le atribuyeron características excepcionales, como la pasión con la que acometía todo lo que emprendía, luego de una calculada y fría planificación. En el aspecto físico -y en ello todos coinciden- su resistencia era notable. Podía trabajar durante 16 horas o más y recuperarse con sólo cuatro horas de sueño. Nunca bebió alcohol ni fumó. Se alimentaba de jugos, frutas, enlatados y derivados lácteos. Jamás hizo un desarreglo alimenticio. Tenía, sin embargo, tres grandes debilidades: la Fanta, la Orange Crush y los pasteles con crema. 

Una de las peculiares habilidades demostradas por Corbalán en la CNI fue el adiestrar a sus hombres en un verdadero juego de gatos y ratones. La gran mayoría de las veces, Corbalán y sus agentes supieron con mucha antelación quiénes eran y dónde estaban los principales dirigentes de los grupos armados de Izquierda. ¿Por qué no los detuvieron o reprimieron apenas conocido su paradero? La respuesta es conocida por algunos de los hombres que trabajaron en la CNI. Y es simple. Corbalán dilataba las operaciones para obtener mayores presupuestos. Un seguimiento y detención que podía costar un millón de pesos y efectuarse en una semana, era extendido por meses, lográndose crecientes beneficios económicos. Eso, aparte de los “botines de guerra”. 

En el ataque casi simultáneo contra dirigentes del MIR en las calles Janequeo y Fuente Ovejuna, el 7 de septiembre de 1983, se obtuvo un valioso botín. En una filmación efectuada por agentes de la CNI en aquella ocasión en Fuente Ovejuna 1330, el periodista Ricardo Coya, colaborador de la CNI, aparece en cámara afirmando que en ese lugar se había encontrado una cantidad de dinero. Allí fue abatido Arturo Villabela Araujo uno de los dirigentes del MIR (*). 

Similares pérdidas sufrían casi diariamente centenares de militantes de Izquierda cuyas casas eran allanadas y sus moradores arrestados. Los hombres de Corbalán arrasaban con todo. A la hora de los repartos, sin embargo, la mayor tajada de lo recaudado quedaba en el escritorio de Corbalán, en su oficina del cuartel de Borgoño. Esa costumbre, muchos no se la perdonaron jamás. 

En la CNI, Corbalán se fue rodeando de un núcleo de agentes y empleados civiles de su absoluta confianza. Primero como jefe de la Brigada Antisubversiva, luego de la División Metropolitana y más tarde de todas las unidades existentes en el cuartel Borgoño, acumuló un poder sólo comparable al de su director, el general Humberto Gordon. Más tarde, con Gordon en la Junta Militar, Corbalán se las ingenió para conseguir lo que deseaba, saltándose las instrucciones de sus respectivos jefes directos. Junto a sus labores de principal jefe operativo de la represión, se desempeñó también como presidente de Avanzada Nacional y de la Corporación para la Paz (Corpaz) fachadas políticas de la CNI. 

Entre sus hombres de confianza destacaron Hugo Alarcón Vergara, un ex chofer de la Escuela de Inteligencia, ENI; el suboficial (r) de Carabineros Juan Carlos Vergara Gutiérrez (“El Punta”), jefe de su plana mayor; e Higinio Barra Vega (“Don Gabriel”). 

En julio de 1989, Corbalán mantenía un equipo de 19 empleados civiles integrados a su núcleo cercano. Ellos eran Francisco Barra Puentes, Ginno Carrasco Concha, Marcelo Charrier Ferrer, Jorge Domínguez Betancourt, Raúl Escobar Muñoz, Francisco Gajardo Quijada, Nelson González Oporto, Víctor González Salgado, Miguel Fernández Sabat, Jorge Meneses Arcauz, Lidia Merino Medel, Víctor Monsalve Oyarzo, Hans Muller Leiva, Fernando Nilo Cerecer, Juan Olivares Carrizo, Luis Penrros Guerrero, Adonis Rigoletti Gaete, Héctor Rubilar Pinto y Oscar Villagra Rodríguez. 

Su brigada especial, de enlaces, guardia y motoristas, en tanto, la componían: Francisco Zúñiga Acevedo (“Félix Catalán Cueto”), Jorge Vargas Bories (“Jorge Polanco Lira”), Higinio Barra Vega (“Eugenio Riveros Cáceres”, “Don Gabriel”), Ana María Rubio de la Cruz (“María Soledad Barrera Lagos” o “Marisol”), José Ampuero Ulloa (“Miguel Carrera Poblete”), Guido Jara Brevis (“Hernán Cepeda Soto”), Miguel Gajardo Quijada (“Patricio Herrera Conejeros”, “Anteojitos”, “Hormiga”), Juan Pastenes Osses (“Juan Neira Asenjo”), Gerardo Charrier Ferrer (“John Ramírez Pérez”), Gonzalo Benavente Conejeros (“José Ríos Donoso”), Héctor Rubio Magallanes (“Héctor Gómez Gaete”), José Ascencio Jara (“Guillermo Rocha Díaz”), Juan Vergara Gutiérrez (“Víctor Fernández Gaete”), Juan Olivares Carrizo (“Juan Reynoso Rodríguez”), Oscar Villagra Rodríguez (“Julio Baeza”), José Meneses Arcauz (“Adolfo Guerrero”, “Shogún”), Jorge Domínguez Betancourt (“Matías Espínola”, “Capitán Matías”), Víctor González Salgado (“Iván Gómez”), Marcelo Charrier Ferrer (“César Durán”), Nelson González Oporto (“Juan Muñoz”, “Pichindunga”), Francisco Gajardo Quijada, Francisco Barra Puente (“Claudio”), Héctor Rubilar Pinto (“Junior”), Hans Muller Leiva (“Jorge Ramírez Donoso”) y Rodemil Madariaga Parra. 

Corbalán vivió su época dorada en el primer quinquenio de los 80, cuando afianzó su poder en la CNI, empezó a incursionar en la política a través de Avanzada Nacional y se transformó en uno de los reyes de la menguada bohemia que existía en Santiago. “El Faraón”, como le llamaban los agentes de la represión, se relacionó estrechamente con algunos ejecutivos de Televisión Nacional y, a través de ellos, conoció a la exuberante Maripepa Nieto, una vedette española que José Aravena, el dueño de la boite La Sirena, trajo por primera vez a Chile en 1981 y que luego se transformó en la gran estrella de los programas nocturnos de TVN y en pareja del jefe operativo de la policía secreta de la dictadura militar. 

Temido y admirado por sus hombres, Corbalán frecuentaba locales como La Casa de Canto, La Casa de Cena, Don Carlos y los Rodizzio de Bellavista y Apoquindo; efectuaba periódicas recepciones en su casa de dos pisos en El Arrayán -con sauna, jacuzzi y piscina-, cuyo origen nunca pudo explicar, y se instalaba en el hotel O’Higgins de Viña del Mar o en su casa de Papudo, en la época del festival de la canción y cuando decidía darse algunos días de descanso. 

Maripepa Nieto iba y venía desde España y algunos cercanos a Corbalán sospechaban que en esos viajes llevaba encargos del oficial de la CNI, entre ellos remesas de dólares para depósitos a plazo que nunca lograron detectarse. El romance culminó a fines de los años 80. La curvilínea española volvió a Chile a comienzos de los años 2000 para ayudar a su hermana Rosario, detenida en el Centro de Orientación Femenina acusada de tráfico de drogas, oscuro mundo al que fue arrastrada por un hombre vinculado a los servicios de seguridad y que conocía perfectamente a Corbalán (3). 

Notas: 

(1) Sobre Alvaro Corbalán, ver serie de publicaciones “exclusivas” acerca de su vida en la revista Cosas , en diciembre de 1988 y enero de 1989. También María Eugenia Camus: “Prontuario de sangre y fuego”, revista Análisis , 25 de mayo de 1992; Osvaldo Muray: “Terremoto en la CNI”, revista Cauce , 18 de julio de 1988 y, revista Cien Aguilas , 1968. 

(2) Ver: Héctor Contreras y Mónica González: Los secretos del Comando Conjunto , Las Ediciones del Ornitorrinco, Santiago de Chile, noviembre de 1991. 

(3) Ana María Sanhueza: “Alvaro Corbalán: el amor más peligroso de Maripepa”; Siete+7 , 27 de junio de 2003. Ver también Héctor Rojas M.: “Hermana de Maripepa Nieto tenía una extensa red de compradores de cocaína”; La Tercera , 15 de junio de 2003 y Patricio Carrera: “Investigan el círculo íntimo de hermana de Maripepa Nieto”, La Tercera , 19 de julio de 2003. 

(*) La noche del 7 de septiembre de 1983 un comando operativo de la CNI aniquiló a cinco militantes del MIR que vivían en la clandestinidad en Santiago. El primer golpe fue un ataque a la vivienda de Fuente Ovejuna 1330, Las Condes. Ahí cayeron acribillados Arturo Villabela Araujo, ingeniero, miembro de la comisión política del MIR, y los militantes Lucía Vergara Valenzuela y Sergio Peña Díaz. Los tres habían regresado clandestinos al país. Poco después, el mismo comando atacó la casa de calle Janequeo 5707, Quinta Normal, donde vivían Hugo Ratier Noguera, miembro del comité central del MIR, y el militante Alejandro Salgado Troquián y familiares de este último. Salgado fue abatido en la calle y Ratier en el patio de la vivienda. 

Se dijo que ambas acciones de terrorismo de Estado fueron en represalia por la muerte del intendente de Santiago, general (r) Carol Urzúa Ibáñez, ultimado en una emboscada montada por el MIR el 30 de agosto de 1983 en Las Condes (N. de PF). 

Por Manuel Salazar Salvo **

** El periodista Manuel Salazar, redactor de Punto Final , lanza a través de LOM Ediciones el segundo tomo de Las letras del horror , cuyo primer volumen estuvo dedicado a la Dina. En esta obra se realiza una descripción pormenorizada del desigual enfrentamiento entre el PC, MIR y FPMR que lentamente comienzan a reestructurarse, y las operaciones criminales de los organismos represivos (Operación Albania, Operación Machete, Misión Alfa Carbón, Carrizal, Lo Barnechea, Quilicura, Las Vizcachas, etc.), además de innumerables secuestros, asesinatos y desapariciones. Detalla también las estrategias de varios militares y civiles que, al vislumbrar el fin de la dictadura, recurrieron a asociaciones ilícitas y empresas fantasmas para asegurarse un holgado retiro. 

Este adelanto corresponde a un aspecto del Capítulo VII, titulado “La Cofradía de los Impunes”. 

Publicado en “Punto Final”, edición Nº 772, 7 de diciembre, 2012 


Condenan a ex agentes CNI por secuestro de militante del MIR

Fuente :Radio Bio Bio, 05 de Diciembre 2013

Categoría : Prensa

El ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago, Miguel Vázquez, dictó sentencia de primera instancia por el secuestro calificado de Sergio Ruiz Lazo, ocurrido a partir de diciembre de 1984, en la Región Metropolitana. En la resolución de la causa, el magistrado condenó a 8 años de presidio efectivo a los ex jefes de la Central Nacional de Informaciones (CNI) Álvaro Corbalán Castillo y Aquiles González Cortés por su responsabilidad, en calidad de autores, del delito de secuestro calificado. En el aspecto civil, el fallo acoge la demanda presentado por familiares de la víctima en contra del fisco, ordenando el pago de una indemnización de 70 millones de pesos. De acuerdo a los antecedentes de la causa, se logró establecer que Sergio Fernando Ruiz Lazo pertenecía al Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), al menos desde el año 1972 y, a consecuencia del golpe militar del 11 de septiembre de 1973, fue detenido en diferentes oportunidades, abandonando el país en calidad de exiliado político, radicándose en Francia. También que estando en Francia participó en diversas reuniones de carácter político y regresó clandestinamente al país en 1983, entrando y saliendo en varias oportunidades, también en forma ilegal, ingresando nuevamente al territorio nacional los primeros días de diciembre de 1984, manteniendo contacto con sus familiares y/o compañeros de partido hasta el día 20 de diciembre de 1984. Y, finalmente, que a contar del 20 de diciembre de 1984 se perdió todo contacto con el indicado Ruiz Lazo, pero otras personas que se encontraban privadas de libertad a esa fecha en el recinto conocido como “Cuartel Borgoño”, que pertenecía a la Central Nacional de Informaciones (CNI), órgano de inteligencia del Gobierno Militar de la época, donde operaba específicamente la Unidad Azul, encargada de la represión del indicado movimiento MIR, escucharon en forma directa o a través de agentes de dicho órgano que se encontraba recluido en dicho recinto en esa misma fecha, siendo sometido a interrogatorios bajo tortura por un espacio indeterminado de tiempo, desapareciendo sin volver a tenerse noticias de él hasta la actualidad. El ministro Vázquez determinó que una vez que la sentencia quede ejecutoriada, se indague la eventual responsabilidad de otros agentes de la CNI en el secuestro calificado. Sergio Fernando Ruiz Lazo era casado, tenía dos hijos y se desempeñaba como técnico textil.


Ministro Miguel Vázquez dicta condena contra ex agentes de la CNI por el secuestro de Sergio Ruiz Lazo

Fuente :pjud.cl, 5 de Diciembre 2013

Categoría : Prensa

El ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago, Miguel Vázquez, dictó sentencia de primera instancia por el secuestro calificado de Sergio Ruiz Lazo, ocurrido a partir de diciembre de 1984, en la Región Metropolitana. En la resolución de la causa, el magistrado condenó a 8 años de presidio efectivo a los ex jefes de la Central Nacional de Informaciones (CNI): Álvaro Corbalán Castillo y Aquiles González Cortés por su responsabilidad, en calidad de autores, del delito de secuestro calificado. En el aspecto civil, el fallo acoge la demanda presentado por familiares de la víctima en contra del fisco, ordenando el pago de una indemnización de $ 70.000.000 (setenta millones de pesos). De acuerdo a los antecedentes de la causa, se logró establecer los siguientes hechos:

“a) Que Sergio Fernando Ruiz Lazo pertenecía al Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), al menos desde el año 1972 y, a consecuencia del golpe militar del 11 de septiembre de 1973, fue detenido en diferentes oportunidades, abandonando el país en calidad de exiliado político, radicándose en Francia.

b) Que estando en Francia participó en diversas reuniones de carácter político y regresó clandestinamente al país en el año 1983, entrando y saliendo en diversas oportunidades, también en forma ilegal, ingresando nuevamente al territorio nacional, los primeros días de diciembre de 1984, manteniendo contacto con sus familiares y/o compañeros de partido hasta el día 20 de diciembre de 1984.

c) Que a contar del 20 de diciembre de 1984, se perdió todo contacto con el indicado Ruiz Lazo, pero otras personas que se encontraban privadas de libertad a esa fecha en el recinto conocido como “Cuartel Borgoño”, que pertenecía a la Central Nacional de Informaciones (CNI), órgano de inteligencia del Gobierno Militar de la época, donde operaba específicamente la Unidad Azul, encargada de la represión del indicado movimiento MIR; escucharon en forma directa o a través de agentes de dicho órgano, que aquel estaba recluido en dicho recinto en esa misma fecha, siendo sometido a interrogatorios, bajo tortura, por un espacio indeterminado de tiempo, desapareciendo sin volver a tenerse noticias de él, hasta el día de hoy”, sostiene el fallo

.La resolución agrega: “Los hechos que se han tenido por establecido en el motivo anterior, configuran la hipótesis penal que contempla el artículo 141 incisos  1 y 3 del Código Penal, correspondiendo al delito de secuestro con grave daño en la persona de Sergio Fernando Ruiz Lazo, en su redacción vigente a la época de comisión del hecho punible, aplicable por expreso mandato de los artículos 19 N° 3 inciso 7 de la Constitución Política de la República y 18 del Código Penal, sancionado con la pena de presidio mayor en cualquiera de sus grados, toda vez que tal hecho debe ser calificado por el tiempo en que se prolongó la acción por más de 90 días, lo que evidencia un acto determinado y resuelto en contra de la libertad de la víctima, siendo retenida en contra de su voluntad a partir del día 21de diciembre de 1984, prolongándose esta situación hasta el día de hoy, ignorándose su paradero”. Asimismo, se sostiene que: “El indicado delito debe ser calificado como de lesa humanidad al tenor de lo dispuesto en el artículo sexto del Estatuto del Tribunal Militar Internacional de Nuremberg, que en su letra c) considera como crímenes contra la humanidad “el asesinato, la exterminación, esclavización, deportación y otros actos inhumanos cometidos contra población civil antes de la guerra o durante la misma; la persecución por motivos políticos, raciales o religiosos en ejecución de aquellos crímenes que sean competencia del tribunal o en relación con los mismos, constituyan o no una vulneración de la legislación interna del país donde se perpetraron”. De lo antes transcrito aparece que para ser considerado como tal debe tratarse, entre otros, de un acto que atente contra la persona humana, perteneciente a la población civil, que la persecución se efectúe por motivos de índole político, racial o religioso, constituya o no una vulneración de la legislación interna. En este caso, se trata de la detención de una persona, respecto de la cual nunca más se supo –secuestro- hasta el día de hoy, cuya motivación ha sido de orden político, perpetrado por agentes del Estado en una organización –Central Nacional de Informaciones– que tenía toda una estructura, en forma específica, para la persecución, ubicación y detención de los miembros del MIR y, en su caso, hacerlos desaparecer.En estos antecedentes se acreditó suficientemente que actuaron Agentes del Estado, con el objetivo preciso de detener a la víctima exclusivamente por motivos políticos, ejecutándose el hecho con ocasión de una política de represión de un sujeto por su pensamiento, lo  que resulta atentatorio contra la persona humana”. Además, el ministro Vázquez determinó que una vez que la sentencia quede ejecutoriada, se indague la eventual responsabilidad de otros agentes de la CNI en el secuestro calificado de Ruiz Lazo.


Corte Ratifica condena de 8 años para ex-CNI Alvaro Corbalan

Fuente :La Nación, 12 de Junio 2014

Categoría : Prensa

El ex jefe operativo de la CIN fue declarado culpable del secuestro calificado de un militante del MIR en 1984, que fue torturado en el “Cuartel Borgoño”.  

La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó este jueves la condena a ocho años de prisión de dos antiguos agentes de la dictadura de Augusto Pinochet en Chile por el secuestro calificado (desaparición) de un militante opositor en diciembre de 1984, informaron fuentes judiciales.

La resolución unánime, de la Cuarta Sala del tribunal de alzada, ratificó el fallo de primera instancia dictado por el juez especial Miguel Vásquez contra el ex mayor del Ejército Alvaro Corbalán Castilla y el coronel retirado Aquiles González Cortés, ambos pertenecientes a la desparecida Central Nacional de Informaciones (CNI). Corbalán Castilla fue jefe operativo de la CNI, organismo que sucedió a la DINA como principal cuerpo represivo de la dictadura, en tanto González comandaba una de las brigadas de la organización y ambos han sido condenados en otros juicios por violaciones a los derechos humanos.

Sergio Ruiz Lazo, la víctima, era un dirigente sindical y militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) que ingresó de forma clandestina a Chile en 1983 para incorporarse a la resistencia contra la dictadura después de haber vivido varios años exiliado en Francia, con prohibición de regresar a su país. Ruiz se exilió después de haber estado encarcelado dos veces en los años 70 y de haber pasado por los cuarteles secretos de la DINA, en los que fue torturado.

De 34 años, Ruiz Lazo fue secuestrado el 20 de diciembre de 1984 por agentes de la CNI que lo llevaron al llamado “Cuartel Borgoño” del organismo, donde según testimonios de supervivientes fue torturado durante varios días, hasta que no se le volvió a ver. En la parte civil del juicio, la Corte confirmó el pago de una indemnización fiscal de 70 millones de pesos (unos 127.000 dólares) a los familiares de la víctima.


8 años más de presidio para ex jefe CNI Alvaro Corbalán

Fuente :La Nación, 12 de febrero de 2015

Categoría : Prensa

Segunda Sala de la Corte Suprema dictó sentencia definitiva por el caso del secuestro calificado del mirista Sergio Ruiz Lazo, detenido en 1984 y desaparecido tras su paso por el denominado cuartel Borgoño. La Corte Suprema dictó 8 años de presidio contra el ex jefe de la Central Nacional de Informaciones (CNI) Álvaro Corbalán Castilla, y el ex jefe operativo de la "Brigada Azul" del organismo represor, Aquiles González Cortés, por su responsabilidad en el secuestro calificado del mirista Sergio Ruiz Lazo, ocurrido a partir del 21 de diciembre de 1984 en Santiago. En fallo dividido, la Segunda Sala del máximo tribunal integrada por los ministros Milton Juica, Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito y Lamberto Cisternas rechazaron los recursos de casación y confirmaron la sentencia contra Corbalán y González. La decisión se adoptó con el voto en contra de los ministros Dolmestch y Cisternas, quienes fueron partidarios de acoger el recurso de casación y acoger la figura de prescripción gradual de la pena. Sergio Fernando Ruiz Lazo (en la foto) era técnico textil, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) y tenía 34 años al momento de la detención. A consecuencia del golpe militar del 11 de septiembre de 1973 fue detenido en diferentes oportunidades, abandonando el país en condición de exiliado político, radicándose en Francia. Luego, regresó en forma clandestina al territorio nacional, desde 1983 en diversas oportunidades, y el 21 de diciembre de 1984 se perdió todo contacto con él. Sin embargo, de acuerdo a la resolución, "personas que se encontraban privadas de libertad en esa fecha en el recinto conocido como "Cuartel Borgoño", que pertenecía a la Central Nacional de Informaciones, donde operaba la llamada "unidad azul", encargada de la represión del indicado movimiento -MIR-, escucharon en forma directa o a través de agentes de dicho órgano que Sergio Ruiz Lazo estaba recluido en ese recinto en la misma fecha, siendo sometido a interrogatorios bajo tortura por un espacio indeterminado de tiempo, desapareciendo, sin tenerse noticias de él, hasta el día de hoy".El fallo establece que "su detención tuvo una motivación de orden político, perpetrada por agentes del Estado en una organización -la CNI- que tenía una estructura específica para la persecución, ubicación y detención de los  miembros del MIR y, en su caso, hacerlos desaparecer. Se ejecutó el hecho con ocasión de una política de represión de un sujeto por su pensamiento, lo que resulta atentatorio contra la persona humana". En el aspecto civil se ratificó la sentencia que condenó al Fisco a pagar una indemnización de $ 70 millones a Daniel Ruiz Lazo, hermano de la víctima por el concepto de daño moral .


Justicia dicta condenas contra ex militares que torturaron a diputado Aguiló 

Fuente :elmostrador.cl, 2 de Septiembre 2014

Categoría : Prensa

La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó las sentencias dictadas en dos casos de violaciones a los derechos, investigadas por ministros en visita extraordinaria para de este tipo de procesos.

En el primer caso, la Segunda Sala, en decisión dividida, ratificó la sentencia dictada por el delito de aplicación de tormentos al actual diputado Sergio Aguiló Melo, perpetrado en diciembre de 1981.

La sentencia ratificó las penas de 3 años de presidio para los agentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI): Roberto Urbano Schmied Zanzi, Alejandro Roberto Morel Concha, Álvaro Julio Corbalán Castilla y Manuel Segundo Gallardo Sepúlveda. Asimismo, se ratificaron las penas de 61 días de presidio para los agentes Carlos Ruperto Contreras Ferrada y Sergio Iván Díaz Lara. A todos se concedió el beneficio de la remisión condicional de la pena.

La investigación de este caso la sustanció el ministro Alejandro Solís, quien determinó que: “De acuerdo con los hechos acreditados en este proceso es preciso señalar que la Central Nacional de Inteligencia (CNI) fue creada por Decreto Ley N° 1878, el 13 de agosto de 1977 y sucedió a la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), recibiendo de ésta su personal y patrimonio, con la función genérica de ‘mantener la institucionalidad vigente’. De acuerdo al artículo 1° fue definida como un ‘organismo militar especializado de carácter técnico profesional’, pero la función significativa de la CNI era la propiamente operativa, consistente en una actuación directa contra miembros de las agrupaciones de izquierda. Contra éstas se dirigían acciones de infiltración, seguimiento, detenciones, torturas y represión armada. Para desarrollar todas estas labores sus agentes, por órdenes de sus Jefaturas, actuaban bajo nombres falsos, no revelando sus identidades ni aún ante los Tribunales de Justicia. Actuaban en los hechos sin sujeción a norma alguna, con facultades ilimitadas de desplazamiento y medios operativos. En Santiago, la CNI funcionó en numerosos recintos, en su mayoría clandestinos. Los más conocidos fueron los de Avenida República N° 517, donde se instaló el Cuartel General y de Borgoño N° 1470, lugar en que se mantuvo a muchos detenidos que fueron sometidos a torturas y varios murieron”.

La resolución agrega: “En efecto, en cuanto a los métodos de represión la CNI mantenía una doble metodología cuando se trataba de acciones de represión política o contrainsurgencia. Por una parte se aprehendía a sospechosos, sin orden administrativa o judicial alguna o bien se practicaba arrestos que se reconocían y en muchos casos se empleaban órdenes de detención fundadas en Decretos exentos firmados en blanco y se ponía a los presuntos implicados a disposición de Fiscalías Militares. Durante este período la CNI practicaba la tortura en forma sistemática, como lo reconocen los mismos agentes en dichos precedentes. Los principales métodos de tortura continuaron siendo, como en la época de la DINA, el empleo de electricidad en partes sensibles del cuerpo, violentos golpes de todo tipo y la inmersión de la cabeza del torturado en agua hasta el punto de asfixia. En muchos casos se amenazaba con detener y torturar a miembros de la familia, al cónyuge del detenido y a sus hijos menores”.

Conscriptos

En el segundo caso, en fallo unánime, la Tercera Sala del tribunal de alzada confirmó las condenas por los homicidios de Sergio Pantoja Rivera y Juan Peña Fuenzalida, ocurridos en octubre de 1974, en el Parque Nacional Lauca, Región de Arica y Parinacota.

En este caso, fueron condenados a la pena de 3 años y un día de presidio los miembros del Ejército Juan Vidal Ortega, Luis Carrera Bravo y Hernán de la Fuente Irribarra, a quienes se les concedió el beneficio de la libertad vigilada. Asimismo, absolvió por falta de participación a José Miguel Ortega Blu, Hugo Camillieri Soto y Eulogio Carrasco Carrasco.

De acuerdo a la investigación, que estuvo a cargo del ministro Mario Carroza, las víctimas Pantoja Rivera y Peña Fuenzalida, fueron ejecutadas en el sector “Las Cuevas” del Parque Nacional Lauca, al margen de todo proceso, al ser responsabilizados de urdir un plan para tomarse el cuartel donde realizaban su servicio militar obligatorio.


Procesan a 6 agentes CNI por homicidio frustrado mediante explosivos en mayo de 1984

Fuente :resumen.cl, 20 de Enero 2016

Categoría : Prensa

Este lunes 18 de enero, el ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los Derechos Humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Mario Carroza, dictó auto de  procesamiento en contra de seis ex agentes de la Central Nacional de Informaciones  (CNI), por su responsabilidad en el delito de homicidio calificado en calidad de frustrado de Héctor Enrique Muñoz Morales, perpetrado en mayo de 1984, en el Cerro San Cristóbal, en la Región Metropolitana.

En la resolución (causa rol 238-2010), el ministro en visita encausó  en calidad de coautores del delito al ex teniente coronel de ejército Álvaro Julio Federico Corbalán Castilla, alias "Faraón", al también ex teniente coronel de ejército Fernando Rafael Mauricio Rojas Tapia, alias "El Piscola", al ex capitán de ejército Luis Arturo Sanhueza Ros, alias "El Huiro", y a los ex agentes civiles del ejército Patricio Leonidas González Cortez, alias "El Gigio", Luis René Torres Méndez, alias "Negro Mario", y Rafael de Jesús Riveros Frost, alias "El Suave". Todos los procesados eran agentes de la Brigada Azul de la CNI.

En la etapa de investigación, el ministro Carroza logró determinar los siguientes hechos:

«El 17 de mayo de 1984, entre las 22:00 y 23:00 horas, en circunstancias que Héctor Muñoz Morales, militante del MIR, y su conviviente María Loreto Castillo regresaban a su hogar ubicado en la comuna de Pedro Aguirre Cerda, población Dávila, luego de haber ido a comprar alimento, fueron interceptados en la vía pública por agentes operativos de la Brigada Azul de la Central Nacional de Informaciones (CNI) que se movilizaban en al menos dos vehículos, quienes luego de reducirlos mediante el empleo de armas de fuego, los suben a un furgón, les vendan y los trasladan al Cuartel Borgoño de la institución, donde fueron golpeados e interrogados por varias horas, hasta un instante en el que se les traslada a otro punto de Santiago, siempre con la vista vendada, cercano al sector de La Pirámide del cerro San Cristóbal, donde se les separa. En esa ocasión Héctor Muñoz Morales fue golpeado por agentes de la CNI, con fuerza reiteradamente en la cabeza perdiendo el conocimiento, despertando instantes después, cercado con explosivos que no pudieron detonar, logrando huir del lugar, hasta un centro asistencial donde pudo recuperarse y dar cuenta de lo sucedido. Necesario es indicar -señala la resolución- que Héctor Muñoz Morales, estaba siendo objeto de seguimientos y vigilancia ese día y otros anteriores, por agentes de la Brigada Azul de la CNI, quienes conocían su rutina y sus desplazamientos". El hecho es constitutivo del delito de homicidio calificado en grado de frustrado, concluye el dictamen.

Días después, Héctor Muñoz Morales, acompañado de abogados de la Vicaría de la Solidaridad hizo la denuncia pública del hecho, así como del asesinato de su pareja. María Loreto Castillo Muñoz también había logrado zafarse y huir del lugar donde se le trató de explosionar junto a Héctor, pero fue casi inmediatamente recapturada por los esbirros quienes la trasladan a otro lugar y esta vez logran ejecutar el alevoso crimen. María Loreto es encontrada al día siguiente en la comuna de Pudahuel, junto a unas torres de alta tensión, donde fue asesinada mediante otro artefacto explosivo por los agentes CNI.

Al mismo tiempo, Jorge Eduardo Muñoz Navarro, otro mirista detenido en la misma fecha, que también permaneció en el Cuartel Borgoño junto con la pareja, fue llevado hasta otro lugar en la comuna de Renca donde también fue asesinado, junto a un tendido de alta tensión, montando un falso enfrentamiento para encubrir el crimen.

En junio pasado, el Ministro Carroza, procesó a estos mismos sujetos como autores del homicidio calificado de María Loreto Castillo Muñoz, y a Álvaro Julio Corbalán Castilla, Fernando Rafael Rojas Tapia, Luis Arturo Sanhueza Ros y Rafael Primitivo Salas Cataldo, como autores del homicidio calificado de Jorge Muñoz Navarro.

Las farsas de los falsos enfrentamientos y los alevosos crímenes por bombas cometidos por los agentes represivos de la dictadura poco a poco van siendo develados por la justicia y, a pesar de los encubrimientos, presiones y maniobras de impunidad, la verdad termina por imponerse.


Corte Suprema condena a 33 agentes de la dictadura por desaparición y arrojo al mar de frentistas en 1987

Fuente :eldesconcierto.cl, 22 de Marzo 2017

Categoría : Prensa

Álvaro Corbalán Castilla y Hugo Salas Wenzel fueron condenados a penas de 15 años de presidio, en calidad de autores del crimen.

La Corte Suprema condenó a 33 exagentes de la Central Nacional de Inteligencia (CNI), del Batallón de Inteligencia del Ejército (BIE) y del Comando de Aviación del Ejército, por su responsabilidad en los secuestros y desapariciones de Julián Peña Maltés, Alejandro Pinochet Arenas, Manuel Sepúlveda Sánchez, Gonzalo Fuenzalida Navarrete y Julio Muñoz Otárola, perpetrados a partir de septiembre de 1987.

En fallo dividido, la Segunda Sala del máximo tribunal acogió el recurso de casación presentado en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, y dictó una sentencia de reemplazo que condena a los agentes: Álvaro Corbalán Castilla y Hugo Salas Wenzel a penas de 15 años de presidio, en calidad de autores en los secuestros calificados.

En tanto, Iván Quiroz Ruiz, Gonzalo Maas del Valle, Raúl Durán Martínez, Luis Santibáñez Aguilera, Víctor Ruiz Godoy, Juan Jorquera Abarzúa, Hernán Vásquez Villegas, Sergio Mateluna Pino, José Fuentes Pastenes, Juan Carlos Orellana Morales, Roberto Rodríguez Manquel, Alejandro Astudillo Adonis, José Salas Fuentes, Heraldo Velozo Gallegos, Marco Antonio Pincheira Ubilla, Jorge Ahumada Molina, José Morales Morales, Ema Ceballos Núñez, Patricio González Cortés, César Acuña Luengo y René Valdovinos Morales, deberán purgar 10 años y un día de presidio por su responsabilidad como autores de los cinco delitos.

Además, los ex agentes Luis Arturo Sanhueza Ross, Manuel Morales Acevedo y Manuel Ramírez Montoya deberán cumplir pena de 5 años y un día de presidio, como autores de los secuestros calificados, mientras quelos agentes Aquiles Navarrete Izarnótegui, Fernando Rojas Tapia, Julio Cerda Carrasco, Marco Antonio Bustos Carrasco, Hugo Prado Contreras y Rodrigo Pérez Martínez deberán cumplir la misma pena, en calidad de cómplices de los delitos. En tanto, Mario Campos Valladares debe purgar 3 años y un día de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada. El agente Hugo Barría Rogers fue absuelto de los cargos.

Arrojados al mar

Entre el 9 y 10 de septiembre de 1987 los agentes de la CNI, el Batallón de Inteligencia del Ejército (BIE) y el Comando de Aviación del Ejército recibieron instrucciones de detener, sin orden judicial, a cinco miembros del Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR), en represalia por el secuestro del coronel de Ejército Carlos Carreño, ocurrido el 1 de septiembre de 1987.

Las personas retenidas fueron interrogadas y mantenidas ocultas bajo custodia en el cuartel Borgoño de Quintay, sin intención alguna de ponerlas a disposición de la judicatura respectiva.

Antes de la liberación del Coronel Carreño en Brasil y no siendo posible efectuar un canje, los organismos de seguridad decidieron eliminar los detenidos y, para ello, organizaron un operativo para arrojar sus restos en las costa de Quintay.


«Guitarreando con la CNI»: El día en que Pedro Lemebel funó la amistad entre Tito Fernández y Álvaro Corbalán

Fuente :eldesconcierto.cl, 31 de Mayo 2018

Categoría : Prensa

El saludo que envió el músico al ex CNI Álvaro Corbalán en el lanzamiento de su libro sorprendió a muchos, pero no se trata de una relación nueva. Hace años, el escritor Pedro Lemebel cuestionó la amistad entre «El Temucano» y el ex agente de la dictadura.

El polémico lanzamiento de un libro por parte del ex CNI Álvaro Corbalán ha traído a la memoria una vieja e inesperada amistad de años. Durante la instancia, el ex agente de la dictadura recibió un saludo a nombre de Tito Fernández, «El Temucano», un hecho que sorprendió a muchos.

Aunque no pudo estar presente debido a su delicado estado de salud, Fernández hizo llegar un mensaje a su entrañable amigo a través de su esposa. Pese a que muchos se declararon confundidos por la noticia, fue el escritor Pedro Lemebel, en su libro de crónicas «Serenata Cafiola», quien hizo un paralelo entre lo injusto que fue el Chile de los 80 con algunos músicos y la falta de recriminación hacia otros por sus vínculos con la dictadura.

«En los subterráneos de la dictadura chilena, tal vez la música era parecida, también interpretada por algunos nueva oleros, aunque Álvaro Corvalán, uno de los jefes de la organización de la tortura, era adicto al folclore y tocaba la guitarra con cantantes protegidos del régimen. Entre ellos, Tito Fernández, un folclorista cercano a la nueva canción chilena en la Unidad Popular, quién fue detenido junto a otros tantos después del golpe. Y luego de algún tiempo de reclusión, lo dejaron en libertad y nunca dijo que le había ocurrido en esas mazmorras», escribió Lemebel, en una crónica titulada «Guitarreando con la CNI».

El escritor recordó que «El Temucano» apareció un día en el programa de Don Francisco, «cantando y echando la talla con el gordo como si nada. Tito Fernández, fue un cantor del machismo doméstico, que nunca tuvo una producción musical interesante ni comprometida, pasó colado la censura cantándole a la tradición familiar. Así se hizo una cara protagónica en los show estelares de la dictadura con su aplaudido valsecito lagrimero. Nunca más se acordó de la Peña de Los Parra donde de seguro conoció a Víctor Jara y le dieron trabajo cuando llegó a la capital siendo un desconocido«.

En su crónica, Lemebel asegura que «en plena dictadura tuvo su espacio, hizo amistad guitarrera con Álvaro Corbalán, quién se paseaba por los camarines de los artistas de la tele con toda propiedad. Es posible imaginarlo alguna noche de aquel tiempo de pesadilla zandungueando con Maria Pepa Nieto, una española tetuda que calentaba la tele del horror. «A Corbalán, lo conocían y trataban muchos artistas», declaró Fernández hace poco en una entrevista, tratando de justificar su compadrazgo con este oscuro personaje. Lo cierto, era que todos sabíamos quién era el amigo de Fernández», relató.

«Como no identificar a uno de los torturadores más conocidos del régimen, sobre todo por su protagonismo en la farándula televisiva. En algún acto de izquierda a Fernández lo pifiaron a rabiar, ya se decía en el exilio que había que tener cuidado con él. Incluso hace algunos años cuando la justicia sometió a proceso a Corbalán, se vio al cantor de la casa nueva y el vino bigoteado llevándole una pizza a su  amigo en prisión», acusó el autor de «Tengo miedo torero».

En entrevista con Cooperativa, Lemebel profundizó en sus cuestionamientos y aseguró que Fernando Ubiergo, a diferencia de Fernández, fue vinculado de manera errónea a la dictadura. Y volvió a lanzar sus dardos contra «El Temucano»: «Era íntimo amigo de Alvaro Corbalán, el cerdo torturador. ¿Quién puede entender que sea tan amigo alguien de un personaje tan repugnante como Corbalán, que le lleve pizzas a la cárcel?… ¿cómo se entiende eso?», cuestionó.

En algunas entrevistas, el músico ha asegurado que la dictadura «fue terrible: yo fui detenido, era un artista perseguido y cantaba en TV porque un fulano de determinado canal me consiguió un espacio para ese programa. Mi canto no era mío, ni yo tampoco, me podían matar al otro día. Pasé 17 años en esa disyuntiva. Pero había que comer, el canto era lo que me daba más dinero».

En la misma ocasión, habló de su vínculo con Corbalán y le bajó el perfil: «Muchísimos eran más admiradores que siete del Temucano. ¿Y se los voy a prohibir? Muchos me quisieron ayudar. Alvaro Corbalán era un gran admirador. ¿Y cómo me lo hago a un lado? ¿Lo echo del camarín? Nunca me dijo si realmente me salvó la vida. Una vez me invitó a una gira con Pinochet y le dije que no. Otra vez me llamó para decirme que intentara parar una entrevista que yo había dado a la revista de la Vicaría, porque me iba a perjudicar. Hablé con la periodista y la sacaron. Otra vez hubo un simulacro de fusilamiento donde él tuvo algo que ver para que no me hicieran nada. Años después, le fui a preguntar si él me salvó la vida. Sólo se sonrío», relató.

La relación entre ambos también fue descrita por los periodistas Daniel Campusano, Macarena Chinni, Constanza González y Felipe Robledo en el libro «Alvaro Corbalán, el dueño de la noche» (Editorial Ceibo, 2015).


Carmen Hertz sobre petición de indulto de Álvaro Corbalán: «Es escandaloso e intolerable que un sujeto como este pretenda ser indultado»

Fuente :eldesconcierto.cl, 9 de Noviembre 2018

Categoría : Prensa

La presidenta de la comisión de DDHH de la Cámara de Diputados señaló que anteriormente, la libertad condicional le fue negada al ex agente de la CNI porque «no tiene conciencia alguna de los crímenes que ha cometido, no está arrepentido y no ha cooperado jamás con la acción de la justicia».

Ante la solicitud de indulto presidencial presentada por el ex agente de la CNI, Álvaro Corbalán, parlamentarios de oposición instaron al Gobierno a rechazarle cualquier posibilidad de acceso a la libertad condicional. El ex agente de la dictadura está condenado a más de 150 años de cárcel por su participación en diversos crímenes de lesa humanidad.

Carmen Hertz, presidenta de la comisión de Derechos Humanos de la Cámara, recordó que los encargados de analizar las solicitudes de libertades condicionales han rechazado en varias ocasiones las peticiones de Corbalán sobre beneficios carcelarios.

«Su beneficio carcelario fue negado por la comisión de libertad condicional precisamente porque no tiene conciencia alguna de los crímenes que ha cometido, no está arrepentido y no ha cooperado jamás con la acción de la justicia», argumentó la parlamentaria.

En la misma línea, Hertz aseguró que «es escandaloso e intolerable que un sujeto como este pretenda ser indultado». 

El diputado socialista Jaime Naranjo llamó a Piñera a que «sea consecuente con lo que dijo, él se ha manifestado contrario a las graves violaciones a los derechos humanos ocurridas en el país, él ha condenado los crímenes de lesa humanidad».

Corbalán suma 28 años en la cárcel e ingresó recientemente al Hospital Militar para una cirugía oftalmológica con el fin de evitar una ceguera total. Justamente por esta patología solicita el indulto presidencial, que ya se le negó en 2017, cuando también argumentó razones de salud para obtener la libertad condicional.


«Corbalán, asesino criminal»: La masiva funa en el lanzamiento del libro del ex CNI

Fuente :eldesconcierto.cl, 129 de Mayo 2018

Categoría : Prensa

La actividad, organizada por la Corporación 11 de Septiembre, se realizó en el Hotel Crowne Plaza de Santiago y en su texto, el autor asegura que desclasifica «antecedentes e información inédita sobre la verdadera historia de las violaciones de los derechos (sic) acontecidas durante el régimen del Gral. Augusto Pinochet Ugarte”.

Para este martes a las 19 horas en el Hotel Crown Plaza de Santiago estaba fijado el lanzamiento del libro “Las respuestas de Corbalán», escrito por el ex agente y director operativo de la CNI, Alvaro Corbalán, quien lleva 27 años detenido y suma numerosas condenas por violaciones a los derechos humanos cometidos en dictadura.

En el texto, el autor asegura que responde “las preguntas que durante más de 40 años se han hecho a las máximas autoridades civiles y militares que participaron de dicho gobierno, desclasificando antecedentes e información inédita sobre la verdadera historia de las violaciones de los derechos (sic) acontecidas durante el régimen del Gral. Augusto Pinochet Ugarte”.

La actividad fue organizada por la Corporación 11 de Septiembre y se esperaba la asistencia de más de 200 personas, entre ellos “civiles, militares y adherentes al gobierno de las Fuerzas Armadas entre 1973-1990”.

Debido a lo anterior, distintas organizaciones de derechos humanos llegaron hasta las afueras del edificio para manifestar su rechazo al acto, con consignas como «Si no hay justicia, hay funa» y con carteles con los rostros de los detenidos desaparecidos y cuyas familias aún esperan por respuestas. No estuvieron exentos del actuar de Carabineros, quienes no tardaron en dispersarlos en medio de los gritos de «asesino».


Guarello se la canta clara a Sergio Melnick: «Hiciste un partido político con un tipo que salía a asesinar gente a la calle»

Fuente :eldesconcierto.cl, 11 de Mayo 2018

Categoría : Prensa

El comentarista deportivo le pidió a Melnick explicar en su tribuna televisiva «o en su columna en La Tercera», cuál era realmente «su vínculo con Álvaro Corbalán y la creación de este partido fachada de la CNI que se llamaba Avanzada Nacional».

Invitado al programa Cadena Nacional de Vía X, el comentarista deportivo Juan Cristóbal Guarello no tuvo filtro para referirse a Sergio Melnick, ex ministro de la dictadura de Augusto Pinochet y habitual comentarista en diarios y TV.

“Lo de Melnick es muy loco, porque en el gobierno de Piñera hizo asesorías para Codelco y, ¿tú no ves los photoshop? Son ordinarísimos, ¿cuánto cobró por ese mamarracho? Y luego él exigiendo que la mamá de Jackson renuncie, que Jackson renuncie al Congreso… ¡Pero mira las asesorías de Melnick a la muy estatal Codelco!”, afirmó.

Pero a donde apuntó directo Guarello fue a los vínculos de Melnick con la dictadura, específicamente con la ex cabeza de la CNI, Alvaro Corbalán. En el programa, le pidió directamente que explique en TV, «ya que tiene tanta tribuna o en su columna en La Tercera, su vínculo con Corbalán y la creación de este partido fachada de la CNI que se llamaba Avanzada Nacional«.

“Ustedes veían la propaganda electoral de Avanzada Nacional, salía Álvaro Corbalán con una Virgen del Carmen. Ese era el partido de Sergio Melnick. Tal vez podría decir ‘mira yo ya no soy amigo de Álvaro y no tengo nada que ver, fue un error de juventud’, pero sería interesante que él explicara cómo fue esa historia, porque ya que él es tan sancionador políticamente», agregó Guarello.

«Trabajaste con un asesino convicto, un sanguinario de la CNI condenado a cadena perpetua y cuando tú hiciste ese partido, Álvaro Corbalán estaba funcionando en la clandestinidad, porque lo que hacía la CNI era clandestino, no era legal, matando gente. Tú estabas haciendo un partido político con un tipo que salía a asesinar gente a la calle», finalizó.

 


Condenan a 20 ex agentes CNI por crímenes de calle Fuente Ovejuna en 1983

Fuente :resumen.cl, 18 de Enero 2018

Categoría : Prensa

El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los Derechos Humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Mario Carroza Espinoza, dictó sentencia en contra de 20 ex agentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI), por su responsabilidad en los homicidios calificados de los ex militantes y dirigentes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) Lucía Orfilia Vergara Valenzuela, Arturo Vilavella Araujo y Sergio Peña Díaz, ilícitos perpetrados el 7 de septiembre de 1983, en calle Fuenteovejuna de la comuna de Las Condes.

El hecho fue un episodio de falso enfrentamiento con que la CNI y la dictadura pretendieron ocultar crímenes y asesinatos, con la complicidad activa de la prensa empresarial. En el fallo (causa rol 539-2011), el ministro Carroza condenó a la pena de 15 años y un día de presidio al ex brigadier de ejército Roberto Urbano Schmied Zanzi, ex jefe de la División Metropolitana de la CNI, como autor de los homicidios calificados. En tanto, a 10 años y un día, también como autores de los delitos, fueron condenados los ex oficiales de ejército Aquiles Mauricio González Cortés, alias "Caracha", ex jefe de la Brigada Azul a la época de los crímenes, Álvaro Julio Federico Corbalán Castilla, ex jefe de la división antisubversiva de la CNI, Norman Antonio Jeldes Aguilar, alias "Gorilón", ex integrante de la Brigada Especial, y al ex empleado civil del ejército Manuel Mariano Ventura Laureada Núñez, alias "Piolín", también agente de la Brigada Especial.

En la causa, el ex oficial de ejército y segundo de Schmied Zanzi en la División Metropolitana, Sergio María Canals Baldwin, y los ex agentes Juan José Pastene Osses, Patricio Leonidas González Cortez, Luis René Torres Méndez, Manuel Ángel Morales Acevedo, Luis Hernán Gálvez Navarro, Sergio Daniel Valenzuela Morales, Juan Modesto Olivares Carrizo, Raúl Hernán Escobar Díaz, Eduardo Martín Chávez Baeza, Luis Eduardo Burgos Cofré, Raúl Horacio González Fernández, Orlando Jesús Torrejón Gatica, Rafael de Jesús Riveros Frost, Juan Alejandro Jorquera Abarzúa, fueron condenados a 3 años y un día de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva, en calidad de cómplices.

En tanto, el ex agente de la Brigada Especial, Egon Antonio Barra Barra, alias "Siete Fachas", fue absuelto de participación en este episodio (el grupo en que éste participaba se encontraba, simultáneamente, cometiendo otros crímenes en calle Janequeo).

Brigada Azul

En la etapa de investigación de la causa, el ministro Mario Carroza logró establecer que, tras el asesinato del intendente de la Región Metropolitana Carol Urzúa Ibañez, cometido el 30 de agosto de 1983, el director de la Central Nacional de Informaciones (CNI), Humberto Gordon Rubio (fallecido) ordenó a la División Antisubversiva Metropolitana, al mando de Roberto Schmied Zanzi, conformar una nueva agrupación: la Brigada Azul, para investigar al Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR).

En dicho contexto, en horas de la mañana del 7 de septiembre de 1983, se ordenó la detención de miembros del MIR que se encontraban en el inmueble de Fuenteovejuna 1330, que había sido previamente ubicado. Lugar al cual, en horas de la tarde, se envió un número considerable de agentes al mando de Álvaro Corbalán Castilla (comandante de la Brigada Antisubversiva Metropolitana) y de Aquiles González Cortés (jefe de la Brigada Azul).

«En las acciones iniciales, los agentes instalaron frente al inmueble una base de fuego, consistente en una ametralladora Rheinmetal, calibre 7,62 mm, montada en el techo de un jeep, que en esa oportunidad era conducido por Manuel Ventura Laureada Núñez, y el arma operada por al menos dos personas, una la que disparaba, Norman Antonio Jeldes Aguilar, y la otra encargada de pasar la cinta de municiones, con capacidad de tiro de 10 por cada ráfaga corta y disposición de tiro completa de 500 por minuto, con balas trazadoras», consigna el fallo.

La resolución agrega que: «ya encontrándose en posición la base de fuego, se ordena por el oficial al mando dirigirla y disparar contra el inmueble por cerca de un minuto, esto es, unos 500 tiros, luego detienen su acción y mediante altoparlantes conminan a los ocupantes del inmueble a entregarse».

«Uno de ello -continúa-, Sergio Peña Díaz, decide entregarse y sale con las manos en la nuca, pero en los momentos en que caminaba hacia los agentes, éstos le disparan y sus heridas le provocan la muerte, lo cual incita la reacción de la única mujer del grupo, que les enfrenta con un arma; ante esta reacción, Álvaro Corbalán nuevamente da la orden de disparar la base de fuego en dirección al inmueble, lo cual provoca no sólo la muerte de Lucía Orfilia Vergara Valenzuela, por heridas de bala, sino también el incendio de la casa y la calcinación del tercer integrante del movimiento, Arturo Vilavella Araujo».

El mismo día, 7 de septiembre de 1983, la CNI realizó un operativo simultáneo en calle Janequeo, en Quinta Normal, donde fueron ejecutados otros dos militantes del MIR. Este episodio, sin embargo, se sustancia en causa separada y por otro ministro en visita.


Ex director del Festival de Viña recordó amenazas de Álvaro Corbalán por no sumar a Maripepa Nieto: «Fue el momento más difícil de mi vida»

Fuente :eldesconcierto.cl, 22 de Febrero 2019

Categoría : Prensa

Sergio Riesenberg recordó cuando se negó a sumar a la vedette Maripepa Nieto al certamen viñamarino, provocando la furia del ex agente de la CNI. «A mí me dio miedo y me ha dado miedo pocas veces en mi vida», reconoció, agregando que «pagué. Cumplió todas sus amenazas. Por Dios que lo pasé mal».

El no considerar a Maripepa Nieto en el Festival Internacional de Viña del Mar le costó las amenazas de uno de los agentes más temidos de la dictadura. Así lo relató Sergio Riesenberg, ex director del certamen, en entrevista con Radio ADN.

Fue nada menos que Álvaro Corbalán, ex agente de la CNI, quien se molestó con la negativa de Riesenberg y realizó diversas acciones para amedrentarlo y hacerlo pagar por su decisión. El ex director contó que fue el hombre que se encuentra condenado en Punta Peuco por crímenes de lesa humanidad, quien realizó la petición de incluir a la bailarina y vedette española.

“Yo le dije que no”, sentenció Riesenberg, aunque aseguró que desde entonces tuvo que enfrentarlo y «fue el momento más difícil de mi vida. A mí me dio miedo y me ha dado miedo pocas veces en mi vida».

El ex director de Viña añadió que «pagué. Cumplió todas sus amenazas. Por Dios que lo pasé mal». En este sentido, contó que tuvo que sufrir tres revisiones de Impuestos Internos en una semana, además de quedarse sin estacionamiento, oficina y programa en el canal.

Pero eso no fue lo peor. Para Sergio, lo más terrible fue era que «te llamen por teléfono diciendo ‘tus hijas van saliendo del colegio, que lindas están vestidas de tal color’”.

En el libro «Álvaro Corbalán: el dueño de la noche» – de los autores González, Chini, Campusano y Robledo (Ceibo Ediciones, 2015) – se detalla que Maripepa Nieto fue uno de los amores del agente de la CNI, quien incluso llegó a presentarla en fiestas de oficiales del Ejército como su señora.

«Con nosotros no lo puede negar porque, en una cena en el Club de Campo del Ejército, estábamos todos los oficiales con nuestras esposas y Corbalán, que como siempre se hacía esperar, llegó tarde y con ella del brazo. Se sentó en la cabecera y la presentó como su señora”, contó el ex CNI Luis Sanhueza. Además, la vedette argentina Cristina Tocco ha relatado que Corbalán daba instrucciones a los productores en los pasillos de los canales de la TV en dictadura. Cuando él decía «esta noche va ‘Maripepa’ Nieto», era la última palabra.

En el mismo libro, Riesenberg da detalles de la historia y asegura que el ex agente CNI logró que lo despidieran luego de no acatar su decisión. Al parecer, Corbalán manejaba información sobre el mandamás del canal: «Él logró que me congelaran porque el director era homosexual y lo chantajeó con eso, y en esa época era complicado que se supiera”, detalló.


Nunca dejó de comer: Gendarmería descarta huelga de hambre de Álvaro Corbalán en Punta Peuco

Fuente :eldesconcierto.cl, 18 de Enero 2019

Categoría : Prensa

Desde la institución aclararon que desde el año 2010 no existe ninguna manifestación o intención de inicio de huelga de hambre en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Punta Peuco. De esta manera, descartaron la medida de presión anunciada por el abogado del criminal de lesa humanidad, Raúl Meza, quien aseguró que comenzaría una protesta tras ser castigado.

Hace una semana, el abogado Raúl Meza, quien representa a cerca de 80 reos condenados por crímenes de lesa humanidad que cumplen condena en el penal Punta Peuco, anunció que el ex agente de la Central Nacional de Informaciones (CNI), Álvaro Corbalán, iniciaría una huelga de hambre en contra de un castigo impuesto por Gendarmería.

La sanción fue resuelta luego de encontrarlo utilizando un teléfono celular mientras era atendido en una clínica privada, infringiendo los protocolos del penal. Según Meza confirmó a La Tercera, a modo de protesta, el ex uniformado dejaría de ingerir alimentos, aunque Gendarmería negó que esto sea realidad y descartó la huelga de hambre.

«Desde el año 2010 no existe ninguna manifestación o intención de inicio de huelga de hambre en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Punta Peuco», recalcó la institución al mismo medio. A la vez, agregaron que «el interno Corbalán, haciendo uso de sus derechos, apeló a la medida disciplinaria impuesta el jueves pasado al ser sorprendido portando un elemento prohibido. La sanción se mantuvo atendiendo al reglamento penitenciario y las sanciones que ahí se señalan».

Además, en el entorno del reo señalaron que el temor a que se viera afectada su calificación de conducta lo llevó a descartar, de momento, la medida de presión. Esto, porque en los reglamentos penitenciarios la huelga de hambre es considerada una falta grave a la normativa.

Corbalán fue sancionado con la prohibición de recibir visitas por 15 días por ser encontrado con un celular. Además, se estableció que la persona que le otorgó el teléfono no podrá visitarlo por dos meses. No es la primera vez que ocurre: en 2017, el criminal fue sorprendido por tercera vez con un chip y un móvil al interior de su celda.


Corte Suprema condena a siete agentes de la CNI por homicidio calificado en Recoleta

Fuente :pjud.cl, 25 de Octubre 2021

Categoría : Prensa

En fallo unánime, la Segunda Sala condenó a Álvaro Corbalán Castilla, Jorge Jofré Rojas, Víctor Ruiz Godoy, José Salas Fuentes y Carlos Palma López a 10 años y un día de presidio, en calidad de autores del delito.

La Corte Suprema acogió recurso de casación en la forma y, en sentencia de reemplazo, condenó a siete agentes de la extinta Central Nacional de Informaciones (CNI), por su responsabilidad en el delito de homicidio calificado de Juan Antonio Díaz Cliff. Ilícito perpetrado el 18 de abril de 1986, en la comuna de Recoleta.

En fallo unánime (causa rol 13.364-2019), la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos, Roberto Contreras y las abogadas (i) María Cristina Gajardo y Carolina Coppo– estableció error de derecho en la sentencia recurrida, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, al acoger la atenuante de irreprochable conducta anterior de los sentenciados.

El máximo tribunal confirmó la sentencia apelada, con declaración que los agentes Álvaro Julio Federico Corbalán Castilla, Jorge Enrique Jofré Rojas, Víctor Eulogio Ruiz Godoy, José Guillermo Salas Fuentes y Carlos Palma López quedan condenados a 10 años y un día de presidio, en calidad de autores del delito.

En tanto, Eduardo Avelino Fuenzalida Pérez y Ema Ceballos Núñez deberán purgar 5 años y un día de presidio, por su responsabilidad como cómplices.

“Que se ha entendido que la causal de nulidad en examen concurre cuando el vicio consiste en la falta de consideraciones de hecho o de derecho, situación que se produce, de igual manera, cuando entre sí esas consideraciones son contradictorias o se destruyen unas a otras, situación que se advierte del estudio de los antecedentes”, sostiene el fallo.

La resolución agrega que: “En efecto, la sentencia de primer grado, en su motivo 31°, luego de reconocer la atenuante de irreprochable conducta anterior a todos los acusados, señala ‘sin calificación por no haber mérito para ello’, mientras que el fallo de alzada, que reproduce el del a quo sin eliminar o modificar dicha afirmación, en su basamento 13° expresa lo siguiente: ‘Que dicho lo anterior, no es posible soslayar que los acusados Jofré Rojas, Ruiz Godoy, Salas Fuentes y Palma López eran suboficiales del Ejército, mientras que Ema Ceballos Núñez, administrativo de la Armada en grado de marinero 2°, que fueron destinados a cumplir funciones –cuando ninguno de ellos sobrepasaba los 30 años– a la Central Nacional de Informaciones, organismo en el cual su jerarquía era de subordinados cuya capacidad de resistencia o desobediencia era reducida.
Tratándose de un órgano represor que de manera sistemática incurría en la perpetración de delitos, donde los sentenciados antes individualizados tenían escasas posibilidades para rechazar su comisión o de abstenerse de obrar mal, hay motivos para suponer que la ejecución de este ilícito se vio propiciada por circunstancias extraordinarias que alteraron la capacidad de autodeterminarse y, por ende, es factible ponderar la atenuante de irreprochable conducta que les favorece como muy calificada’”.

Para la Corte Suprema: “(…) al reproducir la sentencia en análisis el motivo 31° del fallo de primer grado, pasa éste a formar parte de aquélla, lo que importa que la misma resolución afirma por un lado que no hay mérito para acoger la calificación de la minorante de irreprochable conducta anterior y, por otro, que sí lo hay entregando razones para así sostenerlo, antinomia que en definitiva priva de fundamento a esta parte del fallo, impidiendo que cualquier ciudadano, y especialmente los familiares de la víctima de autos, pueda comprender el motivo por el cual los sentenciadores acogen la pretendida calificación y aplican la consiguiente rebaja punitiva”.

“Que es manifiesto, entonces, que la sentencia cuestionada contiene motivaciones antagónicas que no pueden coexistir, lo que conduce a la anulación de esos razonamientos, quedando desprovisto el fallo, en lo referido a la calificación de la minorante del artículo 11 N° 6 del Código Penal y la rebaja de un grado de la pena a los acusados, de la fundamentación exigida en el artículo 500 N° 4 y 5 del Código de Procedimiento Penal, con lo cual se configura el vicio de casación formal previsto en el N° 9 del artículo 541 del referido cuerpo legal, vicio que, además, ha tenido influencia sustancial en lo dispositivo del fallo, pues de no haberse cometido, la pena no podría haberse rebajado en un grado al concurrir en favor de todos los acusados sólo una circunstancia atenuante, razón por la que el recurso será acogido”, concluye.

Por tanto, se resuelve en la sentencia de reemplazo que: “se confirma la sentencia apelada de veintiuno de marzo de dos mil dieciocho, con las siguientes declaraciones:
I.- Que Álvaro Corbalán Castilla, Jorge Jofré Rojas, Víctor Ruiz Godoy, José Salas Fuentes y Carlos Palma López quedan condenados a la pena de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio y a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena y al pago de las costas de la causa, como autores del delito de homicidio calificado de Juan Antonio Díaz Cliff, cometido el 18 de abril de 1986, previsto y sancionado e el artículo 391 N° 1, circunstancias primera y quinta del Código Penal.
II.- Que Eduardo Fuenzalida Pérez y Ema Ceballos Núñez quedan condenados a la pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo y a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena y al pago de las costas de la causa, como cómplices del delito antes referido.
III.- Que atendido el quántum las penas corporales impuestas, todos los sentenciados deberán cumplirlas de manera efectiva, sirviéndoles de abonos los tiempos que permanecieron privados de libertad y que se les han reconocido en el fallo de primera instancia”.

En la resolución de primera instancia, el ministro en visita Mario Carroza dio por establecido que: “El día 18 de abril de 1986 dos equipos de la Brigada Azul de la Central Nacional de Informaciones (CNI), en ese entonces al mando del agente Krantz Bauer, dirigido uno de ellos por Jorge Jofré Rojas y el otro, por José Salas Fuentes, previo seguimiento y vigilancia al sector de Recoleta, decidieron interceptar a un transeúnte que circulaba por la calle Gabriel Palma de esa comuna –Juan Antonio Díaz Cliff, militante del MIR–, que en ese instante caminaba hacia su domicilio.
En el operativo, dos de los agentes de uno de estos equipos, con la cobertura de dos agentes del otro equipo, bajan de los vehículos que les trasladaban y al ver a Díaz Cliff, extraen armas de fuego y con ellas le disparan al cuerpo, impactándoles en cinco oportunidades, uno de los proyectiles le perfora el pulmón derecho, ocasionándole anemia grave que finalmente le causa la muerte”.


Corte de Santiago condena a 23 ex agentes CNI por asesinatos en falso enfrentamiento en 1983

Fuente :resumen.cl, 18 de Noviembre 2021

Categoría : Prensa

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia de primer grado dictada por el ministro Miguel Vásquez Plaza el 19 de julio de 2019 que condenó a 23 ex agentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI) por su responsabilidad en los delitos de homicidio calificado de los militantes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) Hugo Ratier Noguera y Alejandro Salgado Troquián. Los crímenes fueron perpetrados el 7 de septiembre de 1983, en un falso enfrentamiento en calle Janequeo de la comuna de Quinta Normal.

En el fallo (causa rol 4741-2019), la Tercera Sala del tribunal de alzada – integrada por la ministra Verónica Sabaj Escudero, Alejandro Aguilar Brevis y Rodrigo Carvajal Schnettler – resolvió rechazar los recursos de apelación y de casación interpuestos por algunos condenados y confirmar la sentencia de primera instancia con la declaración de rebajar de 20 a 17 años de presidio las condenas aplicadas a los ex oficiales de Ejército y ex jerarcas de la CNI Roberto Urbano Schmied Zanzi, Álvaro Julio Federico Corbalán Castilla y Aquiles Mauricio González Cortés, en calidad de coautores del delito. El primero de los condenados, Schmied Zanzi, ejercía como jefe de la División Metropolitana de la CNI; Corbalán Castilla era jefe de la División Antisubversiva y Aquiles González actuaba como jefe de la Brigada Azul, especializada en la represión al MIR.

En tanto, los ex oficiales de ejército Sergio María Canals Baldwin, Luis Arturo Sanhueza Ros, Fernando Rafael Mauricio Rojas Tapia, Norman Antonio Jeldes Aguilar y los ex agentes José Abel Aravena RuizJosé Guillermo Salas Fuentes, Egon Antonio Barra Barra, Jorge Octavio Vargas Bories, Manuel Ángel Morales Acevedo y José Isaías Vidal Veloso deberán purgar 15 años y un día de presidio, como autores de los delitos.

 

 

También puedes ver: Confirman condenas a cinco ex agentes CNI por homicidio de dos miembros del MIR en falso enfrentamiento en 1980

 

Por su parte, los ex agentes Rodolfo Enrique Olguín González, Ema Verónica Ceballos Núñez, Luis Hernán Gálvez Navarro, Rosa Humilde Ramos Hernández, Francisco Javier Orellana Seguel, Miguel Fernando Gajardo Quijada, Juan Carlos Vergara Gutiérrez, Raúl Boris Méndez Santos, Raúl Hernán Escobar Díaz y Rafael Ricardo Ortega Gutiérrez, fueron sentenciados a 10 años y un día de presidio, como cómplices de los delitos.

En la causa se decretó la absolución de los agentes Zinaida Lena Vicencio González, Jorge Raimundo Ahumada Molina y Eduardo Martín Chávez Baeza, por no acreditarse su participación en este hecho. Otro procesado en esta causa, el ex PDI Jorge Arnaldo Barraza Riveros, falleció en el curso del proceso; en tanto, sigue en calidad de prófugo el procesado ex oficial de Carabineros Miguel Ángel Patricio Soto Duarte.

Este falso enfrentamiento fue realizado por la CNI el mismo día y a continuación de que perpetrara las ejecuciones de otros tres militantes del MIR en calle Fuenteovejuna, en un hecho criminal también orquestado como falso enfrentamiento. Judicialmente, ambos sucesos se tramitan como episodios separados, en circunstancias que se trató de una sola operación represiva.

En la investigación del hecho represivo quedó demostrado que el organismo represivo de la dictadura desarrolló una operación de seguimiento y vigilancia durante los meses previos sobre un conjunto de miembros del MIR que actuaban en la clandestinidad en la lucha de resistencia contra el régimen tirano. Con los datos obtenidos de esa observación previa, la CNI orquestó la operación de exterminio que significó la detención de una decena de personas, el ataque y asesinato de los tres moradores de la casa en calle Fuenteovejuna, en la comuna de Las Condes, y luego el ataque y asesinato de otros dos militantes en la casa de calle Janequeo de la comuna de Quinta Normal.

El día 7 de septiembre de 1983, decenas de agentes de la CNI, de la SIFA, de la Policía de Investigaciones y de otros organismos represivos fueron hasta el domicilio ubicado en calle Janequeo N° 5707, comuna de Quinta Normal, que estaba siendo vigilado desde hace algunas semanas, procediendo a rodear y a acordonar el lugar, para luego mediante el uso de una base de fuego y otros armamentos, disparar, sin mediar provocación alguna y con gran poder de fuego contra el inmueble, producto de lo cual resultó muerto por diversas heridas de bala en el patio trasero de la vivienda, Hugo Ratier Noguera, de 39 años de edad. Además, con ocasión de ir llegando al mismo domicilio donde residía, fue abatido por múltiples heridas de bala, y ejecutado en la vía pública, esto es, en calle Janequeo frente al número 5946, Alejandro Salgado Troquián, de 30 años de edad.

Un menor de edad, hijo adoptivo de Salgado y residente en la vivienda junto con Salgado y Ratier, fue víctima y testigo de los hechos pero en medio de la balacera logró huir hacia casas del vecindario, salvando así la vida y denunciando luego el criminal ataque.


Corte de Concepción confirma sentencia a 17 ex agentes de la CNI por asesinato de combatientes de la resistencia a la dictadura en Operación Alfa Carb

Fuente :resumen.cl, 10 de Junio 2022

Categoría : Prensa

En resolución dada a conocer hoy, la Corte de Apelaciones de Concepción, ratificó las condenas que pesan sobre 17 agentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI) que fueron condenados en sentencia de primera instancia dictada en mayo de 2018 por el ministro Carlos Aldana. Luego de más de cuatro años de dilaciones injustificadas y maniobras entorpecedoras introducidas por los abogados de los criminales se puso término a esta etapa del proceso que permanecía estancado en la maraña de tribunales.

por Darío Núñez

La causa conocida como "Matanza Vega Monumental" (rol N° 11-2009) sustancia la investigación criminal por los homicidios calificados de siete militantes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) cometidos por agentes de la extinta CNI los días 23 y 24 de agosto de 1984 en una coordinada acción represiva llamada "Operación Alfa Carbón" que se desarrolló en las ciudades de Concepción, Los Ángeles Temuco y Valdivia. La acción represiva culminó con el asesinato de Luciano Humberto Aedo Arias, en la actual comuna de Hualpén, Nelson Adrián Herrera Riveros y Mario Octavio Lagos Rodríguez, en Concepción, Mario Ernesto Mujica Barros, en Los Ángeles, y Rogelio Humberto Tapia de la Puente, Raúl Jaime Barrientos Matamala, y Juan José Boncompte Andreu, en Valdivia.

En el fallo, la Sexta Sala del tribunal de alzada penquista, integrada por los ministros Rodrigo Cerda San Martín, Rafael Andrade Díaz y Claudia Montero Céspedes, rechazó los recursos de casación interpuestos por los abogados de los criminales y confirmó la sentencia que condena a seis ex oficiales de Ejército que operaban como mandos en la CNI. El ex Brigadier de Ejército Marcos Spiro Derpich Miranda, alias "Gitano", jefe de la división Regionales de la CNI a la época de los hechos, y el ex teniente coronel Álvaro Julio Federico Corbalán Castilla, alias "Faraón", jefe de la división Anti subversiva de la CNI, fueron condenados a penas de 20 años de presidio como coautores de todos los homicidios calificados y a 5 años y un día de presidio como coautores de asociación ilícita.

El ex capitán, Patricio Lorenzo Castro Muñoz, alias "BJ", deberá purgar una pena de 15 años y un día de presidio por los tres homicidios de Valdivia; y 5 años y un día como coautor de asociación ilícita.

El ex teniente coronel Jorge Camilo Mandiola Arredondo, a la época de los hechos jefe regional de la CNI Concepción, fue condenado a 15 años y un día años de presidio como coautor de los homicidios calificados en Talcahuano, Concepción y Los Ángeles. Pero fue absuelto del delito de asociación ilícita.

El ex teniente coronel Luis Alberto Moraga Tresckow, jefe regional de la CNI Valdivia, y autor material de los crímenes perpetrados en Puente Estancilla, fue condenado a cinco años de libertad vigilada.

El ex mayor Oscar Alberto Boehmwald Soto, jefe regional de la CNI Puerto Montt, fue condenado a 10 años de presidio.

En tanto, los agentes Roberto Antonio Farías Santelices, alias "Petete", y Luis Hernán Gálvez Navarro, alias "Vitoco", a la pena de 10 años y un día de presidio, como coautores del homicidio calificado de Luciano Aedo Arias cometido en Hualpén.

Mientras tanto, José Abel Aravena Ruiz, alias "Muñeca", Sergio Agustín Mateluna Pino, alias "Guatón "rdenes", Luis Enrique Andaur Leiva, y Patricio Alfredo Bertón Campos fueron sentenciados a  la pena de 10 años y un día de presidio como coautores del homicidio calificado de Nelson Herrera Riveros cometido en el Km. Uno del Camino a Santa Juana, en el sector Idahue.

El único procesado y acusado que había decretado Aldana por el homicidio calificado de Mario Lagos Rodríguez, cometido en la Vega Monumental, el criminal Manuel Ángel Morales Acevedo, alias "Baretta", fue absuelto por el ministro.

Respecto de Los Ángeles, el fallo señala que Bruno Antonio Soto Aravena, alias "Chico Pato", y José Artemio Zapata Zapata, alias "Huaso", deberán cumplir una  pena de 10 años y un día de presidio como coautores del homicidio calificado de Mario Mujica Barros.

Mientras que por los hechos de Valdivia, Gerardo Meza Acuña, alias "Patitas", y Luis René Torres Méndez, alias "Negro Mario", fueron sentenciados a la pena de 15 años y un día, como coautores de dos homicidios calificados cometidos en Puente Estancilla, camino a Niebla, en las personas de Rogelio Tapia De La Puente y Raúl Barrientos Matamala. Por este mismo hecho, Luis Alberto Moraga Tresckow, fue sentenciado a 5 años de presidio, concediéndole el beneficio de la libertad vigilada.

Por último, Oscar Alberto Boehmwald Soto y Ema Verónica Ceballos Núñez, alias "Flaca Cecilia", fueron sentenciados a una pena de 10 años y un día, como coautores del homicidio calificado de Juan José Boncompte Andreu, cometido en la Población Teniente Merino.

Tres de los criminales implicados fallecieron en el lapso entre el fallo de primera instancia y la resolución de la Corte; en septiembre de 2019 se suicidó el criminal condenado José Zapata, en julio de 2020 falleció el también condenado Gerardo Meza Acuña y en diciembre de 2021 falleció el "Baretta", Manuel Ángel Morales Acevedo que, insólitamente, aunque no había sido condenado por Aldana, su absolución fue apelada por los abogados querellantes.

Señalemos que en el curso del proceso, el ministro Aldana se negó a procesar por asociación ilícita al mismo Moraga Tresckow y a Boehmwald Soto, y en su fallo de primera instancia no condena por este ilícito a Mandiola Arredondo, el jefe de la CNI en Concepción y gestor de la acción concertada de vigilancia, seguimiento y preparación del operativo que culmina en los crimines de agosto, en los que, por lo demás, Mandiola participa activamente. Así mismo, el ministro Aldana se negó a procesar a otra decena de agentes implicados, decisión que fue refrendada por la Corte penquista en su momento.

Acto de homenaje a los militantes asesinados. Concepción. Fotografía de Natalia Figueroa.

Alfa Carbón

Precisamente, en la etapa de investigación, el ministro Aldana logró establecer que en 1984, el jefe de la CNI de Concepción, el mayor del Ejército Jorge Mandiola, recibió antecedentes de la rearticulación en la zona del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), logrando detectar a algunos de sus dirigentes. Tras informar al coronel del Ejército, Marcos Derpich Miranda, jefe de Regionales de la CNI y lograr la confirmación del hecho, se informó al director de la CNI, general Humberto Gordon Rubio (actualmente fallecido), quien determinó que el mayor del Ejército Álvaro Corbalán Castilla, a cargo de la División Antisubversiva y la jefatura de Regionales, coordinaran las operaciones para neutralizar a los miembros del MIR que estaban operando entre las regiones del Biobío y de Los Ríos, denominando estas acciones como «Operación Alfa Carbón».

Producto de lo anterior, Corbalán Castilla ordenó que varios equipos, integrados por agentes de las distintas Brigadas del Cuartel Borgoño, de Santiago, compuestas por dos o tres personas y con movilización y financiamiento otorgados por la División Antisubversiva, se trasladaran a Concepción, Los Ángeles Temuco y Valdivia, para que, en coordinación con miembros de Regionales de la CNI de dichas ciudades, llevaran a cabo las diligencias que las distintas jefaturas les ordenaran.

Asimismo, ordenó a su subalterno Patricio Lorenzo Castro Muñoz que se constituyera en Valdivia, a cargo de los equipos que trasladó de Santiago, para dirigir y llevar a efecto las operaciones en esa región.

En paralelo, y con el mismo fin, Marcos Derpich Miranda dispuso que el jefe del cuartel de Chillán de la CNI, Héctor Reinoso Muñoz, se integrara a su similar de Concepción; Mandiola y el jefe de Puerto Montt, Oscar Boehmwald, junto a dos agentes de su unidad, se presentaran ante el jefe de Valdivia, Moraga Tresckow, para apoyar las operaciones respectivas.

Ya en Concepción, los equipos y jefes llegados a la ciudad, más los de esta región, en días cercanos al 23 de agosto de 1984 se reunieron en el cuartel de la CNI ubicado en Avenida Pedro de Valdivia, donde coordinaron las acciones a desarrollar, siendo liderados por Álvaro Corbalán, Joaquín Molina (fallecido) y Marcos Derpich. En esa reunión se tomó la decisión de realizar diversos allanamientos y detenciones (sin existir órdenes judiciales ni procesos judiciales) y que el destino de los detenidos dependía del grado de peligrosidad para el régimen militar imperante en el país, asumiendo que algunos de estos podrían resultar muertos. Esta operación, comprendía acciones represivas tanto en Talcahuano y Concepción como en Los Ángeles, Temuco, Valdivia y otras localidades de la zona sur.

Los hechos

En la mañana del 23 de agosto de 1984, varios equipos de la CNI montaron acciones de seguimiento sobre tres miembros del MIR en la Plazoleta El Ancla, en Talcahuano. Uno de ellos, Luciano Humberto Aedo Arias, abordó un bus de la locomoción colectiva, en dirección al sector Hualpencillo, lugar en que se bajó de móvil y trató de huir a pie, siendo interceptado por miembros de la CNI -alrededor del mediodía- en la esquina de las calles Grecia con Nápoles, lugar en que el agente Luis Hernán Gálvez Navarro, le disparó con un arma de fuego que portaba, cayendo herido al suelo, acercándose el agente Roberto Antonio Farías Santelices, quien lo remató con una ráfaga en la espalda de su fusil AKA 47.

Los otros dos miembros del MIR detectados y vigilados antes en Talcahuano, Nelson Adrián Herrera Riveros y Mario Octavio Lagos Rodríguez, subieron a otro microbús de recorrido a Concepción, los que fueron seguidos por otros equipos operativos de la CNI, que en el trayecto se coordinaron con Carabineros para interceptar el autobús -que iba con pasajeros- frente a la Vega Monumental. Al llegar el vehículo a dicho lugar los miembros de la CNI interceptaron el microbús y ordenaron bajar a todas las personas del vehículo de locomoción colectiva, pero como algunos se negaron, entre ellos los perseguidos, lanzaron bombas lacrimógenas.

Cuando descendieron, dispararon a Herrera y Lagos causándole heridas. Lagos Rodríguez intentó huir, por lo que un agente le disparó con el fusil AKA que portaba provocándole la muerte en el mismo lugar.

Por su parte, Herrera Riveros fue aprehendido por los agentes de la CNI Sergio Mateluna Pino, José Abel Aravena Ruiz, Luis Andaur Leiva y Patricio Alfredo Bertón Campos, quienes lo introdujeron a uno de sus vehículos y se dirigieron al Hospital Regional de Concepción para la atención de sus heridas. No obstante, durante el trayecto, Derpich Miranda ordenó su ejecución por lo que lo llevaron al kilómetro 0.9 del camino a Santa Juana en donde lo bajaron del vehículo y Aravena Ruiz le ordena a Andaur Leiva ejecutar el crimen; éste le disparó con su revólver en la frente, ocasionándole una herida a bala cráneocerebral, que le produjo la muerte instantánea.

Alrededor de las 17:30 horas de mismo día, una vez que los agentes de la CNI de Concepción José Zapata Zapata y Bruno Soto Aravena que seguían a Mario Mujica Barros, junto a varios equipos que lideraba el fallecido Karl Johans Bauer, siguiendo las instrucciones de su jefe Jorge Camilo Mandiola Arredondo, se acercaron al domicilio de Mujica Barros en la Población Orompello de Los Ángeles. Ingresaron por sorpresa y violentamente al inmueble disparándole a la víctima en la cabeza, mientras se encontraba en el suelo, causándole la muerte.

Mientras tanto, a eso de las 16 horas del 23 de agosto de 1984, equipos operativos de la CNI llegados desde Santiago, dirigidos por Patricio Castro Muñoz, detuvieron a Rogelio Tapia de la Puente y Jaime Barrientos Matamala cerca del Puente Las Ánimas, en la ciudad de Valdivia. Posteriormente, cruzaron el río Calle Calle en un transbordador y los trasladaron al Puente Estancilla, ubicado en el Camino de Valdivia a Niebla, en el sector de Torobayo, lugar en que previamente se había cortado el tránsito de todo vehículo y personas por Carabineros y en circunstancias que los detenidos se encontraban amarrados de manos y vendada su vista, los agentes procedieron a ejecutarlos, por orden de Castro Muñoz, disparando él, además de los agentes Luis René Torres Méndez y Gerardo Meza Muñoz y otros no identificados en el proceso. Asimismo, el jefe regional de la CNI de Valdivia, Luis Moraga Tresckow, quien se habría negado a disparar, ante la orden reiterada de Castro Muñoz, los remató. Las víctimas recibieron múltiples heridas de proyectil, algunas de las cuales impactaron a Tapia de la Puente y Barrientos Matamala en el cráneo y tórax. Posteriormente, a los fallecidos se les colocó armas en las manos para simular un enfrentamiento.

Al día siguiente, 24 de agosto de 1984, alrededor de las 15 horas, varios equipos operativos de la CNI, a cargo de Patricio Castro Muñoz, rodearon el domicilio de Juan José Boncompte Andreu, ubicado en la Población Teniente Merino de Valdivia, ingresando a este para detener a Boncompte Andreu, quien trató de huir de sus captores, siendo herido por los disparos de Oscar Boehmwald Soto, cayendo al suelo, lugar en que Ema Verónica Ceballos Núñez le disparó con su arma de fuego en la cabeza, provocando su muerte.


Las vueltas de Marcos Derpich, el último ex jefe CNI que eludió la cárcel con el suicidio

Fuente :biobio.cl, 19 de Marzo 2024

Categoría : Prensa

Marcos Derpich jugó todas las cartas para evitar pagar sus culpas por la Operación Alfa Carbón. Ordenó directamente la muerte de militantes del MIR en dictadura. Estiró el proceso por años, pero hace dos semanas la Suprema lo declaró culpable de forma definitiva. Intentó desviar la responsabilidad en dos figuras: Álvaro Corbalán, otro ex CNI conocido que ya tiene más de 100 años de cárcel a su haber; y también en el mayor Joaquín Molina, más conocido como el marido de la comediante Gloria Benavides, quien murió en 1988 baleado en una fiesta a manos del hijo del exjefe de la DINA, Manuel "Mamo" Contreras. Este lunes, cuando la PDI llegó a su puerta para encerrarlo, ya no estaba. Sin salida, a unas cuadras de su domicilio se quitó la vida.

—¡¡¡Compruébenme algo!!!

Marcos Spiro Derpich Miranda (85), alías El Gitano, tomó su teléfono y se puso a grabar. Era 22 de noviembre de 2018. Estaba con amigos tomando un café en los alrededores de Tobalaba, en pleno Providencia. No estaba lejos de su domicilio en calle El Vergel.

No lo sabía en ese momento, pero frente a él estaba un grupo de la “Comisión Funa”, quienes —como se puede inferir por su nombre— funan a los objetivos que se proponen. Esta vez se habían fijado en él, un brigadier (r) del Ejército con extensa trayectoria en la Central Nacional de Informaciones (CNI), el principal aparato represivo de la dictadura, donde fungió como vicedirector y jefe de la división Regionales.

En lugar de regresar a su departamento entre abucheos, decidió encararlos, aunque con un rostro que desprendía entre molestia y sorpresa. Se gritaron de lado y lado.

Por ese entonces, tenía en contra un fallo de primera instancia. El ministro en visita Carlos Aldana lo declaró culpable, junto a Álvaro Corbalán y otros agentes, y lo condenó a 25 años de cárcel: 20 años de presidio como coautor de homicidios calificados y 5 años y un día como coautor de asociación ilícita.

Todo en el marco de la denominada Operación Alfa Carbón, desarrollada entre el 23 y 24 de agosto de 1984, y que permitió la matanza de militantes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR).

En comparación a su camarada Corbalán, Derpich había corrido con “suerte”. Por ejemplo, en 2009 fue absuelto de un caso de secuestro por falta de participación. Mientras que Corbalán, por su parte, tiene a su haber una cadena perpetua, además de otras condenas, por las que suma más de 100 años de cárcel.

Probablemente con esa autoconfianza encaró a los funadores de vuelta. E incluso pagó a su favor la situación. Según voces que estuvieron presentes, la encargada del local le sirvió un café de cortesía por el “mal rato”.

No se sentía culpable de nada. Cinco años después de ese episodio, el escenario cambió. La justicia dijo lo contrario.

RIP

—Tiene que ser despachado.
—Confirme la orden.
—RIP.

Si bien en abril de 2009 zafó de un caso de secuestro, en septiembre de ese mismo año la justicia volvió a la carga. Por ese entonces inició el proceso del ministro Aldana.

Durante la marcha, la investigación arrojó que Derpich fue uno de los principales jefes a cargo de la Operación Alfa Carbón, junto con Corvalán y el mayor Joaquín Molina, entonces analista de la CNI, más conocido como el marido de la comediante Gloria Benavides, quien murió en 1988 baleado en una fiesta a manos del hijo del exjefe de la DINA, Manuel “Mamo” Contreras.

Según estableció la justicia, para exterminar a los siete miristas a los que habían seguido la pista, los equipos se trasladaron a Los Ángeles, Concepción y Valdivia. Previo al 23 y 24 de agosto de 1984, se reunieron en el cuartel de la CNI en Avenida Pedro de Valdivia, en la capital del Bío Bío.

Desde allí se coordinaron los homicidios de Nelson Adrián Herrera Riveros, Mario Octavio Lagos Rodríguez, Luciano Humberto Aedo Arias, Mario Mujica Barros, Juan José Boncompte Andreu, Rogelio Tapia de la Puente y Raúl Jaime Barrientos Matamala.

El operativo partió la mañana de ese jueves 23. En la icónica Plaza El Ancla de Talcahuano, frente a donde hoy está la Bentoteca de la comuna puerto, los agentes detectaron a tres miristas: Herrera, Lagos y Aedo.

Tras percatarse, decidieron huir en bus. Los captores iban con armas de fuego y hasta un fusil AK-47. Aedo enfiló en un bus en dirección a Hualpencillo —hoy comuna de Hualpén, antes Talcahuano— y los otros dos también, pero hacia Concepción.

El primero, cuando se bajó, intentó huir a pie. Pero a eso del mediodía, en la esquina de las calles Grecia con Nápoles, uno de los agentes le disparó con su arma de fuego. Acto seguido, otro CNI se acercó con el AK-47 y le disparó una ráfaga directamente en la espalda.

Otros CNI siguieron a Herrera y Lagos. Por el camino se coordinaron con Carabineros para interceptar el bus, que aislaron la intersección de la Avenida 21 de Mayo con Mencia de Los Nidos, frente a la Vega Monumental. Allí los agentes le ordenaron a los pasajeros bajarse, pero varios se negaron, incluidos los miristas a bordo.

Acto seguido, lanzaron bombas lacrimógenas para obligar a bajar a los pasajeros. En el intertanto, los agentes lograron dispararles a ambos. Lagos intentó huir, pero corrió la misma fuerte que Aedo: lo mataron con el fúsil. Herrera, en tanto, fue capturado.

José Abel Aravena Ruiz, alias “El Muñeca”, junto a otros CNI, lo tiraron a uno de sus vehículos y lo llevaron al Hospital Regional penquista. Por el camino, este último recibió una orden radial de Derpich. El detenido no podía llegar vivo al centro asistencial y debía ser eliminado.

—Tiene que ser despachado —ordenó Derpich.
—Confirme la orden —le pidió “El Muñeca”.
—RIP.

Nadie cuestionó el mandato y se desviaron al sector Idahue, al inicio del camino a Santa Juana. Luis Andaur Leiva, alias “Caviedes”, lo tiró al suelo, le puso un pie en el pecho y le disparó con su revolver, a dos centímetros de la frente. Lo mató al instante. Aún esposado, retomaron la ruta y lo dejaron abandonado en la urgencia del Hospital Regional.

CONFIRMACIÓN SUPREMA

Para la funa en 2018, aún faltaba mucho camino por recorrer. El fallo de la Corte Suprema tardó, pero llegó. Hace dos semanas, el 4 de marzo pasado, el máximo tribunal confirmó los 25 años de presidio para Derpich y otros 14 ex agentes de la CNI.

Tras repetidos intentos por evitarlo, ya no quedaban más salidas judiciales. Quienes conocieron de cerca el proceso, subrayan que en todo momento su defensa intentó culpar al fallecido Joaquín Molina o a Corbalán. Mientras que este último se limitaba a decir que su rol fue de apoyo a Derpich, quien fungía como encargado en regiones.

Las mismas fuentes confidencian que la figura de Derpich es una muestra de las limitaciones que han tenido las investigaciones de estos casos fuera de la región Metropolitana, pues en regiones se registraron una serie de casos de violaciones de derechos humanos, pero pocas veces ha sido posible sustentarlos con pruebas suficientes. Por ello es probable que Derpich se haya beneficiado de esa “suerte”, al contrario de lo sucedido con figuras como Corbalán.

Durante la semana pasada, fue formalmente notificado de la condena. Por ende, no quedaba más camino que efectivamente ir a la cárcel.

Tras la confirmación de la Suprema, el ministro de la Corte de Apelaciones de Concepción, Carlos Aldana, envió la respectiva orden de detención a la Brigada de Derechos Humanos de la PDI.

Por eso es que la mañana de este lunes llegaron hasta su domicilio en Providencia. Sin embargo, no lo encontraron y los efectivos policiales fueron recibidos por su hijo.

Para entonces, Derpich se había desplazado en su auto hasta la calle Juan de Dios Vial Correa, en plena Plaza Las Lilas, a pocas cuadras de su departamento en El Vergel. En el intertanto, su familia se había percatado de una carta de despedida, en la que precisamente les indicó que se iba a encontrar en ese lugar.

Así fue como la PDI y sus cercanos llegaron juntos hasta allí, donde lo encontraron a bordo de su auto con un tiro en la cabeza. De acuerdo a lo señalado por el fiscal de flagrancia, Luis Jaramillo, y el subprefecto Juan Luis Fonseca, jefe de la BH Metropolitana, en el lugar no había indicios de la intervención de terceras personas. Se suicidó.


Corte Suprema confirma condenas de 15 agentes CNI por crímenes de operación Alfa Carbón

Fuente :resumen.cl, 5 de Marzo 2024

Categoría : Prensa

La Corte Suprema confirmó las sentencias que pesan sobre 15 ex agentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI) por su responsabilidad en los homicidios calificados de siete militantes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) perpetrados los días 23 y 24 de agosto de 1984 en una coordinada acción represiva que se desarrolló en las ciudades de Concepción, Los Ángeles, Temuco y Valdivia, denominada "Operación Alfa Carbón" por los órganos represivos, pero popularmente conocida como "Matanza de la Vega Monumental".

La operación represiva culminó el 23 de agosto con el asesinato de Luciano Humberto Aedo Arias, de 34 años de edad, cometido en la actual comuna de Hualpén; en Concepción, en el frontis de la Vega Monumental, fueron ultimados Nelson Adrián Herrera Riveros, 30 años, y Mario Octavio Lagos Rodríguez, de 34 años. El mismo día en Los Ángeles fue asesinado Mario Ernesto Mujica Barros, de 32 años, y en Valdivia fueron ejecutados Rogelio Humberto Tapia de la Puente, de 31 años, y Raúl Jaime Barrientos Matamala, 23 años. Al día siguiente, fue ejecutado Juan José Boncompte Andreu, de 31 años. Además de ello, como parte de la ofensiva represiva, decenas de personas, militantes y resistentes a la dictadura, fueron detenidas en las ciudades mencionadas y en otros pueblos y localidades del sur.

En fallo unánime (causa Rol 75.716-2022), la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros y ministras Haroldo Brito Cruz, Jorge Dahm Oyarzún, Leopoldo Llanos Sagristá, la abogada (i) Leonor Etcheberry C. y el abogado (i) Gonzalo Ruz L. – rechazó los recursos de casación en la forma y en fondo interpuestos por ocho de los criminales condenados y descartó error de derecho en la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Concepción en junio de 2022 (rol 325-2019), que ratificó la de primera instancia dictada en mayo de 2018 (rol 11-2009) y que condenó a los acusados por su responsabilidad en los delitos.

Los criminales

Con esta resolución, la Segunda Sala, confirma la sentencia que condena a los 15 ex agentes de la CNI; otros dos condenados en primera instancia fallecieron en el curso del proceso. Los condenados son seis ex oficiales de Ejército que operaban como mandos en la CNI, el ex Brigadier Marcos Spiro Derpich Miranda, a la época de los hechos jefe de la División Regionales de la CNI, y el ex teniente coronel Álvaro Julio Federico Corbalán Castilla, jefe de la división Anti Subversiva de la CNI, quienes quedaron condenados a penas de 20 años de presidio como coautores de todos los homicidios calificados y a 5 años y un día de presidio como coautores de asociación ilícita.

El ex capitán, Patricio Lorenzo Castro Muñoz, alias "BJ", deberá purgar una pena de 15 años y un día de presidio por los tres homicidios calificados cometidos en Valdivia; y a 5 años y un día de presidio como coautor de asociación ilícita. El ex teniente coronel Jorge Camilo Mandiola Arredondo, a la época de los hechos jefe regional de la CNI Concepción, fue condenado a 15 años y un día de presidio como coautor de los homicidios calificados cometidos en Talcahuano, Concepción y Los Ángeles. El ex teniente coronel Luis Alberto Moraga Tresckow, a la época de los hechos jefe regional de la CNI Valdivia, y autor material de los crímenes perpetrados en Puente Estancilla, en Valdivia, fue condenado a cinco años de libertad vigilada. El ex mayor Oscar Alberto Boehmwald Soto, jefe regional de la CNI Puerto Montt, fue condenado a 10 años de presidio por el homicidio calificado perpetrado en la ciudad de Valdivia en la persona de Juan José Boncompte Andreu.

En tanto, los agentes Luis Hernán Gálvez Navarro y Roberto Antonio Farías Santelices, quedan condenados a la pena de 10 años y un día de presidio, como coautores del homicidio calificado de Luciano Aedo Arias cometido en Hualpén. Mientras que, José Abel Aravena Ruiz, Sergio Agustín Mateluna Pino, Luis Enrique Andaur Leiva, y Patricio Alfredo Bertón Campos fueron sentenciados a la pena de 10 años y un día de presidio como coautores del homicidio calificado de Nelson Herrera Riveros cometido en el Km. Uno del Camino a Santa Juana, en el sector Idahue. El único procesado y acusado que había decretado el ministro sustanciador Carlos Aldana por el homicidio calificado de Mario Lagos Rodríguez, cometido en la Vega Monumental, el criminal Manuel Ángel Morales Acevedo, fue absuelto por el ministro. Luego, en el curso del proceso, este individuo falleció en diciembre de 2021.

Respecto del crimen cometido en Los Ángeles, el agente Bruno Antonio Soto Aravena, deberá cumplir una pena de 10 años y un día de presidio como coautor del homicidio calificado de Mario Mujica Barros. El otro condenado en primera instancia a la misma pena por este crimen, José Artemio Zapata Zapata, se suicidó en septiembre de 2019. Por los hechos criminales cometidos en Valdivia, el agente Luis René Torres Méndez, fue sentenciado a la pena de 15 años y un día de presidio, como coautor de los dos homicidios calificados cometidos en Puente Estancilla, camino a Niebla, en las personas de Rogelio Tapia De La Puente y Raúl Barrientos Matamala.

Por este mismo hecho, también había sido condenado en primera instancia a la misma pena el agente Gerardo Meza Acuña, pero este individuo falleció en julio de 2020. Por último, además de Oscar Alberto Boehmwald Soto, la agente Ema Verónica Ceballos Núñez, fue sentenciada a la pena de 10 años y un día de presidio, como coautora del homicidio calificado de Juan José Boncompte Andreu, cometido en la Población Teniente Merino.

Señalemos que en el curso del proceso (causa rol 11-2009), el ministro Carlos Aldana se negó a procesar a otra decena de agentes implicados en los hechos criminales, decisión que fue refrendada en su momento por la Corte de Apelaciones penquista. Así mismo, el ministro Aldana se negó a procesar por asociación ilícita a los implicados oficiales Luis Moraga Tresckow y Oscar Boehmwald Soto; y por este ilícito, a pesar de someterlo a proceso, no condenó a Jorge Mandiola Arredondo, el jefe de la CNI en Concepción y gestor de la acción concertada de vigilancia, seguimiento y preparación del operativo que culmina en los crimines de agosto, en los que Mandiola Arredondo participa activamente.

Además, el criminal condenado Patricio Castro Muñoz, pretendió cuestionar la legalidad del proceso judicial y de la condena en su contra, y recurrió en octubre pasado al Tribunal Constitucional (TC) invocando vicios de inconstitucionalidad en el juicio y la condena que le afectaba. No obstante, el 9 de enero del presente año, el TC se pronunció declarando inadmisible el recurso presentado por el criminal y su representante, rechazando el libelo.

La Operación Alfa Carbón

En la etapa de investigación, se logró acreditar que a comienzos del año 1984, el jefe de la CNI de Concepción, el mayor Jorge Mandiola, recibió antecedentes de la rearticulación en la zona del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), logrando detectar a algunos de sus dirigentes y a un gran número de militantes y resistentes. Tras informar a su superior, el coronel Marcos Derpich Miranda, jefe de la división Regionales de la CNI, y habiendo confirmado la detección de la orgánica mirista en el sur, informaron al director de la CNI, general Humberto Gordon Rubio (actualmente fallecido), quien determinó que el mayor Álvaro Corbalán Castilla, a cargo de la División Antisubversiva se coordinara con la jefatura de Regionales, para realizar operaciones destinadas a neutralizar a los miembros del MIR que estaban operando entre las regiones del Biobío y de Los Ríos, denominando estas acciones como «Operación Alfa Carbón».

Producto de lo anterior, Álvaro Corbalán dispuso que varios equipos, integrados por agentes de distintas Brigadas del Cuartel Borgoño (Azul, Amarillo, Verde, Café y Especial), de Santiago, compuestos por dos o tres personas y con movilización y financiamiento otorgados por la División Antisubversiva, se trasladaran a Concepción, Los Ángeles, Temuco y Valdivia, para que, en coordinación con miembros de las unidades Regionales de la CNI de dichas ciudades, llevaran a cabo las diligencias que las distintas jefaturas les ordenaran.

Asimismo, Corbalán ordenó a su subalterno Patricio Lorenzo Castro Muñoz, subjefe de la Amarillo, que se constituyera en Valdivia, a cargo de los equipos que trasladó desde Santiago, para dirigir y llevar a efecto las operaciones en esa región. Del mismo modo, ordenó a Krantz Johans Bauer, subjefe de la Especial, que se constituyera en Los Ángeles a hacerse cargo de las labores operativas, apoyado por equipos conjuntos de Santiago y Regionales.

En paralelo, y con el mismo fin, Marcos Derpich Miranda dispuso que el jefe del cuartel de Chillán de la CNI, Héctor Reinoso Muñoz y agentes de su unidad, se integrara a su similar de Concepción, y que el jefe de Puerto Montt, Oscar Boehmwald, junto a agentes de su unidad, se presentaran ante el jefe de Valdivia, para apoyar las operaciones represivas.

Con la información acumulada a través de seguimientos, vigilancias y escuchas, los mandos CNI deciden dar el golpe definitivo. En días previos al hecho, liderados por Álvaro Corbalán, Joaquín Molina Fuenzalida (fallecido), Marcos Derpich, y otros, se reunieron en el cuartel de la CNI ubicado en calle Bahamondes con Avenida Pedro de Valdivia, en Concepción, los mandos, los jefes y equipos y llegados a la ciudad, más los agentes locales, instancia en que se coordinaron las acciones a desarrollar.

En esa reunión se tomó la decisión de realizar diversos allanamientos y detenciones (sin existir órdenes ni procesos judiciales al respecto) y que el destino de los detenidos dependía del grado de peligrosidad para el régimen militar imperante en el país. Allí los mandos CNI establecieron que miristas serían eliminados y quienes detenidos al momento de "reventar" o ejecutar la operación. Esta operación, comprendía acciones represivas tanto en Talcahuano y Concepción como en Los Ángeles, Temuco, Valdivia y otras localidades de la zona sur.

Los hechos

La fecha escogida por los mandos CNI fue el día 23 de agosto de 1984. En la mañana del día 23, en Concepción, varios equipos de la CNI montaron acciones de seguimiento sobre tres miembros del MIR, los que confluyeron en un restaurant ubicado en la Plazoleta El Ancla, en Talcahuano. Ellos eran Nelson Herrera, Mario Lagos y Luciano Aedo.

Alrededor del mediodía, uno de ellos, Luciano Humberto Aedo Arias, abordó un bus de la locomoción colectiva, en dirección al sector Hualpencillo donde residía, lugar en que se bajó del autobús al percatarse del ostensible seguimiento, y trató de huir a pie, siendo interceptado por los agentes CNI en la esquina de las calles Grecia con Nápoles. En ese momento, el agente Luis Hernán Gálvez Navarro, le disparó con un arma de fuego que portaba, cayendo Luciano herido al suelo; luego se acerca al caído el agente Roberto Antonio Farías Santelices, quien lo remató con una ráfaga en la espalda con un fusil AKA 47.

Un par de horas más tarde, y sin percibir lo que ocurría en las afueras, los otros dos miembros del MIR detectados y vigilados en el restaurant en Talcahuano, Nelson Adrián Herrera Riveros y Mario Octavio Lagos Rodríguez, subieron a otro microbús de recorrido a Concepción, los que fueron seguidos por otros equipos operativos de la CNI, que en el trayecto se coordinaron con Carabineros para interceptar el autobús -que iba con pasajeros- frente a la Vega Monumental.

Al llegar el vehículo a dicho lugar los miembros de la CNI interceptaron el microbús y ordenaron descender a todas las personas del vehículo de locomoción colectiva, pero como algunas personas se negaron, entre ellos los perseguidos, lanzaron bombas lacrimógenas al interior del microbús forzando su desalojo.

Una vez que los pasajeros bajaron, los dos miristas descendieron del micro con las manos en alto, pero los agentes CNI dispararon en el acto a Herrera y Lagos causándoles heridas. Mario Lagos intentó huir, por lo que un agente le disparó con el fusil AKA que portaba provocándole la muerte en el mismo lugar.

Por su parte, Nelson Herrera Riveros fue aprehendido por los agentes de la CNI Sergio Mateluna Pino, José Abel Aravena Ruiz, Luis Andaur Leiva y Patricio Alfredo Bertón Campos, quienes lo introdujeron a uno de sus vehículos y -como parte del montaje- anunciaron a viva voz que se dirigirían al Hospital Regional de Concepción para la atención de las heridas del detenido.

No obstante, se desviaron del trayecto y lo llevaron al kilómetro 0.9 del camino a Santa Juana en donde lo bajaron del vehículo y Aravena Ruiz le ordena a Andaur Leiva ejecutar el crimen; éste le disparó con su revólver en la frente, ocasionándole una herida a bala cráneo cerebral, que le produjo la muerte instantánea, tal como Derpich Miranda se los había ordenado por radio.

Para culminar la farsa, los ejecutores se dirigen con el asesinado al Hospital Regional y lo ingresan por urgencias, ya fallecido. A Nelson Herrera los agentes lo dejaron en el hospital esposado a la espalda. Más tarde volvieron para soltar y recuperar las esposas.

Los Ángeles

En Los Ángeles, alrededor de las 17:30 horas de mismo día 23, una vez que los agentes de la CNI de Concepción José Zapata Zapata y Bruno Soto Aravena que seguían a Mario Mujica Barros, junto a varios equipos que lideraba el fallecido Krantz Johans Bauer, siguiendo las instrucciones de su jefe Jorge Camilo Mandiola Arredondo, se acercaron al domicilio de Mujica Barros en la Población Orompello de Los Ángeles. Ingresaron por sorpresa y violentamente al inmueble disparándole a la víctima en la cabeza, mientras se encontraba en el suelo, causándole la muerte.

Valdivia

Mientras tanto, en Valdivia a eso de las 16 horas del 23 de agosto, equipos operativos de la CNI llegados desde Santiago, dirigidos por Patricio Castro Muñoz, detuvieron a Rogelio Tapia de la Puente y Jaime Barrientos Matamala cerca del Puente Las Ánimas, en la ciudad de Valdivia. Posteriormente, cruzaron el río Calle Calle en un transbordador y los trasladaron al Puente Estancilla, ubicado en el Camino de Valdivia a Niebla, en el sector de Torobayo.

En ese lugar, en que previamente se había cortado el tránsito de todo vehículo y personas por Carabineros, y en circunstancias que los detenidos se encontraban amarrados de manos y vendada su vista, los agentes procedieron a ejecutarlos, por orden de Castro Muñoz, disparando él mismo, además de los agentes Luis René Torres Méndez y Gerardo Meza Muñoz y otros no identificados en el proceso. Asimismo, el jefe regional de la CNI de Valdivia, Luis Moraga Tresckow, quien en principio se habría negado a disparar, ante la imperativa orden de Castro Muñoz, los remató con disparos de su arma. Las víctimas recibieron múltiples heridas de proyectil, algunas de las cuales impactaron a Tapia de la Puente y Barrientos Matamala en el cráneo y tórax. Posteriormente, a los fallecidos se les colocó armas en las manos para simular un enfrentamiento.

Al día siguiente, 24 de agosto, alrededor de las 15 horas, varios equipos operativos de la CNI, a cargo de Patricio Castro Muñoz, rodearon el domicilio de Juan José Boncompte Andreu, ubicado en calle Rubén Darío, en la Población Teniente Merino de Valdivia, ingresando a este para eliminar a Boncompte Andreu, quien trató de huir de sus captores por el patio trasero de la vivienda, siendo herido por Oscar Boehmwald Soto.

En el patio trasero le esperaban emboscados otros agentes que también le dispararon; ya en el suelo, lo remató la agente Ema Verónica Ceballos Núñez quien le disparó con su arma de fuego en la cabeza, asegurando su muerte. Juan José Boncompte recibió 22 impactos de bala.

por Darío Núñez


Corte Suprema confirma condenas de 22 agentes CNI por crímenes en falso enfrentamiento en Quinta Normal en septiembre de 1983

Fuente :resumen.cl, 27 de Enero 2024

Categoría : Prensa

La Corte Suprema confirmó las condenas contra 22 agentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI) por su responsabilidad en los delitos de homicidio calificado de los militantes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) Hugo Ratier Noguera y Alejandro Salgado Troquián. Los crímenes fueron perpetrados el 7 de septiembre de 1983, en un falso enfrentamiento en calle Janequeo de la comuna de Quinta Normal, en Santiago.

En fallo unánime la Segunda Sala del máximo tribunal (causa rol 10.047-2022) -integrada por los ministro Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos Sagristá, Jean Pierre Matus, y el abogado (i) Gonzalo Ruz L. y la abogada (i) Leonor Etcheberry C.- descartó error de derecho en la sentencia y rechazó los recursos de casación en la forma y en el fondo interpuesto por la casi totalidad de los condenados en contra del fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago, dictado en noviembre de 2021, que a su vez confirmó con algunos cambios la de primera instancia, dictada en julio de 2019 por el ministro Miguel Vásquez Plaza.

En la resolución la Segunda Sala confirma las condenas aplicadas a los ex oficiales de Ejército y ex jerarcas de la CNI Roberto Urbano Schmied Zanzi, Álvaro Julio Federico Corbalán  Castilla y Aquiles Mauricio González Cortés, quienes quedan condenados a 17 años de presidio, en calidad de coautores del delito. El primero de los condenados, Schmied Zanzi, ejercía como jefe de la División Metropolitana de la CNI; Corbalán Castilla era jefe de la División Antisubversiva y Aquiles González actuaba como jefe de la Brigada Azul, especializada en la represión al MIR.

En tanto, los ex oficiales de ejército y operativos de la CNI Sergio María Canals Baldwin, Luis Arturo Sanhueza Ros, Fernando Rafael Mauricio Rojas Tapia, Norman Antonio Jeldes Aguilar y los ex agentes José Abel Aravena Ruiz, José Guillermo Salas Fuentes, Egon Antonio Barra Barra, Jorge Octavio Vargas Bories y José Isaías Vidal Veloso deberán purgar 15 años y un día de presidio, como autores de los delitos.

Por su parte, los ex agentes Rodolfo Enrique Olguín González, Ema Verónica Ceballos Núñez, Luis Hernán Gálvez Navarro, Rosa Humilde Ramos Hernández, Francisco Javier Orellana Seguel, Miguel Fernando Gajardo Quijada, Juan Carlos Vergara Gutiérrez, Raúl Boris Méndez Santos, Raúl Hernán Escobar Díaz y Rafael Ricardo Ortega Gutiérrez, fueron sentenciados a 10 años y un día de presidio, como cómplices de los delitos.

El agente Manuel Ángel Morales Acevedo, también condenado en las instancias previas, falleció en el curso del proceso.

Falso enfrentamiento

El día 7 de septiembre de 1983, decenas de agentes de la CNI, de la SIFA, de la Policía de Investigaciones y de otros organismos represivos fueron hasta el domicilio ubicado en calle Janequeo N° 5707, comuna de Quinta Normal, que estaba siendo vigilado desde hace algunas semanas, procediendo a rodear y a acordonar el lugar, para luego mediante el uso de una base de fuego y otros armamentos, disparar, sin mediar provocación alguna y con gran poder de fuego contra el inmueble, producto de lo cual resultó muerto por diversas heridas de bala en el patio trasero de la vivienda, Hugo Ratier Noguera.

Simultáneamente, con ocasión de ir llegando al barrio y al mismo domicilio donde residía, el militante Alejandro Salgado Troquián fue abatido por múltiples heridas de bala, y ejecutado en la vía pública, esto es, en calle Janequeo frente al número 5946, a dos cuadras de la vivienda atacada.

Hugo Norberto Ratier Noguera, de 39 años de edad, era de nacionalidad argentina, originario de Misiones, y residía en Chile desde 1970. Era dirigente del MIR y se mantenía activo en la clandestinidad. Era casado y padre de tres hijos; poco antes de estos hechos su esposa e hijos habían abandonado el país por razones de seguridad. Alejandro Salgado Troquián, de 30 años de edad, de profesión veterinario, también militante del MIR, era casado y padre sustituto de los hijos de su pareja.

Un menor de edad, hijo adoptivo de Salgado y residente en la vivienda junto con Salgado y Ratier, fue víctima y testigo de los hechos pero en medio de la balacera logró huir hacia casas del vecindario, salvando así la vida y denunciando luego el criminal ataque.

Este falso enfrentamiento fue realizado por la CNI el mismo día y a continuación de que perpetrara las ejecuciones de otros tres militantes del MIR en calle Fuenteovejuna, en la comuna de Las Condes, en un hecho criminal también orquestado como falso enfrentamiento y en donde fueron asesinados Arturo Vilavella Araujo, Lucía Orfilia Vergara Valenzuela y Sergio Peña Díaz. Los tres habían regresado clandestinamente a Chile para integrarse a la lucha contra la dictadura. Judicialmente, ambos sucesos se tramitan como episodios separados, en circunstancias que se trató de una sola operación represiva.

En la investigación del hecho represivo quedó demostrado que el organismo represivo de la dictadura desarrolló una operación de seguimiento y vigilancia durante los meses previos sobre un conjunto de miembros del MIR que actuaban en la clandestinidad en la lucha de resistencia contra el régimen tirano. Con los datos obtenidos de esa observación previa, la CNI orquestó la operación de exterminio que significó la detención de una decena de personas, el ataque y asesinato de los tres moradores de la casa en calle Fuente Ovejuna, y luego el ataque y asesinato de otros dos militantes en la casa de calle Janequeo de la comuna de Quinta Normal.

por Darío Núñe


Corte Suprema confirma condenas de 27 ex agentes del Comando Conjunto por crímenes de cinco militantes comunistas cometidos entre 1975 y 1976

Fuente :resumen.cl, 26 de Abril 2024

Categoría : Prensa

La Corte Suprema rechazó los recurso de casación en el fondo interpuestos por las defensas de los otrora agentes del denominado Comando Conjunto, en contra de la sentencia que condenó a 27 de ellos por su responsabilidad en los delitos de secuestro simple y homicidio calificado de Ignacio Orlando González Espinoza y Juan René Orellana Catalán; y en los secuestros calificados de Ricardo Manuel Weibel Navarrete, Luis Desiderio Moraga Cruz y Luis Emilio Gerardo Maturana González, todos militantes del Partido Comunista. Los delitos fueron perpetrados entre octubre de 1975 y junio de 1976, en la ciudad de Santiago.

El llamado Comando Conjunto fue un aparato represivo creado por la dictadura bajo la tutela de la Fuerza Aérea (Fach) y la participación de agentes del ejército, de la marina, de carabineros y civiles fachos, que operó principalmente entre los años 1975 a 1977, y cuya razón de ser era competir en faenas represivas y criminales con el omnímodo poder que ostentaba la DINA bajo la tutela del ejército y la dirección de Pinochet y Contreras.

En fallo unánime (causa rol 32.012-2022), la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos, la ministra María Teresa Letelier y el ministro Jean Pierre Matus- confirmó la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que condenó al ex oficial de la Fach Juan Francisco Saavedra Loyola y al ex oficial de carabineros Manuel Agustín Muñoz Gamboa a las penas de 18 años de presidio, más 13 años y más 3 años de presidio, cada uno.

Al ex oficial de la armada Daniel Luis Enrique Guimpert Corvalán a penas de 18 años, más 12 y más 3 años de presidio.

A los ex oficiales de ejército Álvaro Julio Federico Corbalán Castilla y Sergio Antonio Díaz López, y al ex oficial de la armada Jorge Aníbal Osses Novoa, a penas de 12 años de presidio, más 10 años y un día, más 400 días de presidio a cada uno.

A los agentes Raúl Horacio González Fernández y Alejandro Julio Segundo Sáez Mardones a dos condenas de 10 años y un día de presidio, y más 400 días de presidio a cada uno.

A los agentes Roberto Alfonso Flores Cisterna y Juan Carlos Hernán Rodrigo Villarreal a penas de 10 años y un día, más 5 años y un día, más 400 días de presidio a cada uno.

Al facho civil Otto Silvio Trujillo Miranda la penas de 10 años y un día de presidio Al agente Lenin Figueroa Sánchez, dos condenas de 5 años y un día, más 400 días de presidio.

A los agentes Sergio Daniel Valenzuela Morales, Juan Atilio Aravena Hurtuvia, a penas de 5 años y un día de presidio, más 5 años, más 400 días de presidio.

A los fachos civiles Andrés Pablo Potín Lailhacar, Viviana Lucinda Ugarte Sandoval, Emilio Mahias del Río, y los agentes Juan Luis Fernando López López, José Evaristo Rojas Alruiz, Francisco Segundo Illanes Miranda, a penas de 5 años y un día de presidio, más 400 días de presidio.

A Ernesto Arturo Lobos Gálvez, Alejandro Jorge Forero Álvarez, a penas de 5 años y un día de presidio, más 60 días de presidio.

A Roberto Francisco Serón Cárdenas, a la pena de 5 años y un día de presidio A Robinson Alfonso Suazo Jaque, Pedro Ernesto Caamaño Medina, Pedro Juan Zambrano Uribe y José Hernando Alvarado Alvarado, a la pena de 4 años, más 60 días de presidio cada uno.

Los también condenados Antonio Benedicto Quiros Reyes y Miguel Arturo Estay Reyno, fallecieron en el curso del proceso.

En la investigación judicial y fallo de primera instancia el ministro Miguel Vásquez Plaza estableció que existió una agrupación de hecho que operó clandestinamente entre los años 1975 y 1976, conformado principalmente por agentes que pertenecieron a la Dirección de Inteligencia de la Fuerza Aérea, además de Carabineros Chile, Marina y Ejército, con la colaboración de civiles, cuyo objetivo principal fue la represión de la Juventud del Partido Comunista, para lo cual procedían a la detención de varios de ellos.

Esta agrupación, denominada Comando Conjunto, utilizó para las detenciones y torturas diversas instalaciones: Hangar de Cerrillos; Nido 20, recinto secreto de detención y tortura ubicado en calle Santa Teresa N° 037, paradero 20 de Gran Avenida; Nido 18, recinto secreto ubicado en calle Perú N° 9053, La Florida, Santiago, que fue empleado exclusivamente para la tortura; La Prevención o Remo Cero, que eran calabozos ubicados al interior del Regimiento de Artillería Antiaérea en Colina, todo esto durante el año 1975; La Firma, a principios del año 1976, dicho grupo traslada sus operaciones a la parte posterior del inmueble a cargo de Carabineros de Chile, ubicado en calle Dieciocho, frente al N° 229, que perteneció al ex diario Clarín, denominándosele La Firma.

El actuar operativo de la agrupación, consistía en detener a las personas con la modalidad de secuestro, mantenerlos cautivos en recintos secretos, y someterlos a interrogatorios y torturas, física y psicológica, para obtener información y doblegar su voluntad, logrando la colaboración de alguno de ellos, hasta el punto que algunos fueron asimilados como agentes operativos del grupo, lo que proporcionó una mayor efectividad en la detención de militantes comunistas en cadena, a los cuales se les hizo desaparecer; de algunos de ellos, en el curso de los años, se encontró parte de sus restos.

El día 7 de noviembre de 1975, aproximadamente a las 22.00 horas, fue detenido en su domicilio de calle Río Maule en la Comuna de Recoleta, Ricardo Manuel Welbel Navarrete, por sujetos que vestían de civil; manteniéndosele privado de libertad en el recinto denominado La Prevención o Remo Cero, ubicado al interior del Regimiento Antiaérea en Colina, último lugar en que se le vio con vida y, con posterioridad, fueron encontradas sus osamentas en los terrenos del Fuerte Arteaga, Peldehue.

El día 20 de octubre de 1975, en horas de la madrugada fue detenido en su domicilio de pasaje Tokio en la Población Juanita Aguirre, comuna de Conchalí, Santiago, Luis Desiderio Moraga Cruz, por sujetos que vestían de civil; manteniéndosele recluido en el Regimiento de Artillería Antiaérea en Colina, en cuyo interior se encontraba el recinto denominado La Prevención o Remo Cero, siendo éste el último lugar en que se le vio con vida.

El día 4 de diciembre de 1975, en horas de la madrugada, fue detenido en su domicilio de calle Soberanía de la comuna de Santiago, Ignacio Orlando González Espinoza, por sujetos que vestían de civil; manteniéndosele privado de libertad en el recinto denominado La Prevención o Remo Cero, ubicado al interior del Regimiento de Artillería Antiaérea en Colina, último lugar en que se le vio con vida y, con posterioridad, fue ejecutado en los terrenos del Fuerte Arteaga, Peldehue, donde fueron encontradas sus osamentas.

El día 8 de junio de 1976, en el sector de Estación Central, Luis Emilio Gerardo Maturana González se reunió con Juan René Orellana Catalán, ambos militantes de la Juventud Comunista en la clandestinidad debido a la persecución política de que eran objeto, con el propósito de entregarle dinero del partido a Orellana Catalán para sí y para que a su vez lo entregara a otros militantes del partido ya que Maturana González estaba encargado de distribuirlo; momento en que son detenidos por agentes operativos del referido Comando Conjunto, manteniéndoseles recluidos en el recinto denominado La Firma, desde donde se pierde su rastro. Posteriormente, Orellana Catalán fue ejecutado en la Cuesta Barriga, donde se encontró restos de su persona