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Barra Barra Egon Antonio – Memoria Viva

Barra Barra Egon Antonio

Alias : El Siete Fachas;

Rut: 6.973.466-2

Cargos:

Grado : Cabo 1º

Rama : Carabineros

Organismos : Dirección Nacional de Inteligencia (DINA)

Brigada Azul
Agrupación Apache
Unidad Especial


Crímenes en la Vega Monumental: El secreto mejor guardado de la CNI

Fuente :revistanos.cl Agosto de 2006

Categoría : Prensa

A 22 años del operativo que dio muerte a tres miristas en Concepción y Hualpencillo, aún no hay condena para los responsables. Y es que los agentes de seguridad que actuaron en lo que se denominó plan Alfa Carbón 1, lo hicieron con todos resguardos del régimen evitando por décadas su identificación. Hoy, la versión oficial que habló de enfrentamientos es contrastada por la de testigos presenciales que en forma inédita dan cuenta de cómo ocurrieron los hechos.

A los vecinos del sector Lorenzo Arenas de Concepción todavía les duele recordar la historia de los miristas asesinados el 23 de agosto de 1984 en las inmediaciones de la Vega Monumental. Se trató de una de las operaciones represivas más públicas y expuestas de la desaparecida Central Nacional de Informaciones (CNI) que, paradójicamente, debido a los resguardos de los organismos de inteligencia involucrados, se ha transformado en una de las causas de Derechos Humanos más difíciles de aclarar.
Tal como reveló la declaración de un agente de la CNI que consta en el proceso, la idea del operativo “Alfa Carbón 1” -como se denominó a esta acción de inteligencia – tenía por objetivo “reventar el teatro de operaciones del MIR entre la octava y décima regiones”. Por eso actuaron casi simultáneamente en Concepción, Los Ángeles, Valdivia y Santiago. En total fueron asesinados 9 miristas y otros tantos detenidos en numerosos allanamientos.

En el caso particular de las muertes de la Vega Monumental, las autoridades de la época impusieron una versión oficial que habló de un enfrentamiento entre terroristas y organismos de seguridad del régimen, a pesar de la certidumbre de cientos de personas adultos, jóvenes y muchos niños, que vieron cómo los abatidos se entregaron sin oponer resistencia, incluso uno de ellos con las manos en alto.
Tras 22 años, la justicia militar, donde quedó radicada la causa pese a la oposición de las familias de las víctimas y organizaciones de Derechos Humanos, todavía mantiene abierto el sumario, sin que a la fecha haya dictado acusación contra ninguno de los presuntos responsables.

Cronología del crimen
La operación Alfa Carbón 1 comenzó en la mañana del 23 de agosto en Concepción con la detención de un militante del MIR en plena vía pública. Pasado el mediodía, en Hualpencillo, la información oficial da cuenta de un enfrentamiento casual entre un sujeto sospechoso, Luis Humberto Aedo Arias (32) y personal de seguridad. La CNI informó que Aedo (uno de los miristas más fuertes de la zona) disparó contra los agentes y que éstos respondieron hiriéndolo de muerte. Testigos descartan el encuentro fortuito. Aseguran que desde temprano se tendió un cerco policial en el sector y que al sujeto le dispararon por la espalda y lo remataron en el suelo. Un reportaje de la Revista Hoy de la época rescató una declaración que complementa tales versiones. “Cuando el caballero estaba tirado en el suelo, llegó un vehículo con tres personas, se bajaron, lo movieron y se escucharon disparos nuevamente. Luego se hicieron presente otras tres personas con maletines y le colocaron papeles. Estaba estirado y lo cambiaron de posición”.
Cerca de las 15:30 hrs. del mismo día, vehículos de la CNI interceptaron, a la altura de la Vega Monumental, un bus línea Las Bahías con recorrido Talcahuano-Concepción. El objetivo: Nelson Herrera Riveros (30), encargado político militar del MIR desde Concepción a la Décima Región y su compañero, Mario Octavio Lagos Rodríguez (34).
20 días más tarde, el chofer del microbus, Pedro Aguayo, quien fallecería un par de años más tarde en extrañas circunstancias, manifestó en una declaración jurada que ambos sujetos habían abordado su máquina frente al mercado de Talcahuano. “Ellos subieron, pagaron su pasaje y se sentaron detrás mío en el primer asiento (…) cuando llegué al primer semáforo de la calle 21 de mayo, frente a la Vega, vi un auto rojo y a los lados 4 personas armadas que se protegían en el auto y me observaban (…) desde otro vehículo, que venía en sentido contrario se bajaron unas personas con armas, metralletas y se apoyaron en el capot del taxibús y me obligaron a detenerme”.

Las primeras polémicas
Lo que ocurre después de esta acción fue lo que desató unos de los debates más abiertos entre la Iglesia Católica penquista y las autoridades del régimen de la época. Mientras estas últimas afirmaron que ambos miristas tomaron como rehenes a los pasajeros del taxibus para eludir la persecución, el propio Aguayo desmintió esa información al Diario El Sur, dos días más tarde.
Consultado si hubo o no enfrentamiento fue enfático: “en honor a la verdad tengo que decir que no (…) los dos hombres decidieron bajar finalmente. En ningún momento salieron disparando. Querían entregarse”.
El periodista Marcelo Henríquez, que en ese entonces tenía 13 años, vivía en el sector. Relata que junto a unos amigos presenció todo desde un departamento que daba a la calle 21 de mayo. “Escuchamos mucho grito, mucho garabato, principalmente de la gente de civil. A viva voz y con megáfonos les decían a los tipos que si bajaban del bus no les iba a pasar nada ( …), pero apenas bajó el primero lo mataron (…) no fue un tiroteo. Los disparos venían de un solo lado. De los civiles armados”, afirma.
El mirista que murió en el lugar era Mario Octavio Lagos. Los testigos dijeron que bajó del microbus con las manos en alto, lo que explica la herida de bala bajo la axila que presentaba su cuerpo en el Instituto Médico Legal y que fue constatada por el sacerdote y periodista Enrique Moreno Laval, que en la época era Vicario Episcopal de la Pastoral Obrera penquista y vicepresidente regional del Colegio de Periodistas.
Las circunstancias de la muerte de Herrera no son claras. El chofer Pedro Aguayo relató que alcanzó a verlo tirado en la calle, pero que no tenía sangre en el cuerpo. Sólo una herida superficial en la frente, que según dijo “pudo ser de la caída o del roce de una bala”. Sin embargo, llegó muerto al Hospital Regional.
“Dos hombres que se le acercaron lo tomaron fuertemente de los brazos (…) dijeron que estaba herido y que había que llevarlo al hospital. Iba caminado sin esposas y lo subieron a un vehículo que no puedo precisar cuál sería”, relató el chofer en su declaración jurada.
Marcelo Henríquez sí recuerda claramente este suceso. “Lo tomaron (a Herrera) y lo subieron a un auto civil. Creo que era un Chevrolet Opala, uno grande. Suena un tiro seco y vi cómo el cuerpo saltó producto del impacto”.
Algo similar afirmó en el proceso un ex agente, que aseguró que a Herrera lo subieron esposado a un auto de la Central. “El vehículo llevaba los colores de taxi. Cuando partió llegó la orden de eliminarlo. El equipo lo eliminó a quemarropa”. El certificado de defunción de Herrera consigna como causa de muerte una herida a bala cráneo-cerebral que se cataloga como homicidio. Una impactante fotografía tomada por el entonces abogado del CODEPU, Carlos Cabrera, que vistió a Herrera en la morgue, muestra una perforación en mitad de la frente que habría sido hecho con un arma apoyada.

La madeja judicial
La diferencia sustancial entre la versión oficial y la de testigos oculares motivó la desconfianza del Arzobispo de Concepción, José Manuel Santos, quien cinco días después de la operación pidió un Ministro sumariante a la Corte de Apelaciones penquista, solicitud que no fue acogida, pues el Tribunal de Alzada determinó que “no correspondía conocer las referidas materias a la justicia ordinaria”. Indignado por la respuesta, Santos no se amilanó y recurrió al Máximo Tribunal. La Suprema instruyó al Tercer Juzgado Militar para que designara un fiscal Ad hoc, nombramiento que recayó en el Comandante Alejandro Abuter Campos.
El ’84, la Justicia Militar ya había iniciado una investigación por formación de milicias paramilitares y procesó a los miristas detenidos en los allanamientos por infracción a la ley de control de armas. En esta situación se encuentran hasta hoy, entre otros, Patricia Zalaquett, pareja de Herrera, y Alejandro Bernsteir.
En los 15 años siguientes la fiscalía militar no sometió a proceso a ninguno de los agentes involucrados en los crímenes de la Vega y Hualpencillo. Incluso estuvo por sobreseer definitivamente la causa. Pero los abogados del CODEPU de Santiago recurrieron de casación ante la Suprema para invalidar el sobreseimiento. En septiembre, el Máximo Tribunal revoca esta decisión, dicta un fallo de reemplazo y ordena que se siga adelante con la investigación. En este momento cambia la carátula del expediente militar por el caso de los tres miristas asesinados el 23 de agosto del ’84 a “violencia innecesaria en contra de personal de la CNI”.
“La violencia innecesaria se manifiesta en la muerte de personas indefensas, o sea, la justicia militar en democracia reconoce estos hechos deleznables”, asegura el abogado Carlos Cabrera. En tanto, la causa de los miristas vivos se trasladó a la justicia ordinaria.

Agentes sin caretas
La investigación había estado entrabada por años, pues la mayoría de los agentes de la CNI involucrados actuó con nombres operativos (chapas). Incluso en esa condición, dos de ellos, el Teniente Coronel de Ejército Hugo José Hechenleitner, alias Antonio Martínez López y el Suboficial Víctor Muñoz Orellana, alias Jaime Marinovic Palma, habían reconocido su participación en los hechos en el operativo de la Vega del 23 de agosto ante el fiscal Pedro Marisio. “Aquí hubo un grado de complicidad, porque el fiscal acepta la declaración con chapas sabiendo que esos nombres no correspondían”, acusa Carlos Cabrera.
En abril de 1999, la Segunda Fiscalía Militar de Concepción sometió a proceso a estos dos agentes de la CNI, quienes todavía figuraban por sus chapas. Por eso, el abogado Cabrera solicitó diligencias para establecer sus verdaderas identidades, las que dieron fruto en noviembre de 2002. Con estos nuevos datos se modificó su encausamiento. Víctor Manuel Muñoz es procesado por la muerte de Luciano Aedo y Hechenleitner por la de Nelson Herrera, siendo detenidos en enero de 2003 en el Batallón Militar Nº1 en libre plática. Hoy ambos están libres bajo fianza, pero apartados del Ejército. Arriesgan penas de presidio mayor en su grado mínimo a medio, es decir, de 5 años y un día a 15 años.
Como consta en el sumario, en marzo de 2003 ambos procesados declararon ante la Fiscalía Militar de Concepción. Hechenleitner no reconoció su testimonio de 1984 ante el fiscal Marisio y señaló que sólo tuvo participación en la detención de Patricia Zalaquett que ocurrió en el sector de El Recodo. Agregó que llegó a Concepción en agosto del ’84 por una orden del jefe del Cuartel Borgoño de la CNI, Mayor Alvaro Corbalán, acompañado por el Cabo I de Carabineros Egon Barra Barra, alias Raúl González y un empleado civil de apellido Fuentes que hasta ahora no ha sido individualizado.
Durante el interrogatorio, también se le consultó si conocía a Claudio Rosas Fernández. Respondió que se conocieron el 20 de septiembre del ’84 y que éste era el jefe de la CNI de Chillán. Sin embargo, en su declaración de 1984, reconoció que junto a Rosas Fernández participó en el operativo de la Vega Monumental y que disparó contra Nelson Herrera. También establece que fue él, junto al agente Rosas, quien lo trasladó “vivo” al Hospital Regional.
El otro procesado, Víctor Muñoz Orellana, también desconoce su declaración del ’84. Además, descartó su participación en el operativo de Hualpencillo, ya que, según dijo, cuando se produjeron los hechos no habría estado en el lugar. No obstante, da cuenta de la asistencia de otros agentes, con sus nombres verdaderos y chapas, antecedentes que permiten sondear la responsabilidad de otros involucrados. Nombra a los suboficiales de Ejército Hernán Galvez Navarro (alias Vitoco) y a Carlos Palma, (nombre supuesto, Juan Carlos Vera). Un tercero mencionado es Leandro Montenegro o Farías.

El final está cerca
En el contexto de la modernización del Ejército, el Tercer Juzgado Militar se trasladó a Valdivia. Según Cabrera, en este momento el fiscal de Concepción Fernando Grandón emitió un dictamen y propuso una condena para los dos agentes procesados. Los antecedentes pasaron al Juzgado de Valdivia para ser ratificados. “Ahí demora dos años o más, no recuerdo, y la Tercera División de Ejército ordenó reabrir nuevamente el sumario para continuar con la investigación, porque estima que habría más agentes involucrados”, explica el abogado.
A la fecha, Cabrera, quien patrocina la causa de Nelson Herrera, no tiene acceso al sumario, pues la instancia militar quitó a las partes la publicidad de la investigación.
Sin embargo, este abogado está optimista y desliza que, según antecedentes que él maneja, faltaría muy poco para dar con los verdaderos responsables de las muertes que provocó este operativo que permanece imborrable en la memoria de sus víctimas y testigos.

Operación Alfa Carbón
La espera de los peces gordos
Para materializar este plan, los primeros días de agosto llegaron a Concepción entre 25 a 30 agentes de inteligencia, incluidas mujeres, de distintas partes del país que se sumaron a los propios de la zona. Toda la planificación estuvo a cargo de la unidad de regiones de la CNI con sede en Santiago, liderada por el teniente coronel del Ejército Marcos Derpisch Miranda.
Dentro del grupo de apoyo viajó también el jefe del Cuartel Borgoño de la CNI, Mayor Alvaro Corbalán Castilla, quien a su llegada habría tenido un desafortunado encuentro con el Jefe Regional, Mayor Jorge Mandiola, aparentemente por una disputa de poder.
Según la declaración de un agente de la CNI , toda la operación estuvo centralizada en la Tercera División de Ejército. “Fue una operación muy programada, en los logros, eficiente ciento por ciento (…) se trasladó a mucha gente CNI”. También reconoce que en Alfa Carbón I no hubo detención previa, pero que de cada persona sabían mucho. Esto confirma los dichos de Pinochet del 16 de agosto de 1984 ante corresponsales extranjeros: “Hemos encontrado extremistas. Estamos encontrando y tenemos huellas. Ahora muchas veces hay que dejarlos que engorden para poder tomarlos a todos. Hay bastante gente detectada…”


Los crímenes de Hualpén y la Vega Monumental

Fuente :Liberacion.cl 30 de Septiembre 2009

Categoría : Prensa

Este 23 de septiembre, día en que recordamos 24 años del homicidio con explosivos de Jaime Orellana y Nelson Lagos en Chillán, se realizaron las reconstituciones de escena de los crímenes cometidos por los militares de las Fuerzas Armadas en comisión de servicio en la CNI donde con dedicación exclusiva procedían a planificar y ejecutar homicidios, algunos masivos como el del 23 de Agosto de 1984.

Con un gran despliegue policial en que participaron numerosos efectivos de la PDI – algunos extrañamente encapuchados como en dictadura- y los efectivos del GOPE se llevó a efecto la reconstitución de escena a cargo del Ministro Carlos Aldana quien en compañía de su abogado secretario David Bravo y la Abogada del Departamento de Derechos Humanos del Ministerio del Interior Señora Magdalena Garcés participaron a objeto de esclarecer los hechos criminales en que fueron ejecutados los dirigentes de la zona Sur del MIR el 23 de agosto de 1984.

En cada lugar donde se efectuaron las diligencias –Hualpén, Concepción y San Pedro – estuvieron presentes además de sus familiares y amigos, la Agrupación de Ejecutados Políticos del MIR de Concepción y organizaciones sociales de Hualpén. Se congregó numeroso público del sector y prensa de los distintos medios de comunicación que desde la distancia, -acordonada por los efectivos- estuvieron atentos a los movimientos que describían los hechos ocurridos en esos homicidios. Recordemos que en esta fecha fueron ejecutados siete compañeros miembros de la dirección Sur del MIR en la Operación denominada Alfa Carbón 1 por los Servicios de Seguridad de ese entonces cuyo objetivo era eliminar a los miembros de esa dirección del MIR.

Durante ese Operativo simultáneo fueron asesinados en Concepción Nelson Herrera y Mario Lagos, y en Hualpén Luciano Aedo Arias, en Los Ángeles Mario Mújica y en Valdivia (Juan José Boncompte, Rogelio Tapia y Raúl Barrientos.

Los ejecutores miembros de la CNI fueron comandados por Marcos Derpisch Miranda: Teniente Coronel de Ejército a cargo del operativo y secundado por Hugo José Hechenleitner

Teniente Coronel de Ejército, quienes comparecieron hoy al lugar de los hechos junto a otros cinco miembros de la ex CNI para reconstituir los hechos en la calle Grecia esquina Nápoles en la actual Comuna de Hualpén donde fué asesinado Luciano Aedo Arias.

Algunos de los nombres del escuadrón de la muerte que participaron en el operativo Alfa Carbón 1 en Concepción:

1. Marcos Derpisch Miranda: Teniente Coronel de Ejercito a cargo del operativo. Hoy continúa trabajando en la DINE , (Dirección de Inteligencia del Ejercito).

2. Hugo José Hechenleitner: Teniente Coronel su chapa era Antonio Martínez López.

3. Claudio Rodrigo Rosas Fernandez: Teniente Coronel de Ejército.

4. Víctor Manuel Muñoz Orellana: Sub Oficial del Ejercito su Chapa era Jaime Ricardo Marinovic Palma y fué quien disparó a Luciano Aedo.

5. Álvaro Corbalán Castilla (Mayor de Ejercito). Hoy preso en el Rissort de Punta Peuco.

6. Francisco Zúñiga Acevedo: Oficial de Ejercito. Ya fallecido, se fue sin pagar.

7. Jorge Mandiola Arredondo: Mayor de Ejercito.

8. Carlos Palma: Sub Oficial de Ejercito.

9. Leandro Montenegro (Sub Oficial de Ejercito) alias Farias.

10. Jorge Vargas: Civil.

11. Miguel Gajardo: Civil.

12. Andres Caris: Sub Oficial de Carabinero.

13. Egon Barra: Cabo de carabinero.

14. Rosa Humilde Ramos: Sub Oficial de Ejercito. La más temida dentro de sus pares. Le dicen " La Mala ".

15. Teresa Osorio: Sub Oficial de la Armada.

Estos son los que actuaron en la matanza de Concepción y Hualpén acompañados otro numeroso contingente de efectivos CNI, Ejercito, Carabineros y soplones.

En el caso de Los Ángeles donde asesinaron a Mario Mujica participaron en el numeroso contingente de malhechores:

1.- Bruno Antonio Soto Aravena

2.- José Artemio Zapata Zapata.

Actualmente se cree que uno de ellos dicen no se ha podido establecer cual, se encuentra viviendo en Los Ángeles y el otro en Concepción. Un tiempo breve los detuvieron y estuvieron presos, pero por supuesto al poco tiempo los soltaron y hoy gozan de plena libertad.

Después de concluir en Hualpén la comitiva se trasladó al sector de la Vega Monumental donde fueron ejecutados Nelson Herrera y Mario Lagos luego de haberse rendido y descendido con las manos en alto desde el Taxi bus en que viajaban. Este hecho es una muestra clara de cómo se violaron los derechos del detenido que desarmados y sin capacidad de respuesta armada fueron acribillados en presencia de los transeúntes y pasajeros del Bus en que viajaban, lo que constituye un doble homicidio.

Después de terminada la reconstrucción en Hualpén y Concepción el Ministro y su equipo de trabajo se trasladaron hasta la Población el Recodo en el camino a Santa Juana donde la CNI procedió a allanar la casa de la familia de Nelson Herrera en la que resultara detenida su esposa Patricia Zalaquet.

Hoy el Ministro Aldana ha obtenido en presencia de los imputados los detalles y características de estos crímenes que fueron presentados en esa época a la opinión pública como “enfrentamientos” de terroristas contra funcionarios de la CNI , aún cuando estos malhechores habían viajado expresamente desde Santiago para cometer los ilícitos.

Cabe hacer notar como lo hizo a la prensa el propio Ministro Aldana que este caso judicial se encontraba en la archivado en la Fiscalía Militar desde donde fue recuperado al parecer por el Departamento de Derechos Humanos del Gobierno para trasladarlo a manos de la Justicia Civil quien ahora tendrá la labor de procesar y dictar sentencia aunque el mismo Ministro señalara que no descarta nuevas diligencias.

Los Familiares de Ejecutados Políticos del MIR en Concepción esperamos mucho del señor Ministro, hasta el momento todas sus conclusiones en otros casos inculpan solo a los ejecutores materiales, al ultimo eslabón de la cadena de mando, al que haló del gatillo, dejando impune a los autores intelectuales y mandantes que daban las ordenes de asesinar, por ello es que esperamos que esta cadena del mando llegue hasta los Altos Mandos de las instituciones que disponían de aparatos de inteligencia con dedicación exclusiva para cometer crímenes y esos están incluso más arriba del propio Álvaro Corbalán Castilla (quien se excusó de asistir aunque participó en los hechos), por cuanto este bandido no se mandaba solo. Hoy trascendió que el Ministro habría sometido a proceso el segundo al mando de la CNI al que habría enviado en calidad de detenido al Regimiento Chacabuco, hasta el momento de escribir esta nota era solo un trascendido. Las órdenes de asesinar en una institución armada altamente jerarquizada y centralizada solo podia provenir desde el Estado Mayor de la Inteligencia con la debida aprobación y autorización del Gobierno de facto de los militares golpistas.

Llama la atención que los ex dirigentes del MIR de ésa época una vez más no estén presentes apoyando a los familiares ni se hagan parte en las querellas por verdad y justicia, ni acometan iniciativas contra la impunidad, es posible que anden a la caza de votos en lugar de cazar criminales.


Rol 2.182-98: caso Juan Soto Cerda

Fuente :Poder Judicial, 29 de Enero 2010

Categoría : Prensa

s)    Declaración exhortado de Egon Antonio Barra Barra de fs. 264, quien manifiesta recordar perfectamente que una madrugada de 1981, transitaba por Av. Vicuña Mackenna como conductor de un automóvil Mazda 323 color gris de la CNI, junto al Suboficial de Carabineros Reinaldo Rodríguez apodado “el Papito” que era el jefe de su equipo y además los acompañaba un empleado civil apodado “El Guataca”; el caso es que mientras patrullaban ese sector, se escucharon varias llamadas de radio reconociendo inmediatamente la voz de Álvaro Corbalán Castilla, quien informaba acerca de un enfrentamiento ocurrido en las cercanías de la casa de un Ministro de Estado en el camino a las Vizcachas, preguntándole al Suboficial se concurrían a prestarle apoyo, respondiendo que no “ya que era para puro meterse en forros”; además según lo que recuerda las llamadas eran para comunicar lo ocurrido y no solicitando apoyo. En la unidad el hecho no tuvo mayores comentarios salvo que se trato de un operativo el cual se había tratado a nivel de oficiales


Alfa Carbón 1: La Operaciòn Albania del sur

Fuente :www.ciperchile.cl 4 de Junio 2013

Categoría : Prensa

La Corte de Apelaciones está a punto de pronunciarse sobre la ampliación del procesamiento por “asociación ilícita” a 13 ex agentes de la CNI involucrados en la ejecución de siete miristas en 1984, asesinatos que entonces fueron presentados como “enfrentamientos”. El ministro que lleva el proceso sólo encausó por “asociación ilícita” a dos de los acusados: Álvaro Corbalán y Marcos Derpich. El siguiente texto fue enviado a CIPER por familiares de las víctimas y reconstruye los hechos sobre la base de las declaraciones contenidas en el proceso judicial. Sus autores apuntan a demostrar que la “asociación ilícita” incluyó a todos los agentes que actuaron en estos operativos.

El método de los falsos enfrentamientos para eliminar opositores fue una práctica habitual utilizada por la Central Nacional de Informaciones (CNI), organismo represivo del gobierno militar. La detención, ejecución y desaparición de los prisioneros que utilizó de manera intensa y masiva la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), antecesora de la CNI, durante la primera época de la dictadura, fue sustituida en los años siguientes por la ejecución pública de los “enemigos internos” y su posterior  presentación como enfrentamiento por parte de la CNI. Esta última detenía y eliminaba opositores en lugares  escogidos, donde  posteriormente se montaba el escenario del supuesto enfrentamiento. O bien, los opositores eran ejecutados en emboscadas preparadas con antelación. En ambas circunstancias la prensa cubría los episodios con un entusiasmo cómplice. Los tribunales de justicia se desentendieron de las investigaciones demandadas por los familiares de las víctimas o tramitaron los casos de manera necia y negligente; en todo caso, el país ha debido soportar décadas de tramitaciones para lograr avances judiciales.

Lo que sigue da cuenta de la responsabilidad que les cabe a los tribunales de justicia en el esclarecimiento del asesinato de siete miristas en las ciudades de Concepción, Valdivia y Los Ángeles, ocurridos el 23 y 24 de agosto de 1984 en el marco de la operación Alfa Carbón 1 o, como se la ha llamado, la Albania del sur, en alusión a la conocida Operación Albania o Matanza de Corpus Cristi con que en junio de 1987 la CNI asesinó a doce integrantes del Frente Patriótico Manuel Rodríguez.

Los antecedentes que presentamos a continuación no constituyen, según el ministro en visita que lleva la causa, Carlos Aldana Fuentes, elementos de juicio suficientes que configuren presunciones fundadas de que a los imputados y querellados Hugo Salas Wenzel,Jorge Mandiola Arredondo, Jorge Andrade Gómez y Aquiles González Cortés, entre otros, les haya cabido responsabilidad y participación como autores de los delitos cometidos bajo la figura de asociación ilícita criminal. Aldana también desecha la responsabilidad como cómplice y encubridor que le cabe a Miguel Ángel Parra Vásquez, entonces abogado de la CNI y responsable de instruir a los agentes para que luego de ocurridos los hechos prestaran declaraciones falsas ante tribunales. Según Aldana, no existen elementos de juicio suficientes para estimar que a estos agentes les haya cabido participación como autores, cómplices o encubridores en los delitos que se les atribuyen, como lo exige el artículo 274 N° 2 del Código de Procedimiento Penal.

El 23 de agosto de 1984 el equipo de la CNI liderado por Luís Hernán Gálvez Navarro dio inicio a la segunda etapa de la operación Alfa Carbón 1. A eso de las 11:00 varios equipos de la CNI y un equipo de Televisión Nacional llegaron hasta Hualpencillo, actual Hualpén. En el número 3346 de la calle Nápoles vivía Luciano Humberto Aedo Arias, dirigente del MIR en el Teatro de Operaciones Sur. Pasado el mediodía, en la intersección de Grecia con Nápoles, los agentes Raúl Hernán Escobar Díaz y Roberto Antonio Farías Santelices, además de Gálvez Navarro, descendieron de los vehículos en los que durante meses lo habían seguido, le dispararon por la espalda y lo remataron en el suelo. Finalmente, según testigos, “luego de un rato, empezaron a llegar muchos vehículos, revisaron sus bolsillos, le pusieron dos armas cortas cerca del cuerpo, unos panfletos y unos objetos de color negro tipo granadas” (fs. 3907, causa rol 746-84).

Alfa Carbón 1 se había iniciado a principios del 84 –o quizás antes– cuando Jorge Mandiola Arredondo, jefe de la CNI de Concepción, informó a su superior Marcos Spiros Derpich Miranda, jefe de la División Regionales de la CNI, que ya existían datos suficientes para acreditar la presencia de una estructura subversiva en la zona: el Teatro de Operaciones Sur (TOS) del Movimiento de Izquierda Revolucionario (MIR). Joaquín Molina Fuenzalida (+), segundo de Derpich en Regionales había dirigido el trabajo de inteligencia de la que sería la desarticulación definitiva de la jefatura del MIR en el sur del Chile. Derpich y Álvaro Corbalán Castilla, a la fecha jefe de la División Antisubversiva (DAS) de la CNI, radicada en el Cuartel Borgoño de Santiago, serían los encargados de comandar la operación. El informe que entregó Mandiola incluía nombres, domicilios y organigramas de los miristas, entre los cuales se encontraban los datos de Aedo.

El informe de la autopsia realizada por el médico legista César Reyes Contreras el 24 de agosto de 1984 a las 8:30 constató que Luciano Aedo recibió siete impactos de bala, cuatro en la espalda, cabeza, muñeca izquierda y pie izquierdo, y definió como causa precisa y necesaria de la muerte un proyectil disparado a una distancia mayor de cincuenta centímetros que entró por la espalda y salió por el pecho, comprometiendo corazón y pulmones (fs. 234; 292). Asimismo, en su declaración del 13 de septiembre, el médico señaló que la trayectoria del proyectil sugiere que Aedo estaba inclinado hacia delante, “como cuando se corre” y que las heridas en la espalda deben haber sido perpetradas cuando el tórax estaba muy inclinado “casi horizontal con el suelo” (fs. 17954). Luciano Humberto Aedo Arias tenía 34 años, era padre de cuatro hijos y miembro del MIR.

Posteriormente, a eso de las 16:00, frente a la Vega Monumental de Concepción, el chofer Pedro Aguayo Aguayo fue obligado a detener su microbús. Una treintena de agentes de la CNI y personal de Carabineros tenían cercado el lugar. En Talcahuano, lo habían abordadoMario Octavio Lagos Rodríguez, encargado militar del TOS, y Nelson Adrián Herrera Riveros, encargado político militar del TOS. Un equipo de Televisión Nacional también tomaba posiciones. Jorge Octavio Vargas Bories, ex oficial de Ejército contratado como empleado civil de la CNI y segundo al mando de la Brigada Especial, conminaba a los pasajeros a que descendieran. Solo lo hizo el chofer. Ante esto, los efectivos comenzaron a arrojar bombas lacrimógenas al interior del vehículo en el que permanecían alrededor de doce personas. Bajaron diez. Pasados algunos minutos, Mario Lagos descendió por la puerta trasera con los brazos en alto. Egon Antonio Barra Barra, cabo segundo de Carabineros y miembro de la Brigada Especial de la CNI, descendió del vehículo en el que habían seguido al microbús, portando un fusil AK. Manuel Ángel Morales Acevedo, cabo primero de Carabineros, miembro de la Brigada Especial de la CNI, hizo lo mismo. Según consta a fs. 3646, ambos efectuaron varios disparos, “cayendo el sujeto boca abajo y muriendo en ese lugar”. Actuaron bajo las órdenes de Hugo José Hechenleitner Hechenleitner, para entonces teniente de Ejército y jefe del equipo, frente a la mirada atónita de unos 500 testigos.

El informe de la autopsia de Mario Lagos Rodríguez reveló que recibió dos impactos de bala efectuados a más de cincuenta centímetros: uno en la zona axilar izquierda  –que comprueba que tenía los brazos en alto al momento de recibirlo–  y otro en la cara posterior del muslo derecho. Mario Octavio Lagos Rodríguez tenía 34 años, era padre de tres hijos y miembro del MIR.

Al verlo en el suelo, Nelson Herrera intentó huir pero fue interceptado. El chofer, Pedro Aguayo, declaró, el 10 de septiembre de 1984: “Me dirigí hacia él y estuve a un metro de él. En ese mismo momento llegaron dos agentes que lo levantaron de los brazos. El caído abrió los ojos y me miró de frente. No tenía sangre en ninguna parte del cuerpo, a excepción de un rasmillón en la parte de la sien derecha, que pudo haber sido a causa de la caída o del roce de una bala […] Los dos hombres que se habían acercado lo tomaron fuertemente de los brazos, lo incorporaron y dijeron que estaba herido y había que llevarlo al hospital” (fs. 18345). José Abel Aravena Ruiz, suboficial de Carabineros y miembro de la Brigada Azul comandaba el equipo encargado del seguimiento de Herrera y, junto conSergio Agustín Mateluna Pino, agente civil del Ejército y miembro de la División Antisubversiva regional de Concepción; Luis Enrique Andaur Leiva, cabo segundo de Carabineros, guardia operativo del cuartel Borgoño de la CNI, y un cuarto agente hasta la fecha no identificado, cuyo alias habría sido “Cárdenas”, lo subieron a un auto y lo condujeron camino a Santa Juana. Ahí, en un sitio eriazo, Luis Andaur Leiva le descerrajó un tiro en la frente.

La autopsia de Nelson Herrera concluyó que la causa de muerte fue una herida cráneo-cerebral producto de un disparo efectuado a boca de jarro, el que penetró por la región nasofrontal media y cuyo aspecto estrellado indica que fue inferida a dos o tres centímetros de distancia. Además, reveló la presencia de esquimosis con infiltración de sangre en sus muñecas, lo que indica que estaban atadas al momento de la muerte. Nelson Adrián Herrera Riveros tenía 30 años, era padre de una hija y miembro del MIR.

Según consta a fs. 4601 –y queda establecido a fs. 3089; 3419; 2700 y 2557– el día previo al operativo “se realizó una reunión en la que se dijo a quiénes había que detener y a quiénes eliminar. En esa reunión se colocaron unas fotografías y los que había que eliminar se les colocó una cruz; entre estos se señalaba a Herrera y Lagos”. La reunión fue dirigida por Derpich y Mandiola y en ella participó todo el mando, vale decir, además de ellos: Corbalán, Gonzales Cortés, Krantz Johans Bauer Donoso y “el oficial de la CNI conocido en el Cuartel Borgoño específicamente como ‘don Oscar’ quien corresponde a Jorge Claudio Andrade Gómez”. Krantz Bauer (+) estaría a cargo de los equipos que iban a operar en Los Ángeles y por eso se trasladó esa noche al regimiento de dicha ciudad.

A eso de las 17:00 del 23 de agosto, Bauer Donoso recibió la orden de operar e informó a los equipos a su cargo para que procedieran con las acciones planificadas. Bruno Antonio Soto Aravena, suboficial de Ejército y miembro de la DAS de Concepción; José Artemio Zapata Zapata, agente civil del Ejército y miembro de la DAS de Concepción, y Rafael de Jesús Riveros Frost, agente civil del Ejército y miembro de las brigadas Caupolicán, Rojo y Azul, llegaron hasta el número 841 de la calle Bombero Carlos Vyhmeister de la población Orompello, donde vivía Mario Mujica Barros, dirigente del MIR y miembro del TOS. Según consta en el expediente, los tres integrantes del equipo que comandaba Soto Aravena habían llegado a la ciudad de Los Ángeles la primera semana de agosto para seguirlo. El día de los hechos, el equipo permaneció a la espera de que saliera de su vivienda, pero Mujica no se movió. Unos doce agentes se ubicaron por el frente y los costados de la casa, y una vez concretado el cerco, el equipo inició el ataque ingresando al domicilio. Simultáneamente, los otros equipos disparaban al aire para dar la impresión de un enfrentamiento. Pero, tal y como consta a fs. 309, Mario Mujica fue reducido al interior de su vivienda, puesto de rodillas y ejecutado con un disparo a quemarropa. Posteriormente, y para continuar con la fachada, los agentes siguieron disparando, subiéndose a los techos de las casas vecinas y apostándose en el pasaje posterior, mientras un gran número de carabineros prestaba apoyo perimetral (fs. 146; 191).

El informe de la autopsia de Mario Mujica señaló como causa de muerte una herida a bala en el cuello con compromiso de tráquea y vasos sanguíneos, hemorragia y anemia. Asimismo, el Informe Policial Nº 44 del Departamento de Medicina Criminalística de la PDI señaló que al momento de recibir el impacto homicida, Mario Mujica podría haberse encontrado a menor altura que quien hizo el disparo, ya sea agachado o en el piso, o parcialmente de espaldas, con la cabeza y el cuello inclinados (fs. 390). Mario Ernesto Mujica Barros tenía 32 años, era padre de un hijo y miembro del MIR.

Tal como en Concepción, y según consta a fs. 392; 291, el 22 de agosto de 1984 se realizó un encuentro en Valdivia para planificar la operación en esa ciudad. La reunión fue dirigida por Patricio Lorenzo Castro Muñoz, teniente de Ejército y segundo jefe de la Brigada Amarilla; Luis Alberto Moraga Tresckow, capitán de Ejército y jefe de la CNI de Valdivia, y Oscar Alberto Boehmwald Soto, capitán de Ejército y jefe de la CNI de Puerto Montt. Ahí se asignaron los equipos que operarían al día siguiente y subsiguiente en la ciudad.

El 23 de agosto de 1984, alrededor del mediodía, los tres equipos dirigidos por Patricio Castro detuvieron en el centro de Valdivia a Rogelio Tapia de la Puente y Raúl Jaime Barrientos Matamala, dirigentes del MIR y miembros del TOS. Los tres grupos formaron una caravana junto con otros dos equipos, uno de los cuales era comandado por Moraga Tresckow, y se dirigieron por la ruta que va a Niebla hasta el Puente Estancilla, donde se detuvieron en medio de un descampado. En la caravana también venía un furgón rojo. Ahí, uno de los vehículos se desplazó unos doscientos metros hacia Niebla para cortar el tránsito, mientras otro hacía lo mismo con el flujo procedente de Valdivia. Los detenidos atados, vendados y amordazados, fueron obligados a descender, siendo inmediatamente asesinados por unos cinco o seis tiradores, el primero de ellos, Patricio Castro. Le siguieron “Miguel Aliaga”, Gerardo Meza Acuña, Francisco Orellana Segel, Fernando Ramírez Romero, Alberto Moraga Tresckow y otro agente hasta la fecha no identificado. Posteriormente, estos mismos agentes dispararon contra el furgón rojo que se había estacionado en las cercanías para simular un enfrentamiento.

Ernesto Arnoldo Barría Ordoñez, capitán del transbordador Caupolicán, que cumplía itinerario en el río Valdivia, señaló que ese 23 de agosto desde el mediodía comenzaron a pasar muchos vehículos con patente de Santiago que cruzaban desde Las Mulatas hacia Torobayo y que en la tarde se le acercaron unas personas de civil que dijeron ser de la CNI, acompañadas de varios carabineros. Le pidieron que suspendiera el servicio y, como había órdenes de la Gobernación Marítima, tuvo que obedecer. Luego de una hora y media, aproximadamente, un jefe de Carabineros le dijo que cruzara a buscar un carro mortuorio para trasladar el cuerpo de dos miristas que habían resultado muertos en un enfrentamiento. “El carro era negro, pero tenía el logo de Carabineros. Le pedí autorización a un carabinero conocido para ver los cadáveres”. Ahí reconoció a Barrientos, porque vivían en la misma población (fs. 287).

Las autopsias constataron que Rogelio Tapia recibió seis impactos de bala en la cara, tórax y abdomen, y Raúl Barrientos, tres impactos en la cabeza y en el tórax.  Rogelio Tapia de la Puente tenía 31 años, era padre de dos hijas y miembro del MIR. Raúl Barrientos Matamala tenía 23 años y era miembro del MIR.

La ejecución de la operación Alfa Carbón 1 culminó el 24 de agosto en el número 643 de la calle Rubén Darío, en la Población Corvi de Valdivia. El día anterior, la mayor parte de los equipos que se habían trasladado a Valdivia estuvieron vigilando la vivienda de Juan José Boncompte Andreu, dirigente del MIR y miembro del TOS, a la espera de que saliera para poder ejecutarlo. Entre ellos estaban los jefes Boehmwald Soto, Ema Verónica Ceballos Núñez y Luís René Torres Méndez. Sin embargo, Boncompte no salió ese día. Los agentes regresaron el 24 con la orden de ingresar a su domicilio. Patricio Castro Muñoz le encomendó a Boehmwald Soto que encabezara el operativo pasado el medio día. Los jefes de equipo, además de los agentes Patricio Castro, Pedro María Rojas Vásquez, Zinaida Lena Vicencio González, Aquiles Poblete Palominos y Carlos Alberto Ejía López, entre otros, entraron  por la puerta principal, mientras varios equipos cercaban la casa y toda la cuadra.

Eladio Washington Ilabel Poblete, vecino del sector, señaló que el día de los hechos vio como un taxi negro se estacionaba frente a la casa de Boncompte. Se bajaron cuatro individuos, tocaron la puerta y entraron. Pasados uno o dos minutos, sintió varios disparos: “Por curiosidad me subí al techo de mi casa y observé que salió un hombre corriendo hacia el sitio (patio trasero) y fue acribillado a balazos por varias personas, pues venían muchas desde el frente de la casa. También recuerdo que una mujer armada se acercó al cuerpo de la persona baleada y le levantó la nariz, escuchándole decir: ‘Era bonito el huevón’, como riéndose, y luego con su arma le disparó” (fs. 286).

Según la autopsia, Boncompte tenía 22 impactos de bala: nueve en el tórax, cuatro en el brazo y dos en el antebrazo derecho; tres en el muslo derecho, tres en la pierna izquierda y uno en la cara. Juan José Boncompte Andreu tenía 31 años, era padre de dos hijos y miembro del MIR.

Narda Flandes, también vecina de Boncompte, señaló a fs. 279 que uno de los sujetos que le disparó lo dio vuelta con el pie para que quedara boca arriba y junto con otros “echaron su cuerpo en una bolsa. Salí del lugar, corriendo hacia la esquina para seguir mirando. En ese lapso vi cuando sacaban una niña embarazada y la subieron al furgón”.

En la declaración que prestó el 5 de octubre de 1990 para la Comisión de Verdad y Reconciliación,Inés Díaz Vallejos señaló:

Yo, Inés Díaz Vallejos, nacida en Quillota, ciudadana chilena, con fecha de nacimiento 25 de abril de 1952, carné de identidad 7.152.059-5, Santiago, de profesión profesora, con domicilio actual en Sodra Ledningsgatan 39, Lilla Edet, Suecia, vengo a declarar que:

1) Aproximadamente a las 16 horas de ese día se hizo presente en nuestro hogar un grupo de personas vestidas de civil. Algunas portaban un brazalete que los identificaba como miembros del Ejército. Esas personas ingresaron en nuestra casa cuando yo abrí la puerta. Mi compañero, Juan José, quedó en el dormitorio. Yo fui agredida por cuatro o cinco de las personas que ingresaron y fui tirada en el piso de la sala de estar. Estando allí tirada escuché que se disparaban armas de fuego dentro de la casa. En esos momentos fui sometida a malos tratos por un grupo de esos individuos. Estos me exigían respuesta a preguntas de donde habría armas, explosivos, etc. Yo respondí que no tenía conocimiento alguno acerca de esas cosas. Estas personas insistían que respondiera y para ello me sometían a golpes y patadas en todo el cuerpo. Debo destacar que cuando esto ocurrió estaba embaraza de 28 semanas. Yo convivía con Juan José y él es el padre de mi hija.

Después de algún rato fui retirada de la casa y llevada a instalaciones policiales en Valdivia. Ese mismo día, casi al anochecer fui trasladada nuevamente, esta vez a la cárcel de hombres de Valdivia. Allí permanecí, siempre incomunicada. Esto duró seis días (aunque permanecí) detenida hasta la semana del parto en noviembre de 1984, sin que se me acusara o condenara.

2)     El 28 de noviembre de 1984 nació mi hija Javiera, afectada de tetraparecia espástica generalizada. Esto implica un estado de impedimento físico total que es irreparable. Mi hija no está en condiciones de usar ni piernas ni brazos, tampoco puede hablar. El impedimento es de carácter físico. La capacidad mental de mi hija está intacta, con un evidente grado de inteligencia. Todas las evaluaciones médicas indican sin lugar a dudas que la incapacidad física es debida al maltrato que recibí el 24 de agosto de 1984.

La historia judicial de este caso comienza el mismo 23 de agosto de 1984, en las fiscalías militares de Concepción y Valdivia con procesos en contra de los 16 miristas detenidos en ambas ciudades y de los responsables de las “violencias innecesarias” que causaron la muerte de Luciano Aedo, Mario Lagos, Nelson Herrera, Mario Mujica, Rogelio Tapia, Raúl Barrientos y Juan José Boncompte. Ese mismo año monseñor José Manuel Santos, arzobispo de Concepción –cuyas denuncias recogió la revista Cauce en un reportaje titulado “Yo acuso” solicitó un ministro en visita a la Corte de Apelaciones y, frente a su negativa, presentó todos los antecedentes que pudo recopilar a la Corte Suprema.

Pero el caso siguió en la justicia militar, la mayor parte del tiempo a cargo del fiscal Pedro Marisio, el mismo que les tomó declaración a los detenidos cuando salieron de los cuarteles de la CNI y pasaron a prisión. Marisio interrogó a seis agentes sabiendo que utilizaban nombres falsos instruidos por el abogado Miguel Ángel Parra. Claudio Rodrigo Rozas Fernández, Antonio Martínez López, Jaime Marinovic Palma, Juan Machuca Fuenzalida, Ricardo Labórquez Maturana y Raúl González López, son las “chapas” que utilizaron.

En 1998 el fiscal Marisio sobresee la causa declarando que no es posible dar con las identidades verdaderas de los responsables.  El abogado que representaba a los familiares de los miristas asesinados en Concepción y Hualpencillo apeló, pero la Corte Marcial confirmó el sobreseimiento. El abogado presentó entonces un recurso de casación a la Corte Suprema, que ordenó proseguir con la investigación. Recién en 2003 el fiscal militar Fernando Grandón, ante una nueva tentativa de sobreseimiento, solicita que se oficie al Departamento Quinto de la PDI para que investigue. Son los detectives de esta brigada quienes dan con los dos primeros nombres: Hugo José Hechenleitner Hechenleitner y Víctor Muñoz Orellana. Finalmente, en 2007 la abogada Magdalena Garcés se hace cargo de representar a la mayoría de los familiares de las víctimas y consigue que el caso pase a la justicia civil. En 2009 el ministro Aldana reabre el proceso por la muerte de Mario Mujica–que había sido sobreseído en 1998− y en 2011 acumula las tres causas (Valdivia, Concepción y Los Ángeles) en una sola (12-2009 de la Corte de Apelaciones de Concepción) por homicidio calificado y asociación ilícita contra Marcos Derpich, Álvaro Corbalán y otros.

El 20 de junio de 2012 el ministro Aldana resolvió someter a proceso por asociación ilícita únicamente a ÁLVARO CORBALÁN CASTILLA y MARCOS DERPICH MIRANDA y, por homicidio calificado, además de ellos, a 13 agentes (ver nómina más abajo). A principios de 2013, Magdalena Garcés y Patricia Parra (abogada del Programa de Derechos Humanos del Ministerio del Interior, que también se hizo parte en el proceso) presentaron dos peticiones de ampliación de auto de procesamiento. Las peticiones de las abogadas son para que el ministro amplíe el auto de procesamiento por el delito de asociación ilícita y someta a proceso a: JORGE CLAUDIO ANDRADE GÓMEZ y AQUILES MAURICIO GONZÁLEZ CORTÉS como autores del homicidio calificado de todas las víctimas; JORGE CAMILO MANDIOLA ARREDONDO como autor del homicidio calificado de Luciano Humberto Aedo Arias, Mario Octavio Lagos Rodríguez, Nelson Adrián Herrera Riveros y Mario Ernesto Mujica Barros; HUGO JOSÉ HECHENLEITNER HECHENLEITNER y EGON ANTONIO BARRA BARRA como autores del delito de homicidio calificado de Mario Octavio Lagos Rodríguez; RAFAEL DE JESÚS RIVEROS FROST como autor del delito de homicidio calificado de Mario Ernesto Mujica Barros;  FRANCISCO JAVIER ORELLANA SEGUEL y JORGE FERNANDO RAMÍREZ ROMERO como autores del homicidio calificado de Rogelio Humberto Tapia De la Puente y Raúl Jaime Barrientos Matamala; y a los agentes CARLOS ALBERTO EGUÍA LÓPEZ, LUIS RENÉ TORRES MÉNDEZ,  PEDRO MARÍA ROJAS VÁSQUEZ, ZINAIDA LENA VICENCIO GONZÁLEZ y AQUILES POBLETE PALOMINOS como autores del delito de homicidio calificado de Juan José Boncompte Andreu.

Una asociación ilícita compuesta solamente por dos personas, como pretende el ministro Aldana, resulta irrisoria en este contexto. En efecto, el artículo 292 del Código Penal dispone que toda asociación formada con el objeto de atentar contra el orden social, las buenas costumbres, las personas o las propiedades importa un delito que existe por el solo hecho de organizarse. Asimismo, el artículo 293 del Código Penal sanciona con la pena de presidio mayor en cualquiera de sus grados a los jefes, los que hubieren ejercido mandos y sus provocadores cuando el acuerdo de voluntades ha tenido por objeto la perpetración de crímenes, como ocurre en este caso.

Sumado a esto, el ministro Aldana ha decidido procesar solamente a los autores “materiales” del caso, obviando tanto la racionalidad y jerarquía con que los aparatos represivos funcionaron en Chile como lo señalan los avances de la jurisprudencia al respecto. Para poder juzgar los crímenes cometidos por los nazis, la jurisprudencia internacional  reemplazó la distinción entre autor material y autor intelectual por una que permitiera dar cuenta de la forma de operar que tienen las organizaciones complejas.

Actualmente se distingue entre autor inmediato y autor mediato, que es, en definitiva, quien da la orden y “tiene el dominio del hecho”. Por lo mismo, que Hugo Salas Wenzel (segundo jefe de la CNI), Jorge Mandiola Arredondo (jefe de la CNI de Concepción), Jorge Andrade Gómez (segundo jefe de la División Antisubversiva comandada por Corbalán) y Aquiles González Cortés (jefe de la Brigada Azul a cargo del exterminio del MIR) no estén siendo procesados en esta causa, cuando su participación en los crímenes está acreditada, constituye prueba suficiente para afirmar que a los tribunales les falta voluntad y convicción para investigar y sancionar efectivamente a los agentes del Estado que cometieron delitos criminales durante la dictadura.

El conjunto de declaraciones de testigos, agentes y sobrevivientes no resulta suficiente para el ministro, que parece ignorar que en causas de derechos humanos conseguir la confesión de los inculpados resulta casi imposible. Por ello, las condenas de estos casos se basan no en el convencimiento, sino en la configuración de presunciones fundadas: los autores inmediatos y mediatos no han confesado ni van a confesar sus crímenes, de modo que si existen dos o más declaraciones que señalan que un agente presidió una reunión y mostró fotografías marcadas con cruces; comandó un equipo y dio la orden de ejecutar;  disparó contra un hombre que estaba en la calle o al interior de su casa, u ocupa un lugar en los organigramas que los mismos agentes han confeccionado para graficar el mando operativo de la CNI –como sucede a lo largo de los 20 tomos que componen la causa–, esa persona debería estar siendo procesada tanto por asociación ilícita como por homicidio calificado.

Finalmente, incluso si el ministro Aldana sometiera a proceso a todos los mandos y autores inmediatos más evidentes, como solicitan las abogadas Garcés y Parra, las condenas serían insuficientes. La operación Alfa Carbón 1 involucró a alrededor de cien agentes de Santiago, Concepción, Valdivia, Puerto Montt y otras ciudades del sur del país en una masacre que terminó con la vida de siete personas y, por la cual, están siendo juzgados, actualmente, apenas 15 individuos.

¿Qué necesitan el señor ministro y la justicia chilena para reconocer la lógica de exterminio que imperó en Chile entre 1973-1990 y proceder en conformidad?

Nota de los autores: Hemos escrito este texto mientras esperamos que la Corte de Apelaciones de Santiago se pronuncie respecto a la negativa de ampliación del auto de procesamiento del ministro. Si su respuesta es “no ha lugar”, la Corte Suprema solo podrá ratificar, aumentar o bajar las condenas que se propongan y varios miembros de la plana mayor de la CNI, responsables del diseño y ejecución de la operación Alfa Carbón 1 seguirán impunes. Como hasta ahora


DD.HH: condenan a 23 exagentes CNI por falso enfrentamiento en dictadura

Fuente :elmostrador.cl, 22 de Julio 2019

Categoría : Prensa

En el fallo del ministro en visita Miguel Vázquez Plaza, uno de los condenados es Álvaro Corbalán Castilla,  ex efe operativo de la Central Nacional de Informaciones de la dictadura, quien suma otros 20 años de presidio.

El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Miguel Vázquez Plaza, condenó a 23 exagentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI) por su responsabilidad en los delitos de homicidio de Alejandro Salgado Troquián y Hugo Ratier Noguera, ilícitos perpetrados en 1983, en un falso enfrentamiento en calle Janequeo de la comuna de Quinta Normal.

En el fallo, el ministro en visita condenó a Roberto Schmied Zanzi, Álvaro Corbalán Castilla y Aquiles González Cortés a de 20 años de presidio; en tanto, los exagentes José Aravena Ruiz, José Salas Fuentes, Luis Arturo Sanhueza Ross, Egon Barra Barra, Jorge Vargas Bories, Norman Jeldes Aguilar, Fernando Rojas Tapia, Manuel Morales Acevedo, Sergio Canals Baldwin y José Vidal Veloso deberán purgar 15 años y un día de presidio,  como autores de los delitos.

En el caso de Raúl Méndez Santos, Rodolfo Olguín González, Ema Ceballos Núñez, Miguel Gajardo Quijada, Rosa Humilde Ramos Hernández, Francisco Orellana Seguel, Juan Carlos Vergara Gutiérrez, Raúl Escobar Díaz, Rafael Ortega Gutiérrez y Luis Gálvez Navarro fueron sentenciados a 10 años y un día de presidio, como cómplices.

En la causa, el ministro Vázquez Plaza decretó la absolución de los agentes Zinaida Vicencio González, Jorge Ahumada Molina y Eduardo Chávez Baeza, por no acreditarse su participación en los hechos.

De acuerdo a la investigación, el día 7 de septiembre de 1983, un número de agentes de la CNI, de la Policía de Investigaciones de Chile y de otros organismos represivos fueron hasta el domicilio ubicado en calle Janequeo N° 5707, comuna de Quinta Normal, que estaba siendo vigilado desde hace algunas semanas, “procediendo a rodear y a acordonar el lugar, para luego mediante el uso de una base de fuego y otros armamentos, disparar, sin mediar provocación alguna y con gran poder de fuego contra el inmueble, producto de lo cual resultó muerto por diversas heridas de bala en el patio trasero de la vivienda, Hugo Ratier Noguera (José)”.

Además, el proceso estableció que “con ocasión de ir llegando al mismo domicilio donde residía, fue abatido por múltiples heridas de bala, en la vía pública, esto es, en calle Janequeo frente al número 5946, Alejandro Salgado Troquián”.


Confirman condenas a cinco ex agentes CNI por homicidio de dos miembros del MIR en falso enfrentamiento en 1980

Fuente :resumen.cl, 8 de Julio 2021

Categoría : Prensa

La Corte Suprema confirmó las sentencias contra cinco agentes de la disuelta Central Nacional de Informaciones (CNI) por el delito de homicidio calificado de los militantes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria – MIR Juan Ramón Olivares Pérez y Rubén Eduardo Orta Jopia, crímenes cometidos el 7 noviembre de 1980 en las inmediaciones del Puente Vivaceta, en Santiago.

En fallo unánime (causa rol 31.866-2018), la Segunda Sala de la Corte -integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos, Juan Manuel Muñoz Pardo y la abogada integrante Pía Tavolari- rechazó el recurso de casación interpuesto por los condenados, confirmando la sentencia de primera instancia dictada por el ministro Miguel Vásquez Plaza en mayo de 2016 y que condenó al ex brigadier del Ejército, a la época de los hechos, jefe de la División Metropolitana de la CNI, Roberto Urbano Schmied Zanzi a la pena de 18 años de presidio efectivo en calidad de autor de los delitos.

En tanto, como coautores los ex agentes Egon Antonio Barra Barra, alias "El Siete Fachas", Teresa Osorio Navarro, alias "La Chica Marisol", José Javier Soto Torres, alias "El Cabrón", Carlos Iván Labarca Brezzo, alias "El Pata de Canario", deberán purgar 15 años y un día de presidio.

Las víctimas

Juan Ramón Olivares Pérez, de 37 años de edad, era un ex trabajador electromecánico de la Empresa Nacional de Frigoríficos (Enafri), presidente del Sindicato Único Nacional de la empresa, presidente del Cordón Industrial Estación Central, dirigente del Frente de Trabajadores Revolucionarios, dirigente provincial  representando a su gremio en la CUT, y miembro del comité central del MIR.

Tenía 6 hijos, cuatro de su primer matrimonio y dos de una segunda relación. Había sido detenido por los aparatos represivos de la FACh en 1975, permaneciendo como prisionero de los recintos del AGA, Villa Grimaldi, Tres Álamos y Penitenciaría de Santiago.

Luego de poco más de un año de proceso, le son conmutadas las dos condenas de cadena perpetua a que había sido sentenciado por los seudo tribunales militares, por la de extrañamiento o expulsión del país. A comienzos de 1977 abandona Chile. Retorna clandestino en marzo de 1980 para sumarse a las tareas de Resistencia contra la dictadura.

Rubén Eduardo Orta Jopia, de 34 años de edad, era técnico electricista, militante del PS hasta después del golpe de Estado de 1973. Estando en Cuba, en 1976 decide integrarse al MIR y poco tiempo después asume la política de retorno, ingresando clandestinamente a Chile en 1979.

Los asesinatos

Según lo verificado en la etapa de investigación por el ministro Vásquez, ambos militantes habían sido detectados e identificados previamente y eran objeto de vigilancia y seguimiento por parte de agentes de la División Metropolitana de la CNI que tenía su base de operaciones en el Cuartel Borgoño de la capital.

En ese contexto, el día 6 de noviembre de 1980, los agentes represivos siguieron por separado durante toda la jornada  a Ramón Olivares y Rubén Orta procediendo a su detención en forma separada en el trascurso de ese día.

Posteriormente, esa misma noche pero ya en la madrugada del día 7 de noviembre los agentes trasladan a los detenidos hasta Avenida Santa María con el Puente Vivaceta, esto es en las cercanías del mencionado Cuartel Borgoño.

En ese lugar proceden a ejecutarlos mediante disparos de bala con armas de fuego. Luego los introducen al interior de una citroneta que llevaron a ese efecto para simular un enfrentamiento. Así presentaron el hecho ante la opinión pública con la falacia que los asesinados pretendían atacar el cercano cuartel Borgoño.

Los asesinatos de Olivares Pérez y Orta Jopia se ejecutaron con ensañamiento y premeditación conocida, según establece la investigación judicial, "puesto que la muerte fue producto de una planificación previa de quitarles la vida, lo que implicó un seguimiento iniciado con antelación, siendo capturados en momentos y circunstancias diversas, pero en tiempo muy cercano a sus muertes, para lo cual montaron un simulacro de enfrentamiento, que demuestra que se tenía el propósito tomado con ánimo frío y tranquilo de darles muerte, estando indefensas ambas víctimas", señala el fallo, entre otras consideraciones.


Corte Suprema confirma condenas de 22 agentes CNI por crímenes en falso enfrentamiento en Quinta Normal en septiembre de 1983

Fuente :resumen.cl, 27 de Enero 2024

Categoría : Prensa

La Corte Suprema confirmó las condenas contra 22 agentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI) por su responsabilidad en los delitos de homicidio calificado de los militantes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) Hugo Ratier Noguera y Alejandro Salgado Troquián. Los crímenes fueron perpetrados el 7 de septiembre de 1983, en un falso enfrentamiento en calle Janequeo de la comuna de Quinta Normal, en Santiago.

En fallo unánime la Segunda Sala del máximo tribunal (causa rol 10.047-2022) -integrada por los ministro Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos Sagristá, Jean Pierre Matus, y el abogado (i) Gonzalo Ruz L. y la abogada (i) Leonor Etcheberry C.- descartó error de derecho en la sentencia y rechazó los recursos de casación en la forma y en el fondo interpuesto por la casi totalidad de los condenados en contra del fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago, dictado en noviembre de 2021, que a su vez confirmó con algunos cambios la de primera instancia, dictada en julio de 2019 por el ministro Miguel Vásquez Plaza.

En la resolución la Segunda Sala confirma las condenas aplicadas a los ex oficiales de Ejército y ex jerarcas de la CNI Roberto Urbano Schmied Zanzi, Álvaro Julio Federico Corbalán  Castilla y Aquiles Mauricio González Cortés, quienes quedan condenados a 17 años de presidio, en calidad de coautores del delito. El primero de los condenados, Schmied Zanzi, ejercía como jefe de la División Metropolitana de la CNI; Corbalán Castilla era jefe de la División Antisubversiva y Aquiles González actuaba como jefe de la Brigada Azul, especializada en la represión al MIR.

En tanto, los ex oficiales de ejército y operativos de la CNI Sergio María Canals Baldwin, Luis Arturo Sanhueza Ros, Fernando Rafael Mauricio Rojas Tapia, Norman Antonio Jeldes Aguilar y los ex agentes José Abel Aravena Ruiz, José Guillermo Salas Fuentes, Egon Antonio Barra Barra, Jorge Octavio Vargas Bories y José Isaías Vidal Veloso deberán purgar 15 años y un día de presidio, como autores de los delitos.

Por su parte, los ex agentes Rodolfo Enrique Olguín González, Ema Verónica Ceballos Núñez, Luis Hernán Gálvez Navarro, Rosa Humilde Ramos Hernández, Francisco Javier Orellana Seguel, Miguel Fernando Gajardo Quijada, Juan Carlos Vergara Gutiérrez, Raúl Boris Méndez Santos, Raúl Hernán Escobar Díaz y Rafael Ricardo Ortega Gutiérrez, fueron sentenciados a 10 años y un día de presidio, como cómplices de los delitos.

El agente Manuel Ángel Morales Acevedo, también condenado en las instancias previas, falleció en el curso del proceso.

Falso enfrentamiento

El día 7 de septiembre de 1983, decenas de agentes de la CNI, de la SIFA, de la Policía de Investigaciones y de otros organismos represivos fueron hasta el domicilio ubicado en calle Janequeo N° 5707, comuna de Quinta Normal, que estaba siendo vigilado desde hace algunas semanas, procediendo a rodear y a acordonar el lugar, para luego mediante el uso de una base de fuego y otros armamentos, disparar, sin mediar provocación alguna y con gran poder de fuego contra el inmueble, producto de lo cual resultó muerto por diversas heridas de bala en el patio trasero de la vivienda, Hugo Ratier Noguera.

Simultáneamente, con ocasión de ir llegando al barrio y al mismo domicilio donde residía, el militante Alejandro Salgado Troquián fue abatido por múltiples heridas de bala, y ejecutado en la vía pública, esto es, en calle Janequeo frente al número 5946, a dos cuadras de la vivienda atacada.

Hugo Norberto Ratier Noguera, de 39 años de edad, era de nacionalidad argentina, originario de Misiones, y residía en Chile desde 1970. Era dirigente del MIR y se mantenía activo en la clandestinidad. Era casado y padre de tres hijos; poco antes de estos hechos su esposa e hijos habían abandonado el país por razones de seguridad. Alejandro Salgado Troquián, de 30 años de edad, de profesión veterinario, también militante del MIR, era casado y padre sustituto de los hijos de su pareja.

Un menor de edad, hijo adoptivo de Salgado y residente en la vivienda junto con Salgado y Ratier, fue víctima y testigo de los hechos pero en medio de la balacera logró huir hacia casas del vecindario, salvando así la vida y denunciando luego el criminal ataque.

Este falso enfrentamiento fue realizado por la CNI el mismo día y a continuación de que perpetrara las ejecuciones de otros tres militantes del MIR en calle Fuenteovejuna, en la comuna de Las Condes, en un hecho criminal también orquestado como falso enfrentamiento y en donde fueron asesinados Arturo Vilavella Araujo, Lucía Orfilia Vergara Valenzuela y Sergio Peña Díaz. Los tres habían regresado clandestinamente a Chile para integrarse a la lucha contra la dictadura. Judicialmente, ambos sucesos se tramitan como episodios separados, en circunstancias que se trató de una sola operación represiva.

En la investigación del hecho represivo quedó demostrado que el organismo represivo de la dictadura desarrolló una operación de seguimiento y vigilancia durante los meses previos sobre un conjunto de miembros del MIR que actuaban en la clandestinidad en la lucha de resistencia contra el régimen tirano. Con los datos obtenidos de esa observación previa, la CNI orquestó la operación de exterminio que significó la detención de una decena de personas, el ataque y asesinato de los tres moradores de la casa en calle Fuente Ovejuna, y luego el ataque y asesinato de otros dos militantes en la casa de calle Janequeo de la comuna de Quinta Normal.

por Darío Núñe