Rut: 6329793-3
Cargos:
Grado : Suboficial
Rama : Ejército
Sección II del Regimiento "Arica"
Corte Suprema condena a cinco ex miembros del Ejército por crimen de detenido en La Serena en 1973
Fuente :resumen.cl, 6 de Marzo 2024
Categoría : Prensa
La Corte Suprema condenó a cinco ex miembros del Ejército, que a la época de los hechos integraban la Sección II del Regimiento "Arica" de La Serena, por su responsabilidad en el delito de homicidio calificado de Francisco Javier Santoni Díaz, de 27 años de edad, quien fue sacado el 26 de septiembre de 1973 desde la cárcel pública de La Serena y ejecutado en la unidad militar.
En fallo unánime (causa rol 134.116-2022), la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos Sagristá, la ministra María Teresa Letelier y los abogados (i) Diego Munita y Ricardo Abuauad- condenó a Milton Leonardo Torres Rosas, René Patricio Orchard Díaz, José Electo Flores Gallardo a la pena de 10 años y un día de presidio, en calidad de autores del delito.
En tanto, Luis Humberto Fernández Monjes y Juan Daniel Marambio López deberán cumplir 5 años y un día de presidio, como coautores.
La Corte Suprema estableció error en la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de La Serena en septiembre de 2022, en la parte que condenó a Torres Rojas, Orchard Díaz, Flores Gallardo y Marambio López sólo como cómplices del delito y, en sentencia de reemplazo, los condena como autores.
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El también condenado en el fallo de primera instancia, el ex comandante del referido regimiento Ariosto Francisco Alberto Lapostol Orrego, falleció en el curso del proceso. El entonces jefe de la Sección II de esa unidad militar, el ex oficial Fernando Guillermo Polanco Gallardo, fue absuelto en este caso.
Respecto del yerro judicial del tribunal de alzada, la Sala Penal señala: "(…) en consideración a las reflexiones antes efectuadas, y en lo relativo a la participación de los acusados Milton Leonardo Torres Rojas, René Patricio Orchard Díaz, José Electo Flores Gallardo y Juan Daniel Marambio López, la sentencia impugnada incurre en el yerro jurídico denunciado en el recurso de casación en examen, ………. desde que los hechos establecidos, mencionados en el fundamento 5° ut supra, se ha podido determinar que al haberse desempeñado como soldados reservistas del Ejército, realizando labores operativas en la Sección II de Inteligencia, en el Regimiento 'Arica' de La Serena, en cumplimiento de las directrices entregadas por la oficialidad, con conocimiento que allí se mantenían a personas detenidas por ellos, sometidos a interrogatorios bajo tortura, y haber conformado la patrulla que en horas de la noche del día 26 de noviembre de 1973, trasladó al interno Francisco Javier Santoni Díaz desde la cárcel pública de la ciudad donde se encontraba recluido, hasta las dependencias del aludido recinto militar, lugar donde fue ultimado por los mismos agentes, disponían del co-dominio del hecho, contribuyendo de manera funcional a la ejecución del hecho en su totalidad, formando parte de la agrupación represiva que ideó y decisión la ejecución de la víctima, como agente operativo de la misma, colaborando de esa manera y en forma determinante con su muerte, pues esas labores permitieron someter a la víctima y perpetrar el homicidio".
"No se trata, entonces, de una intervención periférica en el ilícito o de cooperación del acto ilícito de otro, propia de la complicidad, sino más bien de la realización de actos ejecutivos, aportando cada uno de estos acusados de manera funcional a la realización mancomunada o colectiva del plan en su conjunto, aceptada expresa o tácitamente, con conocimiento y voluntad de participar en ellos, los que bajo el principio de imputación recíproca, resultan constitutivos de coautoría", concluye.
Supuesto plan de fuga
En la sentencia de primer grado, el ministro en visita extraordinaria de la Corte de Apelaciones de La Serena Vicente Hormazábal, dio por establecido que el día 26 de noviembre de 1973, Francisco Javier Santoni Díaz se encontraba cumpliendo condena y estaba procesado y siendo investigado, por un delito común en la ex Cárcel Pública de la ciudad de La Serena. A partir de informaciones de un supuesto plan de fuga que surgieron en el penal, comenzaron a hacer indagaciones al interior del recinto carcelario miembros de la Sección II del Regimiento 'Arica' de la ciudad de La Serena, dirigida por Fernando Guillermo Santiago Polanco Gallardo, la que actuaba bajo las órdenes del entonces coronel Ariosto Lapostol Orrego, comandante del Regimiento.
Es así que durante la tarde y noche del día 26 de noviembre se estuvo interrogando, mediante la tortura, a un prisionero político a quien amenazaron con fusilamiento. En horas de la noche de ese día una patrulla militar a cargo del suboficial Héctor Omar Vallejos Birtiola (fallecido) junto a miembros de dicha Sección II, entre ellos, el suboficial Luis Humberto Fernández Monjes y los soldados reservistas Juan Daniel Marambio López, Milton Leonardo Torres Rojas, René Patricio Orchard Díaz y José Electo Flores Gallardo, sacaron de la Cárcel Pública a Francisco Santoni Díaz. Lo trasladaron en un vehículo de uso de esa Sección II a dependencias del Regimiento 'Arica' de La Serena, procediendo a ejecutarlo causándole la muerte alrededor de las 00:30 horas del 27 de noviembre de 1973.
El entonces comandante del regimiento, Ariosto Lapostol Orrego, mediante un documento denominado 'Acta de Baja', comunicó acerca de la muerte de la víctima a la Fiscalía Militar de la Provincia de Coquimbo que tramitaba el proceso en contra de varios detenidos, entre ellos Francisco Santoni Díaz, por el delito de maltrato de obra a carabinero de servicio pero no hubo ninguna investigación ni causa judicial respecto de la ejecución consumada.
por Darío Núñez
18 condenados por delitos de lesa humanidad están prófugos de la justicia
Fuente :radionuevomundo.cl, 13 de Julio 2024
Categoría : Prensa
El Estudio Caucoto Abogados, oficina especializada en derechos humanos, dio a conocer un nuevo listado actualizado con un total 18 ex uniformados prófugos de la justicia condenados por diversos delitos de lesa humanidad, algunos involucrados en el crimen de Víctor Jara y Littré Quiroga, en la ejecución de 38 campesinos en el Caso Paine principal, el asesinato del diplomático español Carmelo Soria, Operación Cóndor, Caravana de la Muerte y Caso “Quemados”, entre otras investigaciones.
De acuerdo al listado dado a conocer por dicha oficina en noviembre de 2023, de un total de 14 prófugos, cerca de la mitad han sido capturados. Sin embargo, ahora se agregan a lista 10 nuevos ex uniformados que habiendo sido condenados por sentencia firme, están en calidad de fugitivos de la justicia.
El listado está compuesto por ex militares, carabineros, ex funcionarios de la Armada, y civiles integrantes o de aparatos represores de la dictadura como la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA), la Central Nacional de Inteligencia (CNI), inteligencia naval, y el Comando Conjunto, acusados como autores y coautores de secuestro calificado, homicidio calificado, asociación ilícita y aplicación de tormentos, entre otros delitos.
Se trata de los sentenciados:
1) Rubén Aroldo Morales López (oficial de Carabineros ®), condenado a 10 años y un día de presidio mayor como autor del homicidio calificado de Jorge Vásquez Matamala.
2) Luis Enrique Barrueto Bartning (empresario), condenado a 10 años y un día como coautor de siete secuestros calificados (desapariciones forzadas) perpetrados en la comuna de Santa Bárbara.
3) Un condenado en el episodio Conferencia II (antes eran cuatro)
Federico Humberto Chaigneau Sepúlveda (oficial de Ejército ®, DINA),
Chaigneau tiene además condenas en el proceso Operación Cóndor. Está sentenciados a dos penas de 18 años de presidio mayor en su grado máximo, por los delitos de secuestro calificado reiterados de Alexei Jaccard Siegler y Héctor Velázquez Mardones; y como coautor de los delitos reiterados de homicidio calificado de Ricardo Ignacio Ramírez Herrera, Jacobo Stoulman Bortnik, Matilde Pessa Mois, Hernán Soto Gálvez y Ruiter Enrique Correa Arce.
4) Alberto Roque del Sagrado Corazón Badilla Grillo (oficial Armada ®),
sentenciado como autor del delito de homicidio calificado y aplicación de tormentos contra Enrique López Olmedo, a las penas de 12 años y 541 días respectivamente.
5) Nelson Edgardo Hasse Mazzei (oficial del Ejército ®),
– Condenado como coautor de los secuestros calificados y homicidios calificados de Víctor Jara Martínez y Littré Quiroga Carvajal. Se impuso una pena de 10 años y un día por los secuestros y de 15 años de presidio por los homicidios.
6) Guillermo Salinas Torres (oficial del Ejército ®),
7) Pablo Belmar Labbé (oficial del Ejército ®),
8) René Patricio Quilhot Palma (oficial del Ejército ®),
– Condenados como coautores de los delitos de homicidio calificado de Carmelo Soria Espinoza y autores de asociación ilícita. Por el primer cargo se impuso una pena de 15 años y un día a Salinas Torres, y de 10 años y un día a los dos restantes. Por el delito de asociación ilícita se impuso a todos la pena de 541 días de presidio.
A ellos se suman ahora los nuevos prófugos:
9) Juan de Dios Higueras Álvarez (suboficial de Carabineros ?), condenado en el Episodio Mulchén, como coautor de los homicidios calificados perpetrados en el (i) Fundo Carmen y Maitenes: Florencio Rubilar Gutie´rrez, Jose´ Liborio Rubilar Gutie´rrez, Jose´ Lorenzo Rubilar Gutie´rrez, Alejandro Albornoz Gonza´lez, Luis Alberto Godoy Sandoval, Miguel del Carmen Albornoz Acun~a, Daniel Alfonso Albornoz Gonza´lez; ii) del Fundo Pemehue: Alberto Albornoz Gonza´lez, Felidor Exequiel Albornoz Gonza´lez, Jero´nimo Humberto Sandoval Medina, Juan de Dios Roa Riquelme y Jose´ Fernando Gutie´rrez Ascencio, ocurridos en los di´as 6 y 7 de octubre de 1973; a la pena de 15 años y un día de presidio mayor en su grado máximo, más accesorias;
También en el mismo episodio fue condenado como coautor de los delitos de secuestro calificado de las siguientes personas del (ii) Fundo El Morro: de Juan de Dios Laubra Brevis, Jose´ Florencio Ya´n~ez Dura´n, Celsio Nicasio Vivanco Carrasco, Edmundo Jose´ Vidal Aedo, Domingo Sepu´lveda Castillo y de Guillermo Jose´ Albornoz Gonza´lez, perpetrados a partir de los di´as 5, 6 y 7 de octubre de 1973, en la comuna de Mulche´n, a la pena de diez an~os y un di´a de presidio mayor en su grado medio, más accesorias legales.
10) René Riveros Valderrama (oficial de Ejército ?) sentenciado en el proceso Operación Cóndor, a dos penas de 18 años de presidio mayor en su grado máximo, por los delitos de secuestro calificado reiterados de Alexei Jaccard Siegler y Héctor Velázquez Mardones; y como coautor de los delitos reiterados de homicidio calificado de Ricardo Ignacio Ramírez Herrera, Jacobo Stoulman Bortnik, Matilde Pessa Mois, Hernán Soto Gálvez y Ruiter Enrique Correa Arce.
11) Jaime Ojeda Torrent (oficial de Ejército ?), condenado en el proceso Caravana de la Muerte, episodio La Serena, condenado en calidad de cómplice de 15 homicidios calificados, a la pena de 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio
Las víctimas son Óscar Aedo Herrera, Marcos Barrantes Alcayaga, Mario Ramírez Sepúlveda, Hipólito Cortés Álvarez, Jorge Contreras Godoy, Roberto Santa Cruz, Jorge Jordán Domic, Gabriel Vergara Muñoz, Carlos Alcayaga Varela, Jorge Osorio Zamora, José Araya González, Óscar Cortés Cortés, Manuel Marcarian Jamett, Víctor Escobar Astudillo y Jorge Peña Hen.
12) Ricardo Lilllo Morandé (oficial de Carabineros ?), condenado a la pena de 15 an~os y un día de presidio mayor en su grado ma´ximo, por los homicidios calificados de He´ctor Mari´n A´lvarez, don Jose´ Luque Schurman y Benjami´n Garzo´n Morillo, el di´a 23 de septiembre de 1973, en el sector del Salar del Carmen, ubicado en la comuna de Antofagasta.
13) Iván Humberto Figueroa Canobra (oficial de Ejército ?), condenado a la pena de 20 años de presidio mayor en su grado máximo, más accesorias legales, por los delitos de homicidio calificado consumado de Rodrigo Rojas De Negri, y homicidio calificado frustrado de Carmen Gloria Quintana Arancibia.
14) Juan Daniel Marambio López (suboficial del Ejército ?) Condenado como coautor del homicidio calificado de Francisco Javier Santoni Díaz, a la pena de 5 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, más accesorias.
Dos del Episodio Janequeo:
15) Miguel Fernando Gajardo Quijada (empleado civil del Ejército ? – CNI) Condenado como cómplice de los delitos de homicidio calificado de Hugo Ratier Noguera y Alejandro Salgado Troquian, a la pena de 10 años y 1 día de presidio mayor en su grado medio más accesorias legales.
16) José Isaías Vidal Veloso (comisario de la Policía de Investigaciones de Chile ? – CNI) Condenado como coautor de los delitos de homicidio calificado de Hugo Ratier Noguera y Alejandro Salgado Troquian, a la pena de 20 años de presidio mayor en su grado máximo más accesorias legales.
17) Luis Raimundo Quezada Chandía (ex conscripto) condenado como coautor de los homicidios calificados de Hernan Henríquez Aravena, y de Alejandro Flores Rivera, a la pena de 17 años de presidio mayor en su grado máximo.
18) Andrés Pablo Potin Lailhacar (ingeniero civil – Patria y Libertad – Comando Conjunto). Condenado en calidad de coautor del delito de secuestro calificado de Luis Emilio Maturana González, a la pena de 5 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, y en calidad de coautor del delito de secuestro de Juan René Orellana Catalán, a la pena de 400 días de presidio menor en su grado mínimo.
Prófugos capturados a la fecha:
Jorge Vargas Bories, oficial de Ejército ? y agente de la Central Nacional de Inteligencia (CNI), por lo que fue trasladado al penal Colina I. El exuniformado fue condenado como coautor del asesinato bajo tortura del profesor de enseñanza media y ex militante del MIR, Federico Álvarez Santibáñez, ocurrido el 21 de agosto de 1979.
Manfredo Enrique Jurgensen Caesar (médico, CNI) sentenciado como coautor del homicidio calificado de Federico Álvarez Santibáñez, a la pena de 8 años de presidio. Estuvo prófugo desde enero, detenido en Argentina en junio de 2023 cuando intentaba abordar un vuelo a Alemania, siendo solicitada su extradición pero falleció días después privado de libertad;
Olegario Enrique González Moreno (Ejército ®, DINA), condenado como
coautor de 9 secuestros calificados (desapariciones forzadas), a la pena de 10 años y un día, entrando a cumplir condena en julio de 2023;
Héctor Fernando Osses Yáñez (oficial de Carabineros ®, dirigente gremial de uniformados en retiro), condenado como autor en casi una docena de casos por asesinatos en la Población San Gregorio, quién estuvo prófugo entre 2021 a 2023.
José Miguel Meza Serrano (Armada ®, DINA), y Eduardo Alejandro Oyarce Riquelme (suboficial Ejército ®, DINA), sentenciados como coautores de los delitos de secuestro calificado de Fernando Navarro Allendes y Héctor Véliz Ramírez, a la pena de 12 años de presidio cada uno, y de los delitos de secuestro simple de Juan Fernando Ortiz Letelier, Horacio Cepeda Marinkovic y Lincoyán Berríos, por lo que fueron condenados a 3 años de presidio respectivamente;
Víctor Álvarez Droguett (Ejército ®, DINA),
– condenado como coautor de los delitos de homicidio calificado en las personas de don Juan Fernando Ortiz Letelier, don Horacio Cepeda Marinkovic y don Lincoyán Yalú Berríos Cataldo, a la pena de 15 años y 1 día de presidio mayor en su grado máximo;
– condenado como coautor de los delitos de secuestro calificado en las personas de don Fernando Alfredo Navarro Allendes y de Héctor Véliz Ramírez, a la pena de 12 años de presidio mayor en su grado medio;
– condenado como autor de los delitos de secuestro simple en las personas de don Juan Fernando Ortiz Letelier, don Horacio Cepeda Marinkovic y don Lincoyán Yalú Berríos Cataldo, a la pena de 3 años de presidio menor en su grado medio“
– condenado a 10 años de presidio por el secuestro calificado de Marta Ugarte Román.
-Juan Dionisio Opazo Vera (ex conscripto) sentenciado como coautor de 38 homicidios calificados a la pena de 10 años y un día, en el Caso Paine, Episodio Principal.
-Juan Renán Jara Quintana (oficial del Ejército ®), Condenados como coautor de los secuestros calificados y homicidios calificados de Víctor Jara Martínez y Littré Quiroga Carvajal. Se impuso una pena de 10 años y un día por los secuestros y de 15 años de presidio por los homicidios.
Prófugos como forma de impunidad
Para el abogado Francisco Bustos, del Estudio Caucoto Abogados, “nos parece importante alertar sobre este fenómeno, el cual tiene una doble dimensión de análisis. Por un lado, nos muestra que el Estado chileno, y en particular el Poder Judicial, está cumpliendo con su obligación de investigar, juzgar y sancionar crímenes de lesa humanidad. Por esa razón se han dictado decenas de sentencias, y aquí solo basta recordar que el año pasado concluyeron 96 procesos por crímenes contra la humanidad por sentencia firme”.
Agrega que “la segunda dimensión muestra un déficit. Las agrupaciones de familiares, organizaciones de la sociedad civil como Londres 38 han venido denunciando la existencia de prófugos como forma de impunidad. El hecho que desde que esto se advirtiera haya aumentado el número de evadidos, es indicativo de que el sistema de persecución penal puede tomar más medidas para prevenirlo, especialmente en materia de mejorar el control o imponer medidas cautelares más gravosas”.
Bustos, informó que “por nuestra parte como querellantes hemos solicitado las medidas cautelares correspondientes en cada caso”.
Pese a ello, también hay algunas buenas noticias, señala el abogado “como el hecho que varios de estos represores han sido detenidos, y hoy cumplen sus condenas, lo que habla también de un buen trabajo policial”, finalizó.