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Vergara Gutiérrez Juan Carlos – Memoria Viva

Vergara Gutiérrez Juan Carlos

Alias : El Punta; Victor Fernández Gaete;

Rut: 8.515.552-0

Cargos:

Grado : Suboficial

Rama : Carabineros

Organismos : Central Nacional de Informaciones (CNI)

Agrupacion Cafe
Brigada Plomo
Brigada Blanc
Brigada Verde
Cuartel Borgoño
Brigada Azul


Historia de la CNI

Fuente :puntofinal.cl, edición Nº 772, 7 de diciembre, 2012

Categoría : Prensa

Alvaro Julio Corbalán Castilla ingresó a la Escuela Militar en 1966. Su nivel de rendimiento fue enteramente normal, destacándose sólo por sus aficiones artísticas e integrando desde ese año el Círculo Musical del instituto. Siempre se caracterizó por su capacidad de convencimiento, tenor en el que registra algunas ilustrativas anécdotas. Lo normal es que las recogidas ordinarias de los cadetes, después de una salida de fin de semana, sean hasta las 23 horas del día domingo. Pero el cadete Alvaro Corbalán siempre exhibió pericia para conseguir horas extra de permiso. 

Durante 1968, estaba destinado en la Escuela Militar el entonces teniente Gerardo Urrich González, uno de los oficiales más estrictos y exigentes de que se tenga memoria en ese instituto. En varias oportunidades, estando él como oficial de servicio, atendió requerimientos telefónicos del cadete Corbalán para que se le autorizara a recogerse más tarde. 

– Mi teniente, la verdad es que estoy guitarreando-, era el invariable argumento del cadete. 

Lo que a todos resultaba sorprendente es que Urrich accedía a sus peticiones. Corbalán vivía en los festivales de la canción organizados por los colegios privados de niñas del barrio alto. Junto con los cadetes Luciano García, Jaime Muñoz, Manuel Ibáñez, Jaime Mesina, Rafael Cruz y Marcos Correa, formaron el conjunto Voces de Manquehue, que ganó competencias musicales en las Monjas Argentinas, el Colegio Universitario Salvador, el Saint John Villa Academy y el de las Monjas Inglesas, entre otros (1). 

El teniente Arturo Astete Bascuñán -primo del folklorista Willy Bascuñán- fue un entusiasta promotor del talento como compositor e intérprete del subalférez Corbalán. En 1969, el prometedor artista vendió los derechos de la canción folklórica “Lunita atacameña”. Años después, en diciembre de 1973, Corbalán firmó un contrato con Odeón para realizar varias grabaciones al año. Pero el joven oficial, no obstante sus habilidades con la voz y con los dedos, ya estaba pensando en otros horizontes. 

En 1970, Corbalán, siendo alumno del segundo curso militar y habiendo escogido el arma de Artillería, alcanzó el grado de subbrigadier. En 1971, después de un curso de 45 días que se desarrolló en Fort Gulick, en la Escuela de las Américas, en la zona estadounidense del Canal de Panamá, el subteniente Corbalán realizó el curso de requisito en la Escuela de Artillería de Linares. Posteriormente, en agosto de ese mismo año, fue destinado al grupo de artillería del Regimiento Pudeto, en Punta Arenas. 

De su permanencia en tal unidad, no se conocen más antecedentes que una graciosa historia. Mientras se desempeñaba como observador adelantado de una batería de artillería y en ejercicio de tiro con munición de guerra, el subteniente Corbalán hizo una corrección equivocada. Como resultado, un proyectil mató a unos quince corderos. Después de los reclamos del propietario, el comandante del regimiento dispuso que Corbalán pagara los animales muertos. Los más complacidos con el error fueron los soldados conscriptos de la batería, los que pudieron comer cordero magallánico preparado de diversas maneras durante varios días. 

No se ha logrado precisar con exactitud cuándo el joven oficial inició sus labores en Inteligencia. Es viable suponer que entre 1971 y 1972 haya sido incorporado al Departamento II de Inteligencia de la Quinta División de Ejército, con asiento en Punta Arenas. 

En 1975, mientras estaba destinado en el regimiento Tacna, en Santiago, el teniente Corbalán efectuó el curso básico de Inteligencia en la escuela de Nos, desde donde fue destinado a lo que entonces se conocía como Cuerpo de Inteligencia del Ejército, CIE, (hoy Batallón de Inteligencia del Ejército, BIE) unidad que se ubicaba en la esquina de García Reyes con la avenida Bernardo O’Higgins. 

Al año siguiente, Corbalán solicitó permiso, y lo obtuvo, para asistir al Curso Especializado, obteniendo así la mención en servicio secreto, luego de lo cual alcanzó el segundo mando del Departamento de Servicio Secreto, DSS, al interior del CIE. Ese mismo año, inspirado por sus crecientes éxitos, compuso la letra y música del himno de la Escuela de Inteligencia: “Somos hijos de la escuela del silencio”. 

Corbalán pasó entonces a integrar la denominada Comunidad de Inteligencia, dirigida por Odlanier Mena, del ejército; Enrique Ruiz, jefe de la Dirección de Inteligencia de la Fach; Rubén Romero, general de Carabineros y Ariel González, capitán de navío, de la Armada. En esa comunidad se dio forma al Comando Conjunto, grupo que se especializó en la cacería de comunistas, y que era dirigido por el comandante Edgar Ceballos Jones, perteneciente a la Fach. 

Ceballos, conocido como “el comandante Cabezas”, creó bajo él un mando integrado por Daniel Gimpert, de la Armada; Agustín Muñoz Gamboa, de Carabineros; Roberto Fuentes Morrison, de la Fach, y Alvaro Corbalán, del ejército (2). 

Entre fines de 1976 y comienzos de 1977, Corbalán logró su primer gran triunfo como agente de servicio secreto. Con la colaboración del sacerdote español Felipe Gutiérrez, capellán de la Segunda División de Ejército, logró una completa infiltración de la estructura administrativa y humana de la Arquidiócesis de Santiago, lo que implicó la realización de penetraciones nocturnas clandestinas y el fotografiado en microfilmes de documentos reservados relativos a los aportes económicos exteriores que recibía la Iglesia Católica en Chile. El informe, realizado en un video, con relatos del capellán Gutiérrez, incluyó antecedentes sobre obispos, vicarios, sacerdotes y diáconos. 

En 1978, el ya capitán Alvaro Corbalán estructuró su primera red de servicio secreto, dada la situación de emergencia que podía desembocar en un conflicto bélico con Argentina. Montó la agencia de viajes Cordillera Tour y con la colaboración de agentes que trabajaban camuflados en LAN Chile, viajó continuamente a Perú, Bolivia, Argentina y Panamá. En esa labor contó con una ayudante excepcional: Jacqueline Caillaux, casada más tarde con un oficial de ejército que formó parte de la CNI y que fue uno de los más entusiastas seguidores de Corbalán. Aquellos recorridos despertaron en el joven capitán grandes ambiciones que también demandaban subidos gastos. A los pocos meses, aquella “pantalla” del espionaje criollo fue investigada y cerrada por el comandante del CIE, el teniente coronel Roberto Schmied Sanzi, quien detectó algunos manejos irregulares de dineros fiscales. 

Aparentemente, las anomalías financieras existieron; lo discutible es si fue o no real el contexto en el que, según versiones posteriores, habrían ocurrido. Se dijo que Corbalán se vio obligado a echar mano a tales dineros ya que sus ingresos normales no le permitían financiar un encendido romance con una despampanante rubia funcionaria del gobierno militar. Es probable que tal relación nunca haya existido y que el propio Corbalán se hubiese encargado de propalar una versión interesada al respecto. 

Poco tiempo después, el comandante Schmied habría puesto a Corbalán a disposición del director de Inteligencia del ejército, por entonces el general René Orozco. Este, a su vez, lo habría enviado a presentarse ante el general Carlos Forestier, vicecomandante en jefe del ejército. 

Según Corbalán contó a algunos de sus amigos, Forestier, después de los gritos de rigor, le habría comunicado que se iría destinado al regimiento de artillería Miraflores de Traiguén, unidad considerada de castigo para los oficiales de tal arma. Corbalán le habría respondido: 

– ¡Mi general, un agente secreto vale más que una división del ejército! 

La respuesta del capitán no le hizo la menor gracia al irascible general, notificando a Corbalán que daría curso a su baja del ejército. 

Ante ello, Corbalán recurrió a un último recurso: 

– ¡Mi general, no olvide todo lo que yo sé! 

Semanas después, el general Forestier comunicó a la institución que el capitán Alvaro Corbalán Castilla, bajo la identidad falsa de Alvaro Valenzuela Torres, había sido comisionado a cumplir servicios en la Central Nacional de Informaciones. 

Al llegar a la CNI en 1979, el coronel Jorge Carrasco -el “Negro” Carrasco- ofreció a Corbalán su apoyo, en la perspectiva “de dar otra oportunidad a un hombre valioso que metió la pata”, según explicaría años después en un corrillo de camaradas de armas. 

Se ignora cuál fue el apoyo, pero sí es un hecho real que Alvaro Corbalán empezó a brillar vigorosamente en una carrera meteórica. Algunos de sus partidarios le atribuyeron características excepcionales, como la pasión con la que acometía todo lo que emprendía, luego de una calculada y fría planificación. En el aspecto físico -y en ello todos coinciden- su resistencia era notable. Podía trabajar durante 16 horas o más y recuperarse con sólo cuatro horas de sueño. Nunca bebió alcohol ni fumó. Se alimentaba de jugos, frutas, enlatados y derivados lácteos. Jamás hizo un desarreglo alimenticio. Tenía, sin embargo, tres grandes debilidades: la Fanta, la Orange Crush y los pasteles con crema. 

Una de las peculiares habilidades demostradas por Corbalán en la CNI fue el adiestrar a sus hombres en un verdadero juego de gatos y ratones. La gran mayoría de las veces, Corbalán y sus agentes supieron con mucha antelación quiénes eran y dónde estaban los principales dirigentes de los grupos armados de Izquierda. ¿Por qué no los detuvieron o reprimieron apenas conocido su paradero? La respuesta es conocida por algunos de los hombres que trabajaron en la CNI. Y es simple. Corbalán dilataba las operaciones para obtener mayores presupuestos. Un seguimiento y detención que podía costar un millón de pesos y efectuarse en una semana, era extendido por meses, lográndose crecientes beneficios económicos. Eso, aparte de los “botines de guerra”. 

En el ataque casi simultáneo contra dirigentes del MIR en las calles Janequeo y Fuente Ovejuna, el 7 de septiembre de 1983, se obtuvo un valioso botín. En una filmación efectuada por agentes de la CNI en aquella ocasión en Fuente Ovejuna 1330, el periodista Ricardo Coya, colaborador de la CNI, aparece en cámara afirmando que en ese lugar se había encontrado una cantidad de dinero. Allí fue abatido Arturo Villabela Araujo uno de los dirigentes del MIR (*). 

Similares pérdidas sufrían casi diariamente centenares de militantes de Izquierda cuyas casas eran allanadas y sus moradores arrestados. Los hombres de Corbalán arrasaban con todo. A la hora de los repartos, sin embargo, la mayor tajada de lo recaudado quedaba en el escritorio de Corbalán, en su oficina del cuartel de Borgoño. Esa costumbre, muchos no se la perdonaron jamás. 

En la CNI, Corbalán se fue rodeando de un núcleo de agentes y empleados civiles de su absoluta confianza. Primero como jefe de la Brigada Antisubversiva, luego de la División Metropolitana y más tarde de todas las unidades existentes en el cuartel Borgoño, acumuló un poder sólo comparable al de su director, el general Humberto Gordon. Más tarde, con Gordon en la Junta Militar, Corbalán se las ingenió para conseguir lo que deseaba, saltándose las instrucciones de sus respectivos jefes directos. Junto a sus labores de principal jefe operativo de la represión, se desempeñó también como presidente de Avanzada Nacional y de la Corporación para la Paz (Corpaz) fachadas políticas de la CNI. 

Entre sus hombres de confianza destacaron Hugo Alarcón Vergara, un ex chofer de la Escuela de Inteligencia, ENI; el suboficial (r) de Carabineros Juan Carlos Vergara Gutiérrez (“El Punta”), jefe de su plana mayor; e Higinio Barra Vega (“Don Gabriel”). 

En julio de 1989, Corbalán mantenía un equipo de 19 empleados civiles integrados a su núcleo cercano. Ellos eran Francisco Barra Puentes, Ginno Carrasco Concha, Marcelo Charrier Ferrer, Jorge Domínguez Betancourt, Raúl Escobar Muñoz, Francisco Gajardo Quijada, Nelson González Oporto, Víctor González Salgado, Miguel Fernández Sabat, Jorge Meneses Arcauz, Lidia Merino Medel, Víctor Monsalve Oyarzo, Hans Muller Leiva, Fernando Nilo Cerecer, Juan Olivares Carrizo, Luis Penrros Guerrero, Adonis Rigoletti Gaete, Héctor Rubilar Pinto y Oscar Villagra Rodríguez. 

Su brigada especial, de enlaces, guardia y motoristas, en tanto, la componían: Francisco Zúñiga Acevedo (“Félix Catalán Cueto”), Jorge Vargas Bories (“Jorge Polanco Lira”), Higinio Barra Vega (“Eugenio Riveros Cáceres”, “Don Gabriel”), Ana María Rubio de la Cruz (“María Soledad Barrera Lagos” o “Marisol”), José Ampuero Ulloa (“Miguel Carrera Poblete”), Guido Jara Brevis (“Hernán Cepeda Soto”), Miguel Gajardo Quijada (“Patricio Herrera Conejeros”, “Anteojitos”, “Hormiga”), Juan Pastenes Osses (“Juan Neira Asenjo”), Gerardo Charrier Ferrer (“John Ramírez Pérez”), Gonzalo Benavente Conejeros (“José Ríos Donoso”), Héctor Rubio Magallanes (“Héctor Gómez Gaete”), José Ascencio Jara (“Guillermo Rocha Díaz”), Juan Vergara Gutiérrez (“Víctor Fernández Gaete”), Juan Olivares Carrizo (“Juan Reynoso Rodríguez”), Oscar Villagra Rodríguez (“Julio Baeza”), José Meneses Arcauz (“Adolfo Guerrero”, “Shogún”), Jorge Domínguez Betancourt (“Matías Espínola”, “Capitán Matías”), Víctor González Salgado (“Iván Gómez”), Marcelo Charrier Ferrer (“César Durán”), Nelson González Oporto (“Juan Muñoz”, “Pichindunga”), Francisco Gajardo Quijada, Francisco Barra Puente (“Claudio”), Héctor Rubilar Pinto (“Junior”), Hans Muller Leiva (“Jorge Ramírez Donoso”) y Rodemil Madariaga Parra. 

Corbalán vivió su época dorada en el primer quinquenio de los 80, cuando afianzó su poder en la CNI, empezó a incursionar en la política a través de Avanzada Nacional y se transformó en uno de los reyes de la menguada bohemia que existía en Santiago. “El Faraón”, como le llamaban los agentes de la represión, se relacionó estrechamente con algunos ejecutivos de Televisión Nacional y, a través de ellos, conoció a la exuberante Maripepa Nieto, una vedette española que José Aravena, el dueño de la boite La Sirena, trajo por primera vez a Chile en 1981 y que luego se transformó en la gran estrella de los programas nocturnos de TVN y en pareja del jefe operativo de la policía secreta de la dictadura militar. 

Temido y admirado por sus hombres, Corbalán frecuentaba locales como La Casa de Canto, La Casa de Cena, Don Carlos y los Rodizzio de Bellavista y Apoquindo; efectuaba periódicas recepciones en su casa de dos pisos en El Arrayán -con sauna, jacuzzi y piscina-, cuyo origen nunca pudo explicar, y se instalaba en el hotel O’Higgins de Viña del Mar o en su casa de Papudo, en la época del festival de la canción y cuando decidía darse algunos días de descanso. 

Maripepa Nieto iba y venía desde España y algunos cercanos a Corbalán sospechaban que en esos viajes llevaba encargos del oficial de la CNI, entre ellos remesas de dólares para depósitos a plazo que nunca lograron detectarse. El romance culminó a fines de los años 80. La curvilínea española volvió a Chile a comienzos de los años 2000 para ayudar a su hermana Rosario, detenida en el Centro de Orientación Femenina acusada de tráfico de drogas, oscuro mundo al que fue arrastrada por un hombre vinculado a los servicios de seguridad y que conocía perfectamente a Corbalán (3). 

Notas: 

(1) Sobre Alvaro Corbalán, ver serie de publicaciones “exclusivas” acerca de su vida en la revista Cosas , en diciembre de 1988 y enero de 1989. También María Eugenia Camus: “Prontuario de sangre y fuego”, revista Análisis , 25 de mayo de 1992; Osvaldo Muray: “Terremoto en la CNI”, revista Cauce , 18 de julio de 1988 y, revista Cien Aguilas , 1968. 

(2) Ver: Héctor Contreras y Mónica González: Los secretos del Comando Conjunto , Las Ediciones del Ornitorrinco, Santiago de Chile, noviembre de 1991. 

(3) Ana María Sanhueza: “Alvaro Corbalán: el amor más peligroso de Maripepa”; Siete+7 , 27 de junio de 2003. Ver también Héctor Rojas M.: “Hermana de Maripepa Nieto tenía una extensa red de compradores de cocaína”; La Tercera , 15 de junio de 2003 y Patricio Carrera: “Investigan el círculo íntimo de hermana de Maripepa Nieto”, La Tercera , 19 de julio de 2003. 

(*) La noche del 7 de septiembre de 1983 un comando operativo de la CNI aniquiló a cinco militantes del MIR que vivían en la clandestinidad en Santiago. El primer golpe fue un ataque a la vivienda de Fuente Ovejuna 1330, Las Condes. Ahí cayeron acribillados Arturo Villabela Araujo, ingeniero, miembro de la comisión política del MIR, y los militantes Lucía Vergara Valenzuela y Sergio Peña Díaz. Los tres habían regresado clandestinos al país. Poco después, el mismo comando atacó la casa de calle Janequeo 5707, Quinta Normal, donde vivían Hugo Ratier Noguera, miembro del comité central del MIR, y el militante Alejandro Salgado Troquián y familiares de este último. Salgado fue abatido en la calle y Ratier en el patio de la vivienda. 

Se dijo que ambas acciones de terrorismo de Estado fueron en represalia por la muerte del intendente de Santiago, general (r) Carol Urzúa Ibáñez, ultimado en una emboscada montada por el MIR el 30 de agosto de 1983 en Las Condes (N. de PF). 

por Por Manuel Salazar Salvo **

** El periodista Manuel Salazar, redactor de Punto Final , lanza a través de LOM Ediciones el segundo tomo de Las letras del horror , cuyo primer volumen estuvo dedicado a la Dina. En esta obra se realiza una descripción pormenorizada del desigual enfrentamiento entre el PC, MIR y FPMR que lentamente comienzan a reestructurarse, y las operaciones criminales de los organismos represivos (Operación Albania, Operación Machete, Misión Alfa Carbón, Carrizal, Lo Barnechea, Quilicura, Las Vizcachas, etc.), además de innumerables secuestros, asesinatos y desapariciones. Detalla también las estrategias de varios militares y civiles que, al vislumbrar el fin de la dictadura, recurrieron a asociaciones ilícitas y empresas fantasmas para asegurarse un holgado retiro. 

Este adelanto corresponde a un aspecto del Capítulo VII, titulado “La Cofradía de los Impunes”. 

Publicado en “Punto Final”, edición Nº 772, 7 de diciembre, 2012 


Ministro Carroza condena a ex agentes de la CNI por homicidio en Estación Central

Fuente :eldinamo.cl, 20 de Noviembre 2018

Categoría : Prensa

Entre ellos se encuentra Álvaro Corbalán, quien sumó otros cinco años y un día en la cárcel. 

El ministro en visita para causas por violaciones a los Derechos Humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Mario Carroza , condenó a cuatro ex miembros de la Central Nacional de Informaciones (CNI) por su responsabilidad en el delito de homicidio calificado de José Daniel Murga Medina, ilícito perpetrado el 18 de abril de 1986 en la comuna de Estación Central.

En el fallo el ministro en visita condenó a Iván Quiroz Ruiz y Álvaro Corbalán Castilla a penas de 5 años y un día de presidio, en calidad de autores del delito. En tanto, como cómplices fueron condenados Roberto Farías Santelices a 3 años y un día de presidio, el beneficio de la libertad vigilada, y Juan Carlos Vergara Gutiérrez a 541 días de presidio, con el beneficio de la remisión condicional de la pena.

En la etapa de investigación de la causa, el ministro Carroza logró establecer que ese día miembros de la CNI resuelven interceptar a José Daniel Murga Medina, de 28 años de edad, miembro del MIR, cuando éste bajaba de un bus de locomoción colectiva para ir hacia su domicilio, para lo cual extraen sus armas de servicio y proceden a dispararle alrededor de 22 balas, en distintas partes del cuerpo, impactándole una de ellas en la cabeza, sin salida de proyectil, lo cual le provoca la muerte en forma inmediata.

En el aspecto civil, se condenó al fisco a pagar una indemnización total de $150.000.000 (ciento cincuenta millones de pesos) a la cónyuge e hijos de la víctima.


DD.HH: condenan a 23 exagentes CNI por falso enfrentamiento en dictadura

Fuente :elmostrador.cl, 22 de Julio 2019

Categoría : Prensa

En el fallo del ministro en visita Miguel Vázquez Plaza, uno de los condenados es Álvaro Corbalán Castilla,  ex efe operativo de la Central Nacional de Informaciones de la dictadura, quien suma otros 20 años de presidio.

El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Miguel Vázquez Plaza, condenó a 23 exagentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI) por su responsabilidad en los delitos de homicidio de Alejandro Salgado Troquián y Hugo Ratier Noguera, ilícitos perpetrados en 1983, en un falso enfrentamiento en calle Janequeo de la comuna de Quinta Normal.

En el fallo, el ministro en visita condenó a Roberto Schmied Zanzi, Álvaro Corbalán Castilla y Aquiles González Cortés a de 20 años de presidio; en tanto, los exagentes José Aravena Ruiz, José Salas Fuentes, Luis Arturo Sanhueza Ross, Egon Barra Barra, Jorge Vargas Bories, Norman Jeldes Aguilar, Fernando Rojas Tapia, Manuel Morales Acevedo, Sergio Canals Baldwin y José Vidal Veloso deberán purgar 15 años y un día de presidio,  como autores de los delitos.

En el caso de Raúl Méndez Santos, Rodolfo Olguín González, Ema Ceballos Núñez, Miguel Gajardo Quijada, Rosa Humilde Ramos Hernández, Francisco Orellana Seguel, Juan Carlos Vergara Gutiérrez, Raúl Escobar Díaz, Rafael Ortega Gutiérrez y Luis Gálvez Navarro fueron sentenciados a 10 años y un día de presidio, como cómplices.

En la causa, el ministro Vázquez Plaza decretó la absolución de los agentes Zinaida Vicencio González, Jorge Ahumada Molina y Eduardo Chávez Baeza, por no acreditarse su participación en los hechos.

De acuerdo a la investigación, el día 7 de septiembre de 1983, un número de agentes de la CNI, de la Policía de Investigaciones de Chile y de otros organismos represivos fueron hasta el domicilio ubicado en calle Janequeo N° 5707, comuna de Quinta Normal, que estaba siendo vigilado desde hace algunas semanas, “procediendo a rodear y a acordonar el lugar, para luego mediante el uso de una base de fuego y otros armamentos, disparar, sin mediar provocación alguna y con gran poder de fuego contra el inmueble, producto de lo cual resultó muerto por diversas heridas de bala en el patio trasero de la vivienda, Hugo Ratier Noguera (José)”.

Además, el proceso estableció que “con ocasión de ir llegando al mismo domicilio donde residía, fue abatido por múltiples heridas de bala, en la vía pública, esto es, en calle Janequeo frente al número 5946, Alejandro Salgado Troquián”.


Corte de Santiago condena a exagentes de la CNI por homicidios en falso enfrentamiento en calle Janequeo de Quinta Normal

Fuente :pjud.cl, 18 de Noviembre 2021

Categoría : Prensa

En la sentencia (rol 4.741-2019), la Tercera Sala del tribunal de alzada –integrada por la ministra Verónica Sabaj y los ministros Alejandro  Aguilar y Rodrigo Carvajal- confirmó la sentencia que condenó a 23 exagentes por homicidios de Alejandro Salgado Troquián y Hugo Ratier Noguera, ocurridos el 7 de septiembre de 1983.

La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a 23 exagentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI) por su responsabilidad en los homicidios calificados de Alejandro Salgado Troquián y Hugo Ratier Noguera, ocurridos el 7 de septiembre de 1983 en un falso enfrentamiento en calle Janequeo, de la comuna de Quinta Normal.

En la sentencia (rol 4.741-2019), la Tercera Sala del tribunal de alzada –integrada por la ministra Verónica Sabaj y los ministros Alejandro  Aguilar y Rodrigo Carvajal- confirmó la condena a 15 años y un día de presidio como coautores para los agentes José Aravena Ruiz, José Salas Fuentes, Luis Arturo Sanhueza Ross, Egon Barra Barra, Jorge Vargas Bories, Norman Jeldes Aguilar, Fernando Rojas Tapia, Manuel Morales Acevedo, Sergio Canals Baldwin y José Vidal Veloso.

Asimismo se ratificó la decisión que ordenó a los exagentes Raúl Mendez Santos, Rodolfo Olguín González, Ema Ceballos Nuñez, Miguel Gajardo Quijada, Raúl Escobar Díaz, Rafael Ortega Gutiérrez, Luis Gálvez Navarro, Rosa Ramos Hernández, Francisco Orellana Seguel y Juan Carlos Vergara Gutiérrez deberán purgar una pena de 10 años y un día de presidio como cómplice de los ilícitos.

Por último, redujo a 17 años de presidio la condena a los agentes Aquiles González Cortés, Álvaro Corbalán Castilla y Robertp Schmied Zanzi.

La sentencia ratificó que las víctimas fueron asesinadas por agentes de la CNI en una operación ejecutada como represalia por la muerte de homicidio del intendente de la Región Metropolitana de la época, general Carol Urzúa Ibáñez, cometido el 4 de septiembre de 1983.

“Que, con el análisis de la información obtenida fruto de los seguimientos, identificaciones y detenciones de los integrantes del movimiento de izquierda revolucionaria (MIR) que habían ingresado clandestinamente al país desde el año 1978 en el concierto de la llamada ”Operacion Retorno”, personal adscrito por virtud de diversos actos administrativos a la Central Nacional de Informaciones (CNI) determinó que Hugo Ratier Noguera correspondía al jefe militar de la referida organización, de tal suerte que era el responsable intelectual y organizador de todas las acciones armadas del movimiento de izquierda referido, en los últimos años, especialmente el atentado con resultado de muerte inferido al General Carol Urzua Ibañez, donde fueron asesinados, además, el Cabo 1° Carlos Riveros Bequiarelli y el cabo 2° Jose Aguayo Franco, en tanto que se estableció , además, que Alejandro Salgado Troquian, o a también integrante del MIR, se desempeñaba como colaborador y custodio de Ratier Noguera.

A partir del mes de septiembre de 1983, en el curso de la investigación dirigida a determinar a los involucrados en el atentado terrorista con resultado de homicidio del Mayor General de Ejército e Intendente Regional Metropolitano, Carol Urzua Ibáñez, la CNI determinó que el hecho fue llevado a cabo por un comando del MIR, uno de cuyos integrantes correspondía a Jorge Palma Donoso.

En este contexto, el atentado sufrido por Urzua Ibáñez tornó evidente una separación en la reacción frente al MIR en manos de los agentes de la CNI, de sus brigadas y colaboradores. De una parte, se investigaría, aprehendería y allanarían domicilios de los miembros del comando que interceptó y asesinó a Carol Urzua y por la otra, se neutralizaría a la dirigencia militar del movimiento, a la que se atribuía la iniciativa y planificación de atentados desde el año 1978, especialmente el homicidio antes indicado de tres militares. De hecho, cada labor fue asignada a grupos distintos de la brigada azul: al grupo a cargo de Jose Aravena Ruiz se le encomendó seguir a Hugo Ratier Noguera, en tanto que, al equipo dirigido por Luis Sanhueza Ros, vigilar a Jorge Palma Donoso. Se bifurcaban de ésta manera las acciones correspondientes a los blancos más representativos de cada categoría: intelectual versus material, sin perjuicio de la convergencia de ambas ramas para premunirse de la información necesaria y aunar fuerzas operativas.

En lo que interesa a los sucesos de calle Janequeo, la bifurcación apuntada derivó en la diversificación de las estrategias para contrarrestar estas expresiones del MIR que había conseguido aislar el análisis de la información efectuado por la CNI. Respecto del referido comando subversivo representado por Jorge Palma Donoso, el propósito fue la detención, interrogatorio para la confirmación de las conclusiones a que se había llegado sobre los artífices intelectuales y derivación a la justicia militar. En relacion con la llamada dirigencia militar del MIR atribuida a Hugo Ratier Noguera, el afán que movilizó a la CNI fue la eliminación de sus efectivos, cuyo epítome está dado por la intervención de la unidad especial adscrita a la brigada antisubversiva en Janequeo con su poder de fuego asociado a la acción de artillado conocido como la “base de fuego” al interior del Cuartel Borgoño.

En el sentido apuntado razonan los considerandos séptimo y centésimo décimo sexto de la sentencia en alzada, cuando expresan que la orden no fue la detención sino que llanamente la eliminación o asesinato de ambos sujetos, de tal suerte que no se trata de una orden del servicio ni una conducta correspondiente al ejercicio de atribuciones legítimas, sino que corresponde en todo a las dinámicas de la conformación de las conductas y refuerzos positivos o negativos que para su ejecución, se verifican al interior de un grupo o banda delictual, entre sus miembros. La base que aportaba la institucionalidad es aquí solo el punto de partida desde donde se articulan relaciones que circundan el andamiaje institucional, pero dicho apoyo o sustento, no las conforma, siendo estas de orden puramente factico, captadas por las reglas de la división del trabajo de que se hacen cargo los preceptos atinentes a la codelincuencia y participación en sentido estricto, como se dirá.

Conviene apuntar desde luego que el otro andamiaje aportado por el

Estado, ahora posterior al hecho, corresponde a los medios para asegurar la impunidad, primero de orden comunicacional como se ha expresado, pero especialmente, la oclusión sistemática de todo esfuerzo de averiguación de la verdad en sede judicial, indispensable para aplicar las normas jurídicas pertinentes, según latamente constató en sus reflexiones el fallo en alzada en sus motivos centésimo a centésimo séptimo. Es esta parte del pronunciamiento que se revisa, el sentenciador de primer grado desestima certeramente cosa juzgada opuesta como excepción y defensa de fondo, a favor de los acusados Gajardo Quijada; Morales Acevedo; Vargas Bories; Rojas Tapia; Schmied Zanzi; Ceballos Nunez; Canals Baldwin; Aravena Ruiz; Ramos Hernandez, Sanhueza Ros; Escobar Diaz y Gonzalez Cortes.”, dice el fallo.

Agrega: “Que, la decisión sobre el curso a seguir con cada segmento del MIR fue adoptada por Humberto Gordon Rubio, quien ostentaba a la época de los hechos la calidad de Director de la CNI, en tanto que la planificación del operativo estuvo en manos de Schmied Zanzi, junto a Corbalán Castilla, quienes escrutaron los medios disponibles para las maniobras correspondientes y recabaron las aportaciones que, para dar forma al planeamiento general de asalto por tierra al recinto o casa de seguridad que albergaba a Hugo Ratier Noguera, ofrecieron los sentenciados Sergio Canals Baldwin y Aquiles Gonzalez Cortes. Desde su especialización en operaciones antisubversivas y el conocimiento de la información sobre los potenciales blancos del ataque, Corbalán Castilla debió razonablemente interceder ante quienes debían contribuir con la determinación necesaria para activar el diseño de un plan de acción, esto es, Gordon Rubio y, obtenida la aquiescencia de este, Schmied Zanzi, sin perjuicio de cerrar el círculo con la venia de Canals Baldwin a fin de no soslayar su convergencia y disposición.

La sentencia que se revisa establece que tuvo lugar una reunión de coordinación el 6 de septiembre de 1983, en horas de horas la noche, a la que asistieron todos los miembros uniformados y civiles adscritos al Cuartel Borgoño de la División Metropolitana de la CNI. La actividad fue dirigida por Corbalán Castilla y Gonzalez Cortes y en ella se informó sobre el operativo que debía verificarse al día siguiente. En este punto, la referencia a la detención de los blancos investigados y el allanamiento de sus domicilios, apuntó a situaciones claramente distinguibles, como se demuestra en las acciones que inauguraron la jornada del día siguiente, 7 de septiembre de 1983 -la detención de Jorge Palma Donoso, Susana Capriles Rojas y Rosa Juana Farías Ogaz- en contraste con aquellas ejecutadas a la clausura del día -los asaltos y muertes perpetrados en los domicilios de Fuenteovejuna y Janequeo.

En la referida sesión celebrada el día 6 de septiembre de 1983, se trabó un acuerdo de voluntades categórico, en el sentido que abarcaba claramente la comisión de un crimen, expresado bajo un plan global de acción para responder a las acciones armadas del MIR. A través de una respuesta con características bélicas, cada grupo o efectivo de las brigadas azul, especial del cuartel Borgoño de la CNI, y otros elementos convocados, debía aportar a la ejecución de este hecho, incluso mediante prestaciones no ejecutivas, pero relevantes bajo el esquema del plan, tanto porque unos aparecían mejor dispuestos para el combate antisubversivo, en el caso de la brigada especial a cargo de la base de fuego, como porque otros conocían físicamente a quienes debían ser vigilados y ultimados, tratándose de la brigada azul.

Así, acciones preparatorias fueron las vigilancias desde las 6:00 horas del día de los hechos a los blancos del ataque y el inmueble de Janequeo, la detención e interrogatorio de Jorge Palma Donoso, dirigido a confirmar el rol de Hugo Ratier Noguera en la dirigencia del MIR, el apostamiento del cerco de seguridad, y las comunicaciones que derivaron en acciones dotadas de sentido para la arquitectura del plan, esto es, labores que fueron efectuadas por personal de la Policía de Investigaciones vinculados a la CNI, consistentes en contribuir al cerco de seguridad y lanzar bombas lacrimógenas al interior de la casa de Janequeo con miras a condicionar el desplazamiento de los blancos.

Conviene precisar, como lo hace el fallo que se revisa en el párrafo final de su considerando septuagésimo primero que, por sus características y oportunidad, la acción de los efectivos de la brigada jaguar provenientes de la Policía de Investigaciones con cuartel en Av. Pajaritos, obedece a una confabulación previa. Consta la petición de apoyo efectuada por la CNI a fuerzas policiales y de inteligencia del Ejército y la Fuerza Aérea (desde donde aparece el conocimiento del testigo Valenzuela Morales de los hechos de Janequeo), quienes concurrieron al lugar de los hechos a prestar la contribución requerida, la que guarda correspondencia con una clase o categoría de operativo, consistente en el ataque a una suerte de fortificación enemiga, como todo indica que fue asumido el inmueble de Janequeo bajo el rótulo “casa de seguridad”, por el equipamiento con que llegaron, número de concurrentes y disposición que evidenciaron al apostarse en distintas posiciones, de vigilancia, asedio y asalto.

También constituyen acciones no ejecutivas la mensajería radial dimanante de Aquiles Gonzalez Cortes que indicaba o actualizaba las determinaciones más próximas o precisas del plan, como la oportunidad de concurrencia de los grupos, la conminación de no dejar a nadie vivo proferida en relación con el operativo de calle Fuenteovejuna, seguida de la indicación de concurrir derechamente a Janequeo, manifiestamente indiciaria del designio adoptado previamente para este último recinto, dada la correspondencia del procedimiento empleado para ambos ataques. Otra manifestación de prestaciones no ejecutivas, funcionales al hecho planeado, corresponde a la presencia de Alvaro Corbalán Castilla, uno de los organizadores del plan delictivo, que actualizo constantemente la dirección que debían seguir los acontecimientos in situ, durante su desarrollo, marcando el compás de los eventos que lo conforman, llegando incluso a determinar cuando debía acribillarse a Alejandro Salgado Troquian mientras regresaba a la casa de Janequeo, a pocos metros de ella y dar lugar, en la ilación planeada, al ataque a la referida vivienda”.

En el aspecto civil se confirmó la sentencia que condenó al Fisco a pagar indemnización a familiares de las víctimas.


Corte de Santiago condena a 23 ex agentes CNI por asesinatos en falso enfrentamiento en 1983

Fuente :resumen.cl, 18 de Noviembre 2021

Categoría : Prensa

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia de primer grado dictada por el ministro Miguel Vásquez Plaza el 19 de julio de 2019 que condenó a 23 ex agentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI) por su responsabilidad en los delitos de homicidio calificado de los militantes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) Hugo Ratier Noguera y Alejandro Salgado Troquián. Los crímenes fueron perpetrados el 7 de septiembre de 1983, en un falso enfrentamiento en calle Janequeo de la comuna de Quinta Normal.

En el fallo (causa rol 4741-2019), la Tercera Sala del tribunal de alzada – integrada por la ministra Verónica Sabaj Escudero, Alejandro Aguilar Brevis y Rodrigo Carvajal Schnettler – resolvió rechazar los recursos de apelación y de casación interpuestos por algunos condenados y confirmar la sentencia de primera instancia con la declaración de rebajar de 20 a 17 años de presidio las condenas aplicadas a los ex oficiales de Ejército y ex jerarcas de la CNI Roberto Urbano Schmied Zanzi, Álvaro Julio Federico Corbalán Castilla y Aquiles Mauricio González Cortés, en calidad de coautores del delito. El primero de los condenados, Schmied Zanzi, ejercía como jefe de la División Metropolitana de la CNI; Corbalán Castilla era jefe de la División Antisubversiva y Aquiles González actuaba como jefe de la Brigada Azul, especializada en la represión al MIR.

En tanto, los ex oficiales de ejército Sergio María Canals Baldwin, Luis Arturo Sanhueza Ros, Fernando Rafael Mauricio Rojas Tapia, Norman Antonio Jeldes Aguilar y los ex agentes José Abel Aravena RuizJosé Guillermo Salas Fuentes, Egon Antonio Barra Barra, Jorge Octavio Vargas Bories, Manuel Ángel Morales Acevedo y José Isaías Vidal Veloso deberán purgar 15 años y un día de presidio, como autores de los delitos.

Por su parte, los ex agentes Rodolfo Enrique Olguín González, Ema Verónica Ceballos Núñez, Luis Hernán Gálvez Navarro, Rosa Humilde Ramos Hernández, Francisco Javier Orellana Seguel, Miguel Fernando Gajardo Quijada, Juan Carlos Vergara Gutiérrez, Raúl Boris Méndez Santos, Raúl Hernán Escobar Díaz y Rafael Ricardo Ortega Gutiérrez, fueron sentenciados a 10 años y un día de presidio, como cómplices de los delitos.

En la causa se decretó la absolución de los agentes Zinaida Lena Vicencio González, Jorge Raimundo Ahumada Molina y Eduardo Martín Chávez Baeza, por no acreditarse su participación en este hecho. Otro procesado en esta causa, el ex PDI Jorge Arnaldo Barraza Riveros, falleció en el curso del proceso; en tanto, sigue en calidad de prófugo el procesado ex oficial de Carabineros Miguel Ángel Patricio Soto Duarte.

Este falso enfrentamiento fue realizado por la CNI el mismo día y a continuación de que perpetrara las ejecuciones de otros tres militantes del MIR en calle Fuenteovejuna, en un hecho criminal también orquestado como falso enfrentamiento. Judicialmente, ambos sucesos se tramitan como episodios separados, en circunstancias que se trató de una sola operación represiva.

En la investigación del hecho represivo quedó demostrado que el organismo represivo de la dictadura desarrolló una operación de seguimiento y vigilancia durante los meses previos sobre un conjunto de miembros del MIR que actuaban en la clandestinidad en la lucha de resistencia contra el régimen tirano. Con los datos obtenidos de esa observación previa, la CNI orquestó la operación de exterminio que significó la detención de una decena de personas, el ataque y asesinato de los tres moradores de la casa en calle Fuenteovejuna, en la comuna de Las Condes, y luego el ataque y asesinato de otros dos militantes en la casa de calle Janequeo de la comuna de Quinta Normal.

El día 7 de septiembre de 1983, decenas de agentes de la CNI, de la SIFA, de la Policía de Investigaciones y de otros organismos represivos fueron hasta el domicilio ubicado en calle Janequeo N° 5707, comuna de Quinta Normal, que estaba siendo vigilado desde hace algunas semanas, procediendo a rodear y a acordonar el lugar, para luego mediante el uso de una base de fuego y otros armamentos, disparar, sin mediar provocación alguna y con gran poder de fuego contra el inmueble, producto de lo cual resultó muerto por diversas heridas de bala en el patio trasero de la vivienda, Hugo Ratier Noguera, de 39 años de edad. Además, con ocasión de ir llegando al mismo domicilio donde residía, fue abatido por múltiples heridas de bala, y ejecutado en la vía pública, esto es, en calle Janequeo frente al número 5946, Alejandro Salgado Troquián, de 30 años de edad.

Un menor de edad, hijo adoptivo de Salgado y residente en la vivienda junto con Salgado y Ratier, fue víctima y testigo de los hechos pero en medio de la balacera logró huir hacia casas del vecindario, salvando así la vida y denunciando luego el criminal ataque.


Corte Suprema confirma condenas de 22 agentes CNI por crímenes en falso enfrentamiento en Quinta Normal en septiembre de 1983

Fuente :resumen.cl, 27 de Enero 2024

Categoría : Prensa

La Corte Suprema confirmó las condenas contra 22 agentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI) por su responsabilidad en los delitos de homicidio calificado de los militantes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) Hugo Ratier Noguera y Alejandro Salgado Troquián. Los crímenes fueron perpetrados el 7 de septiembre de 1983, en un falso enfrentamiento en calle Janequeo de la comuna de Quinta Normal, en Santiago.

En fallo unánime la Segunda Sala del máximo tribunal (causa rol 10.047-2022) -integrada por los ministro Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos Sagristá, Jean Pierre Matus, y el abogado (i) Gonzalo Ruz L. y la abogada (i) Leonor Etcheberry C.- descartó error de derecho en la sentencia y rechazó los recursos de casación en la forma y en el fondo interpuesto por la casi totalidad de los condenados en contra del fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago, dictado en noviembre de 2021, que a su vez confirmó con algunos cambios la de primera instancia, dictada en julio de 2019 por el ministro Miguel Vásquez Plaza.

En la resolución la Segunda Sala confirma las condenas aplicadas a los ex oficiales de Ejército y ex jerarcas de la CNI Roberto Urbano Schmied Zanzi, Álvaro Julio Federico Corbalán  Castilla y Aquiles Mauricio González Cortés, quienes quedan condenados a 17 años de presidio, en calidad de coautores del delito. El primero de los condenados, Schmied Zanzi, ejercía como jefe de la División Metropolitana de la CNI; Corbalán Castilla era jefe de la División Antisubversiva y Aquiles González actuaba como jefe de la Brigada Azul, especializada en la represión al MIR.

En tanto, los ex oficiales de ejército y operativos de la CNI Sergio María Canals Baldwin, Luis Arturo Sanhueza Ros, Fernando Rafael Mauricio Rojas Tapia, Norman Antonio Jeldes Aguilar y los ex agentes José Abel Aravena Ruiz, José Guillermo Salas Fuentes, Egon Antonio Barra Barra, Jorge Octavio Vargas Bories y José Isaías Vidal Veloso deberán purgar 15 años y un día de presidio, como autores de los delitos.

Por su parte, los ex agentes Rodolfo Enrique Olguín González, Ema Verónica Ceballos Núñez, Luis Hernán Gálvez Navarro, Rosa Humilde Ramos Hernández, Francisco Javier Orellana Seguel, Miguel Fernando Gajardo Quijada, Juan Carlos Vergara Gutiérrez, Raúl Boris Méndez Santos, Raúl Hernán Escobar Díaz y Rafael Ricardo Ortega Gutiérrez, fueron sentenciados a 10 años y un día de presidio, como cómplices de los delitos.

El agente Manuel Ángel Morales Acevedo, también condenado en las instancias previas, falleció en el curso del proceso.

Falso enfrentamiento

El día 7 de septiembre de 1983, decenas de agentes de la CNI, de la SIFA, de la Policía de Investigaciones y de otros organismos represivos fueron hasta el domicilio ubicado en calle Janequeo N° 5707, comuna de Quinta Normal, que estaba siendo vigilado desde hace algunas semanas, procediendo a rodear y a acordonar el lugar, para luego mediante el uso de una base de fuego y otros armamentos, disparar, sin mediar provocación alguna y con gran poder de fuego contra el inmueble, producto de lo cual resultó muerto por diversas heridas de bala en el patio trasero de la vivienda, Hugo Ratier Noguera.

Simultáneamente, con ocasión de ir llegando al barrio y al mismo domicilio donde residía, el militante Alejandro Salgado Troquián fue abatido por múltiples heridas de bala, y ejecutado en la vía pública, esto es, en calle Janequeo frente al número 5946, a dos cuadras de la vivienda atacada.

Hugo Norberto Ratier Noguera, de 39 años de edad, era de nacionalidad argentina, originario de Misiones, y residía en Chile desde 1970. Era dirigente del MIR y se mantenía activo en la clandestinidad. Era casado y padre de tres hijos; poco antes de estos hechos su esposa e hijos habían abandonado el país por razones de seguridad. Alejandro Salgado Troquián, de 30 años de edad, de profesión veterinario, también militante del MIR, era casado y padre sustituto de los hijos de su pareja.

Un menor de edad, hijo adoptivo de Salgado y residente en la vivienda junto con Salgado y Ratier, fue víctima y testigo de los hechos pero en medio de la balacera logró huir hacia casas del vecindario, salvando así la vida y denunciando luego el criminal ataque.

Este falso enfrentamiento fue realizado por la CNI el mismo día y a continuación de que perpetrara las ejecuciones de otros tres militantes del MIR en calle Fuenteovejuna, en la comuna de Las Condes, en un hecho criminal también orquestado como falso enfrentamiento y en donde fueron asesinados Arturo Vilavella Araujo, Lucía Orfilia Vergara Valenzuela y Sergio Peña Díaz. Los tres habían regresado clandestinamente a Chile para integrarse a la lucha contra la dictadura. Judicialmente, ambos sucesos se tramitan como episodios separados, en circunstancias que se trató de una sola operación represiva.

En la investigación del hecho represivo quedó demostrado que el organismo represivo de la dictadura desarrolló una operación de seguimiento y vigilancia durante los meses previos sobre un conjunto de miembros del MIR que actuaban en la clandestinidad en la lucha de resistencia contra el régimen tirano. Con los datos obtenidos de esa observación previa, la CNI orquestó la operación de exterminio que significó la detención de una decena de personas, el ataque y asesinato de los tres moradores de la casa en calle Fuente Ovejuna, y luego el ataque y asesinato de otros dos militantes en la casa de calle Janequeo de la comuna de Quinta Normal.

por Darío Núñe