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Hidalgo Contreras Juan Ruperto – Memoria Viva

Hidalgo Contreras Juan Ruperto

Calama monumentos.gob.cl
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anef.cl   homenaje
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Cementerio Municipal Copiapó
Cementerio Municipal Copiapó


Fecha Detención : 06-11-1973
Comuna Detención :

Fecha Asesinato : 06-11-1973
Comuna Asesinato : Calama


Edad : 40

Partido Político :
Oficio o Profesión : Minero

Estado Civil e Hijos :
Nacionalidad : chilena


Relatos de Los Hechos

Fuente :Informe Rettig

Categoría : Antecedentes del Caso

Juan Ruperto Hidalgo Contreras murió ese día a las 5:00 horas, en calle Carlos Cisternas s/n, por la destrucción del cráneo por heridas de bala, según consigna el Certificado Médico de Defunción.

De acuerdo con el testimonio prestado por su hermano, Hidalgo Contreras transitaba ese día por calle Carlos Cisternas, en estado de ebriedad, en horas de toque de queda. Al no acatar la orden de alto de una patrulla de Carabineros, éstos le dispararon, causándole la muerte. Como no regresó al hogar, la familia lo buscó insistentemente en recintos asistenciales, unidades policiales y regimientos, sin resultados. Finalmente, un mes después, por información de un amigo de la familia que trabajaba en el Cementerio de Calama, tomaron conocimiento de su fallecimiento ya que su nombre constaba en los libros respectivos.

Considerando los antecedentes reunidos y la investigación realizada por esta Corporación, y atendiendo la fecha y causa de su muerte, el Consejo Superior declaró a Juan Ruperto Hidalgo Contreras víctima de la violencia política imperante.


Ministro Vicente Hormazábal condena a ex conscripto por homicidio calificado perpetrado en Calama en 1973

Fuente :puj.cl 8/9/2022

Categoría : Prensa

El ministro en visita acogió la demanda de indemnización de perjuicios interpuesta en representación de Jermán Hidalgo Contreras en contra del Fisco de Chile, por concepto de daño moral causado por el homicidio de su hermano Juan Ruperto Hidalgo Contreras, fijándose una indemnización de $50.000.000 (cincuenta millones de pesos).

El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de La Serena, Vicente Hormazábal Abarzúa condenó a la pena de 5 años y un día a  Luis Jaramillo Paredes,  en calidad de autor del delito de homicidio calificado de  Juan Ruperto Hidalgo Contreras, perpetrado el 6 de noviembre de 1973, a un costado del  edificio de la Gobernación del Loa, en Calama. 

En el fallo (causa rol 4-2011), el ministro en visita aplicó,  además, a Jaramillo Paredes a  las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, y al pago de las costas de la causa.   

En lo civil, el ministro  acogió la demanda de indemnización de perjuicios y condenó al Fisclo de Chile a pagar  $50.000.000 (cincuenta millones de pesos) por copceto de daño moral al hermano de la víctima.

En la etapa de investigación de la causa, el ministro Hormazábal Abarzúa  logró establecer los siguientes hechos: 

“Que en el Departamento de El Loa, el Comandante del Regimiento de Infantería N°15 de Calama, Coronel Eugenio Rivera Desgroux, a raíz de los sucesos acaecidos en el país el 11 de septiembre de 1973, pasó a ocupar, además, el cargo de Gobernador Militar del mismo Departamento y Juez Militar de la Zona en Estado de Sitio, desempeñando sus funciones en el edificio de la Gobernación Provincial de dicha ciudad. 

Que, a la sazón se desempeñaba como ayudante del Coronel, el Subteniente Sergio Díaz López y como encargado de seguridad de dicho recinto, el Subteniente Lisandro Contreras Radic. La vigilancia del perímetro era realizada por contingente militar que hacía el servicio militar.  

Que, en ese contexto, el día 6 de noviembre de 1973, a las 00:50 horas aproximadamente, la víctima Juan Ruperto Hidalgo Contreras mientras transitaba por la calle Madame Curie –aledaña a la Gobernación- en horas de toque de queda, fue herido de bala por un escolta del Comandante, el soldado conscripto Luis Jaramillo Paredes, falleciendo la víctima en el lugar por “destrucción cráneo. Heridas a bala”.