.

Solar Miranda Ricardo Jorge – Memoria Viva

Solar Miranda Ricardo Jorge

Museo de la Memoria
Museo de la Memoria


Fecha Detención : 19-11-1973
Comuna Detención : Santiago

Fecha Asesinato : 11-10-1973
Comuna Asesinato : Santiago


Edad : 23

Partido Político : Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR)
Oficio o Profesión : Rondín

Estado Civil e Hijos :
Nacionalidad : chileno


Relatos de Los Hechos

Fuente :(Informe Rettig)

Categoría : Antecedentes del Caso

Ricardo Jorge SOLAR MIRANDA

El 11 de octubre de 1973 fueron muertos por efectivos del Ejército,

– Ricardo Jorge SOLAR MIRANDA, 23 años, rondín, dirigente poblacional, militante del MIR y

– Francisco Eugenio VIERA OVALLE, 19 años, dirigente estudiantil en la Universidad Técnica del Estado, trabajaba en la JAP de su domicilio, militaba en el Partido Socialista.

El 19 de septiembre es detenido Jorge Solar al presentarse a la Comisaría de Carabineros, lugar a donde había sido citado el día anterior. A los pocos días fue trasladado al Campamento de Cerro Chena. Posteriormente, el dos de octubre es detenido en la casa de unos tíos Francisco Viera, siendo igualmente conducido al Centro de Detención de Cerro Chena.

El día 11 de octubre ambos fueron ejecutados al interior de ese mismo recinto de prisioneros, por miembros del ejército.
La Comisión adquirió convicción de que fueron objeto de violaciones a los derechos humanos causadas por agentes estatales, las que se tradujeron en su ejecución sin forma de juicio, en atención a las siguientes consideraciones:

– Se encuentra acreditado por lo menos respecto de uno de ellos, que se encontraba detenido en un centro controlado por el Ejército.
– Las militancias y labores sociales de las víctimas, como lo demuestran otros casos del período, los convertía en blancos de acciones como las que les causaron la muerte.
– La forma de la muerte, con múltiples impactos de balas, es el sistema común de ejecución empleado en ese centro de detención.
– Al igual que en todos los casos anteriores, no existe constancia de haber existido Consejo de Guerra en contra de las víctimas, por lo que su ejecución no corresponde a una decisión judicial.
– Pese a que en los certificados oficiales se reconoce que los cuerpos fueron encontrados dentro de un recinto militar, no se conoce de ninguna investigación, ni administrativa ni judicial, sobre esa anormalidad.
 


Corte Suprema condenó al fisco a indemnizar a familiares de ejecutado político en 1973

Fuente :eldesconcierto.cl, 29 de Marzo 2022

Categoría : Prensa

La sentencia buscó la reparación íntegra de los perjuicios ocasionados a la cónyuge, los hijos y la hermana de la víctima Ricardo Jorge Solar Miranda. De todas maneras, en la instancia también se decidió absolver a los únicos condenados en el caso, por falta de pruebas.

El día de ayer la Corte Suprema acogió los recursos de casación en el fondo, y en sentencia de reemplazo condenó al fisco a pagar una indemnización total de $310 millones a los familiares de Ricardo Solar Miranda, secuestrado y asesinado en 1973 por agentes del Estado. 

El joven Ricardo Solar era dirigente poblacional, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) y trabajaba como guardia nocturno. El 19 de septiembre de 1973 y con tan solo 23 años, fue detenido y privado de libertad en la Sexta Comisaría de Carabineros de San Bernardo, para luego ser trasladado a las dependencias de la Escuela de Infantería del Ejército en el cerro Chena. En este último recinto fue finalmente ejecutado por agentes del Estado el día 11 de octubre del mismo año. 

Por lo que en el fallo se determinó que “(…) resulta necesario tener en cuenta que las acciones civiles deducidas en contra del Fisco de Chile tienen por objeto obtener la íntegra reparación de los perjuicios ocasionados por el actuar de agentes del Estado, conforme fluye de los tratados internacionales ratificados por Chile y de la interpretación de normas de derecho interno en conformidad a la Constitución Política de la República”.

En cuanto a la acción penal, la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Haroldo Brito, María Teresa Letelier, Jorge Zepeda y los abogados (i) Diego Munita y Leonor Etcheberry-, decidió revocar la sentencia dictada el 10 de mayo de 2019 por la Corte de Apelaciones de San Miguel. 

La cual había condenado a Alfonso Faúndez Norambuena y a Sergio Heriberto Ávila Quiroga, en calidad de autores del delito de secuestro simple, y al primero como autor y al segundo como cómplice, del delito de homicidio calificado de Ricardo Solar Miranda. Por lo que ambos quedaron absueltos de dichos cargos por falta de pruebas. 

Sobre esta decisión, el fallo agregó no impedía que se prosiguiera con una investigación criminal para determinar la identidad precisa de los responsables de los crímenes.