Fecha Detención :
Comuna Detención :
Fecha Asesinato : 17-10-1973
Comuna Asesinato : Santiago
Partido Político :
Oficio o Profesión :
Estado Civil e Hijos : Soltero
Nacionalidad : chileno
Relatos de Los Hechos
Fuente :(Corporacion)
Categoría : Antecedentes del Caso
NEGRETE CASTILLO, SERGIO OSMAN: 19 años, soltero, ejecutado el 17 de noviembre de 1973 en Santiago.
Sergio Osmán Negrete Castillo murió ese día a las 16:00 horas, en el Liceo Darío Salas de Santiago, por herida de bala abdómino torácica con salida de proyectil, según consigna el Certificado Médico de Defunción del Instituto Médico Legal.
Según declaraciones de testigos presenciales, dicho establecimiento educacional fue allanado por militares que previamente habían notificado el hecho a la Rectoría. Sergio Negrete, quien se encontraba de visita en el lugar, al percatarse de la presencia de los uniformados trató de alejarse, no acatando una orden de alto. Fue detenido y colocado contra una pared, siendo ejecutado en el acto.
Considerando los antecedentes reunidos y la investigación realizada por esta Corporación, el Consejo Superior llegó a la convicción que Sergio Osmán Negrete Castillo fue ejecutado por agentes del Estado al margen de un proceso legal, lo que constituye una violación de los derechos humanos.
Confirman condena de ex oficial de Ejército por crimen de joven al interior del Liceo Darío Salas en la comuna de Santiago
Fuente :resumen.cl, 6 de Mayo 2023
Categoría : Prensa
La Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó al ex oficial de Ejército Carlos Patricio Chacón Guerrero a la pena de 5 años de presidio (con el beneficio de la libertad vigilada) por su responsabilidad en el homicidio del joven Sergio Osmán Negrete Castillo, de 19 años de edad, ocurrido el 17 de noviembre del 1973 al interior del Liceo Darío Salas, ubicado en la comuna de Santiago.
En la sentencia (rol 43.973-2020), la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos y la ministra María Teresa Letelier- descartó infracción en el fallo que condenó al militar por el homicidio del joven de 19 años.
En la investigación judicial quedó demostrado que en horas de la tarde del día sábado 17 de noviembre de 1973, efectivos de la 5ª Compañía del Batallón Curso Militar de la Escuela a cargo del Capitán Carlos Chacón Guerrero, se constituyen en dependencias del Liceo Darío Salas ubicado en calle Avenida España de la comuna de Santiago, a fin de realizar un allanamiento destinado a ubicación de armas al interior del recinto.
Durante el operativo militar, se mantuvo en calidad de detenidos en un sector del local a los civiles que se encontraban al interior del establecimiento educacional, custodiados por efectivos militares. Antes que el allanamiento llegara a su término, uno de detenidos, Sergio Negrete Castillo, decide huir y corre hacia una de las panderetas divisorias, que colindan con otros inmuebles
Al ver la acción del joven, los cadetes que se encontraban en el lugar le dan la orden de detenerse y, como el joven no acata, le disparan; uno de ellos lo hace directamente al cuerpo, en los momentos en que la víctima pretendía traspasar el muro colindante, ocasionándole heridas que le causan la muerte.
Ante lo ocurrido, el entonces capitán Chacón Guerrero, que se encontraba al mando del destacamento, toma la decisión de culminar con el operativo y le ordena a su segundo en el mando, el teniente Carlos Hernán Carreño Barrera, que el cuerpo sin vida de la víctima, fuera trasladado en uno de los vehículos hasta el Instituto Médico Legal, cuestión que ocurre a las 17:30 hrs. del mismo día.
por Darío Núñez
DD. HH.: Condenan a oficiales (r) del Ejército por homicidio de joven en el liceo Darío Salas
Fuente :elmostrador.cl, 10 de Enero 2019
Categoría : Prensa
Uno de los condenados es el exjefe del Estado Mayor General del Ejército, Carlos Patricio Chacón Guerrero, quien comandaba la patrulla que realizó el allanamiento destinado a “ubicación de armas” en el establecimiento y que terminó con la muerte de Sergio Osmán Negrete Castillo, un joven de 19 años al momento de los hechos y sin militancia política.
El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Mario Carroza, condenó a dos oficiales del Ejército en retiro por su responsabilidad en el homicidio de Sergio Osmán Negrete Castillo, ilícito perpetrado el 17 de noviembre de 1973 al interior del Liceo Darío Salas.
En el fallo, el ministro Carroza condenó al exjefe del Estado Mayor General del Ejército, Carlos Patricio Chacón Guerrero, a la pena de diez años y un día de presidio, en calidad de autor de delito; en tanto, Carlos Hernán Carreño Barrera fue sentenciado a tres años y un día de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada, como cómplice.
En la causa, los cadetes −al momento de los hechos− Luis Daniel Sasmay Auba y Guillermo Enrique González Monsalve fueron absueltos por falta de participación en los hechos.
En la etapa de investigación de la causa, el ministro en visita estableció que el sábado 17 de noviembre de 1973, efectivos de la 5° Compañía del Batallón Curso Militar de la Escuela a cargo del Capitán Carlos Chacón Guerrero llegaron hasta el establecimiento educacional ubicado en calle Avenida España para realizar un allanamiento destinado a la “ubicación de armas al interior del recinto”.
En el interior del liceo se encontraban algunas personas, entre ellos Sergio Osmán Negrete Castillo, de 19 años al momento de los hechos y sin militancia, quien “decide huir y corre hacia una de las panderetas divisorias, que colindan con otros inmuebles”.
La resolución añade que “el personal militar al ver la acción del joven, le da la orden de detenerse, pero este no la acata y sigue su carrera, ante lo cual los cadetes que se encontraban en el lugar, Luis Daniel Sasmay Auba y Guillermo Enrique González Monsalve, entre otros, en cumplimiento a instrucciones previamente recibidas de sus superiores, le disparan y uno de ellos lo hace directamente al cuerpo, en los momentos en que la víctima pretendía traspasar el muro colindante, ocasionándole heridas que le causan la muerte”.
En el aspecto civil, se condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización de $15 millones a la hermana de la víctima.