Urdangarín Romero Jaime Miguel

Rut: 5169462-7

Cargos:

Grado : Capitan

Rama : Armada


QUE EL ALMIRANTE PIDA PERDÓN DE RODILLAS

Fuente :puntofinal.cl, 17 de Junio 2003

Categoría : Prensa

Desde tiempos inmemoriales, en Valparaíso mora el viento: por ahí, agazapado entre las rocas y el canto de los pelícanos, acariciando con su risa los estertores del primer amor. Pero una fría mañana de invierno tardío se acabó la risa, huyeron espantados los alcatraces de la bahía y la brisa marina se vistió de uniforme, cuando la Armada de Chile salió a matar.

Y lo hizo con odio, organizadamente, planificadamente, aplastando cráneos y costillas, calles y sueños por igual.

EN el buque escuela "Esmeralda" fueron torturados decenas de hombres y mujeres, entre ellos el sacerdote Miguel Woodward, que falleció.

El miedo y el horror se entronizaron en la ciudad con angustiantes gritos, con fuscos llantos y desesperados esfuerzos por sobrevivir a la pesadilla instaurada por la dictadura.

Pero nada de ésto supo el comandante en jefe de la Armada. El almirante Miguel Angel Vergara recientemente aseveró, sin atisbo de vergüenza, que en relación a las violaciones de los derechos humanos, “para serle bien honesto, yo me enteré bastante tarde”. De hecho, de acuerdo al despistado almirante, fue a raíz de la mesa de diálogo -es decir hace sólo un par de años- que se “dio cuenta de la magnitud de lo que había pasado”.

Sin embargo, esta supuesta revelación tardía no constituye información suficiente para que la Armada reconozca su participación en la represión. Por el contrario, Vergara reitera lo que ha sido la posición de la Armada desde hace 30 años. Negar cualquier responsabilidad institucional en lo ocurrido, recurriendo, majaderamente, a un doble argumento: “En esas circunstancias hubo gente que lamentablemente se excedió” y, “las responsabilidades son individuales y no institucionales”. Por lo mismo, el almirante Vergara no se siente “responsable de nada, a no ser que yo supiera y tuviera el más mínimo antecedente que la institución Armada de Chile, como doctrina, tuviera algún documento donde se mencionara que se impongan las violaciones a los derechos humanos.

Yo pediría perdón de rodillas, pero no hay ningún antecedente a ese respecto”. Pues bien, almirante. Estos son los testimonios de hombres y mujeres detenidos y torturados por oficiales y personal de la Armada, mantenidos como prisioneros en dependencias de su institución. Todos, a diferencia suya señor almirante, recuerdan perfectamente lo sucedido a partir de 1973 en Valparaíso y aportan los antecedentes que usted requiere para “pedir perdón de rodillas”, como tan humilde y sentidamente proclama.

REPRESION DE LA MARINA ANTES DEL GOLPE MILITAR
A pesar de la candidez de las declaraciones del almirante Vergara y de señalar que “en una institución como la Marina de Chile, jamás ha estado en su doctrina la violación a los derechos humanos. Por el contrario, nuestra formación valórica, ética, exige la protección de los derechos humanos”, la historia demuestra lo contrario. La Armada usó la tortura aún antes del golpe militar, en particular en la represión de un grupo de marinos democráticos que en julio del año 73 reveló los preparativos golpistas. Ricardo Tobar, a la sazón cabo de la Marina, fue detenido por una patrulla de la Fuerza Aérea en Quintero, pero no fue hasta el arribo de un contingente de la Inteligencia Naval que la situación cambió de manera radical. Afirma Tobar: “Nos metieron en una sala donde nos dieron duro hasta el día 18. Eran grupos de inteligencia, de marinos que estaban en las reparticiones, yo no conocía a ninguno. Ahí nos encapucharon, las posiciones de rodilla y con la cabeza agachada, tipo posición fetal, los golpes, las patadas tu no sabías de dónde te iban a llegar, de dónde te iban a venir. Te empiezan a interrogar de muchas cosas, no recuerdo si a otros compañeros le hicieron lo mismo, nunca fue lo mismo para ninguno de los tres. En ciertos momentos la gente que estaba con nosotros algo nos dejaba vislumbrar -putas, si me va a tocar a mí por lo menos déjame avisarle a la familia- era una cuestión de mucho miedo; las torturas iban en dirección a que denunciaras a más gente. Afortunadamente, a mí me iban preguntando por la relación que yo tenía con algunos de los detenidos, entonces yo tenía que contestar, y siempre contesté con la verdad. ¿Por qué? Porque, por ejemplo, me preguntaban de Claudio Espinoza, cómo no lo iba a conocer si jugábamos juntos en la selección de fútbol, fuimos juntos a la escuela, cómo no lo iba a conocer; Sebastián Ibarra, entramos juntos a la escuela, cómo no lo voy a conocer.
En un momento determinado me llevan a la cancha de fútbol, donde hay una especie de tiro al blanco, donde hacían prácticas de tiro con pistola. Ahí nos ponen como para fusilarnos y nos hacen una falsa demostración; fue el momento en el que tuve miedo. Yo ahí tuve miedo, no puedo negarlo. Fue el único momento en el que sentí miedo que me recorrió de arriba a abajo, pero después de haber pasado esa etapa de miedo me di cuenta que eran mentiras que nos iban a fusilar, porque me tenían tomado, no me tenían solo, así que no iban a disparar. Afortunadamente no me mataron, dispararon y todo pero no fueron disparos a mí, sino al aire”.
La Inteligencia Naval practicaba en su propio personal lo que posteriormente se convertiría en una política sistemática de exterminio y represión a militantes o simpatizantes de la Unidad Popular, del MIR y, luego, a opositores a la dictadura en la zona. Es en este marco que se materializa la detención, tortura y desaparecimiento de Jaime Aldoney Vargas, militante socialista e interventor de la Compañía Cerverías Unidas, de Limache. Aldoney fue detenido por Carabineros el mismo 11 de septiembre, torturado en la comisaría de la ciudad y trasladado dos días después a la Base Aeronaval de El Belloto. Este recinto fue utilizado como centro de detención y tortura y, en el caso de Aldoney, de asesinato y desaparecimiento. La investigación de la magistrada Gabriela Corti y del Departamento Quinto de Investigaciones, ha podido establecer que Aldoney estuvo en la base y jamás salió con vida, como manifiesta la versión de la Armada que sostiene que Aldoney habría escapado. Además, la investigación ha podido determinar a los responsables del asesinato de Jaime Aldoney: el contralmirante Ernesto Huber Von Appen, comandante de la Aviación Naval en ese momento; el jefe de plaza de Limache y Olmué, capitán de navío Sergio Mendoza Rojas; el capitán de navío Patricio Villalobos Lobos, encargado de inteligencia de la base; el capitán de navío Jaime Undargarín Romero; el capitán de fragata Pedro Arancibia Soler, uno de los más crueles torturadores del recinto; y el suboficial Manuel Buch López. Desde hace una semana están siendo procesados por la ministra de fuero Gabriela Corti, de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que ordenó la detención de estos seis ex marinos.

ACADEMIA DE GUERRA NAVAL: TORTURA Y MUERTE
La Armada utilizó sus dependencias como lugares de detención y tortura: los buques Lebu y Maipo, la Escuela Naval, el cuartel Silva Palma, la Escuela de Submarinos y, por cierto, el buque escuela Esmeralda, donde se torturó y violó a hombres y mujeres, asesinando, además al sacerdote Miguel Woodward. No obstante, a tres décadas de aquellos hechos, el comandante en jefe, Miguel Angel Vergara, expresa que “no tengo ningún antecedente concreto de que se hubiese violado los derechos humanos de las personas a bordo del buque escuela Esmeralda”. Seguramente afirma lo mismo en relación a la Academia de Guerra Naval, lugar que recuerda la tristemente célebre Escuela de Mecánica de la Armada, en Buenos Aires, donde pocos detenidos sobrevivieron.
La Academia de Guerra Naval, ubicada en la calle Pedro León Gallo en el cerro Playa Ancha, otea el mar y se encuentra en la parte de arriba del ahora remozado cuartel Silva Palma. Se comunican internamente, por lo cual muchos de los prisioneros eran indistintamente torturados en uno u otro lugar, día y noche.
Paddy Ahumada fue uno de ellos. Dirigente socialista, fue detenido a fines de septiembre de 1973 y llevado al cuartel Silva Palma: “Ahí empezaron las sesiones de tortura sistemática. En mi caso me desnudaron, nos tenían en una habitación de donde nos iban llamando de a uno, ahí todos nos mirábamos, preocupados, asustados, los latidos del corazón latiendo a 150 por minuto. Me llaman, me tapan la cabeza con una capucha, me obligan a sacarme la ropa, después me amarran las manos a la espalda y empieza la cueca de patadas, insultos y qué sé yo. A mí se me produjo una situación muy especial. Mi reacción fue empezar a gritarles ¡maricones, cobardes! Cállate conchetumadre, me decían, y yo seguía gritando ¡maricones, cobardes! Me pegaron tanto que me dejaron inconsciente. No me preguntaban nada, simplemente me pegaban, me trizaron varias costillas. Ahí fue que me llevaron en una camilla al Hospital Naval, donde me dejaron en el pasillo. Yo estaba inconsciente; me vio un enfermero pariente de un dirigente nuestro, que se llama Armando Barrientos, que dio aviso. Debo haber estado muy mal realmente, pues la noticia salió internacionalmente, incluso el nombre Paddy Ahumada salió en la radio Moscú; los cubanos también hicieron declaraciones de que me habían matado en Valparaíso”.
De estos golpes y gritos, sufrimientos y valentía de los prisioneros jamás se enteró, dice, el almirante Vergara, pero todo Valparaíso sabía que en esa mole de cemento, allí, en el cuarto piso, coexistían la cobardía de los oficiales de la Marina y la bravura de los detenidos que se defendían nada más que con su dignidad.
Patricia Saéz, militante de las Juventudes Comunistas al momento del golpe, fue detenida a comienzos del año 1974. También recuerda vívidamente lo que vio en la Academia de Guerra Naval, relatando que “los recuerdos que me persiguieron durante muchos años fueron el ver torturar. Te llevaban a una sala de interrogatorio, encapuchada, a veces llevaban a otro detenido y lo torturaban delante de ti. Es espantoso. Sólo me hacían mirar, no me preguntaban nada, me hicieron mirar a un niño, pensé que lo iban a quebrar, era tan flaquito, era estudiante de la universidad, no lo conocía, nos decían que trabajábamos juntos, a mí me acusaron del Plan Z. Incluso ellos se reían cuando hablaban del Plan Z. Decían que no importaba el cargo, lo que se les ocurriese a ellos lo iban a hacer y nadie les iba a decir lo contrario.
A este chico le pegaban tanto, lo arrastraban. Me acuerdo que estaba con una bufanda y se la enrollaron en el cuello y lo empezaron a arrastrar. Se ahogaba. Como se ahogaba se agarraba con las dos manos a la bufanda para no ahogarse, y cuando se agarraba la bufanda, le daban patadas en los testículos. No sabía qué hacer, lo arrastraban en círculo alrededor mío. Pobrecito, con una mano se tapaba los testículos y con la otra trataba de no ahogarse. Era una cosa que no terminaba nunca. Yo intenté varias veces tirarme encima y él decía que no, que no hiciera nada; entonces me sentía mal, me sentía cobarde. Entre todo su dolor y desesperación, me decía que no hiciera nada”.
Por su parte, Juan Méndez, dirigente de las Juventudes Comunistas, detenido en diciembre de 1973 en el cuartel Silva Palma, recuerda que no le tocó presenciar torturas, “pero sí vi sus resultados; recuerdo haber visto a un viejito, lo habían golpeado en la planta de los pies con varillas de coligüe, los pies no eran pies estaban completamente deformes, enormes”.
Agrega que “cuando estábamos arriba, en la cancha, se escuchaban muy fuerte los interrogatorios”. Claro que Juan Méndez no sólo fue sometido a la tortura psicológica de escuchar cómo otros prisioneros eran vejados, sino que experimentó en carne propia la brutalidad. “Te colocaban un magneto que tiene alambres pelados, en los dedos de los pies, dedo y testículos, dedo y glande, dedo y dedo de la mano, ambas manos, ambas orejas -pero me da la impresión que tenían como un adaptador, porque en la oreja era como una pinza-. En uno de esos interrogatorios yo me calenté mucho, me enojé e intenté sacarme la venda, yo creo que si me la hubiera sacado hoy no estaría aquí. Uno de ellos me agarró, me inmovilizó y me esposó, pero yo ya estaba fuera de control, no aguantaba más. Me aplicaron mucha corriente, además del potro”.
Esta última forma de tortura Méndez la recuerda como una de las más pesadas, explicando que “era una vara que estaba puesta entre dos sillas o en una banqueta. La idea era que te colocaras de guata y quedaras colgando de pies y manos. Se iban y dejaban un guardia cuidándote.
Cuando me dijeron que hiciera eso, yo dije, esto es pan comido. A los 5 minutos no quería más, el dolor era insoportable”. Otro prisionero rememora que “en la Academia de Guerra Naval todos los detenidos eran torturados, física o psicológicamente. De hecho, era una situación angustiante de gritos, de alaridos permanentes, de hombres y mujeres al límite de su resistencia. En el cuartel Silva Palma, contiguo a la Academia, había una habitación donde nos encontrábamos no más de una docena de prisioneros. Al frente existía otra similar que albergaba a mujeres. Allí, todas las noches se escuchaban golpes y gritos desesperados e histéricos. Era una compañera, una niña de 15 años, que intentaba suicidarse golpeando su cabeza contra la pared, porque la habían violado repetidamente y ya no quería seguir viviendo”. Nadie sabe lo que pasó con aquella adolescente cuyo único “crimen” fue ser pobre y apoyar al gobierno de la Unidad Popular.
Pero no fue la única niña que cayó en manos de los cobardes oficiales de la Marina, porque la dictadura no hacía distinción de género, edad o militancia política. Simplemente detenía, torturaba y asesinaba cuando lo estimaba conveniente. Por ello, Marco Antonio Contardo fue detenido cuando sólo tenía 15 años, en octubre de 1973. Han transcurrido 30 años, pero a Contardo aún le duele recordar aquellos momentos, cuando fue detenido junto a su madre, Nidia Guerra, y a su abuela, Olga Hogtert, de 65 años, profesora y subdirectora de la Escuela Nº 18 de Niñas, de Playa Ancha: “Nos detuvo una patrulla naval a cargo de un oficial de Infantería de Marina y una persona de civil. Fuimos conducidos a la Academia de Guerra Naval. Ahí había distintas habitaciones para los recién llegados y para los que ya habían pasado por interrogatorios y tortura. Fui torturado al día siguiente, previamente amarrado, vendado y desnudado, escuchando en la habitación los gritos de mi madre que pedía que no me hicieran nada. El interrogatorio fue única y exclusivamente con el objetivo de delatar el paradero de mi padre -el abogado de la Intendencia de Valparaíso en la época, Emilio Contardo-, en el supuesto que yo debería saberlo. El interrogatorio comenzó, aparentemente formal, para aumentar en violencia, con múltiples golpes en todo el cuerpo y aplicaciones de electricidad. Durante mi detención pude constatar la presencia de niños, ancianos, mujeres y hombres. Todo el espectro humano, quienes de forma sistemática y masiva pasaron por el proceso de tortura”.
Cuando tenía la posibilidad de no estar vendado, Marco Antonio Contardo pudo reconocer a personas que permanecían detenidas en la Academia: Silvia Lillo, Reinaldo Narváez, Heraclio Mendoza, Sergio Fischer, destacado cardiólogo, el fotógrafo Jorge Cárdenas, siendo “la primera vez en mi vida que veía un cuerpo completamente negro por los golpes”.
Marco Antonio Contardo permaneció detenido dos semanas en el buque Lebu, liberado y luego detenido nuevamente por la Armada, en noviembre del mismo año. Es enfático en indicar que “fui detenido por oficiales de la Armada y permanecí siempre en dependencias de la Armada, siendo torturado sólo por ser hijo de Emilio Contardo”. Señala, además, que son risibles las declaraciones del almirante Miguel Angel Vergara cuando habla de que en la doctrina de la Marina está el respeto y protección de los derechos humanos, cuando “vi personalmente cómo oficiales de la Armada jugaban con un enfermo de epilepsia al que ponían en una mesa de ping-pong y apostaban por cuál lado de la mesa se iba a caer cuando tuviera un ataque”.
¿Es posible olvidar esto, es posible hablar de reconciliación y olvido cuando se vivió tal horror?

NI PERDON NI OLVIDO: SOLO JUSTICIA
Para el almirante Vergara y la Armada es fácil hacerlo: no se sienten responsables de nada de lo que sucedió en dependencias navales ni de ninguno de los crímenes cometidos por oficiales de la institución. Es más, el comandante en jefe de la Armada manifiesta que “el perdón es un proceso de profunda reflexión individual, de cada persona; en ese sentido, yo me sentiría, la verdad, traicionando a mi institución pidiendo perdón por algo de lo que no es responsable”.
La Armada continúa negando su participación en la masiva violación a los derechos humanos a pesar de toda la información disponible que atestigua lo contrario. A pesar de la información contenida en el Informe Rettig, en el informe de la Comisión Etica contra la Tortura de la V Región y de los testimonios de hombres y mujeres que fueron torturados en instalaciones navales o en los campos de concentración establecidos por la Armada.
El gobierno tampoco contribuye al esclarecimiento de los hechos al mantener, al igual que las instituciones castrenses, la idea de que aquí sólo hubo “excesos” de algunos individuos y que la represión no constituyó una política institucional. Tal situación a Paddy Ahumada lo hace sentir “una mezcla de indignación e impotencia tan grande que, realmente, uno por sanidad mental trata de pensar en otra cosa. Pero a mí me emputece esa situación, que no haya una actitud más fuerte, me parece una patudez, un cinismo y una frescura inaceptable, yo por lo menos, mientras tenga una molécula de energía, me voy a oponer en los espacios que sea a que ese tipo de política del olvido y del perdón funcione, porque la única forma de salvarte si tienes un tumor en el cuerpo es extirpártelo y eso pasa, necesariamente, por verdad y justicia y añado: castigo a los asesinos, no puede ser que anden por la calle, muy tranquilos unos huevones que torturaron, mataron, violaron, asesinaron; eso genera un trauma en la sociedad”.
Y claro, porque los argumentos aducidos por la Armada son pueriles e inaceptables. El almirante Vergara sostiene que “el 98% de los casos que se están investigando ocurrieron antes del año 78”, es decir, “25 años atrás en un país que estaba, digamos, a lo menos convulsionado o en proceso de normalización, con instituciones que no estaban funcionando a plenitud. Entonces no es fácil -manifiesta- no es cosa de voluntad, no es fácil reconstruir cosas que sucedieron 25 años atrás”.
Marco Antonio Contardo rechaza esas afirmaciones expresando que “para mí es muy fácil reconstruir lo que sucedió hace veinticinco años y para los torturadores también debiera serlo, lo demás son excusas”.
Así de claro, y como el comandante en jefe de la Armada mantiene que su institución está siempre abierta a discutir cualquier propuesta para solucionar el tema de los derechos humanos, he aquí una propuesta también clara y concreta: entregue toda la información acerca de la represión en Valparaíso, entregue los nombres de los oficiales y tropa que torturaron, violaron y asesinaron; que sean puestos a disposición de la justicia y, finalmente, pida perdón institucional por las atrocidades cometidas a todas y cada una de las víctimas de la Armada Nacional


Condenan a 5 funcionarios (r) de la Armada por torturar menores de edad en dictadura

Fuente :elmostrador.cl, 28 diciembre, 2018

Categoría : Prensa

El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Jaime Arancibia Pinto, condenó a 5 funcionarios en retiro de la Armada fueron condenados por secuestro, detención ilegal y torturas de José Miguel e Isabel Verónica Sánchez Larraín, menores de edad a la época de los hechos, durante la dictadura de Augusto Pinochet.

En el fallo, el ministro Arancibia condenó a Pedro Victoria Frioli Otonel, Manuel Alejandro Buch López, Arístides León Calffas y Guillermo Retamales Ruiz, como autores de los ilícitos, a 541 días de presidio; y a Germán Patricio Valdivia Keller a 60 días, como cómplice. A los condenados Frioli, Buch y León se les concedió el beneficio de la remisión condicional de la pena; en tanto, Retamales y Valdivia deberán cumplirlas efectivamente.

En la causa, el ministro en visita decretó la absolución de Juan Fernando Vásquez Huidobro, Jorge Benjamín Ginouves Contreras, Miguel Juan Gallegos Sote y Jaime Miguel Urdangarín Romero.

En la etapa de investigación, el magistrado logró establecer que en agosto de 1974, en el sector de Belloto, comuna de Quilpué, la casa de las víctimas fue allanada por un gran número de funcionarios de la Armada de Chile, provenientes de la Base Aeronaval de El Belloto, en busca de la hermana mayor de las víctimas, que habría pertenecido a la Juventudes Comunistas.

“Al momento que ocurren los hechos, las víctimas estaban a cargo de su hermana mayor, por encontrarse su madre trabajando de enfermera particular en la ciudad de Viña del Mar. A pesar de ello, ésta fue llevada por los uniformados a la Base Aeronaval de El Belloto”, establece la resolución.

La investigación del magistrado añade que “al momento en que la patrulla naval ingresó al domicilio, produjo diversos destrozos a la vivienda, además de sustraer las especies de valor que en ésta se encontraban. En diversas ocasiones, durante la detención de las víctimas, ellas fueron golpeadas con el arma que portaban los uniformados, mientras éstos revisaban y registraban las habitaciones buscando armas. La patrulla naval estuvo apostada al interior del domicilio hasta el día siguiente, después de haber dormido y consumido todo el alimento que había en la casa, manteniendo con ello secuestradas a las víctimas al interior de su propio hogar", señala la resolución.

En el aspecto civil, se condenó al Fisco a pagar una indemnización de $35 millones a cada una de las víctimas por el daño moral provocado.


Condenan a miembros de la Armada por "secuestro calificado" de periodista tras golpe militar

Fuente :latercera.cl, 5 de Mayo 2011

Categoría : Prensa

La Corte Suprema dictó sentencia definitiva respecto a ocho miembros de la Armada por el secuestro calificado del periodista Jaime Aldoney Vargas, ocurrido el 12 de septiembre de 1973, un día después del golpe militar.

Fuentes judiciales consultadas precisaron que, en fallo dividido, los ministros del máximo tribunal determinaron las penas al acoger la investigación que efectuó el ministro de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Julio Miranda Lillo.

El fallo absolvió a dos de los ocho acusados en la causa por falta de participación en los hechos: el contraalmirante en retiro Ernesto Huber Von Appen y al oficial en retiro Manuel Buch López.

Cuatro de los otros acusados fueron condenados a 5 años de presidio con el beneficio de la libertad vigilada. Ellos son los capitanes de navío Patricio Villalobos LobosPedro Arancibia Solar, Jaime Urdangarín Romero y Germán Valdivia Keller.

Como encubridor se condenó al capitán Guillermo Vidal Hurtado a la misma sentencia, mientras que al capitán en retiro Sergio Mendoza Rojas se le aplicaron 4 años, también con libertad vigilada.

En el aspecto civil, además, se determinó que los condenados Valdivia Keller, Arancibia Solar, Urdangarín Romero y Mendoza Rojas deberán cancelar una indemnización solidaria de 30 millones de pesos a Gabriel e Iván Aldoney Vargas, hermanos de la víctima.

Aldoney Vargas, periodista, constructor civil y regidor por Limache fue detenido el 12 de septiembre de 1973 por efectivos de Carabineros que irrumpieron violentamente en su lugar de trabajo en esa localidad, arrestando a unas 12 personas entre trabajadores y ejecutivos

Todos los aprehendidos fueron trasladados a la Comisaría de Carabineros de ese ayuntamiento y en horas de la tarde de ese mismo día Jaime Aldoney fue violentamente sacado del recinto policial por efectivos de la Armada y trasladado a la Base de El Belloto, en donde fue golpeado y torturado con electricidad.

El 13 de septiembre nuevamente fue trasladado de recinto, siendo esta vez llevado al buque mercante "Maipo", en donde se le vio por última vez el 14 de septiembre.


Caso marinos constitucionalistas: someten a proceso a 18 ex oficiales de la Armada y de la Fach por detención y torturas

Fuente :resumen.cl, 22 de octubre de 2015

Categoría : Prensa

El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los Derechos Humanos de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Jaime Arancibia Pinto, dictó este miércoles 21 de octubre auto de procesamiento en contra de 16 ex miembros de la Armada y dos funcionarios en retiro de la Fuerza Aérea por su responsabilidad en los delitos de asociación ilícita, secuestro, detención ilegal y tortura, ilícitos perpetrados en contra de integrantes de la Armada, a partir de julio de 1973.

En el proceso Rol N° 980-2008, conocido como «Marinos constitucionalistas» o «Marinos antigolpistas», el ministro de fuero indaga las detenciones ilegales y aplicación de torturas en contra de 9 marinos que se querellaron contra los oficiales y mandos fachos que les detuvieron y torturaron. Los marinos antigolpistas detenidos fueron varias decenas en sucesivos episodios ocurridos entre julio y septiembre del 73; detenciones y torturas que se prolongaron e intensificaron después de consumado el golpe militar. En este episodio de la causa los 9 querellados son los marinos: Claudio Espinoza Tordecilla, Bernardo Flores Valdebenito, Luis Jorquera Silva, Víctor López Zambrano, Julio Gajardo Neira, Ricardo Tobar Toledo, Mariano Ramírez Ramírez, Pedro Blaset Castro y Pedro Lagos Carrasco, detenidos entre julio y agosto de 1973, por personal de la Armada y sometidos a torturas abordo de los buques «Blanco Encalada» y «Latorre»; además de otras unidades militares de la Región de Valparaíso, como la Base Aero Naval de El Belloto.

Estos detenidos fueron procesados por el Juzgado Naval de Valparaíso por el falso delito de incumplimiento de deberes militares, causa que, tras el 11 de septiembre de 1973, pasó a ser investigada como sedición o motín, continuando los prisioneros por varios meses siendo sometidos a tratos inhumanos y degradantes por parte de sus ex mandos y superiores de trabajo. Misma suerte que corrieron los demás marinos detenidos en ese período.

En la resolución, el ministro Arancibia Pinto encausó a los oficiales en retiro de la Armada: Hernán Julio Macuada, Pedro Benavides Monzoni, Sergio Iván Mendoza Rojas, Jaime Miguel Urdangarín Romero, Luis Eduardo Kohler Herrera, Santiago Lorca González, Juan Tapia Villalón, Julio Humberto Alarcón Saavedra, Ernesto Leonardo Huber von Appen, Víctor Villegas Herrera, Samuel Ginsberg Rojas, Fernando Landeta Ahues, Juan Guillermo Mackay Barriga, Jorge Davanzo Cintolesi, Ary Antonio Acuña Figueroa y Fernando Rojas Jiménez; además procesó a los oficiales en retiro de la Fuerza Aérea: Jorge Almarza Pizarro y Jorge Rojas Carvajal, ordenando su ingreso en prisión preventiva en unidades militares.

Reapertura

Después de que la ministra en visita Eliana Quezada decretara el sobreseimiento definitivo de la causa, la Segunda Sala de la Corte Suprema, el 2 de abril de 2012, en decisión unánime, reabrió el proceso por considerar que no se encontraba agotada la investigación, ordenando la realización de diversas diligencias por un juez no inhabilitado


Procesan a asesinos del mirista santiago rubilar y acusan a masacradores de un dominicano

Fuente :acciondirectachile.blogspot.com, 3 de Agosto 2017

Categoría : Prensa

Este miércoles 2, el poder judicial informó que la ministra en visita para causas por violaciones a los DD.HH. de la Corte de Apelaciones de San Miguel, Marianela Cifuentes, dictó procesamiento en la investigación por el homicidio simple del militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria MIR SANTIAGO RUBILAR SALAZAR y los homicidios simples, en grado frustrado, de Hernán Patricio Villalobos Ruiz y de Ana Sonia Ruiz Veas, ilícitos cometidos el  28 de julio de 1980, en la población El Pinar de la comuna de San Joaquín.

En su resolución (causa rol N°194-2011), la ministra Cifuentes responsabilizó como autores de los delitos a los ex funcionarios de carabineros Carol Nelson Prado Naranjo, Omar Guillermo Benavides Mena, Julio Antonio Díaz Silva, Jorge Ricardo Imas Lastra, Juan Carlos Morales Valenzuela y Daniel Humberto Ojeda Cárdenas.

De acuerdo a los antecedentes recopilados en la etapa de investigación, la ministra en visita dio por establecido los siguientes hechos:

 1° Que el día 28 de julio de 1980, alrededor de las 09:00 horas, miembros del Movimiento de Izquierda Revolucionaria, MIR, ingresaron, de manera simultánea, premunidos de armas de fuego, a las sucursales del Banco de Chile, Banco Concepción y Banco de Crédito e Inversiones, ubicadas en las inmediaciones de Rodrigo de Araya y Santa Elena de la comuna de San Joaquín, sustrajeron diversas sumas de dinero, dieron muerte a un vigilante e hirieron a un cajero, huyendo del sector en diversas direcciones.

 Que, momentos después, en avenida Carlos Valdovinos, uno de los sujetos antes mencionados, Santiago Rubilar Salazar, abordó el automóvil marca Chevrolet, modelo Chevette, patente ICS-81, conducido por Hernán Patricio Villalobos Ruiz, en compañía de su madre Ana Sonia Ruiz Veas, por una de las puertas posteriores, los amenazó con la pistola marca Star, calibre 7,65 mm, serie 111392 que portaba y los obligó a sacarlo del lugar.

3° Que, entretanto, funcionarios de Carabineros de Chile, alertados de los ilícitos cometidos en las entidades bancarias antes mencionadas, iniciaron un operativo policial con el fin de ubicar a quienes intervinieron en ellos.

 Que, en este contexto, en calle Central, entre Comercio y Castelar Sur, al interior de la población El Pinar, funcionarios de Carabineros de Chile, entre ellos, Carol Nelson Prado Naranjo, Omar Guillermo Benavides Mena, Julio Antonio Díaz Silva, Jorge Ricardo Imas Lastra, Juan Carlos Morales Valenzuela y Daniel Humberto Ojeda Cárdenas, interceptaron el automóvil en que se movilizaba Santiago Rubilar Salazar y, haciendo un uso excesivo de la fuerza, dispararon en contra de todos los ocupantes del vehículo, resultando Santiago Rubilar Salazar con lesiones, producto del paso de proyectiles balísticos, en la zona cervical –que le seccionó la médula espinal-, torácica, brazo izquierdo, glúteo derecho, muslo derecho y muslo izquierdo; Ana Sonia Ruiz Veas, con fracturas expuestas, producto del paso de proyectiles balísticos, en el tobillo derecho, 1°, 2° y 3° metatarsiano izquierdo y 5° ortejo izquierdo y Hernán Patricio Villalobos Ruiz, con lesiones, producto del paso de proyectiles balísticos, en la zona lumbar derecha y muslo derecho, siendo todos ellos trasladados al Hospital Barros Luco, en calidad de detenidos, lugar en que Rubilar Salazar falleció cinco días después.

 Que no existen antecedentes objetivos que permitan establecer que, en el momento de producirse los disparos en contra de las víctimas, los funcionarios policiales conocían que Hernán Patricio Villalobos Ruiz y su madre se encontraban bajo amenaza. Por el contrario, el hecho que los funcionarios dispararan, de manera indiscriminada, en contra de los ocupantes del vehículo y que, tras ello, se les enviara al Hospital Barros Luco, en calidad de detenidos, demuestra lo contrario.

 Que tampoco se encuentra determinado, por algún antecedente objetivo, que Santiago Rubilar Salazar disparó en contra del personal policial ni que las lesiones que los funcionarios de Carabineros sufrieron en el marco de este operativo fueron provocadas por disparos ejecutados con el arma de fuego que éste portaba, la que fue encontrada al interior del citado vehículo.

7° Que, en razón de lo anterior, los agentes del Estado antes mencionados dispararon arbitrariamente en contra de los tres ocupantes del automóvil antes referido, privando de la vida a Santiago Rubilar Salazar, lo que constituye una ejecución extrajudicial.

Juan Blanco era peligroso por ser estudiante y extranjero

Por el delito de secuestro con resultado de muerte (“grave daño”) en la persona del joven dominicano JUAN ANDRÉS BLANCO CASTILLO, quien fuera detenido a los pocos días luego del Golpe de septiembre de 1973 y sometido a interrogatorios y torturas por sus captores, el ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los DDHH de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Jaime Arancibia Pinto, dictó acusación contra 12 esbirros en retiro de la Armada –entre los que se cuentan, un contraalmirante, un vicealmirante, oficiales y suboficiales.  

El ministro Arancibia Pinto acusó a los ex marinos Patricio Horado Valentín Villalobos Lobos, Manuel Alejandro Buch López, Wilfredo Hernán  Zepeda Iturriaga, Víctor Orlando Rey Ringele, Ernesto Leonardo Huber von Appen, Jaime Miguel Urdangarín Romero, Germán Patricio Valdivia Keller, Arístides Alejandro León Calffas, Guillermo Samuel Aldoney Hansen, José Abraham Gutiérrez Bello, Víctor Vicente Sepúlveda Cuevas y Jorge Benjamín Ginouves Contreras.

El último mencionado, Ginouves, no sólo se las daba de violento con los jóvenes, sino que también con los niños. Tanto es así que, junto a otros 8 ‘valientes’ marineritos, se haya igualmente procesado por el secuestro y torturas aplicadas a dos niños en 1974. Tales terroristas uniformados integraban la patrulla de la armada que, en agosto de 1974, allanó la casa de las víctimas, para detener a su hermana mayor –quien se encargaba de su cuidado mientras la madre trabajaba en Viña del Mar–, manteniendo secuestrados en el mismo hogar y por dos días a los infantes. 

Durante la investigación de la causa -rol 53.046-2009- se pudo establecer que el ciudadano de la República Dominicana y estudiante de economía Juan Andrés Blanco, "fue detenido por una patrulla de efectivos de la Armada de dotación de la Base Aeronaval  de  El  Belloto, a cargo del Teniente 2° Jorge Ginouves Contreras, en el  sector Barrio norte de Villa Alemana, cerca de la estación  de trenes, quien es conducido al recinto naval para ser entregado al personal del Servicio de Inteligencia de la Comandancia de Aviación Naval (COMAVNAV)".

"Luego  de permanecer detenido en la Base Aeronaval de El Belloto, Juan Blanco Castillo es conducido al cuartel  de  la Policía de Investigaciones en Quilpué, para permanecer recluido  en los calabozos  de dicho recinto, los cuales se ubican en el subterráneo donde es sometido a  interrogatorios y apremios ilegítimos de parte de sus captores, existiendo numerosos    testimonios respecto a su detrimento físico a través de otras personas detenidas en ambos  recintos", establece la resolución.

La investigación determinó, además, que "pasado un tiempo, la víctima es sacada con signos evidentes de maltrato físico y psicológico del recinto antes señalado, en dirección  desconocida.  Luego  de un  periodo de seis meses, la Policía de Investigaciones de la comuna   de Quilpué, debe concurrir hasta un sector denominado "Curva M" en la localidad de Colliguay, lugar en donde se produce el hallazgo de un cadáver N.N. de sexo masculino. De acuerdo a las características de las vestimentas del occiso y al examen del cadáver, el  personal   policial presume que se trata del dominicano Juan Blanco Castillo, cuya autopsia no fue ubicada y los restos  fueron remitidos presumiblemente a una fosa común del Cementerio de Quilpué, los que hasta el día de hoy no han podido ser ubicados, configurándose así el delito de secuestro con grave daño en la persona de Juan Andrés Blanco Castillo, situación que se mantiene permanentemente hasta el día de hoy".

Bueno, como siempre, dependerá de las organizaciones populares y de izquierda velar por que los canallas que cometieron estos y otros crímenes de lesa humanidad, de estas u otras ramas armadas, así como los golpistas que no llevaban uniforme, vayan a la cárcel sin ningún miramiento o amnistía.


15 años de cárcel a 6 miembros (r) de la Armada por secuestro de dominicano torturado en dictadura

Fuente :biobiochile.cl, 3 de Noviembre 2022

Categoría : Prensa

Siete miembros en retiro de la Armada fueron condenados por el secuestro del ciudadano haitiano Juan Andrés Blanco Castillo, quien hasta el día de hoy se mantiene desaparecido tras ser torturado por su orientación política en dictadura. A seis de los siete se les sentenció a 15 años de presidio. A esto se suma el pago de una millonaria indemnización a la familia de la víctima.

La Corte de Apelaciones de Valparaíso condenó a presidio a siete miembros en retiro de la Armada, por su responsabilidad en el delito de secuestro de un ciudadano dominicano durante la dictadura militar.

En el aspecto civil, el fallo acogió la demanda de los familiares y condenó al fisco a pagar una indemnización de $150 mil millones por concepto de daño moral, al padre de la víctima. Además, $75 millones de pesos a un hermano.

Las penas
La justicia condenó a 15 años de presidio a Ernesto Huber von Appen, Wilfredo Zepeda Iturriaga, Víctor Rey Ringele, Jaime Urdangarín Romero, Arístides León Calffas y Germán Valdivia Keller. Todos ellos miembros en retiro de la Armada, responsables del delito de secuestro del ciudadano dominicano Juan Andrés Blanco Castillo.

En tanto, Jorge Ginouvés Contreras fue condenado a 5 años de presidio, con el beneficio de libertad vigilada, como coautor del delito.

Secuestro de dominicano en dictadura militar
Los hechos se remontan a septiembre de 1973 en la ciudad de Villa Alemana. Allí, en razón de su orientación política, el ciudadano dominicano de entonces 25 años fue detenido y mantenido recluso en diferentes centros, donde lo torturaron. Desde entonces, hasta hoy, se desconoce su paradero.

Así lo detalló el ministro en visita para causas por violaciones a los DDHH, Max Cancino, quien precisó que fueron los funcionarios de la Armada quienes lo detuvieron y llevaron a un cuartel policial para su interrogatorio.

“Finalmente, fue retirado de ese lugar por funcionarios de la Armada con destino desconocido”, acotó.

El ministro además otorgó a todos la inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos, derechos políticos y para profesiones titulares mientras duren las condenas.

Demanda
El abogado penalista y académico de la Universidad de Valparaíso, Felipe González, explicó que en este caso, de forma inédita, el Estado de República Dominicana demandó a Chile por los hechos. Sin embargo, el tribunal finalmente lo desestimó.

En el aspecto civil, el fallo acogió la demanda interpuesta por la familia de Juan Blanco. De esta forma, condenó al fisco a pagar una indemnización de $150 mil millones, por concepto de daño moral, al padre de la víctima. Además, $75 millones de pesos a un hermano.


Condenan en Chile a 7 militares retirados por el secuestro del dominicano Juan Andrés Blanco Castillo

Fuente :acento.com.do, 3 de Febrero 2023

Categoría : Prensa

Juan Andrés Blanco Castillo era hijo del destacado abogado y político Ramón Andrés Blanco Fernández.

El dictador Augusto Pinochet, apoyado por el gobierno de EEUU para derrocar al presidente Salvador Allende.

Siete militares retirados de Chile fueron condenados por el secuestro y los daños ocasionados en 1973 al dominicano Juan Andrés Blanco Castillo, hijo del político y abogado Ramón Andrés Blanco Fernández.

Los militares de la dictadura de Augusto Pinochet fueron condenados por el ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones de los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Max Cancino Cancino.

El portal noticioso de la Universidad de Valparaíso, Chile, explicó que la condena a siete miembros en retiro de la Armada, se debió a su responsabilidad en el delito de "secuestro con grave daño o secuestro calificado del ciudadano dominicano Juan Andrés Blanco Castillo".

El delito fue cometido en septiembre de 1973, en la ciudad de Villa Alemana, tras el golpe de estado contra el presidente Salvador Allende, cometido el 11 de septiembre del citado año, lo que dio paso a la imposición de una sangrienta dictadura derechista.

"En el fallo (causa rol 53.046-2009), el ministro Cancino Cancino condenó a Ernesto Leonardo Huber von Appen, Wilfredo Hernán Zepeda Iturriaga, Víctor Orlando Rey Ringele, Jaime Miguel Urdangarín Romero, Arístides Alejandro León Calffas y German Patricio Valdivia Keller a 15 años de presidio, accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las condenas", indica el portal.

Asimismo, explica que Jorge Benjamín Ginouvés Contreras fue condenado a 5 años de presidio, con el beneficio de libertad vigilada, quedando sujeto a la vigilancia y orientación permanente de un delegado por el mismo lapso.

A este imputado, además, se le condenó a inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como coautor del delito.

En la causa se decretó la absolución de los acusados José Abraham Gutiérrez Bello, Víctor Vicente Sepúlveda Cuevas y Guillermo Samuel Aldoney Hansen, al no comprobarse su participación en los hechos.

En la resolución, informa el referido portal,  el ministro en visita dio por acreditados los siguientes hechos:

“Que existió una agrupación de inteligencia militar, jerarquizada y disciplinada, denominada Servicio de Inteligencia Ancla 2, perteneciente a la Comandancia de la Aviación Naval, que operó activamente a partir del 11 de septiembre de 1973, conformada por agentes pertenecientes a las diversas reparticiones de la Base Aeronaval El Belloto e incluso con funcionarios de otras reparticiones, como Infantes de Marina, cuyo objetivo principal fue la represión de personas opositoras al régimen militar, para lo cual se procedía a su búsqueda y detención, las que luego eran privadas de libertad para la obtención de información mediante tortura física y psicológica. Para lograr la detención de las personas, los jefes de las patrullas navales mantenían una comunicación directa con el Servicio de Inteligencia Naval, quienes una vez obtenida la aprehensión del civil lo conducían hasta la Oficina de Control Aéreo (OICA) para su encierro e interrogatorio".

Agrega que para la represión operativa, "el denominado Servicio de Inteligencia Naval Ancla 2, dependiente de la Comandancia de la Aviación Naval, utilizó diversas dependencias de la Base Aeronaval El Belloto, en particular la denominada Oficina de Información de Control Aéreo (OICA o ARO) y dispuso de otras, como el Cuartel de la Policía de Investigaciones de Quilpué, recintos en los que los prisioneros eran interrogados bajo apremios ilegítimos".

Narra que, en una fecha no determinada del mes de septiembre de 1973, posterior al día 20, Juan Andrés Blanco Castillo, ciudadano de la República Dominicana, quien había ingresado a Chile en el mes de enero de ese año proveniente de la URSS, de 25 años de edad, en razón de su orientación política, fue ordenado detener por el Servicio de Inteligencia Naval Ancla 2 de la Comandancia de la Aviación Naval, lo que se concretó por una patrulla naval, a cargo del Teniente 2° Jorge Ginouvés Contreras, en el sector Barrio Norte de Villa Alemana, cerca de la estación de trenes, quien es conducido al recinto naval para ser entregado al personal de dicho Servicio de Inteligencia. El mencionado Oficial, al mando de la patrulla naval, como se dijo, actuaba coordinadamente con el personal del aludido Servicio de Inteligencia.

En las investigaciones se confirmó que ni el mando militar de la Comandancia de la Aviación Naval, ni el del Servicio de Inteligencia Naval Ancla 2 perteneciente a esa Comandancia, adoptaron medida alguna para dar cuenta a la autoridad competente, tanto de la detención de Juan Andrés Blanco Castillo como de algún supuesto hecho ilícito cometido por el dominicano.`Tampoco se formó causa ni investigación naval en tal sentido.

"Por el contrario, deliberadamente se ordenó a los funcionarios de la Policía de Investigaciones de Quilpué y Subcomisaría de Carabineros de Quilpué que los ingresos de los detenidos que trasladaran hasta esos recintos los funcionarios del Servicio de Inteligencia no fueran registrados. Lo mismo ocurrió en la Base Aeronaval, donde los nombres de los detenidos no quedaban anotados en ningún registro oficial", sostiene la información.

Narra que la víctima fue recluida inicialmente en un sector de la Base Aeronaval El Belloto denominado ‘Acapulco’ ‘El Hoyo’ o ‘El Pozo’ en conjunto con otros prisioneros, sitio de detención que fuera habilitado por el Comandante de la Aviación Naval luego del 11 de septiembre de 1973, para la reclusión de personas civiles contrarias al régimen militar. En dicho lugar, los prisioneros debían mantenerse permanentemente en posición de cúbito abdominal, con las manos en la espalda, a la intemperie y custodiados por al menos dos funcionarios armados de dotación de la Base Aeronaval. Este sector era de acceso estrictamente restringido, encontrándose solo autorizados para acercarse los funcionarios del Servicio de Inteligencia Naval de la Unidad Ancla 2 perteneciente a la Comandancia de la Aviación Naval. El sector de reclusión se ubicó estratégicamente al frente de la Oficina de la Comandancia y de la Oficina de Control Aéreo (OICA o ARO)".

Resalta que en el periodo que permaneció encerrado, el dominicano Juan Andrés Blanco Castillo, sin motivo que lo justificara, fue conducido en diversas oportunidades a la Oficina de Información de Control Aéreo, lugar en que fue interrogado y apremiado físicamente por funcionarios del Servicio de Inteligencia Naval Ancla 2 y con presencia del mando militar y otros funcionarios que colaboraban estrechamente con ese Servicio, todo ello con el objeto que respondiera acerca de sus actividades y la ubicación de un supuesto armamento escondido en Santiago.

Asimismo, luego que Juan Andrés Blanco Castillo permaneciera encerrado en la Base Aeronaval El Belloto, funcionarios del Servicio de Inteligencia Naval Ancla 2, en una fecha no precisada del mes de octubre de 1973, trasladaron a la víctima y lo mantuvieron privado de libertad en los calabozos del Cuartel de la Policía de Investigaciones de Quilpué.

Explica que en una dependencia de este recinto, los funcionarios del grupo de inteligencia lo interrogaron y torturaron gravemente, utilizando entre otras técnicas la aplicación de papel de diario encendido para quemarlo en el abdomen.

"En un día no precisado del mes de octubre de 1973, Juan Andrés Blanco Castillo fue retirado desde el Cuartel de la Policía de Investigaciones de Quilpué por el grupo de inteligencia antes mencionado, siendo trasladado hasta la Subcomisaría de Carabineros de Quilpué, encontrándose la víctima gravemente lesionada a consecuencia de las quemaduras ocasionadas en su cuerpo. Debido al reclamo que el Jefe de esa Subcomisaría expresara al mando de la Comandancia Naval por el estado de salud de la víctima, esta fue retirada desde ese lugar por funcionarios del grupo de inteligencia, con dirección desconocida y sin que se tengan noticias de su paradero hasta la fecha”.

En el aspecto civil, el fallo acogió la demanda interpuesta y condenó al fisco a pagar una indemnización de $150.000.000 (ciento cincuenta millones de pesos) por concepto de daño moral, al padre de la víctima (Ramón Andrés Blanco Fernández); y de $75.000.000 (setenta y cinco millones de pesos), a un hermano.