Marabolí Orellana Patricio Orlando

Rut: 5537049-4

Cargos:

Grado : Coronel

Rama : Carabineros

Organismos : Dirección Nacional de Inteligencia (DINA)


Presentan querella contra altos mandos militares regionales

Fuente :lanacion.cl, 1 de Julio 2006

Categoría : Prensa

Una nueva querella contra Augusto Pinochet Ugarte abrió en Chillán un nuevo frente judicial en materia de violaciones de los derechos humanos. Se trata de una acción que busca sancionar a los mandos regionales de las FFAA y policías. La acción fue interpuesta por el abogado Hiram Villagra ante la Corte de Apelaciones de Chillán contra el ex dictador y una serie de oficiales en retiro por los delitos de secuestro calificado, asociación ilícita, privación de libertad y tortura en la VIII Región.

Además del general (R) Pinochet se imputan estos ilícitos al teniente (R) de Carabineros Patricio Marabolí Orellana; al ex comandante de Regimiento e intendente de la provincia de Ñuble, Guillermo Toro Dávila; al capitán (R) de Ejército y fiscal Mario Romero Godoy, y al teniente de Ejército y jefe del Servicio de Inteligencia Militar (SIM) Andrés Morales Pereira, junto a otros doce ex uniformados.

Villagra sostuvo que lo relevante de la acción judicial radica en que “hasta ahora el reproche judicial se ha concentrado en Pinochet y la cúpula de la DINA, sin que rindan cuenta importantes agentes operativos. Estamos en una nueva etapa donde civiles y jefaturas locales tendrán que responder”. Para concretar la persecución de opositores en la Región del Biobío, los uniformados contaron con colaboración de civiles como Alex Etchevers, militante del movimiento Patria y Libertad.

El profesional señaló que el teniente Marabolí fue “la punta de lanza de los actos represivos en la zona, siendo ‘premiado’ por el alto mando al ser ascendido a general”.

La querella sostiene que existió coordinación de las ramas en la neutralización de la oposición regional. Los detenidos fueron trasladados de diversas tenencias policiales al Regimiento Nº 9 de Infantería de Montaña de Chillán, donde se les interrogó bajo torturas. Hubo ejecuciones, tras lo cual el personal policial trasladó los cuerpos al puente Ñuble, arrojándolos al río.

El 16 de septiembre de 1973 varios carabineros ingresan al Regimiento y revelan como tras allanar el domicilio del alcalde de Chillán, Ricardo Lagos Reyes (PS), le asesinan junto a su familia.


Corte suprema condena a oficial de carabineros por secuenstro en poblacion El Tejar de Chillán

Fuente :diarioelitihue.blogspot.com, 17 de Septiembre 2016

Categoría : Prensa

La Corte Suprema condenó al oficial en retiro de Carabineros Patricio Marabolí Orellana a la pena de 5 años y un día de presidio, en calidad de autor del delito de secuestro calificado de Óscar Fetis Sabelle, Sergio Fetis Valenzuela, Luis Wall Cortés y Tomás Ramírez Orellana, ilícitos perpetrados a partir del 5 de noviembre de 1973, en la ciudad de Chillán.

Segunda Sala del máximo tribunal condenó al oficial en retiro de Carabineros Patricio Marabolí Orellana a la pena de 5 años y un día de presidio, en calidad de autor del delito de secuestro calificado de Óscar Fetis Sabelle, Sergio Fetis Valenzuela, Luis Wall Cortés y Tomás Ramírez Orellana, ilícitos perpetrados a partir del 5 de noviembre de 1973, en la ciudad de Chillán.

    En fallo dividido (causa rol 24045-2015), la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Carlos Künsemüller, Haroldo Brito, Juan Eduardo Fuentes, Lamberto Cisternas y Jorge Dahm– acogió el recurso de casación elevado en contra de la sentencia que había absuelto a oficial de la policía uniformada.

    La sentencia del máximo tribunal establece que existen presunciones fundadas de participación de Marabolí Orellana en los cuatro secuestros. Las víctimas fueron detenidas en la población El Tejar de Chillán, el 5 de noviembre de 1973.

    "Que, a juicio de esta Corte, los hechos o indicios útiles o idóneos para ser considerados a la luz del precepto legal decisivo en esta materia -artículo 488 Nros. 1 y 2 (en cuanto exige multiplicidad)-, son los siguientes:

    A. En la oportunidad en que ocurrieron los hechos investigados, constantemente salían patrullas de Carabineros y Ejército con el fin de ubicar extremistas, por lo que no se pudo ubicar la patrulla que tuvo participación en la detención de los nombrados. (Informe N° 209 de la Policía de Investigaciones de Chile, de 23 de enero de 1974, agregado a fojas 6 de los autos).

    B. La Comisión represiva que operaba con funcionarios de la Comisión Civil de la Segunda Comisaría de Carabineros de Chillán, a la que pertenecía Patricio Marabolí Orellana, tenía como objetivo efectuar detenciones de carácter político y utilizaba unos jeeps de color verde con carpa de lona gris verdosa, los cuales provenían del Servicio Agrícola y Ganadero (S.A.G.) de Chillán. (Informe N° 186 de la Policía de Investigaciones de Chile, de 03 de febrero de 2006, agregado a fojas 118 y siguientes).

    C. Óscar Enrique Fetis Sabelle, Sergio Iván Fetis Valenzuela y Luis Guillermo Wall Cartes, fueron detenidos por agentes represivos del Estado, quienes sin tener justificación alguna, allanaron su hogar y detuvieron a estas personas. Estos funcionarios correspondían a personal de Carabineros de Chile que se desempeñaba en la Comisión Civil de la Segunda Comisaría de Carabineros, destinada especialmente a la detención de militantes y/o simpatizantes de los diversos partidos políticos de izquierda y personas con ideales opuestos al régimen imperante. (Informe N° 186 de la Policía de Investigaciones de Chile, citado precedentemente).

    D. Existencia del Servicio de Inteligencia Militar (SIM) en el Regimiento de Infantería N° 9 de Chillán, en el cual el acusado operaba como "oficial agregado".

    E. Óscar Fetis Sabelle y Sergio Fetis Valenzuela, domiciliados en Población El Tejar, figuraban en una nómina de personas "encargadas para su ubicación", remitida por el Comandante del Regimiento de Chillán al Prefecto de Carabineros de esa ciudad. (Documento de fojas 662 y declaración de Miguel Eduardo Duque San Martín, de fojas 1081 y 1082).

    F. Desempeño del acusado, al momento de ocurrir los hechos, como oficial encargado de detenciones de personas por motivos políticos, a las cuales se torturaba, utilizando para las aprehensiones vehículos del S.A.G. (Declaraciones de José del Carmen Venegas Jara, de fojas 343; de Hugo Alberto Apablaza Henríquez, de fojas 365; dichos de Azis Saleh Saleh, en careo agregado a fojas 638; declaración de Samuel Alonso San Martín Urra, de fojas 746; declaración de Luis Humberto Candia Parra, de fojas 740).

    G. Advertencia de uno de los integrantes de la patrulla que efectuó la detención, escuchada por doña María Cleria Ramírez Orellana y doña Helia Rosa Ramírez Orellana y dirigida a una de las víctimas, Tomás Orellana: "No te pongáis chorito, si no te las vas a ver con mi Teniente Marabolí". (Declaraciones de fojas 505 y 732).

    H. Reconocimiento del acusado en una foto de él mismo, por parte de doña Helia Rosa Ramírez Orellana, quien a fojas 732 declara al respecto: "En cuanto a lo que se me pregunta si reconozco en las fotos que se me exhiben algún uniformado que se presentó en esa oportunidad en mi casa, cuando se llevaron a mi hermano, reconozco al que hacía de jefe que era el más joven, foto agregada a fojas 226 del Primer Tomo." A fojas 226 (antigua foliación) corre agregada la fotografía de Patricio Marabolí Orellana".

    En el aspecto civil, se condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización total de $840.000.000 (ochocientos cuarenta millones de pesos) a familiares de las víctimas.


    Chillán. DD.HH: Con aplausos respaldan diligencia del Ministro Aldana en caso de detenidos y desaparecidos

    Fuente :diarioelitihue.blogspot.com, 27 de Marzo 2017

    Categoría : Prensa

    El Miércoles recién pasado, acompañados de familiares de las víctimas e integrantes del comité verdad y justicia, el Ministro Carlos Aldana, dirigió la reconstitución de escena por la desaparición de dos ciudadanos chillanejos. La diligencia se realizó en la ciudad de Chillán y se prolongó por más de nueve horas. En el sector estación y siendo ya las 18: 15 horas, el Ministro fue despedido entre aplausos por quienes le acompañaron durante todo el día. 

    El ministro Aldana, manifestó que “Hay otras diligencias” la que se informaran a su debido tiempo.

    María Sánchez, valoró el trabajo que está realizando el Ministro Aldana, para determinar la responsabilidad penal en la detención y posterior desaparición de su padre Francisco Sánchez, “el ministro es maravilloso, es un hombre recto, es un hombre que realmente no hubiera estado mejor” manifestó la hija mayor, 

    Sobre la decisión la Corte Suprema de trasladar los casos de derechos Humanos a la Corte de Apelaciones de Concepción, María Sánchez manifestó “En Chillán nunca se pudo ver, estaban los hechos, teniendo todas las evidencias. Nunca fueron capaces de determinar un procesamiento”, 

    Ante estas diligencias, hoy “realmente estamos en paz, tranquilos” afirmando “que va haber justicia”. Y agrega “Porque solamente la verdad, como le decía al ministro, nada más solo escuchando nuestra versión, nuestra verdadera versión, que nunca ha cambiado, que siempre está tan latente. Aunque han pasado los años, que me pregunten cuantas veces quieran, qué sucedió, no voy a cambiar nada” concluyó.

    Interrogatorios, careos y reconstitución de escenas, fue el trabajo que realizó el Ministro Carlos Aldana, para determinar la responsabilidad penal de Patricio Jeldres y Juan Sepúlveda Peña en la desaparición de Ricardo Troncoso león. 

    El magistrado sometió a proceso al Coronel (r) Patricio Jeldres Rodríguez en calidad de autor del delito de secuestro calificado, junto a él, un civil y ex miembro de Patria y Libertad Juan Sepúlveda Peña, como cómplice, por el secuestro de Ricardo Troncoso León. Ocurrido el 1 de octubre de 1973.

    Según consigna el diario Crónica Chillán, Ricardo Troncoso León, fotógrafo y director teatral, seudónimo "Gonzalo Román", fue requerido por efectivos policiales cuando se encontraba en su domicilio ubicado en población El Tejar, Pasaje Sur 387 de la ciudad de Chillán, junto a su esposa e hija menor".

    A dicho lugar, indica la resolución, "llegó una patrulla de Carabineros de la Segunda Comisaría de Chillán, al mando de un teniente, en un jeep y acompañados de un civil apodado "El vuela poco", de nombre Juan Antonio Sepúlveda Peña, y procedieron a allanar la vivienda y detenerlo sin orden judicial ni administrativa competente, trasladándolo hasta el recinto de dicha institución, permaneciendo allí en tal calidad, informándose a la familia el día 3 del mismo mes y año que había sido trasladado hasta el regimiento, donde tal hecho fue negado, desconociéndose su paradero o destino a partir de dicha data".

    Posteriormente el Ministro Aldana se trasladó a la Avenida Libertad, y así continuar con las diligencias. Para eso sometió a proceso a prisión preventiva a Patricio Marabolí Orellana, en calidad de autor del delito secuestro calificado de Francisco Sánchez Argüen, ocurrido el 1 de Octubre de 1973

    De acuerdo a la investigación del ministro Aldana, se determinó que "alrededor de las 20:40 horas del 1 de octubre de 1973, en circunstancias que Francisco Sánchez Argüen se encontraba en su domicilio ubicado en calle Libertad N°715, en compañía de su mujer y seis de sus siete hijos, fue detenido sin orden judicial o administrativa competente por una patrulla de Carabineros, al mando de un teniente, los que vestidos con tenida de combate y portando armas largas, lo introducen a uno de los vehículos en que se movilizaban".

    De acuerdo a la información contenida en el expediente, los uniformados se trasladaron -con el detenido en el carro- hasta el departamento 22, de su propiedad, ubicado en avenida Libertad 39, al llegar a avenida Brasil, donde se realizó un allanamiento.

    Todo esto ocurrió "mientras Sánchez Argüen permanecía sentado en el móvil policial y custodiado por Carabineros. Una vez concluido el registro, fue trasladado a la Segunda Comisaría, en cuyo trayecto fue también detenido Mario Garrido Carrasco, quien fue introducido al mismo jeep en que iba Sánchez Argüen, ambos conocidos de antes por haber trabajado juntos, siendo ingresados a la indicada unidad policial, donde quedaron en celdas separadas y, después de ser sometido a interrogatorios en ese lugar y fecha, no se tiene noticias del paradero o destino del señor Sánchez Argüen".


    Condenan a carabinero en retiro por secuestro y desaparición en dictadura de un profesor en Chillán

    Fuente : Cooperativa.cl, 7 de Noviembre 2018

    Categoría : Prensa

    El docente universitario Francisco Sánchez Arguen fue detenido 20 días después del golpe de Estado.

    A cinco años y un día de presidio efectivo fue condenado el oficial en retiro de carabineros Patricio Marabolí Orellana por el delito de secuestro calificado del profesor Francisco Sánchez Arguen, acontecido en el año 1973 en Chillán.

    Esta es la primera condena dictada en Ñuble por el ministro en visita Carlos Aldana Fuentes para causas por violaciones a los derechos humanos de las Cortes de Apelaciones de Concepción y Chillán, tras asumirlas en marzo del año pasado.

    Los hechos se remontan al 1 de octubre de 1973, a inicios de la dictadura militar. El profesor Sánchez se encontraba en su domicilio, ubicado en calle Libertad, en compañía de su mujer y seis de sus siete hijos, cuando fue detenido sin orden judicial por una patrulla. Marabolí ejercía la jefatura de Inteligencia de Carabineros con asiento en el regimiento en Chillán.

    La víctima fue trasladada hasta la Segunda Comisaría de Chillán junto a otro detenido, identificado como Mario Garrido Carrasco. Ambos se conocían de antes, por haber trabajado juntos.

    Una vez ingresados a la unidad policial y ser sometidos a interrogatorios no hubo más noticias sobre el profesor y su paradero.

    En el aspecto civil, se condenó al Fisco a pagar una indemnización total de 500 millones de pesos a la esposa e hijos de la víctima.