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Rojas de Negri Rodrigo Andrés – Memoria Viva

Rojas de Negri Rodrigo Andrés

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Fecha Detención :
Comuna Detención :

Fecha Asesinato : 02-07-1986
Comuna Asesinato : Santiago


Edad : 19

Partido Político :
Oficio o Profesión : Fotógrafo

Estado Civil e Hijos :
Nacionalidad : chileno


Categoría : Antecedentes del Caso

Extracto del informe de la OEA : SITUACION DE LOS DERECHOS HUMANOS EN VARIOS ESTADOS

En el mes de julio y con ocasión de las jornadas convocadas por la Asamblea de la Civilidad para el 2 y 3 de ese mes, se produjeron ocho muertes. La polémica que rodea las circunstancias de una de esas muertes y las lesiones graves en otra de las víctimas exige una referencia específica. Se trata del caso de Rodrigo Rojas de Negri, estudiante de 19 años de edad que residía en Washington y se encontraba de visita en Chile de Carmen Gloria Quintana, estudiante de 18 años de edad.

Según denuncia presentada ante la Comisión, el 2 de julio de 1986, alrededor de las 8 horas de la mañana, Rojas y Quintana fueron capturados por una patrulla del Ejército en las proximidades de un lugar en el cual habían elementos como para construir una barricada, ambos fueron golpeados duramente por el personal militar, rociados con líquido inflamable, incendiados, envueltos en frazadas y abandonados. Rodrigo Rojas murió el 6 de julio siguiente como consecuencia de las quemaduras recibidas y presentaba quebraduras de costillas y de la mandíbula; Carmen Gloria Quintana permanece internada en grave estado, también por causa de las quemaduras, y tiene quebradas varias piezas dentales.

El mismo 2 de julio el Ministro del Interior solicitó la designación de un Ministro en Visita para investigar los hechos, mientras el Departamento de Relaciones Públicas del Ejército desmentía "categóricamente la participación de sus miembros en los hechos aludidos". Como consecuencia de la solicitud del Ministro del Interior, la Corte de Apelaciones de Santiago designó al Ministro Alberto Echavarría Lorca para instruir el proceso. El 11 de julio, la CIDH recibió una comunicación en la cual se manifestaban serios reparos por el nombramiento del Ministro Echavarría, quien, según la comunicación, había cerrado recientemente "por falta de evidencias" el caso del estudiante Eduardo Jara Aravena, muerto en 1980 como resultado de torturas.

El día 18 de julio de 1986, el Comandante de la Guarnición de Ejército de Santiago emitió un comunicado según el cual, y de acuerdo a indagaciones realizadas,

el día 2 de julio, en circunstancia que una patrulla militar vigilaba el orden público, sorprendió a un grupo de personas que pretendía alterarlo y portaba material inflamable contenido en envases destinados a ese objeto. Entre dichas personas se encontraban Carmen Gloria Quintana y Rodrigo Rojas Denegri. Asimismo según las informaciones proporcionadas por el personal a que se hará mención en el número siguiente, al volcarse uno de los envases con material inflamable, por la acción de uno de los propios detenidos, se encendió la vestimenta de los nombrados, la que fue apagada con frazadas que llevaba el personal militar.

3. Como consecuencia de lo anterior, esta Comandancia de Guarnición ha dispuesto la detención de los tres oficiales, cinco suboficiales y diecisiete conscriptos que habrían participado en los hechos mencionados y esta tarde ha oficiado el señor Ministro en Visita, don Alberto Echavarría Lorca, informándole tales antecedentes y poniendo a su disposición al personal señalado, para que investigue en conformidad a derecho su eventual participación y grado de responsabilidad.

El día 23 de julio, el Ministro Echavarría Lorca, con mérito en las declaraciones de los militares involucrados en los hechos, dictaminó:

a) que Rodrigo Rojas de Negri y Carmen Quintana Arancibia fueron detenidos el día 2 de este mes por una patrulla militar que aseguraba el libre tránsito de vehículos, reteniéndoseles transitoriamente en el lugar de su aprehensión, uno al lado de la otra y próximos a elementos de fácil combustión, combustión que se produjo debido a un movimiento de la joven y la caída y rotura del envase de uno de esos elementos, causando quemaduras graves a los dos y originando posteriormente la muerte del primero; y b) que no se dispuso lo conveniente para la inmediata atención médica de los afectados, sino que se les dejó en libertad después de transcurridos unos momentos en un lugar y en condiciones no propicias para obtener esa atención.

Sobre la base de tal razonamiento, el Ministro Echavarría dejó en libertad incondicional a los detenidos con excepción del teniente Pedro Fernández Dittus, que comandaba la patrulla, por considerarlo supuesto autor del cuasidelito de homicidio y lesiones graves. La figura del cuasidelito aplicada por el Ministro en Visita está definida en el artículo 2 del Código Penal chileno y es aplicable cuando sólo existe culpa en quien comete la acción punible y no dolo o malicia, circunstancias en las cuales configuraría un delito. Estando involucrado personal militar, el Ministro en Visita se declaró incompetente y remitió las actuaciones a la Justicia Militar.

Ante tal situación, el señor Cardenal Arzobispo de Santiago, Monseñor Francisco Fresno, emitió una declaración pública en la que señaló que:

Nuestra misión de Pastor nos obliga a expresar profunda preocupación ante el grave deterioro moral que se aprecia en el caso de los jóvenes quemados y la inquietud que ha provocado el texto de la resolución del señor ministro en visita al respecto.

En esa resolución, reconociéndose que esos jóvenes "fueron detenidos, el día 2 de este mes, por una patrulla militar", se establece que "se les dejó en libertad", "en lugar y en condiciones no propicias para obtener"… "la inmediata atención médica de los afectados"… por un hecho que le había causado "quemaduras graves".

Es fácil percibir que esta explicación ha resultado claramente insuficiente para toda la inquietud que en la comunidad nacional estos hechos han provocado. Por ello, hacemos un llamado a la Excelentísima Corte Suprema par que se arbitren los medios necesarios para llegar al fondo de esta investigación y la justicia resplandezca plenamente.

El país ha sido testigo de numerosos hechos delictuosos que han quedado sin sancionar y de numerosas investigaciones que no han sido aptas para determinar los responsables de crímenes que han conmovido a la opinión pública. Este caso que ahora se investiga, que ha afectado a toda persona con conciencia recta, no puede ser otro más que quede en la impunidad y en la oscuridad.

El prestigio del Ejército de Chile y de los Tribunales de Justicia, instituciones fundamentales de la República, están en juego en este proceso, lo que acentúa la obligación de realizar una profunda y acuciosa investigación.

Por otra parte, debemos recordar, una vez más, que la virtud de la justicia es esencial para conseguir la paz social, a la cual aspiramos todos los chilenos.

La Corte Suprema de Justicia, con el voto disidente de su presidente, señor Rafael Retamal, "lamentó" la declaración de Monseñor Fresno. Dos de sus integrantes, en voto separado, expresaron que "deploran con desagrado" el contenido de esas declaraciones.

El día 23 de julio, la Comisión recibió un telegrama del señor Presidente del Colegio de Abogados de Chile en el que le comunica que, por resolución del 7o congreso Nacional de Abogados, se había decidido solicitar a la CIDH que investigue in loco los hechos que llevaron a la muerte de Rodrigo Rojas y a las lesiones graves de Carmen Quintana. Al día siguiente, la madre de Rodrigo rojas, señora Verónica de Negri, realizó una solicitud similar. En vista de ello, el señor Presidente de la Comisión transmitió tal solicitud al gobierno de Chile por cable del 28 de julio de 1986.

El 12 de agosto de 1986, la Corte Macial, interviniente en el caso a partir de un recurso presentado por abogados de los familiares de las víctimas, resolvió modificar la calificación penal efectuada por el Ministro en Visita y encargar reo al teniente Fernández Dittus por el delito de violencias innecesarias con resultado de muerte y de lesiones graves, en voto disidente, estuvo por mantener la calificación formulada por el Ministro Echavarría. La Corte Macial, igualmente, instruyó al Fiscal Militar para que continuara la investigación de los hechos, incluidos aquellos delitos originados en las acciones de las víctimas y de eventuales testigos.

Información proporcionada a la Comisión indica que el Fiscal Militar interviniente decretó el 22 de agosto el arresto de uno de los testigos importantes en estas actuaciones y que el 23 de ese mismo mes otro de los testigos fue secuestrado por ocho horas por un grupo de personas que le amenazaron con el objeto de lograr que modificara su testimonio que involucraba a los militares.

El 25 de agosto la Comisión recibió la respuesta del Gobierno de Chile denegando la solicitud de investigar en el terreno los hechos denunciados por considerar que

Existe una activa investigación judicial (en la cual) la primera parte del proceso estuvo a cargo de un Magistrado Civil, funcionario de carrera, Ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, de bien probada independencia, designado por la Corte en pleno.

… se trata de una materia que está claramente "sub-judice", en pleno proceso de investigación con responsabilidades que ya comienzan a configurarse. Restan aún varias instancias en el proceso.

En estas circunstancias, es evidente que no se han agotado ni mucho menos las vías internas de recurso, lo que justificaría eventualmente la intervención de un organismo internacional con competencia en estas materias.

… sin perjuicio de las razones de tipo reglamentario que hacen en estos momentos improcedente la petición a que se está dando respuesta, ella sería contraproducente pues interferiría o crearía una vía paralela a la investigación en curso. Contrariaría además a claros preceptos de la legislación interna chilena.

La Comisión debe lamentar esta decisión del Gobierno de Chile que la ha privado de contar con los elementos que hubiese podido obtener a través de un procedimiento de esa naturaleza.

Organismos defensores de los derechos humanos de chile han señalado que en el presente caso han quedado los interrogantes siguientes: si se trató de un accidente ¿Cómo puede haber ocurrido que estando las víctimas en poder de la patrulla militar hayan resultado quemadas solo ellas? ¿Cómo es que fueron "puestas en libertad" según el juez Echavarría?; estando 25 miembros de la patrulla próximos a las víctimas ¿Cómo fue posible que ellas ardieran durante el tiempo necesario para provocarles la quemadura del 62 por ciento de sus cuerpos sin que se produjera la intervención de sus captores?; ¿Cómo es posible que sus ropas hayan ardido en tal proporción si no estaban embebidas previamente en combustible?

La Comisión observa can la más profunda preocupación la resolución adoptada por el Ministro Echevarría respecto a que a las víctimas se les había dejado "en libertad". Sobre la base de los hecho disponibles respecto a la muerte de Rodrigo Rojas como resultado de la quemaduras recibidas y a las lesiones graves de Carmen Gloria Quintana, resulta extremadamente difícil comprender cómo un magistrado puede haber llegado a esa conclusión. Ante ello la Comisión se ve obligada a dejar constancia de su seria preocupación por la vigencia de las normas que regulan el debido proceso en Chile, tal como ellas se reflejan en la sentencia aludida.

Teniendo en cuanta que ha pasado más de un año y medio desde el crimen cometido contra los señores Parada, Guerrero y Nattino sin que se haya producido ningún fallo condenatorio, a pesar de la abundante evidencia existente, la Comisión desea expresar en la forma más enérgica que espera que el caso de Rodrigo Rojas y Carmen Gloria Quintana no siga la misma suerte.

La CIDH espera, una vez más, que los tribunales militares lleven sus investigaciones has precisar las circunstancias de tal crimen y señalar a sus responsables. La Comisión encuentra oportuno referirse al respecto a su informe especial de 1985 cuando señalaba:

La experiencia de la Comisión permite considerar que, además de las impostergables exigencias de la justicia, es también conveniente para la propia integridad y prestigio de las Fuerzas Armadas que sus propios tribunales asuman la pronta y severa sanción de los responsables de esas violaciones (a los derechos humanos). Ello es también un requisito fundamental para la estabilidad del régimen democrático que inevitablemente deberá instaurarse y constituye la única prueba válida de que, cuando esas violaciones a los derechos humanos han ocurrido, ellas han sido el resultado de la acción de individuos aislados y no de una política del Gobierno.


Relatos de Los Hechos

Fuente :Informe Rettig

Categoría : Antecedentes del Caso

Rodrigo Andrés ROJAS DE NEGRI, de 19 años de edad, era fotógrafo. Residía habitualmente en los Estados Unidos y se encontraba en Chile desde seis semanas antes de los hechos que terminaron en su muerte.

En la madrugada del 2 de julio de 1986, primer día del Paro Nacional, se dirigió con otros jóvenes a participar en el levantamiento de una barricada-fogata. Fue detenido junto a una joven integrante del grupo, por efectivos de una patrulla militar, uno de los cuales llevó hasta el lugar elementos incendiarios que los jóvenes habían dejado abandonados más atrás. Posteriormente, en un incidente confuso que se ha controvertido judicialmente, se produjo la inflamación de los dos detenidos. Los militares apagaron el fuego envolviendo a los dos jóvenes en frazadas. Luego los subieron a un vehículo militar y los dejaron abandonados lejos del lugar de detención. Más tarde fueron auxiliados por particulares y recogidos por funcionarios de Carabineros, quienes los hicieron transportar en un automóvil particular a un centro asistencial donde recibieron atención médica. Sólo logró salvarse la joven. Rodrigo Rojas falleció el 6 de julio en la Posta Central.

Conocidos y analizados todos los antecedentes del caso y las distintas versiones presentadas ante el Tribunal competente, esta Comisión tiene la convicción que Rodrigo Rojas fue víctima de grave violación a los derechos humanos, por cuanto su muerte, cualquiera sea el grado y la naturaleza de la responsabilidad individual de los involucrados, se produjo como consecuencia directa de las acciones u omisiones ilícitas de los efectivos militares.

 


Categoría : Antecedentes del Caso

Morir es la noticia

Ernesto Carmona – editor

Rodrigo Rojas De Negri:
Joven, fotógrafo, puro y transparente

por Claudio De Negri(*)

Nombre Rodrigo Rojas De Negri
Lugar y fecha de nacimiento Valparaíso, 7 de marzo de 1967
Especialidad Fotógrafo
Lugar y fecha de muerte Santiago, 6 de julio de 1986
Actividades Hijo de exiliados, exploraba como fotógrafo el país que abandonó antes de los 10 años.
Situación judicial Fiscalía Militar Ad hoc, Rol 1609-86. Corte Suprema condenó a un militar por cuasi delito de homicidio.

El verano de 1976 Rodrigo Rojas De Negri viajó a Canadá para reunirse con su abuela durante las vacaciones, pero debió esperar diez años para regresar a su país. Repentinamente las comunicaciones con los que quedamos en Chile se interrumpieron. Días más tarde sabría que su madre se encontraba detenida en Valparaíso, junto a un grupo de militantes comunistas acusados de vínculos con una imprenta clandestina.

Pablo Salvador, hermano de Rodrigo de un año de edad, estaba a cargo de una familia amiga. La casa en que vivían fue saqueada por desconocidos. Según contó después, ese 7 de marzo, cuando apagó las velas de la torta de su décimo cumpleaños, fue el día más triste de su vida.

Verónica De Negri, su madre, fue trasladada al campo de concentración de Tres Alamos. Allí permaneció más de un año, hasta que fue expulsada del país y logró refugiarse en Estados Unidos, donde se reunió con sus dos hijos.

En medio de planes, postergados una y otra vez por la negativa chilena para que su madre retornara al país, Rodrigo nunca se insertó plenamente en la sociedad norteamericana. Y

tampoco tenía madurez para comprender lo que ocurría en su tierra de origen. Vivió un tránsito indefinido, igual que tantos otros, entre una realidad que sentía ajena y otra que, sabiéndola suya, sólo percibía por señales lejanas.

Desarrolló un sentimiento casi obsesivo ante esa realidad que escapaba de sus manos. Buscaba ansioso la literatura latinoamericana, tocaba charango en un grupo de música andina, participaba en actividades de solidaridad, todo en los días en que jóvenes de todo el mundo tenían en el rabillo del ojo las victorias sandinistas en Nicaragua, las hazañas del Frente Farabundo Martí en El Salvador y la lucha del pueblo chileno contra la dictadura. Sin importar las diferencias de idioma, esos jóvenes sentían que, allá lejos, se gestaba la posibilidad de una sociedad más justa, digna y democrática. Y no querían permanecer ajenos.

En Washington, Rodrigo vendía material fotográficos, para ir construyendo su propio equipo. El azar le permitió encontrarse mucho antes con la magia de la imagen atrapada. Cuando niño, en casa de una tía conoció a un joven que le enseñó a revelar la realidad desde el cuarto oscuro y hacerla perenne, en una relación entrañable. Le contó que lo hacía por hobby. Años más tarde, supo que el ídolo de su niñez era militante del MIR, se enteró de su verdadero nombre y de que había sido detenido en un gran operativo, un día cualquiera, en una calle de Santiago.

Rodrigo amaba a América Latina. Su exilio lo vivió entre latinos. Soñaba con ir a Nicaragua, pero no quería hacerlo como turista. Su timidez le impedía llegar hasta esas tierras como norteamericano, o hacer uso de sus contactos personales. No quería ser considerado en forma especial y prefería obtener su propio espacio recurriendo a sus propios méritos.

Cuando cumplió 19 años, en marzo del '86, ya contaba con los mínimos recursos para tomar rumbo a Chile. Reunió sus pequeños recuerdos y otras pertenencias en una pequeña maleta, y en su bolso fotográfico metió sus dos cámaras y cuantos otros materiales le fue posible. Traía un boleto hasta Lima, esperaba llegar hasta Machu Pichu, pero la ansiedad era más fuerte. Visitó a su abuelo en Arica y continuó por tierra hasta Santiago.

"¡Qué lindo es mi país, la gente, todo. Esto, mamá, es distinto a todo, pero tal como lo soñé!", se le escuchó decir, días más tarde, por el teléfono de su casa en Washington. La voz le había cambiado.

Nuestras conversaciones diarias, hasta altas horas de la madrugada, tenían el misterio de un cuento extraño, porque ya no se trataba de un relato lejano. Preguntaba de todo, desordenado por la impaciencia. Quería fundirse con aquello que le rodeaba, aunque tenía que lidiar con su ingenuidad frente al peligro y la crudeza con que los suyos debían luchar por su subsistencia. No entendía los llamados de atención que recibía cuando apretaba sin medida el obturador de su cámara o se exponía, tan abiertamente, para fotografiar a policías y militares sin medir las circunstancias. Mientras todos habíamos aprendido a controlar lo que decíamos ante personas desconocidas, él hablaba fuerte en el bus, la calle o el Metro, sin escrutar el silencio y las miradas extrañas de sus acompañantes. Le costó comprender que hubiera quienes ocultaban su domicilio.

Soñaba con formalizar en Chile su militancia en las Juventudes Comunistas y conquistar el derecho de sumarse, en esa condición, a la lucha del pueblo sandinista en Nicaragua, pero también quería continuar sus estudios en su país natal. En el intertanto, se integró a las actividades de los estudiantes de la facultad de Medicina Norte y de la Universidad de Santiago. Junto a ellos participó en movilizaciones y tomó fotografías. Con ellas planeaba publicar un libro en Estados Unidos, donde se difundiera un nuevo enfoque de esta realidad cotidiana.

Reprochaba que la lucha contra la dictadura se había quedado en las representaciones grises, que había que buscar más el color, la emoción del primera plano, la vida.

El día anterior a la protesta, donde encontró la muerte, se trasladó junto los estudiantes de la USACH hasta la comuna de Estación Central. Allí realizaron actividades recreativas con los niños y compartieron con los pobladores, que hacían los preparativos para el día siguiente.

A las ocho de la mañana del día dos de julio, Rodrigo caminaba junto a un grupo de jóvenes por una calle de la comuna. Según lo establecido en el proceso judicial, el grupo llevaba cinco neumáticos, un artefacto incendiario y un bidón de parafina para encender una fogata e interrumpir el tránsito. Fueron interceptados por una patrulla de soldados que inició la persecución.

Rodrigo y Carmen Gloria Quintana fueron apresados y brutalmente golpeados con las culatas de los fusiles. Sus captores, luego de reducirlos completamente, los tendieron en el suelo, los rociaron con combustible e hicieron arder como piras humanas. El teniente Sergio Fernández Dittus, jefe de la patrulla militar, ordenó que los cuerpos humeantes fueran cubiertos con frazadas y subidos a uno de sus vehículos. Horas más tarde, fueron lanzados en una acequia de las afueras de Santiago, en el sector rural de Quilicura.

Carmen Gloria logró sobrevivir tras largos años de penosos tratamientos. Rodrigo murió cuatro días más tarde. «Cuando entenderán los fascistas que la vida de los que luchan por la vida, no termina con la muerte; preguntó Cristian Berríos, vicepresidente de la Federación de Estudiantes de la Universidad de Santiago, ante la multitud que acompañó sus restos hasta el Cementerio General.

La imagen pura y transparente de Rodrigo se quedó con nosotros como la vivacidad de sus fotografías.

Claudio De Negri. periodista y director de El Siglo, es tío de Rodrigo Rojas De Negri.

Editado electrónicamente por el Equipo Nizkor- Derechos Human Rights el 09ene02

http://www.derechos.org/nizkor/chile/libros/reporter/capV07.html


A 38 años del Caso Quemados: Suprema confirma condena a 20 años para 10 militares

Fuente :eldesconcierto.cl, 5 de Enero 2024

Categoría : Prensa

Caso Quemados: Confirman condena a militares por crimen cometido contra Carmen Gloria Quintana y Rodrigo Rojas de Negri | Cedida

El máximo tribunal confirmó la condena de 20 años y un día de cárcel en contra de 10 militares por los hechos ocurridos en 1986 cuando ambos jóvenes fueron interceptados, golpeados y quemados por una patrulla militar. Revisa más detalles aquí.

En 1986, específicamente el 2 y 3 de julio en la comuna de Estación Central, se había convocado a una nueva manifestación contra la dictadura cívico-militar, las cuales eran fuertemente reprimidas.

Posteriormente, un grupo de jóvenes estaba por armar una barricada en Estación Central cuando fueron detenidos por una patrulla militar.

En esta patrulla participaban civiles, suboficiales y soldados, y fueron quienes interceptaron y detuvieron a Carmen Gloria Quintana y Rodrigo Rojas de Negri.

Una vez detenidos, fueron golpeados y maltratados, para posteriormente ser rociados con combustible y quemados vivos.

Sus cuerpos fueron envueltos en frazadas y trasladados por los mismos militares a una acequia en las afueras de Santiago, en un sitio eriazo en Quilicura, donde fueron encontrados por trabajadores agrícolas que llamaron a la policía.

Posteriormente, fueron trasladados a la Posta Central, donde Rodrigo Rojas de Negri fallecería pocos días después y Carmen Gloria Quintana sobreviviría con graves secuelas y un 68% de su cuerpo quemado, teniendo que enfrentar un largo tratamiento y varias operaciones.

A casi 38 años después: Condena a 10 militares

Durante la jornada de este viernes, la Corte Suprema confirmó la sentencia en contra de 10 militares en retiro por el homicidio frustrado y consumado de Carmen Gloria Quintana y Rodrigo Rojas De Negri.

A casi 38 años del crimen, la justicia condenó a los acusados Julio Ernesto Castañer González, Iván Humberto Figueroa Canobra y Nelson Fidel Medina Gálvez, a sufrir las penas de diez años y un día de presidio.

Además, también se determinó la inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

Junto con lo anterior, también se condenó a Luis Alberto Zúñiga, Jorge Osvaldo Astorga, Francisco Fernando Vásquez, Leonardo Antonio Riquelme, Walter Ronny Lara, Juan Ramón González, Pedro Patricio Franco y Sergio Hernández como cómplices de los mismos ilícitos, a sufrir las penas de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo.

Además, se condenó al Fisco de Chile a pagar la suma de $50.000.000 a los padres de Carmen Gloria Quintana y a los de Rodrigo Rojas de Negri y las sumas de $40.000.000 a cada una de las hijas de Carmen.


Condenan a 10 miembros (r) del Ejército por asesinato de Rodrigo Rojas y homicidio frustrado de Carmen Gloria Quintana

Fuente :lavozdelosquesobran.cl, 23 de Marzo 2022

Categoría : Prensa

Entre los sentenciados a 20 años de presidio está Julio Castañer, a quien se le ha sindicado como el uniformado que prendió fuego a los jóvenes el 2 de julio de 1986

Este lunes la Corte de Apelaciones de Santiago emitió la sentencia de segunda instancia en el llamado caso “Quemados” en contra de 10 militares en retiro del Ejército por el homicidio calificado de Rodrigo Rojas de Negri y el homicidio frustrado de Carmen Gloria Quintana.

La Cuarta Sala de tribunal de alzada modificó entonces la sentencia previa del ministro en visita Mario Carroza, elevando las penas que deberán cumplir los condenados, a la vez que se rechazó la excepción de cosa juzgada respecto de uno de los condenados.

Cabe recordar que el brutal ataque contra ambos jóvenes tuvo lugar el 2 de julio de 1986 en la comuna de Estación Central, donde los entonces funcionarios del Ejército mojaron con bencina el cuerpo de Rojas y Quintana, para luego prenderles fuego estando vivos. Solo Carmen Gloria sobrevivió.

A raíz de este crimen entonces es que Julio Castañer González, Iván Figueroa Canobra, Nelson Medina Gálvez y Pedro Fernández Dittus, fueron condenados este lunes a 20 años de presidio como autores del delito.

Cabe recordar que el ex conscripto Fernando Guzmán Espíndola, quien participó del operativo, ha declarado que Julio Castañer fue la persona que prendió fuego a Quintana y Rojas de Negri. “El verdadero culpable tiene nombre y apellido: Julio Castañer; ése es el nombre del asesino”, señaló hace algunos años Guzmán a CHV.

En tanto, Leonardo Riquelme Alarcón, Walter Lara Gutiérrez, Juan Ramón González Carrasco y Pedro Franco Rivas fueron sentenciados a 10 años por ser cómplices del delito. Por su parte, Francisco Vásquez Vergara y René Muñoz Bruce, deberán purgar una pena de 3 años y un día de presidio por encubrimiento del homicidio calificado y a 541 días por realizar la misma acción en el homicidio frustrado.

Por su parte,  Luis Zúñiga González, Jorge Astorga Espinoza y Sergio Hernández Ávila, fueron absueltos en este caso


Agrupación de Familiares de Ejecutados Políticos trasladó restos a Cementerio General

Fuente :El Mercurio' 23 de Agosto 2003

Categoría : Prensa

La Agrupación de Familiares de Ejecutados Políticos trasladó hoy los restos de cinco opositores al régimen de Augusto Pinochet, ejecutados entre 1973 y 1986, hasta el Memorial a las víctimas del Cementerio General de Santiago.

En el lugar se realizó una ceremonia en la que participaron músicos y poetas y en la que se rindió homenaje a las víctimas, cuyos restos habían sido enterrados por sus familiares durante el gobierno de Pinochet.

Se trata de Federico Alvarez, del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) detenido el 14 de agosto de 1979 y quien murió a causa de las torturas; María Verónica Cienfuegos, acribillada en 1981, y Fernando Vergara, también del MIR, asesinado por la Central Nacional de Informaciones (CNI) en 1984.

También se sepultó en el lugar a Ofelia Villarroel, militante comunista ejecutada en una carretera el 23 de septiembre de 1973, y Rodrigo Rojas Denegri, joven fotógrafo de 19 años, quemado vivo el 2 de julio de 1986 por una patrulla militar durante una jornada de protesta nacional contra el gobiermo pinochetista.

En la ceremonia, la Agrupación de Familiares de Ejecutados Políticos rechazó la propuesta de derechos humanos entregada por el Gobierno el pasado día 12, y los asistentes apoyaron a los hijos de víctimas que mantienen desde el lunes una huelga de hambre en protesta por la iniciativa.

Las críticas apuntan a que el proyecto, dado a conocer por el Presidente Ricardo Lagos, establece la posibilidad de inmunidad para los militares que entreguen información sobre los desaparecidos que dejó el régimen de Augusto Pinochet (1973-1990).

Los jóvenes, en huelga de hambre desde el lunes, se encuentran delicados de salud, informó hoy uno de los médicos que les asiste. La secretaria general del Partido Comunista (PC), Gladys Marín, y dirigentes universitarios los visitaron hoy y apoyaron su protesta.

La presidenta de la Cámara de Diputados, Isabel Allende, hija de Salvador Allende, les visitó el viernes y se solidarizó con ellos pero les instó a deponer la huelga.

La diputada socialista dijo que, en general, la iniciativa del Gobierno es un aporte a la reconciliación nacional, aunque precisó que no comparte dar inmunidad o rebajar penas a quienes aporten información sobre violaciones a los derechos humanos.

Fahra Nehgme, Pablo Villagra y Alberto Rodríguez cumplen su ayuno en la sede de la Izquierda Cristiana, a pocas manzanas de la sede de Gobierno.


Caso Quemados: Corte Suprema dicta condenas definitivas contra 10 ex miembros del Ejército por crimen de Rodrigo Rojas De Negri y homicidio frustrado

Fuente :resumen.cl, 5 de Enero 2024

Categoría : Prensa

La Corte Suprema dictó sentencia definitiva por los delitos de homicidio calificado del fotógrafo Rodrigo Rojas de Negri y el homicidio calificado, en grado de frustrado, de la entonces estudiante universitaria, Carmen Gloria Quintana Arancibia. Los delitos fueron perpetrados el 2 de julio de 1986, en la comuna de Estación Central y de Quilicura, en un hecho que ha sido públicamente conocido como el Caso Quemados.En el fallo (causa rol 22.276-2022), dictando sentencia de reemplazo, la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos y la ministra María Teresa Letelier- condenó a los ex oficiales de Ejército Julio Ernesto Castañer González, Iván Humberto Figueroa Canobra, Nelson Fidel Medina Gálvez a penas únicas de 20 años de presidio, en calidad de autores de los delitos.

Asimismo, se revocó la sentencia en la parte que absolvió al teniente a la época de los hechos, Luis Pedro Enrique Fernández Dittus, condenándolo, en cambio, a la pena única de 20 años de presidio, en calidad de autor de ambos delitos.

En tanto, los entonces soldados conscriptos Leonardo Antonio Riquelme Alarcón, Walter Ronny Lara Gutiérrez, Juan Ramón González Carrasco y Pedro Franco Rivas fueron condenados a 3 años y un día de presidio, con el beneficio de la libertada vigilada intensiva, como cómplices.

En el caso de los condenados el ex brigadier de Ejército René Aníbal Muñoz Bruce y el suboficial Francisco Fernando Vásquez Vergara deberán purgar 3 años y un día de presidio, como encubridores de homicidio calificado consumado, más 541 días de reclusión, como encubridores de homicidio calificado frustrado.

Finalmente, Sergio Hernández Ávila, Osvaldo Astorga Espinoza y Luis Zúñiga González fueron absueltos de todos los cargos.

En la sentencia, la Corte Suprema establece que se incurrió en un error de derecho al no considerar la atenuante de irreprochable conducta anterior de los jóvenes conscriptos, la que consideró como muy calificada, por lo que rebajó la pena a su respecto en consideración a la baja posición que detentaban en la jerarquía militar.

Al respecto señala el fallo: "Que se invalida de oficio y parcialmente la referida sentencia, únicamente en lo que dice relación con la calificación de la atenuante de irreprochable conducta anterior y se la reemplaza por la que se dicta a continuación", concluye.

Decisión acordada con el voto en contra del ministro Brito, quien fue del parecer de no calificar la conducta de los condenados, toda vez que no se han acompañado antecedentes suficientes que aplicar dicha institución en el presente caso.

Quemados vivos

En horas de la mañana de la señalada fecha, en circunstancias que se desarrollaba una jornada de protesta nacional contra la dictadura, patrullas del Ejército pertenecientes al Regimiento de Caballería Blindada N° 10, ubicado en calle Santa Rosa N° 900 de la comuna de Santiago, que se movilizaban en camiones y camionetas institucionales, interceptaron a un grupo de jóvenes manifestantes en la comuna de Estación Central.

Una de las patrullas, comandada por el teniente Pedro Fernández Dittus, detiene a dos personas, un hombre y una mujer -Rodrigo Andrés Rojas de Negri y Carmen Gloria Quintana Arancibia-, y les mantiene retenidos en la calle Hernán Yungue, ya que les sindicaba como participes de disturbios y autores de barricadas instaladas en la vía pública. Al lugar arriban otras unidades de civil. Los dos jóvenes detenidos fueron golpeados y amenazados con armas de fuego, y logrado ese objetivo les colocaron cerca de un muro, en la acera sur de esa arteria, donde la mujer queda de pie con las manos en alto apoyadas contra la pared, primero, y luego de frente, y el varón es tendido en el suelo boca abajo y con las manos extendidas.

Enseguida procedieron a rociarlos con bencina y prenderles fuego como represalia por su accionar antidictatorial. Acto seguido, luego de sofocar las llamas sobre los cuerpos de las víctimas, los suben a los vehículos militares y les conducen a un camino descampado en las proximidades del aeropuerto Pudahuel (camino a Lampa) dejándoles abandonados en el lugar.

Transeúntes circunstanciales pudieron auxiliar a las víctimas para ser trasladadas a un centro asistencial, pero Rojas De Negri falleció producto de las heridas y quemaduras, y Carmen Gloria Quintana pudo sobrevivir con graves secuelas permanentes por los daños recibidos.

por Darío Núñe