Carrasco Peña Blanca Marina de la Luz


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Fecha Detención :
Lugar Detención :

Fecha Asesinato : 15-09-1973
Lugar Asesinato : Santiago


Edad : 27

Actividad Política : Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR)
Actividad : Estudiante de Artes Plásticas

Estado Civil e Hijos : Casada, 2 hijos
Nacionalidad : chileno


Relatos de Los Hechos

Fuente :(Informe Rettig)

Categoría : Antecedentes del Caso

El 15 de septiembre de 1973 es muerta Blanca Marina de la Luz CARRASCO PEÑA, 27 años, estudiante de Artes Plásticas, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) y dirigente estudiantil en la Universidad Técnica del Estado (UTE). 

Ese día la afectada salió de su domicilio con el fin de concurrir a la Posta Central a ver a un compañero de estudios que se hallaba herido.  En el trayecto fue detenida, aparentemente por Carabineros, toda vez que hubo testigos que la vieron luego en la Tenencia Macul de ese cuerpo policial.  Ese mismo día es sacada en un camión, al parecer para ser trasladada al Estadio Nacional. 

Días después, su cónyuge encuentra su nombre en una lista del Instituto Médico Legal, lugar al que había ingresado como N.N.  Según el certificado respectivo, su muerte había ocurrido el 15 de Septiembre de 1973 a las 23:00 horas, – escasos minutos después de que fuera retirada del cuartel policial- por "heridas de bala toraco abdominales complicadas" y el cuerpo había sido encontrado en la vía pública y remitido por la Tenencia Grecia de Carabineros. 

La Comisión llegó a la convicción de que Blanca Carrasco fue ejecutada por agentes del estado, constituyendo ello una violación a los derechos humanos.  Se basa tal convicción en que se halla acreditada la presencia de la afectada en un recinto policial y que de ese lugar fue sacada con destino aparente al Estadio Nacional; que apareció muerta por heridas de bala, según se dijo, abandonada en la calle; y que la afectada era dirigente política y estudiantil. 

 


Rol Nºl 72-2010: caso Blanca Marina de la Luz Carrasco Peña

Fuente :Poder Judicial, 19 de Mayo 2016

Categoría : Judicial

CUARTO: Que por resolución de fojas 1417, se acusó judicialmente a Nelson Rivera Vidal, Benjamín Labbé Campos, Pedro Muñoz Sepúlveda y Humberto Torres Silva, como autores del delito de Homicidio Calificado en la persona de Blanca Marina de la Luz Carrasco Peña, ocurrida el 15 de septiembre de 1973, descrito y sancionado en el artículo 391 Nº 1 del Código Penal;

QUINTO: Que para acreditar la existencia del ilícito pesquisado se han allegado a la investigación los siguientes elementos de convicción:

a.- Querella criminal de la Agrupación de  Familiares  de Ejecutados Políticos de fojas 2 y siguientes, por el delito de homicidio de Blanca Marina de la Luz Carrasco Peña, ocurrido el 15 de septiembre de 1973, y en contra de todos aquellos que resulten responsables.  Los hechos ocurren ese día 15, a las 22:15 horas, la víctima recibe una llamada que le informaba la detención de un amigo herido a bala en la asistencia pública.

La llamada de acuerdo al querellante,  tenía  por  objeto que saliera de su casa en toque de queda y de esa forma ser detenida por Carabineros de la Tenencia Macul, quienes la habrían torturado hasta la muerte por acusaciones de pertenencia al MIR y de tenencia de armas. La familia ha señalado que la  encontraron  con heridas a bala, sus senos quemados y su cara desfigurada, siendo sepultada el 24 de septiembre de 1973;


Condenan a tres carabineros en retiro por secuestro y homicidio de estudiante a cuatro días del Golpe

Fuente :theclinic.cl, 17 de Octubre 2018

Categoría : Prensa

La joven concurrió a un cuartel de Carabineros en Macul, para preguntar por un amigo que había sido detenido, pero al regresar a su casa fue detenida, siendo sometida a torturas y otros vejámenes, para después ser subida a un vehículo en el que la trasladarían al Estadio Nacional, donde nunca llegó.

La Corte Suprema condenó a tres carabineros retirados por el secuestro y homicidio de la estudiante universitaria Blanca Marina de la Luz Carrasco Peña, cometido cuatro días después del golpe que encabezó Augusto Pinochet el 11 de septiembre de 1973, informaron hoy fuentes judiciales.

En un fallo unánime, la segunda sala del máximo tribunal chileno impuso la pena de 10 años y un día de prisión al exfuncionario de Carabineros Nelson Rivera Vidal como autor del homicidio, mientras los también expolicías Benjamín Labbé Campos y Humberto Torres Silva purgarán seis años de cárcel como autores de secuestro.

Un cuarto imputado, Pedro Muñoz Sepúlveda, fue absuelto al no haberse acreditado su participación en los hechos.

Blanca Marina de la Luz Carrasco Peña tenía 27 años, era casada y madre de dos hijos, estudiaba Artes Plásticas en la Universidad Técnica del Estado (UTE), actualmente la Universidad de Santiago, militaba en el Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) y era dirigente estudiantil al ser detenida, el 15 de septiembre de 1973.

La joven concurrió a un cuartel de Carabineros de su barrio, en el sector santiaguino de Macul, para preguntar por un amigo que aparentemente había sido detenido, pero al regresar a su casa fue detenida, según determinó el juez especial Mario Carroza, que investigó el caso.

Llevada de nuevo al cuartel policial, fue sometida a torturas y otros vejámenes, para después, ya de noche, ser subida a un vehículo en el que la trasladarían al Estadio Nacional, utilizado entonces como campo de concentración de prisioneros políticos.

Pero nunca llegó a su destino y al día siguiente su cadáver fue encontrado en la calle con múltiples heridas de bala.

En el aspecto civil, el fallo ratificó lo resuelto por el juez Carroza, que condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización de 20 millones de pesos (unos 29.850 dólares) al viudo de la víctima y de 15 millones de pesos (unos 22.380 dólares) a cada uno de sus dos hijos.

Durante la dictadura de Augusto Pinochet (1973-1990), unas 2.300 personas murieron en Chile a manos de agentes del Estado. De ese total, 1.192 figuran aún como detenidos desaparecidos.


Modificacion de información

Fuente :Recibido por memoriaviva, 5 de Enero 2011

Categoría : Testimonio

Queridos amigos junto con saludarles les escribo para comentarles que, la información que aparece arriba  hay que modificar unos puntos referente a su muerte y detención.

Ella era casada y tenia dos hijos, además fue detenida por carabineros de la tenencia Villa Macul, lugar de donde la trasladaron al Estadio Nacional para ser fusilada y torturada. Carabineros antes de trasladarla al Estadio le robarón todas sus pertenencias personales (muchas joyas valiosas), En la página aparece " al parecer fue trasladada al Estadio Nacional", ella efectivamente fue trasladada al Estadio Nacional, torturada y fusilada en dicho lugar, su cuerpo estaba ireconocible producto de las torturas y golpes, su nombre aparecia en la lista de fusilados del Estadio Nacional, no en el Instituto Médico Legal.

Les rogaría modificar información.
Un abrazo fraterno

Carolina Díaz Carrasco