Venegas Lazzaro Claudio santiago


MEMORIALES.CL

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Rut : 7.254.242-8

Fecha Detención : 10-09-1974
Lugar Detención : Santiago


Fecha Nacimiento : 26-10-1956 Edad : 17

Lugar Nacimiento : Santiago

Actividad Política : Partido Socialista (PS)
Actividad : Estudiante Secundario

Estado Civil e Hijos : Soltero
Nacionalidad : chilena


Relatos de Los Hechos

Fuente :Vicarìa de la Solidaridad

Categoría : Antecedentes del Caso

Rut       : 7.254.242-8, Santiago

F.Nacim. : 26-10-56, 17 años a la fecha de su detención

Domicilio : Portugal 1279, Santiago

E.Civil  : Soltero

Actividad : Estudiante Secundario

C.Repres. : Militante del Partido Socialista

F.Detenc. : 10 de septiembre de 1974

SITUACION REPRESIVA

Claudio Venegas Lazzaro, menor de 17 años que cursaba el 3° Medio en la jornada vespertina del Liceo José Victorino Lastarria a la vez que trabajaba como auxiliar en un supermercado, militante socialista, fue detenido por efectivos de la DINA el día 10 de septiembre, después de las 20:30 horas, presumiblemente en las cercanías de su domicilio. En efecto, ese día salió de su casa a las 16:30 horas y se dirigió al domicilio de su tío Santiago Lazzaro, ubicado en el Pasaje Fernández Concha, 6° piso, Departamento 606, desde donde se retiró a las 20:30 horas, sin regresar a su hogar.

Dos días después, el 12 de septiembre, en horas del mediodía, concurrieron a su domicilio dos civiles que se identificaron verbalmente como funcionarios de Investigaciones y preguntaron por la madre de Claudio Venegas, a quien le manifestaron que iban a allanar la casa en búsqueda de "libros marxistas". Luego de un somero registro, que duró media hora, se retiraron llevándose los lentes que usaba el joven. Antes de marcharse le dijeron a su madre, María Luisa Lazzaro, que el menor se encontraba en Investigaciones y que no era necesario llevarle ropas ni alimentos, pues tenía de todo.

Al salir, ella se dio cuenta que los agentes se movilizaban en un automóvil nuevo color celeste turquesa, el que se detuvo frente al N°1498 de la misma calle Portugal, donde detuvieron al joven Juan Carlos González. La hermana de éste alcanzó a ver la patente del vehículo, DC 22.

El arresto y posterior desaparición de Claudio Venegas Lazzaro, se enmarca en un operativo de la DINA destinado a desarmar una estructura del Partido Socialista de la 10a. Comuna, que culminó con la detención de un grupo de militantes. El primero de ellos fue precisamente el joven afectado, luego, el día 11 -cuando se cumplía el primer aniversario del Golpe Militar- lo fueron Víctor Olea Alegría y Leonardo Rivas Balmaceda, el día 12 siguieron con Juan Carlos González Sandoval y el 14 con Bernardo De Castro López, Agustín Holgado Bloch, Luis Olivares Toro, Luis Ahumada y su cónyuge que fue liberada el mismo día. El 16 continuaron con Mario Carrasco y, días después, el 23 de septiembre, fueron detenidos Juan Luis Tapia y el ciudadano español avecindado en Chile, Helios Figuerola Pujol, quien debió entregarse al ser detenida su madre Clara Pujol. Finalmente, el 24 de ese mes fue detenido Eduardo Aliste González a quien los agentes esperaron en su casa desde el día anterior. De todo este grupo, Olea, Carrasco, Aliste, De Castro y Venegas permanecen desaparecidos y el resto recobró su libertad en distintas fechas, siendo casi todos expulsados del país.

            Cuando fueron a detener a Eduardo Aliste, a Juan Luis Tapia y a Helios Figuerola, los agentes llevaban a Claudio Venegas. Los familiares de Aliste señalaron que el joven se veía físicamente mal. Algo similar relataron Tapia y Figuerola después de ser liberado. El grupo de detenidos entre los que se cuenta la víctima, fueron conducidos primero al Cuartel Central de Investigaciones, donde los interrogaron y ficharon y el día 16 de septiembre, fueron trasladados con la vista vendada, en una camioneta Chevrolet C-10 hasta el recinto de interrogatorios de la DINA conocido como "Venda Sexy", que correspondía a una casa ubicada en calle Irán 3037, esquina de Los Plátanos en la comuna de Macul, donde fueron ubicados en una misma pieza.

            Después llegaron también a este recinto Juan Luis Tapia, Helios Figuerola. En este lugar fueron interrogados y torturados. Según relato de Agustín Holgado, quienes más sufrieron sistemáticamente tormentos y se veían más afectados eran Víctor Olea, Mario Carrasco y el joven Claudio Venegas, todos ellos desaparecidos.

            Entre los agentes de la DINA que fueron reconocidos participando en estos operativos se encuentra Osvaldo Romo Mena más conocido como el "Guatón Romo". Por otro lado, los vehículos que se repitieron en los domicilios de los afectados fueron un auto verdoso, el automóvil Chevy Nova color celeste turquesa patente DC 22 que fue a la casa de Venegas y una camioneta Chevrolet C-10 color rojo. Según se estableció en el proceso que investigó la desaparición de Venegas, la placa DC 22 correspondía a un auto Chevy color negro de la Dirección de Investigaciones, a cargo del Departamento de Informaciones.

El 25 de septiembre, fueron llevados al Campamento 4 Alamos, también bajo tuición de la DINA, donde los ubicaron en piezas separadas. Entre el 28 y el 30 del mismo mes los pasaron en libre plática a Tres Alamos, excepto a los cinco detenidos que se encuentran desaparecidos, entre ellos Claudio Venegas.

Según Agustín Holgado, supo que sus compañeros que quedaron en 4 Alamos permanecían allí hasta mediados de octubre de 1974, fecha desde la cual dejó de tener noticias.

 Otro de los detenidos en el mismo grupo, Juan Carlos González, contó cuando ya se encontraba en libre plática en Tres Alamos, el 10 de octubre, que su joven amigo permanecía incomunicado en Cuatro Alamos.

            También lo vio allí Roberto Hernán Maturana Silva, que estuvo en Cuatro Alamos hasta el 19 de octubre de 1974. Maturana, señala que el joven se encontraba en mal estado físico y lloraba constantemente.

Claudio Venegas era hijo único y vivía solo con su madre, quien acudía permanentemente a Tres Alamos con la esperanza de saber algo de él. Un día de noviembre de 1974 ella creyó reconocer al joven como la persona que llevaban al interior de una ambulancia que salió del recinto, lo que le provocó un desmayo.

La señora Lazzaro envió cartas a distintas autoridades, una de cuyas respuestas, la del ex Secretario General de Gobierno Coronel Pedro Ewing Hodar, señala que, aún cuando ella exprese que su hijo era un buen muchacho, lo que muchas madres decían, éstos habían resultado ser en realidad extremistas y habían aparecido después en actividades clandestinas, en otros países o simplemente se encontraban escondidos. Agrega que él se inclinaba a pensar que su hijo estaba comprometido en otras actividades y estaría oculto o fuera de Chile.

Pese a todas las gestiones realizadas para tratar de ubicar a Claudio Venegas Lazzaro -menor de edad- éste permanece desaparecido desde que fuera detenido por agentes de la DINA, presumiblemente en la vía pública, el 10 de septiembre de 1974. Cabe agregar que el afectado estaba siendo tratado por una reacción depresiva y crisis de adolescencia prolongada.         

GESTIONES JUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS

  El 17 de septiembre de 1974 se interpuso un recurso de amparo ante la Corte de Apelaciones de Santiago, rol 112-74.

La Prefectura de Investigaciones informó que no se encontraba detenido en sus dependencias, ni lo había estado con anterioridad.

 Tanto el Ministro del Interior, como el de Defensa también respondieron negativamente respecto de la detención del afectado o de la existencia de alguna orden que lo afectara.

    El 31 de marzo de 1975, seis meses después que fuera presentado, la Corte rechazó el amparo en favor del joven, sin considerar los testimonios de los prisioneros que daban cuenta que el afectado se encontraba incomunicado en Cuatro Alamos.    En tanto, su madre presentó el 2 de octubre de 1974 una denuncia por presunta desgracia ante el 4° Juzgado del Crimen de Santiago, rol 106.223.

    En las indagaciones realizadas por la policía civil, se pudo establecer que la patente del vehículo que concurrió a su domicilio dos días después que fuera detenido, correspondía a un auto Chevy color negro de propiedad de la Dirección de Investigaciones, a cargo del Departamento de Informaciones. Sin embargo, en este Departamento no habían antecedentes del afectado.

            Nuevamente el Ministerio del Interior respondió de manera negativa respecto de la detención de Venegas. De igual forma contestó la Dirección de Inteligencia Nacional, DINA.

  Con estos antecedentes, el 8 de noviembre de 1975, se cerró el sumario y se dictó sobreseimiento temporal de la causa por no encontrarse acreditado el delito, resolución que fue aprobada por la Corte de Apelaciones de Santiago el 18 de diciembre del mismo año.

    El 22 de agosto de 1978 se solicitó la reapertura del sumario, para lo cual se entregaron nuevos antecedentes consistentes en la individualización de testigos que estuvieron con la víctima en Cuatro Alamos.

   A pesar de prestar declaraciones ante el Tribunal la hermana de Eduardo Aliste, y la madre de Helios Figuerola Pujol, que vieron al afectado cuando los agentes fueron a detener a sus familiares, el Juez consideró que no se habían allegado nuevos antecedentes que justificaran una reapertura del sumario y ordenó archivar nuevamente la causa.

            El 9 de agosto de 1979 se interpuso una querella por secuestro del menor en contra de Osvaldo Romo y demás miembros de la DINA que resultaren responsables, ante el Ministro en Visita Servando Jordán López, nominado por la Corte de Apelaciones de Santiago para investigar las causas por desaparición de personas detenidas por los servicios de seguridad.

            El 19 de octubre del mismo año el Ministro Jordán le dio curso a la querella y la acumuló a la causa que se había archivado en el 4° Juzgado, continuando con la investigación.

            Ante el Ministro declararon familiares de Aliste y de Juan Luis Tapia, a través de cuyos testimonios se estableció que el joven Claudio Venegas había sido llevado a los respectivos domicilios cuando detuvieron a sus parientes. Todos lo vieron en mal estado físico.

            Pese a estos testimonios, las autoridades negaron sistemáticamente el arresto del joven y en enero de 1980, el entonces Ministro del Interior, Sergio Fernández Fernández, informó al Ministro Jordán que la CNI no tenía antecedentes de la víctima ni de Olea, Carrasco ni Aliste, en cambio sí los tenía de Juan Luis Tapia y Helios Figuerola. Cabe señalar que el Ministro Fernández dio como fecha del Decreto que ordenó la detención de Pujol el 29 de octubre de 1974, siendo que ésta se llevó a cabo el 23 de septiembre de ese año.

            Ante el Tribunal declaró también el Jefe del Campamento de 4 Alamos, en esa fecha Orlando José Manzo Durán, quien señaló que "podía o no" haber permanecido recluido en ese recinto Claudio Venegas, ya que no reconoce su fisonomía en la foto que le muestra el Tribunal. Agregó que pudo haber estado con nombre supuesto.

            El 21 de abril de 1980, el Ministro Jordán, con el mérito de la causa, del Cuaderno de su Visita y lo resuelto en la querella contra el ex Director de la DINA y otros Oficiales de ese organismo seguida en la 2a. Fiscalía Militar de Santiago con el rol 553-78, se declaró incompetente y envió los antecedentes al 2° Juzgado Militar. Esta resolución fue apelada, recurso que no fue concedido. El 12 de junio de 1980 el Juez Militar aceptó la competencia y le asignó el rol 410-80 en la 1a. Fiscalía Militar.

            Se solicitó al Tribunal Militar que indagara sobre el agente de la DINA Osvaldo Romo, su domicilio y las patentes de los vehículos que se habían individualizado.

  El Fiscal ordenó a Investigaciones concurriera al domicilio que registraba Romo en calle Los Limoneros, donde señalaron que allí no vivía ni lo conocían, pero las cuentas de consumo del inmueble estaban con su nombre.

  Por otro lado, el Fiscal consideró inconducente una solicitud de citar a declarar al Sargento de Carabineros que cumplió una diligencia -en otra causa- de entregar una citación a Romo. Este carabinero concurrió para estos efectos al mismo domicilio de calle Los Limoneros, donde ubicó al agente, quien le respondió que no se presentaría al Tribunal ya que a él debía citársele por intermedio del Servicio de Inteligencia Militar al cual pertenecía.

 Nuevamente el Ministro Sergio Fernández respondió que la CNI, sucesora de la DINA, no registraba antecedentes de Venegas. En igual sentido informaron los Directores de los Servicios de Inteligencia del Ejército, la FACH y Carabineros.

 El 7 de octubre de 1981 el Fiscal cerró el sumario y emitió su dictamen solicitando que el proceso fuera sobreseído temporalmente por no encontrarse acreditado el delito. Para fundamentar esta solicitud sólo se basó en las respuestas negativas del Ministro del Interior y de los Directores de Inteligencia de las Fuerzas Armadas desechando los demás antecedentes reunidos a lo largo de los años.

El 13 del mismo mes, el Juez Militar acogió el Dictamen y decretó el sobreseimiento temporal, por considerar que no estaba acreditado el delito ni que los presuntos autores fueran personal de las Fuerzas Armadas.

 Esta resolución fue apelada, pero el 25 de noviembre del mismo año la Corte Marcial aprobó el fallo emitido.

El 16 de octubre de 1989, el Fiscal General Militar Enrique Ibarra Chamorro, se hizo parte en el proceso solicitando su reapertura y la aplicación del Decreto Ley de Amnistía 2191, dictado en abril de 1978 por la Junta Militar y, en consecuencia, se decretara el sobreseimiento total y definitivo de la causa.

El Fiscal Ibarra solicitó lo mismo en otras causas que se encontraban sobreseídas temporalmente por la Justicia Militar, relacionadas con investigaciones de detenidos desaparecidos.

 El Juez Militar, Carlos Parera Silva, acogió esta solicitud y el 30 de octubre del mismo año dictó el sobreseimiento definitivo en virtud de dicho Decreto Ley que amnistiaba a los que resultaren culpables de estas desapariciones.

 Esta resolución fue apelada y el 28 de noviembre de 1991 fue confirmada su sobreseimiento definitivo por el DL 2.191 (Amnistía).

 En noviembre de 1992 fue detenido el ex agente de la DINA Osvaldo Romo Mena, después de haber sido expulsado de Brasil. En julio de ese año fue ubicado en el marco de varias diligencias decretadas por la jueza Gloria Olivares del 3er. Juzgado del Crimen de Santiago, en la causa por el desaparecimiento de Alfonso Chanfreau Oyarce. Romo residía en Brasil desde fines de 1975, a ese país se había dirigido por instrucciones de la DINA ante las reiteradas citaciones que estaba recibiendo en causas por detenidos desaparecidos. El organismo de seguridad le proporcionó documentos de identidad falsa para él y su grupo familiar; el nuevo nombre del agente era Osvaldo Andrés Henríquez Mena. A raíz de su localización en julio de 1992 las autoridades brasileras decretaron primero su prisión y luego la expulsión del país. Romo, desde su llegada a Chile, ha sido interrogado en varias causas por detenidos desaparecidos y en 6 de ellas ha sido encargado reo. Lamentablemente en la causa de Claudio Venegas Lazzaro no podía ser citado, ya que lo impide el sobreseimiento por Ley de Amnistía. Sólo resta esperar que el agente Romo diga en otra causa lo que sabe de este detenido desaparecido.


Suprema confirma condena contra agentes de la DINA por delito de sustracción de menores

Fuente : amp.24horas.cl 13/12/2016

Categoría : Prensa

Siete agentes fueron condenados por la desaparición de CLAUDIO VENEGAS LAZZARO , detenido el 10 de septiembre de 1974.

Este martes la Corte Suprema rechazó el recurso de casación y confirmó la sentencia que condena a siete agentes de la DINA por la participación en el delito de sustracción cometido el 10 de septiembre de 1974 en contra de Claudio Venegas Lazzaro.

La Corte Suprema en un fallo dividido confirmó la condena a 5 años de presidio sin beneficios a los agentes César Manríquez Bravo, Raúl Iturriaga Neumann, Gerardo Urrich González, Alejandro Molina Cisternas y Risiere Altez España.

egún los antecedentes recabados por el ministro en visita Mario Carroza, el 10 de septiembre de 1974 Claudio Venegas caminaba junto a Luis Toro por el centro de Santiago, instancia en que son detenidos sin existir orden alguna.

Posteriormente son llevados al Cuartel Central de Investigaciones de Chile donde fueron interrogados y los mantuvieron hasta el 16 de septiembre.

Junto a otros miembros del Partido Socialista son trasladados por agentes de la DINA hasta un centro clandestino de detención ubicado en la comuna de Macul, donde se les mantuvo privados de libertad y fueron sometidos a diversas torturas hasta que se les pierde el rastro y hasta ahora se ignora su paradero.


Corte de Santiago eleva las penas a dos agentes de la DINA por el secuestro de menor.

Fuente :diarioconstitucional.cl 21 de abril de 2016

Categoría : Prensa

La Corte de Apelaciones de Santiago elevó las penas que deben purgar dos agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad en el delito de sustracción del menor Claudio Venegas Lazzaro –de 16 años de edad al momento de los hechos–, ilícito perpetrado a partir del 10 de septiembre de 1974, en Santiago.

En fallo unánime (causa rol 1010-2015), la Quinta Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Juan Manuel Muñoz Pardo, Miguel Vázquez y Javiera González–, rechazó el recurso de casación en la forma interpuesto por la defensa del sentenciado César Manríquez Bravo, en contra de la sentencia de primera instancia, dictada el 9 de marzo de 2015.

Al confirmar el fallo impugnado, la Quinta Sala lo hace "con declaración que se eleva a cuatro años de presidio menor en su grado máximo, a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, las penas que se imponen a Manuel de la Cruz Rivas Díaz y a Hugo del Tránsito Hernández Valle, como autores del delito de sustracción del menor CLAUDIO VENEGAS LAZZARO  , cometido en el mes de septiembre del año 1974".

Manteniendo las condenas de 5 años de presidio para los agentes: César Manríquez Bravo, Raúl Iturriaga Neumann, Gerardo Urrich González, Alejandro Molina Cisternas y Risiere Altez España.

En la etapa de investigación, el ministro en visita Mario Carroza dio por acreditada la siguiente secuencia de hechos:

"El día 10 de septiembre de 1974, en circunstancias que Claudio Santiago Venegas Lazzaro caminaba junto a Luis Alberto Olivares Toro por el centro de Santiago, ambos militantes del Partido Socialista, fueron privados de libertad, sin existir orden emanada de autoridad legítima y competente que la justificase, por sujetos que vestidos de civil los condujeron hasta el Cuartel Central de Investigaciones de Chile donde fueron interrogados y les mantuvieron hasta el día 16 de septiembre de 1974, oportunidad en que junto con otros siete militantes de una cédula encubierta del Partido Socialista, son retirados por un funcionario de Carabineros, quien actuando por la Dirección de Inteligencia Nacional –DINA– firmó la correspondiente acta de entrega de detenidos y les trasladó hasta un centro clandestino de detención, ubicado en calle Irán Nº3037, esquina Los Plátanos, de la actual comuna de Macul, conocido como "Venda Sexy" o "Discoteque" –por los vejámenes sexuales que allí se cometían o por encontrarse permanentemente con música de alto volumen–, recinto donde además de privárseles de libertad de forma ilegítima, fueron sometidos a interrogatorios y tortura, y en algunas oportunidades trasladados para recuperarlos hasta los centro de detención "Tres y Cuatro Álamos" y una vez recobrados, devueltos al centro de detención "Venda Sexy" para continuar con las interpelaciones, en fechas indeterminadas, desde ese momento se ignora el paradero de Venegas Lazzaro".


Confirman condenas a agentes de Pinochet por la desaparición de un joven de 16 años

Fuente :quepasamedia.com 12/12/2016

Categoría : Prensa

Santiago de Chile, 13 dic (EFE).- La Corte Suprema de Chile confirmó hoy en un fallo definitivo penas de prisión a siete agentes de Augusto Pinochet por la desaparición de un adolescente de 16 años detenido por la DINA, la policía secreta de la dictadura, ocurrida en septiembre de 1974, informaron fuentes judiciales .CLAUDIO VENEGAS LAZZARO, un estudiante de secundaria miembro de la Juventud del Partido Socialista y trabajador a tiempo parcial en un supermercado, fue detenido en el marco de una ofensiva de la DINA contra esa colectividad política, según se estableció en el juicio.

También se estableció, por testimonios de prisioneros supervivientes, que Venegas y otros opositores a Pinochet detenidos en la misma fecha fueron mantenidos seis días en un cuartel de las Policía de Investigaciones y después llevados a un cuartel de la DINA conocido como “la Venda Sexy”, por las vejaciones sexuales a que eran sometidos los presos y presas.

Con ese fundamento, el máximo tribunal chileno rechazó un recurso de casación presentado por la defensa de los agentes y un fallo dividido, condenó a cinco años de prisión a los generales retirados César Manríquez Bravo y Raúl Iturriaga Neumann, al excoronel Gerardo Urrich González y a los exoficiales Alejandro Molina Cisternas y Risiere Altez España.

En tanto, los exagentes Manuel Rivas Díaz y Hugo Hernández Valle deberán cumplir cuatro años de cárcel, según el dictamen, que ratificó lo obrado en primera instancia por el juez especial Mario Carroza.Durante la dictadura de Augusto Pinochet, según cifras oficiales, unos 3.200 chilenos murieron a manos de agentes del Estado, de los que 1.192 figuran aún como detenidos desaparecidos.


Confirman penas de 15 años de cárcel a agentes de la DINA por tres secuestros en "La Venda Sexy"

Fuente :T13.CL 22/02/2017

Categoría : Prensa

Raúl Iturriaga Neumann, Risiere Altez España, Hugo Hernández Valle y Gerardo Urrich González fueron condenados por las desapariciones de Eduardo Aliste, Gerardo Silva y María Eugenia Martínez. Mientras que a Manuel Carevic Cubillos se le rebajó la condena a cinco años y un día.

La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a cinco ex agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por el secuestro calificado de Eduardo Aliste González, Gerardo Silva Zaldívar y María Eugenia Martínez Hernández, en 1974.

En fallo dividido, la Cuarta Sala del tribunal de alzada confirmó las penas de 15 años y un día de presidio para Raúl Iturriaga Neumann, Risiere Altez España, Hugo Hernández Valle y Gerardo Urrich González, mientras que a Manuel Carevic Cubillos se le rebajó la sentencia a 5 años y un día.

Todos los involucrados cumplen condenas por otros crímenes de lesa humanidad. 

A Iturriaga se le revocó en octubre la libertad condicional por considerársele un "peligro para la sociedad"; Altez se encontraba en Punta Peuco, desde donde en enero fue trasladado al hospital penitenciario; Hernández fue condenado en diciembre a cuatro años por la desaparición del joven socialista de 16 años CLAUDIO VENEGAS LAZZARO , caso por el que Iturriaga, Urrich y Altez recibieron cinco años.

Los ilícitos se produjeron en el recinto denominado "Venda Sexy" o "La Discotheque", ubicado en calle Irán 3037, en Macul, que era utilizado por la DINA como centro secreto de detención y tortura.

Aliste González desapareció tras ser detenido el 24 de septiembre de 1974, mientras que no se tiene rastro de Silva Saldívar desde el 10 de diciembre del mismo año.

En tanto, Martínez Hernández, vinculada al Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) fue trasladada desde su trabajo al centro de detención el 24 de octubre. A mediados de noviembre fue vista en otros recintos de reclusión clandestinos, tras lo que no se tienen noticias de su paradero.

La sentencia incluye la condena al Fisco a pagar indemnizaciones por un total de $ 350 millones a familiares de las víctimas.