Lara Rojas Fernando Antonio


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Rut : 6.175.429-6

Fecha Detención : 07-05-1976
Lugar Detención : Santiago


Fecha Nacimiento : 12-03-1949 Edad : 27

Lugar Nacimiento : Maule

Actividad Política : Partido Comunista (PC)
Actividad : Técnico Agrícola

Estado Civil e Hijos : Soltero
Nacionalidad : chilena


Relatos de Los Hechos

Categoría : Antecedentes del Caso

 

Rut       : 6.175.429 (168.811, Talca)

F.Nacim. : 12-03-49, 27 años a la fecha de su detención

Domicilio : Sara Gajardo 921, Block 55, Depto 21, Población Juan Antonio Ríos

E.Civil  : Soltero

Actividad : Técnico Agrícola

C.Repres. : Partido Comunista; Dirigente Regional

F.Detenc. : 7 de mayo de 1976

 

     SITUACION REPRESIVA

            Fernando Antonio Lara Rojas, soltero, técnico agrícola, militante del Partido Comunista, fue detenido el 7 de mayo de 1976, sin testigos, en la vía pública, como a las 11:00 de la mañana, por agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), organismo que en esa fecha realizaba vastos operativos contra el Partido Comunista.

            Todos los antecedentes previos a la detención indican que la DINA desde hacía, a lo menos un año antes, andaba tras las huellas del afectado. El 11 de mayo de 1975 sus agentes habían montado una verdadera "ratonera" en el domicilio que Fernando Antonio y sus hermanas, Lidia y Carmen Lara, ocupaban en Talca. Ubicado en calle Ocho Sur Nº 1970, donde les arrendaba una pieza. Hasta allí, a las 16:00 horas de ese 11 de mayo, llegaron varios civiles armados que se identificaron como detectives de Santiago ante la dueña de la casa. Uno de ellos -alto, macizo y cara grande- preguntó por Fernando Antonio Lara, a quien le decían "Feña". Informaron buscar al afectado por ser el "jefe de la resistencia contra el Gobierno". Como la víctima no se encontraba, los agentes se retiraron. Sin embargo, retornaron horas más tarde, a las 22:00 horas. En esta oportunidad hicieron un verdadero operativo: coparon la manzana con vehículos y agentes y tres de ellos, armados con metralletas, se introdujeron en el domicilio, procediendo a allanarlo.

            Al no presentarse Fernando Antonio esa noche, ni en las siguientes -posiblemente alertado de la presencia de los agentes de la DINA- éstos se quedaron en el domicilio durante tres noches y dos días, rotándose cada 3 ó 4 horas, comunicándose con el exterior a través de walkie-talkies y ejerciendo un absoluto control y vigilancia sobre los moradores de la casa, especialmente sobre las hermanas del afectado, las que ni siquiera podían ir al baño solas, permaneciendo en calidad de detenidas. En total, Lidia Lara calcula que pasaron unos 30 funcionarios de la DINA, en los distintos turnos, por la casa.

            Por conversaciones, los testigos dedujeron que los agentes provenían de Santiago, especialmente cuando manifestaban que estaban esperando "órdenes de la capital para abandonar el lugar". La persona que hacía de Jefe era de unos 45 años, pelo negro ondulado, mediana estatura, bigotes gruesos, contextura también gruesa, que vestía terno azul-marino. Otro de los sujetos era una persona de aproximadamente 35 años, tez clara, pelo corto, alto y corpulento, gafas oscuras y vestido con un ambo gris oscuro. Este expresó en una oportunidad al que hacía de jefe que "ya había comunicación con la central". Un tercer agente se distinguía por su mal genio, a diferencia de los anteriores que se caracterizaban por su mutismo y parquedad, y hacía ver su descontento con los familiares del afectado, impidiéndoles incluso que fueran al baño. Este era un tipo de tez morena, ojos chicos negros, saltones, mediana estatura, contextura mediana, pelo negro largo, usaba un ambo café oscuro y tenía alrededor de 40 años.

            Además, se encontraba entre los agentes el Cabo de Carabineros Nelson Antonio Morales Soto -reconocido por testigos por ser ex Jefe del Retén de Duao (localidad ubicada en el interior de Talca, hacia la cordillera)- quien andaba de civil. En declaraciones prestadas ante el Ministro en Visita Servando Jordán, en agosto de 1979, Nelson Antonio Morales reconoció que efectivamente en 1975, y hasta abril de 1979, se desempeñó en la DINA de Talca, agregando que había participado en el allanamiento del domicilio de Fernando Antonio Lara Rojas. Existía -según lo señaló el agente ante el Tribunal- orden de aprehensión en su contra. Reconoció también -hecho denunciado por Lidia Lara- que se había presentado buscando a la víctima, en el domicilio de los padres de Fernando Antonio, ubicado en Chequén, localidad cercana a Duao, en donde fue reconocido por otra hermana del afectado, Rosario Lara.

            El hecho de que Fernando Antonio estuviese siendo buscado desde un año antes de su detención por la DINA, se comprobó judicialmente cuando la Prefectura de Investigaciones de Talca informó al Tribunal que en dicha Prefectura estaba registrada una petición de la DINA de Colchagua, de fecha 26 de mayo de 1975, encargando la ubicación y detención de Fernando Antonio Lara Rojas, quien se "fugó durante un operativo efectuado en Talca por efectivos del Regimiento Local", (enero de 1978).

            Como resultado de estos hechos, el afectado viajó a Santiago el 13 de mayo de 1975. Lidia Lara recibió un telegrama del afectado, dos días antes de que fuera aprehendido.

            Su detención y desaparecimiento, se inscribió en una intensa actividad de la DINA en contra del Partido Comunista -miembros de su Comité Central, dirigentes de distintas e importantes estructuras partidarias, enlaces y militantes- ocurrida en el mes de mayo de 1976. En esa época, entre otros, fueron detenidos altos dirigentes del Partido Comunista, muchos de los cuales, incluyendo al afectado, permanecen en calidad de detenidos- desaparecidos. Entre el 3 y el 7 de mayo ya había 7 detenidos desaparecidos.

            En relación a estos sucesos, la Dirección Nacional de Comunicación Social (DINACOS)- organismo oficial del Gobierno- en declaraciones públicas emitidas en julio de 1976, informó que los Servicios de Inteligencia estaban en conocimiento de que el Partido Comunista iba a efectuar distintas acciones políticas. Por ese motivo se había resuelto, decía el comunicado, "actuar contra las casas-buzón (32 en total en Santiago) que este Partido mantiene para el enlace entre la Comisión Política y los diferentes regionales". Se agregaba que "en las casas-buzón fueron detenidos aquellos miembros del Partido Comunista clandestino que se dedican a este tipo de enlace". En un segundo comunicado, DINACOS informaba que el Gobierno había estimado adecuado "entregar sólo una parte de los abundantes antecedentes…debiendo reservarse, por razones obvias, todos aquellos que afectan la investigación en curso, referida a la acción subversiva del Partido Comunista". Por último, se afirmaba oficialmente que en dicho operativo "fue detenido un grupo importante de dirigentes comunistas clandestinos".

            Por su parte, la prensa de la época (revista "Qué Pasa" del 12 de agosto de 1976) informó que, según lo declaró el Gobierno, se habían desbaratado 32 casas-buzón en un operativo realizado en el mes de mayo (1976) en contra de los comunistas. En el artículo periodístico se informaba de la detención de militantes de ese partido, dándose los nombres, entre otros, de Bernardo Araya, Uldarico Donaire y Víctor Díaz, los que permanecen hasta hoy como detenidos-desaparecidos.

 

   GESTIONES JUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS

            El 13 de mayo de 1976 se presentó un recurso de amparo por el afectado ante la Corte de Apelaciones de Santiago, la que roló con el Nº 395-76. Consultadas las autoridades y sólo dos días más tarde, el Ministerio del Interior respondió que Fernando Antonio Lara no se encontraba detenido por orden de esa Secretaría de Estado. El 4 de junio del mismo año, el Ministro del Interior y General de División, Raúl Benavides Escobar, reiteró el Oficio al Tribunal exactamente en los mismos términos. Por su parte, la DINA ofició diciendo que cualquier consulta debía ser remitida al Ministro del Interior, (25 de junio de 1976). El 5 de julio, la Corte rechazó el amparo y ordenó remitir los antecedentes al Juzgado del Crimen correspondiente, sin que se hubiese realizado otra diligencia. Se apeló de la resolución y la Corte Suprema confirmó el fallo el 12 de julio del mismo año.

            Como consecuencia, el Tercer Juzgado del Crimen de Santiago instruyó la causa rol Nº 122.019-9, por presunta desgracia de la víctima, el 3 de agosto de 1976. Un año después de iniciado el proceso, agosto de 1977, y sin que la investigación hubiese tenido avances, tanto la Secretaría Nacional de Detenidos (SENDET), a través de su Secretario Ejecutivo, teniente Coronel Sergio Guarategua Peña, como el Ministro del Interior Benavides, informaron al Tribunal carecer de antecedentes relativos al afectado. El General Benavides agregaba que la Central Nacional de Informaciones (CNI) tampoco tenía antecedentes al respecto.

            Por su parte, el Coronel de Aviación Jaime Lavín Rojas, Director General del Ministerio de Relaciones Exteriores, oficiaba informando que Fernando Antonio Lara no había salido del país por vía del asilo (octubre de 1977). El 27 de octubre de 1977, la parte querellante solicitó al Tribunal que, por medio de exhortos, averiguara en Talca si existía alguna orden de detención o encargo en contra de Fernando Antonio Lara Rojas. El 12 de enero de 1978, la Prefectura de Investigaciones de Talca informó que efectivamente la DINA de Colchagua, a través del radiograma 639/8, había encargado a dicha Prefectura, el 26 de mayo de 1975, la ubicación y detención de la víctima, impidiéndosele la salida del país; consignado además "Filiación Política Comunista. Esta persona se fugó durante operativo efectuado en Talca por efectivos Regimiento Local".

            El 24 de agosto de 1978, Lidia Lara interpuso querella criminal por el delito de secuestro, en contra de los agentes de la DINA que practicaron dicho delito, adjuntándose a la presentación fotocopias de las declaraciones de DINACOS de fecha 14 y 17 de julio de 1976 y denunciando la llamada "batida contra los comunistas". Para darle lugar, el Juez solicitó la identificación de los querellados (agentes de la DINA). Lidia Lara hubo de responder al Tribunal que "es de conocimiento público que los efectivos de la DINA actúan y han actuado siempre ocultando sus identidades reales, e incluso trastocan los rasgos físicos que les son propios". La hermana de la víctima agregaba que "lo normal y corriente en la actuación de estos sujetos será su falta de identificación precisa, pues operan sobre seguro". "Esta querellante- decía Lidia Lara- ignora las identidades y rasgos de las personas que secuestraron a Fernando Antonio Lara, el 7 de mayo de 1976. Sin embargo, tiene fundadas presunciones de que estos aprehensores fueron los sujetos que el 11 de mayo de 1975 permanecieron por espacio de tres noches y dos días en el interior de su casa en la ciudad de Talca".

            El Tribunal con fecha 6 de septiembre de 1978 dictaminó "estése a lo resuelto", es decir que la Jueza del 3er. Juzgado del Crimen de Santiago, doña Carmen Canales Lavín, mantenía su posición en orden a que la parte querellante debía previamente identificar a los agentes de la DINA, que secuestraron a la víctima. Esta medida significó una apelación ante la Corte de Apelaciones de Santiago, la que revocó el fallo el 31 de enero de 1979, ordenándole al Juez admitir a tramitación y proveer como corresponde las peticiones de la querellante. De esta manera, la querella comenzó a tramitarse el 1° de febrero de 1979. El 15 de junio de ese mismo año, el Ministro en Visita Servando Jordán López, designado como tal por la Corte Suprema para investigar los casos de detenidos-desaparecidos denunciados en Santiago, (marzo de 1979), asumió la investigación relativa al desaparecimiento de Fernando Antonio Lara Rojas.

            Durante la tramitación de la Visita, se individualizó al carabinero Nelson Antonio Morales Soto, el que, el 23 de agosto de 1979, reconoció haber pertenecido a la DINA y su participación en la ocupación del domicilio del afectado, señalando además que la orden que tenían era de detener al afectado por pertenecer al Partido Comunista y ser activista.

            El 24 de septiembre de 1979, se cerró el sumario y el 2 de octubre del mismo año se sobreseyó temporalmente la causa, atendido que "no se encuentra completamente justificada la perpetración de un hecho delictivo, con motivo de la querella". La Corte de Apelaciones aprobó la resolución, el 5 de noviembre de 1979, después de que el Fiscal señalara en su dictamen "la suerte de las diligencias dispuestas por la Justicia a fin de ubicar al desaparecido y, según su hermana Lidia Lara, secuestrado Fernando Antonio Lara Rojas, ha sido la misma: se ha fracasado y los Tribunales no han podido entregar una respuesta a quien, obviamente seguirá reclamando la presencia de su hermano".

            Su familia, junto a las acciones judiciales, realizó innumerables gestiones y consultas administrativas sin obtener resultados que permitieran conocer el destino final de Fernando Antonio Lara Rojas.

           


Justicia talquina confirmó reparación a hermanos de detenido desaparecido

Fuente :diariotalca.cl 18/03/2022

Categoría : Prensa

Corte de Apelaciones ratificó dictamen del Primer Juzgado de Letras de Talca, rechazando acciones legales del CDE que buscaban la prescripción de la demanda de indemnización por daño moral 

¿Cuál fue la decisión de la justicia?

En fallo unánime, la tercera sala de la Corte de Apelaciones de Talca confirmó el derecho de los hermanos de una víctima de violaciones a los derechos humanos para obtener reparación económica por el daño moral sufrido tras el secuestro y posterior desaparición de dicha persona. Se trata de Fernando Antonio Lara Rojas, técnico agrícola de militancia en el Partido Comunista que fue detenido el 7 de mayo de 1976.

¿Cómo ocurrió la detención?

Según consigna el informe de la Comisión de Verdad y Reconciliación, los hechosm ocurrieron cuando «eses antes, agentes de seguridad habían montado una ratonera en la casa que el afectado compartía con sus hermanas en la ciudad de Talca, sin que lograran detenerlo en esa ocasión. En el proceso a que dio lugar la detención de Fernando Lara, el tribunal ofició a Investigaciones para que remitieran su ficha política, comprobando que su detención se había ordenado en 1975 por la DINA de Colchagua».

¿Cuál es la conclusión de la Comisión Rettig respecto al caso de Fernando Lara?

«La Comisión está convencida de que su desaparición fue obra de Agentes del
Estado, quienes violaron así sus derechos humanos».

¿Quién era la víctima?

Fernando Lara Rojas, de 27 años de edad, era soltero, integraba una familia de diez hermanos y padre de una hija. De profesión técnico agrícola, era dirigente regional del Partido Comunista (PC).

¿Qué estableció la justicia en primera instancia?

El caso fue ingresado al Primer Juzgado de Letras de Talca a través de una demanda civil presentada el año 2018 por los hermanos de la víctima, con patrocinio del abogado, Fernando Leal. Al año siguiente, el juez, Gerardo Bernales, dictó sentencia de primera instancia, ordenando indemnizar a cada demandante con la suma de 80 millones de pesos a modo de reparación por el daño moral.

¿Qué ocurrió después?

Tras la sentencia, el Consejo de Defensa del Estado (CDE) llevó el caso hasta la Corte de Apelaciones de Talca, solicitando la prescripción de la demanda civil o bien la rebaja de la indemnización económica. En los alegatos realizados en fecha reciente, se presentaron el abogado Leal, por las víctimas, teniendo como contraparte a José Isidoro Villalobos, procurador fiscal en Talca del CDE. Allí el demandante cito fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

¿Quiénes dictaron la sentencia y qué viene ahora?

El fallo de segunda instancia, sin votos disidentes, lleva la firma de los ministros, Hernán González, Wilfredo Urrutia (s) y Jaime Cruces (s). Ahora tras esta sentencia, el CDE tiene un nuevo plazo legal de 10 días para presentar un recurso de casación y llevar el caso hasta la Corte Suprema, para sentencia inapelable y definitiva.


En el Maule norte: Ceremonia aniversario 106 años Partido Comunista

Fuente :pcchile.cl 13/07/2018

Categoría : Prensa

El Comité Regional Maule Norte y el Comité Comunal Talca, celebraron el pasado 15 de Junio  en el Centro Comunitario de Talca,  los 106 años del Partido Comunista de Chile donde junto a importantes invitados se dieron cita para conmemorar esta fecha tan significativa.

Acompañaron la cita militantes de otras colectividades políticas, tanto de la Fuerza de Mayoria como del Frente Amplio, dirigentes sociales y políticos y por cierto la militancia de la zona,  en una actividad que estuvo marcada por la emotiva entrega de manera póstuma, la máxima distinción que otorga el partido, de la medalla Luis Emilio Recabarren.

En la ocasión recibieron la medalla, la familia del compañero Fernando Antonio Lara Rojas, quien fue detenido y hecho desaparecer el 7 de Mayo de 1976, y familiares del compañero Jose Rogelio Castillo Gaete detenido y ejecutado el 13 de Septiembre de 1973.En la actividad estuvieron presentes: La dirigente y miembro de la Comisión Política, ex ministra de la Mujer y Equidad de Género, Claudia Pascual Grau, quien dio en representación del Comité Central el discurso central del acto; también la siginificativa presencia del Senador y Presidente del Partido Socialista, Alvaro Elizalde Soto; el concejal por Talca y militante del partido Comunista, Sixto de los Santos Gonzalez Soto; la candidata a diputada por el distrito 18 de  Revolución Democrática en las últimas elecciones parlamentarias, Nataly Rojas Seguel.

 


Calle Conferencia: A 44 años de uno de los episodios más horrendos que nuestra patria haya conocido

Fuente :ppchile.cl 6 de mayo 2020

Categoría : Prensa

Este 2020 se cumplen 44 años de uno de los episodios más horrendos que nuestra patria haya conocido, en el cual los agentes de la represión de la dictadura cívico militar que se impuso en nuestro país merced al golpe militar de 1973 y el derrocamiento del gobierno constitucional del Presidente Salvador Allende, detuvieron e hicieron desaparecer a nuestros compañeros y compañeras, miembros de la Dirección Nacional del Partido Comunista en la clandestinidad.

La infame DINA, por medio de su Brigada Lautaro, fue apresando uno a uno a los/as dirigentes/as de nuestro partido al interior del inmueble ubicado en calle Conferencia 1587, en una práctica propia de los aparatos represores conocida como “la ratonera”, siendo trasladados a distintos centros clandestinos de detención y tortura, hasta ser desaparecidos en vida como permanecen hasta el día de hoy. Víctor Manuel Díaz, Secretario General del partido, Jorge Muñoz, Fernando Ortiz, Waldo Pizarro, Mario Zamorano, Uldarico Donaire Cortez, Jaime Donato Avendaño, Elisa del Carmen Escobar Cepeda, Fernando Lara Rojas, Lenin Diaz Silva, Marcelo Concha Bascuñán, Eliana Espinoza Fernández, César Cerda Cuevas, vieron sus vidas arrebatadas por oponerse a la dictadura y luchar por la libertad de nuestro pueblo, convirtiéndose en héroes y heroínas que merecen toda nuestra admiración y recuerdo.

Si bien, ha existido investigaciones judiciales en las causas por violaciones a los derechos humanos e incluso recientes condenas a 53 ex agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional por crímenes de lesa humanidad cometidos en el contexto de la desaparición de la Dirección Nacional del Partido Comunista de Chile entre mayo y diciembre de 1976, no podemos afirmar que haya existido verdad, y justicia, cuestión que se proyecta desde esos días hasta nuestro presente, y nos preocupa por sus implicancias directas para el futuro.

En estos días en que una nueva arremetida por la impunidad es impulsada desde la misma derecha artífice y cómplice de estos y otros crímenes, que hoy instalada en el gobierno y las grandes empresas, buscan que los otrora agentes de la dictadura, encarcelados por estos hechos retornen a sus casas sin siquiera haber cumplido completamente sus condenas, iniciando sus procesos y encarcelamientos décadas después de cometidos los crímenes y habiendo sido favorecidos en sus sentencias por parte de los  tribunales de este país, es que volvemos a decir con fuerza: ¡Nunca Más!

No será la impunidad que salga triunfante de los debates en torno a la liberación e indulto de los responsables directos de los crímenes más atroces que se hayan cometido en contra de nuestro pueblo. La excusa de la pandemia no nos engaña, y no es posible que aquellos que ayer disparaban, torturaban, secuestraban y hacían desaparecer a los nuestros hoy se enfunden ropajes de personas vulnerables, intentando esconder el hecho que incluso en su encarcelamiento gozan de privilegios a los que el pueblo no puede acceder. Mientras los y las luchadores de Plaza Dignidad son perseguidos por saltar un torniquete de metro o rayar una muralla, sin respetarse su presunción de inocencia y haciendo caer todo el peso de las querellas del Ministerio del Interior y la acción de la Fiscalía sobre ellos, los cómplices civiles de la dictadura y sus herederos vociferan cobarde e hipócritamente que los asesinos y violadores de derechos humanos son víctimas y deben salir de sus encierros.

En esta conmemoración reafirmamos como Partido Comunista de Chile nuestro compromiso pleno con los Derechos Humanos y por lo mismo rechazamos categóricamente las declaraciones del actual Director Nacional del Instituto Nacional de Derechos Humanos, quien relativiza una de las conquistas más importantes de la humanidad “el respeto a los derechos humanos sin ningún tipo de condicionalidad”.

En recuerdo de nuestros caídos, de nuestros torturados, de nuestros desaparecidos, y en especial de las víctimas del llamado caso Calle Conferencia, como Partido Comunista de Chile declaramos que no permitiremos el avance de esta nueva ola de impunidad, y llamamos a todos los sectores democráticos de nuestro país a no ceder en ella, y a recordar con honor y gloria a todos quienes, como nuestros compañeros y compañeras detenidos desaparecidos desde esa pequeña casa de Estación Central, en la calle Conferencia, dieron su vida porque el futuro sea justo y porque la dignidad de una vez por todas se haga costumbre.

Partido Comunista de Chile