Castro Videla Oscar Manuel


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Museo de la Memoria

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Rut : 3.598.207-8

Fecha Detención : 16-08-1974
Lugar Detención : Santiago


Fecha Nacimiento : 21-03-1934 Edad : 40

Actividad Política : Partido Comunista (PC)
Actividad : Fotógrafo

Estado Civil e Hijos : Casado, 9 hijos
Nacionalidad : chilena


Relatos de Los Hechos

Fuente :informe corporación

Categoría : Antecedentes del Caso

Rut : 3.598.207 de Santiago
F.Nacim.                 : 21 03 34, 40 años al momento de su detención
Domicilio : Lastarria N°307 B, Santiago
E.Civil : Casado, 9 hijos
Actividad : Fotógrafo
C.Repres. : Militante del Partido Socialista
F.Detenc. : 16 de agosto de 1974

Oscar Manuel Castro Videla, casado, fotógrafo, militante del Partido Socialista, fue detenido por agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) el día 16 de agosto de 1974, aproximadamente a las 21:00 horas, en su domicilio, ubicado en calle Lastarria N°307 B, en Santiago. Participaron en su aprehensión cuatro hombres y una mujer, los que posteriormente fueron identificados como Osvaldo Romo Mena, alias "El Guatón Romo", Basclay Zapata, alias "El Troglo" y un tercero sin individualizar, además de Luz Arce Sandoval y el hermano de ésta. Sin embargo, los que ingresaron al domicilio de Castro fueron: Romo, Zapata y Luz Arce.
Al llevarse detenido a Oscar, los agentes explicaron a su conviviente, doña Rosa María Della Constanza Aguirre, que era un trámite de rutina y que pronto quedaría en libertad.
Rosa María, ubicaba de vista a Luz Arce Sandoval, la mujer que participó en la detención de Castro Videla, debido a que ésta había sido funcionaria del "Frente Interno" del Partido Socialista, y en un par de ocasiones habían realizado tareas conjuntas con la víctima, oportunidades en que Rosa María la había visto.
Corrobora lo afirmado por su conviviente la declaración hecha ante la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación por la ex detenida y ex colaboradora de la DINA, Luz Arce Sandoval. En ella afirma "también recuerdo a Oscar Castro Videla quien se encontraba vivo en la que había sido la casa de Teotlanio Dos Santos, (Local de detención de la DINA, ubicada en José Domingo Cañas), después de la Parada Militar, en septiembre de 1974. Ahí fuimos careados los dos, por medio de Miguel Krassnoff; me da la impresión que Oscar murió… A él lo vi con un pantalón clarito, color beige, camisa manga corta, estaba con las manos atrás amarradas. En este careo nos sacan las vendas a los dos y nos preguntan si nos conocemos; asentí… A Oscar Castro lo detuvo Osvaldo Romo y el agente de la DINA apodado "El Troglo" y otro de su equipo. Esto lo sé porque me llevaron a mí a su detención, junto a mi hermano, porque lo conocíamos. Castro vivía donde actualmente está la Plaza del Mulato Gil; yo no sabía su dirección, pero el equipo de la DINA ya lo tenía. Al momento de su arresto, hablamos con Rosa, que era su pareja y de ahí no lo vi más, hasta que nos carearon con Krassnoff".
Al día siguiente, 17 de agosto, volvieron los mismos agentes en busca de una libreta la que, finalmente, no encontraron en la casa. En esa oportunidad, al preguntarle la conviviente del afectado a Luz Arce quiénes eran y dónde tenían a Oscar, le respondió que eran del Servicio de Inteligencia Militar ?SIM? y no podían decir dónde se encontraba éste.
Sin embargo, Oscar Castro había sido trasladado por sus aprehensores hasta el recinto clandestino de reclusión y tortura de la DINA, denominado Londres 38, ubicado en el centro de Santiago, en la dirección que su nombre indica. (Este local, había sido propiedad del Partido Socialista, al que le había sido confiscado, y del cual Oscar era militante). En ese lugar pudo ser visto y conversar con diversos otros detenidos, los cuales testimoniaron sobre su estadía en dicho centro de torturas. Entre ellos, Heddy Olenka Navarro Harris, quien pudo conversar con la víctima, testimoniando que, al ser trasladada ella desde el recinto de Londres 38 al de Cuatro Alamos, lo fue en forma conjunta con otro grupo de detenidos, en el que se encontraba Oscar Castro. Agrega que el día 28 de agosto de 1974, previo a ser puesta en libertad, fue trasladada junto a Oscar Castro y a otro detenido al que llamaban "Comegato", desde "Cuatro Alamos" hasta el recinto de "José Domingo Cañas".
Enterándose en esa oportunidad que Oscar había trabajado en Editorial P.L.A. hasta el 11 de septiembre de 1973 y que, a la fecha de su detención, tenía un taller de fotografía. Agregando que le imputaban el cargo de fotografiar planos de regimientos.
El día 21 de agosto, alrededor de las 23:00 horas, por tercera vez, volvieron al domicilio común de Oscar y Rosa María, tres agentes, dos de los cuales ya habían estado en las oportunidades anteriores, pero en esta ocasión se hacían acompañar por la víctima, con quien no pudo conversar Rosa María, procediendo los agentes a allanar minuciosamente la vivienda.
Posteriormente, a través de don Gastón Saint Jean, con quien Rosa María y Oscar tenían relaciones comerciales, pudo informarse que en el mes de septiembre de 1974, alrededor del período de Fiestas Patrias, había sido detenido el ex diputado DC, don Claudio Huepe, quien fue recluido en el recinto de "Cuatro Alamos", donde tuvo oportunidad de intercambiar algunas palabras con Oscar Castro, debido a que ambos quedaron ubicados en celdas contiguas.
Este último le solicitó al señor Huepe que se comunicara con Saint?Jean a fin de que "trataran de hacer algo luego por él, para sacarlo, porque estaba en muy mal estado físico". A principios del mes de octubre, doña Rosa María, recibió el mensaje de parte de Saint Jean, quien se comprometió y ofreció su concurso para hablar con el General Arellano o el Coronel Contreras, a fin de aliviar la situación de Oscar.
El propio Gastón Saint Jean Bate, en declaración ante la Fiscalía Militar, señaló que en agosto de 1974, Rosa María Della Constanza, le informó telefónicamente que Castro había sido detenido y que en el operativo participó una "camarada socialista". A propósito de ello don Gastón se comunicó con el general Arellano, de quien es amigo, el que se comprometió a averiguar la situación. Posteriormente, Saint Jean recibió una llamada telefónica de Claudio Huepe, quien le manifestó que había estado detenido en Cuatro Alamos junto a Oscar Castro, el que a su vez, le había pedido que se comunicara con él para que le ayudara en su situación. Razón por la que, nuevamente, se comunicó con el general Arellano, quien le expresó que habían cargos en contra de Castro, pero que, como no eran graves, creía que saldría pronto en libertad. Finalmente, agrega que, alrededor de mayo de 1975, llegó hasta su casa Rosa María, quien le manifestó que Castro habría muerto en Cuatro Alamos durante un interrogatorio, unos dos o tres días antes.
Su detención fue reconocida en un primer momento por la Secretaría Nacional de Detenidos (SENDET), pero posteriormente fue negada. Desde esa fecha se desconoce su paradero.

GESTIONES JUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS
Con fecha 26 de agosto de 1974, Rosa María Della Constanza Aguirre, interpuso ante la Corte de Apelaciones de Santiago el Recurso de Amparo rol N°992 74, en favor de Oscar Manuel Castro Videla, el que fue rechazado el 30 de noviembre de 1974, con el mérito de los informes de los Ministerios del Interior y de Defensa, en que señalan que el amparado no ha sido detenido por orden de esas Secretarías de Estado. Junto con ese fallo, la Corte resolvió remitir los antecedentes al Juzgado del Crimen correspondiente, a fin de que investigara la posible comisión de un delito derivado del desaparecimiento del afectado.
Con fecha 5 de diciembre de 1974 se comenzó la tramitación, ante el Primer Juzgado del Crimen de Santiago, de la causa Rol N°106.406 por presunta desgracia de Oscar Manuel Castro Videla. A raíz de la orden de investigar que emitiera el Tribunal, fue entrevistada doña Rosa María Della Constanza Aguirre por un funcionario de Investigaciones, oportunidad en que ésta le hizo entrega de un certificado otorgado por la Secretaría Ejecutiva Nacional de Detenidos SENDET fechado el 31 de octubre de 1974, que certifica: "Que el ciudadano Castro Videla, Oscar Manuel, se encuentra detenido desde el 16 de agosto de 1974. Que dicha detención es temporal y tiene como consecuencia la aplicación del Estado de Sitio". Firma dicho certificado el Coronel Jorge Espinoza Ulloa, Secretario Ejecutivo del SENDET. Continúa la orden de investigar: "hecha la consulta en SENDET se informa que el afectado no se encuentra registrado como detenido". Posteriormente, el 5 de marzo de 1975, el mismo funcionario, Jorge Espinoza Ulloa, informó al Tribunal que en ese organismo no se registraba la detención de Oscar Castro Videla y que el anterior certificado "fue extendido en forma equivocada, ya que los datos que en él se consignan corresponde a Oscar Castro Ramírez y no a Oscar Castro Videla". Antecedentes que, al parecer, fueron decisivos para el juez, toda vez que le bastó el simple hecho que le informaran que la certificación en cuestión fue extendida equivocadamente, para declarar el cierre del sumario y el sobreseimiento temporal de la causa, con fecha 10 de marzo de 1975, sin atender el Tribunal al hecho que las fechas de detención coincidían. Resolución que fue aprobada por la Corte de Apelaciones el día 13 de mayo del mismo año. Posteriormente, con ocasión de la designación del Ministro en Visita señor Servando Jordán, para que se abocara al conocimiento de los casos de detenidos desaparecidos, el día 4 de septiembre de 1979, se presentó ante el Segundo Juzgado del Crimen una querella criminal en contra de una organización clandestina dependiente de la ex? Dirección de Inteligencia Nacional DINA por el delito de secuestro con grave daño en la persona de Oscar Castro Videla, entre los que se individualizan a Osvaldo Romo Mena. Como nuevo antecedente se aporta a la investigación el testimonio de Heddy Navarro Harris, quien fue testigo de reclusión del afectado en los recintos de Londres 38, 4 Alamos y José Domingo Cañas y quien había declarado ante el Ministro en Visita en los procesos por secuestro de Muriel Dockendorff y Rodolfo Espejo Gómez, ambos actualmente detenidos desaparecidos.
Sin embargo, con fecha 10 de septiembre del mismo año el Ministro Jordán denegó la reapertura del sumario y dar curso a la querella, resolución que fue apelada por la parte querellante el día 14 del mismo mes. Ordenando la Corte Suprema la reapertura del sumario con fecha 27 de diciembre de 1979. En el desarrollo de la investigación, el señor Jordán ofició al Ministerio del Interior para que informara las fechas y por orden de quién habían sido detenidos Oscar Manuel Castro Videla (el detenido desaparecido) y Oscar Castro Ramírez, con quien, supuestamente, habría equivocado los datos SENDET al momento de certificar la detención del primero, de acuerdo al informe enviado por ese organismo al Primer Juzgado del Crimen de Santiago, con fecha 5 de marzo de 1975. Al respecto, el Ministro del Interior de la época, Sergio Fernández Fernández informa textualmente que:
"1) En respuesta a lo solicitado por US. en el Oficio de la referencia, luego de recabar antecedentes a C.N.I., puedo informar lo siguiente:
a) Don Oscar Manuel Castro Videla no registra detención desde el 16 de agosto de 1974 hasta la fecha.
b) Don Oscar Castro Ramírez fue detenido el 4 de diciembre de 1974, por Decreto exento N°645, disponiéndose su libertad por Decreto Exento 2344 de 17 de noviembre de 1976".
Este informe del Ministro del Interior reviste particular importancia no sólo para el proceso en cuestión sino para todos los casos de detenidos desaparecidos, toda vez que, al ser consultada esa misma Secretaría de Estado y/o la C.N.I., en los mencionados casos, informaban no poseer archivos de esa fecha, argumentando que, dado el tiempo transcurrido, habían sido incinerados; que, por razones de seguridad habían sido destruidos o que la DINA no había traspasado los archivos a la C.N.I.
Sin embargo, para el caso en cuestión, ello demuestra una contradicción flagrante entre lo informado por el SENDET a los Tribunales con fecha 5 de marzo de 1975 y el recién citado informe del Ministerio del Interior, toda vez que las fechas de detención no coinciden si se considera que el primer organismo informa que la fecha de detención de Oscar Castro Ramírez es el 16 de agosto de 1974; mientras que la C.N.I., según informe del Ministro del Interior, registra la detención el 4 de diciembre de 1974.
Con fecha 27 de mayo de 1980, el Ministro en Visita declaró cerrado el sumario, resolución que fue confirmada por la Corte de Apelaciones, el 12 de agosto del mismo año.
A pesar del cierre de sumario, compareció ante el Ministro Jordán, el General (R) Sergio Arellano Stark, quien declaró que debe ser cierta la cita que le hacía su amigo Gastón Saint Jean y que, lo que expuso respecto a que Castro saldría pronto en libertad, se lo debió haber informado el Servicio de Inteligencia Nacional, "que era el organismo al cual normalmente recurría cuando se me hacían consultas de este tipo". Agregando, "respecto a que Castro habría muerto, no podría asegurarlo", que, los detenidos que a él le correspondían, "eran los que estaban en recintos normales de reclusión, la Cárcel o la Penitenciaría".
En mérito de esta declaración, con fecha 2 de marzo de 1981, se dejó sin efecto la resolución de cierre de sumario. En cambio de ello, el Ministro en Visita se declaró incompetente para continuar con la tramitación de la causa, cuyo conocimiento corresponde a la Judicatura Militar, debido a la implicancia, en los hechos investigados, de personal militar.
Posteriormente, con fecha 24 de agosto de 1981, la Justicia Militar aceptó la competencia y ordenó a la Segunda Fiscalía Militar seguir conociendo la causa, la que fue rolada con el N°653 81. Sin embargo, sin que se realizara diligencia nueva alguna, se consideró agotada la investigación y se ordenó el sobreseimiento temporal de la causa. Dicha resolución fue apelada por la parte querellante, razón por la que el 31 de marzo de 1982, la Corte Marcial ordenó su reposición a estado de sumario, considerando que la investigación no se encontraba agotada.
Nuevamente, el 14 de octubre de 1982, el Segundo Juzgado Militar resolvió cerrar el sumario y sobreseer temporalmente la causa. Apelada dicha resolución, con fecha 7 de diciembre de 1983, la Corte Marcial, decidió reponer la causa al estado de sumario, por no encontrarse agotada la investigación.
Finalmente, con fecha 30 de enero de 1985, se cierra el sumario y se sobresee temporalmente la causa. Notificándose de dicha resolución a la parte querellante, recién el 20 de julio de 1987, la que apeló ante la Corte Marcial, Tribunal que confirmó la resolución.
Uno de los aprehensores de Oscar Castro Videla fue Osvaldo Romo Mena, a esa fecha agente de la DINA, quien fue citado durante años en numerosos procesos por detenidos desaparecidos. Recién en noviembre de 1992 fue detenido en la causa por el desaparecimiento de Alfonso Chanfreau Oyarce. A diciembre de 1992 había declarado en numerosas causas por detenidos desaparecidos y se habían dictado 7 autos de reo en su contra.
Romo Mena fue expulsado de Brasil después de haber estado algo más de 3 meses detenido. En ese país vivía con identidad falsa desde finales de 1975, ya que a propósito de las citaciones judiciales referidas, por instrucciones de la DINA abandonó el país. El servicio de seguridad le proporcionó identidad falsa para él, su cónyuge y sus hijos, aparte de haberle proporcionado diversos medios para su permanencia en Brasil.


Pedido de información

Categoría : Mensaje

Por la presente nos gustaria pedirle informacion sobre el paredero de la sra. Roso Maria Della constanza Aguirre, companera de vida de Oscar castro Videla en el momento de su detencion.
Mi nombre es Julia Corina Castro Machuca, Hija de Oscar Castro, esto es con el fin de saber mas sobre lo acurrido con mi padre en ese tiempo, nosotras como hijas estamos haciendo lo posible por dar con el paradero de nuestro padre, ahora se estan haciendo nuevas investigaciones de  DNH con el cual esperamos tener nuevos resultados.
De ante mano les agradecemos cualquier informacion. 
Atte. Julia Castro y Familia
julita287@hotmail.com


Corte de Santiago impone nueva condena por secuestro para Krassnoff

Fuente :radioagricultura.cl 23/7/2018

Categoría : Prensa

La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a los ex-agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) Orlando Manzo Durán y Miguel Krassnoff Martchenko a 5 años y un día de presidio, como autores del delito de secuestro calificado de Óscar Manuel Castro Videla.

El plagio fue perpetrado a partir del 16 de agosto de 1974, en el barrio Lastarria de la comuna de Santiago.

En fallo unánime, la Quinta Sala del tribunal de alzada capitalino confirmó la sentencia de ministro en visita Mario Carroza que estableció la responsabilidad de ambos agentes en secuestro del fotógrafo.

Según los jueces «son innumerables los antecedentes probatorios que dan cuenta que Krassnoff Martchenko era el jefe del grupo operativo Halcón I, parte de la Brigada Caupolicán de la Dirección de Inteligencia Nacional que materializó el secuestro de Oscar Manuel Castro Videla, de manera tal que resulta evidente concluir, tal como lo hace el a quo, que tomó parte en el secuestro de éste de manera mediata» sostiene el fallo.

En la etapa de investigación de la causa, el ministro Mario Carroza estableció que «en algunos casos la DINA consiguió, mediante la tortura o por otros medios, no sólo que el detenido confesara o colaborara en lo inmediato, sino que se transformara en un colaborador más o menos permanente, pasando a operar como un verdadero funcionario de la DINA, viviendo y conviviendo con los demás en los recintos de la organización y llevando adelante tareas de inteligencia y de represión» dice el magistrado.

En su descripción, el juez Carroza explica que «el inmueble de calle Londres N°38, recinto secreto de detención y tortura que estaba ubicado en el centro de Santiago, funcionó desde fines de 1973 hasta, aproximadamente, los últimos días de septiembre de 1974; llegó a mantener recluidos hasta unos sesenta detenidos, los que permanecían con la vista vendada reunidos en una amplia sala que en el día tenía sillas y en la noche colchonetas. Desde esa sala común los detenidos eran sacados continuamente a otras dependencias para ser interrogados y torturados, así como ser llevados al exterior para realizar otras detenciones» dice el fallo.

Asimismo, dice la resolución que respalda la indagatoria apunta que «el 16 de agosto de 1974, en horas de la noche, integrantes de la agrupación Halcón, Blascay Zapata, alías El Troglo, y Osvaldo Romo, acompañados de la militante del Partido Socialista Luz Arce Sandoval, que es obligada a delatar a su compañeros, concurren hasta el inmueble ubicado en calle Lastarria N°307, departamento B, para detener al militante del Partido Socialista Óscar Manuel Castro Videla, de actividad fotógrafo, que en ese momento se encontraba acompañado de su pareja Rosa María de la Constanza Aguirre, y una vez hecho, le trasladan a Londres 38 para interrogarle, lugar donde es visto por testigos en «Londres 38», dice la resolución

Continúa la exposición de los hechos que «le llevan a Cuatro Álamos, en calidad de incomunicado, sitio que dirigía en ese entonces Orlando Manzo Durán, y también en una oportunidad le llevan a José Domingo Cañas, donde sería careado en presencia de Miguel Krassnoff Martchenko, con Luz Arce Sandoval, y desde ese momento no se tuvo más noticias de su paradero ni tampoco que haya tomado contacto con sus familiares, ni realizado gestiones ante organismos del Estado o registrara entradas o salidas del país, ni menos consta su defunción» concluye el fallo.

En el aspecto civil, con el voto en contra de la ministra Merino, el tribunal de alzada elevó el monto que el fisco deberá pagar a las hijas de la víctima a 300 millones de pesos, por concepto de daño moral, por los perjuicios emocionales para los familiares del reportero gráfico.

La decisión fue adoptada por las ministras Maritza Villadangos, María Paula Merino y el abogado (I) Mauricio Decap