Calderón Nilo Francisco Javier


revistadefrente.cl

revistadefrente.cl

AFDD.CL

AFDD.CL

MEMORIALES.CL

MEMORIALES.CL

Rut : 7.270.136-4

Fecha Detención : 03-10-1973
Lugar Detención : Paine


Fecha Nacimiento : 23-01-1954 Edad : 19

Lugar Nacimiento : Buin – RM

Actividad Política :
Actividad : Obrero agrícola

Estado Civil e Hijos : Soltero
Nacionalidad : chilena


Relatos de Los Hechos

Fuente :Vicarìa de la Solidaridad

Categoría : Antecedentes del Caso

Francisco Javier Calderón Nilo, 19 años al momento de los hechos, soltero, obrero agrícola, fue detenido el día 3 de octubre desde su domicilio del Fundo Liguay, Huelquén, Paine, en presencia de su familia, por efectivos Militares de la Escuela de Infantería de San Bernardo, cuyos rostros estaban tiznados, usaban trajes de campaña color verde oliva, y algunos que parecían ser los jefes, llevaban puestas boinas negras. En la oportunidad, en un vasto operativo que abarcó el Fundo Liguay y en el asentamiento El Escorial, se detuvo a 11 campesinos cuyos nombres figuraban anotados en una lista que portaban los aprehensores. El operativo que incluyó arrestos y allanamientos fue realizado al margen de toda legalidad.
Restos humanos correspondientes a Francisco Javier Calderón Nilo y a otros 13 campesinos detenidos en ambos predios agrícolas durante operativos Militares realizados el 24 de septiembre y 23 de octubre de 1973, fueron encontrados en marzo de 1974 en una quebrada del Cerro Redondo ubicado en la Cuesta de Chada distante a 4 Km. del lugar de sus arrestos. En la oportunidad el Instituto Médico Legal informó al Tribunal su imposibilidad de identificar las víctimas, y de establecer causa de muerte. Sin embargo, en enero de 1991, el mismo Instituto tras realizar un nuevo peritaje informó al Ministro en Visita Don Germán Hermosilla, la identidad de cada una de las osamentas. Además se estableció que sus muertes fueron provocadas por múltiples impactos de bala. Es así como de un total de 20 detenidos,en esta seguidilla de operativos, tres campesinos recuperaron su libertad tras permanecer recluidos una semana en el Campamento de Chena, otros tres fueron ejecutados en el mismo Campamento aduciéndose haber actuado ante un intento de fuga y 14 fueron exterminados con ocultamiento de sus cuerpos.
A las 3 de la madrugada del día 3 de octubre Francisco Javier Calderón Nilo fue detenido desde el domicilio de su abuela con la cual vivía, ubicado en el Fundo Liguay. Instantes antes sus aprehensores habían allanado el domicilio de sus padres y al no encontrarlo habían requerido información de su paradero. Así llegaron hasta él. Su familia reconoció de entre los aprehensores, pese a tener estos sus caras tiznadas de negro, al conscripto de apellido Valdés. Los aprehensores se movilizaban en un camión rojo, con toldo blanco, en una de sus puertas se veía un timbre fiscal. Esa madrugada se detuvo en similares operativos a otros 10 campesinos, el día anterior ya se había detenido a dos asentados desde su lugar de trabajo y el 24 de septiembre se había detenido a 7 trabajadores en su mayoría dirigentes del Asentamiento, todas víctimas de arrestos ilegales efectuados por Militares de la Escuela de Infantería de San Bernardo.
Francisco Javier Calderón Nilo, no fue visto en ningún centro de detención ni se reconoció su arresto.
Testigos aseguraron ante el Tribunal haber visto que los detenidos el día 3 de octubre fueron subidos a un camión rojo con toldo blanco que en una de sus puertas tenía un timbre fiscal, dirigiéndose a la Cuesta de Chada cerca de las 6 a.m. A los detenidos se les obligó a ascender el cerro llevando su vista vendada y sus manos maniatadas a la espalda, hasta llegar a lo alto bajo un quillay, donde fueron puestos frente a un pelotón de fusileros que descargaron sus armas sobre los detenidos. En marzo de 1974 sus cuerpos en avanzado estado de descomposición fueron encontrados en la cuesta señalada.
En enero de 1991 las osamentas correspondientes a Francisco Javier Calderón Nilo fueron entregados a sus deudos y sepultados en el Cementerio de Huelquén. En la inscripción de su defunción N°106 de 5?2?1991 se consignó como fecha de muerte el 3 de octubre de 1973, en Cuesta de Chada y como causa de muerte traumatismo de extremidad inferior derecha por bala.
La detención y ejecución de Francisco Javier Calderón Nilo se enmarca en lo que la represión en Paine.

GESTIONES JUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS
El 8 de marzo de 1974 se dio inicio a la causa rol 23643 relativa al hallazgo de Osamentas en la Cuesta de Chada, en el Juzgado de Letras Maipo Buin en razón al parte N°48 que extendiera la Subcomisaría de Paine, dando cuenta del hallazgo de "osamentas humanas correspondientes a 12 cadáveres". En la oportunidad las osamentas fueron encontradas por orden verbal del juez y remitidas al Instituto Médico Legal con oficio N°18 del 7 de marzo de 1974.
El Tribunal dio orden de investigar procurando establecer el origen e identificación de las osamentas, causa de muerte, probable antigüedad y aprehender a los que resultan culpables. Además ordenó las correspondientes autopsias tendientes a su identificación. Finalmente dejó indicado que las defunciones debían inscribirse oportunamente.
En el mismo mes de marzo concurrieron a declarar al Tribunal, Margarita del Carmen Nilo Suazo, Genoveva del C. Bozo Pardo, Susana del C. Vidal Arenas, Iris Magdalena Hernández Martínez, Felicinda Pinto Sepúlveda, María Beatriz Salas Vásquez, María del C. Soto Garrido, Angel Custodio Cabeza Lizama, todas esposas, madres o hermanas de campesinos del Escorial cuyos cadáveres habían sido encontrados por ellas en la Cuesta de Chada. Al Tribunal dieron pormenorizada cuenta de la aprehensión por parte de Militares y del posterior hallazgo.
Con fecha 23 de mayo de 1974 el Instituto Médico Legal hizo entrega al Tribunal de los informes de autopsia N°s 519 al 530. El documento en su inicio daba cuenta que las osamentas al momento de su ingreso al Instituto venían desordenadamente en 3 bolsas de arpillera, de esas que habitualmente se emplean para envasar productos agrícolas. Tras dar un informe pormenorizado del estudio de éstas terminaba concluyendo que a) se trataba de un conjunto de restos humanos, reducidos en su mayor parte a esqueletos, fragmentados y desarticulados, incompletos y en estado de descomposición, b) ostentaban características propias del sexo masculino, c) correspondían aproximadamente a 14 cadáveres incompletos, d) se trataba de sujetos adultos, cuyas edades fluctuaban entre los 20 y 50 años aproximadamente, y e) la data de la muerte se remontaba a 5 o 6 meses a la fecha de iniciación del examen (12 de marzo) f) no era posible determinar causa g) entre los restos habían sido encontrados fragmentos muy destruidos de vestimenta de uso masculino y un resto de proyectil y finalizaba haciendo entrega del proyectil al Tribunal. Con fecha 21 de agosto del mismo año la sección balística, forense de la Dirección de Investigaciones informó al Tribunal, tras haber estudiado el proyectil, que se trataba de un calibre 7 mm. disparado por un fusil a carabina Mauser modelo 19/2 Steyr.
Con fecha 30/04/75 y sin haber realizado nuevas diligencias, el Tribunal cerró el sumario "encontrándose agotada la investigación y sobreseyó la causa "no encontrándose completamente justificado en autos que el deceso de los individuos cuyas osamentas fueron puestas a disposición del tribunal en fjs. 1 sean o hayan sido consecuencia de la perpetración de un delito". El fiscal de la Corte estuvo por aprobar el sobreseimiento, pero la Corte en Pleno revocó la resolución por no encontrarse agotada la investigación y a fin de que se establecieran adecuadamente los hechos denunciados, sus causas así como determinar a quienes corresponden;sin perjuicio de lo anterior, la Corte resolvía además que el juez estudiara la posibilidad de declarar su incompetencia y enviar los antecedentes a la F. Militar (30 06 75).
Con fecha 4 de julio de 1975 el Tribunal se declaró incompetente y remitió el expediente a la Fiscalía Militar en atención que de los antecedentes surgían presunciones para acreditar que en el deceso de esas personas habían tenido participación funcionarios militares.
El 21 de julio de 1975 la 1° Fiscalía Militar bajo el rol 561?75 asumía la investigación. Pero ya el 27 de octubre del mismo año el fiscal militar sobreseía temporalmente la causa "no obstante haberse agotado la investigación y resultando del sumario haberse cometido el delito, no hay indicios suficientes para acusar a determinadas personas como antes, cómplice o encubridor. Dos días antes había llegado oficio respuesta del director de la Escuela de Infantería de San Bernardo Coronel Pedro Montalba Raleo en el cual manifestaba no existir antecedentes al respecto. El 4 de noviembre de 1975 el II Juzgado Militar confirmó el sobreseimiento temporal.
Este expediente el 15 de mayo de 1979 fue solicitado por el Ministro Rivas en la causa 24005 1 relativa a 23 denuncias por presuntas desgracias de lugareños de Paine y que incluía a Héctor Santiago Pinto Caroca, detenido en el Asentamiento El Escorial a fin de tenerle a la vista. Resolviendo el 18 de junio de 1979 el II Juzgado Militar, no ha lugar a la petición dado que "ha sido tramitada conforme a procedimiento penal militar de tiempo de guerra".
El 27 de abril de 1979 el Instituto Médico Legal solicitó al II Juzgado Militar solicitó al tribunal la orden judicial correspondiente a fin de proceder a su sepultación. Dicha orden nunca fue recibida por el Instituto, permaneciendo las osamentas insepultas en dependencias del Instituto Médico Legal por un lapso de 17 años.
El 23 de enero de 1974 se interpuso un recurso de amparo ante la Corte de Apelaciones de Santiago en su favor y de José Emilio González Espinoza ambos detenidos en el operativo del 3 de octubre. Este bajo el rol 68?74 fue declarado sin lugar el 1 de junio de mismo año habiendo tenido como antecedente para tal resolución los informes de la Secretaría Ejecutiva Nacional de Detenidos, Jefatura del Interior de los Depto. de San Bernardo y Maipo, Jefe de Zona en Estado de Sitio de los Dptos. de San Antonio y Melipilla y Ministerio del Interior, todos los cuales emitieron Oficios afirmando que las personas consultadas no habían sido detenidas por ellos.
El 14 de enero de 1980 quedó interpuesta una querella por el delito de secuestro de Francisco Javier Calderón Nilo y sus compañeros, Víctor Manuel Zamorano González, José Hugo Vidal Arenas, Héctor Santiago Pinto Caroca, Aliro Valdivia Valdivia, en contra de efectivos de la Escuela de Infantería de San Bernardo, culpables de los hechos.
La investigación judicial, bajo el rol 26037?3, la inicia el juez Fernando Montenegro Araya del Juzgado de Letras Maipo?Buin. Las respuestas a oficios enviados al Ministerio del Interior, Policía Internacional, Dirección de Registro Civil, Cementerio General de Santiago e Instituto Médico Legal daban cuenta de que estas personas no figuraban en sus registros. Es decir no aparecían detenidas ni fallecidas. Por su parte la Escuela de Infantería de San Bernardo respondía que no era factible verificar esos nombres por encontrarse la documentación correspondiente incinerada, en conformidad a disposiciones reglamentarias que establecían su eliminación transcurrido 5 años en archivo.
En el año 1980 declararon ante el Tribunal los ex detenidos José Luis Marchant Raba, Francisco Javier Garrido Morales y Carlos Farías Arévalo. Ellos confirmaron haber sido arrestados el 24 9 73 desde el Asentamiento El Escorial, por contingente de la Escuela de Infantería de San Bernardo y haber permanecido detenidos primero en la Escuela de Infantería y luego en el Campamento de Detención ubicado en el Cerro Chena. Al ser consultados por los 5 detenidos motivo de la querella, declararon conocerlos, estar en antecedentes de su detención, pero no haberlos visto ni escuchado en ambos recintos.
También el juez inició intentos por identificar al personal que a la fecha de los hechos investigados se desempeñaba en el Campamento de detenidos de Chena, buscando por esta vía obtener información sobre el destino de los detenidos. Inicialmente ofició a la Escuela de Infantería el 29 de julio de 1980, desde la cual se le respondió que tal consulta debía hacerse al Ministro de Defensa Nacional" en cumplimiento a lo dispuesto en oficio de la Subsecretaría de Guerra (R) Dpto. II /1 N°2460/6 del 19 de diciembre de 1979". El Ministro de Defensa, Raúl Benavides por su parte respondió el 28 de octubre del mismo año negando la existencia del Campo de Detenidos de Chena, agregando respecto a detenidos que sólo los había habido en forma transitoria y esporádica en dependencias de la Escuela de Infantería de San Bernardo.
Ante tal información la parte querellante entregó al Tribunal el Oficio de fecha 16/4/74 y que el Coronel Pedro Montalba Calvo en su calidad de Director de la Escuela de Infantería de San Bernardo hicieron llegar a la Corte de Apelaciones de Santiago dando cuenta que Juan Guillermo Cuadra Espinoza e Ignacio del Tránsito Santander Albornoz (campesinos de El Escorial) habían sido dados de baja por centinelas el 5 de octubre de 1973 en "el Campo de Prisioneros de Chena". Con ello el Tribunal se hacía de una prueba documentada incuestionable de la existencia de dicho Campamento de Detención.
Sin haber resuelto el problema del secuestro y destino de los campesinos, motivos de la investigación, el Tribunal resuelve con fecha 30 de abril de 1981 sobreseer temporalmente la causa argumentando que es mientras no se presenten nuevos y mejores datos para proseguir la investigación. La resolución fue apelada y la Corte de Apelaciones de Rancagua estuvo por la reapertura del sumario el 12 de mayo de 1981. Además ordenó que se oficiara nuevamente al Ministro de Defensa Nacional a fin de lograr la comparecencia del Coronel Pedro Montalba Calvo y del Tte. Andrés Magaña Bau. En cuanto a éste último existía una querella por el secuestro del comerciante René del Rosario Maureira Gajardo, ocurrido el 16 de octubre de 1973 en Paine, concurrió al Tribunal en noviembre 1981 negando toda participación en los operativos efectuados en el Asentamiento El Escorial y Fundo Liguay. Con posterioridad a esta declaración y no habiendo concluido la investigación el Juez nuevamente cierra el sumario y resuelve sobreseer temporalmente el 1° de diciembre de 1981, junto a ella se sobreseía la causa 24862 que se había acumulado el 21/8/81 también por secuestro de un campesino del Asentamiento El Escorial, Domingo Galaz Sala.
Cabe hacer presente que el Juez Instructor había sido puesto en antecedente por los propios denunciantes de la existencia de un proceso iniciado por el mismo Tribunal relativo al hallazgo de restos humanos correspondientes a sus familiares detenidos desaparecidos (rol 23643). Pese a ello el expediente no fue traído a la vista. Igual actitud se tuvo respecto a otras causas motivo de investigación de ese Tribunal por denuncias de arrestos ilegales ocurridos en Paine en 1973. Entre ellos cabe mencionar la causa rol 240051 que investigaba el delito de secuestro de 23 campesinos de Paine la cual estaba a cargo del Ministro en Visita Humberto Espejo Z.
En agosto de 1990 ante denuncia de inhumaciones irregulares ocurridas en Paine y que afectaría a detenidos desaparecidos de la zona de la Corte de Apelaciones Pdte. Aguirre Cerda designó Ministro en Visita a Don Germán Hermosilla. El Ministro Visitador citó a declarar a familiares de las 70 víctimas de arrestos seguidos de ejecución y desaparecimiento y luego decretó diligencias relativas a exhumaciones, en cuatro lugares diferentes de Paine. Respecto a las casas de arrestos en el asentamiento El Escorial y que posteriormente fueron ubicados en Cuesta de Chada ordenó las siguientes diligencias, a) ubicar el destino de las osamentas; b) hacer un nuevo peritaje de las osamentas; c) rastrear la zona del hallazgo y en caso de encontrar evidencias someterlas a peritaje. Fue así como pudo establecer que las osamentas aún se encontraban en dependencias del Instituto Médico Legal. Iniciando un nuevo peritaje que se estudió por 3 meses se identificó claramente a cada una de las víctimas. Al rastrear el sector de la quebrada del cerro Redondo se encontraron 2 vainillas percutadas, 25 proyectiles deformadas y 18 en buen estado.
Por su parte, el laboratorio de Criminalística de Investigaciones, en su sección Balística Forense, estableció que "la mayoría de los proyectiles fueron diseñados para ser disparados por armas de fuego del tipo fusil ametralladora automáticas, cuyo calibre corresponde a 7,62 mm Nato siendo ésta munición de guerra. En cuanto a otros 2 proyectiles, uno corresponde al calibre 32 largo, diseñado para ser disparado por armas de fuego tipo revólver y la otra corresponde al calibre 7,9 m. diseñado para ser disparado por fusiles o carabinas de ese calibre". Y respecto al servicio que utilizaba este tipo de armas durante los 4 últimos meses de 1973, el informe concluía "Fuerzas Armadas, de orden y seguridad (policiales) como asimismo cualquier persona que tenga acceso a este tipo de armamento como grupos paramilitares".
En enero de 1991 el Tribunal ordenó la entrega de los restos de Francisco Javier Calderón Nilo a sus familiares y ordenó la inscripción de su defunción.


Caso Paine llega a su fin: Corte Suprema emite histórico fallo y condena a 11 ex uniformados por el homicidio de 38 campesinos

Fuente :caucoto.cl 15/06/2022

Categoría : Prensa

El máximo tribunal condenó a 10 funcionarios del Ejército como autores del homicidio calificado de 38 personas y a un Carabinero por el secuestro calificado de dos víctimas. La Corte recalificó los delitos de secuestro calificado a homicidio calificado, dejando sin efecto la media prescripción, elevando las penas de los condenados.

 

Tras 49 años de ocurridos los hechos la Corte Suprema emitió fallo definitivo en uno de los casos más emblemáticos perpetrados por dictadura militar, a través de su Segunda Sala Penal condenó a ex uniformados por el homicidio calificado de 36 trabajadores agrícolas y 2 empresarios, todos de la localidad de Paine, quienes fueron ejecutados en la cuesta Chada y la quebrada Los Quillayes, el 3 y 16 de octubre 1973, respectivamente, a manos de funcionarios de la Escuela de Infantería de San Bernardo.

Los ministros Jorge Dahm, Leopoldo Llanos, María Teresa Letelier y los abogados integrantes Diego Murita y Leonor Etchebery, en fallo histórico condenaron a Jorge Romero Campos y Arturo Fernández Rodríguez, capitán y subteniente del Ejército, respectivamente, a 20 años de presidio mayor en su grado máximo como autores del secuestro calificados de las víctimas. En este caso, el máximo tribunal aumentó sus penas en relación al fallo de segunda instancia dictado por la Corte de Apelaciones de San Miguel, en el cual Romero venía condenado a 15 años y Fernández a 10.

Del mismo modo, la Corte elevó las penas para el cabo José Vásquez Silva y a los conscriptos Carlos Lazo Santibañez, Juan Opazo Vera y Carlos Durán Rodríguez de 5 a 10 años de presidio mayor en su grado mínimo también como autores de homicidio calificado.

La misma pena recibieron los conscriptos Roberto Pinto Labordarie, Jorge Saavedra Meza y Víctor Sandoval Muñoz.

En el caso del conscripto Raúl Francisco Areyte Valdenegro, la Corte aumentó su condena de 5 a 6 años de presidio mayor en grado mínimo como autor de 14 homicidios calificados.

Señalar que para todos los condenados antes mencionados, el máximo tribunal recalificó los delitos en relación al fallo de segunda instancia, de secuestro calificado a homicidio calificado. Del mismo modo, los ministros reconocieron la colaboración que tuvieron los conscriptos mediante sus declaraciones, lo cual habría aportado
en las identificaciones y les aplicó la atenuante especial de colaboración sustancial y de irreprochable conducta anterior.

Mientras que el capitán de Carabineros Nelson Bravo Espinoza fue condenado a 10 años de presidio mayor en su grado medio, cuya pena fue elevada en 5 años y su delito fue recalificado como autor de secuestro simple a secuestro calificado de Ramón Capetillo Mora y Mario Muñoz Peñaloza, ocurrido entre el 8 y 10 de octubre de 1973.

En tanto, Osvaldo Magaña Bau, Juan Guillermo Quintanilla y Carlos Kylling Schmidt, quienes habían sido condenados durante el proceso, fueron sobreseídos por encontrarse fallecidos, al igual que Víctor Pinto Pérez.

El abogado querellante Nelson Caucoto, quien representa a familiares de 37 víctimas, se mostró satisfecho ya que la Corte acogió todos los recursos de casación que presentaron y celebró el fallo señalando que “mañana habrá un día más luminoso para los familiares de las víctimas de Paine, ejecutadas por militares de la Escuela de Infantería de San Bernardo, un día plagado de nuevas sensaciones y esperanzas”.

Caucoto, quien lleva el caso desde sus inicios, señaló que “El máximo tribunal de la República ha dictado sentencia definitiva, en este caso, que habla de una masacre ocurrida hace 49 años en esa localidad rural. Se ha logrado vencer la impunidad, la indolencia y la barbaridad. Lo que ha hecho la Corte Suprema es un acto de sanidad para esos familiares y para la sociedad chilena en general. Uno de los crímenes imperdonables de la dictadura cívico-militar ha sido resuelto por la justicia chilena de manera civilizada. A pesar del largo tiempo transcurrido, la Justicia es posible”.

Mencionar que en los alegatos actuaron también como querellantes el Programa De DD.HH del Ministerio del Interior, la Agrupación de Familiares de Ejecutados Políticos (AFEP), la Federación de Estudiantes de la Universidad Católica (FEUC) y el abogado Luciano Fouillioux, como apoderado del padre la abogada Pamela Pereira, Andrés Pereira Salsberng.

En materia civil se dejó sin efecto la cosa juzgada que había sido decretada por la Corte de Apelaciones de San Miguel y que impedía a algunos familiares de las víctimas acceder a una reparación.

LOS HECHOS

Cuesta Chada

De acuerdo a la investigación encabezada por la ministra en visita extraordinaria para causas de derechos humanos de la Corte de Apelaciones de San Miguel, Marianela Cifuentes, se puedo establecer que el día 24 de septiembre de 1973, en horas de la tarde, soldados de la Segunda Compañía de Fusileros de la Escuela de Infantería de San Bernardo se presentaron en el asentamiento ´El Escorial de la comuna de Paine y detuvieron, sin derecho, a Héctor Guillermo Castro Sáez y Juan Bautista Núñez Vargas, entre otros.

Tras su detención, Héctor Castro Sáez y Juan Núñez Vargas fueron trasladados al campo de prisioneros del Cerro Chena de la Escuela de Infantería de San Bernardo, lugar en que se les mantuvo ilegalmente encerrados.

Que, el día 2 de octubre de 1973, soldados de la Escuela de Infantería de San Bernardo se presentaron en el asentamiento ´El Escorial de la comuna de Paine y detuvieron a José Ángel Cabezas Bueno, quien, acto seguido, fue trasladadoal campo de prisioneros del Cerro Chena.

El día 3 de octubre de 1973, en la madrugada, soldados comandados por el Capitán Jorge Eduardo Romero Campos, salieron desde el campo de prisioneros del Cerro Chena, a cargo del Teniente Osvaldo Andrés Alonso Magaña Bau y los Subtenientes Carlos Walter Kyling Schmidt y Arturo Guillermo Fernández Rodríguez, con los detenidos José Ángel Cabezas Bueno, Héctor Guillermo Castro Sáez y Juan Bautista Núñez Vargas, en un camión marca Dodge de color rojo conducido por Juan Guillermo Quintanilla Jerez, se dirigieron al asentamiento ´El Escorial de la comuna de Paine y detuvieron, a Francisco Javier Calderón Nilo, Domingo Octavio Galaz Salas, José Emilio González Espinoza, Juan Rosendo González Pérez, Aurelio Enrique Hidalgo Mella, Bernabé del Carmen López López, Héctor Santiago Pinto Caroca, Hernán Pinto Caroca, Aliro del Carmen Valdivia Valdivia, Hugo Alfredo Vidal Arenas y Víctor Manuel Zamorano González.

Posteriormente, en el mismo camión trasladaron a todos los detenidos hasta una quebrada en la Cuesta de Chada y los ejecutaron, disparándoles con las armas de fuego que portaban, encontrándose tiempo después sus cadáveres abandonados en el citado lugar.

Las osamentas de los cuerpos fueron encontradas por los propios familiares tiempo después y levantadas desordenadamente por Carabineros y llevadas al Servicio Médico Legal, lugar donde permanecieron durante 20 años arrumbados en una bodega sin ser periciados para su identificación, lo que se obtuvo recién en la época de los 90.

Quebrada los Quillayes

El 8 de octubre de 1973, funcionarios de la Subcomisaría de Carabineros de Paine se presentaron en el asentamiento ´Campo Lindo de la misma comuna y detuvieron, sin derecho, a Ramón Alfredo Capetillo Mora, quien, acto seguido, fue encerrado en la referida unidad policial.

En los días posteriores, Ramón Capetillo Mora fue trasladado al campo de prisioneros del Cerro Chena de la Escuela de Infantería de San Bernardo.

Dos días después, el 10 de octubre de 1973, funcionarios de la Subcomisaría de Carabineros de Paine se presentaron en el asentamiento ´24 de Abrilμ de la misma comuna y detuvieron, sin derecho, a Mario Enrique Muñoz Peñaloza, quien, acto seguido, fue encerrado en la referida unidad policial y trasladado al campo de prisioneros del Cerro Chena de la Escuela de Infantería de San Bernardo.

En la época de los hechos, la Subcomisaría de Carabineros de Paine se encontraba a cargo del Capitán Nelson Iván Bravo Espinoza.

En tanto, 16 de octubre de 1973, en la madrugada, soldados de la misma Escuela de Infantería de San Bernardo, comandada por el Capitán Jorge Eduardo Romero Campos, salieron desde el campo de prisioneros del Cerro Chena, a cargo del Teniente Osvaldo Andrés Alonso Magaña Bau y los Subtenientes Carlos Walter Kyling Schmidt y Arturo Guillermo Fernández Rodríguez, con los detenidos Ramón Alfredo Capetillo Mora y Mario Enrique Muñoz Peñaloza, en un camión marca Dodge de color rojo conducido por Juan Guillermo Quintanilla Jerez, con el objeto de detener a veintidós personas en la localidad de Paine. Es así que, en sus respectivos domicilios, ubicados en la zona urbana de la comuna de Paine, detuvieron, sin derecho, a René del Rosario Maureira Gajardo ya Andrés Pereira Salsberg.

Mientras que en el asentamiento ´24 de Abril, detuvieron a Patricio Loreto Duque Orellana, José Germán Fredes García, Carlos Enrique Gaete López, Rosalindo Delfín Herrera Muñoz, Jorge Hernán Muñoz Peñaloza, Ramiro Antonio Muñoz Peñaloza, Silvestre René Muñoz Peñaloza, Carlos Alberto Nieto Duarte, Laureano Quiroz Pezoa, Luis Ramón Silva Carreño y Basilio Antonio Valenzuela Álvarez. En el asentamiento ´Nuevo Sendero, a José Domingo Adasme Núñez, José Ignacio Castro Maldonado, Luis Alberto Gaete Balmaceda, Luis Rodolfo Lazo Maldonado, Samuel del Tránsito Lazo Maldonado, Carlos Enrique Lazo Quinteros y Samuel Altamiro Lazo Quinteros y, por último, en el asentamiento ´El Tránsito, a Pedro Antonio Cabezas Villegas y Roberto Esteban Serrano Galaz.

Posteriormente, los detenidos antes mencionados fueron trasladados hasta la quebrada Los Arrayanes, sector Los Quillayes, en las inmediaciones del Lago Rapel, lugar en que fueron fusilados por los soldados antes referidos y el civil que los acompañaba, quienes, acto seguido, enterraron sus cuerpos en el mismo sitio, siendo encontrados años después sólo fragmentos óseos y dentales de once de las veinticuatro víctimas, debido a que sus cuerpos fueron removidos y trasladados hasta un sitio desconocido hasta la fecha, en el marco de la Operación retiro de televisores, en 1978.


Caso Paine: Ministra Marianela Cifuentes condena a presidio perpetuo a cuatro ex oficiales del Ejército.

Fuente :diarioconstitucional.cl 6 de noviembre de 2019

Categoría : Prensa

La ministra Cifuentes condenó a los ex oficiales del Ejército Jorge Eduardo Romero Campos, Osvaldo Andrés Alonso Magaña Bau, Carlos Walter Kyling Schmidt y Arturo Guillermo Fernández Rodríguez a presidio perpetuo, en calidad de autores de 38 delitos de secuestro calificado.

La ministra en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte Apelaciones de San Miguel, Marianela Cifuentes Alarcón, condenó a 13 miembros del Ejército y Carabineros en retiro y a un civil, por su responsabilidad en los delitos consumos de 14 secuestros calificados de campesinos del sector El Escorial de Paine, víctimas que fueron finalmente ejecutadas en la Cuesta Chada, el 3 de octubre de 1973; y de 24 campesinos de asentamientos de la zona, los que fueron ejecutados en el sector Los Quillayes, cercano al Lago Rapel, el 16 de octubre de 1973.
En el fallo, la ministra Cifuentes condenó a los ex oficiales del Ejército Jorge Eduardo Romero Campos, Osvaldo Andrés Alonso Magaña Bau, Carlos Walter Kyling Schmidt y Arturo Guillermo Fernández Rodríguez a presidio perpetuo, en calidad de autores de 38 delitos de secuestro calificado.
En tanto, los ex miembros de la rama castrense José Hugo Vásquez Silva, Carlos del Tránsito Lazo Santibáñez, Juan Dionisio Opazo Vera, Roberto Mauricio Pinto Laborderie, Jorge Segundo Saavedra Meza, Víctor Reinaldo Sandoval Muñoz y el civil Juan Guillermo Quintanilla Jerez, deberán purgar 20 años de presidio.
En el caso del soldado conscripto, a la época de los hechos, Raúl Francisco Areyte Valdenegro, la magistrada lo condenó a 15 años de presidio en calidad de autor de 14 delitos de secuestro calificado; y al soldado conscripto Carlos Enrique Durán Rodríguez, a 15 años y un día de presidio, en calidad de autor de 38 delitos de secuestro calificado.
Finalmente, la ministra condenó al excapitán de Carabineros Nelson Iván Bravo Espinoza a la pena de 10 años y un día de presidio, en calidad de autor de 2 delitos de secuestro calificado.
En el aspecto civil, se condenó al fisco a pagar la suma total de $15.928.000.000 a familiares de las víctimas.

Los hechos
En la etapa de investigación de la ministra en visita estableció los siguientes hechos:
"Respecto de las víctimas José Cabezas Bueno, Francisco Calderón Nilo, Héctor Castro Sáez, Domingo Galaz Salas, José González Espinoza, Juan González Pérez, Aurelio Hidalgo Mella, Bernabé López López, Juan Núñez Vargas, Héctor Pinto Caroca, Hernán Pinto Caroca, Aliro Valdivia Valdivia, Hugo Alfredo Arenas y Víctor Zamorano González:
1° Que el día 24 de septiembre de 1973, en horas de la tarde, soldados de la Segunda Compañía de Fusileros de la Escuela de Infantería de San Bernardo se presentaron en el asentamiento ‘El Escorial' de la comuna de Paine y detuvieron, sin derecho, a Héctor Guillermo Castro Sáez y Juan Bautista Núñez Vargas, entre otros.
2° Que, tras su detención, Héctor Castro Sáez y Juan Núñez Vargas fueron trasladados al campo de prisioneros del Cerro Chena de la Escuela de Infantería de San Bernardo, lugar en que se les mantuvo ilegalmente encerrados.
3° Que, el día 2 de octubre de 1973, soldados de la Escuela de Infantería de San Bernardo se presentaron en el asentamiento ‘El Escorial' de la comuna de Paine y detuvieron, sin derecho, a José Ángel Cabezas Bueno, quien, acto seguido, fue trasladado al campo de prisioneros del Cerro Chena.
4° Que, el día 3 de octubre de 1973, en la madrugada, soldados de la Segunda Compañía de Fusileros de la Escuela de Infantería de San Bernardo, comandada por el Capitán Jorge Eduardo Romero Campos, salieron desde el campo de prisioneros del Cerro Chena, a cargo del Teniente Osvaldo Andrés Alonso Magaña Bau y los Subtenientes Carlos Walter Kyling Schmidt y Arturo Guillermo Fernández Rodríguez, con los detenidos José Ángel Cabezas Bueno, Héctor Guillermo Castro Sáez y Juan Bautista Núñez Vargas, en un camión marca Dodge de color rojo conducido por Juan Guillermo Quintanilla Jerez, se dirigieron al asentamiento ‘El Escorial' de la comuna de Paine y detuvieron, sin derecho, a Francisco Javier Calderón Nilo, Domingo Octavio Galaz Salas, José Emilio González Espinoza, Juan Rosendo González Pérez, Aurelio Enrique Hidalgo Mella, Bernabé del Carmen López López, Héctor Santiago Pinto Caroca, Hernán Pinto Caroca, Aliro del Carmen Valdivia Valdivia, Hugo Alfredo Vidal Arenas y Víctor Manuel Zamorano González.
5° Que, posteriormente, en el mismo camión trasladaron a todos los detenidos hasta una quebrada en la Cuesta de Chada y los ejecutaron, disparándoles con las armas de fuego que portaban, encontrándose tiempo después sus cadáveres abandonados en el citado lugar".

Asentamientos
En tanto, respecto de las víctimas José Adasme Núñez, Pedro Cabezas Villegas, Ramón Capetillo Mora, José Castro Maldonado, Patricio Duque Orellana, José Fredes García, Luis Gaete Balmaceda, Carlos Gaete López, Luis Lazo Maldonado, Samuel Lazo Maldonado, Carlos Lazo Quinteros, Samuel Lazo Quinteros, René Maureira Gajardo, Rosalindo Herrera Muñoz, Jorge Muñoz Peñaloza, Mario Muñoz Peñaloza, Ramiro Muñoz Peñaloza, Silvestre Muñoz Peñaloza, Carlos Nieto Duarte, Andrés Pereira Salsberg, Laureano Quiroz Pezoa, Roberto Serrano Galaz, Luis Silva Carreño y Basilio Valenzuela Álvarez, la indagatoria estableció la siguente secuencia:

1° Que, el día 8 de octubre de 1973, funcionarios de la Subcomisaría de Carabineros de Paine se presentaron en el asentamiento ‘Campo Lindo' de la misma comuna y detuvieron, sin derecho, a Ramón Alfredo Capetillo Mora, quien, acto seguido, fue encerrado en la referida unidad policial.
2° Que, en los días posteriores, Ramón Capetillo Mora fue trasladado al campo de prisioneros del Cerro Chena de la Escuela de Infantería de San Bernardo.
3° Que, el día 10 de octubre de 1973, funcionarios de la Subcomisaría de Carabineros de Paine se presentaron en el asentamiento ‘24 de Abril' de la misma comuna y detuvieron, sin derecho, a Mario Enrique Muñoz Peñaloza, quien, acto seguido, fue encerrado en la referida unidad policial.
4° Que, en los días posteriores, Mario Muñoz Peñaloza fue trasladado al campo de prisioneros del Cerro Chena de la Escuela de Infantería de San Bernardo.
5° Que, en la época de los hechos, la Subcomisaría de Carabineros de Paine se encontraba a cargo del Capitán Nelson Iván Bravo Espinoza.
6° Que, el día 16 de octubre de 1973, en la madrugada, soldados de la Segunda Compañía de Fusileros de la Escuela de Infantería de San Bernardo, comandada por el Capitán Jorge Eduardo Romero Campos, salieron desde el campo de prisioneros del Cerro Chena, a cargo del Teniente Osvaldo Andrés Alonso Magaña Bau y los Subtenientes Carlos Walter Kyling Schmidt y Arturo Guillermo Fernández Rodríguez, con los detenidos Ramón Alfredo Capetillo Mora y Mario Enrique Muñoz Peñaloza, en un camión marca Dodge de color rojo conducido por Juan Guillermo Quintanilla Jerez, con el objeto de detener a veintidós personas en la localidad de Paine. Es así que, en sus respectivos domicilios, ubicados en la zona urbana de la comuna de Paine, detuvieron, sin derecho, a René del Rosario Maureira Gajardo y a Andrés Pereira Salsberg. En el asentamiento ‘24 de Abril', a Patricio Loreto Duque Orellana, José Germán Fredes García, Carlos Enrique Gaete López, Rosalindo Delfín Herrera Muñoz, Jorge Hernán Muñoz Peñaloza, Ramiro Antonio Muñoz Peñaloza, Silvestre René Muñoz Peñaloza, Carlos Alberto Nieto Duarte, Laureano Quiroz Pezoa, Luis Ramón Silva Carreño y Basilio Antonio Valenzuela Álvarez. En el asentamiento ‘Nuevo Sendero', a José Domingo Adasme Núñez, José Ignacio Castro Maldonado, Luis Alberto Gaete Balmaceda, Luis Rodolfo Lazo Maldonado, Samuel del Tránsito Lazo Maldonado, Carlos Enrique Lazo Quinteros y Samuel Altamiro Lazo Quinteros y, por último, en el asentamiento ‘El Tránsito', a Pedro Antonio Cabezas Villegas y Roberto Esteban Serrano Galaz.
7° Que, posteriormente, los detenidos antes mencionados fueron trasladados hasta la quebrada Los Arrayanes, sector Los Quillayes, en las inmediaciones del Lago Rapel, lugar en que fueron fusilados por los soldados antes referidos y el civil que los acompañaba, quienes, acto seguido, enterraron sus cuerpos en el mismo sitio, siendo encontrados años después sólo fragmentos óseos y dentales de once de las veinticuatro víctimas, debido a que sus cuerpos fueron removidos y trasladados hasta un sitio desconocido hasta la fecha.


Caso Paine. El clan Kast, la participación de latifundistas y dueños de camiones en la ejecución y desaparición de 70 habitantes

Fuente :laizquierdadiario.cl 17/06/2017

Categoría : Prensa

Fueron los dueños de latifundio y de camiones quienes participaron junto a los agentes de Estado en las torturas, ejecución y desaparición de los 70 habitantes de Paine, en su mayoría campesinos, durante la dictadura militar. La justicia ha procesado a seis de ellos y uno quedó imputado por los crímenes de lesa humanidad, Francisco Luzoro Montenegro. Sin embargo, el clan Kast, quien ha participado según testigos, ha quedado impune.

El 2017, la Corte Suprema ratificó el fallo contra el primer civil condenado por crímenes de lesa humanidad: Francisco Luzoro, por el asesinato de Carlos Chávez Reyes, Raúl del Carmen Lazo Quinteros, Orlando Enrique Pereira Cancino y Pedro Luis Ramírez Torres. La condena fue por 20 años y un día. Sin embargo, el criminal solicitó la libertad provisional bajo fianza en favor del procesado, bajo el argumento de "no ser un peligro para la seguridad de la sociedad", manteniendo para el procesado la obligación de firma en dependencias del tribunal.

Francisco Luzoro fue el dirigente dueño de camiones de Paine, quien actuó como cabecilla de varios civiles que facilitaron vehículos y logística para las labores represivas de carabineros y militares y participaron en ejecuciones de al menos setenta campesinos y obreros agrícolas de Paine, localidad ubicada 46 kilómetros al suroeste de Santiago, en la actual provincia del Maipo.

También hubo otros cinco civiles procesados, como Rubén González Carrasco, Claudio Orregón Tudela y Juan Francisco Luzoro como cómplices de secuestro agravado de dos víctimas. Luego, Luzoro y Mario Tagle Román fueron encargados reos como autores del homicidio calificado de otras víctimas. En un tercer procesamiento, Juan Francisco Luzoro y Ricardo Tagle Román también fueron procesados como autores de homicidio calificado.

El 2017 también se procesó al civil Juan Guillermo Quintanilla Jerez y al militar (r) José Vásquez Silva como autores del secuestro calificado de 22 personas, entre ellas Andrés Pereira, padre de la abogada de Derechos Humanos Pamela Pereira.

Estas 22 víctimas fueron detenidas en la localidad de Paine, en octubre de 1973, de ahí fueron trasladadas a la quebrada de Los Quillayes en las cercanías del lago Rapel, donde habrían sido ejecutados.

El clan Kast y su impunidad

Las denuncias contra la familia del candidato presidencial ultraderechista José Antonio Kast volvieron tras conocerse el fallo de la Corte Suprema por el caso de "Paine Centro", el cual involucra la ejecución y desaparición de 38 habitantes. En el fallo se condenó a 11 ex uniformados del Ejército y Carabineros.

En el programa Sin Filtros, Dauno Tótoro, dirigente del Partido de los Trabajadores Revolucionarios (PTR) emplazó a Teresa Marinovic, convencional del Partido Republicano por la complicidad de la familia Kast en la ejecución y desaparición de 70 personas, todos hombres y en su mayoría trabajadores agrícolas. Durante la discusión, Tótoro invitó a Marinovic a leer el libro A la sombra de los cuervos (Ceibo Ediciones, 2015) del periodista Javier Rebolledo, en donde se aborda el rol de los cómplices civiles de la dictadura civil-militar.La familia Kast tiene renombre en la derecha, Miguel Kast, hermano de José Antonio Kast, famoso operador de la derecha, uno de los pilares fundantes de la UDI, arquitecto en los cambios del Estado (ODEPLAN) durante los 80 para ajustarlo al nuevo sistema económico neoliberal que se quería implementar en ese momento, sino además con vínculos con la misma DINA, como revela el libro A la Sombra de los Cuervos, el periodista Javier Rebolledo.

Voces contra la Reforma Agraria

En el Golpe de Estado, Miguel Kast hizo una buena relación con Jaime Guzmán y también fundador UDI. Antes, en los años 70, mientras que en distintas localidades como en Paine, la Reforma Agraria comenzaba a levantarse desde organismos campesinos y sindicatos de obreros agrícolas, en ese periodo la familia Kast habría facilitado los camiones e inclusive sindicado a algunos de los que fueron luego asesinados.

Christian Kast, hijo del propietario de establecimientos Bavaria y hermano de José Antonio, fue citado a declarar por la justicia el 2003. Causa que fue reabierta el año 2002 por la ministra de la Corte de Apelaciones de San Miguel, María Stella Elgarrista, acumulándolas en una sola, denominada “Paine”, producto de que 70 ciudadanos de localidades como Pintué, El Escorial, Chada, Culitrín y Hospital, entre otras, habían sido asesinados o permanecían desaparecidos.

Francisco Luzoro, reconoció que “los operativos que realizaba personal de carabineros escoltados por nosotros [los civiles] eran exclusivamente para detener gente en diferentes lugares, los cuales eran trasladados a la Subcomisaría de Paine, sin saber cuál era su destino final (…)”. La familia Kast tenía relación con préstamos y traslados que unía a los militares y Carabineros con las detenciones.


Caso Paine: Condenan a 13 exmilitares por ejecución de campesinos en 1973

Fuente :lavozdelosquesobran.cl 12/11/2020

Categoría : Prensa

Los crímenes ocurrieron durante los primeros días de la dictadura de Augusto Pinochet, tras el golpe de Estado del 11 de septiembre de 1973. En la instancia judicial, se reinterpretaron los delitos, pasando de secuestro calificado a homicidio calificado.

La Corte de Apelaciones de San Miguel condenó a penas de entre 5 y 15 años de cárcel a 13 miembros retirados del Ejército por su responsabilidad en la ejecución de 38 campesinos de asentamientos de la comuna de Paine, ejecutados en la cuesta Chada y la quebrada Los Quillayes, durante los primeros días de la dictadura cívico-militar, entre el 24 de septiembre y el 16 de octubre de 1973.

En la sentencia, la Cuarta Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Diego Simpértigue, Ana Cinfuegos y Dora Mondaca– recalificó los “secuestros calificados” como “homicidios calificados”, rebajando así la sanción penal que deberán cumplir los condenados.

De esta forma, la sanción penal que deberán cumplir los condenados Jorge Romero Campos, Osvaldo Magaña Bau y Juan Quintanilla Jerez, es de 15 años de presidio, como autores de los crímenes. En tanto, Carlos Kyling Schmidt y Arturo Fernández Rodríguez fueron sentenciados a 10 años de presidio; mientras que José Vásquez Silva, Carlos Lazo Santibáñez, Juan Opazo Vera, Rodrigo Pinto Labordarie, Jorge Saavedra Mesa, Víctor Sandoval Muñoz, Carlos Durán Rodríguez y Raúl Areyte Valdenegro deberán purgar 5 años y un día de presidio.

En el caso del exoficial de Carabineros Nelson Iván Bravo Espinoza fue sentenciado a 5 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva por igual lapso, como autor de dos delitos de secuestro simple.

La presidenta de la Agrupación de Detenidos Desaparecidos, Lorena Pizarro, criticó la tardanza en llegar a este resultado. “Nunca vemos que se resuelva condenar a condenas perpetuas. Es decir, tardan y más encima (son) migajas”, agregó.  

“Uno no puede hablar de que en Chile hay justicia. Distinto es que siempre vamos a luchar para que los tribunales de justicia cumplan con su deber, pero esta justicia es tardía, donde muchos de los familiares han fallecido, donde además es una verdad donde siempre se excluye a los civiles políticos responsables del genocidio, donde las condenas no tienen correlato con la magnitud del delito cometido”.

Lorena Pizarro

“Estamos cansados pero satisfechos, porque se ha hecho un ajuste con la historia y con tanta víctima inocente e indefensa”, dijo el abogado Luciano Fouilloux, querellante en la emblemática causa, a radio Cooperativa. “Es un caso muy duro, un caso muy histórico. Paine es la localidad en que, en relación víctima-población, más represión hubo en Chile, sin lugar a dudas”, agregó el jurista. 


Adelanto del libro “A la sombra de los Cuervos” Los Kast en los crímenes de Paine

Fuente :elmostrador.cl 6/11/2014

Categoría : Prensa

El Mostrador publica a continuación un extracto del capítulo del libro de los periodistas Javier Rebolledo y Nancy Guzmán, a publicarse en 2015, y que tratará sobre el rol de los civiles que actuaron como "cómplices pasivos" y "no pasivos" de la dictadura de Pinochet. Los personajes elegidos van desde abogados, médicos, ingenieros, políticos, periodistas, operadores, hasta grandes empresarios. La investigación se centra en episodios inéditos, como el de la participación en la represión de algunos miembros de la familia Kast, dueños de la cadena Bavaria, en la zona de Paine, donde hubo masiva exterminación de campesinos favorecidos por la reforma agraria.Pedro León Vargas Barrientos pensaba que no tenía de qué preocuparse la mañana del 13 de septiembre de 1973. Tenía sólo 23 años, militaba en el MIR y poco tiempo atrás trabajaba en los establecimientos Bavaria. El mismo 11 de septiembre se presentó a la Subcomisaría de Paine y el capitán a cargo, Nelson Bravo, que lo conocía bien, le dijo que “todo estaba en orden. Así que se devolvió tal como había llegado”[1], recuerda Sylvia Vargas, hermana de Pedro.A pesar de eso, el 13 de septiembre fue sacado brutalmente de la cola del pan y arrastrado hasta un vehículo que lo llevó a la comisaría. Varios vecinos trataron de ayudarlo, algunos lo tomaron de la ropa, pero fue imposible. Ya en el calabozo le comentó a su compañero de celda, Armando Pereira Salas, que “su detención era ‘pesada’”[2]. Como brazo derecho de las Fuerzas Armadas y Carabineros, estaban los civiles que se paseaban triunfantes por las calles del pequeño pueblo.

Christian Kast, hijo del propietario de establecimientos Bavaria, fue citado a declarar por la justicia el 2003. Causa que fue reabierta el año 2002 por la ministra de la Corte de Apelaciones de San Miguel, María Stella Elgarrista, acumulándolas en una sola, denominada “Paine”, producto de que 70 ciudadanos de localidades como Pintué, El Escorial, Chada, Culitrín y Hospital, entre otras, habían sido asesinados o permanecían desaparecidos. En esa ocasión, reconoció que: “Acompañamos a Carabineros al sector de Aculeo a saludar a agricultores del lugar, y a celebrar lo acontecido ese día”[3]. Ese mismo 11 de septiembre condujo hasta la Subcomisaría el Datsun 1.500 color verde de su familia, cargado con alimentos de Bavaria para los carabineros. “Pues en ella los funcionarios tenían una olla común. Fui invitado a quedarme en el lugar hasta el día siguiente”[4], declaró. En ese lugar fueron vistos por última vez gran parte de los desaparecidos de Paine.

Rato después, durante esa misma noche, Kast vio llegar a la Subcomisaría a un grupo de detenidos “los que en la mañana del día 12 fueron retirados por un camión militar. Iban rapados”[5]. Kast nunca denunció este hecho a la justicia.

Christian Kast es actual Presidente de la fábrica de cecinas, restaurantes y rotisería Bavaria, conocida empresa del rubro alimenticio que tiene sucursales a lo largo de una parte importante de Chile, y hermano del actual diputado y vicepresidente de la Unión Demócrata Independiente (UDI), José Antonio Kast. Además es tío de Felipe Kast, diputado y líder de Evópoli.

Al mediodía del 12 de septiembre, horas después de la detención de Pedro Vargas, “se hizo un asado en el sitio indicado (patio de la Subcomisaría) y retorné a mi casa, momento en que mi madre me prohibió seguir yendo a la subcomisaría en razón de todo lo que había sucedido y que ella había apreciado por televisión. A pesar de ello, en los días posteriores volví a la subcomisaría a dejar cecinas de nuestro negocio familiar, los establecimientos Bavaria, en dos o tres ocasiones y en horas de la tarde. Cada vez que acudí veía a los carabineros y civiles compartir asados en el patio que indiqué. En esas ocasiones me enteraba que había detenidos en el cuartel, los que estaban en unas dependencias ubicadas al fondo del mismo. Sólo recuerdo haber escuchado hablar de una persona que apodaban ‘Harina Seca’, no recuerdo otros nombres o apodos”.[6]

 

Cuando la ministra Elgarrista citó a declarar en calidad de inculpado a Michael Kast el año 2003, le interesaba conocer la propiedad de los camiones que habían participado en el traslado de los prisioneros detenidos desaparecidos de Paine. Lo interrogó en condición de inculpado. Al 11 de septiembre de 1973 era propietario de un camión rojo marca Mercedes Benz, tipo bombero. Tanto Kast como otros civiles interrogados, coincidieron judicialmente en que el objetivo de los préstamos solo fue para el traslado de funcionarios y sus familias hacia la Subcomisaría de Paine. “No recuerdo si estos traslados se hacían también durante la noche, de lo que estoy seguro, es que nunca mi móvil quedó en la comisaría sin el conductor que trabajaba para mí. Carlos, al regresar, me comentaba que efectivamente habían trasladado a los familiares de los funcionarios de Paine”.

 

El detenido al que se refiere Christian Kast y por el cual nunca inició algún trámite de denuncia en base a lo que había escuchado en la Subcomisaría, es Luis Nelson Cádiz Molina, comerciante de 28 años, detenido el 14 de septiembre, simpatizante del MIR. Cádiz es uno de los detenidos desaparecidos de Paine. La última vez que fue visto con vida fue en el calabozo de la Subcomisaría de Paine, junto a Pedro Vargas, ambos con signos de haber sido torturados.

Inquirido por la jueza, Christian Kast declaró que solo conoció a Pedro como empleado de su establecimiento, pero que no supo de su situación. “Sólo posteriormente tuve conocimiento que fue detenido por Carabineros, pero yo no lo vi en la Sub Comisaría, ni escuché que estuviera cuando yo acudí a dicho establecimiento”.[7]

Según declaró, el también detenido, Alejandro del Carmen Bustos González, cerca de las tres de la madrugada del 18 de septiembre, un carabinero llegó a pasar lista al calabozo y lo sacó hacia el patio. Le ordenó que se vistiera, lo dejó un instante ahí y partió hacia el calabozo. Bustos observó varios vehículos de civiles estacionados, “siempre desde el patio y al acercarme a un pasillo, a través de una ventana, nuevamente pude observar a las personas de civiles. Me refiero a Francisco Luzoro, Claudio Oregón, Antonio Carrasco, Luis Mondaca, Segundo Suazo, Miguel González, Cristián Kast, Patricio Meza, Tito Carrasco, Mario Tagle, Jorge Nazar y Ruperto Jara”.[8]

Minutos más tarde, él junto a Carlos Chávez, Orlando Pereira, Luis Ramírez y Raúl Lazo fueron subidos por carabineros a vehículos de civiles. No les pusieron capuchas. La comitiva tomó un camino que reconoció como la carretera Norte Sur. Luego enfilaron hacia el poniente, hasta un campo. Camino de tierra sinuoso, todos en silencio y el zumbido de los motores. Los bajaron, alineados en medio de un escampado, focos de vehículos alumbrándolos de medio lado, al frente un pelotón de civiles y carabineros, y el horror a la muerte en ciernes. A su costado derecho, diez metros más abajo, un remolino negro y espumoso de agua, esperando que cayeran en él. “Levanten las manos, nos dijo el sargento Reyes. Lo hicimos y miré hacia arriba, al cerro. ‘¡Puta a dónde estamos, Dios mío santo! ¡Virgencita linda!’, me dije. Y veo que va subiendo una imagen de la virgen arriba de una nube”[9], dijo con lágrimas Bustos.

Cuando sonó el estruendo, una bala le dio en el brazo y un chorro de sangre se le estrelló en la cara. Era de Orlando Pereira, su compañero de muerte. Algunos cayeron heridos, otros gritando de dolor y miedo. “Con un yatagán a uno de ellos, aún vivo, le sacaron los ojos y le cortaron la lengua”[10]. Cuando el trabajo estuvo listo, lo empujaron por el despeñadero hacia el canal y rodó junto al resto del grupo. Adentro del agua, mientras daba vueltas en el remolino, sintió un brazo que lo tomaba del cuello. Era Orlando Pereira. “Me rogó que lo ayudara, así que lo monté al hombro y nadé. Salimos juntos al otro lado.”[11] Pereira tenía varios impactos de bala en el pecho. “Me dijo que estaba muerto y que le cuidara a su señora y al hijo. Me pasó su chomba entera perforada y murió”.[12]

Bustos fue el único que sobrevivió para contarlo. Careado con Christian Kast[13], reafirmó que lo vio en la comisaría el día de su detención, pero aclaró que no fue parte de la caravana que rato después lo fusiló. Entrevistado para este reportaje, Bustos puntualizó que en realidad quiso decir que no fue capaz de identificarlo. “Había más civiles, pero con las luces y la oscuridad, no los identifiqué a todos. No me recuerdo de haber visto a Kast ahí, pero podría haber estado también”[14].

Kast reconoció a la justicia solo haber escuchado la historia: “En una oportunidad un sacerdote me relató un acontecimiento similar al que señala mi interlocutor, que relacionándolos, creo que se trata del mismo. Esa fue la primera vez que tuve noticias de lo sucedido en Collipeumo”.[15]

La traición y los recuerdos de Sylvia

Sylvia recuerda que el único problema que tenía Pedro con los Kast era un altercado previo al 11 de septiembre, en su lugar de trabajo, Cecinas Bavaria. “Mi hermano descubrió que no estaban pagando a sus trabajadores un porcentaje de las ventas, que era su obligación legal. Entonces organizó un sindicato y don Miguel lo castigó, bajándolo a rondín de la fábrica de cecinas. Tenía que usar un arma. A Pedro no le gustaba la violencia, así que renunció”[16], recuerda Sylvia.

A pesar de ese episodio y sus nueve meses de embarazo, Sylvia decidió ir hasta la casa de los Kast en Buin, para pedirle ayuda a su patrón. A su favor tenía que a comienzo de los 60 su familia y los Kast habían trabajado codo a codo para sacar adelante la recién creada fuente de soda Bavaria, junto a la carretera Norte Sur, a la altura de Buin, donde los Vargas también vivían: “Otros patrones habían ayudado a salir libre a sus funcionarios, así que por eso me decidí a ir donde él”[17], recordó.

En la entrada de la casa la recibió don Michael: “Estaba molesto. Me dijo ‘cómo se ve Sylvia que usted no sabe lo que es una guerra’. Le dije: ‘Pero ¿qué guerra, don Miguel? Pedro andaba con una malla del pan y la plata, nada más’. El insistió. ‘No, Sylvia, esto es grave, usted no tiene idea. Esto es de vida o muerte’. Yo le respondí, pero me dijo cortante que me fuera tranquilita para mi casa a tener a mi hijo”.[18]

Interrogado por la justicia, Michael Kast negó la visita de Sylvia para solicitarle ayuda: “No recuerdo de que familiares de Pedro hayan concurrido a mi domicilio, el día 17 de septiembre de 1973, a pedirme ayuda para encontrar o liberarlo y tampoco creo que de haber sido así, yo les hubiera contestado de la manera que se me señala, ya que le tenía aprecio a la familia, pues Sylvia y Pedro Vargas Barrientos trabajaban para mí, al igual que su padre, Bernabé Vargas”.[19]

Camiones

Cuando la ministra Elgarrista citó a declarar en calidad de inculpado a Michael Kast el año 2003, le interesaba conocer la propiedad de los camiones que habían participado en el traslado de los prisioneros detenidos desaparecidos de Paine. Lo interrogó en condición de inculpado. Al 11 de septiembre de 1973 era propietario un camión rojo marca Mercedes Benz, tipo bombero.

Tanto Kast como otros civiles interrogados, coincidieron judicialmente en que el objetivo de los préstamos solo fue para el traslado de funcionarios y sus familias hacia la Subcomisaría de Paine. “No recuerdo si estos traslados se hacían también durante la noche, de lo que estoy seguro, es que nunca mi móvil quedó en la comisaría sin el conductor que trabajaba para mí. Carlos, al regresar, me comentaba que efectivamente habían trasladado a los familiares de los funcionarios de Paine”. [20]

Francisco Luzoro, dueño de camiones y dirigente de la Asociación Gremial de Camioneros –procesado por varios crímenes de Paine– reconoció que “los operativos que realizaba personal de carabineros escoltados por nosotros [los civiles] eran exclusivamente para detener gente en diferentes lugares, los cuales eran trasladados a la Subcomisaría de Paine, sin saber cuál era su destino final (…)”[21]. Aprovechó, eso sí, de abrir a medias el secreto a voces sobre la participación de otros civiles, sin comprometerse: “Quiero hacer presente que no solo yo estaba prestando colaboración con vehículos a personal de Carabineros, sino que habían otras personas civiles y que además tenían otros vehículos (…) pero no recuerdo quiénes eran, como asimismo había otras camionetas, pero de diferentes colores.[22]

En cuanto a su relación con el líder de los civiles de Paine, y los demás integrantes de las brigadas formadas luego del golpe, Michael Kast fue discreto: “[A Luzoro] sólo lo ubico, por cuanto es un fletero de la zona, pero no tenemos un vínculo de amistad, igual cosa ocurre con Ramón Huidobro (…). Los Carrasco porque tienen parcela agrícola en Paine, a los hermanos Tagle porque son hijos de un dueño de fundo. Nunca nos visitamos con estas personas, ya que como señalé solamente los ubico”.[23]

 

La mayoría de las personas que Kast declaró “sólo ubicar”, actualmente están procesadas y algunos de ellas confesas de su participación en los crímenes que se han logrado dilucidar en Paine.

Hasta hoy, en la mayoría de los casos, la justicia no ha dilucidado qué camiones y vehículos fueron utilizados en los diversos episodios criminales. Se sabe que, por ejemplo, un camión rojo trasladaba detenidos desde y hasta la Escuela de Infantería de San Bernardo. También, como excepción, se sabe qué vehículos y qué choferes secuestraron al profesor Cristian Víctor Cartagena Pérez, detenido desaparecido, profesor de la Escuela de Chada y militante del Partido Comunista

Esto no fue problema para que en 2008 Christian Kast protegiera a Rubén Darío González, comerciante que colaboró conduciendo vehículos y que se encuentra confeso de su participación en el crimen del profesor Cartagena Pérez. Kast firmó un “certificado de honorabilidad” a su favor.

“Certifico conocer al señor Rubén Darío González desde su infancia. Asimismo, conocí a sus padres y abuelos, quienes se destacaron como personas correctas y respetables, activos participantes del comercio, muy queridos entre la comunidad de Paine. Don Rubén González siempre ha sido un joven normal y muy ordenado. Se casó y formó una familia muy cristiana de Paine. Como he sabido participa de movimientos cristianos de la comuna (…)”[24]

La viuda del profesor Cristián Víctor Cartagena Pérez, Holanda Vidal, recordó ante la Policía de Investigaciones que, al momento de ser secuestrado, su marido fue amarrado con una cuerda y esta a una de las camionetas de la caravana de civiles y militares. Se perdió en el camino, “arrastrándolo por todo el camino hasta llegar a la comisaría (…)”[25]

Las redes políticas

Con el golpe militar, la familia Kast fortaleció su posición social y política. Miguel, el mayor de los hijos, economista de la Universidad Católica y con postgrado en la Universidad de Chicago, pasó a ser parte de los civiles que trabajaron para la dictadura. En 1978 asumió como director de la Odeplan[26]; en 1980 fue designado por Augusto Pinochet como ministro del Trabajo y, en 1982, presidente del Banco Central. En 1983 le diagnosticaron cáncer óseo y, finalmente, murió ese mismo año. A partir de ese momento, se transformó en una leyenda dentro de la extrema derecha, ya que junto a Jaime Guzmán había integrado la fundación del Gremialismo, movimiento político que sentó las bases de la Unión Demócrata Independiente (UDI), partido político nacido para dar apoyo social e ideológico a la dictadura de Augusto Pinochet.

Luego de su muerte, dos de sus familiares directos asumieron la representación política de la familia. Su hijo, Felipe Kast Sommerhoff, ingeniero de la Universidad Católica, militó en la UDI y, posteriormente, formó Evópoli[27]. Durante el gobierno de Sebastián Piñera fue Ministro de Planificación Social. En las elecciones presidenciales fue jefe de campaña en el comando de la candidata Evelyn Matthei y actualmente es diputado por Santiago. Respecto de la dictadura de Augusto Pinochet, a través de Evópoli ha marcado un distanciamiento con la generación de su padre. En una entrevista señaló: “Tengo una visión muy crítica de las violaciones a los derechos humanos, como una menos crítica de lo que se hizo en políticas sociales”[28]. Explicando sus parámetros valóricos para balancear dichos temas, señaló que “como no me tocó vivir eso, tengo mucho menos complejo al valorar lo bueno.”[29] Además, dijo que “académicamente” apoya lo que él llama “pronunciamiento” militar y que si estuviera en dictadura habría ejercido como ministro de Estado para Pinochet.[30]

José Antonio, hijo menor del matrimonio Kast Rist, es conocido como un bastión político y valórico de la derecha más dura. En 2013 señaló a la prensa que la operación de venganza de la dictadura por el atentado a Augusto Pinochet, ocurrido el 7 de septiembre de 1986, no fue digitada por el Estado, sino que “hubo personas que tomaron venganza por compañeros de ellos que cayeron en el atentado a Pinochet y cometieron un delito”[31]. En la misma ocasión confundió episodios históricos, señalando que dicha venganza fue el crimen de los “Degollados”, ocasión en que Santiago Nattino, José Manuel Parada y Manuel Guerrero, fueron asesinados por personal de Carabineros, hecho ocurrido antes del atentado a Pinochet, en marzo de 1985, investigado y sancionado por la justicia como crimen de Estado.

Días más tarde, Kast pidió disculpas por haber confundido el caso Degollados con el atentado a Pinochet.

José Antonio se ha caracterizado por su discurso de “protección a la vida” al referirse a la posibilidad de discusión sobre el aborto en Chile. Su oposición a la pastilla de contracepción de emergencia, la regulación de la vida en pareja de homosexuales, la adopción de niños por parejas gays y el matrimonio gay han sido sus caballos de batalla, erigiéndose como uno de los hombres más conservadores al interior de la UDI.

Desde el comienzo la empresa familiar Bavaria ha estado presente en las carreras políticas de José Antonio y Felipe.

El 9 de mayo de 2014, Michael Kast Schindele, el páter familias, murió a los 90 años como célebre y cristiano empresario de la zona y fundador de un imperio. Pocos saben, pero hasta su muerte mantuvo su calidad de inculpado por los crímenes de Paine.

Sylvia, sin conocer los antecedentes del sumario que actualmente se sustancia en la Corte de Apelaciones de San Miguel, siempre mantuvo la duda respecto a la participación de Michael Kast y Christian Kast en el crimen de Pedro. Su absoluta inhumanidad y la negativa a ayudarla en momentos en que su sola gestión significaba la vida o la muerte de su hermano, persisten en su memoria.

Han pasado 41 años de ocurridos estos crímenes y aún no existen condenas. Solo hay siete carabineros procesados, dos militares y nueve civiles por los distintos episodios[32]. Unos pocos vehículos que participaron en las caravanas de la muerte lograron ser asociados a sus dueños y a episodios criminales concretos. El resto se encuentra en la nebulosa.

Fuentes:

[1] Entrevista con Sylvia Vargas Barrientos

[2] Declaración Policial de Armando Artemón, Declaración Policial de Armando Artemón Pereira Salas, 4 de noviembre 2002, causa rol 04-02-F, “Paine”, fojas 2085, Tomo X

[3] Declaración judicial de Christian Kast Rist, 25 de abril de 2003. Causa Paine. Fojas 5.979 del tomo XVIII.   (extracto)


Se demoraron tanto en entregarlo (testimonio)

Fuente :germina.cl 2014

Categoría : Prensa

Mi nombre es Margarita Nilo, soy la mamá de Francisco Javier Calderón Nilo. Mi hijito tenía 18 años cuando se lo llevaron la madrugada del 3 de octubre de 1973. Se lo llevaron detenido junto con el hijo de la señora Flor González, Víctor Manuel Zamorano González, sin haber motivo, no sabemos por qué se los llevaron. A mi niño lo sacaron de la casa de mis papás. Primero llegaron a nuestra casa buscando a Francisco, recién nos habíamos acostado. A las dos y media de la mañana golpearon la puerta muy fuerte, mi esposo se levantó a abrir preguntando quién era y  entraron varios militares con la cara tiznada. Yo siempre he pensado que entre ellos andaba gente conocida, pero no los pudimos reconocer. A mi marido lo sacaron los milicos apuntalado con dos metralletas, una a cada lado, y le dijeron: “Usted nos va a acompañar, abríguese bien abrigadito, que usted nos va a acompañar”. “¿Bueno, y por qué se lo van a llevar? Si él no ha hecho nada. ¡Somos trabajadores, no ve los sacos que tenemos aquí!, trabajamos nosotros, ¿Por qué se lo van a llevar? Si se llevan a mi esposo, me llevan a mí”, les dije a los militares. Me levanté y un militar -que recuerdo porque se miraba al espejo de un ropero que aún tengo-, que era chico, gordo, con pasamontaña gris, ojitos claros, me dijo: “Señora, usted no se levante”, “y por qué no me voy a levantar, ¡soy yo la dueña de casa señor! Tengo que pre – guntar por qué se llevan a mi esposo, ¿por qué?”. Después empezaron a preguntarles a los otros hijos que estaban en el dormitorio y les preguntaron sus nombres, a cada rato les pregunta – ban, con linterna los alumbraban y trajinaban por todas partes. “Bue – no y, ¿qué trajinan tanto, qué buscan?”, les dije, y ellos no respondían. Un milico le preguntó a otro: “¿A quién buscamos?”, “A Francisco Calderón Nilo”. “Ese es mi hijo, ¡Mi! hijo”, “¿a dónde lo tiene, a dónde lo escondió?”, “¿Por qué lo voy a esconder, señor?, por Dios, a dónde cree usted que yo lo tengo, a dónde lo voy a esconder yo, él está trabajando en Liguay”, “No le creo”, “Sí, si es verdad”,- “Mire, señora, si usted miente, le voy a venir a bombardear la casa y va a morir des – de su hijo más chico hasta el más grande”, “Mire, señor, nosotros no somos mentirosos, yo digo la verdad. Por Dios, por Dios, señor, las cosas que usted me está diciendo aquí”. Yo ya no podía hablar. Al otro día dejé que pasara el toque de queda, me levanté y partí tem – prano a la casa de mis padres a buscar a Francisco, era muy lejos, no hallaba cómo llegar. ¡Uy! fue un calvario, corría, me caía, me paraba, las piernas rojas porque me caía, yo estaba desesperada, no había gente en la calle porque era muy temprano. Ya pasado el retén me di cuenta que venía un tractor y me llevó a la casa de mis papás. Le pregunté a mi papá: “¿Y mi hijo, dónde está mi hijo?”. Ahí me di cuenta, ya me lo habían llevado a mi hijito, y le dije a mi papá: “¡Por Dios, Tatita, ¿Por qué?, y mi hijo, ¿por qué no me lo defendió, por qué se lo llevan?!”. Nadie sabía por qué se lo llevaron y yo pensaba “¿por qué se lo llevan?”. Nosotros tanto que lo buscamos y lo encontramos en el Cerro Re – dondo de la Cuesta Chada. Fuimos a ver y en una quebrada estaban los huesitos pelados, todos hechos tira, todos desarmados. Eso fue lo que nos entregaron después, ¡cuántos años después! Se demoraron tanto en entregarlo. Desde la Cuesta Chada los recogieron, los lleva – ron al Instituto Médico Legal y lo entregaron el año 1991. Y seguimos sufriendo todavía, esto lo tengo encerrado aquí, tengo esta palomita aquí, es muy doloroso, para mí ha sido muy doloroso. Dios sabrá lo que les va a pasar a ellos, Dios que nos acompañe no más y nos de fuerza y salud para seguir luchando.                  Margarita Nilo Suazo