Fecha Detención : 29-12-1975
Lugar Detención : Santiago
Actividad Política : Partido Comunista (PC)
Actividad : Artesano
Estado Civil e Hijos : Casado
Nacionalidad : chilena
Relatos de Los Hechos
Categoría : Antecedentes del Caso
José Ramón Ascencio Subiabre, casado, artesano, Presidente de la Junta de Abastecimiento y Control de Precios JAP, militante comunista, fue detenido el día 29 de diciembre 1975, alrededor de las 18:30 Hrs., en su lugar de trabajo, un taller artesanal, ubicado en la calle Padre Las Casas Nº 2151, en la Comuna de Conchalí de la ciudad de Santiago, por agentes de la Dirección Nacional de Inteligencia – DINA, que se movilizaban en un automóvil FIAT 125 color blanco y en una camioneta Chevrolet doble cabina, color amarillo.
En el operativo que culminó con la detención de José Ramón, participaron seis agentes, dos mujeres y cuatro hombres. Una de las mujeres llamó a la puerta del taller, siendo atendida por el propio Ascencio, a quien preguntó por "Moncho" tal como le conocían sus amigos una vez que éste se hubo identificado, le invitó a salir afuera para conversar en privado. En las afueras del taller aguardaba uno de los agentes, el que le reiteró que querían conversar privadamente con él. Este último diálogo alcanzó a ser escuchado por doña Matilde Mercedes Osorio Ramos, propietaria del local donde funcionaba el taller, quien extrañada por la situación, entró al mismo y le comentó sus aprehensiones al respecto a Raúl Cortez, socio de José Ramón. De inmediato, ambos salieron a la puerta del local, pudiendo percatarse que Ascencio era subido a la camioneta en su asiento posterior y ubicado entre dos de los agentes. En el acto, la camioneta y el automóvil abandonaron el lugar con rumbo desconocido.
Sin embargo, posteriormente, a través de la declaración de innumerables testigos sobrevivientes a su reclusión, se pudo establecer que José Ramón fue trasladado hasta el recinto de detención clandestina de la Dirección Nacional de Inteligencia DINA denominado "Villa Grimaldi" o cuartel "Terranova", como lo llamaban los agentes.
En ese recinto, fue salvajemente torturado y recluido en un lugar denominado "La Torre" (donde muy pocos de los que por ahí pasaron, salvaron con vida), en una celda de unos 70 cms. por lado y unos dos metros de alto. Todos los testimonios coinciden en señalar que Ascencio Subiabre se veía en muy mal estado. Entre los demás recluidos en "La Torre", junto a la víctima, los testigos recuerdan a Alejandro Avalos Davidson, Santiago Abraham Ferrús López y Octavio Julio Boettiger Vera, todos detenidos desaparecidos.
Previo a la detención de José Ramón, el día 26 de febrero de 1974, llegó hasta el domicilio de éste el Subinspector Bravo, perteneciente a la dotación de Investigaciones de Renca, quien era portador de una citación para que la víctima se presentara en sus oficinas a las 17:00 horas de ese mismo día. Para tales efectos Ascencio se hizo acompañar de su socio don Raúl Cortez. En esa oportunidad, el Sr. Bravo le hizo saber que había recibido orden del Ministerio del Interior de poner en su conocimiento que en dicha Secretaría de Estado se habían recibido tres anónimos, en los que se le imputaban gravísimos cargos. A continuación el señor Bravo le advirtió "que no se metiera en nada, pues su situación se podía complicar". Citado a declarar judicialmente, el funcionario expresó no recordar nada y que, en esa fecha, trabajaba con él en la misma Comisaría el Subinspector Luis Bravo Inostroza, quien murió en un accidente ferroviario en el mes de junio de 1974 ó 1975. Sin embargo, el 14 de junio de 1982, ante el fiscal militar declara que no afirma ni niega haber citado en febrero de 1974 a la víctima, pero que no pudo haberle dicho que actuaba por orden del Ministerio del Interior.
Hasta la fecha se ignora la suerte corrida por el afectado en manos de sus captores.
GESTIONES JUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS
El día 30 de diciembre de 1975, se interpuso ante la Corte de Apelaciones de Santiago el Recurso de Amparo Rol Nº 1764?75 en favor de José Ramón Ascencio Subiabre, el que fue rechazado el 13 de marzo de 1976, con el sólo mérito del informe del Ministerio del Interior, el que indicaba "no se encuentra detenido por orden de este Ministerio".
El 20 de febrero de 1976, se presentó denuncia por arresto ilegal e incomunicación indebida de José Ramón Ascencio Subiabre, ante el Tercer Juzgado del Crimen de Santiago, causa que fue rolada con el Nº120.533?10. El 21 de abril de 1977 se interpuso ante el mismo Tribunal, querella criminal en contra de quienes resulten responsables por el delito de secuestro causa que, acumulada a la anterior, continuó su tramitación con el mismo número de rol. En el proceso declaran cuatro testigos de la reclusión de José Ramón en "Villa Grimaldi", indicando fechas, estado y lugar preciso de reclusión de la víctima en tal recinto, lo que motiva a la titular del 3er. Juzgado, doña Carmen Canales, a solicitar al Presidente de la Corte Suprema que se constituya en "Villa Grimaldi", a fin de verificar la reclusión en dicho lugar de Ascencio Subiabre, diligencia que no se realiza.
Con fecha 23 de agosto de 1977, el abogado querellante solicita que, "al tenor de las pruebas producidas en el proceso respecto de la mantención del desaparecido en Villa Grimaldi", el Tribunal se constituya en dicho recinto a fin de establecer si Ascencio Subiabre continúa detenido allí. El 4 de octubre de 1977, el juez resuelve no ha lugar y, el 14 de octubre de 1977, la Corte de Apelaciones ordenó llevar a cabo la diligencia solicitada por la parte querellante, dando lugar por tanto al envío de un exhorto al Juzgado Militar a fin que de conformidad a las nuevas normas dictadas respecto de constitución de Tribunales en lugares militares, llevara a efecto la diligencia de constitución. Con tal motivo, el fiscal Emilio Pomar Carrasco de la Tercera Fiscalía Militar de Santiago, solicitó se le remitiera el proceso para tenerlo a la vista, a fin de dar cumplimiento al exhorto 3360 de ese Tribunal. Los antecedentes se le remiten el 31 de octubre de 1977, hasta que, recién después de siete meses (el 23 de mayo de 1978), la 3ra. Fiscalía Militar informa sobre la diligencia y devuelve la causa al 3er. Juzgado del Crimen de Santiago. En esa fecha informó que, el Fiscal subrogante Gonzalo Salazar Swett, se constituyó en Villa Grimaldi y, luego de un minucioso examen a cada una de sus dependencias, constató que en dicho recinto no se encuentra ninguna persona detenida y, la inexistencia de libros u otra documentación en que pudiera constar el ingreso de Ascencio Subiabre a ese sitio o su actual paradero.
A partir del 8 de agosto de 1979, prosigue la tramitación de la causa el Ministro en Visita Servando Jordán, hasta que el 7 de enero de 1980, el Ministro Jordán se declara incompetente para seguir conociendo la causa, remitiendo los antecedentes al Segundo Juzgado Militar.
El 28 de mayo de 1980, el Segundo Juzgado Militar acepta la competencia y se instruye sumario en la Primera Fiscalía Militar con el Rol Nº35280. El 20 de enero de 1982, la parte querellante solicita al fiscal Berger que se constituya en Villa Grimaldi, a fin que, con la presencia del testigo Carlos González Anjari, pueda reconstituir la historia de ese lugar. Solicitud que fue rechazada.
El 16 de junio de 1982, el fiscal militar solicita sobreseer temporalmente la causa, en atención a que "no se acreditó responsabilidad de la DINA o de otro servicio de seguridad de las Fuerzas Armadas y de Orden, en la detención". No está justificada la perpetración del delito. El 7 de julio de 1982 el juez militar aprueba el dictamen y, el 25 de marzo de 1983, la Corte Marcial confirma el sobreseimiento.
El 30 de octubre de 1989 el Juez Militar Carlos Parera Silva y el Auditor de Ejército Teniente Coronel Samuel Correa Meléndez, dicta sobreseimiento total y definitivo en virtud del D.L. 2191 (Ley de Amnistía), extinguiéndose la responsabilidad penal. Esta resolución fue confirmada por la Corte de Apelaciones. A diciembre de 1992, se encontraba pendiente un recurso de queja en la Corte Suprema.
Simultáneamente a la tramitación del proceso anteriormente descrito, familiares de José Ramón Ascencio Subiabre junto a familiares de 70 detenidos desaparecidos, presentaron el 1° de agosto de 1978, ante el 1° Juzgado del Crimen de Santiago, una querella criminal contra el General Manuel Contreras Sepúlveda, en su calidad de Director de la Dirección de Inteligencia Nacional y otros agentes de la DINA, entre los que se individualizó a los militares Marcelo Luis Moren Brito, Rolf Gonzalo Wenderoth Pozo, Miguel Krassnoff Martchenko, Fernando Laureani Maturana, Ricardo Lawrence Mires, Basclay Zapata Reyes y a los civiles Marcia Alejandra Merino Vega y Osvaldo Romo Mena.
El 10 de agosto de ese año, el juez se declaró incompetente y remitió los antecedentes a la Justicia Militar. Después de varias apelaciones la causa quedó radicada en la Segunda Fiscalía Militar bajo el rol 553 78.
En enero de 1983, el Fiscal tuvo a la vista los antecedentes del proceso por detenidos desaparecidos que tramitó el Ministro en Visita Servando Jordán. El 17 de mayo de 1983 el Fiscal dictó el sobreseimiento de la causa, resolución que fue revocada por la Corte Marcial. Entre los años 1984 y 1985 se realizaron algunas diligencias, entre ellas declaró por exhorto el General Manuel Contreras Sepúlveda. Este negó parte importante de la información que se había acumulado a esta causa, como la existencia de las Brigadas de Inteligencia. Por otra parte, declaró que los agentes Krassnoff, Laureani, Moren, Valdivieso y Wenderoth sólo cumplían funciones como analistas y que Romo sólo había sido informante de un agente; que los locales de Londres 38, Villa Grimaldi, José Domingo Cañas y el de Irán con Los Plátanos no eran recintos de detención; y que la Clínica Santa Lucía sólo prestaba atención médica a los funcionarios de la DINA. Agregó Contreras en su declaración, que no se acordaba de los nombres de los responsables de los archivos de la DINA.
Sin que se realizaran diligencias durante cuatro años, el 20 de noviembre de 1989, el Teniente Coronel de Ejército Enrique Ibarra Chamorro, Fiscal General Militar, solicitó para esta causa la aplicación del Decreto Ley de Amnistía (D.L. 2.191) porque el proceso había tenido como finalidad exclusiva la investigación de presuntos delitos ocurridos durante el período comprendido entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1978 y porque, durante los 10 años de tramitación, no se había logrado "determinar responsabilidad de persona alguna". El 30 de noviembre de 1989, la solicitud fue acogida por el 2do. Juzgado Militar, el que sobreseyó total y definitivamente la causa , la que aún se encontraba en etapa de sumario, por "encontrarse extinguida la responsabilidad penal de las personas presuntamente inculpadas en los hechos denunciados". Las partes querellantes apelaron de dicha resolución a la Corte Marcial, la que confirmó el fallo en enero de 1992. Se interpuso entonces un Recurso de Queja ante la Corte Suprema de Justicia, la que al mes de diciembre de 1992, aún no evacuaba su resolución.
(Antecedentes completos de la querella en contra de Manuel Contreras, verlos en el caso de Eduardo Alarcón Jara.)
Osvaldo Romo Mena fue detenido en noviembre de 1992, por diligencias decretadas en la causa del detenido desaparecido Alfonso Chanfreau Oyarce. El agente había permanecido oculto en Brasil desde finales de 1975 y entre otras cosas ha declarado que por instrucciones de la DINA abandonó el país. En esa época estaba siendo citado por Tribunales que tramitaban causas por detenidos desaparecidos. La DINA, entre otros medios, le proporcionó documentos de identidad falsa para él y su grupo familiar. A diciembre de 1992, había sido declarado reo en 6 causas de detenidos desaparecidos.
Justicia procesó a cúpula de la DINA por cuatro desaparecidos en dictadura
Fuente :cooperativa.cl, 10 de Mayo de 2013
Categoría : Prensa
Entre los siete procesados está Manuel Contreras, además de un ex oficial de Carabineros.
El caso es por la desaparición de tres militantes comunistas y un socialista.
La Justicia procesó a siete oficiales retirados por su responsabilidad en el secuestro calificado (desaparición) de cuatro opositores durante la dictadura de Augusto Pinochet, informaron fuentes judiciales.
La resolución fue dictada por el juez especial Leopoldo Llanos, de la Corte de Apelaciones de Santiago, y los procesados están actualmente en prisión, cumpliendo condenas en otras causas por violaciones a los derechos humanos.
Se trata del general Manuel Contreras Sepúlveda, ex jefe de la DINA, la policía secreta de la dictadura, que actualmente acumula condenas por más de 270 años de prisión por los crímenes cometidos por los agentes del organismo a su cargo.
Los otros procesados, que ocuparon cargos en la cúpula dirigente de la DINA, son los brigadieres Pedro Espinoza y Marcelo Moren Brito, los coroneles Rolf Wenderoth Pozo, Ricardo Lawrence Mires y Carlos López Tapia, además del ex oficial de Carabineros Gerardo Godoy García.
Las víctimas
Las víctimas del caso fueron tres miembros del Partido Comunista, José Ramón Ascencio Subiabre, Mario Quezada Solís, y Santiago Ferruz López, además de Octavio Julio Boettiger Vera, miembro del Comité Central del Partido Socialista.
Todos ellos fueron detenidos entre los últimos días de 1975 y los primeros de 1976 en distintos puntos de Santiago por agentes de la DINA, que los llevaron al centro de detención y torturas conocido como Villa Grimaldi, donde su rastro se perdió para siempre.
Santiago Ferruz tenía 73 años y era jubilado; Quezada 32 y durante el gobierno de Salvador Allende se había desempeñado como secretario en la Intendencia de Antofagasta; Ascencio, de 30 años eras dirigente vecinal y Boettiger egresado de la Escuela de Ciencias Políticas de la Universidad de Chile.
Durante la dictadura de Augusto Pinochet (1973-1990), unos 3.200 chilenos murieron a manos de agentes del Estado y de ellos, casi 1.200 continúan registrados como detenidos desaparecidos, según datos oficiales.
Condenan al Estado a pagar $75 millones a cónyuge e hija de detenido desaparecido
Fuente :epicentrochile.com, 25 septiembre de 2017
Categoría : Prensa
Fisco deberá indemnizar a Silvia González Ormazábal (cónyuge) y a Silvia Ascencio González (hija) por la detención y desaparición de José Ascencio Subiabre.
El decimoquinto Juzgado Civil de Santiago condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización de $75 millones a la cónyuge e hija de José Ramón Ascencio Subiabre, detenido y hecho desaparecer a contar del 29 de diciembre de 1975, en la región Metropolitana.
De esta manera, se ordenó el pago por concepto de daño moral de $50 millones a Silvia González Ormazábal (cónyuge de la víctima), y de $25 millones a Silvia Ascencio González (hija), tras establecer que el caso constituye un crimen de lesa humanidad y, por lo tanto, imprescriptible desde el punto de vista penal y civil.
El fallo indica que «no se trata de una acción de naturaleza meramente patrimonial, sino de una acción reparatoria en el ámbito de la violación a los derechos humanos en crímenes de lesa humanidad, que se rige por preceptos del derecho internacional que consagran la imprescriptibilidad».
La resolución del Juzgado agrega que «la fuente de la obligación de reparación del Estado se funda no sólo en la Constitución Política de la República, sino también en los principios generales del derecho humanitario y en los tratados internacionales, los que deben primar por sobre las codificaciones civilistas».
Cabe recordar que José Ramón Ascencio Subiabre fue detenido el 29 de diciembre 1975 en su lugar de trabajo, un taller artesanal ubicado en la calle Padre Las Casas de Conchalí, por agentes de la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA).
JUSTICIA DICTA CONDENA POR CUATRO CASOS DE DETENIDOS DESAPARECIDOS DE VILLA GRIMALDI
Fuente :cronicadigital.cl 24/10/2014
Categoría : Prensa
l ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago, Leopoldo Llanos, dictó sentencia en la investigación por los secuestros calificados de José Ascencio Subiabre, Mario Quezada Solís, Santiago Ferruz López y Octavio Boettiger Vera, ocurridos entre diciembre de 1975 y enero de 1976, en diverso lugares de la Región Metropolitana y que estuvieron detenidos en el centro de detención clandestino de Villa Grimaldi.
En la causa, el magistrado condenó a los siguientes ex miembros de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), a penas de 15 años y un día de presidio, sin beneficios: Manuel Contreras Sepúlveda, Marcelo Moren Brito, Pedro Espinoza Bravo, Rolf Wenderoth Pozo, Ricardo Lawrence Mires y Carlos López Tapia. Además, absolvió de los cargos al ex agente Gerardo Godoy García.
De acuerdo a los antecedentes de la causa, el ministro Llanos dio por acreditado los siguientes hechos:
“a) Entre mediados de 1974 y fines de 1976 funcionó el centro clandestino de detención de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) denominado “Cuartel Terranova” o “Villa Grimaldi”, ubicado en Avenida José Arrieta N° 8.200 de la comuna de Peñalolén de la Región Metropolitana, donde un grupo de agentes, con conocimiento del Presidente de la Junta de Gobierno y, posteriormente, del Presidente de la República y del Director del organismo, y ostentando diversos grados de jerarquía en el mando, ordenaron algunos y ejecutaron otros capturas de personas, dirigentes, militantes o afines a partidos políticos o movimientos de izquierda, a quienes encerraban, ilegalmente, en el lugar, doblegándolos bajo tormento físico, de variada índole, y psicológico con el objeto de obligarlos a entregar información sobre otras personas de la izquierda política para aprehenderlas.
b) Que José Ramón Ascencio Subiabre (30 años de edad, artesano, militante del Partido Comunista)fue detenido el 29 de diciembre de 1975 a eso de las 18:30 horas desde su taller de artesanía ubicado en Padre Las Casas N° 2151 Conchalí, trasladado hasta la Villa Grimaldi y encerrado en “La Torre”, donde se le ve por testigos hasta febrero de 1976, aproximadamente; 2) Mario Luís Quezada Solís (32 años, soltero, auxiliar de enfermería, militante del Partido Comunista) fue detenido el 12 de diciembre de 1975 a las 15:00 horas en el domicilio ubicado en calle Elisa Reyes N° 554 La Granja, y trasladado hasta Villa Grimaldi, donde se le ve en hasta febrero de 1976; 3)Santiago Abraham Ferruz López (73 años, casado, 2 hijos, jubilado del servicio de seguro social, militante del Partido Comunista) fue detenido el 11 de diciembre de 1975 a las 03:00 de la mañana en su domicilio Avda. Perú 1128 de Santiago, en presencia de su familia, y trasladado a la Villa Grimaldi; 4)Octavio Julio Boettiger Vera (28 años, un hijo, egresado de la Escuela de Ciencias Políticas y Administrativas de la Universidad de Chile, militante del Partido Socialista), fue detenido el 17 de enero de 1976 a las 21:00 horas en Providencia con Antonio Varas, frente a la Hostería de Providencia y trasladado a la Villa Grimaldi.
Las consecuencias de estas detenciones es que las personas antes mencionadas se encuentran en calidad de desaparecidas, toda vez que, privadas de libertad, no han tomado contacto con sus familiares, tampoco han realizado gestiones administrativas ante organismos del Estado ni organismos privados, ni registran entradas o salidas del país, sin constar, tampoco, su defunción;
Que los hechos descritos en el considerando precedente son constitutivos de sendos delitos de secuestro calificado, que contempla el artículo 141 incisos 1º y 3º del Código Penal, en razón del tiempo en que se prolongó la acción, o sea, más de 90 días, y por las consecuencias de la misma, resultando un grave daño en la persona o intereses de los ofendidos; situación que ocurre en autos, pues aún se desconoce el paradero de éstos al encontrarse establecido en la causa que estas personas fueron retenidas contra su voluntad, privándoles de su libertad de desplazamiento, a partir de las fechas antes mencionadas: José Ramón Ascencio Subiabre, desde el 29 de diciembre de 1975; Mario Luís Quezada Solís, desde el 12 de diciembre de 1975; Santiago Abraham Ferruz López, desde el 11 de diciembre de 1975; y Octavio Julio Boettiger Vera, desde el el 17 de enero de 1976”.
En el aspecto civil, el fallo condena al fisco a pagar una indemnización total de $290.000.000 (doscientos noventa millones de pesos) a los familiares de las víctimas.
Las y los artistas detenidos desaparecidos y ejecutados por la dictadura cívico militar
Fuente :prensaopal.cl 8/09/2021
Categoría : Prensa
Durante la dictadura cívico-militar fueron ejecutados y desaparecidos al menos un centenar de personas ligadas a la cultura, las artes y el patrimonio.
El 11 de septiembre se inició la etapa más dolorosa que hayamos vivido, provocada por agentes del Estado y civiles cómplices. Hoy conmemoramos 48 años de esa tragedia que aun enluta a Chile entero.
Más de tres mil personas, hombres mujeres, niños, niñas y jóvenes como estudiantes de educación básica, de secundaria y universitaria; mujeres embarazadas, personas mayores, no vidente, minusválidos fueron directamente afectadas y cientos de miles, pasaron a la categoría de familiares y víctimas de la dictadura. Quienes sobreviven luchan incansablemente por justicia, reparación y no repetición de actos genocidas por parte del Estado.
Hombres y mujeres que cuyo aporte a la sociedad era desde su lucha social, de militante y también desde sus oficios y ocupaciones como zapateros, obreros, empleados textiles, médicos, linotipistas, modistas, secretarias, dirigentes sindicales, vecinales, funcionarios municipales empleados públicos, empleados de ferrocarriles, suplementeros, carpinteros; obreros campesinos, mineros, forestales, de la construcción; ingenieros. También aquellos que estaban de paso, en una misión, estudiando o habían formado una familia en Chile provenientes de Vietnam, Francia, España, Bolivia, Argentina, Uruguay, Inglaterra, Ecuador, Uruguay, entre otros países.
Alguno de sus asesinos y cómplices que pagan tibias condenas en cárceles de lujo nos han privado de ellos y ellas, pero también nos han privado de cerca de un centenar de artistas y creadores que hemos identificado, con el afán de ofrecer un homenaje a quienes, desde las culturas, las artes y el patrimonio fueron víctimas del terrorismo de estado.
Hemos reconocido 82 personas cuya creatividad se expresaba en el audiovisual, la artesanía, el teatro, la arquitectura, fotografía, Artes Visuales, letras y música.
En esta nota podrán encontrar nombres de las personas cuya información permite asociarla a un lenguaje artístico, de acuerdo a la información disponible, sin embargo, es altamente posible que falten muchos y muchas por identificar. Encontrarán también un vínculo hacia la información que, entre todas las personas que hacen posible el sitio www.memoriaviva.com, nos ponen a disposición con el fin que podamos aportar a no olvidar hasta que haya justicia.
Por ellos y ellas… ¡¡Ni perdón, ni olvido!!
1 Carmen Bueno Cifuentes Cineasta. Detenida Desaparecida
2 Darío Chávez Lobos Actor y profesor de teatro. Detenido Desaparecido
3 Máximo Gedda Ortíz Cineasta y periodista. Detenido Desaparecido
4 Jorge Peña Henn. Músico y director de Orquesta. Detenido Desaparecido
5 Bernardo de Castro López. Diseñador y dibujante . Detenido Desaparecido
6 Hugo Araya Gonzalez. Fotógrafo. Ejecutado Político
7 Luis Enrique Elgueta. Músico. Detenido Desaparecido
8 Jorge Gerardo Solovera Gallardo. Músico. Detenido Desaparecido
9 Jorge Müller Silva. Cineasta. Detenido Desaparecido
10 Ana María Puga. Actriz. Ejecutada Política
11 Juan Bosco Maino Canales. Fotógrafo . Ejecutado Político
12 Percy Max Arana Saldaña. Cantante. Nacionalidad peruana. Ejecutado
13 Homero Arce. Poeta. Ejecutado.
14 Isidro Segundo Árias Matamala. Músico. Ejecutado
15 Luis Armando Árias Ramírez. Artesano. Ejecutado
16 Leandro Abraham Arratia. Reyes. Fotógrafo .Ejecutado
17 Leopoldo Raúl Benítez Herrera. Arquitecto .Ejecutado
18 Blanca Carrasco Peña. Estudiante de Artes Plásticas. Ejecutada
19 Carlos Patricio Dall’orzo Badilla. Artesano. Ejecutado
20 Luis Reinaldo Díaz Muñoz. Músico. Ejecutado
21 Oscar Omar Durán Torres . Artesano. Ejecutado
22 José María Ferreyra Vásquez. Artesano. Ejecutado
23 Charles Edmund Horman Lazar. Cineasta Norteamericano. Ejecutado
24 Teodoro Konoba Krul. Estudiante aruitectura. Argentino. Ejecutado
25 José René Barrientos Warner. Músico de la Orquesta de Cámara de la Universidad Austral. Ejecutado
26 Víctor Lidio Jara Martínez. Cantante popular, compositor, actor y director teatral. Ejecutado
27 Félix Alberto Mendoza Toro. Músico. Ejecutado
28 Jaime Iván Meneses Cisternas. Fotógrafo . Ejecutado
29 Miguel Ángel Núñez Valenzuela.Cantante popular. Ejecutado
30 Pacheco Durán Jorge Pedro. Artesano. Ejecutado
31 Ramón Víctor Zúñiga Sánchez. Artesano. Ejecutado.
32 Domingo Salvador Yáñez Hernández. Tramoyista. Ejecutado
33 Hugo Riveros Gómez. Pintor. Ejecutado
34 Manuel Roig Berenguer. Fotógrafo. Ejecutado
35 Rodrigo Andrés Rojas De Negri. Fotógrafo. Ejecutado
36 Luis Eduardo Saavedra González. Fotógrafo y folclorista. Ejecutado
37 Arturo Ramón San Martin Sutherland. Fotógrafo. Ejecutado
38Julio Carlos Santibañez. Integra el Ballet Folklórico de la UTE, poeta. Ejecutado
39 Emiliano Segundo Silva Pezo. Artesano talabartero. Ejecutado
40 Ángel Domingo Toledo Carvajal. Escritor y dibujante. Ejecutado
41 Wilson Fernando Valdebenito Juica. Músico . Ejecutado
42 Máximo Raimundo Villarroel Díaz. Artesano talabartero. Ejecutado
43 Francisco Eduardo Aedo Carrasco. Arquitecto. Desaparecido
44 Juan Antonio Povaschuk Galeazzo. Fotógrafo, uruguayo. Desaparecido
45 Rubén David Arroyo Padilla. Artesano. Desaparecido
46 José Ramón Ascencio Subiabre. Artesano. Desaparecido
47 Arturo Barria Araneda. Profesor de Música en el Liceo Darío Salas.Desaparecido
48 Manuel Antonio Bobadilla Bobadilla. Fotógrafo. Desaparecido
49 Ismael Darío Chávez Lobos. Profesor de teatro DUOC. Desaparecido
50 Mauricio Segundo Curiñanco Reyes. Artesano carpintero. Desaparecido
51 Jacqueline Paulette Drouilly Yurich. Estuvo 2 años en la Escuela de Teatro de la U. de Chile. Desaparecida.
52 Alberto Mariano Fontela Alonso. Artesano,uruguayo. Desaparecido
53 Francisco Javier Fuentealba. Estudió en la Escuela de Teatro de la U. Católica. Desaparecido
54 Carlos Alfredo Gajardo Wolff. Estudiante de ArquitecturaDesaparecido
55 Ignacio Orlando González Espinoza. Artesano. Egresado de la Facultad de Artes de la Universidad Católica.Desaparecido
56 Jorge Arturo Grez Aburto. Artesano en cueros.Desaparecido
57 Luis Alberto Guendelman Wisniak. Egresado de Arquitectura de la Universidad de Chile. Desaparecido
58 Yactong Orlando Juantock Guzmán. Egresado de la Escuela de Arquitectura de la Universidad de Chile, sede Valparaíso. Desaparecido
59 José arturo Weibel Navarrete. Artesano Mueblista. Desaparecido
60 Teobaldo Antonio Tello Garrido. Fotógrafo. Desaparecido
61 Gonzalo Marcial Toro Garland. Profesor Universidad de Chile, Facultad de Ciencias y Artes Musicales.Desaparecido
62 Ricardo Troncoso León. Fotógrafo, Director de Teatro en IANSA. Desaparecido
63 Luis Quinchavil Suarez. Profesor de Lengua Mapuche Universidad de Heiden, Holanda.. Desaparecido
64 José Manuel Ramírez Rosales. Artesano. Desaparecido
65 Luis Emilio Recabarren González. Técnico Gráfico. Fotomontajista. Desaparecido
66 Agustín Eduardo Reyes González.Artesano.Desaparecido.
67 Sergio Alejandro Riffo Ramos. Artesano. Desaparecido
68 José Santos Rocha Álvarez.Artesano . Desaparecido
69 Bernardino Rodríguez Cortez. Artesano talabartero. Desaparecido
70 Luis Fernando Rodríguez Riquelme. Fotógrafo. Desaparecido
71 Alejandro Rodríguez Urzúa. Arquitecto. Desaparecido
72 Francisco Rozas Contador. Fotógrafo. Desaparecido
73 Darío Francisco Miranda Godoy. Actor de teatro. Desaparecido
74 Carlos Montecinos Urra. Artesano. Desaparecido
75 Jose Luis Morales Ruíz. Artesano. Desaparecido
76 Luis Jaime Palominos Rojas. Estudiante del Conservatorio Nacional de Música. esaparecido
77 Mario Fernando Peña Solari. Estudiante de Arquitectura. Desaparecido
78 Hernán Santos Pérez Álvarez. Fotógrafo. Desaparecido
79 Rene Daniel Vallejos Parra. Fotógrafo. Desaparecido
80 Héctor Velásquez Mardones. Artesano Mueblista. Desaparecido
81 Ida Amelia Vera Almarza. Arquitecta. Desaparecida
82 Juan Aurelio Villarroel Zárate. Fotograbador. Desaparecido