Araneda Reyes Luis Alberto del Carmen


Yumbel cementerio municipal

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Fecha Detención : 15-09-1973
Lugar Detención : Laja


Fecha Nacimiento : 21-04-1951 Edad : 43

Actividad Política : Partido Socialista (PS)
Actividad : Ferroviario

Estado Civil e Hijos : Casado, 4 hijos
Nacionalidad : chilena


Relatos de Los Hechos

Fuente :(Informe corporación)

Categoría : Antecedentes del Caso

Luis Alberto del Carmen Araneda Reyes, casado, 4 hijos, maquinista ferroviario, dirigente sindical, militante socialista, se presentó en su lugar de trabajo en la Casa de Máquinas de San Rosendo el día 15 de septiembre de 1973; en virtud que no lo requerían, regresó a su casa, alrededor de las 15:30 horas. En los precisos instantes en que llegaba a su vivienda y apenas hubo transpuesto el antejardín, una patrulla de Carabineros al mando del Teniente Alberto Fernández Mitchel y del Sargento Pedro Rodríguez Ceballos e integrada, entre otros, por los funcionarios Juan Oviedo, Florencia Olivares y otro de apellido Otárola procedieron a rodear la casa y a detener a don Luis Araneda. Todos los aprehensores pertenecían a la Tenencia de Laja, excepto el Cabo Castillo, quien dependía de la Tenencia de San Rosendo y en esa oportunidad acompañaba al contingente de Laja a objeto de ubicar los domicilios y señalar a las personas a detener, las que figuraban en una lista que portaba la patrulla. Luis Alberto alcanzó a entregarle el reloj y el dinero que portaba a su esposa y de inmediato fue llevado hasta la Tenencia de San Rosendo. Desde ahí fue trasladado a pie y amarrado junto a otros cinco detenidos, a la Tenencia de Laja. Entre los que figuraban Juan Acuña, Dagoberto Garfias, Mario Jara y Oscar Sanhueza, todos los cuales corrieron la misma suerte que el afectado.

Recluido en la Tenencia de Laja, Luis Alberto Araneda, fue visitado por su cónyuge Ruth Medina, su cuñado Ricardo Medina y su hijo Jaime. La noche del 16 de septiembre, debido a una afección cardíaca que padecía Araneda Reyes, debió ser sacado en tres oportunidades a tomar aire al patio. De igual forma, debido a lo tensionante de la situación que vivía se le complicó una dolencia de úlcera de la que sufría. Al día siguiente, el 17 de septiembre, su cuñado le llevó leche y medicamentos para tratar ambas afecciones, los que no fueron recibidos por el personal policial, argumentándosele que el detenido sería trasladado a Los Angeles.

El día 18, cuando su cónyuge concurrió a visitar a Luis Alberto hasta el recinto de su reclusión, le informaron que éste, al igual que el resto de los detenidos, había sido trasladado hasta Los Angeles, ciudad hasta la cual nunca llegó ninguno de los detenidos, ya que la totalidad de los prisioneros Juan Acuña Concha, Manuel Becerra Avello, Rubén Campos López, Dagoberto Garfias Gatica, Fernando Grandón Gálvez, Jack Gutiérrez Rodríguez, José Jara Herrera, Mario Jara Jara, Jorge Lamana Abarzúa, Alfonso Macaya Barrales, Heraldo Muñoz Muñoz, Wuilzon Muñoz Rodríguez, Federico Riquelme Concha, Luis Sáez Espinoza, Oscar Sanhueza Contreras, Luis Ulloa Valenzuela, Raúl Urra Parada, Juan Villarroel Espinoza y Jorge Zorrilla Rubio, fueron ejecutados por sus aprehensores en el Fundo San Juan ubicado entre Laja y Yumbel y enterrados clandestinamente en el mismo lugar. Descubierto el entierro por lugareños, Carabineros de Yumbel los trasladaron al Cementerio local. Sus familiares por más de 6 años lo buscaron y sólo en 1979 su cuerpo fue devuelto a su familia, quienes le dieron sepultura.

GESTIONES JUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS
El 13 de abril de 1977 y una vez agotadas todas las consultas y gestiones familiares que permitieran dar con el paradero de Araneda, su cónyuge interpuso un recurso de amparo en favor de Luis Alberto del Carmen Reyes, ante la Corte de Apelaciones de Concepción, el que fue rolado con el N°3970. Este amparo fue rechazado el 2 de junio de 1977, teniendo en cuenta que, "de los antecedentes reunidos se desprende que no se encuentra detenido ni se ha librado orden de aprehensión en su contra".

Junto con rechazar el recurso de amparo, la Corte ordenó instruir el respectivo sumario. Así, el día 26 de julio de 1977 se abrió en el Juzgado de Letras de Yumbel la causa N°22.799 por presunta desgracia de Luis Alberto del Carmen Araneda Reyes, proceso que fue sobreseído el 18 de enero de 1978, con la sola declaración de Sergio Castillo Basaul, implicado en la detención de la víctima; sin que se lograra establecer el paradero ni la suerte corrida por la víctima.

A pesar de lo anterior, el 24 de julio de 1979 se presentó ante el Juzgado de Letras de Laja una querella criminal, rol N°2770, por los delitos de "secuestro y homicidio de Fernando Grandón y otros" entre los que figura Luis Alberto del Carmen Araneda Reyes en contra del Teniente Juan Alberto Fernández Mitchel y del Sargento Pedro Rodríguez Ceballos quien posteriormente pasara a formar parte de la CNI de Los Angeles y demás funcionarios que a septiembre de 1973 se desempeñaran en la Tenencia de Carabineros de Laja; se ordenó tener a la vista el proceso N°50.777.

A raíz de esta querella, se nombró Ministro en Visita al señor José Martínez Gaensly quien a través de la investigación pudo establecer que Luis Alberto del Carmen Araneda Reyes fue ejecutado junto a otros 19 detenidos, en el Fundo San Juan, ubicado a unos 200 mts. de la carretera que une a la localidad de Laja con la ciudad de Los Angeles. Los cuerpos fueron inhumados ilegalmente, por los propios victimarios (Carabineros de la Tenencia de Laja). Posteriormente, fueron trasladados en forma clandestina hasta el Cementerio de Yumbel, por funcionarios de Carabineros de esta última ciudad. Esto, a pesar de haber sido comunicado oportunamente el hallazgo de los cuerpos por Carabineros de Yumbel a la juez del Juzgado de Letras de Mayor Cuantía de esa misma ciudad, quien ordenó a la secretaria del Juzgado, guardar en la caja de fondos el parte de carabineros, sin iniciar el debido proceso.

El 2 de octubre de 1979, fueron exhumados en el Cementerio de Yumbel los restos de 19 de las 20 personas por las cuales se había denunciado su detención y posterior desaparecimiento. Luego de algunas diligencias fue encontrado el cadáver N°20 en el mismo lugar del homicidio, en el fundo San Juan.

El 27 de noviembre de 1979, los restos fueron entregados a sus familiares y ese mismo día se realizaron los funerales. El 18 de marzo de 1980 el Ministro en Visita declaró su incompetencia y ordenó remitir los antecedentes a la Justicia Militar, los que fueron rolados con el N°323 80 en la Fiscalía Militar Ad Hoc de Concepción. La causa fue sobreseída definitivamente el 9 de junio de 1980 por el Juez del 3er. Juzgado Militar y el fallo aprobado por la Corte Suprema el 3 de diciembre de 1981. Los responsables de los delitos de secuestro y homicidio fueron amnistiados basándose en el Decreto Ley 2191 de 1978.


AFEP Rechaza Nombramiento De Ministra Rosa Egnem Saldías

Fuente :afepchile.cl 1/2/2020

Categoría : Prensa

DECLARACIÓN PÚBLICA

Ante el reciente anuncio de la designación de la Sra. Ministra de la Corte Suprema, Rosa Egnem Saldías, como Presidenta del Tribunal Calificador de Elecciones, a partir del 31 de enero de 2020, declaramos:

1.- La Agrupación de Familiares de Ejecutados Políticos se siente con el deber moral e histórico de expresar su rechazo y repudio a la designación de una magistrada que, durante la dictadura cívico – militar, ocultó información entregada a un tribunal. Los hechos tienen relación con trabajadores de la Planta Papelera CMPC, asesinados y enterrados por Carabineros en el fundo San Juan, en las cercanías de Yumbel. Dicha magistrada, quien a la fecha de los hechos era secretaria del tribunal, además de ocultar los antecedentes, manipuló los registros judiciales, investigados y confesados el año 1978, sin haber recibido sanción alguna y al contrario manteniendo en una ascendente carrera judicial.

2.- Consideramos esta noticia como una afrenta a los familiares de la llamada “Masacre de Laja y San Rosendo”, Fernando Grandón Gálvez, Jorge Andrés Lamana Abarzúa, Rubén Antonio Campos López, Juan Carlos Jara Herrera, Raúl Urra Parada, Luis Armando Ulloa Valenzuela, Oscar Omar Sanhueza Contreras, Dagoberto Enrique Garfias Gatica, Luis Alberto del Carmen Araneda Reyes, Juan Antonio Acuña Concha, Juan de Dios Villarroel Espinoza, Heraldo del Carmen Muñoz Muñoz, Federico Riquelme Concha, Jorge Lautaro Zorrilla Rubio, Manuel Mario Becerra Avello, Jack Eduardo Gutiérrez Rodríguez, Mario Jara Jara, Wilson Gamadiel Muñoz Rodríguez y Alfonso Segundo Macaya Barrales, y para esta Agrupación, que reabrió la causa mediante querella del año 2010 y que ha tenido un reciente fallo en primera instancia, a cargo del MVE, don Carlos Aldana.

 

3.- Esta designación nos parece de la máxima gravedad para el mundo de los Derechos Humanos, dado que lo entendemos como otro eslabón en la cadena de impunidad y burla a la memoria histórica, en circunstancia que se está premiando con una alta investidura, y se dejará las definiciones relacionadas con el histórico plebiscito constitucional de abril de este abril de este año en manos de una funcionaria judicial involucrada en hechos que impidieron el avance de la justicia por años, circunstancia relevante tanto para una justicia tardía, como para los nefastos efectos de la llamada impunidad biológica.

4.- La impunidad de la cual han gozado muchos de los torturadores y homicidas durante años de años, al igual que todos los responsables del accionar represivo vividos durante la dictadura, sea en calidad de autores, cómplices o encubridores, se mitiga con la verdad  de los hechos, la justicia oportuna, la reparación a familiares y víctimas sobrevivientes y la memoria histórica, que son elementos mínimos de cuidado para esta frágil democracia. Más aún, en estos tiempos que hemos vuelto a vivir la represión a las movilizaciones sociales, con muertes, heridos y presos.

Contra la cadena de impunidad de ayer y hoy, hacemos valer nuestra voz de pie, por el NUNCA MÁS, y manifestamos nuestro rechazo a esta inaceptable designación.

Verdad, Justicia y Memoria


Masacre de Laja-San Rosendo: Justicia condena a carabineros en retiro luego de 47 años de la matanza

Fuente :latribuna.cl 9/1/2020

Categoría : Prensa

El homicidio múltiple ocurrido en el mes de septiembre del año 1973, donde 19 personas fueron asesinadas tiene, luego de casi medio siglo, un fallo que no sólo dictó sentencia a los responsables sino que además condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización total de $2.580.000.000.

Los procesos judiciales referentes a las violaciones a los Derechos Humanos en Chile siempre han tenido una lentitud que ha marcado las vidas de todos quienes buscan justicia y consuelo luego de haber perdido familiares y amigos durante el periodo más doloroso de los últimos 50 años. Y en la provincia del Biobío, que ha sufrido de terribles acontecimientos en los que se les ha quitado la vida a miles de personas, el asesinato múltiple ocurrido en las Fiestas Patrias del año 73 es quizá una de las más terribles, y que por algo es conocida con el nombre de la Masacre de Laja – San Rosendo.

HISTORIA

Los hechos ocurrieron entre los días 13 y 17 de septiembre del año 1973, donde 19 personas fueron detenidas en las localidades de Laja y San Rosendo. Todos eran hombres, dos de ellos menores de edad, que en ese momento cursaban la enseñanza media. En el grupo había dos profesores y el resto trabajaba tanto en Ferrocarriles como en la Compañía Manufacturera de Papeles y Cartones (CMPC). Durante los primeros días de detención varios de ellos fueron visitados por sus familiares, quienes llegaron hasta la Subcomisaría de Carabineros de Laja. Sin embargo en el día 18, cuando en algunas partes de Chile se celebraban las Fiestas Patrias, se realizó la matanza que determinó para siempre que sus familiares jamás volverían a verlos.

Reconstitución de escena

Inicialmente se les dijo a sus parientes y amigos que los hombres habían sido llevados hasta el Regimiento de Los Ángeles, pero eso no era cierto. Cuando iban de trayecto por la Ruta Q-90, a la altura del Puente Perales, la comitiva ingresó por un camino lateral y se internó unos 500 metros en dirección al sur, en el denominado Fundo San Juan de la comuna de Yumbel. Ahí fueron llevados por personal de Carabineros de la Tenencia de Laja, quienes portaban fusiles y carabinas. Luego, tal como señala el fallo judicial, los bajaron del vehículo obligándolos a colocarse en el suelo, tendidos uno al lado del otro, boca abajo y amarrados de manos, procediendo los funcionarios policiales a ubicarse detrás de ellos, momento en que el oficial a cargo se colocó a un costado y premunido de su revólver, dio la orden de dispararles, la cual fue cumplida por los carabineros presentes, posicionados en la línea de disparar, impactando con las balas los cuerpos de los detenidos, produciéndole lesiones que le causaron la muerte.

Lo que vino después es un hecho que hasta el día de hoy conmociona por su crudeza, ya que una vez ejecutado el crimen, los mismos funcionarios policiales, fueron quienes cavaron la fosa donde arrojaron los cuerpos, para volver a la Tenencia de Laja, donde juraron un pacto de silencio que sólo fue roto 38 años después por el cabo Samuel Vidal Riquelme, quien confesó los hechos.

Además, en un hecho inédito, que marcó el que este caso fuera el primero en la historia post dictatorial donde se pudo demostrar la participación de civiles en las violaciones y crímenes, pues  fueron funcionarios de la CMPC quienes le entregaron a Carabineros la cal con que trataron de ocultar los restos.

También se supo que durante esa noche los funcionarios policiales habían bebido pisco en exceso, el que también les fue proporcionado por la papelera. Por este motivo fue que muchos años más tarde, en 2018, se procesó a personal de la empresa del Grupo Matte, tres jefes y un chofer, encabezados por Peter Wilkens, agricultor, por ser cómplices de los homicidios. Ellos, Pedro Jarpa, Carlos Ferrer, Lionel Aguilera y Rodolfo Román, tuvieron participación en la matanza ya que fueron los encargados de proporcionar la cal de la empresa para cubrir los cuerpos, así como también los automóviles con que se realizó la masacre, al mismo tiempo que fueron quienes señalaron a los 19 fallecidos para que fueran detenidos.

EL FALLO, 47 AÑOS DESPUÉS

Casi medio siglo más tarde de la matanza, durante el pasado martes, el ministro Carlos Aldana condenó a nueve carabineros en retiro por los delitos de homicidio calificado de los 19 hombres. Y dentro de la sentencia lo que más llamó la atención, por la dureza del fallo, fue la pena para Alberto Juan Fernández Michell, teniente (r) de Carabineros, quien fue llamado a retiro de la institución en 1979, aduciendo falta de vocación, el que participó como oficial a cargo de la Tenencia de Laja ese día y además fue sindicado como el responsable de dar las órdenes que venían desde Los Ángeles. Precisamente fue Fernández Michel la persona que ordenó y participó en cada una de las detenciones y que, además, estuvo en la ejecución ocurrida en el Fundo San Juan. Por estos hechos fue procesado como autor de homicidio calificado de las 19 personas y condenado a la pena de presidio perpetuo.

Además se condenó a Gerson Nilo Saavedra Reinike, a Pedro del Carmen Parra Utreras, a Víctor Manuel Campos Dávila y a Nelson Casanova Salgado, todos a la pena efectiva de cinco años y un día de presidio, como autores de los delitos de homicidio calificado de las mismas 19 víctimas. Y también fue condenado Anselmo del Carmen San Martín Navarrete a la pena efectiva de cinco años y un día de presidio, como encubridor.

Finaliza el grupo de condenados José Jacinto Otárola Sanhueza, Mario Sebastián Montoya Burgos y Manuel Enrique Cerda Robledo, quienes por su calidad de encubridores recibieron penas de 5 años de presidio, y se les concedió el beneficio de la libertad vigilada.

Durante este proceso fueron absueltos el funcionario policial René Luis Alberto Urrutia Elgueta, por su presunta participación como autor en el delito de inhumación ilegal en el mes de octubre. Y también se absolvió a Pedro Luis Jarpa Foerster, de la acusación en su contra, por la presunta responsabilidad en calidad de cómplice de los delitos de homicidio calificado de siete personas.

CASTIGO SIGNIFICATIVO

Emilio Araneda, hijo de Luis Araneda, uno de los trabajadores de Ferrocarriles asesinados el 18 de septiembre, y perteneciente a la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos y Ejecutados Políticos de Laja, conversó con La Tribuna respecto del fallo y señaló que, desde la agrupación podemos decir que no tenemos una conformidad considerando que el castigo es muy significativo, respecto del teniente que ordenó la matanza, sin embargo respecto de los demás participantes materiales de Carabineros sus penas son sustancialmente más bajas. Además, habló sobre la participación que tuvieron los civiles en este sangriento episodio y dijo sentirse dolido porque: la CMPC haya provisto de alcohol (a los carabineros) previo a que fuera la caravana hasta el sitio de la muerte de ellos, alcohol que consumieron de manera abundante según los propios testimonios entregados por la policía después del hallazgo inicial de los cuerpos durante los primeros días de octubre, y que la CMPC diera cal para cubrir el lugar en que habían hecho esta inhumación ilegal, y no solamente eso sino, que su cínica acción por cuanto siendo trabajadores de la CMPC algunos de ellos entre septiembre y diciembre de ese año les enviaron a sus hogares los finiquitos por ausencia laboral.

 

Luis Alberto del Carmen Araneda Reyes y Ruth del Carmen Medina Neira, esposa de Luis quien hoy día tiene 87 años.

 

 

 

La periodista Patricia Acuña, hija de Juan Acuña, también trabajador de Ferrocarriles, consultada por el fallo comentó en conversación telefónica durante la tarde de ayer con diario La Tribuna que lo importante es que finalmente después de tantos años, de tanta lucha, de tanto tocar puertas, y luego de 3 reconstituciones de escena donde tocó ver cómo ellos fueron masacrados y ejecutados a sangre fría, señaló. Además reflexionó con cierta tranquilidad luego de tantos años ya que, como dijo, nosotros dentro de todo el dolor por lo menos con esto con esta sentencia, aunque sea ejecutoriada, yo creo que nos hace cerrar el ciclo, y yo creo que ellos (los fallecidos) además por fin están descansando en paz. También tuvo un recuerdo de Luis, su padre, y confesó que después de tanto sufrimiento algo quedó de ellos gracias a que pudieron tener un futuro de todas formas. Al respecto comenta: estudié gracias a la beca Rettig, y mi papá siempre en sus discursos como dirigente del Partido Socialista en San Rosendo hablaba de que quería alimentación, educación gratuita, salud gratuita para la gente, y por las paradojas de la vida es que él perdió la suya y yo pude estudiar gracias a la beca por ser hija de un ejecutado político.

 

 

Juan Antonio Acuña Concha, otro de los asesinados, junto a su esposa Rosa Barriga Pérez, ambos padres de Patricia.

EL LEGADO POSTERIOR A LA MASACRE

No es cosa nueva que luego de tanto dolor hay personas que logran hacer de su tristeza una lucha. Precisamente de la Masacre de Laja – San Rosendo nació la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos y Ejecutados Políticos de Laja. Este grupo ha existido desde el año 1973, e inicialmente la conformaron las madres de las víctimas y las hermanas de las víctimas, y con el paso del tiempo han tomado un rol importante las hijas e hijos de los asesinados. En un informe del Museo de la memoria se puede recoger un testimonio que ilustra un poco de esta historia, cuando se reproducen las palabras de Hilda Espinoza, quien señaló en una entrevista del 2013, que lo de Laja fue justo después de la huelga. Las coordinadoras éramos jóvenes y con energía, pero era difícil acompañar a las compañeras de Laja y San Rosendo, a reconocer los cadáveres. Fuimos creando una coraza que nos endureció.

Años más tarde, desde otro frente de acción, Teresa Arredondo y Carlos Vásquez Méndez realizaron el documental Las Cruces, que está inspirado en la historia de Laja – San Rosendo y que, desde el registro documental, revisita los hechos ocurridos en el 73 y trae nuevamente a la discusión la memoria y el relato de aquellos que perdieron la vida. 

Rodaje del documental Las Cruces

Teresa Arredondo conversó con La Tribuna y comentó, respecto de cómo llegó a conectarse con la historia de los 19 muertos de Biobío, que la historia conocimos por un reportaje que se publicó hace muchos años, y en este reportaje ya se incluían las confesiones como parte de la carpeta judicial, y estaban las confesiones de los policías. Lo que nos motivó particularmente en este caso fue que por primera vez veíamos un punto de vista del victimario, es decir, conocíamos los testimonios y las confesiones directamente por parte de los policías. Además señaló que me llamó mucho la atención que era un caso en el cual estaba por primera vez se conocía que había participación de civiles durante la dictadura, en este caso de la CMPC, de que participaron dando alcohol, facilitando automóviles, etcétera, entonces pensamos que en Chile no se ha hablado lo suficiente de la participación de civiles en la dictadura, y nos pareció muy necesario hacerlo. Y finaliza diciendo que no se ha hablado mucho no solamente en el cine, sino que no se habla de esto en general.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

     

 

 

 

 


Masacre Laja-San Rosendo: Condenan a 9 excarabineros por homicidios calificados

Fuente :radioagricultura.cl, 07 de enero 2020

Categoría : Prensa

El ministro en visita para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Concepción, Carlos Aldana Fuentes, condenó este martes a 9 Carabineros (R) por los delitos de homicidio calificado de 19 obreros y trabajadores, perpetrados en septiembre de 1973, en el caso denominado “Masacre de Laja-San Rosendo”.

El magistrado condenó a Alberto Juan Fernández Michell a la pena de presidio perpetuo como autor de los delitos de homicidio calificado de Fernando Grandón Gálvez, Jorge Andrés Lamana Abarzúa, Rubén Antonio Campos López, Juan Carlos Jara Herrera, Raúl Urra Parada, Luis Armando Ulloa Valenzuela, Oscar Omar Sanhueza Contreras, Dagoberto Enrique Garfias Gatica, Luis Alberto del Carmen Araneda Reyes, Juan Antonio Acuña Concha, Juan de Dios Villarroel Espinoza, Heraldo del Carmen Muñoz Muñoz, Federico Riquelme Concha, Jorge Lautaro Zorrilla Rubio, Manuel Mario Becerra Avello, Jack Eduardo Gutiérrez Rodríguez, Mario Jara Jara, Wilson Gamadiel Muñoz Rodríguez y Alfonso Segundo Macaya Barrales.

Además, condenó a Gerson Nilo Saavedra Reinike, Pedro del Carmen Parra Utreras, Víctor Manuel Campos Dávila y Nelson Casanova Salgado, a la pena efectiva de cinco años y un día de presidio como autores de los delitos de homicidio calificado de las mismas 19 víctimas nombradas anteriormente.

Asimismo, condenó a Anselmo del Carmen San Martín Navarrete a la pena efectiva de cinco años y un día de presidio como encubridor de los 19 delitos de homicidio calificado ya mencionados.

Por estos mismos hechos se condenó a José Jacinto Otárola Sanhueza, Mario Sebastián Montoya Burgos y Manuel Enrique Cerda Robledo, a 5 años de presidio, en calidad de encubridores, concediéndose el beneficio de la libertad vigilada.

Por otro lado, el ministro Aldana absolvió al funcionario policial René Luis Alberto Urrutia Elgueta, por su presunta participación como autor en el delito de inhumación ilegal, cometido a finales de octubre de 1973, en una fosa común del Cementerio Parroquial de Yumbel, en los restos de Fernando Grandón Gálvez, Jorge Andrés Lamana Abarzúa, Rubén Antonio Campos López, Juan Carlos Jara Herrera, Raúl Urra Parada, Luis Armando Ulloa Valenzuela, Oscar Omar Sanhueza Contreras, Dagoberto Enrique Gárfias Gatica, Luis Alberto del Carmen Araneda Reyes, Juan Antonio Acuña Concha, Juan de Dios Villarroel Espinoza, Heraldo del Carmen Muñoz Muñoz, Federico Riquelme Concha, Jorge Lautaro Zorrilla Rubio, Manuel Mario Becerra Avello, Jack Eduardo Gutiérrez Rodríguez, Mario Jara Jara, Wilson Gamadiel Muñoz Rodríguez y Alfonso Segundo Macaya Barrales.

También, absolvió a Pedro Luis Jarpa Foerster, de la acusación en su contra, por la presunta responsabilidad en calidad de cómplice de los delitos de homicidio calificado de Fernando Grandón Gálvez, Jack Gutiérrez Rodríguez, Heraldo Muñoz Muñoz, Raúl Urra Parada, Federico Riquelme Concha, Juan Villarroel Espinoza y Wilson Muñoz Rodríguez.

Finalmente, el ministro Aldana absolvió a Alejandro Lionel Aguilera Covarrubias y Rodolfo Román Román, de su presunta responsabilidad en calidad de cómplices de los homicidios calificados de las 19 víctimas.


Las Cruces: llega a los cines el documental sobre la matanza de Laja y San Rosendo en 1973

Fuente :radio.uchile.cl 18/12/2019

Categoría : Prensa

La película expone, a partir de las declaraciones judiciales, el crimen cometido por la policía contra 19 trabajadores días después del Golpe de Estado de 1973. Se estrenará el próximo 2 de enero de 2020.

A 46 años de la matanza de Laja y San Rosendo, se estrena el premiado documental Las Cruces, largometraje dirigido por Teresa Arredondo y Carlos Vásquez Méndez, y producido por Claudio Leiva Araos (Nada pertenece a la memoria, Demoliendo el muro) y Patricio Muñoz G. (nadasimple todosimple).

La obra narra los hechos ocurridos en septiembre de 1973, días después del Golpe Militar, cuando 19 trabajadores fueron arrestados y llevados a la estación de policía de Laja. Después de ser detenidos durante cinco días, desaparecieron. La policía les dijo a sus familiares que fueron trasladados a un regimiento militar en la ciudad de Los Ángeles, pero no los encontraron allí. Buscaron durante seis años hasta que sus restos aparecieron en el cementerio de Yumbel.

Casi 40 años después de la masacre, uno de los policías involucrados, que hasta ahora había negado cualquier participación en estos asesinatos, rompió el pacto de silencio que había hecho la noche de la matanza y se reabrió el caso. De esta manera, se sabe que la noche del 18 de septiembre de 1973, los 19 trabajadores fueron asesinados en un bosque cerca de la ciudad de Laja y que la Compañía de Manufacturera de Papeles y Cartones (CMPC) tuvo relación con esas muertes.

“Desde el comienzo nos llamó la atención que la masacre fuera dirigida por Carabineros, no por el Ejército. Muchos de los policías que ejecutaron a los obreros, los conocían. Después de 40 años uno de los policías rompió el pacto de silencio y hoy el juicio sigue abierto. Nos llamó la atención que ‘La Papelera’ (CMPC), como se conocía en ese momento, que era una empresa privada, participó en la masacre y colaboró logísticamente, en la detención de sus trabajadores”, sostuvo Teresa Arredondo.

“Entonces, el momento decisivo fue cuando conocimos a los familiares de las víctimas y nos dimos cuenta de que tantos años después, con todas las declaraciones realizadas, todavía están tratando de obtener justicia. Nuestra primera razón fue por intentar mantener la memoria viva. De alguna manera, pensamos que existía la posibilidad de que la memoria de los familiares pasara también a ser parte de una memoria colectiva, que esa memoria sea parte también de todo aquel que vea la película. Lo contrario al olvido no es necesariamente el recuerdo, sino es el respeto, acercamiento, entendimiento, acompañamiento y acuerdo”, añadió.

Para el productor Claudio Leiva Araos, uno de los desafíos fue filmar el documental completamente en 16 mm: “Hubo que traer la película desde México y después volver a revelar allá. Filmamos muy poco, solo 240 minutos, se filmaba normalmente media jornada, el resto del tiempo grabó a los habitantes de Laja y San Rosendo en un estudio de sonido improvisado leyendo las confesiones de los carabineros y algunos informes de las exhumaciones. Esto fue lo más difícil del rodaje”.

“Desde el comienzo sabíamos que serían lugareños de Laja y San Rosendo quienes harían las lecturas. Pero no incluiríamos a familiares directos de las víctimas en esas sesiones de lectura. Fue difícil encontrar personas que pusieran sus voces para el film. Si bien ellos están interesados en el tema, la mayoría aún tiene miedo de hablar y tomar una posición”, comentó.

El documental fue estrenado en FID Marsella en julio de 2018, donde obtuvo la Mención Especial del Jurado. Desde esa fecha hasta ahora ha realizado un exitoso circuito por festivales nacionales e internacionales.

Las Cruces se estrenará comercialmente el próximo 2 de enero  gracias a la convocatoria pública de “Estrenos chilenos en red”, organizado por la Red de Salas de Cine de Chile, la cual contempla exhibiciones en las ciudades de Santiago, Valparaíso, Constitución, Chillán, Valdivia y Puerto Varas.


Masacre Laja-San Rosendo: Dictan acusación contra carabineros y funcionarios de la papelera CMPC por 19 homicidios

Fuente :olca,cl, 13 de Noviembre de 2018

Categoría : Prensa

Este martes el ministro en visita para causas por violaciones a los Derechos Humanos de la Corte de Apelaciones de Concepción, Carlos Aldana, dictó acusación en contra de ex miembros de Carabineros y de ex funcionarios de la Compañía Manufacturera de Papeles y Cartones (CMPC) de Laja, por los delitos de homicidio calificado e inhumación ilegal de 19 obreros y campesinos, perpetrados en septiembre de 1973, en el caso denominado “Masacre de Laja-San Rosendo”.

En la resolución (causa rol 27-2010), el ministro Aldana acusó al ex oficial de Carabineros, Alberto Juan Fernández Michel, y a los ex Carabineros: Lisandro Alberto Martínez García, Luis Antonio León Godoy, Gerson Nilo Saavedra Reinike, Pedro del Carmen Parra Utreras, Gabriel Washington González Salazar, Samuel Francisco Vidal Riquelme, Víctor Manuel Campos Dávila y Nelson Casanova Salgado, en calidad de coautores de los homicidios calificados de las 19 víctimas del hecho represivo criminal: Fernando Grandón Gálvez, Jorge Andrés Lamana Abarzúa, Rubén Antonio Campos López, Juan Carlos Jara Herrera, Raúl Urra Parada, Luis Armando Ulloa Valenzuela, Óscar Omar Sanhueza Contreras, Dagoberto Enrique Garfias Gatica, Luis Alberto del Carmen Araneda Reyes, Juan Antonio Acuña Concha, Juan de Dios Villarroel Espinoza, Heraldo del Carmen Muñoz Muñoz, Federico Riquelme Concha, Jorge Lautaro Zorrilla Rubio, Manuel Mario Becerra Avello, Jack Eduardo Gutiérrez Rodríguez, Mario Jara Jara, Wilson Gamadiel Muñoz Rodríguez y Alfonso Segundo Macaya Barrales.

Asimismo, acusó a los también ex funcionarios policiales José Jacinto Otárola Sanhueza, Mario Sebastián Montoya Burgos, Manuel Cerda Robledo y Anselmo de Carmen San Martín Navarrete como encubridores de los mismos delitos en perjuicio de las personas referidas.
Además, el ex oficial de carabineros René Urrutia Elgueta, fue sindicado como autor del delito de inhumación ilegal de las 19 víctimas.
Funcionarios CMPC
En marzo pasado, la Corte penquista dictaminó el procesamiento de cuatro ex funcionarios civiles de la CMPC por su implicancia y participación en los delitos. Esta decisión de la Corte obligó a Aldana a dictar acusación contra tres de estos funcionarios de la Compañía Manufacturera de Papeles y Cartones (CMPC), pese a que inicialmente se había negado siquiera a encausar a estos represores civiles. Ahora, el ministro Aldana acusó al exjefe de seguridad de la empresa, Pedro Jarpa Foerster, en calidad de cómplice de los delitos de homicidios de siete víctimas: Fernando Grandón Gálvez, Jack Gutiérrez Rodríguez, Heraldo Muñoz Muñoz, Raúl Urra Parada, Federico Riquelme Concha, Juan Villarroel Espinoza y Wilson Muñoz Rodríguez.

Mientras tanto, a Alejandro Lionel Aguilera Covarrubias (exejecutivo de la CMPC) y Rodolfo Román Román (exchofer), los responsabilizó como cómplices de los 19 homicidios calificados.

En la etapa de investigación, el ministro en visita logró determinar que entre los días 13 y 17 de septiembre de 1973, en las comunas de Laja y San Rosendo, fueron detenidas, por personal de la Tenencia de Carabineros de Laja, sin orden judicial ni administrativa competente, y trasladados hasta la referida unidad policial las 19 víctimas ya mencionadas, desde la CMPC y otras empresas y sectores rurales de la zona.

Las referidas víctimas fueron ingresados en los calabozos de la señalada unidad policial, permaneciendo en ellos hasta la noche del 17 de septiembre de 1973, oportunidad en la que fueron sacados por el personal uniformado y subidos a vehículos de CMPC, para ser, supuestamente, trasladados hasta el Regimiento de la ciudad de Los Ángeles; sin embargo, mientras iban transitando por la Ruta Q-90, a la altura del Puente Perales, la comitiva ingresó por un camino lateral internándose en el denominado Fundo San Juan, de la comuna de Yumbel, donde el personal de Carabineros de la Tenencia de Laja, quienes iban armados de fusiles y carabinas, las hizo descender de los vehículos, obligándolas a colocarse en el suelo, tendidas una al lado de otra, boca abajo y amarrados de manos, procediendo los funcionarios policiales a ubicarse detrás de ellos, momento en que el oficial a cargo a un costado, quien premunido de su revólver, dio la orden de dispararles la cual fue cumplida por los uniformados presentes, posicionados en la línea de disparar, impactando con las balas los cuerpos de los detenidos, produciéndoles lesiones que le causaron la muerte.

Posteriormente, los mismos policías, premunidos de palas que portaban al efecto, cavaron una fosa de 60 centímetros de profundidad donde arrojaron los cuerpos, los que cubrieron con una capa de tierra. Finalizado este operativo, retornaron a la Tenencia de Laja, guardando silencio respecto de lo ocurrido. Días después funcionarios de Carabineros volvieron al sector para tapar los cuerpos con cal, de aquella que se utilizaba en la CMPC, la cual habría sido proporcionada por funcionarios de la empresa.

A fines de octubre de 1973, perros del sector encontraron restos humanos, hecho del cual se percató una persona que transitaba por ese lugar, dando cuenta a Carabineros de Yumbel. Ante esta denuncia, el comisario Héctor Rivera Rojas, ordenó al entonces oficial de órdenes, teniente René Luis Alberto Urrutia Elgueta que se constituyera en el lugar, quien ratificó el hallazgo al comisario para, finalmente, trasladar las osamentas directamente al cementerio parroquial para su sepultación en una fosa común, lo que cumplió Urrutia utilizando un coloso tirado por un tractor, en horas de la noche, durante la cual regía el toque de queda.

Que este procedimiento, se hizo sin practicar a los cadáveres encontrados la autopsia de rigor y fueron inhumados sin obtener la correspondiente autorización sanitaria, como tampoco la competente orden judicial.

En esta causa se abre ahora la etapa de plenario luego de la cual el ministro Aldana debe dictar sentencia.


Corte Suprema confirma condenas a nueve ex carabineros por crímenes de 19 trabajadores forestales en Laja y San Rosendo en 1973

Fuente :resumen.cl, 2 de Marzo 2024

Categoría : Prensa

La Corte Suprema condenó a nueve ex carabineros por su responsabilidad en los delitos de homicidio calificado de los trabajadores forestales Fernando Grandón Gálvez, Jorge Andrés Lamana Abarzúa, Rubén Antonio Campos López, Juan Carlos Jara Herrera, Raúl Urra Parada, Luis Armando Ulloa Valenzuela, Oscar Omar Sanhueza Contreras, Dagoberto Enrique Garfias Gatica, Luis Alberto del Carmen Araneda Reyes, Juan Antonio Acuña Concha, Juan de Dios Villarroel Espinoza, Heraldo del Carmen Muñoz Muñoz, Federico Riquelme Concha, Jorge Lautaro Zorrilla Rubio, Manuel Mario Becerra Avello, Jack Eduardo Gutiérrez Rodríguez, Mario Jara Jara, Wuilzon Gamadiel Muñoz Rodríguez y Alfonso Segundo Macaya Barrales, perpetrados en septiembre de 1973 en las comunas de Laja y San Rosendo, en la provincia de Biobío.

En fallo unánime (causa rol 82.317-2021), la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por el ministro Manuel Antonio Valderrama, las ministras María Soledad Melo, María Loreto Gutiérrez,  la abogada (i) Pía Tavolari y el abogado (i) Ricardo Abuauad- invalidó parcialmente la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Concepción en agosto de 2021, solo en la parte que condenó al civil Pedro Luis Jarpa Foerster, ex funcionario ejecutivo de la CMPC, a 5 años y un día de presidio, como cómplice de los homicidios de siete trabajadores y, en su lugar, decretó su absolución al no acreditarse la responsabilidad atribuida en los delitos. Además, rechazó los recursos de casación en la forma y en fondo interpuestos por los demás condenados.

En lo demás, el máximo tribunal confirmó la sentencia de la Corte penquista que condenó al ex oficial de Carabineros Alberto Juan Fernández Mitchell a la pena de presidio perpetuo en calidad de autor de los homicidios calificados de las 19 víctimas. 

En tanto, los ex carabineros José Jacinto Otárola Sanhueza, Mario Sebastián Montoya Burgos, Manuel Enrique Cerda Robledo, Gerson Nilo Saavedra Reinike, Pedro del Carmen Parra Utreras, Víctor Manuel Campos Dávila y Nelson Casanova Salgado quedan condenados a la pena de 15 años y un día de presidio, en calidad de autores de los 19 homicidios calificados. Mientras que, el ex carabinero Anselmo del Carmen San Martín Navarrete fue sentenciado a 5 años de reclusión, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva, en calidad de encubridor de los delitos.

La sentencia estableció error de derecho al establecer la responsabilidad de Jarpa Forester. Al respecto la resolución señala que: "En este caso, como cuestión inicial, cabe indicar que el sentenciado Jarpa, en primera instancia, fue absuelto de su participación en los hechos luctuosos, decisión que fue revertida por una de las salas de la Corte de Apelaciones de Concepción, quienes consideraron la existencia de testimonios que permiten visualizarlo en actos de cooperación, …….les permitió concluir que ejecutó acciones de cooperación anteriores a la perpetración de los homicidios de las siete personas que detalla, facilitando su identificación y detención, obrando al menos con dolo eventual, teniendo presente el contexto en que ocurrieron estas detenciones, realizadas por funcionarios policiales que obraban sin orden judicial alguna, estando el país en estado de sitio luego del golpe militar del 11 de septiembre de 1973, lo que les llevó a concluir que no pudo menos que proyectar o representarse que la identificación que hizo de los trabajadores, supuestamente contrarios al nuevo régimen de facto, terminarían en su muerte".

Ejecuciones e inhumación ilegal

Entre los días 13 y 17 de septiembre de 1973, fecha en que el país se encontraba en estado de sitio, en las comunas de Laja y San Rosendo, fueron detenidas -por personal de la Tenencia de Carabineros de Laja- y trasladados hasta la referida unidad policial, los trabajadores: Fernando Grandón Gálvez, Jorge Andrés Lamana Abarzúa, Rubén Antonio Campos López, Juan Carlos Jara Herrera, Raúl Urra Parada, Luis Armando Ulloa Valenzuela, Oscar Omar Sanhueza Contreras, Dagoberto Enrique Garfias Gatica, Luis Alberto del Carmen Araneda Reyes, Juan Antonio Acuña Concha, Juan de Dios Villarroel Espinoza, Heraldo del Carmen Muñoz Muñoz, Federico Riquelme Concha, Jorge Lautaro Zorrilla Rubio, Manuel Mario Becerra Avello, Jack Eduardo Gutiérrez Rodríguez, Mario Jara Jara, Wilson Gamadiel Muñoz Rodríguez y Alfonso Segundo Macaya Barrales.

Los trabajadores de la Compañía Manufacturera de Papeles y Cartones (CMPC) Grandón, Gutiérrez, Muñoz, Urra, Riquelme, Villarroel y Muñoz Rodríguez, fueron detenidos por Carabineros, en la puerta de acceso-salida de su lugar de trabajo, Planta Papelera CMPC Laja, lugar en que un funcionario superior mantenía una lista con cada uno de los nombres, sindicando a Carabineros quienes eran cada uno de ellos, facilitando con ello su identificación y detención. Asimismo, las otras personas antes indicadas fueron detenidas y trasladadas en vehículos de la papelera CMPC, los cuales habrían sido facilitados por jefes de dicha empresa para el traslado de los detenidos y conducido por un empleado de CMPC hacia la Tenencia Laja. 

Los detenidos fueron ingresados en los calabozos, permaneciendo en ese recinto hasta la noche del 17 de septiembre de 1973. Esa noche fueron sacados por el personal uniformado y subidos a vehículos que pertenecerían a la Papelera CMPC, para ser, supuestamente, trasladados hasta el Regimiento de la ciudad de Los Ángeles. 

Sin embargo y mientras iban transitando por la Ruta Q-90, a la altura del Puente Perales, la comitiva ingresó por un camino lateral unos 500 mts. en dirección al Sur, internándose en el denominado Fundo San Juan, de la comuna de Yumbel, donde los aludidos carabineros, quienes iban armados de fusiles y carabinas, los hicieron descender de los vehículos. Enseguida los obligan a colocarse en el suelo, tendidos uno al lado del otro, boca abajo y amarrados de manos, procediendo los carabineros a ubicarse detrás de ellos, momento en que el oficial a cargo se colocó a un costado y premunido de su revólver, dio la orden de dispararles para asesinarlos.

Acto seguido, los mismos carabineros, utilizando palas que llevaban al efecto, cavaron una fosa de 60 cms. de profundidad donde arrojaron los cuerpos, los que cubrieron con una capa de tierra. Finalizado este operativo, retornaron a la Tenencia de Laja, guardando silencio respecto de lo ocurrido. Días después, funcionarios de Carabineros volvieron al sector para tapar los cuerpos con cal, de aquella que se utilizaba en la CMPC, la cual habría sido proporcionada por funcionarios de la misma empresa.

Un mes después de ocurridos estos crímenes, a finales de octubre de 1973, perros del sector encontraron restos humanos, hecho del cual se percató una persona que transitaba por ese lugar, dando cuenta a Carabineros de Yumbel. Ante esta denuncia, el comisario del mencionado cuartel, ordenó a un subalterno que se constituyera en el lugar. Éste verifica la efectividad de la denuncia y le informa de ello al comisario, quien ordenó confeccionar el parte correspondiente por la Tenencia de Carabineros de Salto del Laja y remitirlo al Juzgado de Letras de Yumbel, hasta donde lo llevó, acompañado del médico jefe del Hospital de Yumbel. 

El referido médico le manifestó a la entonces Juez de Letras de esa localidad Corina Mera la imposibilidad de recibir los cuerpos en el recinto hospitalario por motivos de salubridad. Ante eso, la jueza dispone que fueran trasladados directamente al cementerio parroquial para su sepultación en una fosa común, lo que cumplió el oficial policial utilizando un coloso tirado por un tractor, en horas de la noche y en horario que regía el toque de queda. Este procedimiento se hizo  sin practicar a los cadáveres encontrados la autopsia de rigor, e inhumados sin obtener la correspondiente autorización sanitaria, como tampoco una orden judicial competente.

por Darío Núñez


Reabren investigación por la matanza de Laja-San Rosendo ocurrida en terrenos de «La Papelera» de los Matte en 1973

Fuente :El Desconcierto, 10.01.2017

Categoría : Prensa

El ministro en visita Carlos Aldana había cerrado el expediente en agosto pasado.

A solicitud del abogado querellante, Mauricio Araneda, la Corte de Apelaciones de Concepción decidió ayer reabrir el caso Laja-San Rosendo, que investiga la muerte de 19 personas el 18 de septiembre de 1973. La mayoría de las víctimas eran trabajadores de la Compañía Manufacturera de Papeles y Cartones (CMPC), más conocida como «La Papelera», de propiedad del grupo Matte.

Según las declaraciones de testigos, la CMPC aportó vehículos y bebidas alcohólicas para quienes llevaron a cabo la ejecución. También se dijo que fueron los ejecutivos quienes entregaron nombres de trabajadores, vinculados al gobierno de Salvador Allende. Actualmente hay 11 carabineros procesados, todos quienes están en libertad condicional.

En agosto del año pasado Carlos Aldana, ministro que encabezó la investigación, decidió cerrar el expediente, ya que a su juicio no quedaban más diligencias. El abogado Mauricio Araneda solicitó la reapertura de la causa, ya que considera que aún restan pericias por realizar, como un careo entre los funcionarios de Carabineros procesados con los funcionarios o empleados de la papelera.

En la investigación se ha logrado establecer que entre el 13 y el 16 de septiembre de 1973 Carabineros de Laja detuvo a las 19 personas y las mantuvo recluidas en un calabozo de la tenencia de aquella comuna. El 17 de septiembre, el teniente Fernández, oficial a cargo, informó haber recibido una orden del mayor Solari de «eliminar a los detenidos». El oficial dio la orden de preparar la ejecución y sus subordinados reunieron y repartieron las armas.

Las victimas fueron Juan Carlos Jara Herrera, Raúl Urra Parada, Luis Armando Ulloa Valenzuela, Oscar Omar Sanhueza Contreras, Dagoberto Garfias Gatica, Luis Alberto del Carmen Araneda Reyes, Luis Antonio Acuña Concha, Mario Jara Jara, Juan Villarroel Espinoza, Heraldo del Carmen Muñoz Muñoz, Federico Riquelme Concha, Jorge Lautaro Zorrilla Rubio, Manuel Becerra Avello, Jack Eduardo Gutiérrez Rodríguez, Alfonso Macaya Barrales, Wilson Muñoz Rodríguez, Fernando Grandón Galvez, Jorge Lamana Abarzúa y Rubén Campos López.