Andrónicos Antequera Juan Carlos


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Hermanos Andronicos

Hermanos Andronicos

Rut : 5.267.726-2

Fecha Detención : 03-10-1974
Lugar Detención : Santiago


Fecha Nacimiento : 20-12-1950 Edad : 23

Lugar Nacimiento : Tocopilla

Actividad Política : Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR)
Actividad : Estudiante Universitario

Estado Civil e Hijos : Soltero
Nacionalidad : chilena


Relatos de Los Hechos

Fuente :Vicaria de la Solidaridad

Categoría : Antecedentes del Caso

Jorge Elías Andrónicos Antequera, 25 años, casado, egresado de Ingeniería Eléctrica de la Universidad Técnica del Estado y su hermano Juan Carlos, 23 años, soltero, estudiante universitario, ambos militantes del MIR, fueron detenidos en las siguientes circunstancias: el día 3 de octubre de 1974, alrededor de las 16:30 horas, arribaron a su domicilio (que compartía con su madre y hermanos) un grupo de 8 agentes de civil pertenecientes a la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), al mando del entonces Teniente de Ejército adscrito a tal organismo, Fernando Laureani Maturana, portando la mayoría fusiles ametralladoras, los que procedieron a allanar el inmueble e interrogar a sus moradores en dependencias de éste, amedrentándolos y golpeándolos. En el grupo asaltante se encontraba una mujer no identificada y el agente de la DINA, Osvaldo Romo Mena (El "Guatón Romo"). Al rato, la mayoría de los individuos se retiró, permaneciendo Laureani y otros tres hombres desde ese día hasta el sábado 5 de octubre, sin retirarse de la casa, manteniendo a sus ocupantes en arresto domiciliario, sin perjuicio de los que fueron siendo detenidos durante aquellos días.

La identidad de Laureani fue descubierta por la hermana de las víctimas, Arety Andrónicos Antequera, luego de que éste le ordenara planchar una camisa del Oficial, descubriendo la joven su Tarjeta de Identificación de las Fuerzas Armadas (TIFA) en un bolsillo de ésta, sin que ello fuese notado por el agente. La madre de los hermanos Andrónicos (doña Herminia Antequera Latrille) volvió a reconocer a Laureani posteriormente en el Tribunal. Osvaldo Romo fue identificado por fotografías.

Durante el arresto domiciliario de la familia, llegaron parte de los sujetos que antes se habían retirado, llevándose consigo a Jorge Elías Andrónicos y a Luis Francisco González Manríquez, (también detenido desaparecido) y a Carlos Rojas Rey, éste último fue liberado tras 12 días de cautiverio. Ello ocurrió el mismo día 3 de octubre. Al día siguiente cerca de las 03:00 AM, volvió el resto del grupo y se llevó a Juan Carlos Andrónico. Los demás agentes de la DINA a cargo siempre de Laureani se retiraron de la vivienda el 5 de octubre, al parecer cuando ya constataron que no arribaría nadie más al lugar que les interesara aprehender.

Los anteriores sucesos fueron presenciados por Arety Andrónicos Antequera (hermana de las dos víctimas) Patricia Ramos Casanueva (cónyuge de Jorge Elías, con 9 meses de embarazo), además de la madre de los hermanos Andrónicos ya mencionada, siendo las dos primeras también interrogadas en piezas separadas, insultadas y amedrentadas por los asaltantes, inquiriendo acerca de las amistades y actividades de los detenidos, durante más de dos horas.

Las víctimas fueron trasladadas desde su hogar al cuartel de calle José Domingo Cañas esquina República de Israel a cargo de la DINA, en una camioneta nueva marca Chevrolet Luv, color verde claro, con toldo obscuro, permaneciendo en aquel recinto hasta el día 5 ó 6, siendo luego transportados al centro de reclusión de Cuatro Alamos, también controlado por la DINA, (correspondiente al pabellón de incomunicados del recinto de detención de Tres Alamos), desde donde los hermanos Andrónicos fueron sacados con destino desconocido, el día 11 de noviembre de 1974, última ocasión en que se los vio, ignorándose sus paraderos hasta el día de hoy.

Carlos Roberto Rojas Rey, quien carecía de antecedentes políticos y se encontraba en el domicilio de los detenidos sólo porque era el novio de Arety Andrónico, fue liberado a los 12 días de cautiverio tras ser abandonado en el paradero 12 de la Gran Avenida; el señala que efectivamente fue detenido junto a las víctimas, permaneciendo en la misma pieza que éstos, casi siempre con la vista vendada. Añade que sólo al comienzo lo trataron duramente pero luego los captores se desentendieron de él. La noche de su liberación, lo dejaron en el lugar antes referido, siempre con los ojos vendados, ordenándole que "contara hasta veinte", alejándose de inmediato de allí los sujetos.

Antes de la detención, los hermanos Andrónicos habían sido marginados de la Universidad. Nunca se les comunicó razones concretas para justificar tales medidas.

Más tarde, a comienzos de 1976, según refiriera la propia madre de las víctimas, fue confiscada por la autoridad la casa en que habitaban, no obstante hacerlo sólo en calidad de arrendatarios, continúandose así la presión sobre la familia. Existen numerosos testimonios de la reclusión de las víctimas en José Domingo Cañas y Cuatro Alamos, que reseñamos a continuación.

Cristián Bisquert, aludido por la madre de los desaparecidos como la persona con la cual se encontró en los Tribunales tiempo después de los hechos, les narró haber estado detenido por la DINA y visto a ambos hermanos en el recinto de Cuatro Alamos, donde éstos estuvieron entre el 5 y 15 de octubre de 1974 a lo menos, fecha en que Bisquert fue puesto en libertad.

Cecilia Jarpa Zúñiga, detenida el 3 de octubre de 1974 por la DINA, compartió una pieza el 5 de octubre en el cuartel de José Domingo Cañas y el 12 del mismo mes también, con las víctimas.

Rosalía Martínez Cereceda, detenida el 23 de septiembre de 1974, declararía que vio a los hermanos desaparecidos en José Domingo Cañas, junto a otros recluidos, como Cecilia Jarpa, Amelia Bruhm, Luis González Manríquez, Marta Caballero, Alfredo Rojas Castañeda y David Silbermann.

Cristián Esteban Van Yurick Altamirano, afirma que compartió la pieza número 13 de 4 Alamos con las víctimas, de quienes supo que también habían estado en José Domingo Cañas. Además de los Andrónicos estuvieron con él otros cautivos, como David Silbermann y Alejandro Parada González.

El jefe de Cuatro Alamos a la fecha de cautiverio de las víctimas, José Manzo Durand, a la sazón Teniente de Gendarmería, comparecería luego en estrados, sosteniendo que no conoce ni sabe nada de aquellos, añadiendo que eso es comprensible pues muchos utilizaban nombres falsos. Tampoco reconoce las fotografías de los desaparecidos. La versión anterior es inverosímil, al contradecirse con los antecedentes ya reseñados.

Manuel Jesús Salinas Letelier, quien permaneció detenido entre enero de 1974 y noviembre de 1976, señala que cuando estuvo en 4 Alamos, compartió la pieza N°13 con varios recluidos, entre ellos los hermanos Andrónicos hasta el 11 de noviembre de 1974, fecha en que fue trasladado a Tres Alamos, perdiendo de vista a estos. En la pieza 13 estuvo con varios otros cautivos, posteriormente desaparecidos, como Arturo Barría Araneda, Carlos Gajardo Wolf, Nestor Gallardo Agüero y David Silbermann Gurovich.

La víctima apareció en una nómina de 119 personas, todas ellas detenidas con anterioridad y cuyo paradero se desconoce, según las publicaciones de la revista Lea de Buenos Aires y O'Dia de Paraná, Brasil. Jorge Elías Andrónicos Antequera figuraba en la primera y Juan Carlos en la segunda. La revista "Lea" señalaba en su primer y único número que 59 miristas chilenos habrían sido muertos por sus propios compañeros en disputas intestinas del movimiento, adjuntando la nómina de los fallecidos. "O'Dia" sostenía por otra parte, que 60 miristas habían sido abatidos por fuerzas de seguridad argentinas en la provincia de Salta, indicando también sus nombres.

Como se dijo, aquella fue la primera y única aparición de la revista "Lea", no correspondiendo su domicilio ni identidad de su editora y director responsable a la realidad, figurando en cada ejemplar sólo un pie de imprenta ininteligible.

En cuanto a "O'Dia", reapareció para dar aquella "noticia" después de largos años de silencio, para luego volver a quedar absolutamente fuera de circulación. Tampoco constaba de un domicilio ni director responsable genuinamente identificados.

Las 119 personas citadas en las nóminas de ambas publicaciones coinciden todas con desaparecidos por los cuales se habían incoado acciones judiciales y administrativas aquí en Chile, para dar con sus paraderos. Se constató por la agencia de noticias Latin y autoridades argentinas, que ninguno de los 119 supuestos muertos había pisado el territorio transandino.

Por otra parte, el 20 de agosto de 1975, la Comandancia en Jefe de la Guarnición de Santiago, en respuesta a una carta de la madre de las víctimas, suscrita por el Coronel Hernán Ramírez Ramírez aduce que "sus hijos, Jorge Elías y Juan Carlos Andrónicos Antequera "se encuentran en libertad, pero huyen de las amenazas del MIR, existiendo la posibilidad de que hubieren salido ilegalmente del país".

Hasta la fecha, Jorge Elías y Juan Carlos Andrónicos Antequera se encuentran desaparecidos.

GESTIONES JUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS
Con fecha 11 de octubre de 1974 se interpuso Recurso de Amparo en favor de la víctima y su hermano ante la Corte de Apelaciones de Santiago, el que fue rolado con el N°1233 74.

Con fecha 17 de enero de 1975, la Corte de Apelaciones de Santiago desechó el recurso de amparo deducido en octubre en favor del detenido y su hermano, luego de que el Ministerio del Interior negara la existencia de su aprehensión.

Durante el mismo año l975, se interpuso denuncia por Presunta Desgracia ante el 4° Juzgado del Crimen de San Miguel, donde declara la madre y hermana de los detenidos ya individualizadas, como también la cónyuge de Jorge Elías y Carlos Roberto Rojas Rey. También se acompañó al expediente las declaraciones juradas de Cecilia Jarpa Zúñiga (efectuada en París), y de Rosalía Martínez Cereceda, (efectuada en Tel Aviv y luego en París), ambas detenidos en los mismos lugares que los hermanos Andrónico.

El Tribunal sobreseyó temporalmente la causa, en dos ocasiones, conforme a la causal del artículo 499 N°1 del Código de Procedimiento Penal esto es, por no estar acreditado el hecho investigado, pero en ambas oportunidades la Corte de Apelaciones de San Miguel revocó dichas resoluciones, ordenando reabrir el sumario. El 13 de abril de 1978 se interpuso querella en contra de Fernando Laureani Maturana y demás responsables por el delito de secuestro. Esta causa se tramita en el 4° Juzgado del Crimen de Corte Presidente Aguirre Cerda, bajo el rol N° 9298 2 y en ella declaró Laureani, que si bien trabajó para la DINA en la época de la detención de las víctimas, su labor era sólo administrativa y nunca tuvo nada que ver con detenciones. Mantiene sus dichos en careos con la madre de los hermanos Andrónicos y Carlos Rojas Rey , negando además conocer al "Guatón Romo".

También declaró el ex jefe máximo de la DINA, Juan Manuel Contreras Sepúlveda, quien reconoció que Romo fue informante de dicho organismo de seguridad, aunque adujo ignorar mayores detalles acerca de la participación de éste como también su actual paradero. Agrega que si bien la DINA contaba con los cuarteles de José Domingo Cañas, el de Irán esquina Los Plátanos y el de calle Londres, eran sólo lugares de "tránsito de prisioneros", pues allí "nunca se interrogó a nadie". El único lugar de interrogatorios era Villa Grimaldi, según su versión. 

En cuanto a los documentos y archivos de la DINA, fueron heredados por la Central Nacional de Informaciones (CNI), su continuadora legal, sin levantarse acta de entrega de los mismos.

A fines de 1991, la defensa de Laureani solicitó el sobreseimiento definitivo de la causa por aplicación del Decreto Ley 2191 (Ley de Amnistía), lo que fue rechazado por el Tribunal. Conociendo de la apelación, la Corte de San Miguel dictó auto de procesamiento sobre el Oficial por el delito de secuestro, deduciendo aquel un recurso de queja ante la Corte Suprema, la cual accedió a una orden de no innovar mientras se resuelve el fondo del asunto, situación que perdura hasta diciembre de 1992.

En noviembre de 1992 Osvaldo Romo Mena, agente de la DINA que participa en la detención secuestro de los hermanos Andrónicos Antequera, fue detenido cuando llegaba a Chile expulsado desde Brasil. En dicho país residía bajo el falso nombre de Osvaldo Andrés Henríquez Mena desde fines de 1975, época en que la DINA le implementa la salida del país. El agente era requerido por varios Tribunales que tramitaban causas por violaciones a los derechos humanos y fue ubicado tras varias diligencias decretadas en la causa por el desaparecimiento de Alfonso Chanfreau Oyarce.

El ex agente, a diciembre de 1992, había declarado en varios procesos por detenidos desaparecidos y en seis de ellos había sido encargado reo.

Existen numerosas gestiones y cartas enviadas por familiares de las víctimas al Ministerio del Interior y otros organismos sin resultados, destacando la respuesta obtenida de la Comandancia en Jefe de la Guarnición de Santiago, suscrita por el Coronel Hernán Ramírez Ramírez ya reseñada precedentemente. 

 


Corte de Apelaciones rebaja procesamiento de ex agente DINA

Fuente :Primera Linea 21 de Junio 2002

Categoría : Prensa

De presunto autor del secuestro calificado a encubridor fue rebajado el procesamiento contra el ex oficial de Ejército Fernando Lauriani Maturana, en el caso de la desaparición del mirista Miguel Angel Sandoval Rodríguez, en 1975. 
La decisión de la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago modifició el anterior dictamen de la jueza con dedicación exclusiva, María Inés Collin. 
Sandoval Rodríguez, casado, sastre, militante del MIR, fue detenido el 7 de enero de 1975 por agentes de seguridad, en la vía pública. Pasó por Villa Grimaldi, centro de detención donde cumplía funciones Lauriani, conocido por guardias y prisioneros como "teniente Pablito". El oficial (R) dirigió la Agrupación Vampiro, dentro de la Brigada Caupolicán de la DINA. Además del caso de Sandoval Rodríguez, está acusado por la desaparición de los hermanos Andrónico Antequera, según el portal memoriaviva.com


Suman 146, Presentan tres nuevas querellas contra Pinochet. Los recursos fueron presentados por la desaparición de cuatro personas y la ejecución de o

Fuente :TERCERA- 18 JULIO 2000 

Categoría : Prensa

 

El primer libelo acusatorio se basa en el secuestro y posterior desaparición de los hermanos Jorge y Juan Carlos Andrónico Antequera y Luis González Manríquez, quienes fueron aprehendidos por agentes de la Dina el 3 de octubre de 1974 y fueron llevados a los centros de tortura de José Domingo Cañas y Cuatro Alamos, desde donde se les pierde toda pista. El segundo recurso da cuenta de la desaparición de Juan Heredia Olivares, quien fue detenido por funcionarios de Carabineros en su domicilio de la ciudad de Los Angeles y hasta el día de hoy se desconoce su paradero. La tercera querella es por la ejecución de Gabriel Marsull González, de 21 años, detenido por una patrulla de la Aviación en el paradero 19 de la Gran Avenida, trasladado a la Escuela de Especialidades de la Base Aérea El Bosque el día 14 de septiembre de1973 y fusilado al día siguiente en la Cuesta Barriga junto a otras cuatro personas.
 


DECLARACIÓN PÚBLICA ANTE FALLO QUE ABSUELVE A CRIMINALES DE LESA HUMANIDADEN CHILE

Fuente :conectadosconlamemoria.cl, Dic 2, 2020

Categoría : Prensa

Desde la Fundación 1367 Casa Memoria José Domingo Cañas manifestamos nuestro más
profundo rechazo al fallo de la Octava Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago que terminó
absolviendo a sesenta agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), relacionados
con la denominada Operación Colombo o Lista de los 119. Caso enmarcado en el Plan Cóndor,
que implicó un montaje comunicacional con el que se pretendió encubrir 119 casos de
compañeras y compañeros detenidas y detenidos desaparecidos, en donde cuatro medios de
prensa, nacionales e internacionales, informaron que ellas y ellos habían sido asesinados en
rencillas internas o muertos en falsos enfrentamientos con la policía argentina. Los cuatro
diarios dejaron impresas para la historia un montaje comunicacional fundado en mentiras
fabricadas para ocultar la Operación Colombo.
Varias compañeras y compañeros de la lista de los 119 de esta causa judicial pasaron, entre
otros recintos, por el Cuartel Ollagüe de la DINA, actual Casa Memoria José Domingo Cañas,
entre los cuales se encuentran Francisco Aedo Carrasco, Jorge Elías Andrónicos Antequera,
Juan Carlos Andrónicos Antequera, Mario Calderón Tapia, Cecilia Castro Salvadores, Rodolfo
Espejo Gómez, Gregorio Gaete Farías, Mauricio Jorquera Encina, Sergio Reyes Navarrete y
Juan Carlos Rodríguez Araya.
Con este fallo, nos es inevitable el pensar en sus familias, en especial sus madres, de las cuales
varias han muerto sin ver la Verdad ni la Justicia.
El fallo absuelve a 30 agentes de la DINA que habían sido condenados como cómplices y a 31
agentes condenados como autores. Los condenados por la sentencia de segunda instancia
suman 42 agentes de la DINA, de los cuales NINGUNO cumplirá con cárcel, ya que todos vienen
siendo beneficiados con la libertad vigilada o remisión condicional de la pena.
Entre otros agentes favorecidos se encuentran varios que operaron en José Domingo Cañas,
César Manríquez, Pedro Espinoza, Miguel Krassnoff y Raúl Iturriaga Neumann, a los cuales se
les redujo la pena a 4 años, con libertad vigilada. Los demás fueron sentenciados a 3 años y 1
día, con libertad vigilada, entre los cuales también hay torturadores del Ex Cuartel Ollagüe.
Este fallo contribuye, una vez más, a continuar con la Impunidad frente a las graves violaciones
a los DDHH cometidas por el Estado de Chile durante la dictadura cívico militar y va en contra
de las Garantías de No Repetición a las que se encuentra sujeto nuestro país en el marco del
derecho internacional y de sus compromisos y obligaciones en materia de DDHH. El poder
judicial debe respetar los Tratados Internacionales, los cuales establecen la imprescriptibilidad
de los Crímenes de Lesa Humanidad.

Exigimos la anulación de esta sentencia. El secuestro, la tortura, la desaparición forzada de
seres humanos no puede permitirse ni avalarse con estas sentencias que garantizan la
Impunidad. El poder judicial jugó un rol nefasto en dictadura siendo cómplice de Violaciones
a DDHH, salvo honrosas excepciones. En el presente, nuevamente están avalando y
garantizando la Impunidad.
La Impunidad de las Graves Violaciones a los DDHH de nuestro pasado reciente abren la puerta
a las Violaciones a los DDHH en el presente, como estamos siendo testigos.
¡NO AL INDULTO DE LOS ASESINOS! ¡EL LUGAR DE LOS GENOCIDAS ES LA CÁRCEL!


Corte Suprema manda a la cárcel a 59 ex agentes DINA por la Operación Colombo

Fuente :radio.uchile.cl, 3 de Marzo 2023

Categoría : Prensa

La Operación Colombo fue una gran operativo de inteligencia y un montaje comunicacional de la DINA, que intentó hacer aparecer como abatidas en el exterior a 119 personas secuestradas en Chile.

La Segunda Sala Penal de la Corte Suprema revocó sentencia que había absuelto a más de 60 ex agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) y los condenó como responsables de la desaparición de 16 militantes de izquierda, mayoritariamente del MIR, en el proceso conocido como Operación Colombo, y que en este caso fue perpetrado entre el 17 de junio de 1974 y 6 de enero de 1975 durante la dictadura de Augusto Pinochet.

El fallo fue emitido por los ministros Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos, María Teresa Letelier y Diego Simpertigue, y revocaron la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones y condenaron a los ex jefes y oficiales de la DINA César Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Miguel Krassnoff y Raúl Iturriaga Neumann a la pena de 15 años y un día de presidio mayor en su grado máximo como autores de los delitos de secuestro calificado de las víctimas.

Del mismo modo, el tribunal condenó a 53 ex agentes a la pena efectiva de 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio, como autores del mismo delito, quienes habían sido absueltos anteriormente por el tribunal de alzada capitalino, a pesar de haber estado condenados en primera instancia como cómplices y autores. Además, esta vez todos deberán ingresar a la cárcel, encontrándose alguno de ellos ya en prisión por otros delitos de lesa humanidad.

Se trata de los ex agentes DINA Fernando Eduardo Lauriani Maturana, Gerardo Ernesto Godoy García, Manuel Andrés Carevic, Rosa Humilde Ramos Hernández, Nelson Alberto Paz Bustamante, Jose Abel Aravena Ruiz, Claudio Enrique Pacheco Fernández, Nelson Aquiles Ortiz Vignolo, Rudeslindo Urrutia Jorquera, José Alfonso Ojeda Obando, Manuel Heriberto Avendaño Gonzalez, Raúl Juan Rodríguez Ponte, Alejandro Francisco Astudillo Adonis, Daniel Alberto Galaz Orellana, Francisco Maximiliano Ferrer Lima, Leoncio Enrique Velásquez Guala, José Enrique Fuentes Torres, Julio José Hoyos Zegarra, Pedro René Alfaro Fernández, Orlando Jesús Torrejón Gatica, José Manuel Sarmiento Sotelo, Luis René Torres Méndez, Rodolfo Valentino Concha Rodríguez, Enrique Tránsito Gutiérrez Rubilar, Hugo Del Tránsito Hernández Valle, Manuel Rivas Diaz, Daniel Valentín Cancino Varas, Juan Evangelista Duarte Gallegos, Víctor Manuel Molina Astete, Fernando Enrique Guerra Guajardo, Leónidas Emiliano Méndez Moreno, Jorge Antonio Lepileo Barrios, Lautaro Eugenio Díaz Espinoza, Pedro Ariel Aravena Aravena, Carlos Alfonso Sáez Sanhueza, Juan Carlos Villanueva Alvear, Alfredo Orlando Moya Tejeda, Rafael De Jesús Riveros Frost, Silvio Antonio Concha González, Luis Fernando Espinace Contreras, Hernán Patricio Valenzuela Salas, Palmira Isabel Almuna Guzmán, Sylvia Teresa Oyarce Pinto, Osvaldo Pulgar Gallardo, José Avelino Yévenes Vergara, Olegario Enrique González Moreno, Werner Zanghellini, Hector Flores Vergara.

Jaime Alfonso Fernández Garrido, recibió una condena de 5 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo como autor del delito de secuestro calificado de Ida Vera Almarza. Mientras que Samuel Fuenzalida Devia fue condenado a 541 y un día por el mismo delito, mas no cumplirá tiempo en la cárcel.

Se trata de un proceso extenso que tuvo su primera sentencia de primera instancia en 2017 a manos del ministro Hernán Crisosto Greisse. En el transcurso de la investigación han fallecido algunos agentes como Basclay Zapata, Ciro Torré, Manzo Duran, Ricardo Lawrence, entre otros.

Para Nelson Caucoto, abogado querellante, representante de 13 de las 16 víctimas, este es “un fallo trascendente en la historia judicial chilena, puesto que la Corte Suprema ha restituido el sentido de justicia para crímenes de esta naturaleza, los que habían quedado literalmente en una .situación de impunidad inaceptables. El máximo tribunal ha desechado una vez más la media prescripción y los recursos de la defensa de los condenados, y ha acogido los recursos de los querellantes”, señaló.

Caucoto agrega que “se trata de un fallo moderno basado en el derecho internacional y en la legislación interna. Es indudable que la justicia opera en este caso como una sanación para tantos familiares de víctimas que aún sobreviven y es una pena que otros no hayan alcanzo a ver este final”.

La Operación Colombo fue una gran operativo de inteligencia y un montaje comunicacional de la DINA, que intentó hacer aparecer como abatidas en el exterior a 119 personas secuestradas en Chile por la DINA, las que habrían perecido luego de enfrentarse entre ellos.

Este proceso investigó la suerte de 16 de esas 119 víctimas. Se trata de Francisco Aedo Carrasco, Jorge Elías Andrónicos Antequera, Juan Carlos Andrónicos Antequera, Jaime Buzio Lorca, Mario Calderón Tapia, Cecilia Castro Salvadores, Rodolfo Espejo Gómez, Agustín Fioraso Chau, Gregorio Gaete Farías, Mauricio Jorquera Encina, Isidro Pizarro Meniconi, Marcos Quiñones Lembach, Sergio Reyes Navarrete, Ida Vera Almarza, Juan Carlos Rodríguez Araya y Jilberto Urbina Pizarro.