GUILLERMO BALTAZAR KEGEVIC JULIO(Foto enviada por su hijo) Querella Criminal por los delitos de SECUESTRO y TORTURA con posterior resultado de muerte, cometidos en contra de don GUILLERMO BALTAZAR KEGEVIC JULIOEN LO PRINCIPAL : QUERELLA. PRIMER OTROSÍ : EXENCIÓN DE FIANZA DE CALUMNIA. SEGUNDO OTROSÍ : DENUNCIA. TERCERO OTROSÍ : ACOMPAÑA DOCUMENTOS Y CUSTODIA. CUARTO OTROSÍ : DESIGNACIÓN DE MINISTRO. QUINTO OTROSÍ : SE TENGA PRESENTE.
ILUSTRÍSIMA CORTE DE APELACIONES DE VALPARAÍSO P L E N O
GUILLERMO KEGEVIC AHUMADA, abogado, y DRAGOMIR KEGEVIC AHUMADA, ex – alumno de la Carrera de Derecho de la Universidad de Chile de Valparaíso, ambos domiciliados en calle Blanco Nº1623, Oficina Nº1404 de Valparaíso, a SSI., con respeto decimos: Que, venimos en presentar Querella Criminal contra quienes resulten responsables, por los delitos de SECUESTRO y TORTURA con posterior resultado de muerte, cometidos en contra de don GUILLERMO BALTAZAR KEGEVIC JULIO. L O S H E C H O S : Que, en el Mes de febrero de 1974, nuestro padre GUILLERMO KEGEVIC JULIO, fue detenido por tres personas de civil y estuvo desaparecido hasta fines del mes de Marzo del mismo año, fecha en que fue puesto a disposición del Hospital Alemán de Valparaíso, atendido su precario estado de salud. En efecto, de esa fecha (marzo 74) pudimos enterarnos de algunos hechos que motivaron la detención arbitraria de nuestro padre, los que solo recientemente, es decir, 29 años después hemos podido completar: Con fecha 17 de febrero de 1974, por resolución dictada por don LUIS EBERHARD ESCOBAR, Vicealmirante, Jefe Militar de la Zona en Estado de Sitio de la Provincia de Valparaíso y certificada por don ENRIQUE CAMPUSANO PALACIOS, Capitán de Fragata de Justicia, Auditor Naval, se designó FISCAL DE GUERRA AL CAPITAN DE CORVETA DE JUSTICIA “ENRIQUE VICENTE MOLINA” y posteriormente como Secretario de éste a PATRICIO SQUIAVETTI ROSAS, Subteniente, para que investigara una supuesta internación ilegal de armas, asignándole como ROL A-158. Esta investigación parte de una nómina de personas a quienes se tiene que investigar, en la cual no figura mí padre, sin embargo, por el hecho de haber sido nombrado por alguno de ellos, motivó que VICENTE MOLINA, ordenara su detención, esta se produjo los primeros días del mes de febrero 1974, la que fue realizada por los funcionarios TENIENTE MARCELO VARGAS GOAS, cédula de identidad Nº6.456.145 del Gabinete de Santiago, perteneciente a la Sexta Comisaría, CABO OSCAR CORREA CORREA, cédula de identidad Nº466.305, de la Tercera Comisaría Puerto, y CARABINERO GUILLERMO PEÑA GONZALEZ, cédula de identidad Nº518.255 del Gabinete de Valparaíso, de la Segunda Comisaría Aduana, los que lo pusieron a disposición de los marinos, siendo recluido en el tenebroso edificio “SILVA PALMA”, conocido en la época de la dictadura como el “Palacio de la Risa”, donde ocurrieron las más grandes violaciones de los Derechos Humanos, por parte funcionarios de la Armada. De acuerdo a lo narrado por nuestro padre, y testimonios varios, durante todo el tiempo que estuvo detenido, lo mantuvieron encapuchado, y solo se le permitía levantarse levemente la “capucha” cuando era interrogado personalmente por VICENTE MOLINA y su Secretario SQUIAVETTI ROSAS. Debemos señalar, que algunas de las torturas psicológicas que sufrió nuestro padre y otros detenidos desaparecidos, eran que todas las mañanas seleccionaban a alguno de los detenidos para fusilarlo y después de todos los preparativos para esto, simulaban el fusilamiento, en otras oportunidades éstos se llevaban a efecto verdaderamente, se amenazaba a los detenidos o se les informaba que familiares se encontraban detenidos o que habían sido fusilados, además, de las torturas físicas que se llevaban a efecto en forma sistemática, todas estas torturas se realizaban supuestamente con el conocimiento y consentimiento del Fiscal de Guerra y su Secretario. Después, de haber pasado por este infierno, nuestro padre, la Fiscalía de Guerra llegó a la conclusión que no existían antecedentes que pudieran relacionar a GUILLERMO KEGEVIC JULIO, con la investigación que llevaban a efecto, pero como ya se habían cometido los abusos físicos y psicológicos, amén de la detención arbitraria, y para justificar su actuar, abrieron una nueva causa a la que se le asignó el ROL A-217, por Infracción a la Ley 17.798 Sobre Control de Armas. Para justificar esta infracción, pusieron a disposición del Consejo de Guerra una pistola, aduciendo que, pertenecía a nuestro padre y que la habían encontrado en uno de los tantos allanamientos que sufrimos, toda la familia, realizados por Carabineros de Civil, como Marinos uniformados. Finalmente y a pesar de que nuestro padre siempre negó que dicha pistola fuera de su propiedad, igualmente fue condenado, importante de señalar que en esta causa, nuevamente nos encontramos con el mismo FISCAL de GUERRA, Enrique Vicente Molina y su Secretario Patricio Squiavetti Rosas. Desde Febrero de 1974, fecha en que nuestro padre fue secuestrado por civiles y torturado, en los calabozos del edificio de “Silva Palma”, tuvimos que soportar y sobreponernos a muchas dificultades, ya que, a fines Abril de 1974, uno de nuestros hermanos DRAGOMIR KEGEVIC AHUMADA, fue detenido por los mismos funcionarios de carabineros de civil, ya individualizados, lo mantuvieron retenido durante más de cuatro días y como no era recibido ni por Investigaciones ni por Carabineros Uniformados, tomaron la decisión, de allanar el domicilio particular del Abogado GUILLERMO KEGEVIC AHUMADA, y tomaron un equipo de música de su propiedad, y lo pusieron a disposición del Cuarto Juzgado del Crimen de Viña del Mar, causa Rol 8910-74 como especie robada por Dragomir Kegevic Ahumada, y de esta forma carabineros lo detuvo en la Comisaría, en calidad de “ladrón”, fue su salvación, pues, si no lo recibían esa noche, lo llevarían a las dunas de Con-Con para ejecutarlo. Posteriormente, el año 1979, el 16 de Noviembre de 1979, muere nuestra madre, producto de toda esta situación, ya que nunca pudo superar lo ocurrido y en su desesperación recurrió al alcohol lo que terminó con su vida, seis meses después, 30 de Junio de 1980, a los cincuenta y un (51) años, muere nuestro padre, quién no logró recuperarse de lo sufrido, tanto en lo físico como en lo psicológico, más aún, si él era una persona enferma y que efectivamente, había jubilado por enfermedad irrecuperable, y la muerte de nuestra madre terminó por destruirlo. DRAGOMIR y NICOLAS KEGEVIC AHUMADA, después del año 1974, se arrancaron del país, por posibles represalias del sistema, volviendo posteriormente, nuestra hermana, MIREYA KEGEVIC AHUMADA, pide refugio político en Canadá, y se le otorgó hace más de 18 años, de igual forma el hijo mayor del abogado Guillermo Kegevic Ahumada, MILOVAN KEGEVIC BUSTAMANTE, se refugió en dicho país. E L D E R E C H O : Los hechos narrados constituyen los delitos de SECUESTRO, cuyos autores materiales serían los funcionarios de carabineros, ya individualizados, y miembros de la Armada, ya que sin derecho detuvieron y mantuvieron encerrado a nuestro padre, privándolo de su libertad, previsto y sancionado por el Artículo 141 del Código Penal y TORTURA, física y psicológica sistemática, aplicada por miembros de la Armada de Valparaíso, con posterior resultado de muerte, en la persona de don GUILLERMO KEGEVIC JULIO. Ahora bien, el delito de tortura, ha estado penalizado y repudiado en los últimos doscientos años, y es de aquellos crímenes considerados de “Lesa Humanidad” consagrado y por ende de aquellos que no prescriben con el tiempo como lo ha señalado el Ex – Abogado de la Vicaria de la Solidaridad y del Programa de Derechos Humanos del Ministerio del Interior, Miembro de la Mesa de Dialogo y ex – relator de las Naciones Unidas, actual representante para América Latina y El Caribe de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de Naciones Unidas, Señor ROBERTO GARRETÓN. POR TANTO, Y de acuerdo con lo expuesto, disposiciones citadas y especialmente documentos que se acompañan, ROGAMOS A SSI., tener por presentada Querella Criminal, contra quienes resulten responsables, por los delitos de Secuestro y Tortura, cometidos contra la persona de don GUILLERMO BALTAZAR KEGEVIC JULIO, ordenar las diligencias conducentes para aclarar estos hechos, la detención de los culpables con facultades amplias de allanar y descerrajar, procesarlos y condenarlos a las penas máximas contempladas en la ley, más las accesorias. PRIMER OTROSÍ : Sírvase SSI., tener presente que, siendo personalmente ofendidos con el delitito señalado, nos encontramos exentos de rendir fianza de calumnia de conformidad al Artículo 100 del Código de Procedimiento Penal. ROGAMOS A SSI., tenerlo presente. SEGUNDO OTROSÍ : De acuerdo a los hechos narrados en lo principal de esta presentación y en virtud de la directa relación que tienen con esta denuncia, ya que, son los mismos miembros de la Armada que actúan en este caso, además, por nuestra formación de hombres de derecho y tomando en consideración el ánimo existente en nuestro país, para aclarar violaciones a los derechos humanos, cometidos durante la dictadura militar, es que, Venimos en denunciar la “Extraña Muerte” de don JUAN BUSTOS MARCHANT, Prefecto de Investigaciones de Valparaíso y Jefe del Departamento de Informaciones (Policía Política) del Gobierno de la Unidad Popular, y poner a disposición de SSI. los documentos, que respaldan nuestra denuncia. Ahora bien, de lo señalado y después de otras averiguaciones, hemos podido detectar que el señor ENRIQUE VICENTE MOLINA y PATRICIO SQUIAVETTI ROSAS, atendido los cargos que tenían en esos años, son las personas que conocen más, sobre “detenidos desaparecidos”. En efecto, la armada, derivó a todos sus detenidos al edificio SILVA PALMA, “El Palacio de la Risa” y el Fiscal de Guerra y su Secretario, eran los señores Vicente y Squiavetti, ellos sellaron la suerte de muchas personas, es más, cuando nos propusimos descubrir que es lo que había pasado con nuestro padre en esos años de tortura para muchas familias chilenas, nos encontramos con que fue ENRIQUE VICENTE MOLINA Y PATRICIO SQUIAVETTI ROSAS, quienes dictaron la orden de aprehensión en contra de JUAN BUSTOS MARCHANT, Prefecto de Investigaciones, de los años de la Unidad Popular, y que tenía el cargo de “Jefe del Departamento de Informaciones” (Policía política), quien respondía directamente al Sr. PAREDES Director Nacional de Investigaciones y al Presidente Salvador Allende , y tenía por misión informar de cualquier movimiento de la “derecha” chilena, es decir, estamos hablando de la persona que más sabía en Chile, respecto a la derecha chilena. Por esas coincidencias del destino, el señor BUSTOS fue interrogado el día TREINTA (30) DE ABRIL DE 1974, por estos señores, y curiosamente el señor BUSTOS, muere DOS (2) días después, el 2 DE MAYO DE 1974, en circunstancias que nunca fueron aclaradas y que esta parte ignora, ya que no se le permitió ver el expediente completo. POR TANTO, Y de acuerdo con lo expuesto y documentos que se acompañan, ROGAMOS A SSI., tener por presentada denuncia, por la extraña muerte de don JUAN BUSTOS MARCHANT, solicitando se ordene una investigación para aclarar estos hechos. TERCERO OTROSÍ : Acompañamos los siguientes documentos, en parte de prueba y solicitamos su custodia: 1º.- Expediente del Juzgado Naval de Valparaíso, causa ROL A-217, seguido contra nuestro padre, por una supuesta tenencia de un arma, y que tuvo como objeto justificar su secuestro y torturas sufridas en reparticiones navales. 2º.- Parte del expediente del Juzgado Naval de Valparaíso, causa ROL A-158, llegado a nuestras manos por casualidad y donde constan las declaraciones de Juan Bustos Marchant y su posterior muerte, dos días después de declarar ante el Fiscal Naval y su Secretario, que por intermedio de nuestra denuncia solicitamos investigar. 3º.- Escrito de búsqueda del expediente del Cuarto Juzgado del Crimen de viña del Mar, causa ROL 8610-74, donde consta la detención de Dragomir Kegevic Ahumada, expediente actualmente desaparecido. ROGAMOS A SSI. tener por acompañados los documentos singularizados precedentemente y ordenar su custodia por parte del Secretario de la Ilustrísima Corte, en la caja fuerte. CUARTO OTROSÍ : Atendida la gravedad de la querella y denuncia presentada, además, del hecho que esta Ilustre Corte de Apelaciones, a travez, de su Ministra, don Gabriela Corti, ha tomado conocimiento y se encuentra investigando violaciones a los derechos humanos, especialmente de detenidos desaparecidos, hechos relacionados directamente con miembros de la Armada de Valparaíso, es que, Venimos en solicitar la designación de un Ministro para que investigue estos hechos o bien, que se designa a la misma Ministro, que ya tomó conocimiento de violaciones similares. ROGAMOS A SSI., acceder a lo solicitado. QUINTO OTROSÍ : Sírvase su SSI., tener presente que atendida mí calidad de Abogado habilitado para el ejercicio de la profesión actuaré personalmente en estos autos, asumiendo, además, el patrocinio y poder de Dragomir Kegevic Ahumada, con las facultades del artículo 7º del Código de Procedimiento Civil, teniendo mí patente al día de la Ilustre Municipalidad de Valparaíso, domiciliado en calle Blanco Nº1623, Oficina Nº1404 de esta ciudad. ROGAMOS A SSI., tenerlo presente.
Nota: Este documento fue facilitado por su hijo GUILLERMO KEGEVIC, ABOGADO
21 de Mayo 2006 La Nación Las cuitas de un Procurador El abogado procurador fiscal del Consejo de Defensa del Estado (CDE) de la V Región, Enrique Vicente Molina, está en problemas. El lunes pasado se pidió su procesamiento a la ministra de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Eliana Quezada, por delitos de “asociación ilícita, secuestro y tortura con posterior resultado de muerte” de Guillermo Kegevic Julio, hechos ocurridos en 1974 cuando Vicente era fiscal naval. La jueza Quezada instruye otras causas por violaciones de los derechos humanos, como la del sacerdote Miguel Woodward, donde el procurador está imputado. El encausamiento de Vicente, que hasta el viernes pasado no se resolvía, lo solicitó el abogado Guillermo Kegevic Ahumada, hijo de la víctima. Su padre estuvo un mes detenido en el Cuartel Silva Palma de la Armada en Valparaíso. En la querella de Kegevic contra Vicente de 2003 se afirma que su padre nunca superó las torturas y por ello murió en 1980. Vicente es capitán de corbeta de Justicia (R) de la Armada. Fue fiscal naval en Valparaíso entre el 11 de septiembre de 1973 y el 31 de diciembre de 1974, a cargo de varias causas. Seremi de Justicia de la dictadura entre 1975 y 1977, y desde aquel tiempo es jefe del CDE en la V Región. Además, es consejero de la Corporación de Asistencia Judicial de Valparaíso. No quiso contestar las consultas de LND el jueves último. También negó una entrevista a fines de 2005 para consultarle por la larga lista de querellas en su contra en Valparaíso, todas por delitos de lesa humanidad. LND conoce al menos seis, pero hay más. Quiénes lo acusan Vicente niega, ante el tribunal y en una entrevista a “El Mercurio” de Valparaíso del 3 de agosto de 2003, haber ordenado en 1974 la detención de Kegevic Julio y enviarlo al Silva Palma. También niega interrogarlo, torturarlo u ordenar los tormentos aplicados a Kegevic, involucrado por tenencia de un arma. No obstante, el teniente coronel (R) de Carabineros Marcelo Vargas Goas declaró en 2004, en el proceso, que detuvo a “20 personas” por orden de Vicente. “Las diligencias que cumplíamos en el Cajsi las ordenaba la Fiscalía Naval, siendo fiscal el capitán Enrique Vicente”. Dice que las detenciones fueron por “una orden de investigar que firmó el referido capitán”. Esa vez negó haber detenido a Kegevic. Pero el 11 de abril de 1974, en un antiguo expediente de la Fiscalía Naval, rol A-217, y declarando ante el mismo Vicente, lo reconoció. En el mismo sentido declaró en 2004 el suboficial (R) de Carabineros Guillermo Peña González. Vargas y Peña admiten que pertenecían al “Servicio de Inteligencia de la Comandancia del Area Jurisdiccional de Seguridad Interior” (Sicajsi, para algunos Cajsi). Este servicio dependía de la Primera Zona Naval y operaba, según los declarantes, en la Academia de Guerra Naval de Playa Ancha, al lado del Silva Palma. Y las órdenes las habría impartído Vicente, según ambos lo reconocen. Un “alemán” de anillo El procurador niega que en aquel tiempo trató con prisioneros fuera de su oficina en la fiscalía, en la Plaza Sotomayor. Pero Nina Reyes, otra querellante en su contra, lo contradice. Detenida en 1974 por la misma orden de Vicente, fue llevada al Silva Palma, donde estuvo seis meses. “Una vez, cuando me interrogaban y torturaban en el Silva Palma, me corrí la capucha y vi quien me interrogaba. Era rubio, como alemán, con uniforme de comando de la Armada (camuflado). Me quedó grabado un anillo tipo tuerca que usaba, de oro, con iniciales E.V.”, declaró en el proceso el 31 de marzo de 2004. Cuando quedó libre fue a la Fiscalía Naval por una diligencia. “Fui para que me autorizaran sobre una propiedad. Al fiscal Enrique Vicente, que ahora vestía uniforme azul de la Armada, lo reconocí como el que me interrogó bajo apremio físico cuando me corrí la capucha”. Extraño suicidio La extraña muerte del prefecto de Investigaciones de Valparaíso al tiempo del golpe de Estado, Juan Bustos Marchant, también persigue a Vicente. Sus hijas Gloria y Pamela se querellaron en su contra. El abogado representante, Héctor Salazar, dice que “para pedir el procesamiento de Vicente estoy esperando que la jueza Quezada profundice la investigación”. Según la versión oficial, el prefecto se suicidó en la madrugada del 2 de mayo de 1974 en la Prefectura de Investigaciones de Valparaíso. Pero los querellantes no lo creen. No se conoce autopsia, pero la buscan. “Si es necesario, pediremos la exhumación para una nueva autopsia”, dice Salazar. Vicente niega haber ordenado la detención del prefecto para interrogarlo por supuestos cargos en su contra, pero un telegrama del 25 de abril de 1974 con la orden de arresto de Bustos enviado al “Director de Investigaciones”, firmado por Vicente, lo contradice. El documento está en el expediente A-158 de 1974 de la Fiscalía Naval. Supuestamente Bustos llegó a manos de Vicente el martes 30 de abril de 1974, quien lo habría interrogado. El interrogatorio quedó firmado por Vicente, el propio Bustos y el teniente Patricio Schiavetti, ayudante del fiscal. El prefecto murió poco más de 24 horas después. |