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Vilavella Araujo Arturo Jorge – Memoria Viva

Vilavella Araujo Arturo Jorge

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villagrimaldi.cl Homenaje al MIR
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Rut : 5.031.991-1
Fecha Detención :
Comuna Detención :

Fecha Asesinato : 07-09-1983
Comuna Asesinato : Santiago


Fecha Nacimiento : 10-11-1944 Edad : 38


Comuna Nacimiento : Santiago

Partido Político : Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR)
Oficio o Profesión : Ingeniero Químico

Estado Civil e Hijos :
Nacionalidad : chilena


Relatos de Los Hechos

Fuente :(Informe Rettig)  

Categoría : Antecedentes del Caso

Arturo Jorge VILAVELLA ARAUJO

El 7 de septiembre de 1983 se informó oficialmente que ese día, a consecuencia de los operativos realizados tras la muerte del General de Ejército e Intendente de Santiago General Carol Urzúa, se habían producido dos enfrentamientos con miembros del MIR implicados en tales hechos.  Primeramente se dijo que el enfrentamiento se había originado al descubrirse accidentalmente a tres individuos sospechosos en calle Visviri con Fleming en el sector Oriente de Santiago, por parte de agentes de la CNI que realizaban un patrullaje de rutina. Ellos habrían contestado con disparos a la voz de alto y corrido hasta refugiarse en una casa en calle Fuenteovejuna, desde donde siguieron disparando a los agentes, quienes recibieron refuerzos de Carabineros e Investigaciones. Al rato se habría producido una explosión en el interior de la vivienda cuando los individuos se encontraban quemando documentación, muriendo uno de ellos. Los dos restantes, en una acción suicida, habrían salido disparando y habrían sido abatidos.

                                    Al día siguiente apareció en la prensa otra versión oficial, que, a diferencia de la primera, indica que el enfrentamiento se produjo cuando los efectivos concurrieron al inmueble en donde se refugiaban las víctimas, cuya dirección obtuvieron mediante confesiones de otros intervinientes en el asesinato del General Carol Urzúa. En esta oportunidad se señala que habían sido evacuadas las viviendas del sector aledaño.

                                    En realidad los hechos ocurrieron de diferente manera. Los agentes de seguridad estaban al tanto que en el inmueble se encontraban miembros del MIR en la clandestinidad. Luego del asesinato del General se planificó la acción en contra de ellos, por lo que se reunió a un gran número de agentes de seguridad, que incluía miembros de la CNI y de otros servicios, los cuales, luego de otras acciones ejecutadas ese mismo día, entre las que se cuenta la detención de personas, se dirigieron al inmueble.

                                    En ese lugar instalaron una ametralladora punto 50 que inmediatamente comenzó a disparar.  Sólo después de haberlo hecho durante unos minutos se pidió a los moradores que se entregaran.  En atención a ello salió Sergio PEÑA DIAZ, de profesión veterinario, militante del MIR, quien había ingresado clandestinamente al país, con las manos puestas en la nuca. Cuando se aproximaba a la reja del antejardín dos agentes le dispararon con metralletas a corta distancia, causándole la muerte.

                                    Estos hechos, conocidos por la Comisión a través del relato de un testigo presencial de todos ellos, le permiten llegar a la convicción de que Sergio Peña murió ejecutado por parte de agentes de la CNI, considerando su muerte una violación a los derechos humanos de responsabilidad de agentes estatales.

                                   A raíz de la muerte de Sergio Peña, Lucía Orfilia VERGARA VALENZUELA, militante del MIR, quien ingresó clandestinamente al país, quien se encontraba en el interior de la vivienda, disparó hacia afuera, reiniciando inmediatamente el ataque los agentes, quienes además lanzaron una bengala que produjo el incendio de la casa. 

                                    La última persona que quedaba en el interior de la vivienda, Arturo Jorge VILAVELLA ARAUJO, de profesión ingeniero, militante del MIR, quien también había ingresado clandestinamente al país, murió carbonizado.

                                    Dada la verdadera finalidad del operativo, como quedó demostrado, la Comisión considera que estas últimas dos personas también deben ser consideradas como ejecutadas.

 


Condenan a 20 ex agentes CNI por crímenes de calle Fuente Ovejuna en 1983

Fuente :resumen.cl, 18 de Enero 2018

Categoría : Prensa

El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los Derechos Humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Mario Carroza Espinoza, dictó sentencia en contra de 20 ex agentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI), por su responsabilidad en los homicidios calificados de los ex militantes y dirigentes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) Lucía Orfilia Vergara Valenzuela, Arturo Vilavella Araujo y Sergio Peña Díaz, ilícitos perpetrados el 7 de septiembre de 1983, en calle Fuenteovejuna de la comuna de Las Condes.

El hecho fue un episodio de falso enfrentamiento con que la CNI y la dictadura pretendieron ocultar crímenes y asesinatos, con la complicidad activa de la prensa empresarial. En el fallo (causa rol 539-2011), el ministro Carroza condenó a la pena de 15 años y un día de presidio al ex brigadier de ejército Roberto Urbano Schmied Zanzi, ex jefe de la División Metropolitana de la CNI, como autor de los homicidios calificados. En tanto, a 10 años y un día, también como autores de los delitos, fueron condenados los ex oficiales de ejército Aquiles Mauricio González Cortés, alias "Caracha", ex jefe de la Brigada Azul a la época de los crímenes, Álvaro Julio Federico Corbalán Castilla, ex jefe de la división antisubversiva de la CNI, Norman Antonio Jeldes Aguilar, alias "Gorilón", ex integrante de la Brigada Especial, y al ex empleado civil del ejército Manuel Mariano Ventura Laureada Núñez, alias "Piolín", también agente de la Brigada Especial.

En la causa, el ex oficial de ejército y segundo de Schmied Zanzi en la División Metropolitana, Sergio María Canals Baldwin, y los ex agentes Juan José Pastene Osses, Patricio Leonidas González Cortez, Luis René Torres Méndez, Manuel Ángel Morales Acevedo, Luis Hernán Gálvez Navarro, Sergio Daniel Valenzuela Morales, Juan Modesto Olivares Carrizo, Raúl Hernán Escobar Díaz, Eduardo Martín Chávez Baeza, Luis Eduardo Burgos Cofré, Raúl Horacio González Fernández, Orlando Jesús Torrejón Gatica, Rafael de Jesús Riveros Frost, Juan Alejandro Jorquera Abarzúa, fueron condenados a 3 años y un día de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva, en calidad de cómplices.

En tanto, el ex agente de la Brigada Especial, Egon Antonio Barra Barra, alias "Siete Fachas", fue absuelto de participación en este episodio (el grupo en que éste participaba se encontraba, simultáneamente, cometiendo otros crímenes en calle Janequeo).

Brigada Azul

En la etapa de investigación de la causa, el ministro Mario Carroza logró establecer que, tras el asesinato del intendente de la Región Metropolitana Carol Urzúa Ibañez, cometido el 30 de agosto de 1983, el director de la Central Nacional de Informaciones (CNI), Humberto Gordon Rubio (fallecido) ordenó a la División Antisubversiva Metropolitana, al mando de Roberto Schmied Zanzi, conformar una nueva agrupación: la Brigada Azul, para investigar al Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR).

En dicho contexto, en horas de la mañana del 7 de septiembre de 1983, se ordenó la detención de miembros del MIR que se encontraban en el inmueble de Fuenteovejuna 1330, que había sido previamente ubicado. Lugar al cual, en horas de la tarde, se envió un número considerable de agentes al mando de Álvaro Corbalán Castilla (comandante de la Brigada Antisubversiva Metropolitana) y de Aquiles González Cortés (jefe de la Brigada Azul).

«En las acciones iniciales, los agentes instalaron frente al inmueble una base de fuego, consistente en una ametralladora Rheinmetal, calibre 7,62 mm, montada en el techo de un jeep, que en esa oportunidad era conducido por Manuel Ventura Laureada Núñez, y el arma operada por al menos dos personas, una la que disparaba, Norman Antonio Jeldes Aguilar, y la otra encargada de pasar la cinta de municiones, con capacidad de tiro de 10 por cada ráfaga corta y disposición de tiro completa de 500 por minuto, con balas trazadoras», consigna el fallo.

La resolución agrega que: «ya encontrándose en posición la base de fuego, se ordena por el oficial al mando dirigirla y disparar contra el inmueble por cerca de un minuto, esto es, unos 500 tiros, luego detienen su acción y mediante altoparlantes conminan a los ocupantes del inmueble a entregarse».

«Uno de ello -continúa-, Sergio Peña Díaz, decide entregarse y sale con las manos en la nuca, pero en los momentos en que caminaba hacia los agentes, éstos le disparan y sus heridas le provocan la muerte, lo cual incita la reacción de la única mujer del grupo, que les enfrenta con un arma; ante esta reacción, Álvaro Corbalán nuevamente da la orden de disparar la base de fuego en dirección al inmueble, lo cual provoca no sólo la muerte de Lucía Orfilia Vergara Valenzuela, por heridas de bala, sino también el incendio de la casa y la calcinación del tercer integrante del movimiento, Arturo Vilavella Araujo».

El mismo día, 7 de septiembre de 1983, la CNI realizó un operativo simultáneo en calle Janequeo, en Quinta Normal, donde fueron ejecutados otros dos militantes del MIR. Este episodio, sin embargo, se sustancia en causa separada y por otro ministro en visita.


Corte Suprema condena a agentes de la CNI por homicidios en calle Fuenteovejuna en septiembre de 1983

Fuente :pjud.cl 29/8/2023

Categoría : Prensa

La Corte Suprema condenó a 20 integrantes de la disuelta Central Nacional de Informaciones (CNI) por su responsabilidad en los delitos consumados de homicidio calificado de Lucía Vergara Valenzuela, Sergio Peña Díaz y Arturo Vilavella Araujo. Ilícitos cometidos el 7 de septiembre de 1983, en la calle Fuenteovejuna de la comuna de Las Condes en represalia por el atentado que le costó la vida al entonces intendente de Santiago, el general de Ejército Carol Miguel Ángel Urzúa Ibáñez, registrado una semana antes.

En fallo unánime (causa rol 23.420-2020), la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros y ministras Andrea Muñoz, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos y María Teresa Letelier– confirmó la sentencia apelada, dictada por el ministro en visita extraordinaria Mario Carroza Espinoza, con declaración que el agente Sergio María Canals Baldwin queda condenado a la pena de 10 años y un día de presidio, como autor de los delitos de homicidio calificado, descartando su participación criminal en los hechos, en calidad de cómplice.

De este modo, queda a firme la sentencia que condenó a Roberto Urbano Schmied Zanzi, Aquiles Mauricio González Cortés y Álvaro Julio Federico Corbalán Castilla a 15 años y un día de presidio; en tanto, Norman Antonio Jeldes Aguilar y Manuel Ventura Laureada Núñez deberán cumplir 10 años y un día de presidio, como autores de los delitos.

En el caso de los agentes Juan José Pastene Osses, Patricio Leonidas González Cortez, Luis René Torres Méndez, Manuel Ángel Morales Acevedo, Luis Hernán Gálvez Navarro, Sergio Daniel Valenzuela Morales, Juan Modesto Olivares Carrizo, Raúl Hernán Escobar Díaz, Eduardo Martín Chávez Baeza, Luis Eduardo Burgos Cofré, Raúl Horacio González Fernández, Orlando Jesús Torrejón Gatica, Rafael de Jesús Riveros Frost y Juan Alejandro Jorquera Abarzúa, se confirmaron las penas de 3 años y un día de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada, en calidad de cómplices.

“Que como se señaló en el considerando 21° del fallo en alzada, Canals Baldwin compartía los principios y valores de las acciones que la División Antisubversiva emprendía, División ‘encargada de reprimir’ de la que formaba parte como oficial con mando –segundo jefe–. Es más, señala el fallo ‘compartía las directrices que realizaba su organización, las respaldaba con su presencia y le daba cobertura a las acciones’”, consigna el fallo.

La resolución agrega: “Que tal descripción da cuenta de acciones evidentemente concertadas, pues si la División Antisubversiva, de la cual era el segundo jefe, estaba encargada de reprimir, desde luego los agentes subalternos que ejecutan materialmente la represión actúan en cumplimiento de la finalidad de la existencia misma de la organización, que por cierto el superior jerárquico –como se reconoce expresamente en este caso–, comparte, respalda y da cobertura”.

Para la Sala Penal: “(…) así las cosas, la participación de Canals Baldwin en los delitos de homicidio calificado imputados corresponde a la de autor del artículo 15 N° 3 del Código Penal”.

“Que en cuanto a la determinación de la pena correspondiente a Canals Baldwin, hay que tener presente que el delito de homicidio calificado tiene pena de presidio mayor en su grado medio a presidio perpetuo, de manera tal que por ser el enjuiciado autor de tales ilícitos en carácter de consumado y al beneficiarle las atenuantes de la irreprochable conducta anterior y de colaboración sustancial, sin que les perjudique agravante alguna, la pena de presidio mayor en su grado medio se rebajará en un grado y luego será elevada en un grado por la reiteración, de conformidad al artículo 509 del Código de Procedimiento Penal, resultando la de presidio mayor en su grado medio”, concluye el fallo.

En el fallo de primera instancia, el ministro Mario Carroza dio por establecidos los siguientes hechos: 
a) Que la Central Nacional de Informaciones, conforme al D.L. 1.878 de 1976 se constituyó en un organismo militar especializado de inteligencia, que mantuvo su Cuartel General en la calle Borgoño de esta ciudad y una organización destinada, entre otras funciones, a investigar a las organizaciones de esa época que aún operaban en contra del sistema institucional, entre ellas el Movimiento de Izquierda Revolucionaria, MIR, que en septiembre de 1983 fue foco de preocupación para ellos, porque se les imputaba a sus integrantes ser autores de la muerte del intendente de Santiago Carol Miguel Ángel Urzúa Ibáñez y de dos de sus escoltas, hecho ocurrido el día 30 de agosto de 1983 en avenida Apoquindo esquina de calle Cordillera de la comuna de Las Condes;
b) Que, en cumplimiento de la función antes indicada, el organismo dirigido en ese entonces por el fallecido general Humberto Gordon Rubio, en su calidad de director, a través de la División Antisubversiva Metropolitana, al mando de Roberto Urbano Schmied Zanzi, conforma una estructura interna de agrupaciones que se distinguían por colores, acorde a la labor que desarrollaban, y en ella se desempeñaban diversos grupos de agentes. Los colores utilizados en ese entonces fueron Rojo, Blanco, Verde y Plomo, y en el año 1983 se fusionan los colores Rojo y Blanco y nace la Brigada Azul que sería la que estaría encargada de investigar al MIR, en el mes de septiembre de 1983;
c) Que con el fin de efectuar los operativos, el organismo disponía de dos jeep, ambos adaptados para operativos, que en cualquier circunstancia pudiesen transportar una ametralladora calibre 7,62 de alta repetición, con balas trazadoras;
Que en esas condiciones y en esta precisa oportunidad, miembros de la CNI a través de interrogatorios a detenidos, manejaban información de la clandestinidad de algunos miembros del MIR, que se encontrarían en dos inmuebles de la ciudad de Santiago, uno ubicado en calle Fuenteovejuna Nº1330 de la comuna de Las Condes y el otro, en calle Janequeo de la comuna de Quinta Normal, ante lo cual el mando de la División Antisubversiva Metropolitana planifica los operativos destinados a buscar, en principio, la detención de dichos integrantes, sin que en autos haya antecedente alguno que acredite que actuaban con orden judicial, y para ello utilizan a todas las brigadas del organismo, con un número considerable de agentes del servicio de inteligencia. Una vez planificado el operativo, se procede a implementarlo y para ello, se suceden de esa forma las acciones y los hechos que han sido materia de esta investigación y que a continuación se precisan:
a) El día 7 de septiembre de 1983, en horas de la mañana, en la Central Nacional de Informaciones se ordena la detención de los miembros del Movimiento de Izquierda Revolucionaria que se encontraban en el inmueble ubicado en calle Fuenteovejuna Nº1330;
b) En razón de lo anterior, previa planificación del operativo y en horas de la tarde, se envía para cumplirlo a un número considerable de agentes, al principio para vigilar el sector y la casa, luego se les utiliza para evacuar las casas colindantes y establecer el cierre del tránsito vehicular y peatonal;
c) Realizadas las acciones previas al ataque, se inicia el operativo, todo bajo el mando del comandante de la Brigada Antisubversiva Metropolitana, Álvaro Corbalán Castilla y el jefe de la Agrupación Azul, Aquiles González Cortés;
d) En las acciones iniciales, los agentes instalaron frente al inmueble una base de fuego, consistente en una ametralladora Rheinmetal, calibre 7,62 mm, montada en el techo de un jeep, que en esa oportunidad era conducido por Manuel Ventura Laureda Núñez, y el arma operada por al menos dos personas, una la que disparaba, Norman Antonio Jeldes Aguilar, y la otra, encargada de pasar la cinta de municiones, con capacidad de tiro de 10 por cada ráfaga corta y disposición de tiro completa de 500 por minuto, con balas trazadoras;
e) Ya encontrándose en posición la base de fuego, se ordena por el oficial al mando dirigirla y disparar contra el inmueble por cerca de un minuto, esto es, unos 500 tiros, luego detienen su acción y mediante altoparlantes conminan a los ocupantes del inmueble a entregarse;
f) Uno de ellos, Sergio Peña Díaz, decide entregarse y sale con las manos en la nuca, pero en los momentos en que caminaba hacia los agentes, estos le disparan y sus heridas le provocan la muerte, lo cual incita la reacción de la única mujer del grupo, que les enfrenta con un arma;
g) Ante esta reacción, Álvaro Corbalán nuevamente da la orden de disparar la base de fuego en dirección al inmueble, lo cual provoca no solo la muerte de Lucía Orfilia Vergara Valenzuela, por heridas de bala, sino también el incendio de la casa y la calcinación del tercer integrante del movimiento, Arturo Vilavella Araujo”.


La “Noche de los CUCHILLOS LARGOS”

Fuente :El Punto Final 16-9-04

Categoría : Prensa

Hace 21 años, la noche del 7 de septiembre de 1983, un grupo operativo de la CNI propinó un demoledor golpe al Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR). En pocas horas -en dos lugares de Santiago- fueron asesinados cinco miristas, entre ellos Arturo Villabela Araujo, miembro de la comisión política y encargado militar de ese partido, y Hugo Ratier Noguera, miembro del comité central y jefe de la estructura armada del MIR en la capital. Fue una operación de represalia que la dictadura ordenó ejecutar por la muerte del intendente de Santiago mayor general (r) Carol Urzúa Ibáñez, que junto con su escolta cayó en una emboscada montada por un comando del MIR el 30 de agosto en la comuna de Las Condes. La sangrienta respuesta de la CNI cobró cinco vidas en una noche. Esa brutal represalia dejó en evidencia que la CNI conocía los domicilios de dirigentes del MIR que vivían en la clandestinidad, y que eran vigilados cotidianamente por los servicios de seguridad.

El primer golpe se descargó en la calle Fuenteovejuna 1330, de Las Condes, donde fueron abatidos Arturo Villabela Araujo y los militantes Lucía Vergara Valenzuela y Sergio Peña Díaz. Los tres habían regresado clandestinos al país. Horas después, el mismo contingente dio muerte en la calle Janequeo 5707, de Quinta Normal, a Hugo Ratier Noguera y a Alejandro Salgado Troquián.

Aquella noche, Miguel Alejandro Bustos Césped, hijo adoptivo de Alejandro Salgado, de 16 años, se encontraba estudiando mientras escuchaba música en la casa de calle Janequeo. De pronto, una ráfaga de ametralladora se escuchó a unos cien metros de la vivienda. El joven sobreviviente entregó su testimonio, que es la base de una denuncia que debe investigar la ministra de la Corte de Apelaciones de Santiago, Gloria Ana Chevesich. La ráfaga “se escuchó bastante cerca -declaró Miguel Bustos- pero no le di mayor importancia, porque era normal escuchar disparos en Santiago en aquel tiempo de protestas. Traté de concentrarme nuevamente, cuando escuché gritos en la calle. Fue todo muy rápido, entre la primera ráfaga a distancia y el ataque a la casa”.

Su relato acompaña la acción judicial interpuesta por abogados del Codepu contra el general (r) Augusto Pinochet, los ex ministros Sergio Onofre Jarpa y Sergio Fernández, el ex auditor del ejército Fernando Torres Silva y el ex agente César Luis Palma Ramírez (alias “Fifo”), por la muerte de los cinco militantes del MIR. A la denuncia se anexará una querella que interpondrán familiares de Hugo Ratier, argentino, quien tenía 39 años cuando fue asesinado.

En estas dos operaciones de aniquilamiento participó el entonces miembro del Servicio de Inteligencia de la Fuerza Aérea (Sifa) e integrante del Comando Conjunto, Andrés Valenzuela Morales (alias “El Papudo”). En declaración ante la Vicaría de la Solidaridad el 28 de agosto de 1984, a la cual tuvo acceso Punto Final, Valenzuela precisa que en estos asesinatos se actuó con deliberada violencia y ensañamiento. “Recibimos orden de dirigirnos hacia el sector poniente de la ciudad, a calle Janequeo 5707, por los alrededores de la Plaza Garín. Cuando estuvimos cerca del objetivo, nos dijeron que nos agacháramos pues venía corriendo una de las personas que debía ser eliminada. Pasó por el costado de nuestra camioneta. Cuando llegó a un sector donde hay una pared, fue rafagueado e inmediatamente la base de fuego, que también estaba en ese lugar, empezó a disparar sobre una casa”. Este primer blanco en la calle fue Alejandro Salgado Troquián. Según Valenzuela Morales “apenas cayó asesinado, un agente colocó en su mano un arma simulando que la llevaba al momento de ser eliminado”. En el interior de la casa de calle Janequeo fue acribillado Hugo Ratier.

El ex suboficial de la Fach también describe en su testimonio lo ocurrido en calle Fuenteovejuna 1330, que antecede a los asesinatos en calle Janequeo: “Se nos ordenó ir hacia Avenida Colón, donde hay un supermercado que está en la esquina suroriente, cercano a una rotonda donde también desemboca la calle Tomás Moro. Allí estuvimos un rato, mientras se daban instrucciones para actuar en una casa de calle Fuenteovejuna, donde se había detectado que había tres personas. Llegó un jeep de la CNI con el techo corredizo y en el cual se instala una ametralladora punto 50 sobre un sistema hidráulico que permite subirla sobre el nivel del techo y operarla por dos hombres, uno que dispara y otro que va pasando la cinta de municiones. Nos dirigimos frente a la casa de Fuenteovejuna 1330, donde se instaló el jeep y se dio orden de actuar”. Esa orden significó la muerte de Arturo Villabela, Lucía Vergara y Sergio Peña y el incendio de la vivienda. Cumplida la misión, tomaron rumbo hacia Quinta Normal, a Janequeo 5707.

Miguel Alejandro Bustos Césped, quien logró escapar al cerco en calle Janequeo, entrega en su testimonio una serie de antecedentes que retratan a Hugo Ratier y Alejandro Salgado y la vida en la clandestinidad que compartían en familia. La madre de Miguel Bustos, Digna Césped, era tesorera de una junta de vecinos de La Florida y apoyaba la organización social incipiente contra la dictadura. Así conoció al que sería su compañero, Alejandro Salgado Troquián. Miguel Bustos señala: “El era uno de los que acostumbraban llegar a nuestra casa: gente de iglesia, políticos, jóvenes y trabajadores. Por las acciones realizadas por mi madre en los comedores populares, nuestra casa comenzó a ser vigilada. Ella fue perseguida en varias ocasiones”. Por seguridad de su familia, Digna Césped decidió abandonar el barrio en 1979. Con sus cuatro hijos, formó una familia con Salgado. En su testimonio, Miguel señala que a Alejandro Salgado “lo conocimos como ‘Raúl’ (su nombre político) y después de un tiempo conocimos a ‘José’, Hugo Norberto Ratier”. En 1980 se trasladaron a la comuna de San Miguel, viviendo en distintas casas, lo que llevó a Miguel y sus hermanos a deambular por diversos colegios. “Los cambios de escuela nos obligaban a elaborar leyendas para sortear las preguntas de los nuevos compañeros de clase. Pero ya estábamos acostumbrados”. La presencia de Hugo Ratier ya era constante en la casa y Miguel recuerda que, en 1982, “tuvimos que acoger a dos compañeros heridos” que fueron atendidos por una doctora que más tarde fue detenida y torturada.

La clandestinidad obligó a Miguel Bustos Césped a interrumpir su vida escolar. A los 13 años comenzó a trabajar como comerciante ambulante en Patronato, y su hermano Carlos como cuidador de autos en el Estadio Nacional. Luego fueron vendedores en ferias libres. En una oportunidad, viviendo en La Cisterna, la familia decidió dispersarse como medida de seguridad, luego de la visita de dos funcionarios de Investigaciones -así se identificaron-. Se decidió que los adultos abandonarían la casa y los menores serían distribuidos en distintos lugares. Así, Miguel Alejandro llegó a una parroquia en El Salto, donde fue acogido por el sacerdote español Jesús Rodríguez. Tiempo después, su madre Digna lo buscó. El reencuentro esta vez fue en Conchalí. La familia siguió siempre en la permanente sombra de la clandestinidad.

Miguel señala que llegaron a la casa de Janequeo 5707 a principios de enero de 1983. Ubicada frente a un policlínico, la vivienda contaba con dos patios donde crecían árboles frutales. Una vez instalados, Miguel y su hermano Luis Enrique retomaron clases en un colegio cercano, mientras su hermana Sandra Virginia se quedaba en casa. La menor nació con labio leporino y no podía asistir a colegios ni hospitales porque la CNI podía seguir esa pista. En febrero de 1983 llegaron a vivir a Janequeo Hugo Ratier y su familia: su compañera, Ruth Carvajal Peña, y los hijos de ambos, Marcelo, Ursula y Dagoberto. Miguel sólo alcanzó a compartir con ellos un tiempo breve. Antes de finalizar el mes, Ruth y los tres hijos de Ratier abandonaron el país rumbo a Cuba. Era época de protestas y caceroleos. La casa comenzó a ser vigilada. “Un taxi se paraba en la esquina y en una ocasión vimos que el auto no tenía patente. Sospechamos que era un control sobre nosotros, aunque luego se fueron”. En mayo se decidió que la madre de Miguel viajara fuera del país. Quedaron en la casa de Janequeo Alejandro Salgado, Hugo Ratier y tres de los hijos de Digna, aunque la idea era que también salieran del país.

La rutina diaria comenzaba temprano. Miguel hacía las compras, mientras que Hugo Ratier se encargaba de preparar la comida. Miguel recuerda que “comíamos juntos y por las tardes conversábamos y veíamos fútbol por televisión”.

A fines de agosto de 1983 los hermanos de Miguel, Sandra Virginia y Luis Enrique, abandonaron la casa para reencontrarse con su madre en el exterior. Miguel recuerda: “El ambiente se hizo más triste para mí”.

La huida

En la mañana del 7 de septiembre de 1983 el joven Miguel Bustos se levantó para ir al colegio. “Regresé cerca de las 14 horas. Almorcé junto a mi tío Hugo y Alejandro, escuchando las noticias de la radio. Después quedamos conversando un rato. Me preguntaron cómo me iba en el colegio, a lo que contesté que más o menos. El tío Hugo comenzó a recordar su época de estudiante en su ciudad natal, en Argentina. Luego lavó la loza y mi papá salió como a las 16.30 horas, quedándonos solos con el tío Hugo. Conversamos en el living y después me fui a mi pieza a estudiar. Sin embargo, Alejandro tardaba en volver y nuestra preocupación se expresaba con el silencio que reinaba en la casa”.

Se hizo de noche, entonces, de repente, comenzó la balacera. “La casa se estremecía con los impactos y comenzó a llenarse de humo. Yo traté de ubicar al tío Hugo, lo llamé y no escuché respuesta”. La intensidad de los balazos aumentaba y los agentes de la CNI destruyeron todo al ingresar a la vivienda. “Disparaban para asegurarse que no había nadie vivo”. El muchacho consiguió escapar saltando a una casa vecina, donde se ocultó gracias al solidario gesto del dueño. Un flash noticioso informó esa noche sobre el violento “enfrentamiento”. “Se mostraron imágenes de nuestra casa. Se veían carabineros y agentes armados. La casa la mostraban por dentro y se podían apreciar armas, que yo nunca había visto antes. La noticia fue que habían matado a dos ‘terroristas’ en un enfrentamiento”.

Con la ayuda de abogados de la Vicaría de la Solidaridad, el joven Miguel Bustos Césped acudió posteriormente a declarar en la Segunda Fiscalía Militar de Santiago. La entrevista comenzó con preguntas de rutina, mientras los datos eran registrados por el actuario. Junto a éste se encontraba de pie “un hombre alto, algo gordo, que me preguntaba varias veces las mismas cosas. Se iba poniendo agresivo. Me decía que tenía que admitir diferentes cosas y mostraba fotos de mi familia. Sacó una pistola, comenzó a jugar con ella y a apuntarme”.

El joven sobreviviente de la tragedia en calle Janequeo permaneció más de un año en Chile viviendo en precarias condiciones, hasta que pudo viajar a Suecia donde hoy vive con su madre, Digna Césped. Pero las secuelas del horror que vivió en Chile lo persiguen hasta hoy

Un argentino que luchó por Chile

Hugo Norberto Ratier Noguera llegó a Chile en 1970. Hijo de una familia peronista de Misiones, Argentina, y sobrino del contralmirante Enrique Noguera Isler, edecán del ex presidente Juan Domingo Perón, Ratier era un hombre de Izquierda y en nuestro país se unió al MIR. Fue un destacado dirigente de su comité central y luchó por la libertad de Chile.

La historia reconstruida por el Informe Rettig (1990) señala que una patrulla de la CNI dio muerte a Alejandro Salgado cuando caminaba hacia la casa de calle Janequeo, donde lo esperaban Ratier y su hijo adoptivo, Miguel Bustos Césped, de 16 años. Con una ametralladora pesada, montada en un jeep, dispararon contra la casa. En la secuencia de hechos narrados por el único sobreviviente, se consigna que la vivienda fue quemada, con el objetivo de no dejar huellas del falso enfrentamiento.

A 21 años de estos hechos, quien fuera la pareja de Hugo Norberto Ratier, Ruth Carvajal Peña, reflexiona sobre su compañero y la posibilidad que hubiese abandonado el país con ella. “Creo que él nunca lo pensó. Me dijo: tú te vas a Cuba y en unos meses más yo me voy. Pero ambos sabíamos que eso no iba a ocurrir. El se quedaba aquí hasta las últimas consecuencias”, dijo Ruth a Punto Final.

Los secretos del coronel Bustos

En noviembre de 2003 causó revuelo una información en el diario electrónico El Mostrador respecto al agregado militar de Chile en la ONU, coronel Pedro Pablo Bustos Valderrama. No sólo había sido agente de la CNI, sino también habría tenido activa participación en los asesinatos de 1983 en calles Fuenteovejuna y Janequeo. De acuerdo con esos antecedentes, el coronel Bustos integró la Brigada Azul de la CNI que combatía al MIR, cuyo jefe era el comandante Aquiles González (“El Caracha”). El segundo era el mayor Alvaro Corbalán Castilla, procesado por el ministro Alejandro Solís como autor del homicidio de Lisandro Salvador Sandoval Torres, cometido el 17 de agosto de 1981 y condenado por el asesinato de Tucapel Jiménez.

Pedro Pablo Bustos operaba en la CNI bajo el nombre de Alejandro Benz y -como consigna El Mostrador- participó en el operativo de calle Janequeo según testimonio de cinco ex agentes que intervinieron en el hecho. Sin embargo, hasta ahora su participación no ha sido acreditada ante la justicia. En 1986, Bustos Valderrama era jefe de seguridad personal de Augusto Pinochet al momento del atentado del Frente Patriótico Manuel Rodríguez, el 7 de septiembre de ese año. Cuando Pinochet regresó a Chile tras su detención en Londres, en marzo de 2000, el coronel Pedro Pablo Bustos le rindió homenaje como vocero del ejército. A este perfil se suma su vinculación con la financiera ilegal La Cutufa, que operaba al interior del ejército desde 1984. En esa investigación se determinó que unas 350 personas tuvieron directa relación con las operaciones de la financiera, que prestaba dinero de manera fraudulenta a militares y sus familias