Fecha Detención :
Comuna Detención :
Fecha Asesinato : 01-07-1985
Comuna Asesinato : Santiago
Partido Político : Partido Comunista (PC)
Oficio o Profesión : Empleado
Estado Civil e Hijos :
Nacionalidad : Chilena
caso
Puente Pichoy
Relatos de Los Hechos
Fuente :(Informe Rettig)
Categoría : Antecedentes del Caso
Gilberto de las Mercedes VICTORIANO VELOSO
El 1° de julio de 1985 falleció Gilberto de las Mercedes VICTORIANO VELOSO, egresado de Servicio Social, militante del PC.
Oficialmente se informó que "El 1° de julio de 1985, dos individuos que eran seguidos por un grupo operativo de la CNI, se enfrentaron con fuerzas de seguridad en un intenso tiroteo que se inició a las 10:05 horas de la mañana en la intersección de las Avenidas Los Morros y Alejandro Guzmán, a la altura del Paradero 31 de la Gran Avenida. Uno de los sujetos resultó gravemente herido y falleció en el trayecto al Hospital Barros Luco, quien fue identificado como Gilberto Victoriano Veloso; el otro, Pablo Yuri Guerrero González, quedó con lesiones de mediana gravedad."
Esta versión está en contradicción con la narrada por un testigo presencial a esta Comisión que indica que a como a las 09:45 horas de ese día, llegó al sector en donde se produjeron los hechos un numeroso contingente de civiles armados. En ese momento vio a la víctima que corría perseguido por varios sujetos armados. Esta, dándose cuenta que no tenía escapatoria, hizo dos disparos, los que fueron respondidos con ráfagas de metralleta. Los efectivos de la CNI le gritaron que desistiera, ante lo cual tiró su arma al suelo, momento en el cual lo acribillaron.
Considerando lo anterior, más otros antecedentes reunidos, la Comisión ha llegado a la convicción de que la víctima fue ejecutada por efectivos de la CNI, siendo su muerte una violación a los derechos humanos de responsabilidad de agentes estatales.
Procesan a cinco agentes de la CNI por homicidio de penquista en 1985 en Santiago.
Fuente :resumen.cl, 14 de Junio 2015
Categoría : Prensa
La ministra en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de San Miguel, Marianela Cifuentes Alarcón, sometió a proceso y ordenó la prisión preventiva de cinco agentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI), por su responsabilidad el homicidio calificado de Gilberto de las Mercedes Victoriano Veloso, ilícito perpetrado el 1 de julio de 1985. La víctima tenía 35 años de edad, era originario de la Comuna de Chiguayante, militante del Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR), que por sus tareas de Resistencia se había trasladado a Santiago en donde trabajaba como taxista.
En la resolución, dictada el martes 9 de junio recién pasado, la ministra Cifuentes encausó a los oficiales de ejército: Hugo Iván Salas Wenzel, vice director nacional de CNI a la época de los hechos, y Álvaro Julio Federico Corbalán Castilla, jefe de la división antisubversiva del aparato represivo; y a los agentes Osvaldo Patricio Cornejo Marillanca (alias "Mono Akito"), Pedro del Carmen Mora Herrera (alias "Rascabuche") y Germán Lisandro Sanhueza Figueroa, los tres empleados civiles y agentes de la Brigada Verde de la división antisubversiva de CNI, como responsables directos del homicidio ocurrido en calle Alejandro Guzmán N° 348, frente a la casa D, de la comuna de La Cisterna. La Brigada Verde era el grupo especializado en la represión al FPMR y al PC.
Los hechos
Según los antecedentes recopilados en la etapa investigativa, la magistrada logró dar por establecida la siguiente secuencia de hechos:
a) Que el día 1 de julio de 1985, alrededor de las 10:00 horas, Gilberto de las Mercedes Victoriano Veloso y Pablo Jury Guerrero González, integrantes del Frente Patriótico Manuel Rodríguez, llegaron a la avenida Los Morros de la comuna de La Cisterna, en un automóvil marca Renault, de color rojo, patente FR 1624 y se estacionaron en las inmediaciones de la panadería situada en el N° 10.243 de la referida avenida.
b) Que, acto seguido, Pablo Guerrero González se dirigió al departamento 21 del edificio de avenida Los Morros N° 10.280, quedando Gilberto Victoriano Veloso al interior del vehículo.
c) Que, momentos después, Guerrero González fue interceptado por agentes de la Brigada Verde de la Central Nacional de Informaciones que, previamente alertados de su arribo al lugar, lo esperaba frente al departamento indicado, quienes dispararon en su contra y lograron detenerlo en avenida Los Morros, a metros del automóvil en que se movilizaba.
d) Que, luego, los citados agentes se dirigieron hacia el sitio en que se encontraba Gilberto Victoriano Veloso, quien, al percatarse de su presencia, huyó hacia calle Alejandro Guzmán, produciéndose un intercambio de disparos.
e) Que Victoriano Veloso ingresó al pasaje sin salida signado con el N° 348 de calle Alejandro Guzmán y, frente a la casa D, al verse acorralado, lanzó al suelo el arma de fuego que portaba y levantó las manos en señal de rendición.
f) Que, en ese instante, los agentes Osvaldo Patricio Cornejo Marillanca, Pedro del Carmen Mora Herrera y Germán Lisandro Sanhueza Figueroa dispararon en contra de Gilberto Victoriano Veloso, quien se encontraba indefenso, causándole múltiples heridas, que le provocaron la muerte.