Valle Cortes Juan Carlos

Fecha Detención :
Lugar Detención :

Fecha Asesinato : 21-10-1973
Lugar Asesinato : Santiago


Edad : 22

Actividad Política : Desconocida
Actividad : Mensajero

Estado Civil e Hijos : Soltero
Nacionalidad : chileno


Relatos de Los Hechos

Fuente :(Corporacion)

Categoría : Antecedentes del Caso

VALLE CORTES, JUAN CARLOS: 22 años, soltero, mensajero, ejecutado el 21 de octubre de l973 en Santiago.

ALCAPIA CIENFUEGO, SERGIO ALEJANDRO: 18 años, soltero, ayudante de feria, ejecutado el 21 de octubre de l973 en Santiago.

ORTIZ MORAGA, JUAN OSVALDO: 47 años, soltero, obrero, ejecutado el 21 de octubre de 1973 en Santiago. Permaneció en calidad de detenido desaparecido hasta 1992. Sus restos no han sido encontrados ni su defunción registrada legalmente.

Juan Carlos Valle y Sergio Alejandro Alcapia Cienfuego murieron a las 23:00 horas de ese día, en el kilómetro 12 de la Carretera General San Martín, por múltiples heridas de bala cráneo encefálicas con salida de proyectil, según consigna el Certificado Médico de Defunción del Instituto Médico Legal.

Juan Osvaldo Ortiz Moraga murió a las 06:00 horas de ese día, en el mismo lugar y por la misma causa, según consigna el Certificado Médico de Defunción del Instituto Médico Legal. Permaneció en calidad de detenido desaparecido hasta 1992, cuando se esclareció que había sido inhumado en calidad "NN masculino" en el Patio Nº29 del Cementerio General de Santiago.

Según testigos presenciales, fueron detenidos en el interior de la población Quinta Bella en la comuna de Recoleta por efectivos de Carabineros pertenecientes a la Quinta Comisaría del sector, mientras realizaban un operativo en el sector. Juan Carlos Valle fue detenido en la vía pública frente a su casa; Sergio Alcapia, a la bajada de un bus de locomoción colectiva; y Juan Ortiz, en el interior de su domicilio.

A los familiares de Juan Carlos Valle y Sergio Alcapia les negaron la detención en el recinto policial. Días después, ambas familias encontraron sus cuerpos en el Instituto Médico Legal.

A los familiares de Juan Ortiz, un testigo sobreviviente les narró una semana después de la detención que ese mismo día Carabineros los habían trasladado, a ellos dos y a otras personas, hasta un sitio eriazo, donde les dispararon. Según el testigo, a él lo dejaron en libertad y le perdonaron la vida por tener hijos pequeños. Desde esa fecha los familiares de Juan Ortiz ignoraron su paradero.

En 1991, en una investigación substanciada en el Tercer Juzgado del Crimen de Santiago, en relación con varios detenidos desaparecidos, se comprobó que el Protocolo de Autopsia Nº3446, atribuido a un "NN masculino", pertenecía a Juan Ortiz; y que sus restos habían sido inhumados, en esa calidad, en el Patio Nº29 del Cementerio General.
Hasta el momento en que el Consejo Superior conoció este caso, sus restos no habían sido ubicados, y, por lo mismo, su defunción no ha podido ser inscrita a su nombre.

Considerando los antecedentes reunidos y la investigación realizada por esta Corporación, y estando acreditadas sus detenciones, el Consejo Superior llegó a la convicción de que Sergio Alejandro Alcapia Cienfuego, Juan Osvaldo Ortíz Moraga y a Juan Carlos Valle Cortés fueron ejecutados al margen de proceso legal por agentes del Estado, quienes , con el propósito de ocultar su acción, abandonaron posteriormente sus cuerpos sin identificación en la vía pública. Por tal razón, los declaró víctimas de violación a los derechos humanos.
 


EX AGENTES DE LA DINA SUMAN NUEVA CONDENA POR SECUESTRO DE PEDRO MERINO MOLINA

Fuente :La Nacion 2 de Junio 2014

Categoría : Prensa

En otra causa, el ministro en Visita de la Corte de Apelaciones de Santiago, Mario Carroza, dictó auto de procesamiento en tres causas por violación a los derechos humanos, perpetradas entre 1973 y 1975, en la Región Metropolitana, y que incluye a agentes de Estado.

La Corte de Apelaciones de Santiago dictó sentencia de segunda instancia en la investigación por el secuestro calificado de Pedro Merino Molina, ocurrido a partir del 14 de septiembre de 1974, en la ciudad de Coronel, Octava Región, víctima de violación a los derechos humanos cuyo último paradero conocido fue la ex Colonia Dignidad.

Los ministros de la Cuarta Sala del tribunal de alzada Juan Manuel Muñoz Pardo, Amanda Valdovinos y Christian Le-Cerf, condenaron a la pena de 5 años y un día de presidio, sin beneficios, a los ex agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA)Manuel Contreras Sepúlveda, Pedro Espinoza Bravo, Orlando Manzo Durán, Fernando Gómez Segovia; y al coronel en retiro de Carabineros Sergio Apablaza Rozas, y el suboficial de Carabineros en retiro Manuel Rioseco Paredes. Además, la sala mantuvo la absolución del ex miembro de la Colonia Dignidad Gerd Seewald Lefevre.

En el aspecto civil, el tribunal de alzada ratificó la sentencia que condenó al fisco y los condenados a pagar una indemnización, por daño moral, a los familiares de la víctima. La suma total de $155.000.000, se dividen en: $50.000.000 para Ana Cledia Molina Palacios (madre de la víctima), y $15.000.0000 para cada uno de los 7 hermanos: Ana María, Luis Alberto, Rosa Elena, David Segundo, Adela del Carmen, Ricardo Antonio e Ivonne Merino Molina.

DICTAN AUTO DE PROCESAMIENTO EN CAUSAS POR VIOLACIONES A DDHH
El ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago, Mario Carroza, dictó auto de procesamiento en tres causas por violación a los derechos humanos, perpetradas entre 1973 y 1975, en la Región Metropolitana, y que incluye a agentes de Estado.

En la primera resolución, el magistrado procesó a los miembros en retiro de Carabineros Alan González Morán, Luis Solís Lillo, Hugo Pizarro Wittemberg y José González Inostroza, por su responsabilidad en los homicidios calificados de Sergio Alcapia Cienfuegos y Juan Carlos Valle Cortés y el secuestro calificado de Juan Ortiz Moraga, ocurridos el 21 de octubre de 1973.

En la segunda resolución, el ministro Carroza procesó al ex director la DINAManuel Contreras Sepúlveda, por su responsabilidad en el secuestro calificado de Mónica Llanca Iturra, ocurrido a partir del 6 de septiembre de 1974.
En la tercera resolución, el magistrado encausó a los oficiales de Carabineros en retiro Sergio Ávila Quiroga e Ismael González Vega por su responsabilidad en el homicidio de José Quiroz Opazo, ocurrido el 27 de octubre de 1975, en la Región Metropolitana.