Fecha Detención :
Lugar Detención : Santiago
Fecha Asesinato : 27-09-1973
Lugar Asesinato : Santiago
Actividad Política : Partido Socialista (PS)
Actividad : Comerciante ambulante
Estado Civil e Hijos :
Nacionalidad : chilena
Relatos de Los Hechos
Fuente :Corporación
Categoría : Antecedentes del Caso
Abraham José Romero Jeldres murió a las 13:00 horas de ese día, en la vía pública, a causa de una herida de bala cráneo encefálica, según se señala en su Certificado Médico de Defunción. Permaneció en calidad de detenido desaparecido hasta el año 1975, cuando sus familiares verificaron que había sido inhumado en calidad de «desconocido» en el Patio Nº 29 del Cementerio General de Santiago.
De acuerdo con declaraciones de sus familiares, días después del golpe militar, Abraham Romero fue detenido por militares que allanaron su vivienda en la población La Pincoya y se lo llevaron con rumbo desconocido. Su cónyuge lo buscó en los distintos recintos de detención de la época y en postas, hospitales y morgues, sin obtener resultado.
En 1975, la cónyuge fue informada de que se encontraba fallecido y sepultado en el Patio Nº 29 del Cementerio General. Concurrió a ese lugar donde constató que su defunción aparecía inscrita como la de «un desconocido». Ese mismo año realizó los trámites para rectificar administrativamente la inscripción de defunción a su nombre, pero no pudo recuperar sus restos que habían sido inhumados en el señalado Cementerio.
Considerando los antecedentes reunidos en la investigación de la Corporación, el Consejo Superior llegó a la convicción de que Abraham José Romero Jeldres fue ejecutado por agentes del Estado al margen de proceso legal mientras lo mantenían detenido. Por tal razón, lo declaró víctima de violación de derechos humanos.*
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* Con posterioridad a la calificación de este caso, con fecha 27 de marzo de 1993, el Vigésimo Juzgado del Crimen de Santiago dictó una resolución en la investigación que instruye por inhumación ilegal en el Patio Nº29 del Cementerio General, ordenando entregar sus restos a sus familiares.
Confirman sentencias por casos de homicidios y secuestro durante dictadura
Fuente :biobiochile.cl 5/5/2016
Categoría : Prensa
La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó las sentencias dictadas en dos causas por violaciones a los derechos humanos, procesos que investigaron -en primera instancia- los ministros en visita Mario Carroza y Leopoldo Llanos, respectivamente.
En el primer caso, la Primera Sala del tribunal de alzada elevó a 15 años y un día las penas que deben cumplir los carabineros en retiro Juan Guzmán Valencia, Leonidas Bustos San Juan y René Ortega Troncoso, por su responsabilidad en cinco delitos de homicidio calificado, perpetrados en septiembre de 1973, en el sector de Portezuelo, comuna de Quilicura. Asimismo, la sala confirmó la absolución por falta de participación en los hechos de Rolando Luengo Luengo.
En primera instancia, el ministro en vista Mario Carroza condenó a los tres ex policías a penas de 10 años y un día de presidio, en calidad de autores de los homicidios de Ramón Beltrán Sandoval, Abraham Romero Jeldres, Rodolfo Rojas González, Juan Inostroza Mallea y Carlos Ibarra Espinoza.
En la etapa de investigación, se logró acreditar que: “El día 26 de septiembre de 1973, en el sector norte de la Región Metropolitana, comuna de Conchalí, funcionarios de Carabineros, pertenecientes a diversas unidades de la jurisdicción, efectuaron diversos procedimientos sin orden judicial, algunos de manera conjunta con personal del Ejército e Investigaciones, a sectores como la Villa Araucanía, los campamentos La Arboleda y Carlos Cortés Díaz y a las poblaciones El Cortijo, Eneas Gonel y Santa Mónica y detuvieron sin justificación legal alguna, entre otros a los pobladores Ramón Bernardo Beltrán Sandoval, Abraham José Romero Jeldres, Rodolfo Ismael Rojas González, Juan Luis Inostroza Mallea y Carlos Alejandro Ibarra Espinoza.
En la madrugada del día 27 de septiembre de 1973, funcionarios de la tenencia Eneas Gonel Marín, en cumplimiento de órdenes emanadas del jefe de la unidad policial, retiran del cuartel a los detenidos y en una camioneta, los trasladan hasta el sector de Portezuelo, comuna de Quilicura, donde se bajan los funcionarios y los detenidos, a quienes lo hacen arrodillarse y los ejecutan disparándoles en la región craneal“.
Caso Londres 38
En el segundo caso, la Cuarta Sala del tribunal de alzada redujo a 3 años y un día de presidio –con el beneficio de la libertad vigilada– la condena para los agentes de la DINA Miguel Krassnoff Martchenko y Basclay Zapata Reyes, por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado de José Ramírez Rosales, ilícito perpetrado a partir del 27 de julio de 1974.
En primera instancia, el ministro Leopoldo Llanos condenó a los ex agentes del Estado a 10 años y un día de presidio.
En el aspecto civil, el tribunal de alzada redujo a 50 millones de pesos el monto que deberá pagar el fisco como indemnización por daño moral, a Nelly Berenguer Rodríguez, cónyuge de la víctima.
De acuerdo a los antecedentes recopilados en la etapa de investigación, el ministro Llanos logró establecer la siguiente secuencia de hechos:
“Londres N°38″ era un recinto secreto de detención y tortura ubicado en el centro de Santiago, que funcionó desde fines de 1973 hasta aproximadamente los últimos días de agosto de 1974, y que llegó a mantener numerosos detenidos, los que eran interrogados y torturados con diferentes tipos de flagelación, incluso con aplicación de corriente eléctrica en la denominada “parrilla”. También eran sacados del lugar para cooperar en otras detenciones.
“El 27 de julio de 1974, alrededor de la una de la madrugada, fue detenido desde su domicilio, ubicado en la villa Carlos Cortés de la comuna de La Granja, el militante del MIR José Manuel Ramírez Rosales, artesano, casado, un hijo. Detención que realizaron en presencia de su cónyuge, Nelly Berenguer Rodríguez, tres individuos de civil que, haciéndose pasar por funcionarios de la Policía de Investigaciones, le indicaron al afectado que lo llevarían a la Comisaría de Investigaciones de La Cisterna para que prestara algunas declaraciones”.
“Posteriormente, Ramírez Rosales fue visto por testigos en el recinto de detención de Londres 38, luego de lo cual no se tienen noticias de su paradero, sin que hasta la fecha haya tomado contacto con sus familiares, ni realizado gestiones ante organismos del Estado; sin registrar entradas o salidas del país, y sin que conste, tampoco, su defunción”.
Ministro Carroza condena a carabineros en retiro por homicidios perpetrados en 1973.
Fuente :diarioconstitucional.cl 1/octubre/ 2015
Categoría : Prensa
El Ministro en visita extraordinaria para causa por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Mario Carroza, dictó sentencia en contra de tres carabineros en retiro.
El Ministro en visita extraordinaria para causa por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Mario Carroza, dictó sentencia en contra de tres carabineros en retiro, por su responsabilidad en los homicidios calificados de Ramón Beltrán Sandoval, Abraham Romero Jeldres, Rodolfo Rojas González, Juan Inostroza Mallea y Carlos Ibarra Espinoza, ilícitos perpetrados en septiembre de 1973, en el sector de Portezuelo de la comuna de Quilicura.
Al efecto, cabe recordar que en la resolución el Magistrado Carroza condenó a penas de 10 años y un día de presidio efectivo a Juan Guzmán Valencia, Leonidas Bustos San Juan y René Ortega Troncoso como coautores de los homicidios. Asimismo, absolvió por falta de participación a Rolando Luengo Luengo.
En virtud de los antecedentes consignados en la etapa de investigación, el Ministro logró acreditar que "el día 26 de septiembre de 1973, en el sector norte de la Región Metropolitana, comuna de Conchalí, funcionarios de Carabineros, pertenecientes a diversas unidades de la jurisdicción, efectuaron diversos procedimientos sin orden judicial, algunos de manera conjunta con personal del Ejército e Investigaciones, a sectores como la Villa Araucanía, los campamentos La Arboleda y Carlos Cortés Díaz y a las poblaciones El Cortijo, Eneas Gonel y Santa Mónica y detuvieron sin justificación legal alguna, entre otros a los pobladores Ramón Bernardo Beltrán Sandoval, Abraham José Romero Jeldres, Rodolfo Ismael Rojas González, Juan Luis Inostroza Mallea y Carlos Alejandro Ibarra Espinoza. En la madrugada del días 27 de septiembre de 1973, funcionarios de la tenencia Eneas Gonel Marín, en cumplimiento de órdenes emanadas del jefe de la unidad policial, retiran del cuartel a los detenidos y en una camioneta, los trasladan hasta el sector de Portezuelo, comuna de Quilicura, donde se bajan los funcionarios y los detenidos, a quienes lo hacen arrodillarse y les ejecutan disparándoles en la región craneal".
SML confirma identidades de siete víctimas del Patio 29
Fuente :diario.uchile.cl 12/8/2010
Categoría : Prensa
El Servicio Médico Legal (SML) junto al ministro de la Corte de Apelaciones de
Donato Quispe
Santiago, Alejandro Solís, hizo entrega de siete confirmaciones de identidades del caso Patio 29 a las familias de las víctimas.
Simón Eladio Sánchez Pérez, Juan José Valdevenito Miranda, José Carlos Ruz Zúñiga, Abraham José Romero Jeldres, Edmundo Enrique Montero Salazar y Luis Alfredo Gamboa Pizarro. Los dos últimos, miembros del Grupo de Amigos del Presidente (GAP) detenidos afuera de La Moneda.
También se reconocieron los restos de Donato Quispe Choque, obrero de
nacionalidad boliviana, cuyo reconocimiento se realizó con un equipo multidisciplinario del SML que viajó en 2008 a su país para tomar muestras de sangre a sus familiares.
Las víctimas forman parte del grupo de detenidos desaparecidos por los que se cuestionó al SML debido a inconsistencias en las identificaciones del caso Patio 29, dadas a conocer en 2006.
Simón Eladio Sánchez
nacionalidad boliviana, cuyo reconocimiento se realizó con un equipo multidisciplinario del SML que viajó en 2008 a su país para tomar muestras de sangre a sus familiares.
Las víctimas forman parte del grupo de detenidos desaparecidos por los que se cuestionó al SML debido a inconsistencias en las identificaciones del caso Patio 29, dadas a conocer en 2006.
nacionalidad boliviana, cuyo reconocimiento se realizó con un equipo multidisciplinario del SML que viajó en 2008 a su país para tomar muestras de sangre a sus familiares.
Las víctimas forman parte del grupo de detenidos desaparecidos por los que se cuestionó al SML debido a inconsistencias en las identificaciones del caso Patio 29, dadas a conocer en 2006.
nacionalidad boliviana, cuyo reconocimiento se realizó con un equipo multidisciplinario del SML que viajó en 2008 a su país para tomar muestras de sangre a sus familiares.
Las víctimas forman parte del grupo de detenidos desaparecidos por los que se cuestionó al SML debido a inconsistencias en las identificaciones del caso Patio 29, dadas a conocer en 2006.
En este sentido, Patricio Bustos, director del Servicio Médico Legal indicó que “A partir de este drama que quisiéramos que no hubiese ocurrido nunca, que son las víctimas de las violaciones a los derechos
Jorge Ruz Zúñiga
humanos en dictadura, el servicio se modernizó y desarrolló un sistema de identificación forense que permite cumplir adecuadamente en casos de catástrofes masivas como fue el terremoto del 27 de febrero o en los casos de accidentes que signifiquen un número de fallecidos a los cuales haya que identificar. El SML cumple su trabajo, en medio de dificultades como todas las organizaciones, pero lo cumple”.
Sin embargo, estas confirmaciones realizadas por el laboratorio de la University of North Texas, demuestran que estos siete análisis llevados a cabo en el pasado mediante técnicas tradicionales de Antropología y Odontología, estuvieron correctamente realizados por el organismo forense.
Bustos agregó que están “contentos no sólo porque hoy confirmamos el trabajo realizado anteriormente por nuestro organismo, sino porque con esto hemos contribuido, al menos en parte, a la tranquilidad de las familias que tanto han esperado por saber la verdad”.
Luis Ruz Zúñiga, hermano de una de las víctimas, llamó a otros familiares a tener la esperanza necesaria pero también aseguró que es importante aclarar las responsabilidades judiciales.
“Hay que tener fe y voluntad para seguir adelante y lograr la justicia plena. Si los restos que se encontraron corresponden a otros familiares sería muy duro, pero esperamos que se haga todo lo que se debe hacer para llegar a obtener justicia”, sostuvo.
Estas identificaciones corresponden al envío que realizó el Centro de Toma de Muestras de Familiares de Detenidos Desaparecidos del SML en 2008, de 123 restos óseos del Patio 29, y más de 500 muestras sanguíneas de familiares a los cuales se les practicaron pruebas de ADN para hacer la comparación genética.
Patio 29. Tras la cruz de fierro (LIBRO)
Fuente :academia.edu 2009
Categoría : Prensa
JAVIERA BUSTAMANTE / STEPHAN RUDERER
Queremos una memoria quesobrevive a los sobrevivientes ya todos nosotros. Que dejen el aire una interrogación,una pregunta que surja delos escritos, de las piedras, del agua que las recorre , de los senderos, de los árboles y de los monumentos. Que nos evoque una y otra vez el sentido de la vida que animó a las personas que allí estuvier en. la memoria es un ejercicio de vida.
Patio 29
Tras la cruz de fierro
INTRODUCCIÓN
Los motivos para realizar este libro son evidentestes. La historia del Patio 29 es ciertamente unade las experiencias humanas más fuertes y doloro-sas que nos ha dejado la dictadura, como así mis-mo, una de las más desconocidas; por supuesto,hasta aquel fa tídico abril de 2006en que conocimosel escándalo provocado por el error de identidades.Al daño provocado por la violencia de esos 17años,Se sumó la eterna angustia del encuentro que no se.producir. Cuando se pensó que la búsqueda habíatermin ado, que elreconocimient o sehabía hecho yque se podía enfrentar la vida con otros ojos, volvióla sensacion del profundo dolor y de la inconteni-ble angustia