Fecha Detención : 26-09-1973
Comuna Detención : Quilicura – Domicilio
Fecha Asesinato : 26-09-1973
Comuna Asesinato : Santiago
Partido Político :
Oficio o Profesión : Comercante ambulante
Estado Civil e Hijos : Casado e Hijos
Nacionalidad : chilena
Relatos de Los Hechos
Fuente :(Corporacion)
Categoría : Antecedentes del Caso
IBARRA ESPINOZA, CARLOS ALEJANDRO: 27 años, casado, comerciante ambulante, ejecutado el 26 de septiembre de 1973 en Santiago. Carlos Alejandro Ibarra Espinoza murió ese día a las 23:30 horas en Quilicura, por dos heridas de bala cráneo encefálicas con salida de proyectil, según consigna el Certificado Médico de Defunción suscrito por el médico legista.
Juan Luis Inostroza Mallea murió ese día a las 6:00 horas, en Quilicura, por heridas de bala cráneo encefálicas, según consigna el Certificado Médico de Defunción suscrito por el médico legista.
Rodolfo Ismael Rojas González murió ese mismo día a las 5:30 horas, en Quilicura, Portezuelo, por una herida de bala cráneo encefálica con salida de proyectil, según consigna el Certificado Médico de Defunción suscrito por el médico legista.
De acuerdo con declaraciones de familiares y testigos, los tres fueron detenidos el 25 de septiembre a las 10:00 horas, en el interior del campamento «Carlos Cortes Díaz» de Quilicura, por efectivos del Ejército, Carabineros y de Investigaciones que realizaron un operativo en el sector.
En el curso de dicho operativo, todos los hombres mayores de 18 años fueron ubicados la cancha de fútbol de la población. Alrededor del mediodía, algunos de ellos,incluyendo a Carlos Ibarra, Juan Inostroza y Rodolfo Rojas, fueron subidos a un bus de carabineros y trasladados a la Quinta Comisaría de Carabineros, ubicada en Hipodromo Chile con Guanaco.
Al día siguiente, en la mencionada unidad policial se informó a sus familiares que los detenidos habían sido llevados al Estadio Nacional. Sin embargo, no se entregó informacion sobre ellos ni en ese recinto ni en otros.
Dias después, sus familiares encontraron sus cuerpos en el Instituto Médico Legal.
En las mismas circunstancias fue detenido, ese día, Fredy Flavio Molina Rodríguez, cuyo caso fue declarado víctima de violación a los derechos humanos por la Comisión de Verdad y Reconciliación.
Considerando los antecedentes reunidos y las investigaciones realizadas por esta Corporacion el Consejo Superior llegó a la convicción de que Carlos Alejandro Ibarra Espinoza,Juan Luis Inostroza Mallea y Rodolfo Ismael Rojas González, encontrándose detenidos fueron ejecutados al margen de proceso legal por agentes del Estado y los declaro víctimas de violación de derechos humanos.
Ministro Carroza condena a Carabineros en retiro por homicidios de pobladores en 1973
Fuente :t13.cl 30/9/2015
Categoría : Prensa
El juez dictó penas de 10 años y un día contra cinco ex funcionarios por su responsabilidad en el hecho.
La Corte de Apelaciones condenó a tres Carabineros en retiro por su responsabilidad en los homicidios perpetrados en septiembre de 1973, contra pobladores del sector de Portezuelo de la comuna de Quilicura.
La sentencia fue dictada por el ministro en visita por violaciones a los DD.HH., Mario Carroza, contra Ramón Beltrán Sandoval, Abraham Romero Jeldres, Rodolfo Rojas González, Juan Inostroza Mallea y Carlos Ibarra Espinoza.
En tanto, el ministro en fuero condenó a penas de diez años y un día a Juan Guzmán Valencia, Leonidas Bustos San Juan y René Ortega. Asimismo, absolvió por falta de participación a Rolando Luengo Luengo.
Según consignó el magistrado en la etapa de investigación, el hecho sucedió el 26 de septiembre de 1973, cuando funcionarios de Carabineros “efectuaron diversos procedimientos sin orden judicial, algunos de manera conjunta con personal del Ejército e Investigaciones, a sectores como la Villa Araucanía, los campamentos La Arboleda y Carlos Cortés Díaz y a las poblaciones El Cortijo, Eneas Gonel y Santa Mónica y detuvieron sin justificación legal alguna, entre otros a los pobladores Ramón Bernardo Beltrán Sandoval, Abraham José Romero Jeldres, Rodolfo Ismael Rojas González, Juan Luis Inostroza Mallea y Carlos Alejandro Ibarra Espinoza”.