Fecha Detención :
Comuna Detención :
Fecha Asesinato : 15-10-1973
Comuna Asesinato : Puerto Saavedra
Partido Político :
Oficio o Profesión : Obrero agrícola
Estado Civil e Hijos :
Nacionalidad : chilena
Relatos de Los Hechos
Fuente :Informe Rettig
Categoría : Antecedentes del Caso
Francisco Segundo CURAMIL CASTILLO
En el mes de octubre de l973, murieron cuatro personas que fueron detenidas en Puerto Saavedra. En tres de los casos, los hechos se produjeron la noche que llegó a esa localidad un contingente de militares. Los cuerpos sin vida de todas estas personas, fueron abandonados y encontrados por sus familiares en el río Imperial o a orillas del mar, con numerosos impactos de bala.
Se trata de Francisco Segundo CURAMIL CASTILLO, 18 años, agricultor y su tío Mauricio HUENUCOI ANTIL también agricultor, quienes junto a Bernardo NAHUELCOI CHIHUAICURA, 32 años, militante del Partido Socialista y un numeroso grupo de otros campesinos del asentamiento de Puerto Saavedra, fueron detenidos por efectivos militares provenientes de Temuco. Francisco Pascual PORMA CHEUQUECOY, 42 años, militante socialista, fue detenido por carabineros en su domicilio de Puerto Saavedra y conducido a la Tenencia del lugar.
La familia de Nahuelcoi afirma que los carabineros le informaron que había sido trasladado a Temuco, no obstante lo cuál, su cadáver fue arrojado al mar y encontrado por su viuda, con el rostro destrozado por un impacto de bala y sin dentadura.
El cuerpo sin vida de Mauricio Huencoi fue encontrado cuatro días después de la detención, en la localidad de Nahuentué a orillas de la desembocadura del río Imperial, también con impactos de bala.
En similares circunstancias fue encontrado el cadáver de Francisco Segundo Curamil y también el de Francisco Pascual Porma, el que estaba tirado en la playa, con el cráneo destrozado.
Analizados los antecedentes de los casos expuestos, a esta Comisión le asiste convicción que Francisco Curamil, Mauricio Huenucoi, Bernardo Nahuelcoi y Francisco Porma fueron detenidos y torturados por agentes del Estado, quienes, luego de ejecutarlos intentaron ocultar sus cuerpos. Estos hechos constituyen una grave violación a los derechos humanos de estas víctimas.
Niegan libertad a dos oficiales (r) del Ejército imputados por crímenes de DD.HH. en La Araucanía
Fuente :biobio.cl, 19 de Agosto 2013
Categoría : Prensa
Por decisión de la justicia seguirán detenidos dos oficiales de Ejército en retiro por la muerte de cuatro campesinos en Puerto Saavedra en octubre de 1973, además del homicidio calificado de dos hombres en la comuna de Victoria.
Hace cinco meses el ministro Álvaro Mesa privó de libertad al retirado oficial de ejército Juan Enrique Silva Rebeco, sindicado como autor de homicidio calificado de Bernardo Nahuelcoy, Francisco Curamil, Mauricio Huenucoy y Francisco Porma, delitos cometidos en Puerto Saavedra.
El abogado del Ministerio del Interior, Ricardo Lavín, dijo que las condenas posibles las debió tomar en consideración el tribunal para negar la libertad.
La privación de libertad en contra del retirado militar Juan Enrique Silva Rebeco se sustenta por ser un peligro para la seguridad de la sociedad, indicó el abogado querellante Sebastián Saavedra.
Asimismo los ministros de la primera sala de la Corte de Apelaciones de Temuco confirmaron la prisión del coronel retirado del ejército, Sergio Valenzuela, detenido y procesado hace un año como autor de homicidio calificado de Pedro Muñoz Apablaza y Eliseo Jara Ríos al interior del Fundo California de Victoria.
La investigación del ministro especial Mesa indica que Sergio Valenzuela González sería el autor material de los disparos cuando era comandante de los Boinas Negras que arribaron a la ciudad de Victoria tras el golpe de Estado.
Ministro Álvaro Mesa condena a militares y carabineros en retiro por homicidios calificados y apremios ilegítimos en Puerto Saavedra y Lautaro
Fuente :pjud.cl, 26 de Abril 2023
Categoría : Prensa
En el fallo (causa rol 27.530 A y B) se estableció la responsabilidad de los uniformados en retiro en los homicidios calificados de Bernardo Nahuelcoy Chihuaicura, Francisco Curamil Castillo, Mauricio Huenucoy Antil, Francisco Porma Cheuquecoy, ocurridos entre septiembre y octubre de 1973 en Puerto Saavedra y el homicidio calificado de Luis Mora San Juan en octubre de 1973 en Lautaro.
El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de las jurisdicciones Temuco, Valdivia, Puerto Montt y Coyhaique, Álvaro Mesa Latorre, dictó la sentencia número 72 en la materia, y condenó a 17 miembros en retiro del Ejército y Carabineros por homicidios calificados y apremios ilegítimos en perjuicio de 9 víctimas. Ilícitos perpetrados en las comunas de Puerto Saavedra y Lautaro, entre septiembre y octubre de 1973.
En el fallo (causa rol 27.530 A y B) se estableció la responsabilidad de los uniformados en retiro en los homicidios calificados de Bernardo Nahuelcoy Chihuaicura, Francisco Curamil Castillo, Mauricio Huenucoy Antil, Francisco Porma Cheuquecoy, ocurridos entre septiembre y octubre de 1973 en Puerto Saavedra y el homicidio calificado de Luis Mora San Juan, en octubre de 1973 en Lautaro.
Asimismo se estableció responsabilidad en los delitos de apremios ilegítimos a Bernardo Nahuelcoy Chihuaicura, Francisco Curamil Castillo, Mauricio Huenucoy Antil, Francisco Porma Cheuquecoy, Marta Sonia Ibáñez Ibáñez, Ruperto Bañares Bañares, Gabriel Contreras Poza, Segundo Orlando López Araneda, ocurridos entre septiembre de 1973 en la Tenencia de Carabineros de Puerto Saavedra.
En la sentencia el ministro Mesa Latorre condenó a:
1) Jorge Nibaldo Del Río Del Río a la pena de presidio perpetuo por su responsabilidad como autor de 5 delitos de homicidio calificado y 10 años de presidio por su responsabilidad como autor de 8 delitos de apremios ilegítimos.
2) Juan Enrique Silva Rebeco fue sentenciado a la pena de presidio perpetuo por su responsabilidad como autor de 4 delitos de homicidio calificado, 10 años de presidio como autor de 7 delitos de apremios ilegítimos y 60 días de prisión por su responsabilidad como cómplice de un delito a apremios ilegítimos.
3) Carlos Alejandro Brunevald Huaiquilao y Miguel Fernando Rubio Diocaretz fueron condenados a presidio perpetuo como autores de 4 homicidios, 8 años de presidio como autores de 6 apremios ilegítimos y 120 días de presidio como cómplices de 2 apremios ilegítimos.
4) Roberto Sigisfredo San Martín Pérez fue condenado a 20 años de presidio como autor de 4 homicidios calificados, 480 días de presidio como autor de 8 apremios ilegítimos.
5) César Gabriel Edgardo Anziani Riquelme deberá purgar las penas de 20 años de presidio como autor de 4 homicidios calificados, 420 días de presidio como autor de 7 apremios ilegítimos y multa de 10 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) como cómplice a un apremio ilegítimo.
6) Daniel del Carmen Riquelme Reyes cumplirá penas de 20 años de presidio como cómplice de 4 homicidios calificados, 10 años de presidio como autor de 7 apremios ilegítimos y 60 días de prisión como cómplice de un apremio ilegítimo.
7) Héctor Hernán Moncada Sepúlveda fue sentenciado a 20 años de presidio como cómplice de 4 homicidios calificados, 10 años de presidio como autor de 8 apremios ilegítimos.
8) Hernán Molina Vera, Rafael Laureano Recabal Bascuñán, José Guillermo Garrido Bustos, Sebastián Enrique Muñoz Gangas, Luis Humberto Casanova Águila, Olegario Segundo Alba Martínez y Waldamiro Antonio Rebolledo Burgos, fueron condenados a 20 años de presidio como cómplices de 4 homicidios calificados, 480 días de presidio como cómplices de 8 apremios ilegítimos.
9) Enrique Segundo Merino Sagardía cumplirá penas de 15 años de presidio como cómplice de 4 homicidios calificados, multa de 10 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) como cómplice de 8 apremios ilegítimos.
10) Francisco Enrique Muñoz Pérez purgará pena de 5 años de presidio como cómplice de un homicidio calificado.
El ministro instructor absolvió a Ernesto Darío Ortega Saavedra, respecto de todos los cargos formulados en su contra en el auto acusatorio de fs. 4.089 a 4.103 (Tomo XII), con fecha 30 de septiembre de 2016.
En el aspecto civil, el magistrado acogió las demandas deducidas por las defensas y condenó al fisco a pagar una indemnización total de $4.130.000.000 (cuatro mil ciento treinta millones de pesos), por concepto de daño moral, a los familiares de las víctimas.
En la sentencia, el ministro Mesa Latorre dio por establecido que:
Bernardo Nahuelcoy Chihuaicura, funcionario del hospital de Puerto Saavedra, Francisco Curamil Castillo y Mauricio Huenucoy Antil pobladores del Asentamiento “Elmo Catalán”, Francisco Porma Cheucucoy, pequeño agricultor fueron detenidos por patrulla compuestas por personal militar del Regimiento Montaña Reforzado N° 4 “La Concepción” de Lautaro y carabineros; sometidos a apremios ilegítimos en la Tenencia de Carabineros de Puerto Saavedra y luego ejecutados ilegalmente en las orillas del Río Imperial, donde sus cuerpos fueron abandonados y dejados flotando.
Marta Sonia Ibáñez Ibáñez, Ruperto Bañares Bañares, Gabriel Contreras Poza, Segundo Orlando López Araneda fueron detenidos en distintos períodos de tiempo entre septiembre y octubre de 1973 en la Tenencia de Carabineros de Puerto Saavedra y sometidos a distintos tipos de apremios para luego ser liberados sin cargos judiciales.
En tanto Luis Mora San Juan fue detenido por una patrulla militar en el asentamiento “El Luchador” en las inmediaciones de Lautaro y ejecutado al margen de todo proceso en las afueras de la ciudad y su cuerpo fue dejado abandonado y semienterrado siendo ubicado por familiares y llevado a la morgue del hospital local.
Rompiendo el silencio de niñas, niños y adolescentes ejecutados políticos durante la dictadura cívico-militar 1973-1990 (LIBRO)
Fuente :cultura.gobierno.cl 20/4/2023
Categoría : Prensa
Testimonios, fotografías, cartas, testimonios y otros documentos que familias, amigas y amigos entregaron o escribieron especialmente para ser publicados incorpora el libro “Rompiendo el silencio de niñas, niños y adolescentes ejecutados políticos durante la dictadura cívico-militar 1973-1990”, el que fue realizado por la Agrupación de Familiares de Ejecutados Políticos (AFEP) con el apoyo del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, a través de la Unidad de Cultura, Memoria y Derechos Humanos, y a la Cátedra de Derechos Humanos de la Universidad de Chile.
La publicación basada principalmente en el Informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación (1991) y el Informe de la Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación (1996), busca reconstruir de forma integral y cuidada cada una de las vidas e historias de las víctimas.
Durante la investigación se accedió al archivo de la Agrupación de Familiares de Ejecutados Políticos, donde se custodian documentos que las familias han preservado a través de años. También se incluyeron ilustraciones que estuvieron a cargo de Álvaro Gómez.
El proceso de creación fue un desafío complejo que implicó conjugar delicadeza, respeto y rigurosidad metodológica para enunciar en esta obra una verdad dolorosa e ineludible.
¿Cómo olvidar?
Fuente :Canal 8 Saavedra
Categoría : Prensa
¿Cómo olvidar?
En Pto. Saavedra Mapuche y chilenos torturados, asesinado, y hecho desaparecer tras el golpe y dictadura militar.
Estos delitos sucedieron a comienzos de la dictadura, en la zona costera de la provincia de Cautín.
Según los antecedentes recopilados en la investigación, el militante del Partido Socialista, Bernardo Nahuelcoy Chihuaicura, fue detenido en octubre de 1973 por una patrulla de Carabineros de la Tenencia de Puerto Saavedra y militares, siendo trasladado desde su domicilio a la unidad policial antes indicada.
La resolución agrega que Francisco Segundo Curamil Castillo, de 18 años de edad y su tío Mauricio Huenucoy Antil, de 32 años, también fueron detenidos en la misma fecha por una patrulla de militares provenientes de Temuco, la que momentos antes había realizado un allanamiento. Curamil y Huenucoy fueron trasladados hasta la Tenencia de Carabineros de Puerto Saavedra.
También se detalla en la investigación, que Francisco Pascual Porma Cheuquecoy, de 42 años, agricultor del sector Leufuche de Puerto Saavedra y militante del Partido Socialista, fue detenido a fines de septiembre o principios de octubre de 1973 por una patrulla compuesta por Carabineros y militares, siendo trasladado a la Tenencia de Carabineros de Puerto Saavedra.
Según consta en el informe Rettig, La familia de Nahuelcoi afirma que los carabineros les informaron que había sido trasladado a Temuco, sin embargo, su cadáver fue arrojado al mar y encontrado por su viuda, con el rostro destrozado por un impacto de bala y sin dentadura.
El cuerpo sin vida de Mauricio Huencoi fue encontrado cuatro días después de la detención, en la localidad de Nahuentué a orillas de la desembocadura del río Imperial, también con impactos de bala.
En similares circunstancias fue encontrado el cadáver de Francisco Segundo Curamil y también el de Francisco Pascual Porma, el que estaba tirado en la playa, con el cráneo destrozado.
Estas personas fueron sometidas, previo a su ejecución, a interrogatorios y tortura.
31 ex uniformados de Puerto Saavedra en proceso por violación de derechos humanos y asesinato de campesinos en 1973
Algo de justicia para chilenos y ¿Para mapuche?
Tras años de investigación, el ministro que llevó el caso dejó en prisión preventiva, bajo la figura de coautores, cómplices y encubridores a 15 ex uniformados del Ejército y de Carabineros, por los delitos de apremios ilegítimos en contra de Marta Sonia Ibáñez Ibáñez y Ruperto Bañares Bañares.
En el caso de Marta Sonia Ibáñez Ibáñez, expresa la primera resolución haber acreditado que «(…) fue detenida el 13 de septiembre de 1973 por el Teniente de Carabineros de Puerto Saavedra César Edgardo Anziani Riquelme y el Cabo de esa unidad Daniel del Carmen Riquelme Reyes, quienes la trasladaron al recinto policial, acusada de mantener armanento oculto en su domicilio. Marta Ibáñez fue interrogada y derivada a la Fiscalía Militar de Temuco, recuperando su libertad a principios de octubre de 1973, fecha en que retornó a Puerto Saavedra. En ese lugar fue nuevamente sacada desde su domicilio en calidad de detenida por el Teniente Anziani y el Cabo Riquelme, quienes anteriormente habían participado en la misma diligencia, llevándola a la Tenencia para ser interrogada una vez más. En esta oportunidad, además del Teniente de Carabineros, participó en el interrogatorio el Capitán de Ejército, estando presentes otros militares. En esa sesión de interrogatorios doña Marta Ibáñez fue obligada a desnudarse».