Barrientos Aedo Juan Esteban


cementerio G. Santiago memoriales.cl

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Rut : 7.295.990-6
Fecha Detención : 16-09-1973
Lugar Detención : General Cruz

Fecha Asesinato : 01-01-2000
Lugar Asesinato :


Fecha Nacimiento : 02-09-1953 Edad : 20


Lugar Nacimiento : Panguipulli

Actividad Política : Desconocida
Actividad : Obrero forestal

Estado Civil e Hijos : Soltero
Nacionalidad : chilena


Relatos de Los Hechos

Fuente :Corporación

Categoría : Antecedentes del Caso

BARRIENTOS AEDO, JUAN ESTEBAN: 20 años, soltero, trabajador forestal, ejecutado el 16 de septiembre de 1973 en General Cruz, provincia de Ñuble. Su defunción no está registrada ni sus restos han sido encontrados.

Juan Esteban Barrientos Aedo y Juan Bautista Vásquez Silva, quienes trabajaban en un aserradero de la localidad de General Cruz, cercana a Bulnes, murieron entre las 18:30 y 23:00 horas de ese día, por disparos efectuados por Carabineros que los habían detenidos horas antes.

De acuerdo con declaraciones de testigos presenciales, el 16 de septiembre, alrededor de las 18:30 horas, llegó hasta el aserradero mencionado un piquete de carabineros pertenecientes al retén de la localidad de General Cruz, movilizados en dos vehículos. Los policías allanaron las viviendas de los trabajadores y aprehendieron a un grupo, obligándolos a tenderse en el suelo, al tiempo que los golpeaban y realizaban algunos disparos.

Juan Barrientos fue alcanzado por un tiro y murió allí mismo, siendo enterrado por otros trabajadores después que los policías abandonaron el lugar. Sin embargo, su familia no ha podido localizar el lugar donde se encuentran inhumados sus restos; por la misma razón su defunción no ha podido ser inscrita.

Juan Vásquez fue detenido tras el allanamiento y sacado del lugar junto a otros trabajadores en uno de los vehículos. Alrededor de las 23:00 horas, éste se detuvo en un cruce de caminos, y según el relato de un testigo sobreviviente, los carabineros hicieron descender a los detenidos y los obligaron a correr mientras les disparaban por la espalda. Vásquez Silva cayó herido y murió en el lugar. Tampoco sus restos no han podido ser ubicados y por lo mismo, su defunción debidamente inscrita.

Considerando los antecedentes recibidos y la investigación realizada por esta Corporación, el Consejo Superior declaró a Juan Esteban Barrientos Aedo y a Juan Bautista Vásquez Silva víctimas de violación de derechos humanos cometida por agentes del Estado, quienes, con alta probabilidad, los ejecutaron al margen de proceso legal.

 


Rechazan otorgar libertad condicional a ex Carabinero preso en Punta Peuco

Fuente :fortinmapocho.cl, 13 de enero de 2017

Categoría : Prensa

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó un recurso de amparo interpuesto por el interno del penal de Punta Peuco Óscar Sepúlveda Tapia, ex capitán de Carabineros, en contra de la decisión de la Comisión de Libertad Condicional que le negó el derecho.

En fallo unánime, la quinta sala del tribunal de alzada descartó actuar arbitrario en la decisión que rechazó el derecho del interno que cumple desde junio de 2014 una pena de 5 años y un día de presidio en el secuestro calificado de Juan Vásquez Silva, ocurrido a partir del 16 de septiembre de 1973 en Bulnes.

«Se ha utilizado esta vía constitucional para pretender modificar la decisión adoptada por la Comisión de Libertad Condicional en octubre del año 2016, cuando se rechazó la postulación. Ocurre que la referida Comisión resolvió con todos los antecedentes aportados por el Tribunal de Conducta del Centro Penitenciario respectivo, función práctica e inherente al cargo de quienes la componen y lo hizo de forma fundada”, señala el fallo.

En tal sentido, la resolución pronunciada por la Comisión de Libertad Condicional dispone que los postulantes, entre los que se encuentra el amparado, fueron condenados por delitos de lesa humanidad, los que tiene una regulación especial, en atención a la gravedad del delito.

Además, conforme a lo resuelto por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, “el Estado debe garantizar la investigación y sanción de los responsables de graves crímenes contra la humanidad, absteniéndose de recurrir a figuras como la amnistía o la prescripción, así como medidas que pretendan impedir la persecución penal o suprimir los efectos de la sentencia condenatoria”, se asegura.

En por esto, que la Comisión estimó que se infringe esta obligación cuando se otorgan beneficios administrativos a los condenados, dejando sin efectos prácticos las sentencias.

Finalmente, afirma que «cuando la Comisión decide rechazar la libertad, lo hace analizando la normativa nacional y los tratados internacionales suscritos por Chile, considerando el delito por el cual fue condenado el amparado y los antecedentes proporcionados por el Tribunal de Conducta, decidiendo rechazar la libertad condicional».

Juan Esteban Barrientos Aedo y Juan Bautista Vásquez Silva, quienes trabajaban en un aserradero de la localidad de General Cruz, una aldea cerca de la comuna de Pemuco en la provincia de Ñuble, murieron el 16 de septiembre entre las 18:30 y 23:00 horas, por disparos efectuados por Carabineros que los habían detenidos horas antes.

De acuerdo con declaraciones de testigos presenciales, ese día, alrededor de las 18:30 horas, llegó hasta el aserradero mencionado un piquete de Carabineros pertenecientes al retén de la localidad de General Cruz, movilizados en dos vehículos. Los policías allanaron las viviendas de los trabajadores y aprehendieron a un grupo, obligándolos a tenderse en el suelo, al tiempo que los golpeaban y realizaban algunos disparos.

Juan Vásquez fue detenido tras el allanamiento y sacado del lugar junto a otros trabajadores en uno de los vehículos, alrededor de las 23:00 horas éste se detuvo en un cruce de caminos, y según el relato de un testigo sobreviviente, los carabineros hicieron descender a los detenidos y los obligaron a correr mientras les disparaban por la espalda.

Producto de esto, Vásquez Silva cayó herido y murió en el lugar, y sus restos no han podido ser ubicados.