Fecha Detención : 12-09-1973
Comuna Detención : Vicuña
Fecha Asesinato : 16-10-1973
Comuna Asesinato : La Serena
Partido Político : Movimiento de Acción Popular Unitaria (MAPU)
Oficio o Profesión : Obrero de la construcción
Estado Civil e Hijos : Casado 7 hijos
Nacionalidad : chilena
Relatos de Los Hechos
Fuente :(Informe Rettig)
Categoría : Antecedentes del Caso
Carlos Enrique ALCAYAGA VARELA
El 16 de octubre de 1973 quince personas que permanecían prisioneras en la Cárcel de La Serena fueron fusiladas en el Regimiento "Arica", de esa ciudad :
– Oscar Gastón AEDO HERRERA, 23 años, técnico forestal, militante comunista. Fue detenido por Carabineros de la Comisaría de Salamanca el 6 de octubre. Permaneció incomunicado hasta el 12 de octubre, fecha en que es trasladado a la Cárcel de Illapel y desde allí conducido al Regimiento de La Serena, recinto al cual llega en la madrugada del 16 de octubre.
– Carlos Enrique ALCAYAGA VARELA, 38 años, albañil, Secretario Regional de la Central Unica de Trabajadores (CUT), Gobernador de Vicuña y militante del Movimiento de Acción Popular Unitario (MAPU). Fue detenido el l2 de septiembre por Carabineros de Vicuña y llevado a la Comisaría de esa ciudad, lugar desde el cual es trasladado a la Cárcel de La Serena.
– José Eduardo ARAYA GONZALEZ, 23 años, campesino, militante del Partido Comunista. Fue detenido en Salamanca y llevado a la Cárcel de esa localidad; al cabo de cuatro días es trasladado a la Cárcel de Illapel, lugar en el cual permanece hasta el l5 de octubre , fecha en que es conducido a la Cárcel de La Serena.
– Marcos Enrique BARRANTES ALCAYAGA, 26 años, supervisor en la Planta de Manufacturas de Neumáticos S.A. (MANESA), militante socialista. Fue detenido en su lugar de trabajo el 16 de septiembre por efectivos militares, conducido al Regimiento de La Serena y desde allí a la Cárcel local.
– Jorge Abel CONTRERAS GODOY, 31 años, campesino, sin militancia política conocida. Fue detenido por Carabineros, conducido a la Comisaría de Illapel y desde allí a La Serena. Permaneció incomunicado.
– Hipólito Pedro CORTES ALVAREZ, 43 años, obrero, funcionario municipal, dirigente del Sindicato de la Construcción y militante del Partido Comunista. Detenido en su lugar de trabajo por Carabineros de Ovalle, trasladado hasta la Comisaría de esa localidad y desde allí a la Cárcel de La Serena.
– Oscar Armando CORTES CORTES, 48 años, campesino, militante del Partido Comunista. El 22 de septiembre fue detenido en su domicilio por efectivos de Carabineros de Ovalle y llevado a la Comisaría. Posteriormente es trasladado a la Cárcel de La Serena.
– Víctor Fernando ESCOBAR ASTUDILLO, 22 años, técnico agrícola, funcionario de la Empresa de Comercio Agrícola (ECA) y Secretario Comunal del Partido Comunista. El 1º de octubre es detenido por Carabineros de Salamanca y conducido a la Subcomisaría de esa localidad. Trasladado a la Cárcel de Illapel y luego a la Cárcel de La Serena.
– Jorge Mario JORDAN DOMIC, 29 años, médico, militante del Partido Comunista. Se presentó a la Comisaría de Ovalle el 12 de septiembre luego de ser requerido por un bando. Estuvo detenido un día y luego permaneció bajo arresto domiciliario. El l6 de septiembre es detenido nuevamente y conducido al Regimiento de La Serena, desde allí es llevado a la Cárcel de la ciudad.
– Manuel Jachadur MARCARIAN JAMETT, 31 años, agricultor, militante del Partido Comunista. Detenido el 16 de septiembre, en Los Vilos, por efectivos de Carabineros. Fue conducido a la Cárcel de Illapel, Recinto en el cual permanece hasta el 18 de septiembre, fecha en que es trasladado a la Cárcel de La Serena.
– Jorge Ovidio OSORIO ZAMORA, 35 años, profesor universitario, militante socialista. Fue detenido por funcionarios de Investigaciones en las dependencias de MANESA el l7 de septiembre y conducido a la Cárcel de La Serena.
– Jorge Washington PEÑA HEN, 45 años, músico y profesor universitario. Militante socialista. Es detenido el l9 de septiembre por funcionarios de Carabineros de La Serena, trasladado a la Comisaría y luego a la Cárcel de esa ciudad, Recinto en el cual es visitado por su familia.
– Mario Alberto RAMIREZ SEPULVEDA, 44 años, profesor universitario, militante del Partido Socialista. Se presentó al Cuartel de Investigaciones de La Serena el 27 de septiembre luego de ser citado. Fue detenido e inmediatamente trasladado al Regimiento y luego a la Cárcel de esa ciudad. Su familia sólo pudo visitarlo en dos oportunidades. La mayoría del tiempo permaneció incomunicado.
– Roberto GUZMAN SANTA CRUZ, 35 años, abogado, asesor de la Compañía Minera Santa Fé y militante del Movimiento de Izquierda Revolucionario (MIR). El l4 de septiembre se presenta voluntariamente al Retén de Incahuasi luego de informarse que había sido requerido por las autoridades de La Serena. Es detenido y desde allí conducido a la Cárcel de La Serena. Procesado por infracción a la Ley de Seguridad Interior del Estado. En Consejo de Guerra del 27 de septiembre es condenado a la pena de presidio por 5 años. El 26 de junio de 1975, cuando ya había sido ejecutado, por decisión del Comandante en Jefe, se modificó la sentencia y su condena fue rebajada a 541 días.
– Gabriel Gonzalo VERGARA MUÑOZ, 22 años, campesino, militante del Movimiento de Acción Popular Unitario (MAPU). Fue detenido el 12 de octubre de l973 por efectivos de Carabineros de Ovalle; luego de permanecer dos días en la Comisaría de esa localidad, es trasladado al Regimiento "Arica" de La Serena. En ambos lugares permaneció incomunicado. Luego es trasladado a la Cárcel de La Serena.
La Jefatura de Plaza, a través de la Prensa, entregó un comunicado oficial en el cual señala:
"Se informa a la ciudadanía que hoy 16 de octubre a las 16:00 horas fueron ejecutadas las siguientes personas conforme a lo dispuesto por los Tribunales Militares en tiempos de Guerra…".
Respecto de Mario Ramírez, Jorge Peña, Marcos Barrantes, y Jorge Osorio, se dijo que: "habían participado en la adquisición y distribución de armas de fuego y en actividades de instrucción y organización paramilitar con fines de atentar contra las Fuerzas Armadas y Carabineros y de personas de la zona".
Respecto de Oscar Aedo Herrera, Víctor Escobar, José Araya y Jorge Contreras, se dijo que: "formaban parte de una agrupación terrorista que tenía planificado para el 17 de septiembre apoderarse del Cuartel de Carabineros de Salamanca, matar al personal y a los hijos de éstos mayores de 8 años, además de eliminar físicamente a un grupo de personas de la ciudad que alcanzaba un número de 30, cuya nómina no es del caso dar a conocer por razones obvias".
Respecto de Hipólito Cortés Alvarez, Jorge Jordán, Gabriel Vergara, Oscar Cortés, se dijo que habían: "ocultado bajo tierra una gran cantidad de quince armas, abundante munición, explosivos, con la intención de atacar a Carabineros de Ovalle el día 17 de septiembre". Se señaló, además, que habían "participado como instructores de guerrillas en la zona".
Respecto de Carlos Alcayaga, se señaló que había sido fusilado por: "sustraer explosivos a viva fuerza desde el polvorín de la mina Contador, en Vicuña, el día 11 de septiembre de 1973, explosivo que le fue encontrado oculto bajo tierra y listo para ser usado" y que "era Instructor de manejo de explosivos en una Escuela de Guerrilleros que funcionaba en Vicuña".
Respecto de Manuel Marcarian, se dijo que fue ejecutado por: "haberle encontrado explosivos para asaltar el Cuartel de la Subcomisaría de Los Vilos, haciendo caso omiso de los Bandos y de las advertencias hechas personalmente por Carabineros".
Respecto de Roberto Guzmán, se dijo que su ejecución fue: "por incitar a los mineros del Campamento de Desvío Norte y sus alrededores a apoderarse de los polvorines y oponer resistencia armada a la Junta de Gobierno".
Los cuerpos no fueron entregados a las familias para su sepultación.
La información oficial entregada por la autoridad militar de la zona, da cuenta de la celebración de un Consejo de Guerra el día 16 de Octubre el que habría dispuesto las condenas a muerte de los quince detenidos; y que el tribunal sentenciador habría "venido especialmente de Santiago ".
Esta Comisión acredita la presencia en la zona de una comitiva especial llegada desde Santiago, con facultades para revisar la situación de los detenidos del lugar. Se han recibido testimonios verosímiles acerca de las nóminas de los arrestados por las autoridades militares de dicha comitiva, y de la elección que éstas hicieron de las personas cuya situación debía ser revisada.
En relación a todas esta muertes la Comisión recibió abundantes y calificados testimonios concordantes en ciertos hechos : los 15 prisioneros individualizados precedentemente fueron ejecutados al margen de todo proceso legal por agentes del Estado. Avalan dicha convicción, los siguientes antecedentes:
– Testimonios verosímiles respecto de la secuencia en que se produjeron los hechos que condujeron a la muerte de los quince detenidos, ya que casi no medió tiempo entre la revisión de los casos y la ejecución, lo que hace imposible que en ese lapso se desarrolle un Consejo de Guerra ajustado a Derecho.
– El hecho que, de haberse celebrado el supuesto Consejo de Guerra, no existió derecho a defensa de los acusados, toda vez que no hubo presencia de abogados ni posibilidad alguna de efectuar descargos. Incluso, Roberto Guzmán, según se señaló precedentemente, ya había sido condenado por un Consejo de Guerra a una pena de cinco años, la que fue rebajada en el año 1975 a 541 días.
– Pese a los requerimientos e indagaciones reiteradas de la Comisión no pudo obtenerse copia de una sentencia judicial o de cualquier pieza procesal referidas al juicio que habría sido realizado en contra de los quince ejecutados.
Por tanto y considerando que, los acusados carecieron de toda posibilidad de defensa; los cargos no aparecen acreditados en documento alguno a que esta Comisión haya tenido acceso. Esta Comisión se ha formado la convicción que las quince ejecuciones constituyen una violación de los derechos humanos atribuibles a agentes del Estado.
50 Años: Dirigentes Sindicales caídos en dictadura, listado parcial
Fuente :resumen.cl, 2 de Mayo 2023
Categoría : Prensa
El siguiente es un listado en construcción de los/as dirigentes/as sindicales caídos durante los 17 años de la dictadura militar en Chile, el orden es alfabético por el apellido, se indica la edad al momento de su ejecución o desaparición, la ciudad de origen, el gremio al que pertenecían, la condición de detenido desaparecido (DD) o Ejecutado político (EP) y por último la militancia política en caso de tenerla.
El golpe militar en Chile, fue sin duda una respuesta del imperialismo y las clases dominantes en contra de la clase trabajadora, tras décadas de conquistas sociales y derechos, de la construcción de un proyecto político de soberanía y dignidad nacional, el cual fue terminado a sangre y fuego, con el genocidio iniciado el 11 de septiembre de 1973.
Y también fue un ataque a la memoria. Hasta el día de hoy no se tiene clara la cantidad de trabajadores y trabajadoras asesinadas por la sangrienta dictadura pinochetista. Acá un listado parcial:
- Juan Antonio Acuña Concha, 33 años, Laja, Maquinista FFEE-Dirigente Federación Santiago Watts, 18-sep-1973, DD, PS.
- Carlos Enrique Alcayaga Varela, 38 años, Vicuña, Secretario Regional de la Central Unica de Trabajadores (CUT), 16-oct-73, EP, MAPU
- Guillermo Alvarez Cañas, 49 años, San Antonio, Presidente del Sindicato de Estibadores de San Antonio, 22-sep-73, EP, DC
- Wladimir Araneda Contreras, 33 Años, Lota, Profesor dirigente gremial, 22-oct-73, EP, PC
- José Luis Baeza Cruces, 42 años, Santiago, dirigente nacional de los obreros de la Construcción y consejero de la CUT, 09-jul-74, EP, PC
- Julio Enrique Brewe Torres, 26 años, Tocopilla, dirigente profesores, 23-oct-73, EP, PS
- Bernabe Cabrera Neira, 39 años, Lota, dirigente Celulosa Arauco, 22-oct-73, EP, PC
- Sergio Cádiz Cortes, 28 años, Chillán, obrero asentamiento Santa Rosa, secretario de la Federación de Sindicatos Campesinos Isabel Riquelme, 22-oct-73, DD, PS
- José Gabriel Campos Morales, 26 años, Constitución, fundo San Gabriel en las proximidades de Linares. Era dirigente sindical,18-sep-73, DD, MIR
- Valentín Cárdenas Arriagada, 29 años, Pilmaiquén, dirigente sindical del asentamiento Chiscaihue, 4-oct-73, DD, PC
- René Carrasco Maldonado, 27 años, Santiago, Dirigente sindical del Hospital Roberto del Río, 29-dic-73, EP, PS
- Gabriel Castillo Tapia, 35 años, Santiago, Secretario del Sindicato de Obreros de la Oficina Salitrera Pedro de Valdivia, 05-ago-76, DD, PC
- José Cofre Obadilla, 42 años, Coihueco, chofer tractorista y mecánico, dirigente en el asentamiento Montaña, 28-sep-73, DD, sin militancia
- Ruiter Enrique Correa Arce, 61 años, Santiago, dirigente sindical de Correos y Telégrafos, 28-may-77, EP, PC
- Hipólito Pedro Cortes Alvarez, 43 años, Ovalle, dirigente del Sindicato de la Construcción, 16-oct-73, EP, PC
- Pedro Blas Cortes Jelvez, 37 años, Santiago, dirigente sindical de la mina La Disputada de Las Condes, 19-nov-75, EP, MIR
- Gastón Cortes Valdivia, 39 años, Antofagasta, dirigente sindical de la Compañía Cervecerías Unidas, 29-dic-73, DD, sin militancia
- José Enrique Corvalán Valencia, 46 años, Santiago, Dirigente Empresa Nacional de Frigoríficos (Enafri), 09-ago-76, DD, PC
- Plutarco Enrique Coussy Benavides, 32 años, El Toro comuna de Antuco, dirigente sindical Empresa Nacional de Electricidad (Endesa), 21-sep-73, DD, PC
- Lizandro Tucapel Cruz Díaz, 52 años, Santiago, dirigente de telegrafistas, 18-dic-76, DD, PC
- Pedro Curihual Paillan, 24 años, Pitrufquén, Secretario del Sindicato de Trabajadores Agrícolas de Pitrufquén; 15-sep-73, DD, sin militancia
- José Devia Devia, 27 años, Santiago, soldador, dirigente sindical en la empresa Elecmetal, 17-sep-73, EP, sin militancia
- José Abel Díaz Toro, 29 años, Lautaro, obrero agrícola y dirigente sindical sector El Cajón, 28-sep-73, EP, PC
- Jaime Donato Avendaño, 41 años, Santiago, dirigente sindical de Chilectra, 05-may-76, DD, PC
- Modesto Segundo Espinoza Pozo, 32 años, Santiago, dirigente sindical de la Corporación de la Vivienda (Corvi), 22-ago-74, DD, MIR
- Pablo Gac Espinoza, 43 años, Quillota, dirigente sindical Instituto de Desarrollo Agropecuario (Indap), 18-ene-74, EP, PS
- María Galindo Ramírez, 26 años, Coronel, secretaria, dirigente pesquera Viento Sur de San Pedro, dirigente nacional de la JOC, 18-jul-76, DD, MIR
- José Boeslindo García Berrios, 66 años, Antofagasta, Trabajador marítimo y dirigente sindical, 12-sep-73, EP, PC
- Luis Alberto Gómez Cerda, 33 años, Tocopilla, Supervisor y dirigente sindical del Mineral de Chuquicamata, 13-sep-73, DD, PS
- José Fernando Gutierrez Ascencio, 25 años, Mulchen, dirigente Sindicato de Trabajadores de CONAF, 06-oct-73, DD, sin militancia
- José Abraham Hernández Hernández, 51 años, Quilleco, obrero, dirigente agrícola en el fundo Cañicura, 01-oct-73, DD, sin militancia
- Luis Ricardo Herrera Gonzalez, 34 años, Santiago, Obrero y dirigente sindical de Chilean Autos S.A. , 27-sep-73, EP, PC
- Manuel Hidalgo Rivas, 22 años, Calama, dirigente sindical en la Empresa de Explosivos (Enaex), 19-oct-73, EP, PC
- Rolando Jorge Hoyos Salazar, 38 años, Calama, dirigente sindical en la Empresa de Explosivos (Enaex), 19-oct-73, EP, PS
- Víctor Jerez Meza, 31 años, El Toro comuna de Antuco, Presidente del Sindicato de Obreros de la Central, 22-sep-73, DD, PS
- Armando Jiménez Machuca, 38 años,San Antonio, Director del Sindicato de Estibadores, 22-sep-73, EP, PS
- José Silverio Jofre Jofre, 44 años, La Cantera comuna de Quilleco, obrero agrícola y dirigente sindical Quillayloma, 04-oct-73, EP, PC
- Mario Jesús Juica Vega, 34 años, Santiago, presidente de los Obreros Municipales de Renca, 09-ago-76, DD, PC
- Nicolás López Suarez,40 años, Santiago, dirigente sindical y miembro del Ejecutivo de la Central Única de Trabajadores (CUT), 30-jul-76, DD, PC
- Rodolfo Marchant Villaseca, 29 años, Santiago, dirigente sindical de la Empresa Nacional de Frigoríficos, 02-ene-75, DD, PS
- Iván Octavio Miranda Sepulveda, 28 años, Santiago, tornero mecanico Dirigente sindical, 11-sep-73, DD, sin militancia
- Adiel Monsalves Martinez, 41 años, San Bernardo, Maestranza San Bernardo de Ferrocarriles, dirigente sindical, 06-oct-73, EP, PC
- Carlos Montecinos Urra, 43 años, Coihueco, dirigente sindical-campesino (11 hijos), 27-sep-73, DD, PC
- José Morales Alvarez, 31 años, San Bernardo, Vice Presidente del Consejo Obrero Ferroviario, 06-oct-73, EP, PC
- Víctor Hugo Morales Mazuela, 45 años, Santiago, obrero de la construcción. Fue dirigente sindical, 09-ago-73, DD,PC
- Danilo Moreno Acevedo, 28 años, Antofagasta, Chofer de la Corfo, dirigente sindical, 15-oct-73, EP, PS
- Miguel Ángel Moyano Santander, 24 años, Santiago, dirigente sindical del Sindicato General Electric, 04-feb-74, EP, Mapu
- Raúl Antonio Muñoz Muñoz,50 años, Santiago, dirigente sindical en la Ferretería Montero, 29-sep-73, DD, sin militancia
- Julio Orlando Muñoz Otarola, 33 años, Santiago, dirigente sindical Minera El Teniente. 09-sep-87, DD, FPMR
- Vitalio Mutarello Soza, 28 años, Pedro de Valdivia, Dirigente sindical de la Sociedad Química y Minera de Chile, Soquimich, 12-sep-73, DD, PS
- Juan Guillermo Navarrete Solar, 37 años, Santiago, dirigente sindical Fábrica de ropa "El As", 21-ene-74, EP, DC
- Máximo Neira Salas, 34 años, Talcahuano, Sigdo Koppers, dirigente sindical , 11-oct-73, EP, MIR
- Samuel Nuñez González, 49 años, San Antonio, dirigente de los Estibadores de San Antonio, 22-sep-73, EP, PS
- Mario Samuel Olivares Pérez, 27 años, El Toro comuna de Antuco, dirigente del Sindicato de Trabajadores de la Central El Toro, 17-sep-73, DD, PS
- José Orellana Gatica, 23 años, Mulchen, obrero agrícola en el fundo Verdun de Mulchén y era dirigente sindical-campesino, 23-sep-73, DD, sin militancia
- Francisco Ortiz valladares, 45 años, Santiago, dirigente sindical de obreros de la Petroquímica, 30-oct-75, DD, PC
- Mario Parra Guzmán, 29 años, Santiago, Obrero y dirigente sindical de Chilean Autos S.A , 27-sep-73, EP, sin militancia
- Calixto Peralta Gajardo, 30 años, Valdivia, trabajador de Inacap, dirigente sindical de la Central Única de Trabajadores (CUT) en Valdivia, 29-ene-74, EP, PC.
- Adelino Pérez Navarrete, 36 años, Mulchen, dirigente sindical campesino, 15-sep-73, DD, PC
- Gilberto Pino Baeza, 32 años, Chillán, dirigente campesino en el asentamiento Santa Rita de Cato, 22-oct-73, DD, sin militancia
- Jorge Bernardino Pinto Esquivel, 53 años, Santiago, dirigente Fábrica Textil Paños El Salto, 23-sep-73, EP, PS
- Exequiel Ponce Vicencio, 40 años, Santiago, obrero portuario y dirigente sindical de su organización, 25-jun-73, DD, PS
- Wilfredo Quiroz Pereira, 32 años, El Abanico comuna de Antuco, dirigente de Empresa Nacional de Electricidad (Endesa). 21-sep-73, DD, PC
- Robinson Ramírez del Prado, 36 años, Chillán, dirigente sindical curtiembre El Cóndor y CUT provincial, 25-sep-73, DD, PS
- Aníbal Riquelme Pino, 28 años, Santiago, trabajador de Empresa de Instalaciones Sanitarias, dirigente sindical de Obreros de la Construcción, 09-sep-76, DD, PC
- Octavio Riquelme Venegas, 30 años, Chillán, dirigente Federación Campesina Isabel Riquelme, profesor del Fondo de Educación y Extensión Sindical, 30-oct-73, DD, PS
- Juan Riveras Matus, 52 años, Santiago, dirigentes sindical de Chilectra. 06-nov-75, DD, PC
- José Santos Rocha Alvarez, 43 años, Santiago, dirigente de AMPICH (Asociación Nacional de la Mediana y Pequeña Industria y Artesanado de Chile), 31-oct-73, DD, PC
- Alejandro Rodriguez Rodriguez 47 años, Calama, Mineral de Chuquicamata, ex presidente de la Confederación de Trabajadores del Cobre, 19-oct-73, EP, PS
- Héctor Rojo Alfaro, 43 años, San Antonio, dirigente nacional Sindicato de Estibadores, Secretario COMACH y Federación Internacional del Transporte, 22-sep-73, EP, PC
- José Liborio Rubilar Gutiérrez, 28 años, Mulchen, Dirigente del Sindicato del Fundo «El Carmen Maitenes», 06-oct-73, DD, sin militancia
- José Alfonso Saavedra Betancourt, 37 años, Constitución, enfierrador, dirigente sindical CELCO, 14-sep-73, DD, MIR
- Zenón Sáez Fuentes, 42 años, Coronel, Chofer ambulancia, mecánico, dirigente Fenats, 03-oct-73, DD, PS
- René Norberto Salgado Salgado, 27 años, Osorno, dirigente del fundo Santa Margarita. Secretario de la Unión Campesina de Maile, 17-sep-73, DD, PS
- José Santander Miranda, 29 años, Santiago, operador en máquinas IBM. dirigente sindical de la Tesorería General de la República, 6 agosto 73, DD, PC
- Luis Sepulveda Nuñez, 27 años, El Toro comuna de Antuco, dirigente de la Empresa Nacional de Electricidad (Endesa). 17-sep-73, DD, PC
- Raúl Urra Parada, 23 años, Laja, obrero y dirigente en la Compañía Manufacturera de Papeles y Cartones (CMPC) de Laja, 18-sep-73, EP, PC
- Carlos Vargas Arancibia, 36 años, Limache, electricista dirigente sindical de Compañía Cervecerías Unidas de Limache, 29-may-75, DD, JRR
- Jorge Manuel Vásquez Matamala, 52 años, La Serena, dirigente sindical, 16-sep-73, EP, MAPU
- Julio Roberto Vega Vega, 61 años, Santiago, dirigente sindical, presidente del Sindicato de Obreros Municipales, 16-ago-76, DD, PC
- Fernando Isidro Vera Ortega, 18 años, Santiago, vendedor en una verdulería y dirigente sindical, 23-sep-73, EP, sin militancia
- Ofelia Rebeca Villarroel Latín, 29 años, Santiago, Secretaria de Industria Sumar, dirigente sindical, 23-sep-73, EP, PC
- Juan Aurelio Villarroel Zarate, 55 años, Santiago, dirigente sindical de la Imprenta Horizonte, 13-ago-76, DD, PC
- Carlos Vizcarra Cofre, 31 años, Santiago, obrero desabollador en la FIAT, dirigente juvenil de la Central Unica de Trabajadores (CUT), 11-ago-76, DD, PC
- José Zapata Andrade, 24 años, La Cantera comuna de Quilleco, delegado sindical en la Sección Agrícola Quillay-Loma de la hacienda La Cantera, 04-oct-73, EP, PC
- Carlos Hugo Zelaya Suazo, 41 años, Santiago, dirigente sindical Bodega de Viña Carafí, 07-feb-74, sin militancia
- Tucapel Francisco Jiménez Alfaro, 60 años, dirigente nacional de la ANEF, 25-feb-82 , EP, PR
por Joaquín Pérez
Corte de Santiago condena a 10 exmiembros del Ejército por asesinatos cometidos en La Serena por “Caravana de la Muerte”
Fuente :resumen.cl, 4 de Noviembre 2022
Categoría : Prensa
La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a ocho exoficiales y dos exsuboficiales del Ejército por su responsabilidad en los delitos de homicidio calificado de 15 personas víctimas del paso de la llamada "Caravana de la Muerte" por la ciudad de La Serena en 1973. El graneado grupo de criminales está compuesto por un ex general y comandante en jefe de esa institución, dos ex brigadieres, cinco ex tenientes coroneles, además de los dos suboficiales.
por Darío Núñez
En el episodio, la comitiva uniformada perpetró el 16 de octubre de ese año, los asesinatos de Oscar Gastón Aedo Herrera, Marcos Enrique Barrantes Alcayaga, Mario Alberto Ramírez Sepúlveda, Hipólito Pedro Cortés Álvarez, Jorge Abel Contreras Godoy, Roberto Guzmán Santa Cruz, Jorge Mario Jordán Domic, Gabriel Gonzalo Vergara Muñoz, Carlos Enrique Alcayaga Varela, Jorge Ovidio Osorio Zamora, José Eduardo Araya González, Oscar Armando Cortés Cortés, Manuel Jachadur Marcarian Jamett, Víctor Fernando Escobar Astudillo y Jorge Washington Peña Hen.
En fallo unánime (causa rol 4.599-2019), la Sexta Sala del tribunal de alzada -integrada por el ministro Antonio Ulloa y las ministras Gloria Solís y Verónica Sabaj- el pasado viernes 28 de octubre modificó la sentencia de primera instancia, dictada por el ministro Mario Carroza en noviembre de 2018, respecto a la participación que les cupo en los hechos, a los condenados exoficiales de Ejército Pedro Octavio Espinoza Bravo y Juan Viterbo Chiminellli Fullerton, quienes deberán cumplir 10 años y un día de presidio como coautores de los delitos, en lugar de los 5 años en calidad de cómplices como los había calificado el ministro Carroza. Otro ex oficial y principal inculpado, Ariosto Alberto Lapostol Orrego, quien había sido condenado a 15 años de presidio, falleció en el curso del proceso por lo que resulta sobreseído.
Además, el tribunal confirmó el fallo penal en la parte que condenó a los ex oficiales Jaime Manuel Ojeda Torrent y Emilio Robert de la Mahotiere González y al ex suboficial Víctor Hugo Alegre Rodríguez a la pena de 5 años y un día de presidio, como cómplices de los delitos; y a los ex oficiales Hernán Emilio Valdebenito Bugmann, Guillermo Oscar Raby Arancibia, Juan Emilio del Sagrado Corazón de Jesús Cheyre Espinoza, Mario Hernando Vargas Miguieles y al ex suboficial Luis Segundo Araos Flores a 3 años y un día, con el beneficio de la libertad vigilada, como encubridores.
El helicóptero de la muerte
En la investigación judicial quedó establecido que el día 16 de octubre de 1973, arribó a la ciudad de La Serena la comitiva encabezada por el exgeneral Sergio Arellano Stark (fallecido) en un helicóptero 'Puma' del Ejército, con un grupo de militares entre los que se encontraban los oficiales Sergio Carlos Arredondo González, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Emilio Robert de la Mahotiere González, Luis Felipe Polanco Gallardo, Juan Viterbo Chiminelli Fullerton, Marcelo Luis Manuel Moren Brito (fallecido) y Hugo Héctor Leiva González.
Luego de bajar de la aeronave, el mencionado Arellano Stark sostiene una reunión con el entonces Comandante del Regimiento de Artillería N°2, "Arica" de La Serena, Ariosto Lapostol Orrego, y le informa de su misión encomendada por el tirano Pinochet consistente en la ejecución de seleccionadas personas de izquierda que permanecían detenidas por los uniformados golpistas en diversos lugares y distintas ciudades del país.
A continuación, Arellano Stark selecciona a los detenidos que debían ser ajusticiados. Por orden suya, retiran desde la Cárcel Pública de La Serena a 14 de las víctimas escogidas a quienes trasladan al Regimiento y quedan a disposición de la mencionada autoridad militar. Paralelamente, es sacado desde los calabozos del mismo Regimiento otro detenido y lo unen a los demás prisioneros, conduciéndolos hasta el polígono de tiro de ese recinto militar. Una vez en el polígono, los detenidos son ajusticiados, mediante disparos efectuados por personal del Ejército.
Luego de cometidos los asesinatos, los efectivos del Regimiento procedieron a inscribir las defunciones de las víctimas sin habérseles practicado las autopsias respectivas, ni menos el reconocimiento por parte de sus familiares. Acto seguido, personal militar procede al traslado de los cuerpos de los ejecutados hasta el cementerio local y les sepulta en una fosa común, de manera oculta, para lo cual las autoridades del Regimiento habían efectuado previamente las coordinaciones pertinentes con la administración del Cementerio Municipal.
Una vez concluida la etapa de desaparición de los cuerpos de las víctimas, las autoridades del Regimiento, particularmente la Jefatura de Zona ejercida por Lapostol Orrego, publica en los medios de comunicación un Bando Militar informando a la ciudadanía la ejecución de quince extremistas en cumplimiento de lo resuelto por Tribunales Militares en Tiempos de Guerra, cuestión que nunca aconteció pues el ajusticiamiento ocurre sin juicio previo, fundado en la sola circunstancia de su ideología.
El año 1998, el Servicio Médico Legal, habría encontrado osamentas humanas en el Cementerio Municipal de la Serena, por lo que efectuó peritajes y diligencias de reconocimiento, logrando identificar a las 15 víctimas fusiladas el 16 de octubre de 1973, verificando que todas ellas presentaban múltiples impactos de proyectil en diferentes partes de sus cuerpos
Caravana de la muerte: Familiares de ejecutados políticos piden procesar a Cheyre
Fuente :El Mercurio 28 Junio 2012
Categoría : Prensa
Familiares de presos políticos ejecutados durante el paso por La Serena de la denominada "Caravana de la Muerte", solicitaron este viernes que se procese al ex comandante en Jefe del Ejército, Juan Emilio Cheyre, por su presunta responsabilidad en los hechos.
El requerimiento fue presentado por el abogado Cristián Cruz debido a que -según estableció- Cheyre era teniente del Regimiento Arica, en la Cuarta Región, cuando ocurrieron dichos actos.
Cruz representa a los cercanos de 15 víctimas fallecidas el 16 octubre de 1973.
Se trata de Óscar Gastón Aedo Herrera, Carlos Enrique Alcayaga Varela, José Eduardo Araya González, Marcos Enrique Barrantes Alcayaga, Jorge Abel Contreras Godoy, Hipólito Pedro Cortes Alvarez, Óscar Armando Cortes Cortés, Víctor Fernando Escobar Astudillo, Jorge Mario Jordán Domic, Manuel Jachadur Marcarian Jamett, Jorge Ovidio Osorio Zamora, Jorge Washington Peña Hen, Mario Alberto Ramírez Sepulveda, Roberto Guzmán Santa Cruz y Gabriel Gonzalo Vergara Muñoz.
La Caravana de la Muerte fue una comitiva militar encabezada por el general Sergio Arellano que en 1973 ejecutó a 75 opositores en un recorrido por el norte y sur de Chile.
Caravana de la Muerte: Corte Suprema eleva penas a nueve militares (r) por 15 homicidios calificados en La Serena
Fuente :pjud.cl 28/12/2023
Categoría : Prensa
Segunda Sala del máximo tribunal elevó las penas que deberán cumplir nueve militares en retiro por su responsabilidad en los delitos de homicidio calificado de Óscar Aedo Herrera, Marcos Barrantes Alcayaga, Mario Ramírez Sepúlveda, Hipólito Cortés Álvarez, Jorge Contreras Godoy, Roberto Santa Cruz, Jorge Jordán Domic, Gabriel Vergara Muñoz, Carlos Alcayaga Varela, Jorge Osorio Zamora, José Araya González, Óscar Cortés Cortés, Manuel Marcarian Jamett, Víctor Escobar Astudillo y Jorge Peña Hen.
La Corte Suprema elevó las penas que deberán cumplir nueve militares en retiro por su responsabilidad en los delitos de homicidio calificado de Óscar Gastón Aedo Herrera, Marcos Enrique Barrantes Alcayaga, Mario Alberto Ramírez Sepúlveda, Hipólito Pedro Cortés Álvarez, Jorge Abel Contreras Godoy, Roberto Guzmán Santa Cruz, Jorge Mario Jordán Domic, Gabriel Gonzalo Vergara Muñoz, Carlos Enrique Alcayaga Varela, Jorge Ovidio Osorio Zamora, José Eduardo Araya González, Óscar Armando Cortés Cortés, Manuel Jachadur Marcarian Jamett, Víctor Fernando Escobar Astudillo y Jorge Washington Peña Hen. Ilícitos perpetrados el 16 de octubre de 1973 e indagados en el proceso caratulado como “Caso Caravana de la Muerte. Episodio La Serena”.
En la sentencia (causa rol 5.780-2023), la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos y la ministra María Teresa Letelier– condenó a Pedro Espinoza Bravo y Juan Chiminelli Fullerton a 15 años y un día de presidio, en calidad autores de los 15 homicidios calificados.
En tanto, Víctor Hugo Alegría Rodríguez, Jaime Ojeda Torrent y Emilio de la Mahotiere González deberán purgar 10 años y un día de presidio, como cómplices de los 15 delitos; y Juan Emilio Cheyre Espinoza, 5 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada, también como cómplice.
Finalmente, Hernán Valdebenito Buggman, Guillermo Raby Arancibia y Luis Araos Flores fueron condenados a 5 años y un día de presidio como encubridores.
En la sentencia, el máximo tribunal consideró que se incurrió en error al calificar la participación atribuida al condenado Cheyre Espinoza como encubridor de los homicidios, estableciéndola en la complicidad.
“Que, continuando con lo anterior, sin duda la reunión entre la Comitiva y una parte del personal del Regimiento de Artillería N° 2 Arica de La Serena corresponde a un momento previo a los delitos cometidos y en ella se revisaron los antecedentes estadísticos de quienes se buscaba acelerar los procesos que afectaban a detenidos políticos y en su caso, de inmediato proceder a ejecutarles”, plantea el fallo.
La resolución agrega que: “Tal tarea era propia de quienes conformaban el círculo más selecto de la Unidad Militar que era visitada por la Comitiva, de allí que sus principales partícipes eran, entre otros, Sergio Arellano Stark, Marcelo Moren Brito, Ariosto Lapostol Orrego, Manuel Cazanga Pereira y, además, quien era el ayudante del primer mando del Regimiento, el sentenciado Juan Emilio Cheyre Espinoza. En este sentido, esta reunión forma parte de un acto de selección, en donde todos (salvo los fallecidos), vienen respondiendo criminalmente pues, consecuencialmente, la misma ha de entenderse como un suceso previo y propio de una cooperación criminal en aras de la concreción de la fatídica misión de la Comitiva encabezada por Arellano Stark, aspecto que forma parte del cúmulo de antecedentes probatorios que sirvieron de base en la construcción de los hechos y por ello resulta errada la falta de valoración de este evento que, sin dudas, tiene una relevancia penal pues la misma supuso el momento en que se determinó, nada más ni nada menos que la identidad de las víctimas que luego serían ejecutadas, ello, por supuesto acorde con la afinidad política que profesaban o bien, según la peligrosidad que sus victimarios les atribuían”.
“Esta clasificación –prosigue– supone una compleja realización de hechos en los que participaron todos aquellos que estuvieron presentes en ella y que, de una u otra forma, cooperaron a la realización de los homicidios. En sí, no se puede pretender que la misma hubiese nacido y desarrollado sin directrices claras y conocidas por sus actores, a lo menos, momentos antes de su realización ya que ella buscaba concretar la determinación de quienes, supuestamente, eran contrarios a los ideales del régimen imperante en esa época en nuestro país. Es más, conforme a las premisas militares, según el grado que detentaban en la organización, sus asistentes decidieron la suerte de las víctimas y es por ello que, en su momento, respecto de al menos uno de los dos asistentes de mayor jerarquía castrense, se le castigó como autor mediato de los delitos, de tal manera que conforma un error de derecho la falta de valoración recaída en la participación en esta asamblea en la que el sentenciado Cheyre Espinoza realizó actividades de auxilio para que se concretasen los designios de los autores y aun cuando pretenda abstraerse del alcance de ese comité, señalando que solo entraba y salía, lo cierto es que estuvo en posición de conocer lo que allí sucedía y cooperar de cierta forma, por algo fue convocado y si bien su actuación –quizás por su falta de mando– no alcanza a la de un autor, no es menos cierto que colaboró a su desarrollo, radicando allí el elemento subjetivo que se le reprocha ya que coopera a la acción delictiva que la misma Comitiva hizo saber”.
“En otras palabras, el inculpado presta colaboración en una misión de la que tomó conocimiento previo acerca de sus objetivos, siendo inverosímil considerar que, aun cuando fue extensa como él mismo la describe, por el solo hecho de tomar por cierto que entraba y salía de ella, tal circunstancia no puede ser suficiente para eximirlo de la responsabilidad criminal respecto de la cual ha de responder, conformando un error de derecho la falta de atribución criminal a ello y que, en realidad, corresponde al grado de participación de cómplice de los crímenes asentados y, de paso, ello configura la causal de invalidación propuesta, la que se justifica en el yerro descrito y que tiene influencia en lo dispositivo del fallo, sobre todo si ello determina una escala de penalidad mayor o menor dependiendo del grado de participación y, en este caso, al asentarse en un estado superior, el reproche resulta mayor y, por lo mismo, produce la invalidación de la sentencia impugnada en los términos que se expondrá”, añade.
Asimismo, el máximo tribunal estableció que se incurrió en error al acoger la minorante de actuar bajo órdenes para el resto de los condenados, por lo que desestimó dicha morigerante.
“Que, en aras de un acertado análisis de lo dicho por el recurrente fiscal, útil resulta recordar que los sentenciadores de instancia justificaron la procedencia de esta atenuante en que los sucesos se ejecutaron como una necesaria respuesta a las órdenes impartidas por oficiales superiores, lo que se enmarca en el deber jurídico de obediencia absoluta que existiría en el Ejército”, releva el fallo.
“Esta minorante –continúa– benefició a todos los enjuiciados, salvo a Lapostol Orrego, a quien se consideró como el autor mediato de los hechos e, implícitamente, como parte de dicha oficialidad. En efecto, es acertado razonar que los encargados de impartir las instrucciones no pueden ampararse en esta regla de atenuación de responsabilidad ya que la misma va dirigida a quienes deben cumplir los mandamientos emitidos precisamente por ellos. Por lo mismo, conforma un desacierto de los sentenciadores de segunda instancia su decisión de mantener la modificatoria respecto de los autores, Pedro Octavio Espinoza Bravo y Juan Viterbo Chiminelli Fullerton, a quienes, precisamente, les modificó la clase de participación al grado de autoría de la 3ª hipótesis del artículo 15 del Código Penal. Ellos, por formar parte de quienes emiten las órdenes, no pueden asilarse en dicha minorante de responsabilidad criminal y deberá ser acogida la causal de nulidad propuesta”.
“Ahora, para el caso de los restantes sentenciados beneficiados por esta morigerante, cabe indicar que ella tampoco resultaría concurrente pues, es de su esencia, la existencia del sustrato básico, cual es el ejercicio de un derecho lícito y, en este caso, por un lado, no se han acreditado los presupuestos fácticos exigidos para su concurrencia pero, además, la expresión deber, en el plano jurídico, supone criterios que solo apuntan a la existencia de una orden superior lícita, la que nunca fue emitida sino ella buscaba la ejecución de un crimen no solo tradicional sino de lesa humanidad, siendo por ello aún más inaceptable su procedencia y deberá ser descartada respecto de todos los sentenciados”, concluye.
Ejecuciones
En la sentencia de primer grado, el ministro en visita Mario Carroza dio por establecidos los siguientes hechos:
“1.- Que a raíz de los hechos acaecidos en el país a contar del 11 de septiembre de 1973, el comandante en jefe del Ejército de la época Augusto Pinochet Ugarte, encomendó a su subalterno el general de brigada Sergio Arellano Stark (fallecido), recorrer diversas ciudades del país, para acelerar los procesos que afectaban a detenidos políticos y en su caso, de inmediato proceder a ejecutarles.
2.- Que en una de las etapas de esta sucesión de acciones ilícitas, en horas de la mañana, del día 16 de octubre de 1973, el general Arellano arriba a la ciudad de La Serena en un helicóptero ‘Puma’ del Ejército de Chile, con un grupo de militares entre los que se encontraban los oficiales Sergio Arredondo González (fallecido), Pedro Espinoza Bravo, Emilio de la Mahotiere González, Luis Polanco Gallardo, Juan Chiminelli Fullerton, Marcelo Moren Brito (fallecido) y Hugo Héctor Leiva González, y una vez en tierra sostiene una reunión con el primer comandante del Regimiento de Artillería N° 2 Arica de La Serena, Ariosto Lapostol Orrego, le informa de su misión, para lo cual requiere del fiscal militar Manuel Adolfo Cazanga Pereira (fallecido) los procesos militares donde figuraban prisioneros políticos, y a continuación seleccionan a los detenidos que debían ser ajusticiados. A fin de dar cumplimiento a esa decisión, un contingente del Ejército en vehículos fiscales a cargo del suboficial Héctor Vallejos Birtiola (fallecido) y el
sargento Luis Segundo Esteban Araos Flores, se trasladan hasta la Cárcel Pública de La Serena y retiran de la prisión a las víctimas Marcos Enrique Barrantes Alcayaga, Mario Alberto Ramírez Sepúlveda, Hipólito Pedro Cortés Álvarez, Jorge Abel Contreras Godoy, Roberto Guzmán Santa Cruz, Jorge Mario Jordán Domic, Gabriel Gonzalo Vergara Muñoz, Carlos Enrique Alcayaga Varela, Jorge Ovidio Osorio Zamora, José Eduardo Araya González, Óscar Armando Cortés Cortés, Manuel Jachadur Marcarian Jamett, Víctor Fernando Escobar Astudillo, Óscar Gastón Aedo Herrera y Jorge Washintong Peña Hen, y les transportan sin decreto ni autorización alguna al regimiento. Paralelamente a esa circunstancia, es sacado desde los calabozos del mismo regimiento, el detenido Óscar Gastón Aedo Herrera, a quien conducen y lo unen a los demás prisioneros, hasta el polígono de tiro de ese recinto militar.
3.- Que el referido polígono de tiro del Regimiento Arica de La Serena, se encontraba custodiado por dos anillos de seguridad, el primero ubicado en el patio de la unidad militar y estaba a cargo del entonces subteniente Mario Emilio Larenas Carmona y el segundo anillo de seguridad, muy cerca del primero, a cargo del sargento primero Héctor Omar Vallejos (fallecido), secundado por el entonces cabo primero Luis Humberto Fernández Monjes, junto a un grupo de soldados reservistas. Una vez en el polígono, los detenidos fueron ajusticiados sin juicio previo, mediante disparos efectuados por personal del Ejército, algunos de ellos rematados con un tiro de gracia.
4.- Que a continuación y de la manera como ya estaba previsto por el alto mando del Regimiento, efectivos de la unidad militar procedieron a inscribir las defunciones de las víctimas sin habérseles practicado las autopsias respectivas, ni menos el reconocimiento por parte de sus familiares, luego proceden a efectuar el traslado de sus cuerpos hasta el cementerio local e inhumarlos ilegalmente en una fosa común, que tal como se ha señalado, autoridades del Regimiento habían previamente coordinado con la administración del Cementerio Municipal.
5.- Que una vez concluida la etapa de desaparición de los cuerpos de las víctimas, las mismas autoridades del Regimiento, particularmente la Jefatura de Zona, para justificar lo ocurrido, resuelven publicar en los medios de comunicación un Bando Militar informando a la ciudadanía la ejecución de quince extremistas en cumplimiento de lo resuelto por Tribunales Militares en Tiempos de Guerra, argumento falaz que tanto el comandante del Regimiento y su ayudante que lo lleva a los medios de comunicación, tenían la certeza que no había acontecido, y que el ajusticiamiento había ocurrido sin juicio previo, fundada en la sola circunstancia de su ideología.
6.- Que en el año 1998, el Servicio Médico Legal, encuentra osamentas humanas en el Cementerio Municipal de La Serena, por lo que efectúa peritajes y diligencias de reconocimiento, logrando identificar a las 15 víctimas fusiladas el día 16 de octubre de 1973, verificando que todas ellas presentaban múltiples impactos de proyectil en diferentes partes de sus cuerpos”.
En el ámbito civil, se condenó al fisco a pagar una indemnización total de $3.200.000.000 (tres mil doscientos millones de pesos) por concepto de daño moral a 32 familiares de las víctimas.
Ministro Carroza condena a Juan Emilio Cheyre y otros 10 uniformados por crímenes cometidos durante Caravana de la Muerte
Fuente :elclarin.cl 9/11/2018
Categoría : Prensa
El ministro en visita para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Mario Carroza, dictó este viernes 9 de noviembre condena en contra de 11 militares en retiro, como autores, cómplices y encubridores de 15 delitos de homicidio. Ilícitos perpetrados en el marco de la denominada Caravana de la Muerte, en su paso por La Serena, en octubre 1973.
En el fallo (causa rol 2 182-1998, Episodio Caravana de la Muerte La Serena), el ministro de fuero condenó a Ariosto Alberto Francisco Lapostol Orrego a la pena de 15 años y un día de presidio, como autor de los delitos reiterados de homicidio calificado de: Óscar Gastón Aedo Herrera, Marcos Enrique Barrantes Alcayaga, Mario Alberto Ramírez Sepúlveda, Hipólito Pedro Cortés Álvarez, Jorge Abel Contreras Godoy, Roberto Guzmán Santa Cruz, Jorge Mario Jordán Domic, Gabriel Gonzalo Vergara Muñoz, Carlos Enrique Alcayaga Varela, Jorge Ovidio Osorio Zamora, José Eduardo Araya González, Óscar Armando Cortés Cortés, Manuel Jachadur Marcarian Jamett, Víctor Fernando Escobar Astudillo y Jorge Washington Peña Hen, perpetrados el 16 de octubre de 1973.
En tanto, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Juan Viterbo Chiminelli Fullerton, Víctor Hugo Alegre Rodríguez, Jaime Manuel Ojeda Torrent y Emilio Robert de la Mahotiere González deberán cumplir cinco años y un día de presidio como cómplices de los delitos; y los exmilitares Hernán Emilio Valdebenito Bugmann, Guillermo Óscar Raby Arancibia, Juan Emilio del Sagrado Corazón de Jesús Cheyre Espinoza, Mario Hernando Vargas Miguieles y Luis Segundo Araos Flores, a 3 años y un día de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada, como encubridores.
En la causa, el ministro Carroza decretó la absolución de Luis Felipe Polanco Gallardo, Hugo Héctor Leiva González, Mario Emilio Larenas Carmona y Luis Humberto Fernández Monjes, por no acreditarse su participación en los hechos.
En la etapa de investigación de la causa, el ministro Carroza logró establecer los siguientes hechos:
1.- Que a raíz de los hechos acaecidos en el país a contar del 11 de septiembre de 1973, el Comandante en Jefe del Ejército de la época Augusto Pinochet Ugarte, habría encomendado a su subalterno el General de Brigada Sergio Arellano Stark (actualmente fallecido), recorrer el país, para que acelerara los procesos que afectaban a detenidos políticos y en su caso, proceder a ejecutarles;
2.- Que en una de las etapas de esta acción ilícita, en horas de la mañana, del día 16 de octubre de 1973, el General Arellano arriba a la ciudad de La Serena en un helicóptero "Puma" del Ejército de Chile, con un grupo de militares entre los que se encontraban los oficiales Sergio Arredondo González, Pedro Espinoza Bravo, Emilio de la Mahotiere González, Luis Polanco Gallardo, Juan Chiminelli Fullerton, Marcelo Moren Brito (fallecido) y Hugo Héctor Leiva González, y luego de bajar sostiene reunión con el Primer Comandante del Regimiento de Artillería N°2 Arica de La Serena, Ariosto Lapostol Orrego, y le informa de su misión, para la cual requiere del Fiscal Militar Manuel Adolfo Cazanga Pereira (fallecido) los procesos militares donde figuraban prisioneros políticos y a continuación selecciona a los detenidos que debían ser ajusticiados. A fin de dar cumplimiento a esa decisión, un contingente del Ejército en vehículos fiscales a cargo del Sub-Oficial Hector Vallejos Birtiola (Fallecido) y el Sargento Luis Segundo Esteban Araos Flores, se trasladan hasta la Cárcel Pública de La Serena y retiran de la prisión a las víctimas Oscar Gastón Aedo Herrera, Marcos Enrique Barrantes Alcayaga, Mario Alberto Ramirez Sepúlveda, Hipólito Pedro Cortés Alvarez, Jorge Abel Contreras Godoy, Roberto Guzmán Santa Cruz, Jorge Mario Jordán Domic, Gabriel Gonzalo Vergara Muñoz, Carlos Enrique Alcayaga Varela, Jorge Ovidio Osorio Zamora, José Eduardo Araya González, Oscar Armando Cortés Cortés, Manuel Jachadur Marcarian Jamett, Víctor Fernando Escobar Astudillo y Jorge Washington Peña Han, a quienes trasladan sin decreto ni autorización alguna al Regimiento y a disposición de la autoridad militar de la ciudad de La Serena. Paralelamente a esta circunstancia, es sacado desde los calabozos del mismo Regimiento el detenido Oscar Gastón Aedo Herrera, a quien conducen y lo unen a los demás prisioneros, hasta el polígono de tiro de ese recinto militar;
3. Que el referido polígono de tiro del Regimiento La Serena se encontraba custodiado por dos anillos de seguridad, el primero se encontraba ubicado en el patio de la unidad militar y estaba a cargo del entonces subteniente Mario Emilio Larenas Carmona y el segundo anillo de seguridad , muy cerca del primero, a cargo del Sargento Primero Héctor Omar Vallejos (fallecido), secundado por el entonces Cabo Primero Luis Humberto Fernández Monjes, junto a un grupo de soldados reservistas. Una vez en el polígono, los detenidos son ajusticiados sin juicio previo, mediante disparos efectuados por personal del Ejército;
4.- Que a continuación y de la manera cómo ya estaba previsto, los efectivos del Regimiento procedieron a inscribir las defunciones de las víctimas sin habérseles practicado las autopsias respectivas, ni menos el reconocimiento por parte de sus familiares, acto seguido personal militar procede al traslado de sus cuerpos hasta el Cementerio local y les sepulta en una fosa común, de manera oculta, para lo cual las autoridades del Regimiento habían previamente efectuado las coordinaciones pertinentes con la administración del Cementerio Municipal.
5.- Que una vez concluida la etapa de desaparición de los cuerpos de las víctimas, las autoridades del Regimiento, particularmente la Jefatura de Zona, resuelve publicar en los medios de comunicación un Bando Militar informando a la ciudadanía la ejecución de quince extremistas en cumplimiento de lo resuelto por Tribunales Militares en Tiempos de Guerra, lo que tanto el Comandante del Regimiento, como su Ayudante que lo lleva a los medios de comunicación y los oficiales de dicha unidad militar, tenían la certeza que no había acontecido y que el ajusticiamiento ocurre sin juicio previo, fundada en la sola circunstancia de su ideología;
6.- Que en el año 1998, el Servicio Médico Legal, habría encontrado osamentas humanas en el Cementerio Municipal de la Serena, por lo que efectuó peritajes y diligencias de reconocimiento, logrando identificar a las 15 víctimas fusiladas el 16 de octubre de 1973, verificando que todas ellas presentaban múltiples impactos de proyectil en diferentes partes de sus cuerpos.
En el aspecto civil, el fallo acogió demandas deducidas, ordenando al Estado de Chile pagar indemnizaciones a familiares de las víctimas por montos de $80.000.000, $70.000.000 y $40.000.000 (ochenta, sesenta y cuarenta millones de pesos).
Otros episodios
La sentencia del ministro Mario Carroza es la última de la serie de fallos dictados por los diversos episodios investigados en los que se dividió la causa conocida como Caravana de la Muerte, la que suma un total de 96 víctimas de secuestros y homicidios, procesos que desde 1998, fueron investigados y sentenciados por ministros en visita.
En los episodios "San Javier" (4 víctimas) y "Arica" (3 víctimas) existen sentencias de la Corte Suprema, del 15 de octubre de 2008 y 3 de diciembre de 2008, respectivamente. Ambos procesos fueron fallados en primera instancia por el ministro Víctor Montiglio.
En el episodio "Antofagasta" (14 víctimas) hay fallo de la Corte Suprema del 15 de diciembre de 2015; la sentencia de primera instancia fue dictada por el ministro Leopoldo Llanos. En el episodios "Copiapó" (16 víctimas) y "Curicó" (2 víctimas) hay fallos de la Corte Suprema del 10 de abril de 2017 y del 7 de julio de 2017, respectivamente. Ambas causas fueron falladas en primera instancia por la ministra Patricia González.
En las aristas "Cauquenes" (4 víctimas) y "Valdivia" (12 víctimas) sólo existen fallos de primera instancia de la ministra Patricia González, dictados el 11 de noviembre de 2016 y 22 de noviembre de 2017, respectivamente.
En el episodio "Calama" (26 víctimas) hay sentencia de primera instancia del ministro en visita Hernán Crisosto, dictada el 23 de abril de 2018. Además, en este último episodio existe sentencia de primera instancia por la exhumación ilegal de restos, dictada por el ministro Leopoldo Llanos el 19 de mayo de 2015.
Caravana de la Muerte: jueza rechaza procesar a Cheyre
Fuente :24 horas 3 de Julio
Categoría : Prensa
La ministra en visita Patricia González rechazó procesar al general (r) y actual presidente del Consejo Directivo del Servicio Electoral, Juan Emilio Cheyre, por su presunta participación en la muerte y desaparición de presos políticos durante el paso de la comitiva militar conocida como "Caravana de la Muerte", liderada por el general Sergio Arellano Stark.
El abogado Cristián Cruz, abogado representante de familias de detenidos desaparecidos, había solicitado la encargatoria reo de Cheyre por su presunta responsabilidad en el fusilamiento de 15 presos políticos en el Regimiento Arica de la ciudad de La Serena.
Al momento de ocurrir los hechos, Cheyre era teniente del regimiento donde se produjeron los asesinatos.
Según el libelo presentado ante el tribunal, "el general Ariosto Lapostol Orrego y su ayudante, Juan Emilio Cheyre, intentaron aparentar que debían cumplir lo ordenado por un 'falso Consejo de Guerra', por lo que un grupo de 15 prisioneros políticos, fueron detenidos, apremiados y fusilados, y donde algunos recibieron tiros de gracia en la cabeza, para posteriormente ser inhumados sus cuerpos, al margen de todo procedimiento legal y humanitario, en una fosa común del cementerio local".
En ese consejo fueron ejecutados Óscar Gastón Aedo Herrera (23); Carlos Enrique Alcayaga Varela (38); José Eduardo Araya González (23); Marcos Enrique Barrantes Alcayaga (26); Jorge Abel Contreras Godoy (31); Hipólito Pedro Cortes Alvarez (43); Óscar Armando Cortes Cortes, (48); Víctor Fernando Escobar Astudillo (22); Jorge Mario Jordan Domic (29); Manuel Jachadur Marcarian Jamett (31); Jorge Ovidio Osorio Zamora (35); Jorge Washington Peña Hen (45); Mario Alberto Ramirez Sepulveda (44); Roberto Guzman Santa Cruz (35) y Gabriel Gonzalo Vergara Muñoz (22).
La parte querellante señaló que Cheyre habría redactado o modificado un comunicado para informar que la ejecución correspondía a una decisión de un tribunal, lo que fue informado también por la prensa local.
Ante el rechazo de la justicia al procesamiento, Cristián Cruz podrá recurrir a la Corte de Apelaciones de Santiago.
Testimonio hija de Carlos Alcayaga
Fuente :Familia
Categoría : Testimonio
Testimonio de Oriana Guillermina Alcayaga Zepeda, hija de Carlos Alcayaga Varela
Mi nombre es Oriana Guillermina Alcayaga Zepeda, nací en el Valle de Elqui un 26 de Mayo de 1959 y soy Prisionera Política en Chile desde el 21 de Octubre de 1993.
Somos 7 hermanos. Me casé cuando sólo tenía 15 años; 15 años después me separé; la vida que había llevado no era buena; de esa relación nacieron cuatro hijas, las más pequeñas viven en La Serena, con mi madre Doña Guillermina Zepeda Carvallo, mis niñas se llaman Cristina, Luisa, Patricia y Alejandra. Joaquín es el más pequeño y nació en prisión, hoy tiene 4 años, va al Jardín Infantil y vive en Santiago con Alfonso, su padre, mi compañero.
Mi infancia fue normal, yo diría que feliz; mi padre era conocido por la gente del pueblo como el "Maestro Carlos”, un obrero; mi madre dueña de casa, activa trabajadora y luchadora, ella participaba en organizaciones sociales como Cema Chile, yo era ya adolescente y colaboraba viendo a mis hermanos más chicos cuando mi mamá salía a sus reuniones. Estábamos organizados.
Recuerdo de mi niñez, que mi papá cocinaba los días domingo y después de almuerzo salíamos, íbamos a una plaza o a algún lugar bonito de la zona, hay muchos por acá. Hacíamos paseos, disfrutábamos en familia y lo pasábamos bien; el tiempo que disponía mi padre era poco, ya que además de trabajar como albañil, gásfiter, maestro pintor, mueblista, era dirigente sindical, miembro fundador del Sindicato de la Construcción; trabajaba duro, la familia era extensa y había que proveer.
En la casa siempre se conversaba de lo contingente, nunca se nos ocultó nada, se conversaba de las injusticias sociales hacia el trabajador, al pueblo; se soñaba que ya vendrían tiempos mejores y que al fin tendríamos un trabajo con un salario digno, libertad, y serían respetados los derechos del pueblo, se nos entregó valores como dignidad, se nos enseñó a defender nuestros ideales. Se nos dijo que tendríamos un mundo mejor, más justo…
Mi padre, Carlos Alcayaga Varela tenía 38 años para el 11 de Septiembre de 1973 cuando llegó el Golpe de Estado. Ahí cambió la vida de miles de chilenos y destrozó la de nuestra familia y obviamente, la mía.
CARAVANA DE LA MUERTE
Mi padre es un Ejecutado Político y su nombre es Carlos Alcayaga Varela, fue Secretario General de la Central Única de Trabajadores (CUT) en la IV Región, y militante del Movimiento Acción Popular Unitaria (MAPU).
La mañana del 12 de Septiembre de 1973, aún tremendamente dolidos por lo que le había pasado a nuestro país, a nosotros nos tocó el Terrorismo de Estado directamente y vivimos lo que muchos chilenos: se llevaron detenido a mi padre; nuestra casa se llenó de “pacos” (carabineros) allanaron todo, nosotros estábamos abrazados a mi papá, nos tomaron y nos lanzaron lejos… se lo llevaron, mi padre no opuso resistencia, tampoco tenía muchas fuerzas, hacía poco que había salido del hospital, lo habían operado de una ulcera, cuando se lo llevan el gritaba que no le hicieran daño a su familia.
Ese día fue muy triste, lo esperábamos minuto a minuto, salimos a la esquina, estábamos ansiosos, recuerdo que cuando nos asomamos a la calle habían unos “pacos” que vigilaban la cuadra, ellos nos gritaron "entren chiquillos (insulto) o si no los vamos a llenar de plomo…" nos entramos muy asustados.
Esa noche fue muy larga, al otro día mi mamá con esa fortaleza y serenidad que siempre ha tenido, se fue a la Comisaría a dejarle una frazada y leche ya que por su operación sólo tomaba leche, allí le dijeron que no estaba en ese recinto, que estaba preso en la Cárcel de La Serena, ella viajó para saber que pasaba, no lo pudo ver, tenía que esperar el día de visita, mi madre se volvió a Vicuña. El día domingo, día de visita, fuimos todos a verlo a la cárcel. Félix mi hermano no tenía su carné de identidad, lo había extraviado, por lo que no pudo verlo. Félix se quedó muy triste.
Entramos a la cárcel, mi padre tenía una sonrisa grande, estaba feliz de vernos,pero a la vez su rostro estaba triste, se le notaba, él lo disimulaba. No lo pudimos abrazar, le dolía todo el cuerpo, pero el papá decía que sólo estaba cansado y que ya se le pasaría. A nuestro padre sólo lo vimos dos veces.
La tercera visita mi mamá fue sola y yo me quedé con mis hermanos. Una de mis hermanas menores, iba en 4° básico, cuando una mujer la llama y le dice, burlándose de la situación: “en el diario está la noticia de la ejecución de 16 presos políticos y aparece el nombre de Carlos”, mi hermana llegó llorando, gritando, histérica. Uno de mis hermanos fue a buscar el diario y efectivamente así era, habían asesinado a 16 presos políticos y uno de ellos era mi padre Carlos Alcayaga, dirigente de la CUT y militante del MAPU.
Fue terrible, todos llorábamos, no entendíamos el porqué lo habían asesinado, mi papá era militante y dirigente sindical, pero todo dentro de la legalidad del sistema; gritábamos, no sabíamos que pasaba con nuestra madre, ella había viajado sola y esperaba ver a mi padre, su esposo. ¿ Cómo tomaría la noticia?¿ nuestra madre volvería?….eran las preguntas que nos hacíamos, mi hermano mayor Félix tenía 14 años, luego venía yo, que tenía 13 y así hasta el más chico de mis hermanos, que sólo tenía 2 años. Recuerdo que estábamos asustados y muy angustiados.
Desde ese momento ya nada volvió a ser igual, ni los compañeros de escuela; muchos niños se reían de la muerte de mi papá, los amigos estaban muy asustados, los vecinos no querían comprometerse; esa razón hizo que nos fueramos a vivir a La Serena, nosotros teníamos que continuar estudiando, debíamos iniciar la vida sin nuestro padre, él ya no estaba y debíamos cuidarnos de la represión.
Mi padre fue asesinado por la "Caravana de la Muerte", un 16 de Octubre de 1973, comando dirigido por Sergio Arellano Stark. Durante casi 25 años no tuvimos autorización para abrir la fosa común donde había sido tirado el cuerpo de mi padre y de otros compañeros, siempre había alguien con mucho poder que negaba la exhumación de los cadáveres.
Todos los 16 de Octubre se hacían romerías desde la Catedral al Cementerio en La Serena, eso siempre terminaba con represión por parte de Carabineros, pero año tras año íbamos igual, era la protesta del pueblo por los Ejecutados de La Serena.
Recién el año 98 se dio la autorización y se pudo enterrar a mi padre… Yo no pude estar.
Mi padre, fue masacrado, asesinado cobardemente.
Cuando se exhumaron sus restos esto se pudo comprobar: Tenía 8 impactos de bala, todas por la espalda. Las costillas rotas, le faltaba una mano, tenía quebrada una pierna y una bala en la cabeza. Sus compañeros estaban igual o peor, había un compañero de él que sólo tenía la mitad de su cuerpo.
Hoy existen más antecedentes de los crímenes de Pinochet, pero aún no hay justicia y yo no creo que la haya. Todo quedará en la total impunidad.