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Weibel Navarrete Ricardo Manuel – Memoria Viva

Weibel Navarrete Ricardo Manuel

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Museo de la Memoria
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Rut : 4.770.390-5

Fecha Detención : 07-11-1975
Comuna Detención : Santiago


Fecha Nacimiento : 17-12-1945 Edad : 29

Comuna Nacimiento : Santiago
Partido Político : Partido Comunista (PC)
Oficio o Profesión : Chofer

Estado Civil e Hijos : Casado, 3 hijos
Nacionalidad : chilena


Relatos de Los Hechos

Fuente :informe corporación

Categoría : Antecedentes del Caso

Rut : 4.770.390 de Santiago
F.Nacim. : 17 12 45, 29 años a la fecha de su detención
Domicilio : 4 Norte N°1893 Población Valdivieso, Conchalí, Santiago
E.Civil : Casado, tres hijos
Actividad : Chofer de la locomoción colectiva Línea Recoleta Lira
C.Repres. : Militante del Partido Comunista
F.Detenc. : 7 de noviembre de 1975

Ricardo Manuel Weibel Navarrete, casado, tres hijos, chofer de la locomoción colectiva, militante comunista, fue detenido el día 26 de octubre de 1975, siendo aproximadamente las 02:00 horas de la madrugada, por un grupo de alrededor de 10 sujetos jóvenes, vestidos de civil, fuertemente armados con ametralladoras y usando bototos militares, quienes irrumpieron violentamente en su domicilio y, sin identificarse ni exhibir órdenes emanadas de autoridad competente, procedieron a allanar el inmueble y a detener al afectado, llevándoselo con rumbo desconocido.
Los agentes en esta oportunidad, se movilizaban en dos automóviles de color blanco, de marca Peugeot.
El afectado permaneció desaparecido por espacio de once días, al cabo de los cuales, el 6 de noviembre de 1976, fue puesto en libertad siendo conducido por sus propios aprehensores hasta su hogar. Presentaba muestras visibles de haber sido torturado. Al día siguiente fue nuevamente detenido por miembros del denominado Comando Conjunto, encontrándose desaparecido hasta la fecha.
La certeza de la detención del afectado por parte de los organismos de seguridad del gobierno se ve reforzada con las declaraciones formuladas por su hermano, patricio Weibel Navarrete, quien expresó que fue detenido el mismo día 26 de octubre de 1975, por un grupo de más de 10 agentes pertenecientes al Servicio de Inteligencia de la Fuerza Aérea, fuertemente armados, que con violencia se presentaron en su domicilio.
Agregó el testigo que, tan pronto se verificó su detención, los aprehensores emprendieron con él rumbo al domicilio de su hermano Ricardo, el que también fue arrestado aquel día de octubre, siendo ambos conducidos hasta la Base Aérea de Colina, permaneciendo en la misma celda durante los primeros interrogatorios.
En aquel recinto, continuó relatando Patricio Weibel, fue sometido a apremios ilegítimos, al igual que el afectado, siendo ambos liberados, el 6 de noviembre, y conducidos a sus respectivos domicilios por sus propios captores, en compañía de otros detenidos que corrían igual suerte.
Entre estos otros detenidos mencionados por el testigo, se encontraba Malaquías del Carmen Delgadillo Navarro, quien en declaración jurada confirmó los hechos ya expuestos, agregando haber sido conducido por sus aprehensores y en compañía de otros prisioneros en un furgón Citroen AK 6, conducido por Carol Fedor Flores Castillo, ex militante comunista que había sido detenido en 1974, y que entonces colaboraba con los órganos represivos.
Por su parte, Ricardo Weibel Navarrete, luego de ser liberado, relató a su familia haber sido detenido por miembros de la Dirección de Inteligencia de la Fuerza Aérea (DIFA), permaneciendo recluido en un campamento de la FACH, ubicado en Colina.
No habían transcurrido más de 33 horas desde que el afectado recuperó su libertad, cuando a las 22:00 horas del día 7 de noviembre de 1975, llegaron hasta su domicilio cinco individuos jóvenes, vestidos de civil, armados con ametralladoras, los que se movilizaban en una camioneta tipo furgón, marca Chevrolet, modelo C 10, de color plomo claro, con una franja verde oscuro por los costados.
Dos de los agentes, uno de aproximadamente 35 años, pelo negro, contextura gruesa, de alrededor de 1,65 metros de estatura, que vestía terno color azul claro, camisa blanca y corbata, y otro de unos 25 años, pelo liso castaño claro, tez blanca, delgado, que vestía terno azul oscuro, camisa blanca y corbata, se acercaron a la puerta de entrada y al responder sus moradores preguntaron por "Ricardo", señalando que "Roberto lo requería".
Mientras esto sucedía, los sujetos divisaron, en el interior de la casa, al afectado, el que se había levantado de su cama, donde yacía enfermo, al sentir ruido. De inmediato los agentes irrumpieron en la morada y lo aprehendieron, sacándolo del lugar y llevándolo una vez más con destino desconocido.

 

Fueron testigos presenciales de la detención de Ricardo Weibel, su cónyuge Catalina Avendaño Leal, una tía de ésta, Amanda Avendaño Lineros y sus tres hijos.
Tiempo después, Matías Delgadillo Navarro, quien fuera detenido en su domicilio el 24 de octubre de 1975, por un grupo de personas vestidas de civil, que señalaron pertenecer al Servicio de Inteligencia de la Aviación, entre los que reconoció al ex militante comunista Carol Flores Castillo, declaró ante Notario Público que aproximadamente el 8 de noviembre del año señalado, encontrándose recluido en un recinto de la FACH, compartió una habitación con Ricardo Weibel Navarrete, a quien reconoció por su voz y con quien sostuvo una comunicación verbal por más de una hora, mientras fueron sometidos a un careo, mediante el cual se intentaba confrontarlos.
Expresó asimismo el testigo, que Ricardo Weibel se encontraba en muy malas condiciones tanto físicas como mentales, producto de las reiteradas torturas a que fue sometido.
Cabe hacer presente que requerida judicialmente por el Tercer Juzgado del Crimen de Santiago, en proceso sustanciado por la presunta desgracia del afectado, la Dirección de Inteligencia de la Fuerza Aérea informó por Oficio de fecha 18 de diciembre de 1975, firmado por el General de Aviación Enrique Ruiz Bunger, que "Ricardo Weibel Navarrete fue detenido por personal de esta dirección el 25 de noviembre de 1975, por su participación en la confección de escritos destinados a la infiltración comunista en la Fach. Después de una retención de más de 12 horas aproximadamente, fue puesto en libertad y dejado en su propio domicilio siendo testigos de este hecho su esposa e hijo. Luego de más de quince días, fue visitado en su respectivo domicilio por personal de esta Dirección, constatando que lo había abandonado y presumiéndose por lo manifestado por sus familiares que se encontraría en la zona de Temuco".
Por su parte, en el Informe elaborado por la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación (creada por el Presidente de la República don Patricio Aylwin Azócar, con el fin de investigar y dar a conocer al país, las más graves violaciones a los derechos humanos, cometidos entre el 11 de septiembre de 1973 y el 11 de marzo de 1990), se expresó que el "7 de noviembre de 1975, miembros del Comando Conjunto detuvieron a Ricardo Weibel Navarrete, siendo conducido hasta la Base Aérea de Colina, lugar desde donde habría sido sacado, junto a otros detenidos, para ser muerto en los terrenos militares de Peldehue".
Los testimonios prestados por el ex miembro de la Fuerza Aérea de Chile, Andrés Antonio Valenzuela Morales, nos han permitido reconstruir en parte la gestación y actuar de una organización ilícita, dotada de los medios materiales y con las garantías del anonimato y la impunidad, para actuar en forma delictiva y en abierta violación a derechos humanos fundamentales que ha venido a denominarse "Comando Conjunto", y de la cual el testigo formó parte.
Andrés Valenzuela, en declaración jurada de fecha 28 de agosto de 1984, expresó que: "en octubre de 1975, estando nuestro grupo operando en la Base Aérea de Colina, fue detenido Ricardo Weibel Navarrete, en un operativo en el que participé que se verificó en su domicilio, en la Avenida El Salto, cerca del Regimiento Buin, siendo llevado hasta el recinto mencionado. Algunos días después el afectado fue liberado, siendo llevado de regreso a su hogar, por un equipo comandado por Roberto Fuentes Morrison, apodado "El Wally".
"Este mismo agente, continuó, fue a detener nuevamente a Ricardo Weibel pocos días después, siendo llevado a Colina. En este recinto el afectado sospechó que lo iban a matar, porque no lo interrogaban, no lo vendaban y lo dejaban circular".
"Aproximadamente el 17 de noviembre de 1975 llegó una citroneta furgón a la Base Aérea, al que subieron a varios detenidos entre los que estaban Ricardo Weibel y Miguel Rodríguez Gallardo también desaparecido y en el que colocaron chuzos, palas y un bidón grande de combustible. Como agentes en esta operación participaron Guillermo Bratti Cornejo, ("pelao Lito"), César Luis Palma Ramírez ("Fifo") y otros de las demás instituciones que iban en otro vehículo. Volvieron el mismo día después de unas cuatro horas sin los detenidos. Estoy absolutamente seguro, porque me lo dijo uno de los agentes, que fueron asesinados en los terrenos militares de Peldehue".
"Como no participé en el operativo, antes de irse, los agentes me pasaron los carnet de identidad y demás efectos personales de los detenidos, los que debí quemar".
Para mayores antecedentes relativos al llamado "Comando Conjunto", a la luz de las declaraciones de Andrés Valenzuela Morales, véase la ficha que da cuenta de las circunstancias que derivaron en la detención y posterior desaparecimiento del militante comunista, Ignacio Orlando González Espinoza.
Finalmente, debe señalarse que, desde el 29 de marzo de 1976, luego de ser detenido por agentes del Comando Conjunto, en el interior de un vehículo de locomoción colectiva, el hermano del afectado José Arturo Weibel Navarrete hasta entonces Sub Secretario General de las Juventudes Comunistas de Chile se encuentra también desaparecido.

GESTIONES JUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS
Verificada la primera detención del afectado, con fecha 24 de octubre de 1975, su cónyuge Catalina Avendaño Leal, interpuso un recurso de amparo en su favor, ante la Corte de Apelaciones de Santiago, el que roló con el N°1391 75.
El 7 de noviembre del mismo año, luego que Ricardo Weibel fuera liberado, se presentó el respectivo desestimiento del recurso.
Posteriormente y ante la segunda detención del afectado, su cónyuge interpuso un nuevo recurso de amparo en su favor, ante la Corte de Apelaciones de Santiago, con fecha 10 de noviembre de 1975, el que roló bajo el número 1501 75.
Con el sólo informe del Ministro del Interior, que expresaba que Ricardo Weibel no había sido detenido por orden de este Ministerio, la Corte rechazó el recurso interpuesto.
Se apeló de esta resolución ante la Excma. Corte Suprema, la que con fecha 26 de enero de 1976 confirmó el rechazo.
El 16 de enero de 1976, Catalina Avendaño había interpuesto ante el Tercer Juzgado del Crimen de Santiago, una denuncia por los delitos de arresto ilegal e incomunicación indebida perpetrados en la persona de su cónyuge, la que fue rolada bajo el N°120.425 9.
Este Tribunal se declaró incompetente para conocer y resolver sobre los hechos denunciados, ordenando la remisión de los antecedentes a la Justicia Militar, certificándose haberse enviado los mismos al Segundo Juzgado Militar de Santiago con fecha 19 de enero de 1976.
De esta manera, ante la Primera Fiscalía Militar se sustanció la causa rol 60 76, iniciada en marzo de este año, y sobreseída temporalmente por no encontrarse acreditado el delito de arresto ilegal ni identificados los autores del mismo.
Con fecha 18 de agosto de 1976, el sobreseimiento decretado fue aprobado por el Juez Militar.
Por su parte, con fecha 29 de abril de 1976, Catalina Avendaño presentó ante el 11° Juzgado del Crimen de Santiago, una querella por el delito de secuestro, perpetrado contra su cónyuge Ricardo Weibel, en contra de aquellos que a la luz de las investigaciones que se practiquen, aparezcan como responsables, sea en calidad de autor, cómplice o encubridor en la comisión del mencionado delito. La causa fue rolada con el N°5.832.
Se desconocen los antecedentes relativos a la tramitación y marcha procesal de la causa aludida.
Habiéndose designado al Magistrado de la Corte de Apelaciones de Santiago, señor Servando Jordán López, como Ministro en Visita Extraordinaria, para conocer y resolver de todos aquellos procesos incoados por desaparecimiento de personas, éste entró en el conocimiento de aquel derivado de la detención de Ricardo Weibel Navarrete el 7 de noviembre de 1975.
El señor Ministro en Visita se limitó a solicitar requisitorias a los Juzgados del Crimen del país, la ficha política del afectado a la Policía de Investigaciones y a tomar declaraciones a los hijos menores de Weibel Navarrete, dejando sin efecto varias otras importantes diligencias que venían decretadas del Juzgado del Crimen.
El 8 de octubre de 1979 se declaró cerrado el sumario, resolución que fue apelada.
Con fecha 20 de diciembre de 1979, el Tribunal se declaró incompetente para proseguir la investigación por aparecer de los antecedentes acumulados la intervención en la desaparición del afectado, de funcionarios con fuero militar, específicamente de la Fuerza Aérea de Chile.
La resolución de incompetencia se funda, como lo expresa textualmente, en el informe evacuado por la Dirección de Inteligencia de la Fuerza Aérea (DIFA) de fecha 18 de diciembre de 1975, firmado por el General de Aviación, Enrique Ruiz Bunger, al cual sólo se tuvo acceso después de dictada esta resolución.
El informe aludido reza textualmente:
"1. Ricardo Weibel Navarrete fue detenido por personal de esta Dirección, el 25 de noviembre de 1975, por su participación en la confección de escritos destinados a la infiltración comunista en la FACH. Después de una retención de más de 12 horas aproximadamente fue puesto en libertad y dejado en su propio domicilio, siendo testigos de este hecho su esposa e hijo. Lo mismo ocurrió con su hermano Patricio, quien fue dejado en su domicilio en presencia de su esposa y suegros, con el compromiso de visitarlo allí, en caso de requerírsele información.
2. Quince días después fueron visitados en sus respectivos domicilios, constatando que ambos habían abandonado los mismos, presumiendo, por lo que manifestaron sus familiares, que se encontrarían en la zona de Temuco, sin precisar dirección".
Otro informe de la DIFA de fecha posterior indica, por su parte, que "no se tiene constancia de la hora en que el afectado fue puesto en libertad".
El proceso ingresa a la Fiscalía de Aviación el 10 de marzo de 1980, se aceptó la competencia y se roló con el N°17 80.
Con fecha 20 de mayo se cerró el sumario y se sobreseyó temporalmente la causa.
Apelada esta resolución, la Corte Marcial la revocó con fecha 13 de noviembre de 1980, ordenando se procediera a interrogar a Carol Fedor Flores Castillo.
Dicha diligencia no era posible de verificar, pues la persona en cuestión se encuentra también en calidad de desaparecida. No obstante lo anterior, se hicieron intentos por citar a declarar a la esposa de dicho sujeto.
Asimismo, declaró judicialmente Roberto Fuentes Morrison, quien expresó "soy Oficial de reserva llamado al servicio activo y destinado a la Dirección de Inteligencia de la Fuerza Aérea, desde el año 1974. Me ha correspondido efectuar una serie de misiones de diversa índole, trabajos durante cuyo desarrollo he tomado contacto con muchas personas que ocasionalmente y para un determinado propósito colaboraron conmigo. En relación a Fedor Flores Castillo, tuve conocimiento que el mencionado entregaba informes a algunos agentes de seguridad, sin poder precisar a quiénes en particular, y sobre qué materias".
"En lo que a mí concierne agregó Fuentes tomé contacto en varias ocasiones con la familia de Flores Castillo, proporcionándole ayuda material, a solicitud de Guillermo Bratti Cornejo, que era quien, según creo, trabajaba con él. En consecuencia, declaro que yo no tuve ningún trato directo con el mencionado Flores, relacionado con alguna misión del servicio. Tanto es así, que con posterioridad a la fecha en que este hombre se perdió, yo he seguido viendo a su esposa. Además, supe que Guillermo Bratti desapareció aproximadamente en la misma fecha en que se pierde Flores Castillo".
El 24 de junio de 1981 se notificó un nuevo sobreseimiento temporal dictado por el Fiscal de Aviación.
Con motivo de la detención y desaparecimiento de 13 altos dirigentes de Partidos Políticos de Izquierda, 11 de ellos del Partido Comunista y 2 del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), en noviembre y diciembre de 1976, y luego que los respectivos recursos de amparo interpuestos fueran rechazados, familiares de las víctimas solicitaron a la Excma. Corte Suprema la designación de un Ministro en Visita, con el fin de investigar tan irregular situación.
El Máximo Tribunal de la República ordena a la Corte de Apelaciones de Santiago que efectúe tal designación, la que recayó en el Ministro señor Guastavino, quien luego de requerir informe al Ministerio del Interior el cual informó que los afectados habían hecho abandono del país por un paso cordillerano, hacia la República Argentina sobreseyó la causa.
Dicha resolución fue revocada por la Corte de Apelaciones de Santiago, al igual que en la segunda oportunidad en que se decretó un nuevo cierre del sumario.
Posteriormente, y haciéndose cargo del proceso conocido como "proceso de los trece" el Ministro Carlos Letelier Bobadilla, que vino a subrogar al Ministro anterior, se cerró el sumario en agosto de 1978, "no pudiendo adelantarse en la investigación".
Dicha resolución fue impugnada por los abogados que hicieron ver al Ministro que sí podía adelantar en la investigación, por existir diligencias pendientes solicitadas y porque del estado del proceso surgirían otras por disponer. Fue así como el Ministro Letelier dejó sin efecto su propia resolución, decretando diligencias.
Más adelante, reasumiendo sus funciones el Ministro Guastavino, decretó sobreseimiento definitivo por aplicación del D.L.2.191 en diciembre de 1980. La Corte de Apelaciones, esta vez, revocó la resolución de cierre del sumario, y el propio Ministro en Visita dejó sin efecto el sobreseimiento decretado, por haberse omitido una formalidad legal. De esta manera continuó la tramitación.
Ya en el año 1983, se hizo cargo de asumir la investigación por el "proceso de los trece", el Ministro señor Carlos Cerda Fernández.
El Ministro Cerda dictó cientos de diligencias, consistentes en citaciones de personas, reconocimientos de lugares y de personas, peritajes, revisión de expedientes criminales, despacho de Oficios recabando informes a servicios del Estado, a ramas de las Fuerzas Armadas, instituciones particulares y otros de vital importancia.
En suma recibió cerca de 200 testimonios de testigos presenciales de las detenciones de los afectados y de su reclusión en recintos clandestinos. Entre estos testimonios también se contaron los de miembros de las Fuerzas Armadas, que participaron en Servicios de Inteligencia, como asimismo de funcionarios de Carabineros y de Investigaciones. Igualmente se incluyen los testimonios de civiles que colaboraron con los Servicios de Seguridad, como es el caso de Otto Trujillo y de Miguel Estay Reyno ("El Fanta").
También se contó con la declaración de un soldado primero de la Fuerza Aérea de Chile, Andrés Valenzuela Morales, que en 1984 desertó de esta institución, quien mediante su declaración dio cuenta y datos que, a mediados de la década del 70, comenzó a operar un llamado Comando Conjunto o Comando Conjunto Antisubversivo, integrado por miembros de las distintas ramas de las Fuerzas Armadas y de Orden, más algunos civiles que pertenecieron a partidos de izquierda y que luego de ser detenidos por los Servicios de Inteligencia, sometidos a presiones y/o extorsiones, se transformaron en colaboradores. Dicho Comando disponía de medios materiales, como vehículos, armamento, aparatos de transmisión y lugares clandestinos de detención.
En este grado de investigación, el Ministro Carlos Cerda llegó a establecer datos valiosos y esclarecedores respecto de otros casos de violaciones de derechos humanos, algunos de ellos de desaparecimiento de personas, disponiendo incluso la remisión de algunas piezas del "proceso de los trece" a otros Tribunales que conocían de causas criminales por ellos.
Entre estos últimos se encuentra el caso de Ricardo Manuel Weibel Navarrete, ordenando el Ministro Cerda, con fecha 14 de agosto de 1986, remitir copia autorizada de aquellas piezas del proceso que aportan importantes antecedentes relativos a su desaparición, al Juzgado de Aviación en causa rol N°17 80, actualmente sobreseída temporalmente.
La de fs.2.801, que corresponde a una declaración prestada ante el Ministro en Visita, con fecha 30 de septiembre de 1985, por Gastón Oyarzún Martínez, testigo de reclusión del afectado, en el recinto de la Base Aérea de Colina, conocido como "Remo Cero" o "La Prevención".
La de fs.3.988 que contiene declaración judicial prestada por la cónyuge del afectado Catalina Avendaño Leal con fecha 5 de noviembre de 1985. En ella la testigo da cuenta de cada una de las circunstancias que rodearon las detenciones de su marido, ocurridas el 26 de octubre y el 7 de noviembre de 1975, y que presenció. Agregó, asimismo, que el sujeto que actuaba como Jefe del grupo de agentes que detuvo a Ricardo Weibel, era un tipo alto, macizo, rubio, ojos claros, con voz gruesa, y tono prepotente, a quien la testigo, identificó, por retratos aparecidos en la prensa, como Roberto Fuentes Morrison.
La de Fs.4.100 vta., que corresponde a una nueva declaración judicial prestada ante el Ministro Cerda por Catalina Avendaño Leal, de fecha 7 de noviembre de 1985, en la cual la cónyuge del afectado identifica plenamente las fotografías que rolan a fs.3.563 y siguientes de autos, como las del sujeto que actuó como jefe en la primera detención del afectado, en octubre de 1976 y que lo llevó de regreso a su hogar el 6 de noviembre del mismo año, las que corresponden a Roberto Fuentes Morrison. Asimismo, la declarante dejó expresa constancia que las fotografías de fs.2.963 y siguientes correspondientes a Miguel Estay Reyno son muy parecidas al recuerdo que tiene del hombre que permaneció en la reja de su domicilio, cuando detuvieron por primera vez a Ricardo Weibel Navarrete.
La de fs.4.181 de autos, que corresponde a la declaración judicial de Luis Jorquera Navarro, quien expresó haber sido detenido por un grupo de cinco o seis sujetos de civil, encabezados por un tipo alto, de pelo y ojos claros y de voz ronca, con fecha 27 de octubre de 1975, siendo trasladado a un recinto clandestino de reclusión que no pudo identificar, en el que fue torturado, fundamentalmente mediante colgamientos y aplicaciones de electricidad, siendo liberado, junto a otros detenidos, el 6 de noviembre de 1975.
Exhibidas al testigo fotografías de agentes, reconoce sin lugar a dudas la que corresponde a fs.3.563 y siguientes, como las del sujeto que ofició de jefe al practicarse su detención, y que corresponden a Roberto Fuentes Morrison.
La de fs.4.689 vta., que contiene la declaración prestada ante el Ministro Cerda, por Mario Pulgar Ortega, de fecha 23 de noviembre de 1985, quien expresó haber sido detenido el 25 de octubre de 1976, por un grupo de agentes de civil, comandados por un sujeto alto, de 1,80 metros aproximadamente, de tez, pelo y ojos claros, medio crespo, con bigotes, de físico atlético, los que indicaron pertenecer a un Servicio de Inteligencia.
Fue conducido a un recinto que no pudo identificar, en el que permanecían otros prisioneros entre los que recuerda a los hermanos Matías y Malaquías Delgadillo Navarro. En este lugar fue torturado, fundamentalmente mediante colgamientos y aplicaciones de electricidad. Fue liberado, junto a otros detenidos el 6 de noviembre de 1975.
Mostradas fotografías de personas detenidas y desaparecidas en la época anotada, el testigo expresa que le es familiar la de Ricardo Weibel Navarrete.
Asimismo exhibidas fotografías de agentes reconoce inequívocamente la de fs.3.563 y siguientes, corespondientes a Roberto Fuentes Morrison, como las del sujeto que comandaba el grupo que practicó su detención.
La de fs.7.233, que corresponde a una declaración enviada desde el extranjero y agregada al proceso, prestada por el ex miembro de la FACH e integrante del llamado Comando Conjunto, Andrés Antonio Valenzuela Morales.
En ella el testigo efectúa una descripción de los recintos clandestinos de detención y tortura usados por el mentado Comando. Un hangar ubicado en el interior del Aeropuerto Cerrillos; un local situado en Santa Teresa N°037, paradero 20 de la Gran Avenida, conocido como "Nido 20"; un inmueble ubicado en el paradero 18 de Vicuña Mackenna, conocido como "Nido 18"; un recinto situado al interior de la Base Aérea de Colina, conocido como "Remo Cero" o "La Prevención"; un local situado en la calle Dieciocho de la capital, antiguas oficinas del Diario "El Clarín"; y una casa para los solteros ubicada en Bellavista.
Asimismo, el testigo describe el tipo de armamento y los vehículos usados por el grupo, y da una descripción de las características físicas de algunos agentes.
Respecto a los secuestros, agregó que cuando se concurría a detener a una persona, se indicaba que pertenecían a Investigaciones, esto en 1975. Ya en el año 76 se detenía fundamentalmente en la calle, sin testigos.
Se ordenó remitir, por su parte, copia de las declaraciones juradas, acompañadas al proceso, prestadas por el ex miembro de la FACH, Andrés Valenzuela Morales, de fechas 28 de agosto y 10 de octubre de 1984, de cuyo contenido se dio cuenta al relatar la situación represiva de Ricardo Weibel Navarrete.
Finalmente, se ordenó remitir copia del documento de fs.5.064, que corresponde a la ficha antropomórfica del afectado.
No existe constancia de que las mentadas piezas hayan sido efectivamente remitidas o recibidas por la Fiscalía de Aviación, ni agregadas a la causa Rol 17 80 de dicho Tribunal, con el objeto de proseguir la investigación.
Para mayor conocimiento del llamado "proceso de los 13", sustanciado en lo fundamental por el Ministro en Visita Extraordinaria, señor Carlos Cerda Fernández, véase la ficha que relata la detención y posterior desaparecimiento de la militante del Partido Comunista, Reinalda Pereira Plaza.
Con fecha 25 de septiembre de 1991, Catalina Avendaño interpuso ante el Tercer Juzgado del Crimen de Santiago, una querella por los delitos de asociación ilícita, secuestro, homicidio e inhumación ilegal cometidos en perjuicio de su cónyuge Ricardo Manuel Weibel Navarrete, en contra de los agentes, jefes y estructuras del denominado Comando Conjunto.
La presentación se fundamenta en el hecho de que la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación, remitió al mencionado Tribunal los antecedentes que obraban en su poder, relativos al afectado, los que la llevaron a la convicción de que Ricardo Weibel fue víctima de agentes del Estado de Chile, quienes violentaron sus derechos fundamentales. Esta causa fue rolada con el Nro. 120052 y, a diciembre de 1992, continuaba en estado de sumario.
El agente del denominado Comando Conjunto Antisubversivo, miguel Estay Reyno, fue detenido el 20 de diciembre de 1992. Ese día arribaba al país expulsado desde Paraguay, donde vivía oculto. Días antes el ex militante comunista, alias "El Fanta", había sido detenido.
Su detención se relaciona con el proceso que investiga el secuestro y degollamiento de tres profesionales en 1985, que sustancia el Ministro en Visita, Milton Juica. En la referida causa, el agente tenía encargatorias de reo por ser autor del delito de ilegítima privación de libertad del arquitecto Ramón Arriagada Escalante, en febrero de 1985; por ser co autor del delito de secuestro de un grupo de profesores de la AGECH en marzo de 1985; y por ser presunto autor de los delitos de secuestro y homicidio de José Manuel Parada, Manuel Guerrero y Santiago Nattino. Por otra parte, en el 5to. Juzgado del Crimen de Santiago, estaba encargado reo en una causa por usurpación de persona y por presunta falsificación de documento público.
Estay Reyno había abandonado el país en 1989; dos años antes lo había hecho su familia. Tanto para su traslado como para su instalación en Paraguay, contó con una red de ayuda en la que participaron miembros en retiro de la Fuerza Aérea de Chile.
El ex agente de seguridad, como ya se señaló, en 1986 declaró en el proceso por trece desaparecidos, que sustanció el Ministro en Visita Carlos Cerda Fernández. En dicha causa se investigó el accionar del grupo represivo denominado Comando Conjunto.
A diciembre de 1992, ya detenido, varios familiares de víctimas del Comando Conjunto estudiaban los antecedentes para que el Tribunal solicitara su comparecencia, y otros para solicitar reapertura de sumario. En el caso de Ricardo Weibel se esperaba que fuera citado por el Tribunal.


Categoría : Antecedentes del Caso

NOTAS:

[1]Por razones de prudencia y respeto, Mensaje se reserva los nombres de los otros agentes involucrados, detallados en la declaracion  ante la justicia (N. de la R.)

[2] Las siguientes notas están tomadas textualmente de una segunda y larga declaración jurada que el mismo ex-agente hizo ante la Vicaría de la Solidaridad, para ampliar y completar su relato anterior. Entre los detenidos, que recuerdo hubo en AGA, puedo mencionar al ex- Capitán Ferrada y al cabo Figueroa, ambos de la FACH; a Victor Toro, "el Reta", "el Pelao" Moreno, "el loco Mario", que ahí intentó suicidarse, a Villavela, a uno que le decían "el Kila" (ex-Quilapayún); al diputado o senador Montes con su esposa y dos hijas. El señor Montes siempre estuvo en el pasillo del segundo piso de la AGA. El segundo piso de la Academia tenía dos o tres salas grandes, las que fueron acondicionadas como departamentos. En esos departamentos habían algunos presos de cierta confianza de la jefatura".

[3] "Entre los trabajos que recuerdo haber realizado, como prestando protección a los allanamientos, está el efectuado a un parvulario en el sector de Plaza Egaña, donde descubrimos un laboratorio fotográfico del MIR. Recuerdo también el de La Reina Alta, para sector de Peñialolén, con unos miristas. Después supe que éste había sido un simulacro para proteger a un informante de la organización, que vivía en la AGA y a quien le decían "Barba" o señor Velasco. Debo agregar que tiempo después y siendo yo su vigilante lo secuestró la DINA cuando transitábamos por Alameda a unos metros de la calle Nataniel, exactamente donde ahora está la salida del Metro, estación Moneda. Allí nos encartonaron unos agentes de la DINA y se lo llevaron.

También recuerdo que me tocó operar en la Avenida Kennedy, donde se iba a detener al "coño Molina" del MIR; en esa oportunidad el mirista se dio cuenta de nuestra trampa y escapó seguido por uno de nuestros vehículos. Se le dio alcance en una luz roja y allí fue rafagueado por (NN) cuando Molina intentó sacar un arma para defenderse, el mirista murió casi instantáneamente. Cuando estábamos tratando de manejar esta situación apareció un Peugeot de color rojo que no quiso obedecer nuestra orden de alto, y tirando el auto sobre uno de nuestros agentes se dio a la fuga, siendo seguido por una camioneta C-10 donde yo iba junto a dos agentes y un oficial. El fugitivo tomó por Kennedy hacia el centro y nosotros abrimos fuego sobre el vehículo faltando aproximadamente dos cuadras para llegar al paso bajo nivel que está al terminar el Club de Golf; como le reventáramos un neumático, ese auto se estrelló contra un poste y se volcó y además uno de los impactos le dio en la espalda al sujeto causándole la muerte. Al revisar sus pertenencias nos dimos cuenta que se trataba de un teniente de Ejército y que el auto había pertenecido al hijo del general Pinochet. Supimos después que desde ese entonces el oficial sufría delirio de persecución y había hecho la maniobra contra nosotros por ese motivo".

[4] "Deseo agregar también que tanto los lugares denominados Nido 20 y Nido 18 como en el lugar de Colina al cual me referí en la declaración anterior, iba con cierta regularidad cada vez que era requerido un médico llamado (NN) "hijo", el que hoy es cardiólogo en el hospital de la FACH y en ese entonces era médico interno. Este médico atendió a una persona que detuvimos el año 76 de apellido Guerrero, el que fue herido por casualidad al momento de detenerlo, por un agente que era marino y fue llevado para recuperarse al hospital de Carabineros. (…)

El médico que mencioné también enyesó al "viejo Fuentes Rodríguez", cuando, al intentar suicidarse, se quebró el brazo en el Nido 18. También trataba médicamente dándole pastillas al Quila Leo, ya que era ulceroso. También ponía inyecciones a los detenidos cuando éstos eran drogados

[5] "Sin embargo, el año pasado (1983), después de ocurrida la muerte de Carol Urzúa y como dos días antes del 7 de septiembre, supimos a través de (NN) que la C.N.I. pedía a nuestro grupo la apoyáramos para capturar, en un día que nos señalarían, al grupo subversivo que había matado a Carol Urzua. 21 día en La mañana nos reunieron a un pequeño grupo y en una camioneta llegamos a Borgoño, lugar donde la C.N.I. tiene un recinto. Sólo (NN) se bajó a hablar con los oficiales de la C.N.I. y nosotros tuvimos una larga espera de horas dentro de la camioneta, que quedó ubicada en el patio de ese recinto. Poco después del mediodía, se nos dijo que nos ubicáramos en el sector de Plaza Egaña y hacia allá partimos. Por radio, ya que estábamos conectados en la misma frecuencia, empezamos a oír algunos antecedentes aislados de lo que estaba pasando. Estando detenidos en el patio de Borgoño, escuchamos que habían empezado a seguir al No 1 (que era Palma) y a quien supimos posteriormente, que interceptaron por Avda. Kennedy en un auto. También supimos que detuvieron en un paradero a otro del grupo de los tres que están en el Consejo de Guerra y que cerca de donde está ubicado el centro de detención conocido como Capuchinos, detuvieron al tercero. Cuando ya había oscurecido, se nos señaló por radio que nos moviéramos hacia el sector de la calle Arrieta, al Oriente de la circunvalación Américo Vespucio antes de llegar a una subestación eléctrica, porque se nos dijo que allí debíamos esperar órdenes para liquidar un objetivo, esto quería decir matar a una persona que vivía en ese sector; incluso me recuerdo que nosotros cometimos un error, puesto que nos paramos en un pasaje, cuyo nombre no recuerdo ,y nos retaron diciéndonos que nos moviéramos, porque estábamos precisamente frente a la casa de nuestro objetivo y todavía no había llegado el resto de las fuerzas y se estaba evaluando las condiciones del lugar. En definitiva, decidieron no proceder en esa casa, puesto que había mucha gente en las casas vecinas (creo que había una fiesta) y la operación podría tener un costo demasiado alto en vidas. Entonces se nos ordenó irnos hacia Avda. Colón, donde hay un supermercado que está en la esquina sur-oriente, en relación a una rotunda donde también desemboca la calle Tomás Moro. Allí estuvimos un rato, mientras se daban las instrucciones para actuar en una casa de calle Fuente Ovejuna, donde se había detectado que había tres personas. A ese estacionamiento llegó un Jeep de la C.N.I. (tienen dos de ese tipo), que tiene el techo corredizo y en el cual se instala una ametralladora Punto 50, sobre un sistema hidráulico que permite subirla sobre el nivel del techo y operarla por dos hombres, uno que dispara y otro que va pasando la cinta de municiones. Después de un momento, nos dirigimos todos frente a la casa de Fuente Ovejuna. Exactamente sobre la parte delantera, había un pasaje y allí se instaló el Jeep; yo recuerdo que quedé detrás de un poste y, en definitiva, todo el resto del personal tenía absolutamente rodeada la casa. Se preguntó por el oficial al mando: "¿Lista la base de fuego?", y, ante la respuesta afirmativa se dio la orden de hacer fuego, accionándose el techo del Jeep, saliendo la ametralladora y empezó a disparar por espacio de un minuto, yo creo. Debo dejar constancia que esa arma dispara 1.000 tiros por minuto. Terminada esta operación, en que sólo participó la base de fuego, volvió el silencio y por alto parlante se le pidió a las personas adentro que se rindieran. Desde la casa se dijo "nos vamos a rendir". Entonces salió uno de los moradores, con las manos en alto, puestas en la nuca; me recuerdo que era de tez blanca y delgado. Cuando se aproximaba a la reja del antejardín, se adelantaron 2 agentes de la C.N.I. y lo rafaguearon a casi un metro de distancia; doblándose hacia adelante, cayó al suelo.

En ese instante la mujer, desde dentro, tiró una ráfaga hacia afuera. Esto provoco una nueva orden de disparar, lo que hicimos todos, junto a la base de fuego. No sé cuánto duró eso, pero obviamente no deben haber sido más de tres o cuatro minutos. Fue en este momento en que se lanzó una bengala dentro de la casa, la que provocó el incendio. A mi me tocó arrastrar hacia la calle, posteriormente, al primero que murió y a la mujer después. Penetramos en la casa y en el pasillo se encontraba tirada la mujer, la cual también ayudé a arrastrar hacia la calle y en otro lugar que no recuerdo, estaba (NN). Unos cinco minutos después, se acercó la Brigada de Homicidios, para hacerse cargo de la parte legal. Nosotros recibimos la orden de dirigirnos hacia el sector poniente de la ciudad a la calle Janequeo, que quedaba cerca de la Plaza Garín, la que nos costó mucho ubicar. Cuando ya estuvimos cerca de nuestro objetivo, nos dijeron que nos agacháramos pues venia corriendo una de las personas que debía ser eliminada y que pasó por el costado de nuestra camioneta. Cuando llegó a un sector donde hay una pared, fue rafagueado por unos agentes de la C.N.I. e inmediatamente la base de fuego, que también estaba en el lugar, empezó a disparar sobre una casa junto a otros agentes.

Ahora me vienen a la memoria detalles de esta acción. Se dijo que uno de los agentes de la C.N.I. había sido herido. Lo cierto es que no lo fue por "José", sino que él trató de meter una granada "Cardoen" por la ventana. Para eso, cruzo corriendo por el costado de una ventana y la lanzó, con tan mala suerte que la granada rebotó en los barrotes de la ventana y volvió a la vereda. Explotó y las esquirlas le hirieron las nalgas y parte trasera de las piernas. En el tórax no le pasó nada, porque iba con chaleco antibala. También recuerdo que apenas cayó asesinado el que iba corriendo por la calle, se acercó un agente de la C.N.I. que tenía una mano con guante, y le pasó por la mano un arma y la dejó botada cerca de ella pero iba desarmado.

Me impresionó mucho esa vez la rapidez que tuvo el C.N.I. en ese detalle, para cubrirse de esa muerte.

En un minuto se hizo la calma, entramos a la casa y en el patio trasero encontramos muerto a "José". La gente del vecindario nos gritaba que allí había un niño, el cual al. principio pensamos estaba tirado sobre una cama, pero se trataba de una almohada ensangrentada. Después supimos que el niño había saltado por el patio y había ido a dar donde una señora, pero no nos preocupamos más de él. Después de ocurridos estos hechos volvimos a la Central de Operaciones en Borgoño y allí fuimos liberados, dirigiéndonos hacia nuestra oficina y a la base. Quiero dejar expresamente claro que la intención y la orden en ambos hechos que he relatado, era simplemente liquidar a los moradores, puesto que ya se sabía que los autores directos de la muerte de Carol Urzúa estaban detenidos y podían ser mostrados en la prensa


Corte de Santiago condena a 27 ex agentes del Comando Conjunto por crímenes de militantes comunistas en 1975 y 1976

Fuente :resumen.cl, 12 de Abril 2022

Categoría : Prensa

En fallo unánime (causa rol 1.237-2020), la Quinta Sala del tribunal de alzada -integrada por los ministros Fernando Carreño Ortega , Ricardo Soto Muñoz y la ministra Lidia Poza Matus- confirmó la sentencia dictada por el ministro en visita extraordinaria Miguel Vásquez Plaza en octubre de 2019, que condenó al ex oficial de la FACH Juan Francisco Saavedra Loyola y al ex oficial de Carabineros Manuel Agustín Muñoz Gamboa a las penas de 18 años de presidio, en calidad de coautores de los delitos de homicidio calificado de González Espinoza y Orellana Catalán; más 13 años de presidio como coautores de secuestro calificado de Moraga Cruz, Weibel Navarrete y Maturana González; y más 3 años de presidio, cada uno como coautores de los delitos de secuestro simple de González Espinoza y Orellana Catalán.

En tanto, el ex oficial de la Armada Daniel Luis Enrique Guimpert Corvalán fue condenado a 18 años de presidio, como coautor del homicidio calificado de González Espinoza y Orellana Catalán; más 12 años de presidio como coautor de los delitos de secuestro calificado de Moraga Cruz y Maturana González; y 3 años de presidio como coautor de los delitos de secuestro simple de González Espinoza y Orellana Catalán.

Asimismo, la Quinta Sala ratificó las sentencias que deberán cumplir:

el ex oficial de la Armada Jorge Aníbal Osses Novoa, y los ex oficiales de Ejército Sergio Antonio Díaz López y Álvaro Julio Federico Corbalán Castilla, a 12 años de presidio como coautores del delito de homicidio calificado de González Espinoza; más 10 años y un día de presidio como coautores de los delitos de secuestro calificado de Moraga Cruz y Weibel Navarrete, y 400 días de presidio como coautores del delito de secuestro de González Espinoza.
En tanto, los ex agentes Roberto Alfonso Flores Cisterna y Carlos Hernán Rodrigo Villarreal deberán purgar 10 años y día de presidio como coautores del delito de homicidio calificado de Orellana Catalán; más 5 años y un día de presidio como coautores del delito de secuestro calificado de Maturana González, y 400 días de presidio como coautores del delito de secuestro de Orellana Catalán.

El ex agente Raúl Horacio González Fernández deberá cumplir dos penas de 10 años y un día de presidio como coautor del delito de homicidio calificado de Orellana Catalán y del secuestro calificado de Moraga Cruz y Maturana González; más 400 días de presidio como coautor del delito de secuestro simple de Orellana Catalán.

El ex agente Alejandro Segundo Sáez Mardones deberá cumplir dos penas de 10 años y un día de presidio como coautor del delito de homicidio calificado de Orellana Catalán y coautor del secuestro calificado de Maturana González, más 400 días de presidio como coautor del delito de secuestro de Orellana Catalán.

Por su parte, el ex agente civil del SIFA Otto Silvio Trujillo Miranda fue condenado a la pena de 10 años y un día de presidio como coautor del delito de secuestro calificado de Weibel Navarrete y como cómplice del delito de secuestro calificado de Moraga Cruz.

El ex agente Lenin Figueroa Sánchez fue sentenciado a 5 años y un día de presidio, como cómplice del delito de homicidio calificado de Orellana Catalán; más 5 años y un día de presidio como coautor del delito de secuestro calificado de Maturana González y 400 días como coautor del delito de secuestro de Orellana Catalán.

Los ex agentes Sergio Daniel Valenzuela Morales y Juan Atilio Aravena Hurtuvia deberán cumplir 5 años de presidio, como encubridores del delito de homicidio calificado de Orellana Catalán; más 5 años y un día como coautores del delito de secuestro calificado de Maturana González y 400 días de presidio como coautores del delito de secuestro de Orellana Catalán.

El ex agente Ernesto Arturo Lobos Gálvez debe purgar 5 años y un día de presidido como cómplice de los delitos de secuestro de Weibel Navarrete y Maturana González, y 60 días de prisión como cómplice del delito de secuestro simple de Orellana Catalán.

El ex agente Alejandro Jorge Forero Álvarez debe purgar 5 años y un día de presidio como cómplice de los delitos de secuestro calificado de Moraga Cruz y Weibel Navarrete; 60 días de prisión como cómplice del delito de secuestro simple de González Espinoza.

Además, los ex agentes civiles Viviana Lucinda Ugarte Sandoval, Andrés Pablo Potin Lailhacar y Emilio Mahias del Río, junto a los ex agentes Juan Luis Fernando López López, José Evaristo Rojas Alruiz y Francisco Segundo Illanes Miranda, deberán cumplir 5 años y un día de presidio como coautores del delito de secuestro calificado de Maturana González; 400 días de presidio como coautores del delito de secuestro simple de Orellana Catalán.

El ex agente Roberto Francisco Serón Cárdenas fue condenado a la pena de 5 años y un día de presidio como coautor del delito de secuestro calificado de Moraga Cruz.

Por último, los ex agentes Robinson Alfonso Suazo Jaque, Pedro Ernesto Caamaño Medina, Pedro Juan Zambrano Uribe y José Hernando Alvarado Alvarado fueron condenados a 4 años de presidio como cómplices del delito de secuestro calificado de Maturana González; y 60 de prisión como cómplice del delito de secuestro simple de Orellana Catalán.

Los también condenados en el fallo de primera instancia por el ministro sustanciador Miguel Vásquez Plaza, el ex oficial de la FACH Antonio Benedicto Quiroz Reyes y el reconvertido agente civil Miguel Arturo Estay Reyno, fallecieron en el transcurso del tiempo transcurrido entre aquel fallo y éste.

En lo sustantivo de la resolución de la Corte, la Quinta Sala señala:

"Que concuerda esta Corte entonces con la apreciación del sentenciador y del Fiscal Judicial, por las razones que expresa el fallo y lo anteriormente expuesto, en que los hechos, tenidos por ciertos en la sentencia en alzada, son punibles en virtud de la predominancia del Derecho Internacional de los Derechos Humanos por sobre las prescripciones de Derecho interno o nacional. Este reconocimiento es de vital importancia porque les otorga a los crímenes de lesa humanidad la relevancia que ameritan, desde que su perpetración afecta a la humanidad toda, a los bienes jurídicos concernientes a la paz, seguridad y bienestar internacional, que el Derecho Penal Internacional busca amparar", consigna el fallo confirmatorio.
En la investigación judicial el ministro Vásquez Plaza estableció que:

a) Que existió una agrupación de hecho que operó clandestinamente entre los años 1975 y 1976, conformado principalmente por agentes que pertenecieron a la Dirección de Inteligencia de la Fuerza Aérea, además de Carabineros Chile, Marina y Ejército, con la colaboración de civiles, cuyo objetivo principal fue la represión de la Juventud del Partido Comunista, para lo cual procedían a la detención de varios de ellos.

b) Que, la referida agrupación, utilizó para las detenciones y torturas: Hangar de Cerrillos; Nido 20, recinto secreto de detención y tortura ubicado en calle Santa Teresa N° 037, paradero 20 de Gran Avenida; Nido 18, recinto secreto ubicado en calle Perú N° 9053, La Florida, Santiago, que fue empleado exclusivamente para la tortura; La Prevención o Remo Cero, que eran calabozos ubicados al interior del Regimiento de Artillería Antiaérea en Colina, todo esto durante el año 1975; La Firma, a principios del año 1976, dicho grupo traslada sus operaciones a la parte posterior del inmueble a cargo de Carabineros de Chile, ubicado en calle Dieciocho, frente al N° 229, que perteneció al ex diario Clarín, denominándosele La Firma.

c) Que, el actuar operativo de la agrupación, respecto de las personas privadas ilegítimamente de su libertad, manteniéndolos en recintos secretos, era obtener información de éstos bajo tortura psicológica y física, logrando la colaboración de alguno de ellos, hasta el punto que algunos fueron asimilados como agentes operativos del grupo, lo que proporcionó una mayor efectividad en la detención de militantes comunistas en cadena, a los cuales se les hizo desaparecer, ocurriendo que de algunos de ellos, en el curso de los años, se encontró parte de sus restos.

d) Que el día 07 de noviembre de 1975, aproximadamente a las 22.00 horas, fue detenido en su domicilio de Río Maule N° 1893, Comuna de Recoleta, Ricardo Manuel Welbel Navarrete, por sujetos que vestían de civil; manteniéndosele privado de libertad en el recinto denominado La Prevención o Remo Cero, ubicado al interior del Regimiento Antiaérea en Colina, último lugar en que se le vio con vida y, con posterioridad, fueron encontradas sus osamentas en los terrenos del Fuerte Arteaga, Peldehue.

e) El día 08 de junio de 1976, en el sector de Estación Central, Juan René Orellana Catalán se reunió con Luis Emilio Gerardo Maturana González, ambos militantes de la Juventud Comunista en la clandestinidad debido a la persecución política de que eran objeto, con el propósito de recibir dinero del partido de manos de Maturana González, este último encargado de distribuirlo; momento en que es detenido por agentes de la agrupación referida en la letra a), manteniéndose recluido en el recinto denominado La Firma, y posteriormente fue ejecutado en la Cuesta Barriga, donde se encontró restos de su persona consistentes en piezas dentarias y prótesis removible.

f) Que, el día 20 de octubre de 1975, en horas de la madrugada fue detenido en su domicilio de pasaje Tokio N° 5862, Población Juanita Aguirre, comuna de Conchalí, Santiago, Luis Desiderio Moraga Cruz, por sujetos que vestían de civil; manteniéndosele recluido en el Regimiento de Artillería Antiaérea en Colina, en cuyo interior se encontraba el recinto denominado La Prevención o Remo Cero, donde prestó la declaración que obra a foja 5532, siendo éste el último lugar en que se le vio con vida.

g) Que, el día 04 de diciembre de 1975, en horas de la madrugada, fue detenido en su domicilio de calle Soberanía N° 1220, Santiago, Ignacio Orlando González Espinoza, por sujetos que vestían de civil; manteniéndosele privado de libertad en el recinto denominado La Prevención o Remo Cero, ubicado al interior del Regimiento de Artillería Antiaérea en Colina, último lugar en que se le vio con vida y, con posterioridad, fue ejecutado en los terrenos del Fuerte Arteaga, Peldehue, donde fueron encontradas sus osamentas.

h) El día 08 de junio de 1976, en el sector de Estación Central, Luis Emilio Gerardo Maturana González se reunió con Juan René Orellana Catalán, ambos militantes de la Juventud Comunista en la clandestinidad debido a la persecución política de que eran objeto, con el propósito de entregarle dinero del partido a Orellana Catalán para sí y para que a su vez lo entregara a otros militantes del partido ya que Maturana González estaba encargado de distribuirlo; momento en que es detenido por agentes operativos de la agrupación reseñada en la letra a), manteniéndosele recluido en el recinto denominado La Firma, desde donde se pierde su rastro.


Condenan a 29 ex agentes del Comando Conjunto por secuestros y homicidios durante la dictadura

Fuente :elciudadano.cl, 10 de Septiembre 2019

Categoría : Prensa

En el marco de la represión contra las Juventudes Comunistas

El ministro en visita de causas de Derechos Humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Miguel Vázquez Plaza, condenó a 29 ex agentes del Comando Conjunto por su responsabilidad en los secuestros y homicidios calificados de Ricardo Weibel Navarrete, Juan Orellana Catalán, Luis Moraga Cruz, Ignacio González Espinoza y Luis Maturana González, crímenes ocurridos entre octubre de 1975 y junio de 1976 en Santiago.

El magistrado condenó a Juan Saavedra Loyola (18 años de presidio, 13 años de presidio y 3 años de presidio), Manuel Muñoz Gamboa (18 años de presidio, 13 años de presidio y 3 años de presidio), Daniel Guimpert Corvalán (18 años de presidio, 12 años de presidio y 3 años de presidio), Antonio Quiros Reyes (18 años de presidio, 6 años de presidio y 540 días de presidio), Raúl  González Fernández (10  años y un día de presidio, 10 años y un día de presidio y 400 días de presidio), Roberto Flores Cisterna (10  años y un día de presidio, 5 años y un día de presidio y 400 días de presidio), Carlos Rodrigo Villarreal (10  años y un día de presidio, 5 años y un día de presidio y 400 días de presidio), Alejandro Sáez Mardones (10 años y un día de presidio, 10 años y un día de presidio y 400 días de presidio), Jorge Osses Novoa (12 años de presidio, 10 años y un día de presidio y 400 días de presidio), Sergio Díaz López (12 años de presidio, 10 años y un día de presidio y 400 días de presidio), Álvaro Corbalán Castilla (12 años de presidio, 10 años y un día de presidio y 400 días de presidio), Lenin Figueroa Sánchez (5 años y un día de presidio, 5 años y un día de presidio, y 400 días de presidio) Miguel Estay Reyno (5 años de presidio, 5 años y un día de presidio, y 400 días de presidio), Sergio Valenzuela Morales (5 años de presidio, 5 años y un día de presidio, y 400 días de presidio), Juan Aravena Hurtuvia (5 años de presidio, 5 años y un día de presidio, 400 días de presidio), Ernesto Lobos Gálvez (5 años y un día de presidio y 60 días de presidio), Alejandro Forero Álvarez (5 años y un día de presidio, y 60 días de presidio), Viviana Ugarte Sandoval (5 años y un día de presidio, y 400 días de presidio), Andrés Potin Laihacar (5 años y un día de presidio, y 400 días de presidio), Emilio Mahias del Río (5 años y un día de presidio, y 400 días de presidio), Juan López López (5 años y un día de presidio, y 400 días de presidio), Evaristo Rojas Alruiz (5 años y un día de presidio, y 400 días de presidio), Francisco Illanes Saavedra (5 años y un día de presidio, y 400 días de presidio), Roberto Serón Contreras (5 años y un día), Otto Trujillo Miranda (10 años y un día de presidio), Robinson Suazo Jaque (4 años de presidio y 60 días de presidio), Pedro Caamaño Medina (4 años de presidio y 60 días de presidio), Pedro Zambrano Uribe (4 años de presidio y 60 días de presidio) y José Alvarado Alvarado (4 años de presidio y 60 días de presidio). 

En tanto, los agentes Eduardo Cartagena Maldonado, Alex Carrasco Olivos, José Vera Reyes, Juan Huaiquimilla Coñuepan y Víctor Zuñiga Zuñiga fueron absueltos. 


Corte ordena indemnización de $ 100 millones a familiares de desaparecido

Fuente :6 de Junio 2007 El Mostrador

Categoría : Prensa

Tribunal de alzada capitalino aplica por segunda vez en menos de diez días el derecho internacional para declarar imprescriptible una demanda civil planteada por familiares de un ejecutado político de 1975. Abogado demandante Nelson Caucoto valora que la Corte de Santiago valide los Convenios de Ginebra también para las reparaciones civiles.

La Corte de Apelaciones de Santiago condenó al Fisco a pagar $ 100 millones de reparación a los familiares del ejecutado político Ricardo Weibel Navarrete, cuyos restos aparecieron en 1995 en el Fuerte Justo Arteaga del Ejército y quien fue detenido por miembros del Comando Conjunto.

En fallo dividido, el tribunal de alzada revocó la sentencia de primera instancia que había negado el pago aplicando los principios del derecho internacional para las indemnizaciones que debe cancelar el Estado en casos de graves violaciones a los derechos humanos en el país.

“La imprescriptibilidad de las acciones civiles reparatorias de los daños producidos por los crímenes referidos fluye de los convenios internacionales sobre crímenes de guerra, primero, y sobre derechos humanos después; en particular, en América, de la Convención Americana de Derechos Humanos, llamada Pacato de San José de Costa Rica, y por cierto de la numerosa jurisprudencia emanada de la Corte Interamericana que ella creó, cuyos fallos han aceptado las peticiones indemnizatorias, considerándolas integrantes o propias de la obligación de reparación que cabe al Estado en casos de violaciones graves al derecho internacional de los derechos humanos”, dice la resolución respaldada por los ministros Lamberto Cisternas y Adriana Sottovía, y que tuvo a la abogada integrante Andrea Muñoz Sánchez como voto de minoría.

Esta es la segunda vez en menos de diez días que una de las salas del tribunal de alzada capitalino acoge los tratados internacionales de derechos humanos para declarar imprescriptibles las reparaciones civiles planteadas por los familiares de las víctimas de la represión militar.

El abogado demandante Nelson Caucoto valoró ambas sentencias, al afirmar que con resoluciones como éstas se pone fin a la contradicción de los tribunales, que declaraban imprescriptibles las violaciones a los derechos humanos en materia penal, pero no estimaban lo mismo cuando se trataba de demandas civiles por los mismos hechos.

“Estamos dando un paso para establecer que las acciones indemnizatorias también son imprescriptibles en materia civil. Espero que no debamos esperar más de treinta años, tal como ocurrió en materia criminal, para que la Corte Suprema aplique los mismos criterios”, dijo el abogado.

Ricardo Manuel Weibel Navarrete era chofer de la locomoción colectiva y militante del Partido Comunista hasta el 7 de noviembre de 1975 cuando fue detenido por agentes del denominado Comando Conjunto en la vía pública fue conducido hasta el recinto de torturas conocido como La Firma, antigua sede del Diario Clarín, y luego llevado a un recinto de la Fuerza Aérea de Chile.

Su cuerpo permaneció desaparecido hasta septiembre de 1995 cuando sus restos fueron desenterrados de una fosa ubicada en las inmediaciones del Fuerte Justo Arteaga del Ejército.

 


Procesan a siete agentes del ex Comando Conjunto

Fuente :primeralinea.cl, 25 de Febrero 2002

Categoría : Prensa

En un nuevo golpe a la estructura del servicio de inteligencia que rivalizó con la DINA, el titular del Tercer Juzgado del Crimen de Santiago, Mario Carroza, adoptó esta resolución en el caso que sustancia por la detención y secuestro de los dirigentes comunistas Ricardo Weibel y Juan Orellana Catalán
Nuevamente la cúpula del desaparecido Comando Conjunto enfrenta los avances de los tribunales, luego que hoy el juez con dedicación exclusiva sometiera a proceso a siete integrantes del grupo por la detención y secuestro de los dirigentes comunistas Ricardo Weibel y Juan Orellana Catalán.
El dictamen, al que tuvo acceso Primera Línea, revela cómo los efectivos pertenecientes al Ejército, Armada y Fuerza Aérea, torturaron, secuestraron y dieron muerte a los dirigentes, cuyos cuerpos fueron hallados luego en el Fuerte Arteaga, el de Weibel y en la Cuesta Barriga el de Orellana.
Pendiente queda para el juez avanzar en el caso del Luis Moraga Cruz, quien de acuerdo al informe de las Fuerzas Armadas -entregado en el marco de la Mesa de Diálogo- fue lanzado al mar frente a las costas de San Antonio y su muerte sería responsabilidad del mismo Comando Antisubversivo.
Bajo los delitos de secuestro calificado en contra de los dos dirigentes, el magistrado sometió a proceso en calidad de autores a los agentes César Luis Palma Ramírez, alias "El Fifo", y al mayor (r) de Carabineros, Manuel Agustín Muñoz Gamboa, alias "El Lolo". En calidad de autores del secuestro de Orellana fueron encausados Alex Damián Carrasco Olivos, que utilizaba la chapa de "Loco Alex", el oficial (r) de la Armada Daniel Luis Enrique Guimpert Corvalán, quien utilizaba la chapa de "Horacio"; el funcionario de la Fach en retiro Raúl Horacio González Fernández, alias "Rodrigo" o el "Wally Chico"; y Roberto Flores Cisterna, conocido como "El Huaso". En tanto, que Otto Silvio Trujillo Miranda, empleado civil de la Fach que se desempeñó en la DIFA fue encargado reo como autor del secuestro de Weibel.
Asimismo, el dictamen procesa en calidad de coautores del delito de secuestro en contra de Ricardo Weibel a Palma, Muñoz y Trujillo; y con la misma figura, pero en el caso de Juan Orellana, fueron encausados Palma, Muñoz, Carrasco, González Fernández, Carrasco Olivos y Guimpert.
Todos estos agentes han enfrentado otros procesos: el "Lolo", fue
condenado en el caso degollados; el Fifo, militante de Patria y Libertad, fue detenido en agosto de 1973 por su participación en el homicidio del edecán presidencial Arturo Araya y amnistiado; el Loco Alex fue funcionario de la Fach y ex escoltas de los comandantes en Jefe de esa rama castrense, Gustavo Leigh, Fernando Matthei y Ramón Vega Hidalgo.
El fallo del juez Carroza es un nuevo golpe a la estructura del Comando Conjunto que ya he debido enfrentar el mítico proceso del ministro Carlos Cerda en plena dictadura y que significó develar, por primera vez, la existencia del grupo que operó en paralelo con la DINA.
Un antecedente más reciente se encuentra también en el dictamen del juez con dedicación preferente y titular del 25 Juzgado del Crimen, Carlos Hazbún, quien sometió a proceso a 21 personas integrantes del Comando Conjunto por el delito de asociación ilícita.
Coincidiendo con Carroza encausó por el delito de secuestro al general (r) de Aviación Freddy Enrique Ruiz Bunger (autor); general (r) Mario Vivero (encubridor) y al oficial superior de la Fach (r) Carlos Madrid Hayden (cómplice). Como autores juzgó a los ex oficiales César Luis Palma Ramírez, Miguel Estay Reyno alias "El Fanta", Otto Trujillo Miranda, Raúl Horacio González, Manuel Muñoz Gamboa, Pedro Camaño Medina, Alejandro Forero Alvarez, Andrés Potin Laihacar, Robinson Suazo Jaque, Fernando Zúñiga Canales, Eduardo Cartagena Maldonado, Carlos Pascua Riquelme, Juan Chavez Sandoval, Daniel Guimpert Corvalán, Jorge Cobos Manríquez, Guillermo Urra Carrasco, Pedro Zambrano Uribe y Alejandro Segundo Sáez Mardones.
Para efectos procesales ya fue despachada la orden de detención al Departamento Quinto de la Policía de Investigaciones para que aprehenda a Guimpert, Flores, Carrasco. Mientras que Gendarmería será informada del nuevo auto de reo en contra de Palma, González, Muñoz y Trujillo, quienes hoy se encuentran privados de libertad.
La versión oficial sobre Weibel y Orellana
Ricardo Manuel Weibel Navarrete era casado, padre de tres hijos, chofer de la locomoción colectiva y militante comunista. En resumen, tenía una vida normal que cambió súbitamente el 26 de octubre de 1975 cuando cerca de las 02:00 de la madrugada, un grupo de diez sujetos jóvenes, vestidos de civil, fuertemente armados con ametralladoras y usando bototos militares, irrumpieron con violencia en su domicilio y, sin identificación, procedieron a allanar el inmueble y a detener al afectado.
El dirigente fue trasladado hasta la Base Aérea de Colina, conocido en la jerga del Comando como Remo Cero. En ese lugar permaneció hasta el 6 de noviembre del mismo año, cuando fue dejado en libertad sólo por 33 horas. Entonces, la historia se repitió aunque esta vez sin retorno.
El caso provocó tal conmoción que ante una denuncia por presunta desgracia interpuesta por la familia de la víctima, la Dirección de Inteligencia de la Fuerza Aérea (DIFA) informó que por oficio de fecha 18 de diciembre de 1975, firmado por el General de Aviación Enrique Ruiz Bunger, que "Ricardo Weibel Navarrete fue detenido por personal de esta dirección el 25 de noviembre de 1975, por su participación en la confección de escritos destinados a la infiltración comunista en la Fach. Después de una retención de más de 12 horas aproximadamente, fue puesto en libertad y dejado en su propio domicilio siendo testigos de este hecho su esposa e hijo. Luego de más de quince días, fue visitado en su respectivo domicilio por personal de esta Dirección, constatando que lo había abandonado y presumiéndose por lo manifestado por sus familiares que se encontraría en la zona de Temuco".
Curiosamente otro informe del mismo servicio de inteligencia precisa que "no se tiene constancia de la hora en que el afectado fue puesto en libertad".
Pero la Comisión Verdad y Reconciliación es mucho más clara al respecto y sostiene que "el 7 de noviembre de 1975, miembros del Comando Conjunto detuvieron a Ricardo Weibel Navarrete, siendo conducido hasta la Base Aérea de Colina, lugar desde donde habría sido sacado, junto a otros detenidos, para ser muerto en los terrenos militares de Peldehue".
Similar fue el triste final de Juan Orellana Catalán, detenido el 8 de junio de 1976, quien fue hallado en 1993 en la Cuesta Barriga.
De acuerdo al Informe Rettig, fue detenido junto con el dirigente regional del PC, Luis Emilio Gerardo Maturana González y trasladado hasta el centro de reclusión clandestina conocido como La Firma, ubicado en calle Dieciocho frente al N° 229, recinto que antes había sido ocupado por el diario El Clarín y que pasó a poder de Carabineros.
En este lugar se instaló la Escuela de Inteligencia de Carabineros, algunos de cuyos profesores eran miembros del DICAR y del Comando Conjunto. Colindante a este edificio existía otro inmueble comunicado internamente y en cuya parte posterior funcionó el Comando Conjunto. Ahí estuvieron detenidos los dirigentes del PC Carlos Contreras Maluje, Juan René Orellana, Luis Emilio Maturana y Juan Antonio Gianelli. La Comisión sostiene que ellos fueron "sacados de La Firma con la vista vendada, esposados y drogados y conducidos a la Cuesta Barriga. Al llegar a ese lugar, se les habría disparado, siendo enterrados en una fosa que había sido excavada el día anterior".
Mientras, en el caso de Luis Desiderio Moraga Cruz, único proceso del grupo que maneja Carroza en que no ha podido avanzar con tanta rapidez, aparece mencionado como lanzado al mar frente a las costas de San Antonio.
La única explicación al retraso de la causa rol 120.133-6 es la inexistencia del cuerpo, sin embargo, como punto a favor de los progresos judiciales juega la certeza que nuevamente los culpables del crimen fueron el Comando Conjunto.
La investigación del juez Carroza ha podido verificar con exactitud estos datos que quedaron plasmados en el fallo de siete páginas al que tuvo acceso Primera Línea, y en que junto con describir la coordinación de los servicios de inteligencia de las ramas castrenses, aborda la existencia de los centros de reclusión clandestina de Remo Cero (Colina), La Firma, Nido 20 y Nido 18


Corte Suprema confirma condenas de 27 ex agentes del Comando Conjunto por crímenes de cinco militantes comunistas cometidos entre 1975 y 1976 en Santi

Fuente :resumen.cl, 26 de Abril 2024

Categoría : Prensa

La Corte Suprema rechazó los recurso de casación en el fondo interpuestos por las defensas de los otrora agentes del denominado Comando Conjunto, en contra de la sentencia que condenó a 27 de ellos por su responsabilidad en los delitos de secuestro simple y homicidio calificado de Ignacio Orlando González Espinoza y Juan René Orellana Catalán; y en los secuestros calificados de Ricardo Manuel Weibel Navarrete, Luis Desiderio Moraga Cruz y Luis Emilio Gerardo Maturana González, todos militantes del Partido Comunista. Los delitos fueron perpetrados entre octubre de 1975 y junio de 1976, en la ciudad de Santiago.

El llamado Comando Conjunto fue un aparato represivo creado por la dictadura bajo la tutela de la Fuerza Aérea (Fach) y la participación de agentes del ejército, de la marina, de carabineros y civiles fachos, que operó principalmente entre los años 1975 a 1977, y cuya razón de ser era competir en faenas represivas y criminales con el omnímodo poder que ostentaba la DINA bajo la tutela del ejército y la dirección de Pinochet y Contreras.

En fallo unánime (causa rol 32.012-2022), la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos, la ministra María Teresa Letelier y el ministro Jean Pierre Matus- confirmó la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que condenó al ex oficial de la Fach Juan Francisco Saavedra Loyola y al ex oficial de carabineros Manuel Agustín Muñoz Gamboa a las penas de 18 años de presidio, más 13 años y más 3 años de presidio, cada uno.

Al ex oficial de la armada Daniel Luis Enrique Guimpert Corvalán a penas de 18 años, más 12 y más 3 años de presidio.

A los ex oficiales de ejército Álvaro Julio Federico Corbalán Castilla y Sergio Antonio Díaz López, y al ex oficial de la armada Jorge Aníbal Osses Novoa, a penas de 12 años de presidio, más 10 años y un día, más 400 días de presidio a cada uno.

A los agentes Raúl Horacio González Fernández y Alejandro Julio Segundo Sáez Mardones a dos condenas de 10 años y un día de presidio, y más 400 días de presidio a cada uno.

A los agentes Roberto Alfonso Flores Cisterna y Juan Carlos Hernán Rodrigo Villarreal a penas de 10 años y un día, más 5 años y un día, más 400 días de presidio a cada uno.

Al facho civil Otto Silvio Trujillo Miranda la penas de 10 años y un día de presidio Al agente Lenin Figueroa Sánchez, dos condenas de 5 años y un día, más 400 días de presidio.

A los agentes Sergio Daniel Valenzuela Morales, Juan Atilio Aravena Hurtuvia, a penas de 5 años y un día de presidio, más 5 años, más 400 días de presidio.

A los fachos civiles Andrés Pablo Potín Lailhacar, Viviana Lucinda Ugarte Sandoval, Emilio Mahias del Río, y los agentes Juan Luis Fernando López López, José Evaristo Rojas Alruiz, Francisco Segundo Illanes Miranda, a penas de 5 años y un día de presidio, más 400 días de presidio.

A Ernesto Arturo Lobos Gálvez, Alejandro Jorge Forero Álvarez, a penas de 5 años y un día de presidio, más 60 días de presidio.

A Roberto Francisco Serón Cárdenas, a la pena de 5 años y un día de presidio A Robinson Alfonso Suazo Jaque, Pedro Ernesto Caamaño Medina, Pedro Juan Zambrano Uribe y José Hernando Alvarado Alvarado, a la pena de 4 años, más 60 días de presidio cada uno.

Los también condenados Antonio Benedicto Quiros Reyes y Miguel Arturo Estay Reyno, fallecieron en el curso del proceso.

En la investigación judicial y fallo de primera instancia el ministro Miguel Vásquez Plaza estableció que existió una agrupación de hecho que operó clandestinamente entre los años 1975 y 1976, conformado principalmente por agentes que pertenecieron a la Dirección de Inteligencia de la Fuerza Aérea, además de Carabineros Chile, Marina y Ejército, con la colaboración de civiles, cuyo objetivo principal fue la represión de la Juventud del Partido Comunista, para lo cual procedían a la detención de varios de ellos.

Esta agrupación, denominada Comando Conjunto, utilizó para las detenciones y torturas diversas instalaciones: Hangar de Cerrillos; Nido 20, recinto secreto de detención y tortura ubicado en calle Santa Teresa N° 037, paradero 20 de Gran Avenida; Nido 18, recinto secreto ubicado en calle Perú N° 9053, La Florida, Santiago, que fue empleado exclusivamente para la tortura; La Prevención o Remo Cero, que eran calabozos ubicados al interior del Regimiento de Artillería Antiaérea en Colina, todo esto durante el año 1975; La Firma, a principios del año 1976, dicho grupo traslada sus operaciones a la parte posterior del inmueble a cargo de Carabineros de Chile, ubicado en calle Dieciocho, frente al N° 229, que perteneció al ex diario Clarín, denominándosele La Firma.

El actuar operativo de la agrupación, consistía en detener a las personas con la modalidad de secuestro, mantenerlos cautivos en recintos secretos, y someterlos a interrogatorios y torturas, física y psicológica, para obtener información y doblegar su voluntad, logrando la colaboración de alguno de ellos, hasta el punto que algunos fueron asimilados como agentes operativos del grupo, lo que proporcionó una mayor efectividad en la detención de militantes comunistas en cadena, a los cuales se les hizo desaparecer; de algunos de ellos, en el curso de los años, se encontró parte de sus restos.

El día 7 de noviembre de 1975, aproximadamente a las 22.00 horas, fue detenido en su domicilio de calle Río Maule en la Comuna de Recoleta, Ricardo Manuel Welbel Navarrete, por sujetos que vestían de civil; manteniéndosele privado de libertad en el recinto denominado La Prevención o Remo Cero, ubicado al interior del Regimiento Antiaérea en Colina, último lugar en que se le vio con vida y, con posterioridad, fueron encontradas sus osamentas en los terrenos del Fuerte Arteaga, Peldehue.

El día 20 de octubre de 1975, en horas de la madrugada fue detenido en su domicilio de pasaje Tokio en la Población Juanita Aguirre, comuna de Conchalí, Santiago, Luis Desiderio Moraga Cruz, por sujetos que vestían de civil; manteniéndosele recluido en el Regimiento de Artillería Antiaérea en Colina, en cuyo interior se encontraba el recinto denominado La Prevención o Remo Cero, siendo éste el último lugar en que se le vio con vida.

El día 4 de diciembre de 1975, en horas de la madrugada, fue detenido en su domicilio de calle Soberanía de la comuna de Santiago, Ignacio Orlando González Espinoza, por sujetos que vestían de civil; manteniéndosele privado de libertad en el recinto denominado La Prevención o Remo Cero, ubicado al interior del Regimiento de Artillería Antiaérea en Colina, último lugar en que se le vio con vida y, con posterioridad, fue ejecutado en los terrenos del Fuerte Arteaga, Peldehue, donde fueron encontradas sus osamentas.

El día 8 de junio de 1976, en el sector de Estación Central, Luis Emilio Gerardo Maturana González se reunió con Juan René Orellana Catalán, ambos militantes de la Juventud Comunista en la clandestinidad debido a la persecución política de que eran objeto, con el propósito de entregarle dinero del partido a Orellana Catalán para sí y para que a su vez lo entregara a otros militantes del partido ya que Maturana González estaba encargado de distribuirlo; momento en que son detenidos por agentes operativos del referido Comando Conjunto, manteniéndoseles recluidos en el recinto denominado La Firma, desde donde se pierde su rastro. Posteriormente, Orellana Catalán fue ejecutado en la Cuesta Barriga, donde se encontró restos de su persona


Declaración Jurada:

Fuente :Revista Mensaje No. 336 de Enero-Febrero 1985

Categoría : Prensa

Andres Antonio Valenzuela Morales

Texto integro de una de las declaraciones juradas del ex agente de la Fuerza Aerea de Chile (FACH), Andres Valenzuela Morales hechas a la Vicaria de la solidaridad a fines del año 1985.

Comparece: Andres Antonio Valenzuela Morales. Carnet de Identidad 5.443.690-4 de Renca, nacido el 30 de Noviembre de 1956 en Papudo, domiciliado en el Pasaje Barranquilla 2044 de la Poblacion Juanita Aguirre de Conchali, casado, quien bajo la Fe de Juramento expone:

Entré al Servicio Militar en Abril de 1974, en el Regimiento de Artillería Antiaérea de Colina, donde estuve 3 meses, para ser destinado a la Academia de Guerra Aérea, ubicada en la Comuna de Las Condes de Santiago.

Llegué a esta repartición junto a un grupo aproximado de 60 conscriptos, de los cuales 15 pasamos a depender de la Fiscalía de Aviación y el resto quedó como personal de la AGA, haciendo labores de vigilancia y otras que son de rutina.

Quien dirigía todo nuestro grupo era un oficial de nombre (NN)(1), el cual unificaba los trabajos de inteligencia contra la subversión, que en ese período estaban dirigidos fundamentalmente contra el MIR Es muy poco lo que puedo señalar sobre lo ocurrido en ese recinto, puesto que sólo me tocó hacer labor de vigilancia (2)

Después del trabajo en la Academia de Guerra nos trasladamos, todo el grupo, a una casa ubicada en la Avenida Apoquindo, inmueble que ya no existe, puesto que allí se construyó un Banco. Al trasladarnos, nos fuimos con unos 15 detenidos del MIR. Puedo recordar que había un mirista de apellido Pérez que salió al extranjero, el cual era visitado por su mujer en el recinto de detención. Recuerdo también a una militante del MIR que le decían "la Negra': era alta, pelo corto. No sé qué destino tuvo.

En este recinto de Apoquindo, estuvimos unos 3 meses mas o menos. Hacíamos allanamientos y detenciones. Yo participaba en la Fuerza de 'Reacción", es decir resguardando, a quienes realizaban los operativos, de algún posible ataque en los alrededores. Las personas detenidas salían libres o iban a dar a la Cárcel. También en este recinto el grupo era dirigido por (NN) y uno de sus subalternos mas cercanos era (NN) a quien apodaban el "Wally". [3]

Muy poco tiempo después nos fuimos quedando sin detenidos, ya que la represión al MIR pasó a estar a cargo de la DINA, por lo que nos trasla-damos al edificio de Santa Rosa con Alameda, donde queda la "Comunidad de Inteligencia", es decir todos los servicios institucionales, excepto la DINA.

En este lugar nuestro equipo se disuelve, quedando cada uno en oficinas diferentes. El miembro de la FACH Guillermo Bratti Cornejo, que venía trabajando en mi grupo, se fue a El Bosque, ya que esa era su Unidad; a él lo apodaban "el pelao Lito".

Había otros funcionarios de la FACH apodados "Patricio, "Chirola", todos de la Unidad de El Bosque.

Cuando empieza el año 1975, se reúne nuevamente el grupo, con (NN), Bratti y los otros, excepto de la Base El Bosque, y nos vamos a operar a un pequeño hangar que queda en el aeropuerto de Cerrillos, entrando por la puerta principal, inmediatamente por la mano derecha, en dirección a la costa, ubicándose actualmente casi frente a un gran letrero que dice "40 KMS. VEL. MAX."

A nuestro grupo se agregó (NN) que era "Patria y Libertad" (aclaro no sé si su nombre era Luis o Cesar o ambos, pero estoy seguro de sus dos apellidos).

Este individuo llega con un equipo de civiles: "Luti", "Yerko", "Patén" y otros. Este (NN) había sido condenado por la muerte del Edecán Naval de Salvador Allende y, al parecer, su equipo también había actuado en el hecho. Era un equipo que actuaba muy profesionalmente. Debo reiterar que (NN) también estaba integrado a este equipo y era uno de sus jefes.

Nuestro tarea era trabajar la represión en el Regional Sur del Partido Comunista. Me recuerdo que en una noche se hizo una pesquisa, en la cual no participé, donde cayeron unos 12 militantes mas o menos.

Aparece en escena en esta época – principios del tercer trimestre del año – el "Juanca", que era Carol Fedor Flores Castillo, quien había sido militante del Partido Comunista y yo lo había visto detenido en el año 1974, en la AGA. El apodo "Juanca" derivaba de su nombre de guerra, Juan Carlos. En todo caso, en esta época él participaba en los interro-gatorios de los detenidos aportando la mayor cantidad de datos, puesto que conocía a un inmenso número de militantes. El era un agente mas, e incluso se le facilitó una casa, que había sido requisada al MIR y que quedaba ubicada en la comuna de La Florida. Usaba arma, intercomunicador, iba a nuestras practicas de tiro y entraba a las reparticiones de la Institución como cualquiera de nosotros.

Por este período, probablemente en septiembre del 75, cae detenido el "Quila Leo", que había sido ex-grumete de la Armada; no recuerdo exactamente si era militante de las juventudes comunistas o del Partido Comunista, y lo identifico inequívocamente por la foto que se exhibe, como Miguel Angel Rodríguez Gallardo. Con él conversé muchas veces, ya que estuvo largo tiempo detenido.

Por la falta de comodidad de este lugar (ni siquiera había agua) nos vamos a una casa ubicada en Santa Teresa 037, a la altura del Paradero 20 de la Gran Avenida, conocida como "NIDO 20".

Esta era una casa en que el vecindario notoriamente se podía percatar lo que pasaba adentro ya que entraban y salían personas, había 2 vigilantes externos de uniformes, siempre apostados afuera, los que tenían prohibición de ingresar al interior de la casa y eran siempre alumnos de la Escuela de Especialidades. Esta casa tenía una chimenea en el living y tres dormitorios. Llegamos allí con unos 20 detenidos mas o menos, los que estaban hacinados, a tal punto que se usaban los closets como celdas de castigo: el "Quila Leo" estaba allí encerrado, para permitir la incomunicación.

Desde aquí se empezó a sacar detenidos para interrogarlos en otro lugar, que también conocí. Se encuentra ubicado en el Paradero 18 de Vicuña Mackenna, en la calle Perú No. 9053, a la cual se llegaba entrando por Rojas Magallanes y doblando a la derecha por la calle que he señalado. Este lugar era conocido como "NIDO 18". La propiedad había sido requisada a un militante del MIR, de apellido Sotomayor.
En este recinto se torturaba e interrogaba.

Cuando empiezan a ser usados los recintos "NIDO 20" y "NIDO 18", actuábamos en un comando conjunto con miembros de los servicios institucionales de Carabineros y la Marina. Por Carabineros tenía el mando un teniente apodado "El Lolo", de apellido (NN), hoy capitán de Carabineros y Jefe del Grupo Operativo Represivo de Carabineros que ha comandado la represión en Pudahuel en los últimos meses.

Por la Marina participaba también al mando un teniente (hoy en retiro) (NN) (hoy trabaja en importaciones de elementos de seguridad y negocios de armas Winchester y tiene oficina en Bulnes).

Puedo recordar, sin determinar exactamente las fechas, que en el NIDO 20 fallecieron dos personas; una, recuerdo le decían Yuri, llegó enfermo, era bajo, crespo, pelo castaño, corto, trabajaba en la Municipalidad de La Granja o Cisterna y había sido detenido en su lugar de trabajo. Murió por una bronconeumonía fulminante, ya que lo tenían colgado en el baño.

Además llevaron del NIDO 18 al 20 a un detenido a quien le decían "Chino", o "Camarada", era bajo, de unos 50 año, fornido. Venía muy torturado desde el NIDO 18, estuvo como unos 15 días con nosotros. Al final llegó un grupo de civiles en la noche, que no sé si eran de Patria y Libertad o de la DINA (esto lo dudo, porque había gran rivalidad con ese Servicio, a tal punto que a veces buscábamos personas que ellos ya tenían detenidas o viceversa, sin que lo supiéramos). Bueno, a este señor lo golpeaban haciendo un ruedo, tirándoselo y pegándole entre unos y otros. Yo estaba de vigilante y nos enervaba que le pegaran sin sentido, ya que casi no le preguntaban nada. Al final lo dejaron tirado en el piso, al lado de la chimenea, y se fueron. A la salida se encontraron con (NN) que venía llegando, el que no participó en esa acción. Ese detenido pasó muy mala noche y en la mañana el centinela interno se dio cuenta que estaba muerto.

Al mediodía volvió (NN) con ropa (estoy casi seguro que era del propio detenido) y una máquina de afeitar. Lo afeitan y le cambian ropa al cadáver y después lo sacan en un vehículo, según decían para entregárselo a la familia. Nunca más supe de él.

Ahora me recuerdo que a Yuri, como también fallecido, lo llevaron muerto al NIDO 18 y desde allí lo hicieron desaparecer, según me comentó un agente de la Marina, tirándolo al mar. También recuerdo ahora, que en la casa del NIDO 18 aún sigue funcionando un grupo de la Marina y también sé que han modificado el frontis del sitio.

Existió también un detenido que era calvo, que contaba haber sido campeón de box y era taxista Vivía en la Gran Avenida1 estuvo cerca de dos meses y entregó una persona que trabajaba en Madeco, el cual nos condujo a un arsenal de metralletas AKA, las cuales se las llevó la DINA. En realidad nunca supe si era militante del MIR o del PC, pero me extrañó que después de esto saliera libre impunemente. En el NIDO 18 cayeron 2 hermanos detenidos, como, calculo, de unos 38 a 40 años. Uno de ellos vestía chaqueta de cuero café y se ahorcó en la celda de aislamiento. El otro hermano salió al parecer en libertad.

Miguel Angel Rodríguez Gallardo o "el Quila Leo", seguía detenido en estos recintos. En el NIDO 18, recuerdo, hubo una persona que intentó suicidarse, subiéndose a una escala de tijeras y sólo logró quebrarse un brazo. Según las fotos que he visto de los desaparecidos del año 75, podría parecerse muy cercanamente a Humberto Fuentes Rodríguez y creo recordar que le llamaban "el viejo Fuentes". [4)

Estamos en este relato ubicándonos aproximadamente en el mes de noviembre de 1975, época en la cual nos trasladamos, con varios detenidos, al Regimiento de Artillería Antiaérea de la FACH. En el interior de ese Regimiento hay una cárcel, llamada La Prevención, que hoy en día no se usa, sino para guardar equipos.

Llegarnos con unos 20 detenidos provenientes de los NIDOS 18 y 20; estaba el Quila Leo, el calvo del brazo enyesado y otros que no recuerdo.

Como a los dos días de llegados a ese recinto, se monta un operativo por el sector norte de Santiago y cae detenido Ricardo Weibel en el barrio El Salto, cerca del Regimiento Buin

Se le sacó de su casa, lo reconozco ahora inequívocamente por la foto que se me exhibe de él; es una de las personas con la cual mas converse. También fue detenido en ese sector un joven que era muy buen caricaturista (hacía dibujos de casi todos nosotros); cayó detenido Bezoa de nombre René; y caen detenidos los dos "Fanta", el menor, es detenido con su novia, y no les recuerdo sus nombres. La novia era delgada, bajita y morena.

A todos estos se les interrogaba, y seguían cayendo muchos mas detenidos.

Cuando estábamos en Colina ingresó a nuestra agrupación personal del Ejército, al mando de un Oficial que rotaba seguido. Estuvieron poco tiempo trabajando.

Este personal de Ejército interrogó en una oportunidad a uno de los detenidos, quien, a causa de la electricidad aplicada de 200 voltios directos, fallece por paro cardíaco. El detenido era de unos 50 anos, tenía placa dental casi completa. Permaneció muerto casi toda la noche en su celda y fue sacado por el mismo equipo del Ejército que lo pone en un portamaletas de un auto Chevy Nova y se lo llevan.
Después de este incidente el Ejército se separo del Comando Unido.

Estando detenido Ricardo Weibel por primera vez, llegó un helicóptero, que no recuerdo exactamente si era de la FACH o del Ejército y tampoco recuerdo si era tipo UH o PUMA. Se llevaron unos 10 o 15 detenidos en el aparato para tirarlos al mar. Participó en esta operación el agente (NN) alias el "Pifo" por la FACH, y había personal de las otras instituciones. Se fueron, según recuerdo, los siguientes detenidos: el calvo del brazo fracturado y enyesado; un ex regidor de Renca del Partido Comunista, que era cojo, usaba zapatos ortopédicos, tenía una edad madura de unos 50 anos mas o menos; también iba el caricaturista. Esto afectó mucho a Ricardo Weibel ya que conversaba mucho con este último detenido por ser de celdas vecinas; cada vez que Weibel sentía ruido de helicóptero tiritaba intensamente.

El agente (NN) dijo que los tiraron al mar a la cuadra de San Antonio. A raíz de que explicó que el detenido calvo con el brazo quebrado y a quien decían "el viejo Fuentes" despertó cuando iban a lanzarlo al mar, deseo aclarar que los detenidos iban drogados. (NN) comentó que uno de los agentes del Ejército a sangre fría le pegó un fierrazo en la cabeza al detenido que tenía la fractura en el brazo y lo lanzó abajo, por este motivo sé que los lanzaron al mar.

Después de este hecho liberaron a varias personas entre ellos el Fanta chico y su novia, Ricardo Weibel y otros que no recuerdo.

Bezoa y el Fanta grande cumplían ya en estos instantes tareas de informantes. Esto lo supe porque los sacaban de las celdas a un lugar, les retiraban las vendas y las esposas y tenían un trato muy preferencial; aclaro que al hacer los interrogatorios, el Fanta grande escribía las declaraciones; detrás del interrogado que estaba vendado, Bezoa afirmaba o negaba con señas según lo que hablaba el detenido. Según creo el Fanta chico nunca colaboró.

Ricardo Weibel lo fueron a detener pocos días después por segunda vez, el agente (NN) fue a dejarlo y a buscarlo nuevamente a la casa, diciéndole a la esposa que seria un interrogatorio de pocos días y que no tendría problemas lo llevaron a Colina nuevamente. En este recinto, él sospechó que lo iban a matar, porque no lo interrogaban, no lo vendaban y lo dejaban circular. Efectivamente, pocos días, más de una semana, durante los cuales vio actuar a Carol Flores como un agente cualquiera y a Bezoa y el Fanta colaborar y servirse con nosotros café y otros alimentos, etc. (reitero que Bezoa y el Fanta estaban siempre como detenidos colaborando, mientras que el Carol Flores era un agente más).

En esta oportunidad aparece un vehículo, que era una citroneta Furgón. Allí echan a varios detenidos entre los cuales está el Quila Leo y Ricardo Weibel. Iba también un detenido flaco, de unos 28 años a 30 años, que ya había intentado suicidarse en su celda cortándose las venas con un pasador metálico del pantalón que afiló en el cemento hasta convertirlo en un arma cortante; en esa ocasión lo condujeron al Hospital de la FACH, donde se recuperó y ahora igual lo llevaban para matarlo.

En el vehículo colocaron chuzos, palas y un bidón con combustible. Como agentes en esta operación participaban Bratti, Flores, (NN) y otros agentes de las otras instituciones, que iban en otro vehículo. Volvieron el mismo día, después de unas 4 horas, sin los detenidos. Estoy absolutamente seguro, porque me lo dijo uno de los agentes, que fueron asesinados en los terrenos militares de Peldehue; además deseo resaltar que, como yo no participé en el opera-tivo, antes de irse me pasaron los carnets de identidad de los detenidos, sus cédulas de conducir, relojes, anteojos, billeteras (la de Weibel tenía muchas fotos); yo debí quemar y enterrar esas cosas.

No recuerdo más hechos y datos importantes por ahora que ocurrieran en Colina en relación a los detenidos. Una circunstancia de excepción y que conmovió a todos fue cuando caen detenidos Guillermo Bratti y Carol Flores y (NN) (que venía también de la AGA y era un Patria y Libertad); según (NN) los detuvieron porque habían pasado información al Partido Comunista y al MIR, pero esa explicación no nos satisfizo ya que era normal que quien caía en desgracia era desprestigiado para que lo odiaran; estos agentes detenidos quedaron vendados y en celdas. Otra versión que conocimos de su detención, era que habían entregado información, que poseíamos, a la DINA, la que efectué operaciones perjudicando a nuestra agrupación; la DINA, según ellos, les había ofrecido más dinero, vehículo y casa. Esto lo declaró Bratti y yo lo escuché en una cinta grabada de su interrogatorio años después. A ellos los alejaron de nosotros y en ese momento se decidió que Bratti fuera dado de bajo y los otros marginados de la institución

En el verano de 1976 terminamos de operar en el recinto de Colina, lo que ocurrió seguramente a principios del mes de marzo; nos trasladamos a un recinto que le decían "la Firma", que- queda ubicado casi frente donde esté el SIAl. Y era un edificio del Diario El Clarín, ubicado en la calle Dieciocho de Santiago. Hoy ocupa ese lugar el DICOMCAR, y allí trabaja "el Lolo", que ya he dicho que es un capitán de Carabineros de apellido (NN), y en ese lugar se han efectuado los interrogatorios a la gente detenida en Pudahuel en las últimas semanas. Esto lo conozco porque, para un operativo en que se detuvo a alrededor de 200 personas en una noche, el "Lolo" pidió apoyo a mis servicios y allí me pude enterar de que aquel recinto que yo conocí como "la Firma" es usado por DICOMCAR.

Volviendo al relato del año 1976, puedo señalar que recién llegado a este recinto en marzo del 76, se montó un operativo para detener a José Weibel Navarrete, hermano del anterior, lo que fue ejecutado por un grupo de Patria y Libertad que operaba con (NN). Nosotros apoyamos a este grupo de la siguiente manera: a mí me correspondió ir con otros agentes en el bus en que viajaba el "Checho Weibel" con su señora e hijo; yo iba sentado atrás. Y no tentamos claro cómo íbamos a bajar al hombre. En un instante se produjo un lanzazo efectivo (no fue inventado). Un chico de unos 14 o 15 años le robé a una señora la cartera. En ese minuto uno de los agentes de la Marina señaló a Weibel diciéndole "ése lo hizo" y le pidió al chofer que parara la micro para bajarlo; se le subió inmediatamente a un vehículo y yo me retiré en otro vehículo, terminando el Operativo, todos nos fuimos a "la Firma". Apenas llegamos lo interrogaron, pero no muy largo. Días después a raíz de una inspección que se creía que iba a ocurrir por parte de un grupo de derechos humanos , se trasladó a Weibel, a el Fanta, a Bezoa, a una casa de tres pisos que queda en calle Bellavista, casi frente a las canchas de tenis (aún existe) y que era la casa donde dormíamos los solteros.

Allí estuvieron los detenidos por espacio de una semana. Una noche que yo estaba de franca, sacaron a Weibel y lo hicieron desaparecer. Estoy seguro que lo mataron, porque (NN) señaló que había sido tirado en el interior del Cajón del Maipo, lo cual tenía un significado inequívoco para mí, por lo que voy a relatar. Antes quiero decir que Bezoa y el Fanta fueron dejados en libertad en esa época.

Paso a relatar ahora la experiencia mía en relación al Cajón del Maipo. Pocas semanas después de lo ocurrido con Weibel se armó un operativo en el cual debí participar. Me pasó a buscar (NN) a la casa de Bellavista y me dijo que debía acompañarlo. Iba en su auto Tormo. Me causo extrañeza el hecho que de la tropa iba yo solo. Fuimos al recinto 'la Firma", donde estaba "el Lolo", (NN), (NN) y otros agentes de Patria y Libertad. Había una mesa con cosas, como para un cóctel. Me serví, aun cuando no entendía nada de lo que pasaba; al terminar le dijeron al centinela que trajera el paquete (se trataba de un detenido). Para mi sorpresa trajeron a Bratti esposado, vendado y drogado. Entonces le empiezan a decir que había metido las patas por traicionar la causa y otras cosas parecidas. Lo metieron en el portamaletas de un auto y partimos en dos vehículos. Yo iba en el que conducía (NN), enfilando hacia el Cajón del Maipo. Al momento de salir me dieron una pastilla, la que también tomaron algunos agentes. (NN) hizo el trayecto con mucha seguridad, y pasado un puente por donde atraviesa el río de izquierda a derecha dobló a la izquierda por un camino que queda en la ladera oriente en ese sector, se detuvo en un lugar que quedaba como 7 km. adentro y a unos 40 metros de unos acantilados. Bajaron a Bratti, vendado, y (NN) lo coloco cerca de una piedra y le dijo: "¿Cómo querís morir?", además quiso hacer un juego macabro con él, ya que le decía "si querís, arrancai, y te persigo". Estaba medio curado. Bratti le dijo "sácame las esposas y la venda". Yo se las tuve que sacar, e inmediatamente me mandó al vehículo a buscar cordeles y alambres, cuando llegué al auto y comenzaba a sacar las cosas de la maleta, sentí una ráfaga de metralleta con silenciador. Al regresar al lugar vi que (NN) lo remataba. No vi disparar al resto. Me pidieron que lo amarrara por los pies y en las manos, pero no recuerdo si estaban a la espalda o adelante. Se le puso piedras de lastre, me señalaron que lo empujara por el acantilado, pero como había unos arbustos había que sacar el cuerpo hacia el vacío, alguien me sujetó de la mano y quedé colgando, llegando a pensar en algún momento que también me iban a matar, pero al final él cayó al agua y todos regresamos.

Carol Flores sé que lo mataron también, pero no puedo recordarme si fue días antes o días después que a Bratti. (NN) hizo una alusión que era el mismo lugar o sector.

Después de esto seguimos trabajando en "la Firma", apareciendo Bezoa y el Fanta como colaboradores del Servicio.

Se inicio una represión contra más militantes del PC. Fue detenido "José" quien después entregó el punto donde se iba a reunir con Contreras Maluje; también es detenido el "Macaco" que era el encargado de finanzas del Partido Comunista, de la Juventud (el "Macaco" tenía un departamento chico en el centro); fue detenido alguien a quien le decían "el Vicario" y otro que componía relojes; eran unas ocho o nueve personas.

Cuando José señaló que tenía que reunirse en una casa en el sector de la Gran Avenida, con Contreras Maluje, se montó la operación siendo detenido Contreras Maluje después que salió José. Contreras Maluje estaba acompañado de dos niñas y, al vernos, huyó varias cuadras por lo que debieron seguirlo y reducirlo entre diez, ya que era muy fornido., se le subió a una camioneta Kleinbus Volkswagen, que era de la Marina. El chofer estaba tan nervioso que, en el trayecto por Gran Avenida, atropelló a un peatón.

Llegamos a "la Firma", donde interrogaron a Contreras Maluje en relación a "José", con el objeto de encubrirlo para que no se diera cuenta que por él había sido detenido. Contreras Maluje no decía nada. En un momento, cuando le aplicaban electricidad, lo levantaron y le hicieron sacarse la venda, viendo sentados al frente de él, mirándolo, a sus compañeros detenidos. En la pared de esa sala había un organigrama de la Juventud, donde los nombres de los detenidos estaban marcados con rojo. No recuerdo que estuvieran más detenidos que el "José", el "Vicario", el "Macaco", el "relojero" y otros a quienes no identifico.

Contreras inventó un punto para el día siguiente, en el sector de calle Nataniel. Se montó el operativo y Contreras caminó por Nataniel en dirección a Avda. Matta (en ese entonces el tránsito venía hacia el norte. En un momento, se escuchó por radio en mi vehículo que yo andaba nos fuimos al sector pensando en el accidente, llegamos casi junto al vehículo en que iba (NN) y un jeep de Carabineros que casualmente pasó por ahí. Nos dimos cuenta que Contreras se había tirado a las ruedas de la micro, y tratando de incorporarse gritaba; "Soy comunista y no es ningún pecado, avisen a la Farmacia Maluje de Concepción". Gritaba su nombre y el cargo en el Partido. Le pedía ayuda a Carabineros para que por favor no le dejaran en nuestras manos, diciéndoles "Son de la DINA, mostrando a (NN) les decía: "Ese es el jefe", "miren como me torturaron" y mostraba sus muñecas amoratadas por las esposas. Se juntó mucha gente; Carabineros se paralogizó, no pidió ninguna identificación, fue muy difícil subirlo al auto, ya que se resistió y sólo con la ayuda de unos detectives que pasaron en una patrullera, se le incorporó al vehículo Fiat 125 color celeste, con patente de la Dirección de Inteligencia de la institución, todas las cuales se encontraban a nombre del Representante Legal del Director general Ruiz.

Volvimos con él al recinto "la Firma" donde los jefes lo golpearon mucho en una celda, a pesar de que iba herido, con el brazo fracturado, la cabeza rota y sangraba por la boca. Los jefes le decían: "Te pusiste la soga al cuello", después de esto quedó solo, botado y sin atención médica. José al ver esto, estuvo muy deprimido durante mucho tiempo, pues se sentía culpable; ese día yo me fui de franco quedando un equipo de guardia; al entrar el día siguiente, me contaron que en la tarde lo habían llevado a un lugar de la cuesta Barriga que yo conocía.
Para terminar, paso a explicar como conocí ese lugar.

A unos diez días que esto ocurriera – lo de Contreras Maluje – me mandaron con un marino en una Renoleta a hacer una fosa grande en un lugar que yo no conocía. Subimos por la cuesta Barriga un trecho y nos internamos a pie por una quebrada pequeña, unos 70 metros o más allí, con dos agentes de la Marina, "el Alex" y "el Chico", estuvimos trabajando unas tres horas haciendo una fosa para dos personas. Ese día me pude dar cuenta de que había allí otros cadáveres ocultados, ya que sin querer me paré sobre una fosa y un marino me lo representó; creo que habían por lo menos unos 6 cadáveres.

Al día siguiente, volví al lugar en una Renoleta con varios agentes que también iban en otro vehículo. Llevamos 2 detenidos, iban vendados y sólo recuerdo a uno, al cual tuve que ayudar a subir por la quebrada. Caminaban semi inconscientes porque los drogaban. Al que recuerdo me había dicho que era profesor, era alto, delgado, ojos claros, pelo casi rubio, vestía una parka o un cortavientos. Me costó mucho subirlo. Se dio cuenta que lo iban a matar, ya que en voz baja me dijo que él no había hecho nada malo. Del otro detenido, no tengo memoria. Cuando ya estaban en el lugar del martirio, (NN) me mandó hacia abajo, hacia la carretera para ver que no ingresaran por la huella otros vehículos o personas que anduvieran cazando; estando abajo, sentía como (NN) se burlaba de ellos mientras les disparaba ráfagas con silenciador (el sonido es seco y corto). Después bajaron con (NN) y (NN) que era un tipo sádico, todavía se burlaba.

Estoy seguro que en ese lugar hay más cadáveres de los que yo tengo noticias y tampoco puedo asegurar que, cuando se decía que alguna persona salía en libertad, realmente así ocurría.

Cuando ocurrió el escándalo de Contreras Maluje hubo una orden de la superioridad de replegarnos de inmediato a la institución y volvimos a hacer labor institucional. [5]

Por ahora, es esto lo que puedo declarar en relación al caso de los Detenidos – Desaparecidos. No volvimos a actuar directamente en la subversión hasta mucho después, y sólo como apoyo a la C.N.I. (por ejemplo, en los enfrentamientos más o menos irreales de Fuente Ovejuna y Janequeo en el año 83).

Leída que fue por el compareciente, la ratifica firmando.
Santiago, 28 de agosto de 1984.


Microbiografía de Ricardo Weibel Navarrete

Fuente :latidosdelamemoria.cl sin fecha

Categoría : Otra Información

Ricardo Weibel, mi papá, nació en diciembre de 1945 en Santiago y estudió en la Escuela Industrial de Conchalí, donde aprendió el oficio de modelaje en calzado, el que combinó con su trabajo como chofer de la locomoción colectiva. Era un hombre con mucha personalidad, serio, tenía cuerpo de deportista y le encantaba el ping- pong y el básquetbol, con su hermano Patricio ganaron varios campeonatos de la Escuela; le decían “Rucio” por su pelo colorín.

Cuenta mi mamá, Catalina, que en el verano del ’60, conoció a mi papá en el local de las JJ.CC en El Salto y que se enamoraron mientras ensayaban los sketch que luego presentaban a sus compañeros. Se casaron el ’65 y Tuvieron tres hijos: Ricardo, mi hermano mayor -que hoy vive en Finlandia-, Susana y yo.

Era hincha de la «U»; iban con la “Chica”, como le decía a mi madre, a ver los clásicos; también les gustaba mucho el cine. Ella recuerda, que la última película que fueron a ver fue “Hamlet” el año ’74. Le gustaba bailar y le encantaba traducir las canciones en inglés.

Muy joven, a los 13 años se hizo militante. Fue comunista como mi abuelo. Recuerda mi mamá que cuando salió Allende, mi papá era funcionario del Partido y que ese día estaban felices y él le dijo: “Ahora hay que trabajar mucho, porque la responsabilidad es grande”.

El último recuerdo que tengo de mi papá es de la noche posterior a su primera detención, fue a darme las buenas noches, me quedó mirando y me acarició.

En noviembre de 1975, miembros del Comando Conjunto se lo llevaron desde nuestra casa en la Población Valdivieso de Conchalí, veinte años después pudimos despedirlo.

El era Ricardo Weibel Navarrete, detenido y desaparecido el 7 de noviembre de 1975. Yo soy Cristián Weibel Avendaño, su hijo menor, y recuerdo a mi papá. Recuérdalo tú, recuérdaselo a otr@s.

Ficha técnica

Para realizar esta microbiografía, se entrevistó a Cristián Weibel, quien grabó esta cápsula radial en septiembre de 2014 en los estudios de Radio Universidad de Chile, donde posteriormente fue mezclada y emitida.