Fecha Detención : 20-09-1973
Comuna Detención : Cunco
Partido Político :
Oficio o Profesión : Obrero Agrícola
Estado Civil e Hijos : Casado
Nacionalidad : chilena
Relatos de Los Hechos
Fuente :informe corporación
Categoría : Antecedentes del Caso
OSVALDO SEPULVEDA TORRES
Rut : Sin información
F.Nacim. : 20-01-43, 30 años a la fecha de la detención
Domicilio : Los Laureles, Cunco
E.Civil : Casado
Actividad : Obrero agrícola
C.Repres. : Sin información
F.Detenc. : 20 de septiembre de 1973
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Nombre : GARDENIO SEPULVEDA TORRES
Rut : Sin información
F.Nacim. : 35 años a la fecha de detención
Domicilio : Los Laureles, Temuco
E.Civil : Soltero
Actividad : Campesino
C.Repres. : Sin información
F.Detenc. : 20 de septiembre de 1973
SITUACION REPRESIVA
Los hermanos Gardenio y Osvaldo Sepúlveda Torres, fueron detenidos por primera vez el 14 de septiembre de 1973, al presentarse voluntariamente, junto a otro de los hermanos, Luis Alberto, en la Tenencia de Carabineros de Los Laureles de la localidad de Cunco. Horas antes, el Carabinero Rolando Cea acompañado de otros 3 policías se había apersonado al domicilio de los afectados con el fin de arrestarlos. Al no encontrarlos, les dejó dicho que se presentaran en la Tenencia. Permanecieron en el Cuartel por algunas horas, siendo dejados en libertad con la obligación de acudir diariamente a firmar en la mañana y en la tarde. Igual situación afectó a otros campesinos del asentamiento Choraico. Antes de salir en libertad, les cortaron el pelo a machetazos.
El 20 de septiembre de ese año, concurrieron a firmar como de costumbre, pero esta vez quedaron detenidos, salvo Luis Alberto que fue dejado en libertad. Ese mismo día, Gardenio y Osvaldo Sepúlveda fueron trasladados en el vehículo de un particular a la Comisaría de Cunco, distante unos 8 kilómetros del lugar. Fue en este recinto policial en donde se vio por última vez a los dos detenidos. Una de las víctimas sobrevivientes, Ponciano Arnoldo Sagredo Lagos, detenido en septiembre de 1973 por Carabineros de Los Laureles, expone en su declaración judicial que al ser trasladado a la Tenencia de Cunco, fue dejado en una celda con los hermanos Gardenio y Osvaldo Sepúlveda y otro detenido de nombre Ediberto Lagos Zárate; a la mañana siguiente, un funcionario de Carabineros los obligó a ponerse boca abajo en el piso y a los hermanos Sepúlveda los sacó de la celda; mientras estaban boca abajo, sintió un vehículo fuera del recinto policial y una voz que daba la orden "suban luego pues hombre". Esa fue la última vez que los vio. Luego de ocurrido lo anterior, llegó personal de Ejército que obligó a los demás detenidos subir a unos vehículos y fueron trasladados al Regimiento Tucapel de Temuco. De igual tenor, es la declaración judicial del agricultor Juan Agustín Reinoso Mellado, quien fuera detenido por primera vez el 13 de septiembre de 1973 por el Cabo Rolando Cea, quien era acompañado por un carabinero de apellido Calderón y otro llamado Juan Pérez. Expone en su declaración, que estos policías obligaban a los detenidos a arrodillarse en el camino y luego procedían a cortarles el pelo a machetazos. Luego de ser dejado en libertad con la obligación de firmar dos veces al día, fue nuevamente detenido el 20 de septiembre de ese año al presentarse en la Tenencia de Carabineros. Fue trasladado al patio del recinto en donde se encontró con otros detenidos, entre ellos los hermanos Sepúlveda Torres, Ponciano Sagredo, Heriberto Lagos, Adelmo Henríquez, y un detenido de apellido Sáez. Posteriormente fue encerrado en una celda junto a Gardenio y Osvaldo. Transcurridas algunas horas fueron trasladados a la Tenencia de Cunco en una camioneta Chevrolet apache 56, de propiedad del particular Ricardo Velasco, dueño del fundo Santa Adela de Los Laureles. Al llegar al recinto de Cunco fue separado de los hermanos Sepúlveda, quienes fueron encerrados en una celda junto a otros dos detenidos de apellidos Sagredo y Lagos respectivamente. Esa fue la última vez que vio a los dos desaparecidos, pues, el 21 de septiembre fueron trasladados por militares al Regimiento de Temuco, y cuando los sacaron de sus celdas, los hermanos Sepúlveda no salieron, sólo lo hicieron Sagredo y Lagos.
Pese a las numerosas diligencias y averiguaciones que realizó la familia para conocer la suerte que corrieron los dos hermanos en manos de sus captores, éstos siguen desaparecidos.
GESTIONES JUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS
El 12 de febrero de 1986, doña Isabel del Carmen Torres Carrasco, cónyuge de Osvaldo Sepúlveda Torres, presentó una denuncia por presunta desgracia de su marido y de su cuñado Gardenio Sepúlveda, ante el Segundo Juzgado de Letras de Temuco, en la cual expone las circunstancias del arresto y posterior desaparecimiento de los hermanos. En el proceso, signado con el rol 62.710, prestó declaración Juan Agustín Reinoso Mellado y Ponciano Arnoldo Sagredo Lagos, cuyo contenido están descritas en el párrafo anterior. En abril de 1986, compareció ante el Tribunal el Cabo Primero de Carabineros Paul Vicente Pinilla Vidal, quien expone que a la fecha de los hechos trabajó en el Retén Los Laureles y le correspondió detener a mucha gente, pero no recuerda que los hermanos Gardenio y Osvaldo hayan sido detenidos por ellos; pero sí recuerda que éstos acudían al Retén dos veces al día a firmar, pero que un día los trasladaron junto a otros detenidos, entre ellos uno de apellido Sagredo y otro de apellido Henríquez, a la Tenencia de Cunco en donde los dejaron. En esa época, el jefe del Retén Los Laureles era don Saturnino San Martín. De la Tenencia de Cunco recuerda al Suboficial Clenardo Figueroa. Los detenidos que dejaban en Cunco, eran sacados de esa ciudad por militares. En ese mismo mes y año, declaró el Suboficial jubilado de Carabineros, Clenardo Figueroa Cifuentes, quien señala no conocer los nombres que el Tribunal le menciona, por cuanto él no intervenía en la detención de las personas; recuerda que llegaban militares tanto en vehículos como en helicópteros a buscar detenidos. En la misma oportunidad, prestaron declaración ante el Tribunal el Cabo Primero de Carabineros Carlos Eugenio Montenegro Grandón, el carabinero jubilado Carlos Norberto Cea Reyes, y el carabinero también jubilado, Rolando Alfredo Cea Reyes. De estas declaraciones, destaca lo afirmado por el último de los nombrados, quien señala que recuerda a los hermanos Sepúlveda Torres, quienes acudían al Retén a firmar, pero no recuerda que éstos fueran detenidos y trasladados a Cunco, ya que hubo una orden superior de que el Retén Los Laureles se iba a Cunco y en esa Tenencia ellos ocupaban algunas dependencias. Afirma en su declaración que a Gardenio y Osvaldo los conoció desde niños y nunca los vio detenidos.
El primero de julio de 1986, el Juez sobreseyó temporalmente la causa por no encontrarse acreditada la comisión de un delito en el hecho denunciado. Sin embargo, dicha resolución fue rechazada por la Corte de Apelaciones de Temuco, reponiéndose la causa a la etapa sumarial, por considerar que la investigación no se encontraba agotada.
El 5 de agosto de 1986 compareció ante el Tribunal el Cabo Primero de Carabineros Blas Calderón Painequir, quien expone que en septiembre de 1973 trabajaba en el Retén Los Laureles, y luego todo el personal se fue a la Tenencia de Cunco donde el Oficial a cargo era don Oscar Troncoso Chacón. No recuerda a los hermanos Sepúlveda Torres. También prestó declaración la denunciante, doña Isabel Torres Carrasco, quien ratifica los términos de la denuncia y agrega que junto a los aprehensores que trasladaron a los hermanos a Cunco, iba el Suboficial Clenardo Figueroa, a quien decían "Condorito". Citado a declarar nuevamente el funcionario Clenardo Figueroa, ratifica su declaración anterior y dice ignorar a qué persona o funcionario se le decía "Condorito". En septiembre de ese año, se efectúa un careo entre la denunciante y el policía, manteniéndose ambos en sus dichos. También se realiza un careo entre Isabel Torres y el Carabinero Rolando Cea, quien esta vez manifiesta que se enteró que los dos hermanos habían sido llevados a Cunco, pero ignora quienes fueron los que los trasladaron. Otros careos entre la denunciante y los demás policías individualizados, no agregaron nuevos antecedentes a la causa por cuanto los uniformados se mantuvieron en sus declaraciones iniciales. Además, los Carabineros no fueron confrontados con Ponciano Arnoldo Sagredo Lagos y Juan Agustín Reinoso Mellado, ambos testigos de detención y reclusión de los hermanos Sepúlveda Torres.
Finalmente, mediante exhorto, prestó declaración el Capitán de Carabineros Oscar Hernán Troncoso Chacón, quien manifiesta que efectivamente en la fecha de los hechos era jefe de la Tenencia de Cunco, pero que no recuerda nada con respecto al caso de los dos hermanos desaparecidos, por cuanto las personas que eran detenidas eran entregadas a patrullas militares que las trasladaban al Regimiento Tucapel. Por su parte, el Ministro de Defensa, Patricio Carvajal Prado, informó al Tribunal que en el Ejército no existen antecedentes relacionados con el caso. El 14 de octubre de 1986 el señor Juez Julio César Grandón Castro sobreseyó temporalmente la causa.
Chile, una larga batalla por la memoria
Fuente :rebelion.org, 15 de Febrero 2018
Categoría : Prensa
La Corte Suprema de Chile confirmó el pasado 13 de octubre la condena de tres excarabineros (policías) a 15 años y un día de cárcel por su responsabilidad en las ejecuciones «políticas» de Miguel Díaz León y Ángel Espinosa Valenzuela. Los asesinatos ocurrieron el 14 de septiembre de 1973 -tres días después del golpe perpetrado […]
La Corte Suprema de Chile confirmó el pasado 13 de octubre la condena de tres excarabineros (policías) a 15 años y un día de cárcel por su responsabilidad en las ejecuciones «políticas» de Miguel Díaz León y Ángel Espinosa Valenzuela. Los asesinatos ocurrieron el 14 de septiembre de 1973 -tres días después del golpe perpetrado por el general Pinochet- en la ribera del río Mapocho, en la Región Metropolitana de Santiago. El 29 de septiembre la Sala de lo Penal de la Corte Suprema condenó asimismo a 12 carabineros en retiro como responsables del secuestro, en septiembre de 1973, de Osvaldo y Gardenio Sepúlveda Torres en la comuna de Cunco (provincia de Cautín). Tras su encierro en los calabozos y ser trasladados en un vehículo policial, los dos hermanos desaparecieron. El fallo condena a dos penas de tres años de cárcel a los ocho policías cómplices y a otros cuatro años de presidio a los cuatro agentes encubridores; en todos los casos el alto tribunal concedió el beneficio de la libertad vigilada. El pasado tres de octubre el juez Álvaro Mesa decidió procesar al general en retiro Santiago Sinclair Oyaneder por las presuntas torturas contra nueve presos políticos que se hallaban, después del alzamiento militar, en la cárcel de la ciudad de Valdivia; el juez ordenó el arresto domiciliario, debido a la edad avanzada del exgeneral.
Son algunos de los casos incluidos en el último Boletín del Observatorio de Justicia Transicional de la Universidad Diego Portales de Santiago, publicado en diciembre de 2017. El documento también hace referencia a la condena en octubre de 2017 de 35 exmiembros de la DINA (policía secreta de la dictadura) por el secuestro y desaparición de la médico y militante del Partido Comunista Reinalda Pereira Plaza en diciembre de 1976, dentro de un «operativo a gran escala» y cuando estaba embarazada de cinco meses. Las penas oscilan entre los siete y los diez años de prisión para los 21 autores del delito y cuatro para los policías cómplices, mientras que once agentes resultaron absueltos. Además se condena al fisco a pagar una indemnización de 130 millones de pesos (215.000 dólares) al cónyuge de la víctima.
Boris Hau es abogado e investigador del Observatorio de Justicia Transicional. En un acto organizado por el Fòrum de Debats de la Universitat de València -«La memoria de Antonio Llidó y el compromiso con la verdad y la justicia»- ha subrayado los «importantes avances» logrados después de 16 años de gobierno militar y durante los 28 años de democracia en Chile. Pero continúan vigentes retos como «continuar exigiendo penas de cárcel para los responsables de los crímenes». Una de las primeras iniciativas del presidente Patricio Aylwin fue la constitución en abril de 1990 de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación, que elaboró el informe Rettig. Después de nueve meses de trabajo, el informe concluyó que 2.279 personas perdieron la vida durante la dictadura militar (2.115 a causa de violaciones de los derechos humanos y 164 por la violencia política); la cifra de ejecuciones políticas y desapariciones se elevaría en informes posteriores a 3.218. Además una ley promulgada en enero de 1992 estableció una pensión mensual de reparación para los familiares de las víctimas identificadas en el informe Rettig. Sucesivas investigaciones afinaron la magnitud de la represión. Así, la Comisión Valech concluyó que más de 37.000 personas fueron víctimas de la prisión política y la tortura durante la dictadura.
En un artículo publicado en la Revista Interdisciplinar de Direitos Humanos de la Universidad de Sao Paulo, Boris Hau apunta la reacción a las denuncias de Pinochet, quien tras la dictadura se mantuvo como jefe del ejército y a partir de 1998 fue senador vitalicio; afirmó que no aceptaría «ser situado ante la ciudadanía en el banquillo de los acusados, por haber salvado la libertad y soberanía de la patria a requerimiento insistente de la civilidad». El texto de Hau -«Chile, una democracia consolidada luego de 27 años de luchas por la Justicia y la Verdad para las víctimas de la dictadura»- señala los hitos en las políticas de memoria y reparación. En febrero de 1994 se inauguró en el patio 102 del Cementerio General de Santiago el Memorial del Detenido, Desaparecido y Ejecutado Político; también en 2004, la movilización de la Asamblea por los Derechos Humanos de Peñalolén y La Reina concluyó en la recuperación de «Villa Grimaldi» (Santiago de Chile) como sitio de memoria. En esta antigua villa operó desde finales de 1973 el cuartel Terranova, principal recinto de secuestro y tortura de la DINA. En marzo de 1997 fue inaugurado el Parque por la Paz «Villa Grimaldi». Actualmente la página Web del Museo de la Memoria y los Derechos Humanos aporta información de 93 memoriales a las víctimas de la dictadura sólo en la Región Metropolitana de Santiago.
El profesor e investigador del Programa Memoria y Derechos Humanos de la Universidad Alberto Hurtado de Santiago, Boris Hau, recuerda que, durante los primeros años de la democracia, «la Justicia estaba ausente». Pinochet continuaba al frente de las fuerzas armadas y desde 1978 se hallaba en vigor la Ley de Amnistía, que protegía a los autores, cómplices o encubridores de «hechos delictuosos» entre septiembre de 1973 y marzo de 1978, siempre que no estuvieran procesados o condenados. Los principios de verdad, justicia y reparación tenían que ganar terreno a pulso. Un avance muy considerable se produjo en junio de 1995, cuando la Corte Suprema ratificó las condenas al exdirector de operaciones de la DINA, Manuel Contreras, y al exbrigadier Pedro Espinoza a seis y siete años de prisión, respectivamente, como responsables del asesinato de Orlando Letelier, ministro de Relaciones Exteriores, Interior y Defensa durante el gobierno de la Unidad Popular. «Fue el primer caso en que se hizo Justicia para las víctimas de la dictadura», resalta Boris Hau.
El año 1998 reforzó el cambio de tendencia en la batalla por la memoria. El 13 de enero la fallecida secretaria general del Partido Comunista de Chile, Gladys Marín, presentó en la Corte de Apelaciones de Santiago una querella criminal contra el exdictador por los delitos de genocidio, secuestro, asociación ilícita e inhumación ilegal. El motivo, la detención y desaparición de su expareja, Jorge Muñoz, y otros cuatro dirigentes comunistas en 1976. A los quince días se sumó la querella de los familiares del abogado y dirigente socialista, Héctor Mario Silva Iriarte, asesinado en octubre de 1973 cerca de la ciudad de Antofagasta.
Pero tal vez el hecho más significativo fuera el arresto domiciliario del senador vitalicio Augusto Pinochet en Londres, en octubre de 1998, por orden del entonces magistrado de la Audiencia Nacional, Baltasar Garzón, quien pretendía juzgar al general golpista por crímenes de «lesa humanidad». El arresto se prolongó durante 503 días. Entre los cargos contra el exdictador se incluían 94 denuncias de tortura por parte de ciudadanos españoles y el secuestro y asesinato por la DINA del diplomático Carmelo Soria en julio de 1976. En marzo de 2000 el Ministerio del Interior británico decidió no extraditar a Pinochet alegando razones de salud, por lo que pudo regresar a Chile y evitar el juicio en España. «Después de ser visto en silla de ruedas durante meses, el exdictador se levantó de la silla y caminó saludando a los militares que lo recibían, entre ellos el jefe del ejército», recuerda el abogado e investigador.
El magistrado Juan Guzmán agrupó por casos las querellas que se sucedían contra Augusto José Ramón Pinochet Ugarte. Por ejemplo, el «caso Caravana», así denominada por la comitiva militar de exterminio que recorrió el país -al poco de perpetrarse el golpe-, y que terminó con la muerte y desaparición de entre 75 y un centenar de opositores; o el caso del Comandante en Jefe del Ejército de Chile, Carlos Prats, quien murió en el exilio argentino en 1974, al estallar un explosivo en su automóvil. A estos episodios se agregaba el de la llamada «Operación Colombo», con la que la dictadura pretendía encubrir la desaparición de 119 detenidos, la mayoría militantes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR). Pero no sólo se emprendió la vía judicial. La Mesa de Diálogo sobre Derechos Humanos convocada por el presidente Lagos emitió en junio de 2000 una declaración según la cual las Fuerzas Armadas y los Carabineros se comprometían a obtener «información útil» para encontrar los restos de detenidos o desaparecidos; les amparaba para ello el secreto profesional, y se establecía un plazo de seis meses. Hau recuerda que el documento entregado al presidente Lagos «fue considerado insuficiente por su información; en muchos casos reconocieron que los detenidos fueron lanzados al mar».
La larga batalla por la memoria sumó un nuevo avance en noviembre de 2004, cuando la Corte Suprema ratificó las condenas -entre cinco y 12 años de prisión- a cinco exagentes de la DINA por el secuestro y desaparición del militante del MIR, Miguel Ángel Sandoval, en enero de 1975. El caso sentó un precedente: «No se aplicó la Ley de Amnistía porque se siguió la tesis del ‘secuestro permanente’, jurisprudencia avalada por la Corte Suprema en los casos siguientes de detenciones y desapariciones», explica el investigador de la Universidad Alberto Hurtado.
En 2006 la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condenó al Estado de Chile por no investigar el asesinato, a manos de agentes del cuerpo de Carabineros, del profesor y militante comunista, Luis Alfredo Almonacid; unos años antes, en 1997, el caso fue archivado en la jurisdicción militar basándose en el Decreto Ley de Amnistía de 1978. Otro jalón destacado en el periplo judicial por la Verdad, la Justicia y la Reparación fue la sentencia de la CIDH hecha pública en octubre de 2015, que declaró al Estado chileno responsable por la «violación del derecho a la protección judicial» en el caso de doce exaviadores y un empleado civil que trabajaba para la Fuerza Aérea («caso Omar Maldonado y otros»); la sentencia reconoció que las víctimas fueron detenidas, torturadas y procesadas en Consejo de Guerra entre 1973 y 1975. En octubre de 2016 la Corte Suprema de Chile anuló las sentencias dictadas durante la dictadura por el Consejo de Guerra de la Fuerza Aérea.
El Tomo 3 del Informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación (1996) incluye en la nómina de detenidos y desaparecidos al sacerdote valenciano Antoni Llidó. El religioso, miembro de Cristianos por el Socialismo y militante del MIR, fue visto por última vez en octubre de 1974 en el centro de detención y tortura de Cuatro Álamos (Santiago), administrado por la DINA, de donde se le sacó con destino desconocido. Tenía 38 años. Llidó fue uno de los cinco curas ejecutados o a quienes la dictadura hizo desaparecer, además de Miguel Woodward, André Jarlan, Joan Alsina y Gerardo Poblete. En el acto organizado por la Universitat de València ha participado el periodista e historiador Mario Amorós, autor de los libros «Antoni Llidó, un sacerdote revolucionario» (2007) y «Una huella imborrable: Antoni Llidó, el sacerdote detenido-desaparecido» (2016). En una entrevista de Gema Delgado en Mundo Obrero, Amorós recuerda que en noviembre de 1974 el dictador recibió a dos obispos que presidían un organismo humanitario; estos mostraron a Pinochet una fotografía de Llidó, entre otros detenidos y desaparecidos, a lo que el militar respondió: «ése no es un sacerdote, es un marxista»; y «justifica su tortura y desaparición», apunta el periodista, quien defendió en 2005 una tesis doctoral sobre «el cura Toño».
Los primeros atisbos de justicia llegaron en 2008, cuando el juez Jorge Zepeda condenó a cuatro integrantes de la DINA- entre ellos el jefe del organismo de inteligencia, Manuel Contreras- a siete años de prisión por el secuestro y la desaparición del religioso. La sentencia añadía una indemnización para la hermana de la víctima, Josefa Llidó. Sin embargo, dos años después la Corte Suprema rebajó las penas a cinco años y concedió a los condenados el beneficio de la libertad vigilada. Además, el alto tribunal rechazó la demanda de indemnización interpuesta por los familiares. El sacerdote natural de Xàbia (Alicante) colaboró con la Unidad Popular en la campaña de las elecciones presidenciales de 1970 y en los comicios municipales del año siguiente con los socialistas de la ciudad de Quillota (Valparaíso); también fue dirigente local del MIR, «lo que le enemistó con su vicario y obispo, Emilio Tagle, quien apoyó con entusiasmo el golpe militar y la dictadura», explica Mario Amorós; asimismo destaca las palabras que Llidó escribió a una de sus amistades: «Nunca en la Historia los poderosos se dejaron arrebatar pacíficamente sus privilegios». Y Chile no resultó una excepción. Tras el bombardeo del Palacio de la Moneda el 11 de septiembre de 1973, el cura se escondió en casas del Cerro Mayaca (Quillota), Valparaíso y la comuna de Viña del Mar. De vuelta a la capital, se enroló en la Resistencia Popular; pero «1974 fue el año de la gran razzia de la DINA contra el MIR», recuerda el historiador y periodista. El uno de octubre Antoni Llidó fue detenido en el centro de Santiago…
Corte Suprema condena a 12 carabineros en retiro por secuestro calificado de hermanos en Cunco
Fuente :adprensa.cl, 29 de Septiembre 2017
Categoría : Prensa
La Corte Suprema condenó a 12 exmiembros de Carabineros, por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado de los hermanos Osvaldo y Gardenio Sepúlveda Torres, perpetrado en la comuna de Cunco, en septiembre de 1973.
En fallo unánime , la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Milton Juica, Carlos Künsemüller, Lamberto Cisternas, Manuel Antonio Valderrama y el abogado (i) Jaime Rodríguez– condenó a Ramón Calfulipi Martínez, Gamaliel Soto Segura, Gilordy Chabouty Pinilla, Saturnino San Martín Bustos, Rolando Cea Reyes, Blas Calderón Painequir, Carlos Montenegro Grandón y Paul Pinilla Vidal a dos penas de 3 años y un día de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada, en calidad de cómplices de los secuestros calificados de los hermanos Osvaldo y Gardenio Sepúlveda Torres.
En tanto, José Pérez Retamal, Israel Hernández Ulloa, Hugo Bornard Cruces y Francisco Borja Vallejos Villena fueron condenados a 4 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada, como encubridores; y ratificó la absolución de Juan Carlos Padilla Millanao de la acusación formulada en su contra, que lo sindicaba como encubridor del delito.
En el aspecto civil, se confirmó la resolución que condenó al Estado de Chile a pagar la suma de $90.000.000 (noventa millones de pesos) como indemnización de perjuicios, a familiares de las víctimas.
Los hechos
Durante la etapa de investigación, el ministro Álvaro Mesa logró establecer los siguientes hechos:
«A.- Que una vez producida la acción militar del 11 de septiembre de 1973, distintos retenes dependientes de la Tenencia de Cunco, entre los que estaban Los Laureles y Las Hortensias, fueron recogidos a ésta, decretándose acuartelamiento en Grado 1, situación que tuvo una duración aproximada de tres meses, lo que significó que los funcionarios de los retenes debían pernoctar en la Tenencia de Cunco, y durante el día viajar a los respectivos lugares de trabajo y cumplir con las funciones propias del cargo.
B.- Que con fecha 14 de septiembre de 1973, los hermanos Gardenio y Osvaldo Sepúlveda Torres, fueron detenidos por primera vez, al presentarse voluntariamente, junto a su hermano Luis Alberto, por Carabineros de Los Laureles, provincia de Cautín, IX región del país. Durante el mismo día fueron dejados en libertad, con la obligación de acudir a firmar diariamente, en la mañana y en la tarde al retén.
C.- El día 20 de septiembre de ese año, como de costumbre, fueron a firmar, pero esta vez quedaron detenidos, salvo Luis Alberto que fue dejado en libertad. Junto con ellos permanecieron detenidos Ponciano Arnoldo Sagredo Lagos, Ediberto Lagos Zárate, Juan Agustín Reinoso Mellado, Adelmo Henríquez y un detenido de apellido Sáez. Transcurridas algunas horas, fueron trasladados por carabineros de Los Laureles hasta la tenencia de Cunco, en una camioneta Chevrolet Apache 56, de propiedad de un particular de nombre Ricardo Velasco. En Cunco, los hermanos Sepúlveda Torres, fueron encerrados en la misma celda junto a Ponciano Arnoldo Sagredo Lagos y Ediberto Lagos Zárate.
D.- La mañana del 21 de septiembre de 1973, en la tenencia de Cunco, ingresa al calabozo, donde se encontraban los hermanos Sepúlveda Torres, un funcionario de Carabineros de Chile a conversar con ellos. Un rato después se sintió la llegada de un vehículo liviano al patio de la tenencia, escuchándose pasos y una voz de mando que les decía a los hermanos Sepúlveda Torres «ya suban», tras lo cual se cerraron las puertas del vehículo y se puso en marcha, junto a los carabineros, desconociéndose hasta la fecha su actual paradero».
Ministro Álvaro Mesa condena a 12 carabineros (r) por el secuestro calificado de los hermanos Osvaldo y Gardenio Sepúlveda Torres
Fuente :redinformativa.cl, 23 de Noviembre 2016
Categoría : Prensa
El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Temuco, Álvaro Mesa Latorre, condenó a 12 carabineros en retiro, por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado de los hermanos Osvaldo y Gardenio Sepúlveda Torres, perpetrados en la comuna de Cunco, en septiembre de 1973.
El magistrado condenó a: RAMON CALFULIPI MARTÍNEZ, GAMALIEL SOTO SEGURA, GIRLONDY CHABOUTY PINILLA, SATURNINO SAN MARTÍN BUSTOS, ROLANDO ALFREDO CEA REYES, BLAS CALDERON PAINEQUIR, CARLOS EUGENIO MONTENEGRO GRANDÓN y PAUL VICENTE PINILLA VIDAL, a la pena efectiva de 7 AÑOS de presidio mayor en su grado mínimo, como cómplices del secuestro calificado de los hermanos Osvaldo y Gardenio Sepúlveda Torres.
Asimismo, el ministro instructor condenó a: JOSÉ SEGUNDO PÉREZ RETAMAL, ISRAEL PASCUAL HERNÁNDEZ ULLOA, HUGO BORNAND CRUCES y FRANCISCO BORJA VALLEJOS VILLENA, a la pena de CUATRO AÑOS de presidio, con el beneficios de la libertad vigilada, como encubridores del mismo delito.
El ministro Mesa absolvió a JUAN CARLOS PADILLA MILLANAO de la acusación formulada en su contra, que lo sindicaba como encubridor del delito de secuestro calificados
La condena decreta para los 12 condenados las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para ejercer cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena y a incluir su huella genética en el Registro de Condenados, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley 19.970.
En el aspecto civil, el ministro condenó al Fisco a pagar la suma de $170.000.000 (ciento setenta millones de pesos) como indemnización de perjuicios, por concepto de daño moral producto del ilícito de secuestro calificado, en montos que se distribuyen en la sentencia.
Los hechos
Durante la investigación, el ministro Álvaro Mesa pudo establecer:
“A.- Que una vez producida la acción militar del 11 de septiembre de 1973, distintos retenes dependientes de la Tenencia de Cunco, entre los que estaban Los Laureles y Las Hortensias, fueron recogidos a ésta, decretándose acuartelamiento en Grado 1, situación que tuvo una duración aproximada de tres meses, lo que significó que los funcionarios de los retenes debían pernoctar en la Tenencia de Cunco, y durante el día viajar a los respectivos lugares de trabajo y cumplir con las funciones propias del cargo.
B.- Que con fecha 14 de septiembre de 1973, los hermanos Gardenio y Osvaldo Sepúlveda Torres, fueron detenidos por primera vez, al presentarse voluntariamente, junto a su hermano Luis Alberto, por Carabineros de Los Laureles, provincia de Cautín, IX región del país. Durante el mismo día fueron dejados en libertad, con la obligación de acudir a firmar diariamente, en la mañana y en la tarde al retén.
C.- El día 20 de septiembre de ese año, como de costumbre, fueron a firmar, pero esta vez quedaron detenidos, salvo Luis Alberto que fue dejado en libertad. Junto con ellos permanecieron detenidos Ponciano Arnoldo Sagredo Lagos, Ediberto Lagos Zárate, Juan Agustín Reinoso Mellado, Adelmo Henríquez y un detenido de apellido Sáez. Transcurridas algunas horas, fueron trasladados por carabineros de Los Laureles hasta la tenencia de Cunco, en una camioneta Chevrolet Apache 56, de propiedad de un particular de nombre Ricardo Velasco. En Cunco, los hermanos Sepúlveda Torres, fueron encerrados en la misma celda junto a Ponciano Arnoldo Sagredo Lagos y Ediberto Lagos Zárate.
D.- La mañana del 21 de septiembre de 1973, en la tenencia de Cunco, ingresa al calabozo, donde se encontraban los hermanos Sepúlveda Torres, un funcionario de Carabineros de Chile a conversar con ellos. Un rato después se sintió la llegada de un vehículo liviano al patio de la tenencia, escuchándose pasos y una voz de mando que les decía a los hermanos Sepúlveda Torres “ya suban”, tras lo cual se cerraron las puertas del vehículo y se puso en marcha, junto a los carabineros, desconociéndose hasta la fecha su actual paradero” puntualiza la sentencia.
Presentan querella por desaparición de dos hermanos en lago Caburgua bajo Dictadura
Fuente :biobiochile.cl 15 de Abril 2011
Categoría : Prensa
Una querella contra quienes resulten responsables por la desaparición de dos hermanos en 1973, interpuso el Ministerio del Interior ante la corte de Apelaciones de Temuco.
Los campesinos habrían sido detenidos por personal de Carabineros y lanzados al Lago Caburgua, señaló la esposa de uno de los desaparecidos.
Aún cuando existen sospechosos – puntualizó el abogado Sebastián Saavedra – no se incrimina a nadie en específico por parte de Interior respecto al episodio que se vivió en 1973 en la localidad de Los Laureles, comuna de Cunco, hechos que constan en una causa iniciada por el actual ministro de Corte, Julio César Grandón.Isabel Torres Carrasco recordó el evento que culminó con la desaparición de su cuñado Gardenio y su esposo Osvaldo Sepúlveda Torres, basados en los dichos de carabineros de la Tenencia Cunco, quienes habrían detenido a los hermanos y luego de darles muerte, los habrían lanzado al Lago Caburgua, señaló con firmeza la mujer que patrocina la querella.Los querellantes esperan que la Corte de Apelaciones envíe a la brevedad el escrito al Primer Juzgado Civil, que es el continuador de los Juzgados del Crimen, donde se le asignará un rol y será devuelto al tribunal de alzada para que comience el procedimiento.