Fecha Detención : 03-10-1973
Lugar Detención : Paine
Actividad Política :
Actividad : Obrero agrícola
Estado Civil e Hijos : casado 3 hijos
Nacionalidad : chilena
Relatos de Los Hechos
Fuente :Informe Rettig
Categoría : Antecedentes del Caso
El 3 de octubre 1973 en la madrugada, se realizó un operativo en el cual se detuvo a otros trece obreros agrícolas de la localidad de Paine. En esta ocasión, los efectivos pertenecientes al Regimiento de Infantería de San Bernardo se trasladaban en un camión rojo, con sus caras pintadas de negro. Ingresaron a los domicilios desde donde sacaron a los detenidos, para trasladarlos hasta San Bernardo y de allí al Centro de Detención del Cerro Chena. Estas trece personas fueron detenidas esa noche, junto a otras que posteriormente quedaron en libertad:
– José Angel CABEZAS BUENO, 21 años, soltero;
– Francisco Javier CALDERON NILO, 19 años, soltero;
– Domingo Antonio GALAZ SALAS, 23 años, soltero;
– José Emilio GONZALEZ ESPINOZA, 32 años, casado;
– Juan Rosendo GONZALEZ PEREZ, 23 años;
– Aurelio Enrique HIDALGO MELLA, 22 años, soltero;
– Bernabé del Carmen LOPEZ LOPEZ, 23 años, soltero;
– Carlos Manuel ORTIZ ORTIZ, 18 años, soltero;
– Héctor Santiago PINTO CAROCA, 34 años, casado;
– Hernán PINTO CAROCA, 42 años, casado;
– Aliro del Carmen VALDIVIA VALDIVIA, 39 años, casado;
– Hugo Alfredo VIDAL ARENAS, 27 años, casado; y
– Víctor Manuel ZAMORANO GONZALEZ, soltero.
Varias personas que estuvieron detenidas en el Centro de Detención del Cerro Chena, relatan haber sido trasladadas hasta allí junto a los detenidos ya individualizados. En ese lugar se les mantuvo generalmente vendados, siendo sometidos a torturas e interrogatorios. Posteriormente algunos de ellos fueron dejados en libertad.
Los familiares de los desaparecidos concurrieron en varias oportunidades hasta ese Centro de Detención donde no se reconoció oficialmente la detención. Sin embargo, en el Recurso de Amparo 283?79 interpuesto en favor de Ignacio Santander Albornoz y Juan Cuadra Espinoza, se informó con fecha 16 de abril de 1974, por el Jefe de Zona Interior de los Departamentos de San Bernardo y Maipo que “los detenidos Ignacio Santander Albornoz y Juan Cuadra Espinoza, fueron dados de baja por los centinelas del Campo de Prisioneros de Chena el día 4 de octubre de 1973”.
En el mes de diciembre se informó a los familiares en el Servicio Médico Legal que existía registro del ingreso de los restos de todos estos detenidos y que habían sido enterrados en el Patio 29 del Cementerio General. Por la misma fecha, lugareños descubrieron restos humanos en el sector de la Cuesta de Chada. Los familiares concurrieron hasta allí pudiendo reconocer, en su mayoría, restos de la vestimenta que llevaban los detenidos cuando fueron sacados de sus casas. Los restos, que se encontraban esparcidos en el lugar, fueron levantados por personal de Carabineros y remitidos al Servicio Médico Legal, donde se realizaron las pericias correspondientes pero no se determinó la identidad de las personas.
En el mes de septiembre de 1990, el Ministro de la Corte de Apelaciones, Germán Hermosilla, se constituyó en ese Servicio Médico con el objeto de identificar los restos que permanecían en calidad de no identificados desde 1974. Los cuerpos reconocidos finalmente corresponden a las siguientes personas: José Cabezas Bueno; Francisco Calderón Nilo; Domingo Galaz Salas; Emilio González Espinoza; Juan González Pérez; Aurelio Hidalgo; Bernabé López; Héctor y Pedro Pinto Caroca; Aliro Valdivia Valdivia; Hugo Vidal Arenas, Manuel Zamorano González, Hector Castro Saez y Juan Nuñez Vargas.
De acuerdo a los antecedentes señalados y reunidos, resulta comprobada la responsabilidad directa de los agentes del Estado y civiles de Paine, en la detención y muerte de los detenidos los días 24 de septiembre y 3 de octubre de 1973. Por ello, esta Comisión se ha formado convicción que todos ellos son víctimas de violación a su derecho a la vida, habiéndose identificado los restos de dieciseis de ellos: catorce cuyas osamentas fueron reconocidas el año 1990 y dos cuya ejecución fue reconocida por la autoridad de la época.
Testimonio de Ada Pinto Caroca y Rosal Vidal Pinto.
Fuente :germina.cl 2014 ( extracto)
Categoría : Otra Información
A continuación, presentamos el testimonio de Ada Pinto Caroca y Rosal Vidal Pinto. Ada es esposa de Hugo Alfredo Vidal Arenas y hermana de Héctor Santiago y Pedro Hernán Pinto Caroca. Rosa Vidal es hija de Ada y Hugo, y sobrina de Héctor y Pedro. Este testimonio se basa en conversaciones sostenidas entre Ada, Rosa y la investigadora de Germina, conocimiento para la acción.
Yo soy Ada Pinto Caroca, esposa de Hugo Vidal, hermana de Santiago Pinto Caroca y de Hernán Pinto Caroca. A los tres se los llevaron el mismo día detenidos. Mi marido tenía 27 años cuando lo detuvieron, y yo tenía un año más que él. Tuvimos dos hijos, y hoy día tengo seis nietos y una bisnieta. Yo soy Rosa Vidal Pinto, hija de Hugo Vidal Arenas, sobrina de Héctor Santiago Pinto Caroca y Pedro Hernán Pinto Caroca. Muchos recuerdos no tengo la verdad. Éramos dos her – manos, yo tenía un año nueve meses y mi hermano Hugo tenía 5 años cuando se llevaron detenido a mi papá y a mis tíos. Mi familia y la de mi marido eran de Paine, pero la familia de él se fue para San Francisco de Mostazal. Hugo era agricultor de viñas y también era panadero, de estos que hacían el pan y las galletas para la gente, y en el tiempo de la vendimia también hacía comida para las personas que venían de afuera a trabajar. En mi familia somos en total seis hermanos. Héctor Santiago y Hernán eran los únicos hombres. Héctor Santiago, el soltero, era más joven. Hernán era el mayor de todos y tenía solo una hija, la Clarita, que tampoco lo conoció, pues tenía nueve meses cuando se llevaron a su papá. Después mi cuñada, Iris Hernández, se fue, no quiso quedarse a trabajar y se fue para Buin. Yo por eso me vine a hacer cargo de mi mamá, que estaba muy viejita ya, tenía 70 años.
Mi hermano Hernán, el mayor, fue llavero del fundo, pero había un vecino envidioso que le quitó el puesto, por lo que después trabajó en las viñas arando o a lo que le mandaran. Héc – tor también se dedicaba al campo.
Esto era un asentamiento pero ni mi marido ni Héctor tenían cargos ni estaban metidos en nada. Hernán fue asentando, pero del lado de los patrones. Él tenía educación y era de un sindicato de los patrones. Había unos cuantos de aquí que también estaban en ese grupo, pero a ellos no se los llevaron. Mi marido era pelotero y lo mandaban a buscar personas para que jugaran campeonatos de fútbol. A mi hermano soltero también le gustaba la pelota, ir a la cancha, ir al fútbol; Héctor no sabía leer ni escribir porque empezó a trabajar a los diez años. ¡Nunca quiso ir a la escuela, nunca! Y se puso a trabajar por el fundo, su primer trabajo fue de cartero allá en Huelquén. Eso pensaba yo “¿Por qué a él, si no entendía ni una cosa, no era metido en nada, era de la casa al trabajo y nada más?”.
A mi esposo se lo llevaron primero A mi marido y a mis hermanos los detuvieron el mismo día: el 3 de octubre de 1973. Pero a mi esposo se lo llevaron primero, a las tres de la mañana llegaron a mi casa como tres militares y afuera había un camión. Sacaban a mi esposo de la casa, lo volvían a entrar, lo volvían a sacar, como cinco veces, no se decidían a llevárselo porque no sabían si estaba metido en algo o no. Mi hijo mayor, Hugo, se dio cuenta que lo sacaron de la casa. Había un militar, el Magaña , que no sé cómo sabía el nombre del niño mío y le decía “Tranquilito Huguito, si te vamos a traer luego a tu papá”. Y mi hermano siempre ha sufrido más que yo, porque él vio cuando se llevaron a nuestro papá, él tiene ese recuerdo. En la misma madrugada, después que se llevaron a Hugo, se llevaron a mis hermanos. Los militares vinieron de arriba para abajo del fundo recogiendo personas. Yo los vi venir de arriba. A mi vecino, Carlos Farías, se lo llevaron antes, pero a él lo largaron después de lo del Chena, y a muchos de los hombres que se llevaron antes que a mi marido y hermanos, los soltaron, los dejaron regresar a sus casas. Tenía la esperanza de encontrarme con mis hermanos en el camino hacia acá, donde mi mamá, Rosa Caroca, vivía, como a diez minutos caminando. En mi casa, les decía a los militares que no me quería quedar sola en mi casa porque me daba miedo. Ellos me decían “No, se queda aquí no más, la vamos a resguardar”, hasta que aclaró y me dejaron sola y ahí yo me vine a la casa de mi mamá. Me levanté con los niños y me vine para ver a mis hermanos y a mi mamá, con la esperanza de encontrarme con ellos y pensando que me iban a apoyar por la detención de mí marido. Cuando llegué me encontré con mi sobrina Rosa Pérez Pinto que estaba yendo a avisarme y me dice “No, si a los tíos también se los llevaron”. Así que me vine de vuelta donde mi mamá no más. Desde que se lo llevaron no llegué más a mi casa, la cerré, la entregué y me quedé con mi mamá, porque ella no iba a tener trabajadores para que no le quitaran la casa, así que entré a trabajar yo.
DD.HH.: Corte Suprema elevó penas por crímenes de lesa humanidad en Paine
Fuente :radionuevomundo.cl 16 JUNIO, 2022
Categoría : Prensa
Después de casi 50 años, la Corte Suprema ratificó las condenas contra once genocidas responsables de los delitos de homicidio y secuestro calificado, respectivamente, por los hechos que terminaron con la ejecución y desaparición de 38 habitantes de la comuna de Paine, cometidas tras el golpe cívico militar de 1973.
Se trata del episodio denominado ‘Paine Principal’ de la investigación por los asesinatos en serie cometidos por militares, policías y civiles -todos mandatados por la patronal latifundista-, crímenes que se saldaron con la ejecución y posterior desaparición de 38 trabajadores, estudiantes y campesinos de esa comuna rural del sur de Santiago.
El fallo de la Segunda Sala Penal de la Suprema dejó así a firme las condenas por el delito de homicidio calificado que resolvió la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel, en noviembre de 2020, luego de aplicar “media prescripción” y rebajar así la sanción penal.
La Corte Suprema desestimó así la aplicación de la media prescripción y elevó las penas para los miembros del Ejército y Carabineros de Chile en retiro por su responsabilidad en los homicidios calificados de José Cabezas Bueno, Francisco Calderón Nilo, Héctor Castro Sáez, Domingo Galaz Salas, José González Espinoza, Juan González Pérez, Aurelio Hidalgo Mella, Bernabé López López, Juan Núñez Vargas, Héctor Pinto Caroca, Hernán Pinto Caroca, Aliro Valdivia Valdivia, Hugo Alfredo Arenas y Víctor Zamorano González y José Adasme Núñez, Pedro Cabezas Villegas, Ramón Capetillo Mora, José Castro Maldonado, Patricio Duque Orellana, José Fredes García, Luis Gaete Balmaceda, Carlos Gaete López, Luis Lazo Maldonado, Samuel Lazo Maldonado, Carlos Lazo Quinteros, Samuel Lazo Quinteros, René Maureira Gajardo, Rosalindo Herrera Muñoz, Jorge Muñoz Peñaloza, Mario Muñoz Peñaloza, Ramiro Muñoz Peñaloza, Silvestre Muñoz Peñaloza, Carlos Nieto Duarte, Andrés Pereira Salsberg, Laureano Quiroz Pezoa, Roberto Serrano Galaz, Luis Silva Carreño y Basilio Valenzuela Álvarez, ocurridos entre el 24 de septiembre y el 16 de octubre de 1973, en distintos asentamientos de la comuna de Paine.
En la sentencia (rol 149.250-2020) la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Jorge Dahm, Leopoldo Llanos, la ministra María Teresa Letelier, el abogado (i) Diego Munita y la abogada (i) Leonor Etcheberry- condenó a los miembros del Ejército en retiro Jorge Romero Campos y Arturo Fernández Rodríguez a la pena de 20 años de presidio por su responsabilidad en los 38 casos de homicidio calificado, ocurridos los 14 primeros entre 24 de septiembre y el 3 de octubre de 1973 en el sector de “El Escorial”, y los 24 últimos entre el 8 de octubre y el 16 de octubre de 1973 en los asentamientos de “Campo Lindo” y “24 de abril”.
En su dictamen, la segunda sala penal del máximo tribunal de justicia, integrada por los ministros Jorge Dahm, Leopoldo Llanos, María Teresa Letelier, y los abogados Integrantes Diego Munita y Leonor Etcheberry, condenó a los criminales de lesa humanidad Jorge Romero Campos y Arturo Fernández Rodríguez a la pena de 20 años de presidio mayor en su grado máximo, como autores de homicidio calificado.
A su vez, el represor Raúl Francisco Areyte Valdenegro, fue condenado a la pena de siete años y seis meses de presidio mayor en su grado mínimo, como autor de homicidio calificado, mientras que Nelson Iván Bravo Espinoza fue condenado 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio, como autor del delito de secuestro calificado de Ramón Capetillo Mora y Mario Muñoz Peñaloza, cometido los días 8 y 10 de octubre de 1973.
El fallo de la Segunda Sala Penal de la Corte Suprema fue recibido con cierta satisfacción por los familiares. También con la serenidad que, pese a la larga espera por justicia, hicieron propia en este “camino largo y doloroso”, a decir de Flor Lazo, presidenta de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos y Ejecutados de Paine
Caso Paine llega a su fin: Corte Suprema emite histórico fallo y condena a 11 ex uniformados por el homicidio de 38 campesinos
Fuente :caucoto.cl 15/6/2022
Categoría : Prensa
El máximo tribunal condenó a 10 funcionarios del Ejército como autores del homicidio calificado de 38 personas y a un Carabinero por el secuestro calificado de dos víctimas. La Corte recalificó los delitos de secuestro calificado a homicidio calificado, dejando sin efecto la media prescripción, elevando las penas de los condenados.
Tras 49 años de ocurridos los hechos la Corte Suprema emitió fallo definitivo en uno de los casos más emblemáticos perpetrados por dictadura militar, a través de su Segunda Sala Penal condenó a ex uniformados por el homicidio calificado de 36 trabajadores agrícolas y 2 empresarios, todos de la localidad de Paine, quienes fueron ejecutados en la cuesta Chada y la quebrada Los Quillayes, el 3 y 16 de octubre 1973, respectivamente, a manos de funcionarios de la Escuela de Infantería de San Bernardo.
Los ministros Jorge Dahm, Leopoldo Llanos, María Teresa Letelier y los abogados integrantes Diego Murita y Leonor Etchebery, en fallo histórico condenaron a Jorge Romero Campos y Arturo Fernández Rodríguez, capitán y subteniente del Ejército, respectivamente, a 20 años de presidio mayor en su grado máximo como autores del secuestro calificados de las víctimas. En este caso, el máximo tribunal aumentó sus penas en relación al fallo de segunda instancia dictado por la Corte de Apelaciones de San Miguel, en el cual Romero venía condenado a 15 años y Fernández a 10.
Del mismo modo, la Corte elevó las penas para el cabo José Vásquez Silva y a los conscriptos Carlos Lazo Santibañez, Juan Opazo Vera y Carlos Durán Rodríguez de 5 a 10 años de presidio mayor en su grado mínimo también como autores de homicidio calificado.
La misma pena recibieron los conscriptos Roberto Pinto Labordarie, Jorge Saavedra Meza y Víctor Sandoval Muñoz.
En el caso del conscripto Raúl Francisco Areyte Valdenegro, la Corte aumentó su condena de 5 a 6 años de presidio mayor en grado mínimo como autor de 14 homicidios calificados.
Señalar que para todos los condenados antes mencionados, el máximo tribunal recalificó los delitos en relación al fallo de segunda instancia, de secuestro calificado a homicidio calificado. Del mismo modo, los ministros reconocieron la colaboración que tuvieron los conscriptos mediante sus declaraciones, lo cual habría aportado
en las identificaciones y les aplicó la atenuante especial de colaboración sustancial y de irreprochable conducta anterior.
Mientras que el capitán de Carabineros Nelson Bravo Espinoza fue condenado a 10 años de presidio mayor en su grado medio, cuya pena fue elevada en 5 años y su delito fue recalificado como autor de secuestro simple a secuestro calificado de Ramón Capetillo Mora y Mario Muñoz Peñaloza, ocurrido entre el 8 y 10 de octubre de 1973.
En tanto, Osvaldo Magaña Bau, Juan Guillermo Quintanilla y Carlos Kylling Schmidt, quienes habían sido condenados durante el proceso, fueron sobreseídos por encontrarse fallecidos, al igual que Víctor Pinto Pérez.
El abogado querellante Nelson Caucoto, quien representa a familiares de 37 víctimas, se mostró satisfecho ya que la Corte acogió todos los recursos de casación que presentaron y celebró el fallo señalando que “mañana habrá un día más luminoso para los familiares de las víctimas de Paine, ejecutadas por militares de la Escuela de Infantería de San Bernardo, un día plagado de nuevas sensaciones y esperanzas”.
Caucoto, quien lleva el caso desde sus inicios, señaló que “El máximo tribunal de la República ha dictado sentencia definitiva, en este caso, que habla de una masacre ocurrida hace 49 años en esa localidad rural. Se ha logrado vencer la impunidad, la indolencia y la barbaridad. Lo que ha hecho la Corte Suprema es un acto de sanidad para esos familiares y para la sociedad chilena en general. Uno de los crímenes imperdonables de la dictadura cívico-militar ha sido resuelto por la justicia chilena de manera civilizada. A pesar del largo tiempo transcurrido, la Justicia es posible”.
Mencionar que en los alegatos actuaron también como querellantes el Programa De DD.HH del Ministerio del Interior, la Agrupación de Familiares de Ejecutados Políticos (AFEP), la Federación de Estudiantes de la Universidad Católica (FEUC) y el abogado Luciano Fouillioux, como apoderado del padre la abogada Pamela Pereira, Andrés Pereira Salsberng.
En materia civil se dejó sin efecto la cosa juzgada que había sido decretada por la Corte de Apelaciones de San Miguel y que impedía a algunos familiares de las víctimas acceder a una reparación.
LOS HECHOS
Cuesta Chada
De acuerdo a la investigación encabezada por la ministra en visita extraordinaria para causas de derechos humanos de la Corte de Apelaciones de San Miguel, Marianela Cifuentes, se puedo establecer que el día 24 de septiembre de 1973, en horas de la tarde, soldados de la Segunda Compañía de Fusileros de la Escuela de Infantería de San Bernardo se presentaron en el asentamiento ´El Escorial de la comuna de Paine y detuvieron, sin derecho, a Héctor Guillermo Castro Sáez y Juan Bautista Núñez Vargas, entre otros.
Tras su detención, Héctor Castro Sáez y Juan Núñez Vargas fueron trasladados al campo de prisioneros del Cerro Chena de la Escuela de Infantería de San Bernardo, lugar en que se les mantuvo ilegalmente encerrados.
Que, el día 2 de octubre de 1973, soldados de la Escuela de Infantería de San Bernardo se presentaron en el asentamiento ´El Escorial de la comuna de Paine y detuvieron a José Ángel Cabezas Bueno, quien, acto seguido, fue trasladadoal campo de prisioneros del Cerro Chena.
El día 3 de octubre de 1973, en la madrugada, soldados comandados por el Capitán Jorge Eduardo Romero Campos, salieron desde el campo de prisioneros del Cerro Chena, a cargo del Teniente Osvaldo Andrés Alonso Magaña Bau y los Subtenientes Carlos Walter Kyling Schmidt y Arturo Guillermo Fernández Rodríguez, con los detenidos José Ángel Cabezas Bueno, Héctor Guillermo Castro Sáez y Juan Bautista Núñez Vargas, en un camión marca Dodge de color rojo conducido por Juan Guillermo Quintanilla Jerez, se dirigieron al asentamiento ´El Escorial de la comuna de Paine y detuvieron, a Francisco Javier Calderón Nilo, Domingo Octavio Galaz Salas, José Emilio González Espinoza, Juan Rosendo González Pérez, Aurelio Enrique Hidalgo Mella, Bernabé del Carmen López López, Héctor Santiago Pinto Caroca, Hernán Pinto Caroca, Aliro del Carmen Valdivia Valdivia, Hugo Alfredo Vidal Arenas y Víctor Manuel Zamorano González.
Posteriormente, en el mismo camión trasladaron a todos los detenidos hasta una quebrada en la Cuesta de Chada y los ejecutaron, disparándoles con las armas de fuego que portaban, encontrándose tiempo después sus cadáveres abandonados en el citado lugar.
Las osamentas de los cuerpos fueron encontradas por los propios familiares tiempo después y levantadas desordenadamente por Carabineros y llevadas al Servicio Médico Legal, lugar donde permanecieron durante 20 años arrumbados en una bodega sin ser periciados para su identificación, lo que se obtuvo recién en la época de los 90.
Quebrada los Quillayes
El 8 de octubre de 1973, funcionarios de la Subcomisaría de Carabineros de Paine se presentaron en el asentamiento ´Campo Lindo de la misma comuna y detuvieron, sin derecho, a Ramón Alfredo Capetillo Mora, quien, acto seguido, fue encerrado en la referida unidad policial.
En los días posteriores, Ramón Capetillo Mora fue trasladado al campo de prisioneros del Cerro Chena de la Escuela de Infantería de San Bernardo.
Dos días después, el 10 de octubre de 1973, funcionarios de la Subcomisaría de Carabineros de Paine se presentaron en el asentamiento ´24 de Abrilμ de la misma comuna y detuvieron, sin derecho, a Mario Enrique Muñoz Peñaloza, quien, acto seguido, fue encerrado en la referida unidad policial y trasladado al campo de prisioneros del Cerro Chena de la Escuela de Infantería de San Bernardo.
En la época de los hechos, la Subcomisaría de Carabineros de Paine se encontraba a cargo del Capitán Nelson Iván Bravo Espinoza.
En tanto, 16 de octubre de 1973, en la madrugada, soldados de la misma Escuela de Infantería de San Bernardo, comandada por el Capitán Jorge Eduardo Romero Campos, salieron desde el campo de prisioneros del Cerro Chena, a cargo del Teniente Osvaldo Andrés Alonso Magaña Bau y los Subtenientes Carlos Walter Kyling Schmidt y Arturo Guillermo Fernández Rodríguez, con los detenidos Ramón Alfredo Capetillo Mora y Mario Enrique Muñoz Peñaloza, en un camión marca Dodge de color rojo conducido por Juan Guillermo Quintanilla Jerez, con el objeto de detener a veintidós personas en la localidad de Paine. Es así que, en sus respectivos domicilios, ubicados en la zona urbana de la comuna de Paine, detuvieron, sin derecho, a René del Rosario Maureira Gajardo ya Andrés Pereira Salsberg.
Mientras que en el asentamiento ´24 de Abril, detuvieron a Patricio Loreto Duque Orellana, José Germán Fredes García, Carlos Enrique Gaete López, Rosalindo Delfín Herrera Muñoz, Jorge Hernán Muñoz Peñaloza, Ramiro Antonio Muñoz Peñaloza, Silvestre René Muñoz Peñaloza, Carlos Alberto Nieto Duarte, Laureano Quiroz Pezoa, Luis Ramón Silva Carreño y Basilio Antonio Valenzuela Álvarez. En el asentamiento ´Nuevo Sendero, a José Domingo Adasme Núñez, José Ignacio Castro Maldonado, Luis Alberto Gaete Balmaceda, Luis Rodolfo Lazo Maldonado, Samuel del Tránsito Lazo Maldonado, Carlos Enrique Lazo Quinteros y Samuel Altamiro Lazo Quinteros y, por último, en el asentamiento ´El Tránsito, a Pedro Antonio Cabezas Villegas y Roberto Esteban Serrano Galaz.
Posteriormente, los detenidos antes mencionados fueron trasladados hasta la quebrada Los Arrayanes, sector Los Quillayes, en las inmediaciones del Lago Rapel, lugar en que fueron fusilados por los soldados antes referidos y el civil que los acompañaba, quienes, acto seguido, enterraron sus cuerpos en el mismo sitio, siendo encontrados años después sólo fragmentos óseos y dentales de once de las veinticuatro víctimas, debido a que sus cuerpos fueron removidos y trasladados hasta un sitio desconocido hasta la fecha, en el marco de la Operación retiro de televisores, en 1978.
¿Cuáles son los antecedentes que vinculan al apellido Kast con los crímenes de Paine?
Fuente :lavozdelosquesobran.cl 17/6/2022
Categoría : Prensa
Al menos dos sobrevivientes de las torturas y fusilamientos que cometieron civiles y uniformados durante la dictadura, reconocen a Michael Kast y a su hijo Christian -padre y hermano de José Antonio Kast, respectivamente- como colaboradores y partícipes de la represión en contra de campesinos.
Controversia ha generado una acalorada discusión que tuvo lugar en el programa de debate Sin Filtros, donde la convencional del Partido Republicano, Teresa Marinovic, acusó al dirigente del Partido de los Trabajadores Revolucionarios (PTR), Dauno Tótoro, de haber difamado a la familia de José Antonio Kast al señalar que esta participó en los crímenes de la dictadura ocurridos en Paine.
El debate se dio en el contexto de la condena de la Corte Suprema contra 11 miembros (r) del Ejército y Carabineros en los homicidios calificados de 38 pobladores de distintos asentamientos de esa comuna de la Región Metropolitana, los que tuvieron lugar en septiembre y octubre de 1973.
Leer también: Caso Paine: Suprema condena a 11 miembros (r) del Ejército y Carabineros por 38 asesinatos durante la dictadura
Durante la discusión, Tótoro invitó a Marinovic a leer el libro A la sombra de los cuervos (Ceibo Ediciones, 2015) del periodista Javier Rebolledo, en donde se aborda el rol de los cómplices civiles de la dictadura civil-militar. En efecto, tras la parte en donde se menciona el rol del Clan Matte en crímenes del régimen, practicamente la mitad del libro a partir de la página 199 está dedicado al Clan Kast.
Como antecedente general proporcionado en la investigación periodística se menciona, por ejemplo, que “en Paine muchos supieron que Michael Kast (padre de José Antonio Kast) facilitó alimentos a los carabineros, además de un camión rojo con chofer, en el que posiblemente se detuvo a campesinos. Su hijo Christian compartió asados con civiles y uniformados actualmente procesados, en el mismo lugar donde los detenidos eran torturados en esos momentos y desde donde luego desaparecieron”.
Uno de los testimonios que recoge el libro es el de Alejandro Bustos, quien el 18 de septiembre de 1973 decidió ir a presentarse al retén de Carabineros tras ser citado junto a otros pobladores del asentamiento Paula Jaraquemada. Al llegar al recinto y tras ser recibido por un culatazo de un policía, “vio a un grupo de civiles que, bebidos, compartían un asado con los carabineros. Entre ellos reconoció a Christian Kast”, reseña Rebolledo, citando luego a Bustos: “Kast andaba más encachadito. Joven, bien arregladito, medio rubio”.
Bustos fue interrogado por un grupo de uniformados y civiles armados. “Kast también hacía preguntas”, recuerda en el libro Alejandro. “De pronto, un culatazo en la cabeza con el que caí aturdido. Me lo pegaron en el cerebro”, narra.
En su declaración policial, Alejandro Bustos señaló que tras las sesiones de tortura que implicaron colocación de corriente, durante una noche fue sacado a la calle, donde observó a varios civiles y vehículos estacionados, entre ellos a Christian Kast. Junto a otros detenidos fue trasladado a un sector descampado. Allí les dispararon para matarlos.En entrevista con el medio Piensa Prensa, Bustos volvió a mencionar a Christian Kast como uno de los civiles que participaba de estos “operativos” contra los campesinos de Paine.
Alejandro quedó vivo y se hizo el muerto; sus compañeros, moribundos, gritando de dolor. “Con un yatagán a uno de ellos, aún vivo, le sacaron los ojos y le cortaron la lengua”, relató en A la sombra de los cuervos. Pensando que estaba sin vida, los uniformados y civiles tomaron a Bustos y lo arrojaron junto al resto de los cuerpos hacia el llamado río Panamá de Paine. Se salvó y vivió para contarlo.
Alejandro le señaló al periodista Javier Rebolledo que al momento del fusilamiento masivo “había civiles, varios, pero con las luces, el miedo y la oscuridad, no los identifiqué a todos. No me recuerdo de haber visto a Kast, pero podría haber estado también”.
A Christian Kast se le sitúa igualmente en la comisaría de Paine donde fue llevado el militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), Pedro Vargas Barrientos, quien trabajaba en la principal empresa del clan de origen alemán, la fábrica de cecinas Bavaria.
En su declaración ante la ministra de la Corte de Apelaciones de San Miguel, Marianela Cifuentes, Kast reconoció que el día 12 de septiembre de 1973 -cuando Barrientos ya se estaba detenido en el recinto policial- “se hizo un asado”, y agregó: “Cada vez que acudí vi a los carabineros y civiles compartir asados en el patio. En esas ocasiones me enteraba que había detenidos en el cuartel”.
¿Qué ocurrió con Pedro Vargas Barrientos, quien estaba siendo torturado al interior del recinto policial mientras Christian Kast comía asado con los uniformados y otros civiles?: Hoy es un detenido desaparecido.
En su declaración ante la ministra Cifuentes, el hermano de José Antonio Kast mencionó algo más: “Solo recuerdo haber escuchado hablar de una persona al que apodaban ‘harina seca'”. Se refería a Luis Nelson Cádiz Molina, también detenido desaparecido, hasta 1994, cuando sus restos fueron hallados en el Patio 29 del Cementerio General en Santiago.
“Michael Kast ordenaba y pegaba”
En 2013 el patriarca del clan, Michael Kast, debió declarar como inculpado ante la Justicia, y allí respondió respecto a su colaboración con la represión en Paine. “Les presté (a Carabineros) mi camión con el chofer de nombre Carlos Silva Silva, hoy fallecido. El camión se me pidió en más de una oportunidad. Me era devuelto luego por el chofer”, señaló.
En un reportaje de CHV realizado por el periodista Alejandro Vega, este entrevistó a otro de los presos y torturados de Paine, Luis Martínez, quien reconoció entre quienes participaron de las sesiones de apremios ilegítimos al padre de los Kast, Michael, debido a que lo conocía de antes porque en esa época le vendía animales para su empresa Bavaria.
“Cuando en la mañana abrieron el calabozo (…) y entró, lo conocí al tiro. Era el número uno el viejo ese. Él ordenaba, pegaba también. Palmoteaba, y a todos los trataba de comunistas, de marxistas: ‘¡Hay que matar a todos estos marxistas!'”, relató Martínez. Hasta su muerte, en mayo de 2014, Michael Kast, padre de José Antonio Kast, mantuvo la calidad de inculpado en la investigación por los crímenes de Paine.