.

Miranda Lobos Eduardo Francisco – Memoria Viva

Miranda Lobos Eduardo Francisco


villagrimaldi.cl

villagrimaldi.cl

MEMORIALES.CL

MEMORIALES.CL

centrocomunitarioconchali.cl

centrocomunitarioconchali.cl

Fecha Detención : 07-10-1974
Lugar Detención : Santiago


Edad : 27

Actividad Política : Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR)
Actividad : Topógrafo

Estado Civil e Hijos : Soltero
Nacionalidad : chilena


Relatos de Los Hechos

Fuente :Vicarìa de la Solidaridad

Categoría : Antecedentes del Caso

Rut       : 5.660.829 de Santiago

F.Nacim. : 06-01-47, 27 años a la fecha de la detención

Domicilio : 14 de la Fama 2170, Conchalí, Santiago

E.Civil  : Soltero

Actividad : Topógrafo

C.Repres. : Militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria, MIR

F.Detenc. : 7 de octubre de 1974

 

SITUACION REPRESIVA

            Eduardo Francisco Miranda Lobos, soltero, topógrafo, militante del MIR, fue detenido por la DINA el 7 de octubre de 1974 en la vía pública en calle Nataniel. Tras su arresto habría sido trasladado a Villa Grimaldi y posteriormente al recinto de incomunicación denominado "Cuatro Alamos" desde donde desapareció. Su familia se enteró de lo sucedido a través de una llamada telefónica anónima que recibió doña Josefina Miranda Lobos en su lugar de trabajo, en la cual un hombre le dijo que su hermano estaba detenido sin proporcionar mayores detalles.

            Acerca de su estadía en Villa Grimaldi y su posterior traslado a 4 Alamos, pabellón de incomunicados contiguo a Tres Alamos y que estaba bajo directo control de la DINA, da cuenta el testimonio judicial de don Eduardo Miranda Larenas, quien expresa haber sido detenido el 5 de octubre de 1974, a raíz de un enfrentamiento que hubo en Santa Rosa y Gran Avenida entre fuerzas Militares y uno de los hermanos Enríquez (se trata de Miguel Enríquez muerto por la DINA el 5 de octubre de 1974). El se acercó al lugar al escuchar los disparos y, cuando se encontraba observando los acontecimientos, fue detenido por una persona de civil que posteriormente lo entregó a Carabineros quienes lo trasladaron a la 12a. Comisaría, en donde estuvo hasta la una de la madrugada, hora en que fue sacado por personas de civil y trasladado a un lugar que tenía las características de una parcela o casa quinta (Villa Grimaldi) a fin de ser interrogado acerca de las razones que tenía para estar en el lugar del enfrentamiento. En este último lugar estuvo hasta el viernes 11 o sábado 12, junto con otras personas detenidas, entre ellas Eduardo Francisco Miranda Lobos, persona que llegó a la pieza en donde se encontraba el 7 de octubre, le parece que al anochecer. En un momento tomó al nuevo prisionero, quien apoyó su cabeza sobre sus piernas y al mirarlo le pareció familiar, ya que tenía sus mismos rasgos; posteriormente, conversando sobre este parecido, llegaron a la conclusión de que sus padres eran parientes lejanos. Cuando pasaban lista, además, supieron que ambos eran de apellido Miranda, y recuerda que uno de los primeros días que estaban juntos se produjo una confusión en el sentido que llamaron a "Eduardo" y ambos dijeron "presente", posteriormente dijeron "Miranda" y ambos nuevamente dijeron presente, hasta que los nombraron por sus respectivos nombres y apellidos y así quedó claro cual era cual. En las conversaciones que mantuvo con él, le refirió que en el momento de ser detenido estaba tratando de ubicar a una niña, persona que había sido detenida con anterioridad y quien tenía los datos de él y que seguramente ella los había proporcionado a los agentes que lo aprehendieron. El día 11 ó 12 de octubre fueron trasladados unas 12 personas en un camión cerrado; también trasladaron a varias mujeres que estaban en otras piezas. Fueron llevados a un lugar que otros detenidos le manifestaron se trataba de Tres Alamos, siendo dejado en un pabellón que estaba a cargo de un organismo de seguridad. Cuando llegó a este recinto, se percató que Miranda Lobos había sido trasladado junto a él, aún cuando quedó en una pieza distinta. Posteriormente lo vio varias veces pero no volvió a conversar con él. El 17 de octubre fue dejado en libertad y ese mismo día vio a Eduardo Miranda Lobos por última vez.

            Su nombre figuró en una nómina de 119 chilenos que habrían muerto en el extranjero en presuntos enfrentamientos. Dichas nóminas fueron dadas a conocer por las revistas LEA de Argentina y O'DIA de Brasil, publicaciones que editaron un sólo número, sin editor responsable, y cuyas direcciones como pie de imprenta resultaron ser falsas. La totalidad de las 119 personas incluidas en dicha nómina fueron detenidas en Chile por agentes de seguridad.

            Aún cuando respecto de esta situación, conocida como el caso de "los 119", el General Augusto Pinochet dijera el 21 de agosto de 1975, que la publicación en cuestión es "otra forma artera de atacarnos" para crear una "falsa imagen" de Chile. Su Ministro del Interior, respondiendo el requerimiento que se le hiciera en el respectivo proceso judicial por el desaparecimiento del afectado, señala: "Cúmpleme hacer presente a US que el citado Miranda Lobos, aparece mencionado en una lista de 119 personas supuestamente abatidas en enfrentamientos guerrilleros con la Fuerza Pública, en su mayoría en la República Argentina, según publicación aparecida en la revista "LEA", año I, N°1, de fecha 15 de julio de 1975, editada en Buenos Aires, y en el diario "El Mercurio" de Santiago en su edición del día 23 de julio de 1975".

            Pese a las diligencias y averiguaciones realizadas con el fin de dar con su paradero, su familia aún desconoce la suerte que corrió en manos de la DINA.

 

GESTIONES JUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS

            Con fecha 21 de noviembre de 1974 se presentó un recurso de amparo en su favor ante la Corte de Apelaciones de Santiago, rol 1442-74, en el cual se requirió informes al Ministro del Interior, al Comando en Jefe de Zona de Estado de Sitio, y al Comando de Aviación de Combate; recibiéndose de las respectivas autoridades respuestas negativas. Con el mérito de estos antecedentes, el 14 de diciembre de 1974 la Corte rechazó el recurso, a la vez que remitió los antecedentes respectivos al Primer Juzgado del Crimen a fin de instruir proceso por el desaparecimiento del amparado.

            El 12 de febrero de 1975 el Primer Juzgado del Crimen dio inicio a la causa 106.631, y durante ese mes compareció doña Josefina Miranda Lobos quien ratificó los términos de la denuncia. En la respectiva orden de investigar diligenciada por la Policía de Investigaciones, se entrevistó a la denunciante ya individualizada; y las consultas efectuadas en el SENDET y en los diferentes medios de información policial no dieron resultado favorable. Por otra parte, se recibieron informes negativos del jefe de Zona en Estado de Sitio y del SENDET.

            El 12 de marzo, la Jueza doña Juan González Inzunza sobreseyó temporalmente el proceso, con el fundamento de que no se encontraba completamente justificado en autos "la perpetración de un delito". Dicha resolución fue aprobada por la Corte de Apelaciones el 5 de mayo de 1975.

            Posteriormente, a raíz de la publicación del caso "los 119", la parte denunciante solicitó el desarchivo de la causa y requerir información al Ministerio de Relaciones Exteriores, lo que fue acogido por el Tribunal, pero no existe en el proceso constancia alguna que esa Repartición haya respondido al requerimiento del Tribunal. El 14 de septiembre de 1976, nuevamente el proceso fue desarchivado y se tomó declaración al testigo de reclusión de la víctima, Eduardo Miranda Larenas, cuyo testimonio ya fue consignado. Al tenor de su declaración, y sin que se dejara sin efecto el auto de sobreseimiento, se requirió informe al Campamento Tres Alamos y posteriormente a los Ministros de Interior y de Defensa. El 3 de enero de 1977, el Ministro del Interior informa no poseer antecedentes en relación al afectado y hace presente al Tribunal su mención en la nómina de 119 chilenos presuntamente muertos en el extranjero, en los términos que ya fue expuesto. Con el mérito de esta información entregada por la autoridad administrativa, la causa volvió al archivo. A pesar de haberse reiterado el Oficio a Tres Alamos, no hay constancia en la causa que se haya recibido respuesta.

            El 30 de marzo de 1977, se interpuso un nuevo recurso de amparo ante la Corte de Apelaciones de Santiago, rol 128-77, solicitándose informes al Ministro del Interior, a la DINA y al SENDET. Los 3 requerimientos fueron contestados por el Ministerio del Interior en abril, mayo y junio de 1977 respectivamente, siendo todos negativos.

            El 16 de junio de 1977, y luego de haber tenido a la vista la causa 106.631 la Corte de Apelaciones rechazó el recurso de amparo. Resolución que fue aprobada por la Corte Suprema al rechazar el recurso de apelación presentado por la parte recurrente.

 

 


Dictan sentencias por desapariciones en Venda Sexy, José Domingo Cañas y Villa Grimaldi

Fuente :elciudadano.com 2014

Categoría : Prensa

Se trata de los casos de Renato Sepúlveda Guajardo y Francisco Javier Rozas Contador dictadas por el ministro Leopoldo Llanos y el de EDUARDO FRANCISCO MIRANDA LOBOS , causa a a cargo el ministro Hernán Crisosto.

Los ministros en visita extraordinaria para causas de derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Leopoldo Llanos y Hernán Crisosto, dictaron sentencias en dos causas por violaciones a los derechos humanos, ilícitos perpetrados en 1974, en la Región Metropolitana.

En el primer caso, el ministro Llanos dictó sentencia por los secuestros calificados de Renato Sepúlveda Guajardo y Francisco Javier Rozas Contador, ocurridos en diciembre de 1974, en Santiago. Las víctimas estuvieron detenidas en los centros clandestinos conocidos como “La Venda Sexy” y “Villa Grimaldi”.
En la causa, el ministro Llanos condenó a: Manuel Contreras Sepúlveda y Pedro Espinoza Bravo a penas de 15 años y un día de presidio; Marcelo Moren Brito, Rolf Wenderoth Pozo, Miguel Krassnoff Martchenko y Raúl Iturriaga Neumann a 10 años y un día de presidio. Además, absolvió a Gerardo Urrich González.

De acuerdo a la investigación, el magistrado logró determinar que “RENATO ALEJANDRO SEPÚLVEDA GUAJARDO, 21 años, estudiante de medicina de la Universidad de Chile, militante del MIR, es detenido el 12 de diciembre de 1974, a las 09:00 horas en la sede norte de la Facultad de Medicina de la referida Universidad, mientras se encontraba en clases; y es trasladado al recinto conocido como “Venda Sexy” y luego a “Villa Grimaldi”.

Asimismo, se comprobó que “FRANCISCO JAVIER ALEJANDRO ROZAS CONTADOR, 22 años, fotógrafo, militante del MIR, es detenido el 20 de diciembre de 1974 desde su domicilio ubicado en Compañía N° 1741, Dpto. 4, a eso de las 12:00 horas, por agentes de la DINA, siendo trasladado hasta el cuartel “Venda Sexy”. Las consecuencias de estas detenciones es que las personas antes mencionadas se encuentran en calidad de desaparecidas, toda vez que, privadas de libertad, no han tomado contacto con sus familiares; tampoco han realizado gestiones administrativas ante organismos del Estado, ni organismos privados, ni registran entradas o salidas del país, sin constar, tampoco, su defunción”.

Eduardo Miranda Lobos y la “Operación Colombo”

En tanto, el ministro Hernán Crisosto dictó sentencia en la investigación por el secuestro calificado deEduardo Miranda Lobos, ocurrido a partir del 8 de octubre de 1974, en Santiago, víctima, además, de la denominada “Operación Colombo”.

En este caso, se condenó a: Manuel Contreras Sepúlveda, César Manríquez Bravo, Pedro Espinoza Bravo y Marcelo Moren Brito a penas de 13 años de presidio. Además, se absolvió a Alejandro Astudillo Adonis, Demóstenes Cárdenas Saavedra, Orlando Manzo Durán y Manuel Avendaño González.

En la indagación, el magistrado Crisosto logró determinar que “el día 8 de Octubre de 1974, en circunstancias que Eduardo Francisco Miranda Lobos, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), transitaba desde su casa hasta un local comercial ubicado en calle San Pablo de Santiago, fue detenido en la vía pública por agentes de la Dirección Nacional de Inteligencia, siendo conducidos a recintos de detención clandestina a cargo de la DINA. Posteriormente, Miranda Lobos, fue visto por testigos en el cuartel clandestino de detención de la DINA, denominado “José Domingo Cañas” que era custodiado por guardias armados y al cual sólo tenían acceso los agentes de la DINA, siendo visto además en el centro de detención de opositores al régimen militar denominado “Tres Álamos”.

“Eduardo Francisco Miranda Lobos, durante su estada en el cuartel de José Domingo Cañas permaneció sin contacto con el exterior, permanentemente custodiado por agentes de la Dina a cargo de ese recinto, siendo sometido a interrogatorio bajo apremio y trasladado en algún momento a otro centros de detención siendo visto por última vez por un testigo el 17 de octubre de 1974, encontrándose desaparecido hasta la fecha”, señala el texto judicial.

La resolución que agrega que: “el nombre de Eduardo Francisco Miranda Lobos apareció en un listado de 119 personas, publicado en la prensa nacional luego que figurara en una lista publicada en la revista “Lea” de Argentina el 15 de junio de 1975, en la que se daba cuenta que Miranda Lobos había muerto en Argentina, junto a otras personas pertenecientes al MIR, a causa de rencillas internas suscitadas entre esos miembros y enfrentamientos con fuerzas de seguridad ,y que las publicaciones que dieron por muerta a la víctima Miranda Lobos tuvieron su origen en maniobras de desinformación efectuada por agentes de la DINA en el exterior”.


OPERACIÓN COLOMBO: FAMILIARES DE LAS VÍCTIMAS RECORDARON MONTAJE COMUNICACIONAL DE LA DICTADURA MARCHANDO EN TORNO A LA MONEDA

Fuente :cronicadigital.cl 24/07/2014

Categoría : Prensa

Higinio Espergue director de la Corporación Parque por la Paz Villa Grimaldi dijo que su memoria  está viva porque fueron hombres y mujeres comprometidos con sueños de una sociedad más justa. Alicia Lira, de la Agrupación de Ejecutados Políticos llamó a cerrar el penal de Punta Peuco, mientras Roberto D’Orival, dijo queAgustín Edwards, debe  responder por instigar y promover el golpe de Estado y la violación de los derechos humanos.

Decenas de familiares y amigos de los 119 detenidos desaparecidos a los cuales la Dirección de Inteligencia Nacional (Dina), pretendió hacer aparecer como muertos en luchas intestinas realizaron este jueves una manifestación pacífica frente a la sede gubernamental, al conmemorarse 39 años de la operación mediática.

Los manifestantes marcharon durante más de una hora en torno al Palacio de La Moneda y reclamaron justicia al conmemorarse 39 años de la operación mediática.

La Operación Colombo fue un montaje comunicacional de la dictadura que buscó desacreditar las denuncias sobre detenidos desaparecidos que habían sido secuestrados por la Dina.

El 24 de julio de 1975 los chilenos leyeron en los kioscos titulares como “El MIR asesina a 60 de sus hombres en el exterior” en La Tercera, “Identificados 60 miristas ejecutados por sus propios camaradas”, en El Mercurio, “Sangrienta pugna del Mir en el exterior” en Las Últimas Noticias y “Exterminados como ratones” en La Segunda.

Roberto D’ Orival, hermano de   hermano de Jorge D’Orival, detenido desaparecido y coordinador del Colectivo 119, Familiares y Compañeros, señaló que la actividad pretendió “exigirle al gobierno, a la presidenta Michelle Bachelet y  a toda la sociedad una actitud más clara y decidida en contra de la impunidad”.

“Uno de los hitos relevantes en este sentido es que Agustín Edwards, el dueño de El Mercurio, pague responda ante la justicia por su responsabilidad en la instigación en la promoción del golpe de Estado y la violación de los derechos humanos”, dijo.

“Nos es democrático que un promotor de la violación a los derechos humanos, un promotor del golpe cívico militar siga marcando la agenda política de este país, expresó.

Asimismo expresó que “la justicia tiene una responsabilidad muy grande, puesto que en un primer momento los jueces de la Corte Suprema negaban  la existencia de nuestros  familiares en los recintos de la Dina, mediante un sencillo trámite, llamaban a Manuel Contreras y éste decía no está en nuestras manos y ellos con eso no acogían los recursos de amparo”.

El director y sobreviviente de la Corporación Parque por la Paz Villa Grimaldi Higinio Espergue “la memoria de ellos está viva en cada uno de nosotros porque fueron hombres y mujeres comprometidos con sueños de construir una sociedad más justa y más  hermosa para todos”.

“El significado de lo que hacemos  hoy es que las nuevas generaciones puedan recoger estas enseñanzas de gente que tuvo un compromiso ético, de servicio social y de lucha junto a su pueblo”, puntualizó.

Por su parte, Alicia Lira, Presidenta de Agrupación de Ejecutados Políticos indicó que queremos “mostrarle a los ciudadanos, al gobierno a casi 41 años del golpe cívico-militar, a 25 años de gobiernos democráticos que aún estas personas, mujeres y hombres esperan que se investiguen sus crímenes y se haga justicia, este es el símbolo de la impunidad que hay en este país, por eso sacamos sus rostros, de mujeres y hombres  que entregaron todo por su patria”.

“Aquí está la memoria histórica, sus familiares y la ciudadanía están comprometidos en este país para que haya verdad y justicia, tienen que aplicarse los convenios y tratados internacionales, anularse el decreto ley de amnistía y cerrarse el Penal Punta Peuco, que es un atentado a la dignidad de los familiares y las víctimas que tengan a los violadores a los derechos humanos en hoteles”.

En tanto, Beatriz  Bataszew, sobreviviente e integrante  de la Asociación Casa de Tortura Venda Sexy, llamó a las autoridades a legislar “en una iniciativa legal para tipificar el delito de violencia sexual, como un crimen de lesa humanidad, distinto al de la tortura, imprescriptible e inamnistiable, sin derecho a indulto y con penas concordantes a la gravedad del delito”.

También  Bataszew instó al Ministerio Servicio Nacional de la Mujer (Sernam), a hacerse “parte ante los tribunales chilenos de todas las querellas interpuestas por mujeres objeto de tortura y/o violencia política sexual durante la dictadura”.

Víctimas de la Operación Colombo que pasaron por Villa Grimaldi

Jorge Isaac Fuentes Alarcón;  Luis Gonzalo Muñoz Velasquez; Manuel Jesús Tamayo Martínez; Manuel Jesús Tamayo Martínez; Julio del Tránsito Valladares Caroca; René Roberto Acuña Reyes; Stalin Arturo Aguilera Peñaloza; Rubén David Arroyo Padilla; Antonio Arturo Barría Araneda; Carmen Cecilia Bueno Cifuentes; María Teresa Bustillos Cereceda; Cecilia Gabriela Castro Salvadores; Wsahington Cid Urrutia;  Claudio Enrique Contreras Hernández; Manuel Edgardo del Carmen Cortez Joo; Jorge Humberto D´orival Briceño;  Jacqueline Paulette Drouilly Yurich;  María Teresa Eltit Contreras;  Julio Fidel Flores Pérez; Carlos Alfredo Gajardo Wolff; Néstor Alfonso Gallardo Agüero; Alfredo Gabriel García Vega; Rodolfo Valentín González Pérez; Jorge Antonio Herrera Cofre; Jorge Antonio Herrera Cofre; Jorge Antonio Herrera Cofre; Sergio Hernán Lagos Hidalgo; Rodolfo Arturo Marchant Villaseca; Agustín Alamiro Martínez Meza; Eduardo Francisco Miranda Lobos; EDUARDO FRANCISCO MIRANDA LOBOS ; Edgardo Agustín Morales Chaparro; Vicente Segundo Palomino Benítez; Luis Jaime Palominos Rojas; Mario Fernando Peña Solari; Juan Carlos Perelman Ide;  Anselmo Osvaldo Radrigán Plaza; Anselmo Osvaldo Radrigán Plaza; Hugo Daniel Ríos Videla; Jaime Eugenio Robotham Bravo; Ariel Martín Salinas Argomedo; Marcelo Eduardo Salinas Eytel ; Miguel Angel Sandoval Rodríguez; Fernando Guillermo Silva Camus; Gerardo Ernesto Silva Saldívar; Rodrigo Eduardo Ugás Morales; Jilberto Patricio Urbina Chamorro y Jaime Enrique Vásquez Saenz.
Por Carlos Antonio Vergara


Casos de “Operación Colombo”: nuevas condenas

Fuente :resumen.cl 25/11/2015

Categoría : Prensa

Varias condenas por causas de Derechos Humanos se han dado a conocer en diversas casos durante este mes de noviembre. La casi totalidad de ellas son fallos de primera instancia de Ministros en Visita, pero también se registran resoluciones definitivas de la Corte Suprema.

Edwin Van Yurick y Bárbara Uribe

En uno de los casos, el Ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los Derechos Humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Jorge Zepeda Arancibia, condenó a tres ex agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad en el delito el secuestro calificado del matrimonio de Edwin van Yurick Altamirano y Bárbara Uribe Tamblay, ilícito perpetrado a partir del 10 de julio de 1974, en la ciudad de Santiago, en el marco de la denominada «Operación Colombo».

En la resolución, el ministro Zepeda Arancibia condenó a penas de 10 años de presidio efectivo, en calidad de autores del delito, al ex oficial de ejército Miguel Krassnoff Martchenko y al ex suboficial de ejército Basclay Humberto Zapata Reyes; en tanto, el ex oficial de carabineros Ricardo Víctor Lawrence Mires fue condenado por su participación en calidad de cómplice del delito a purgar 5 años de presidio.

Asimismo, absolvió a los procesados ex agentes Nelson Alberto Paz Bustamante, Orlando José Gonzalo Manzo Durán, José Enrique Fuentes Torres y César Raúl Manríquez Bravo por falta de participación.

Arturo Barría Araneda

En otro caso, el también Ministro en visita extraordinaria de la Corte de Apelaciones de Santiago, Hernán Crisosto Greisse, dictó sentencia -el pasado martes 10 de noviembre- en la investigación que sustancia por el secuestro calificado del profesor de música del Liceo Darío Salas de la capital, Arturo Barría Araneda, ilícito perpetrado a partir del 28 agosto de 1974, en la Región Metropolitana. Víctima que forma parte de la denominada «Operación Colombo».

En la resolución (causa rol 2182-98), el ministro de fuero Crisosto Greisse condenó a penas de 13 años de presidio efectivo, en calidad de autores del delito, a los ex oficiales de ejército y jerarcas de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA): César Raúl Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo y Raúl Eduardo Iturriaga Neumann. Mientras que, los ex agentes del organismo: Orlando José Manzo Durán, Manuel Heriberto Avendaño González, Alejandro Francisco Astudillo Adonis y Demóstenes Eugenio Cárdenas Saavedra, deberán purgar 10 años, también en calidad de autores del delito.

Asimismo, el ministro Hernán Crisosto aplicó la pena efectiva de 3 años y un día, en calidad de cómplice, al ex integrante de la DINA Luis Humberto Pavez Parra.

En tanto, un total de 56 agentes represivos resultaron absueltos por falta de participación en este hecho.

Juan Carlos Perelman Ide

En otro caso, el ministro Hernán Crisosto Greisse dictó sentencia -el jueves 5 de noviembre recién pasado- por el delito de secuestro calificado de Juan Carlos Perelman Ide, ilícito perpetrado a partir del 20 de febrero de 1975. Episodio que también forma parte de la investigación de la causa rol 2182-98, denominada «Operación Colombo».

En la resolución, el ministro de fuero condenó a penas de 13 años de presidio, en calidad de coautores del delito de secuestro calificado, a los ex jerarcas de la DINA: Pedro Octavio Espinoza Bravo, Miguel Krassnoff Martchenko y Raúl Eduardo Iturriaga Neumann.

En tanto, condenó a penas de 10 años de presidio, también en calidad de coautores, a los ex oficiales y ex jerarcas DINA: Rolf Gonzalo Wenderoth Pozo, Francisco Maximiliano Ferrer Lima, Gerardo Ernesto Godoy García, Ricardo Víctor Lawrence Mires, Ciro Ernesto Torré Sáez, y a los ex agentes represivos Basclay Humberto Zapata Reyes, Rosa Humilde Ramos Hernández, Teresa del Carmen Osorio Navarro, José Mario Friz Esparza, Pedro René Alfaro Fernández, José Abel Aravena Ruiz, Claudio Enrique Pacheco Fernández, José Alfonso Ojeda Obando, Heriberto del Carmen Acevedo, Luis René Torres Méndez, Rodolfo Valentino Concha Rodríguez, Hugo del Tránsito Hernández Valle, Juan Ángel Urbina Cáceres, Manuel de la Cruz Rivas Díaz, Jerónimo del Carmen Neira Méndez, Silvio Antonio Concha González, Héctor Wacinton Briones Burgos, Carlos Eusebio López Inostroza, José Nelson Fuentealba Saldías, Luis Rigoberto Videla Inzunza, Raúl Juan Rodríguez Ponte, Palmira Isabel Almuna Guzmán, Osvaldo Pulgar Gallardo, Roberto Hernán Rodríguez Manquel, Rafael de Jesús Riveros Frost y Leonidas Emiliano Méndez Moreno. En el caso del coautor Samuel Enrique Fuenzalida Devia, el magistrado lo condenó a 541 días.

Asimismo, el ministro Crisosto Greisse condenó a penas de 4 años de presidio, en calidad de cómplices, a los agentes: Eugenio Jesús Fieldhouse Chávez, José Jaime Mora Diocares, Delia Virginia Gajardo Cortés, Reinaldo Alfonso Concha Orellana, Osvaldo Octavio Castillo Arellano, Víctor Manuel Molina Astete, Fernando Enrique Guerra Guajardo, Guido Arnoldo Jara Brevis, Hugo Hernán Clavería Leiva, Jorge Luis Venegas Silva, Juan Carlos Escobar Valenzuela, Carlos Enrique Miranda Mesa, Víctor Manuel Álvarez Droguett, Raúl Alberto Soto Pérez, Pedro Mora Villanueva, Moisés Paulino Campos Figueroa, "scar Belarmino la Flor Flores, Miguel Ángel Yáñez Ugalde y Héctor Carlos Díaz Cabezas.

Absueltos del delito de secuestro calificado resultaron: Fernando Eduardo Lauriani Maturana, Manuel Andrés Carevic Cubillos, César Manríquez Bravo, Alejandro Francisco Molina Cisternas, Nelson Alberto Paz Bustamante, Héctor Raúl Valdebenito Araya, José Stalin Muñoz Leal, Nelson Aquiles Ortiz Vignolo, Pedro Segundo Bitterlich Jaramillo, Gustavo Galvarino Caruman Soto, Carlos Enrique Letelier Verdugo, Herman Eduardo Ávalos Muñoz, Raúl Bernardo Toro Montes, Pedro Ariel Araneda Araneda y Sergio Iván Díaz Lara.

En tanto, los condenados Rolf Gonzalo Wenderoth Pozo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Miguel Krassnoff Martchenko y Raúl Eduardo Iturriaga Neumann, fueron absueltos del delito de asociación ilícita.

Washington Cid Urrutia

El propio ministro Hernán Crisosto -el jueves 29 de octubre pasado- dictó sentencia en la indagatoria por el delito de secuestro calificado del ex estudiante de la Universidad de Concepción, Washington Cid Urrutia, ilícito perpetrado a partir del 8 de diciembre de 1974, en la Región Metropolitana, también víctima de la "Operación Colombo".

En el fallo, el ministro Crisosto condenó a los ex jerarcas de la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA): César Raúl Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Miguel Krassnoff Martchenko y Raúl Eduardo Iturriaga Neumann a penas de 13 años de presidio como coautores del delito.

Asimismo, el ministro en visita condenó a penas de 10 años, también en calidad de coautores del secuestro calificado de Cid Urrutia a los ex agentes DINA: Manuel Andrés Carevic Cubillos, Sylvia Teresa Oyarce Pinto, Gerardo Ernesto Godoy García, Heriberto del Carmen Acevedo, Nelson Aquiles Ortiz Vignolo, Julio José Hoyos Zegarra, Silvio Antonio Concha González, José Alfonso Ojeda Obando, José Mario Friz Esparza, Luis Rigoberto Videla Inzunza, Jorge Segundo Madariaga Acevedo, Teresa del Carmen Osorio Navarro, Claudio Enrique Pacheco Fernández, José Abel Aravena Ruiz, Ricardo Víctor Lawrence Mires, Ciro Ernesto Torré Sáez, Basclay Humberto Zapata Reyes, Rosa Humilde Ramos Hernández, Pedro René Alfaro Fernández, Luis René Torres Méndez, Rodolfo Valentino Concha Rodríguez, Juan Ángel Urbina Cáceres, Manuel de la Cruz Rivas Díaz, Jerónimo del Carmen Neira Méndez, Luis Fernando Espinace Contreras, Palmira Isabel Almuna Guzmán, Hugo Rubén Delgado Carrasco, Ricardo Orlando Zamorano Vergara, Carlos Eusebio López Inostroza, Hugo del Tránsito Hernández Valle, Francisco Maximiliano Ferrer Lima, Fernando Eduardo Lauriani Maturana, Héctor Wacinton Briones Burgos, Rolf Gonzalo Wenderoth Pozo y Leonidas Emiliano Méndez Moreno. En tanto, Samuel Enrique Fuenzalida Devia fue condenado a la pena de 541 días de presidio.

En calidad de cómplices, el ministro Crisosto condenó a penas de 4 años a los ex agentes: Fernando Enrique Guerra Guajardo, Jorge Antonio Lepileo Barrios, Lautaro Eugenio Díaz Espinoza, Raúl Alberto Soto Pérez, José Jaime Mora Diocares, Eugenio Jesús Fieldhouse Chávez, Jaime Humberto Paris Ramos, José Stalin Muñoz Leal, Juan Carlos Escobar Valenzuela, Pedro Segundo Bitterlich Jaramillo, Víctor Manuel San Martín Jiménez, Juvenal Alfonso Piña Garrido, Reinaldo Concha Orellana, Osvaldo Octavio Castillo Arellano, Guido Arnoldo Jara Brevis, Hugo Hernán Clavería Leiva, Carlos Enrique Miranda Mesa, Víctor Manuel Álvarez Droguett, Olegario Enrique González Moreno, Miguel Ángel Yáñez Ugalde, Víctor Manuel Molina Astete, Gustavo Galvarino Carumán Soto, Rafael de Jesús Riveros Frost y Héctor Carlos Díaz Cabezas.

En la resolución, el ministro en visita absolvió por falta de acreditación en el delito a un total de 11 ex agentes.

En tanto, absolvió del delito de asociación Ilícita a Pedro Octavio Espinoza Bravo, Raúl Eduardo Iturriaga Neumann, Miguel Krassnoff Martchenko y Rolf Gonzalo Wenderoth Pozo.

Eduardo Miranda Lobos

Por otra parte, la Corte Suprema dicto sentencia definitiva en la investigación por el secuestro calificado del ex estudiante de Topografía de la Universidad de Concepción, Sede Los Ángeles, Eduardo Francisco Miranda Lobos, una de las víctimas de la denominada "Operación Colombo", Ilícito perpetrado a partir del 8 de octubre de 1974, en Santiago.

En fallo unánime (causa rol 7308-2015), la Segunda Sala del máximo tribunal del país -integrada por los ministros Milton Juica, Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito y el abogado (i) Jaime Rodríguez- rechazó los recursos de casación y ratificó las condenas a 13 años de presidio que deberán cumplir los ex agentes de la DINA: César Raúl Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo y Miguel Krassnoff Martchenko, como coautores del delito.

Asimismo, la Sala Penal ratificó las absoluciones de los agentes: Alejandro Francisco Astudillo Adonis, Demóstenes Eugenio Cárdenas Saavedra, Orlando José Manzo Durán y Manuel Heriberto Avendaño González.

La investigación del ministro en visita Hernán Crisosto Greisse logró establecer que:
«El día 8 de octubre de 1974, en circunstancias que Eduardo Francisco Miranda Lobos, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), transitaba desde su casa hasta un local comercial ubicado en calle San Pablo de Santiago, fue detenido en la vía pública por agentes de la Dirección Nacional de Inteligencia, siendo conducido a recintos de detención clandestina a cargo de la DINA. Posteriormente, Miranda Lobos, fue visto por testigos en el cuartel clandestino de detención de la DINA, denominado «José Domingo Cañas» que era custodiado por guardias armados y al cual sólo tenían acceso los agentes de la DINA, siendo visto además en el centro de detención de opositores al régimen militar denominado «Tres Álamos».
Que EDUARDO FRANCISCO MIRANDA LOBOS , durante su estada en el cuartel de José Domingo Cañas permaneció sin contacto con el exterior, permanentemente custodiado por agentes de la Dina a cargo de ese recinto, siendo sometido a interrogatorio bajo apremio y trasladado en algún momento a otro centros de detención siendo visto por última vez por un testigo el 17 de octubre de 1974, encontrándose desaparecido hasta la fecha.

El nombre de Eduardo Francisco Miranda Lobos apareció en un listado de 119 personas, publicado en la prensa nacional luego que figurara en una lista publicada en la revista «Lea» de Argentina el 15 de junio de 1975, en la que se daba cuenta que Miranda Lobos había muerto en Argentina, junto a otras personas pertenecientes al MIR, a causa de rencillas internas suscitadas entre esos miembros y enfrentamientos con fuerzas de seguridad ,y que las publicaciones que dieron por muerta a la víctima Miranda Lobos tuvieron su origen en maniobras de desinformación efectuada por agentes de la DINA en el exterior».